Licitación ID: 701438-1-LE23
Mantención grupo electrógeno.
Responsable de esta licitación: Juzgado de Garantia de San Carlos
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 16
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Instalación o servicio de sistemas de energía eléctrica 1 Unidad
Cod: 72102201
 

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Mantención grupo electrógeno.
Estado:
Desierta (o art. 3 ó 9 Ley 19.886)
Descripción:
Servicio de mantención preventiva y correctiva de de grupo electrógeno para el Juzgado de Garantía de San Carlos.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Unidad de Fomento
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Jdo de Garantia de San Carlos
R.U.T.:
61.965.100-6
Dirección:
Roble N° 650
Comuna:
San Carlos
Región en que se genera la licitación:
Región del Ñuble
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 22-05-2023 15:00:00
Fecha de Publicación: 05-05-2023 14:56:49
Fecha inicio de preguntas: 05-05-2023 15:00:00
Fecha final de preguntas: 11-05-2023 15:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 12-05-2023 15:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 23-05-2023 9:00:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 23-05-2023 9:00:00
Fecha de Adjudicación: 05-06-2023 10:32:02
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
Extensión automática del plazo de ofertas:

Se estableció para esta licitación que: "Si a la fecha de recepción de ofertas, se han recibido 2 o menos propuestas, el plazo de cierre se ampliará automáticamente en 2 días hábiles, por una sola vez, bajo las condiciones establecidas en el artículo 25, inciso octavo, del Reglamento de la ley 19.886."
Visita a terreno 08-05-2023 15:00:00
Visita a terreno 09-05-2023 15:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Bases administrativas
2.- Anexos administrativos.
3.- Reglamento contratista y prevención de riesgos
Documentos Técnicos
1.- Bases técnicas
 
2.- Anexos técnicos.
 
Documentos Económicos
1.- Anexos económicos.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Precio mantenimiento preventivo Formula: (Precio menor recibido) /(Precio Evaluado)*10 35%
2 Precio mantenimiento correctivo. Formula: (Precio menor recibido) /(Precio Evaluado)*10 15%
3 Comportamiento laboral No presenta Multas: 10 puntos. Presenta entre 1 y 3 multas: 5 puntos Presenta más de 3 multas: 0 puntos 12%
4 Número de contrato similares Sobre 10 contratos: 10 puntos Entre 5 y 10 contratos: 5 Puntos. Menos de 5, no informa o no puede demostrar: 0 punto. 20%
5 Ubicación del proveedor De la Provincia: 10 puntos De la Región: 5 Puntos. Fuera de la Región: 0 punto. 8%
6 Presentación de antecedentes Presenta antecedentes dentro del plazo de recepción de oferta:10 puntos Presenta antecedentes fuera de plazo: 5 puntos. 10%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: No hay información
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 36 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Diego Kaik
e-mail de responsable de pago: dkaik@pjud.cl
Nombre de responsable de contrato: Diego Kaik
e-mail de responsable de contrato: dkaik@pjud.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-42-2416728-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Corporación Administrativa del Poder Judicial
Fecha de vencimiento: 31-07-2024
Monto: 5 %
Descripción: Para caucionar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato y el pago de las obligaciones laborales y de seguridad social con sus trabajadores, el adjudicatario deberá entregar una boleta bancaria de garantía a favor de la Corporación Administrativa del Poder Judicial, RUT 60.301.001-9, en unidades de fomento (U.F.) equivalentes al 5% del valor total anual del contrato, impuesto incluido, con una vigencia de 13 MESES contados desde el inicio del servicio, y cuya glosa deberá señalar: “En garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato Licitación ID N°701438-1-LE23”. El adjudicatario deberá renovar la boleta de garantía anualmente, por trece meses, con excepción del último año de vigencia del contrato, en que la renovación deberá hacerse por un año más seis meses. Las renovaciones de la boleta deberán ser entregadas a la Corporación Administrativa, a lo menos 30 días antes de la fecha de vencimiento de la boleta que es reemplazada. La falta de entrega oportuna de la