Garantías de Seriedad de Ofertas
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Beneficiario:
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MUNICIPALIDAD DE COLLIPULLI
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Fecha de vencimiento:
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05-05-2021
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Monto:
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1000000
Peso Chileno
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Descripción:
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Se exigirá una Boleta Bancaria de Garantía a la vista , Vale Vista (o los instrumentos permitidos por la Ley de Compras Públicas), avalando la seriedad de la oferta por un monto de $1.000.000 (Un Millón de pesos), pagadera a la vista en moneda nacional en curso, carácter irrevocable a nombre de la MUNICIPALIDAD DE COLLIPULLI, RUT Nº69.180.500-K, con vigencia según lo definido en el Portal (90 días corridos aproximado desde el día de apertura de la propuesta indicada en la plataforma digital) y con glosa que indique que es para caucionar la oferta de la licitación denominada “ACOMPAÑAMIENTO, ASESORÍAS Y EJECUCIÓN DE OBRAS DE VIVIENDAS SOCIALES, PROYECTO DENOMINADO BARRIO ECOSUSTENTABLE MININCO SUR, COMITÉ SOL DEL FUTURO, COLLIPULLI”. La garantía debe ser de alguna entidad financiera con sucursal en la Región de la Araucanía.
21. PRESENTACION GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA
21.1. PRESENTACIÓN FISICA DE GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA
Los OFERENTES de haber tomado una garantía en soporte papel deberán presentar físicamente lo requerido en estas bases de licitación en la Oficina de Partes Municipal, ubicada en Avda. Saavedra Sur Nº 1355 Primer piso, hasta las 14:00 horas de la fecha de cierre electrónico de la propuesta.
Debido a la contingencia presentada por la pandemia generada por el COVID-19, las garantías de seriedad de la oferta se recepcionarán sólo los días lunes, miércoles y viernes de 11:00 a 13:00 horas, antes de la fecha de cierre electrónico de la propuesta.
EL SOBRE DOCUMENTO GARANTIA CONTENDRÁ:
La presentación de lo solicitado será en un sobre cerrado denominado DOCUMENTO GARANTIA, nombre que deberá estar escrito exteriormente (como Título) en el sobre. Además del título señalado deberá tener caratulado lo siguiente en su exterior:
• Nombre de la Obra.
• Nombre del OFERENTE.
• Firma del OFERENTE.
• Domicilio del OFERENTE.
• Fono y correo electrónico.
Para caucionar la SERIEDAD DE LA OFERTA de la licitación denominada “ACOMPAÑAMIENTO, ASESORÍAS Y EJECUCIÓN DE OBRAS DE VIVIENDAS SOCIALES, PROYECTO DENOMINADO BARRIO ECOSUSTENTABLE MININCO SUR, COMITÉ SOL DEL FUTURO, COLLIPULLI”, él o los Proponentes presentarán una Boleta Bancaria de Garantía a la "Vista" ó Vale Vista (O los instrumentos legales permitidos por la Ley de Compras Pública). Mas ficha tipo de identificación garantía seriedad de la oferta, denominado Anexo 3.
21.2. PRESENTACION ELECTRÓNICA DE GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA.
Los OFERENTES de haber tomado una garantía electrónica, de acuerdo al art. Nº31 del reglamento de compras públicas y que cumpla con lo señalado en la Ley N°19.799 “Sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma”, DEBERÁN ADJUNTARLA COMO DOCUMENTO ADJUNTO EN SU OFERTA A TRAVÉS DEL PORTAL DE COMPRAS PÚBLICAS, en conjunto con el anexo Nº3. (No se aceptarán garantían en formato papel digitalizadas y adjuntadas a la oferta como presentación de garantía de Seriedad de la Oferta)
21.3. SOBRE LA GLOSA DE LA GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA
La garantía deberá señalar en su glosa que es Para caucionar la seriedad de la oferta de la licitación denominada “ACOMPAÑAMIENTO, ASESORÍAS Y EJECUCIÓN DE OBRAS DE VIVIENDAS SOCIALES, PROYECTO DENOMINADO BARRIO ECOSUSTENTABLE MININCO SUR, COMITÉ SOL DEL FUTURO, COLLIPULLI”. En el caso de tratarse de un vale vista u otro documento que no permita ingresar una glosa, la descripción requerida deberá encontrarse señalada al dorso del mismo documento o con un documento adjunto (Anexo N° 3) que señale dicha glosa con nombre y firma del representante legal.
22. CASOS EN QUE SE PODRÁ HACER EFECTIVA LA GARANTÍA SERIEDAD DE LA OFERTA
Esta garantía se podrá hacer efectiva en cualquiera de los siguientes casos:
• Si el oferente se desiste de su oferta.
• Si el Adjudicatario no entrega en el plazo, forma y condiciones la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato que se establece en las Bases Administrativas, o no hace entrega de los documentos necesarios para la redacción del contrato.
• Si el adjudicatario no concurre a la suscripción del contrato.