renovación respectiva constituirá, para todos los efectos previstos en estas bases, incumplimiento grave de sus obligaciones por parte del adjudicatario. La boleta bancaria deberá ser pagadera a la vista, tomada por el adjudicatario a la orden de la Corporación Administrativa del Poder Judicial y tener el carácter de irrevocable. Esta garantía cubrirá especialmente el cabal, íntegro y oportuno cumplimiento de cada una de las actividades comprendidas en la oferta y de las obligaciones estipuladas en el contrato. La Corporación Administrativa estará facultada para hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento, administrativamente y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna, en caso de incumplimiento del adjudicatario de las obligaciones que le impone el contrato. El incumplimiento comprende también el cumplimiento imperfecto o tardío de las obligaciones del adjudicatario. Además, podrá hacerse efectiva por la Corporación: a) Si se pone término al contrato, por cualquiera de las causas indicadas en el punto “TERMINACIÓN DEL CONTRATO” de las presentes Bases imputables al contratista. b) Para dar pago a las multas en caso de ser necesario. c) En caso que no se hubiere renovado el instrumento de garantía y el Contratista tuviere la obligación de renovar dicho instrumento, presente un instrumento de garantía distinto al requerido en bases, o que habiendo sido presentada una garantía tomada por un tercero no se presenten los anexos suscritos o se presenten modificados. e) Para hacer pago de cualquier deuda que el Contratista tuviere con la Corporación. d) En los demás casos previstos en las bases Lo anterior es sin perjuicio de las acciones, que la Corporación Administrativa pueda ejercer, para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos con la correspondiente indemnización de perjuicios. El cobro de la boleta será compatible con esta última. La devolución de la boleta de garantía se efectuará una vez vencido el plazo de su vigencia. En caso que la garantía fuere tomada por un tercero, deberá presentar suscrito ante notario los formularios N° 12 y N° 13. Si no presentare dichos anexos, se entenderá que la garantía no ha sido presentada.
Glosa: “En garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato Licitación ID N°701438-1-LE23”.
Forma y oportunidad de restitución: La devolución de la boleta de garantía se efectuará una vez vencido el plazo de su vigencia. En caso que la garantía fuere tomada por un tercero, deberá presentar suscrito ante notario los formularios N° 12 y N° 13. Si no presentare dichos anexos, se entenderá que la garantía no ha sido presentada.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
La Corporación podrá readjudicar la licitación, al oferente que siga en orden de prelación, de acuerdo con el puntaje obtenido, dejando sin efecto la adjudicación previa, en los siguientes casos: a Si el contrato no se firma en el plazo estipulado, por causas atribuibles al adjudicatario, si fuera el caso. b Si el adjudicatario no entrega, en el plazo estipulado, los antecedentes requeridos en las presentes bases para la suscripción del contrato, o las garantías requeridas, si fuera el caso. c Si el adjudicatario se desiste de su oferta. d Si el adjudicatario es inhábil para contratar con el Estado en los términos del artículo 4º de la Ley N° 19.886, de los artículos 8 y 10 de la Ley N° 20.393, o no proporciona los documentos que le sean requeridos para verificar dicha condición. e Si el adjudicatario no se inscribe en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado. f Si se constata por cualquier medio fehaciente que el adjudicatario presentó en su oferta información falsa, adulterada u ocultó información relevante para la ejecución del contrato. g Uno de los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores adjudicada se retira de ésta, y los antecedentes de dicho integrante fueron considerados en uno más de los criterios de la evaluación de la oferta. h Retiro de uno o más integrantes de la Unión Temporal de Proveedores adjudicada y el número de sus integrantes de la Unión Temporal de Proveedores disminuya de dos. La Corporación podrá ejercer esta facultad sucesivamente hasta el tercer oferente mejor evaluado, sin perjuicio de la facultad de declarar desierto el proceso, en caso que las ofertas no sean conveniente a sus intereses.
Antecedentes a presentar los oferentes
Además del antecedente señalado en el numeral anterior, cada oferta deberá contemplar todos los aspectos que permitan su adecuada evaluación. En consecuencia, corresponderá a los oferentes aportar la totalidad de los antecedentes requeridos y necesarios para su correcta calificación. En caso de no presentar algún antecedente indispensable para la evaluación, sus ofertas serán declaradas inadmisibles. Así, cada Oferta deberá estar conformada por: 17.1 Carta de identificación del oferente conforme a anexo. Este requisito no será exigible respecto de los oferentes que estén inscritos en Chileproveedores. 17.2 Propuesta Técnica Todos los proponentes deberán acompañar los antecedentes que acrediten la experiencia en el ámbito del servicio que se licita, en este sentido deberán acompañar: 17.2.1 Nómina de contratos similares, Anexo N° 7. Adicionalmente se deberán adjuntar certificados del mandante, copia de los contratos, facturas canceladas y/u órdenes de compras de instituciones públicas o privadas, según listado presentado en Anexo 7, y que acrediten la ejecución de trabajos de características similares a las descritas en las bases técnicas (servicio de suministro, mantención, reparación de equipos electrógenos). La Corporación se reservará el derecho de verificar los datos proporcionados. Solo se considerarán aquellos contratos que cuenten con sus certificaciones según lo indicado. Considerar un máximo de 12 contratos. La información adicional no será considerada 17.2.2 Suscripción de anexos 2 del Reglamento de Prevención de Riesgo para empresas contratistas y subcontratistas de la Corporación Administrativa del Poder Judicial. 17.2.3 Certificado de adhesión a algún organismo administrador del seguro de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales de la ley Nº 16.744, vigente a la fecha de cierre de presentación de ofertas o con una antigüedad no superior a 30 días corridos desde la fecha de cierre de presentación de ofertas, si no consta su vigencia. 17.2.4 Se deberá señalar si la empresa ha sido objeto de multas en los últimos 36 meses según Anexo 10, para personas naturales y Anexo 10.1 para personas jurídicas. La comisión de evaluación podrá verificar la información en el sitio WEB de que disponga la Dirección del Trabajo: http://ventanilla.dt.gob.cl/RegistroEmpleador/consultamultas.aspx En caso de discrepancia prevalecerá este último Registro 17.2.5 Anexo N°9 dirección comercial. Se deberá adjuntar la patente comercial vigente. En caso de discrepancia entre el domicilio anexo N°9 y la patente comercial, primará la información contenida en la patente comercial. 17.2.6 ANEXO N°08 LOGÍSTICA PARA EMERGENCIA. Deberá indicarse el tiempo de respuesta. 17.3 Propuesta Económica La oferta económica deberá estar expresada en valores netos, es decir, desglosando al final el impuesto al valor agregado (I.V.A.) y en unidades de fomento, según Anexo N°2 y Anexo N° 2.1 En caso de disconformidad entre la propuesta económica consignada en el formulario electrónico y la propuesta económica acompañada como anexo, prevalecerá esta última. El oferente es el único responsable de la evaluación de todos y cada uno de los aspectos que tengan incidencia en el precio que indicó en su oferta. La Corporación Administrativa del Poder Judicial no efectuará ningún pago adicional o distinto al señalado por el oferente en su propuesta. 17.4 Declaraciones Juradas Se deben acompañar las declaraciones juradas: Persona natural: Anexos 4.1 y 4.3; Persona Jurídica: 4.2; 4.4; 5; y Anexo 6 solo para sociedades anónimas abiertas. En caso que oferte una Unión Temporal de Proveedores cada miembro deberá presentar las declaraciones antes señaladas, que le resulten aplicables 17.5 UTP. Deberán acompañar instrumento público o privado en que conste la Unión Temporal, con la que se celebrará el contrato. En la escritura de acuerdo deberán indicarse, el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes y estipularse que todos ellos serán codeudores solidarios de todas y cada una de las obligaciones que contraiga la UTP. (Se debe adjuntar ANEXO 11 firmado por todos los integrantes de UTP. 17.6 Visita A Terreno La visita a terreno se realizará el o los día(s) y hora (s) señalada (s) en el cronograma de la Licitación. La visita a terreno tendrá carácter OPTATIVA Las preguntas y consultas que puedan surgir como resultado de la visita, así como de la lectura detenida de la bases, deberán ser realizadas a través del portal durante el período de preguntas y respuestas establecida en las presentes bases. Cada empresa solo podrá acceder a una visita a terreno en caso de fijarse más de una. En caso que oferte una Unión Temporal de Proveedores bastará que solo uno de los miembros asista a la visita a terreno.