• Si el adjudicatario no se encuentra hábil al momento de suscribir el contrato.
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Glosa:
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“ACOMPAÑAMIENTO, ASESORÍAS Y EJECUCIÓN DE OBRAS DE VIVIENDAS SOCIALES, PROYECTO DENOMINADO BARRIO ECOSUSTENTABLE MININCO SUR, COMITÉ SOL DEL FUTURO, COLLIPULLI”.
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Forma y oportunidad de restitución:
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La devolución de las garantías de seriedad a aquellos oferentes cuyas ofertas hayan sido declaradas inadmisibles o desestimadas, se efectuará dentro del plazo de 10 días contados desde la notificación de la resolución que dé cuenta de la inadmisibilidad.
La devolución de las garantías de seriedad a aquellos oferentes cuyas ofertas no hayan sido adjudicados (a excepción del oferente que haya obtenido la segunda mejor evaluación) será no más de 10 días corridos desde la fecha en que el oferente haya solicitado de forma escrita su devolución.
La devolución de garantía de seriedad de la oferta al oferente adjudicado, será posterior a la firma del respectivo contratos que caucionaba su garantía.
La devolución de la garantía de seriedad de la oferta del oferente que obtuvo la segunda mejor evaluación se hará una vez firmado el o los contratos de obras con el oferente adjudicado.
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Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
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Beneficiario:
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MUNICIPALIDAD DE COLLIPULLI
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Fecha de vencimiento:
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13-06-2022
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Monto:
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2,5
%
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Descripción:
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En un plazo de hasta 10 días hábiles siguientes a la notificación de la adjudicación y en todo caso EN FORMA PREVIA A LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO, el proponente favorecido deberá entregar Boletas Bancarias de Garantía a la vista o Vale Vista (o los instrumentos permitidos por la Ley de Compras Públicas) por el 2.5% del contrato, tomada a favor de la MUNICIPALIDAD DE COLLIPULLI, RUT Nº69.180.500-K, para caucionar fiel, oportuno y total cumplimiento del contrato y de las obligaciones laborales y sociales con sus trabajadores. En moneda nacional (peso chileno). Esta entrega se deberá concretar una antes de la firma de entrega de terreno de las obras a ejecutar.
Si el OFERENTE no diere oportuno cumplimiento a la obligación antes mencionada, tendrá aplicación lo dispuesto en las BAG y BAE.
El plazo de vigencia de la garantía será igual al plazo de ejecución de la obra, de acuerdo al contrato inicial, más el tiempo que transcurra entre la recepción provisoria y la recepción definitiva, más 60 días de holgura para palear los días de firma de contrato, etc. (es decir lo obligatorio de la boleta en plazo es de 435 días). Para el caso particular de este contrato el plazo recomendado deberá ser de 465 días corridos aproximadamente o la fecha definida en el portal.
Si existiesen aumentos de plazo, la vigencia de la boleta se determinará sobre la base de los plazos señalados en el inciso anterior. El aumento de plazo deberá ser consensuado entre las partes, formalizado por contrato y decreto respectivo. Lo anterior, solo en casos justificados.
Lo anterior, significa que en todo momento las garantías deben cubrir el valor total del contrato más los aumentos y modificaciones que haya tenido.
Con ello, eventuales aumentos en el plazo de ejecución del contrato no necesariamente significarán un cambio en la boleta de garantía, mientras el nuevo plazo para la recepción definitiva no supere la vigencia de ella.
El OFERENTE deberá renovar las garantías si los contratos se extienden más allá del plazo de vigencia de ella, por el período que, a su requerimiento, determine el Mandante o si esta se hiciese efectiva. Si no la renovare, el Mandante queda facultado para hacerla efectiva, según lo establecido en los BAG, sin perjuicio de la facultad del municipio de terminar el contrato.
La garantía de fiel, oportuno y correcto cumplimiento quedará en poder de la Tesorera Municipal de la Municipalidad de Collipulli.
33. SOBRE LA GLOSA DE LA GARANTÍA DEL CORRECTO, FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO.
Se debe entregar una garantía de fiel cumplimiento que deberá señalar en su glosa que es para Caucionar el, oportuno y total cumplimiento del contrato y de las obligaciones laborales y sociales con sus trabajadores de la ejecución de la construcción de “ACOMPAÑAMIENTO, ASESORÍAS Y EJECUCIÓN DE OBRAS DE VIVIENDAS SOCIALES, PROYECTO DENOMINADO BARRIO ECOSUSTENTABLE MININCO SUR, COMITÉ SOL DEL FUTURO, COLLIPULLI”.
En el caso de tratarse de un vale vista u otro documento que no permita ingresar una glosa, la descripción requerida deberá encontrarse señalada al dorso del mismo documento o con un documento adjunto que señale dicha glosa con nombre y firma del representante legal.