Requisitos de participación
Podrán participar todas las personas naturales o jurídicas, Unión Temporal de Proveedores, chilenas o extranjeras, que no estén afectas a las inhabilidades del artículo 4° incisos 1° y 6° de la Ley N°19.886. Para ello bastará que suscriban una declaración jurada simple firmada por el oferente o su respectivo representante legal que indique tal circunstancia, esta declaración se encuentra en formato tipo en el anexo N° 4.1 y 4.2 de las presentes bases y deberá ser adjuntada como anexo al sistema Mercado Público antes del cierre de recepción de las ofertas. Sin perjuicio de lo anterior, la Corporación podrá solicitar documentos u otros medios de verificación que permitan comprobar el cumplimiento de estos requisitos.
Presentación de ofertas
Las ofertas técnicas y económicas deberán ser presentadas a través del sistema de información, www.mercadopublico.cl hasta la fecha y hora de cierre de las ofertas indicada en el portal, salvo en las situaciones previstas en el artículo 62 del Reglamento de la Ley N° 19.886. En estos casos los antecedentes deberán ser entregados en la Oficina de Partes de la Corporación Administrativa del Poder Judicial, Zonal Chillan, ubicada en Calle 18 de Septiembre N° 491, Chillan, de lunes a viernes entre 8:00 a 14:00 horas, dentro del plazo de 2 días hábiles contados desde la fecha del envío de la solicitud de certificado y código de reclamo de indisponibilidad. La oferta deberá recibirse en un sobre cerrado, el que deberá señalar el ID de la licitación. Serán declaradas inadmisibles la ofertas que se presenten en un sobre abierto. No se efectuarán adjudicaciones de ofertas que no hayan sido recibidas a través del sistema de información www.mercadopublico.cl, salvo los casos previstos en estas bases. No se efectuarán adjudicaciones de ofertas de oferentes que se encuentren inhabilitados para contratar con el Estado.
Resolución de Empates

En caso de producirse un empate en el resultado final de la evaluación, la Corporación  resolverá adjudicar el proceso de licitación al proponente que presente mejor ponderación en oferta económica. De mantenerse el empate, la licitación se adjudicará en el siguiente orden de preferencia:

1)                 Número de contratos similares

2)                 Ubicación.

De mantenerse el empate la Corporación resolverá sobre cualquier otro criterio o subcriterio de evaluación que permita dirimir fundadamente la adjudicación y que se estime prioritario para la Corporación.

Requisitos de contratación
La Corporación exigirá al oferente adjudicado, al momento de contratar, encontrarse inscrito en el Registro de Chile Proveedores. Si el oferente seleccionado no se encontrare inscrito en Chile Proveedores, dispondrá de un plazo máximo de 10 días corridos, contados del día siguiente hábil de la fecha de notificación de la adjudicación, para efectuar su inscripción en este registro y acompañar el respectivo comprobante. Tratándose de Unión Temporal de Proveedores, cada proveedor deberá inscribirse en el Registro de Proveedores para suscribir el contrato. En el caso de que el adjudicado sea una persona jurídica extranjera la Corporación Administrativa podrá exigir, previo a la contratación, constituir sociedad de nacionalidad chilena o agencia en Chile, con la cual se celebrará el contrato, y cuyo objeto deberá comprender la ejecución de dicho contrato. En caso de adjudicarse la licitación a una persona natural extranjera sin domicilio ni residencia en Chile, deberá otorgar, en el mismo plazo señalado en el párrafo anterior, un mandato con poder suficiente para la ejecución del contrato a una persona natural o jurídica con domicilio o residencia en Chile.