34. DEVOLUCIÓN DE LA GARANTÍA POR EL CORRECTO, OPORTUNO Y FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO, se efectuará cumpliéndose los siguientes presupuestos:
a. Recepción definitiva de la obra, sin observaciones por parte de la ITO y la comisión nombrada para tales efectos por parte de la Municipalidad de Collipulli.
b. El Contratista debe ingresar por la Oficina de Parte de la Municipalidad una solicitud dirigida al alcalde, en donde solicita la devolución de la respectiva garantía.
c. El ITO elabora un Informe al Alcalde señalando la conformidad del término del proceso o las situaciones particulares del mismo. Teniendo presentes factores como: plazo, cumplimiento de las Especificaciones Técnicas, deudas, etc.
d. Seguido a lo anterior, desde la ITO se elabora un Decreto Alcaldicio en función de la Devolución de la respectiva garantía al contratista. Este decreto se envía a la Dirección de Administración y Finanzas de la Municipalidad y por ende a la Tesorería Municipal.
e. Tesorería Municipal con el decreto antes mencionado procede a devolver la garantía al contratista a través de un oficio o documento conducto correspondiente dirigido al contratista.
35. CASOS EN QUE SE PODRÁ HACER EFECTIVA LA GARANTÍA POR EL CORRECTO, OPORTUNO Y FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO:
La Entidad Licitante estará facultada para hacer efectiva la garantía de cumplimiento, administrativamente y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna, en los siguientes casos:
a. En caso de incumplimiento del Contratista de las obligaciones que le impone el contrato o de las obligaciones laborales o sociales con sus trabajadores.
b. En caso de incurrir el OFERENTE en cualquier incumplimiento a los deberes y obligaciones derivados del contrato.
c. Ante la declaración de quiebra o el estado de notoria insolvencia del contratista a menos que se mejoren las cauciones entregadas, de acuerdo a lo establecido en el Reglamento de la Ley 19.886.
d. Si los representantes o el personal del contratista han sido condenados por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el Título V del Libro Segundo del Código Penal.
e. Tratándose de personas jurídicas, haber sido condenado de acuerdo a la Ley 20.393, sobre Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas, por delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y cohecho.
f. Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con los trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del periodo de ejecución del contrato o con un máximo de seis meses.
g. Si al momento de la suscripción del contrato el adjudicatario no esté habilitado para contratar con la Municipalidad.
h. Si al momento de la suscripción del contrato alguno de los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores, individualmente considerados, estuviere inhabilitado para contratar con la Municipalidad y esta se desistiere de su participación en el respectivo proceso.
i. Si existe un atraso injustificado mayor a un 30% en el Programa de trabajo o Carta Gantt, entregada por el adjudicatario y aprobada por el ITO
j. En caso que las multas acumuladas superen las 100 UTM o el 10% del contrato durante toda la vigencia del contrato.
k. Por la negativa del contratista a subsanar dentro de plazo las observaciones que se le formulen en el Acta de Recepción Provisoria de las obras.
l. Si no renueva la garantía indicada en el Art. N°29 Inciso final de estas BAE.
m. Por Incumplimiento en el plazo de ejecución superior al 30% del total del plazo de programación de las obras.
Lo anterior es sin perjuicio de las acciones que la Entidad Licitante pueda ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos con la correspondiente indemnización de perjuicios. El incumplimiento comprende también el cumplimiento imperfecto o tardío de las obligaciones del contratista.
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Glosa:
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Se debe entregar una garantía de fiel cumplimiento que deberá señalar en su glosa que es para Caucionar el, oportuno y total cumplimiento del contrato y de las obligaciones laborales y sociales con sus trabajadores de la ejecución de la construcción de “ACOMPAÑAMIENTO, ASESORÍAS Y EJECUCIÓN DE OBRAS DE VIVIENDAS SOCIALES, PROYECTO DENOMINADO BARRIO ECOSUSTENTABLE MININCO SUR, COMITÉ SOL DEL FUTURO, COLLIPULLI”.
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Forma y oportunidad de restitución:
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34. DEVOLUCIÓN DE LA GARANTÍA POR EL CORRECTO, OPORTUNO Y FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO, se efectuará cumpliéndose los siguientes presupuestos:
a. Recepción definitiva de la obra, sin observaciones por parte de la ITO y la comisión nombrada para tales efectos por parte de la Municipalidad de Collipulli.
b. El Contratista debe ingresar por la Oficina de Parte de la Municipalidad una solicitud dirigida al alcalde, en donde solicita la devolución de la respectiva garantía.
c. El ITO elabora un Informe al Alcalde señalando la conformidad del término del proceso o las situaciones particulares del mismo. Teniendo presentes factores como: plazo, cumplimiento de las Especificaciones Técnicas, deudas, etc.
d. Seguido a lo anterior, desde la ITO se elabora un Decreto Alcaldicio en función de la Devolución de la respectiva garantía al contratista. Este decreto se envía a la Dirección de Administración y Finanzas de la Municipalidad y por ende a la Tesorería Municipal.
e. Tesorería Municipal con el decreto antes mencionado procede a devolver la garantía al contratista a través de un oficio o documento conducto correspondiente dirigido al contratista.
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