Contrato
Notificada la adjudicación, la Corporación Administrativa procederá a redactar el contrato, en conformidad a las presentes bases de licitación y sus documentos anexos, a las aclaraciones, enmiendas y respuestas a consultas, si las hubiere, a la oferta del adjudicatario y a las disposiciones pertinentes de la legislación vigente. Ofrecido a la firma del adjudicatario, éste dispondrá de diez días corridos (incluido el plazo para su inscripción en el registro de proveedores) para suscribirlo en las oficinas de la Corporación Administrativa, ubicadas en 18 de Septiembre N° 491, Chillan. Dentro del mismo plazo el oferente adjudicado deberá presentar, según el caso, los siguientes antecedentes. a) Fotocopia de la escritura pública o documento legal, en que conste la personería jurídica del o de los representantes legales del adjudicatario, si procediera. b) Fotocopia del RUT del oferente y de su representante legal. c) Fotocopia del certificado de vigencia de la sociedad en la cual conste la inscripción (fojas, Nº y año), o fotocopia del certificado de vigencia de la persona jurídica, según corresponda, ambas con una antigüedad no superior a 60 días hábiles contados desde la publicación de la Resolución que dispone la contratación en el portal www.mercadopublico.cl El adjudicatario extranjero deberá presentar los antecedentes antes señalados debidamente legalizados y en idioma español. d) La boleta de garantía bancaria de fiel cumplimiento de contrato Los antecedentes establecidos en las letras a), b) y c) precedente no serán exigidos a los participantes que se encuentren inscritos en Chile Proveedores y cuya documentación publicada en dicho registro sea la correspondiente y suficiente para la suscripción del contrato respectivo. Si el adjudicatario no proporciona los antecedentes antes indicados, no presenta la garantía de fiel cumplimiento del contrato, o no firma el contrato, por causas que le sean imputables, dentro del plazo indicado, la Corporación podrá dejar sin efecto la adjudicación realizada, y adjudicar la licitación hasta el tercer oferente mejor calificado o bien declarar desierta la licitación, de acuerdo con los intereses de la Corporación. La Corporación podrá en todo caso, ampliar el plazo de suscripción del contrato por causa justificada, a solicitud del adjudicatario.
Vigencia y duración del contrato
El contrato entrará en vigencia a la fecha de su suscripción y tendrá un plazo de duración de 36 meses, contados desde esa fecha o desde la fecha de inicio efectivo de los servicios, la que se deberá indicar en el contrato respectivo y no será renovado. Las mantenciones se realizarán de manera SEMESTRAL (cada seis meses). El contratita deberá presentar un programa de mantenimiento al inicio del contrato, para aprobación de la Corporación. No obstante, si al término del plazo indicado, por caso fortuito, fuerza mayor u otras circunstancias excepcionales se retrasare el nuevo proceso de contratación, poniendo en riesgo la continuidad del servicio, la Corporación podrá disponer, mediante resolución fundada, la prórroga del contrato y el contratista quedará obligado a proseguir la prestación del servicio, en las mismas condiciones establecidas en estas bases y el contrato respectivo, hasta la íntegra conclusión del nuevo proceso, y siempre que no exceda del plazo máximo de 120 días hábiles. En el caso anterior el adjudicatario deberá extender la vigencia de la boleta de garantía de fiel cumplimiento de contrato que se hubiere presentado por un plazo igual a la prorroga que se indique en la resolución respectiva La vigencia del contrato estará condicionada a la aprobación presupuestaría disponible para financiar el servicio en la institución en el año respectivo.
Precio y forma de pago
El precio anual del servicio será el que señale el oferente en su oferta económica expresado en UF, el que deberá incluir el impuesto al valor agregado en la forma como se indica en anexo N ° 2 de las presentes bases. El pago se hará por estados de pagos parciales y semestrales.
Facturación y compensación de deudas
Las facturas deberán emitirse en las condiciones señaladas en el presente numeral y las instrucciones que la Corporación indique al contratista. Serán rechazadas las facturas cuyo contenido no se ajuste a las reglas establecidas en el presente numeral. Una vez aprobado el estado de pago por la Corporación, el Contratista deberá emitir una factura en pesos chilenos. Los valores expresados en unidades de fomento se convertirán a pesos chilenos considerando la fecha emisión de la factura. La factura deberá incorporar el valor total del estado de pago respectivo, impuestos incluidos y sin deducir las multas que se cobren. Serán rechazadas las facturas que se emitan antes de la aprobación de los estados de pago o que no se ajusten a sus observaciones. Tratándose de UTP, la factura deberá ser emitida por el representante o apoderado y el pago se hará a éste. La factura deberá emitirse a nombre del Juzgado de Garantía de San Carlos indicando el siguiente domicilio: Roble N.° 650, San Carlos. La factura debe indicar claramente el contrato al que se refiere, el número de ID de la licitación u orden de compra correspondiente, el mes y/o hito al cual corresponde el pago y una breve glosa descriptiva del servicio correspondiente. Además, la Corporación podrá instruir por oficio al contratista otras reglas obligatorias de emisión de facturas. La ausencia de esta información o los errores que se comentan en el cumplimiento de estas reglas, facultarán a la Corporación a rechazar el documento por errores en su contenido. La factura se deberá emitir en un plazo máximo de dos días corridos siguientes a la aprobación del respectivo estado de pago. La Corporación podrá reclamar en contra del contenido de la factura o de la falta total o parcial de entrega de los bienes o de la prestación de los servicios, dentro del plazo de 8 días corridos, conforme a lo establecido en el artículo 3° de la Ley N° 19.983. La Corporación compensará de cualquier suma que deba pagar al contratista, administrativamente, sin requerir interpelación judicial previa, y sin forma de juicio: - Cualquier suma que adeude el contratista por multas. - Los daños causados por el contratista a la propiedad o a los bienes de la Corporación o terceros. En este caso la suma líquida a descontar corresponderá al valor pagado por la Corporación para la reparación de los bienes o el valor de los daños cobrados por terceros, según corresponda. - Los pagos que hubiere efectuado la Corporación a Instituciones de Previsión o a los trabajadores del contratista o de los subcontratistas o por requerimientos hechos por la Inspección del Trabajo o los tribunales de justicia. - Los pagos que tuviere que efectuar a terceros para la reparación de los equipos luego del término anticipado del contrato por causa imputable al contratista. - Los pagos que se tuvieron que efectuar a terceros para la reparación de equipos ante incumplimiento de las obligaciones de garantía, si se hubiere contemplado en las bases. -Cualquier otro descuento a que hubiere lugar de acuerdo con los términos del contrato. La Corporación, a fin de hacer efectiva la compensación entre los pagos que ésta deba al contratista y las sumas que el contratista adeude, podrá exigir al contratista que facture con forma de pago “al contado” aquellas sumas que representen el valor que el contratista le adeude, siendo facturado el exceso con forma de pago “a plazo”. Lo anterior no obsta a que la Corporación pueda compensar las facturas emitidas con forma de pago “a plazo”. La Corporación podrá instruir al contratista que indique en la glosa de la factura los montos que la contratista le deba. Serán rechazadas las facturas que el contratista emita sin cumplir con dicha instrucción por errores en el contenido de la factura. Asimismo, la Corporación podrá instruir al contratista a que indique en la glosa de la factura los montos que la Corporación tenga que retener, para asegurar el cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales del contratista o los subcontratistas o, igualmente, el pago de obligaciones laborales y previsionales cuyo cumplimiento no hubiere acreditado. Serán rechazadas las facturas que el contratista emita sin cumplir con dicha instrucción por errores en el contenido de la factura. Sin perjuicio de lo anterior, las deudas que tenga el contratista con la Corporación podrán pagarse directamente por el contratista, pagarse con el cobro de las garantías del contrato o judicialmente. El pago de las facturas “a plazo” se efectuará dentro de los 30 días corridos siguientes a su recepción.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.