Licitación ID: 701438-4-LE21
MANTENCION CORRECTIVA Y PREVENTIVA DE CALDERA Y RADIADORES
Responsable de esta licitación: Juzgado de Garantia de San Carlos
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 19
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Supervisión de instalación, ajuste o mantenimiento de calderas 1 Unidad
Cod: 72102301
 

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
MANTENCION CORRECTIVA Y PREVENTIVA DE CALDERA Y RADIADORES
Estado:
Autorizada para Deserción
Descripción:
CONTRATA EL SERVICIO DE MANTENCIÓN CORRECTIVA Y PREVENTIVA DE CALDERA Y RADIADORES DEL JUZGADO DE GARANTÍA DE SAN CARLOS
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Jdo de Garantia de San Carlos
R.U.T.:
61.965.100-6
Dirección:
Roble N° 650
Comuna:
San Carlos
Región en que se genera la licitación:
Región del Ñuble
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 23-08-2021 20:00:00
Fecha de Publicación: 11-08-2021 8:31:09
Fecha inicio de preguntas: 12-08-2021 8:00:00
Fecha final de preguntas: 16-08-2021 12:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 17-08-2021 20:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 24-08-2021 8:00:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 24-08-2021 8:00:00
Fecha de Adjudicación: 31-12-2021 16:34:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
VISITA A TERRENO OBLIGATORIA 12-08-2021 13:00:00
VISITA A TERRENO OBLIGATORIA 13-08-2021 13:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- BASES ADMINISTRATIVAS
2.- ANEXOS ADMINISTRATIVOS
3.- ANEXOS PREVENCION DE RIESGOS
4.- RESOLUCION APRUEBA BASES
Documentos Técnicos
1.- BASES TECNICAS
 
2.- REGLAMENTO INTERNO CONTRATISTA
 
3.- REGLAMENTO PREV. DE RIESGOS
 
Documentos Económicos
1.- ANEXOS ECONOMICOS
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 PRESENTACION DE ANTECEDENTES Presenta antecedentes dentro del plazo de recepción de la oferta: 10 puntos Presenta antecedentes fuera de plazo: 5 puntos. 10%
2 PRECIO MANTENIMIENTO PREVENTIVA Formula: Precio menor recibido/ Precio evaluado *10 35%
3 PRECIO MANTENIMIENTO CORRECTIVO Formula: Precio menor recibido/Precio evaluado *10 15%
4 COMPORTAMIENTO LABORAL No presenta multas: 10 puntos Presenta entre 1 y 3 multas: 5 puntos Presenta más de 3 multas: 0 punto 12%
5 NUMERO DE CONTRATOS SIMILARES Sobre 10 contratos: 10 puntos Entre 5 y 10 contratos: 5 puntos Menos de 5,no informa o no puede demostrar: 0 punto 20%
6 UBICACION DE PROVEEDOR De la provincia: 10 puntos De la región: 5 puntos Fuera de la región: 0 punto 8%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: PRESUPUESTO
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 36 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: DIEGO KAIK JUNGE
e-mail de responsable de pago: dkaik@pjud.cl
Nombre de responsable de contrato: Diego Kaik Junge
e-mail de responsable de contrato: dkaik@pjud.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-42-2416728-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: CORPORACION ADMINISTRATIVA DEL PODER JUDICIAL
Fecha de vencimiento: 30-09-2022
Monto: 10 %
Descripción: La boleta bancaria deberá ser pagadera a la vista, tomada por el adjudicatario a la orden de la Corporación Administrativa del Poder Judicial y tener el carácter de irrevocable. Esta garantía cubrirá especialmente el cabal, íntegro y oportuno cumplimiento de cada una de las actividades comprendidas en la oferta y de las obligaciones estipuladas en el contrato. La Corporación Administrativa estará facultada para hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento, administrativamente y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna, en caso de incumplimiento del adjudicatario de las obligaciones que le impone el contrato. El incumplimiento comprende también el cumplimiento imperfecto o tardío de las obligaciones del adjudicatario. Además, podrá hacerse efectiva por la Corporación: a) Si se pone término al contrato, por cualquiera de las causas indicadas en el punto “TERMINACIÓN DEL CONTRATO” de las presentes Bases imputables al contratista. b) Para dar pago a las multas en caso de ser necesario. c) En caso que no se hubiere renovado el instrumento de garantía y el Contratista tuviere la obligación de renovar dichos instrumentos. d) En los demás casos previstos en las bases Lo anterior es sin perjuicio de las acciones, que la Corporación Administrativa pueda ejercer, para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos con la correspondiente indemnización de perjuicios. El cobro de la boleta será compatible con esta última.
Glosa: Para caucionar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato y el pago de las obligaciones laborales y de seguridad social con sus trabajadores, el adjudicatario deberá entregar una boleta bancaria de garantía a favor de la Corporación Administrativa del Poder Judicial, RUT 60.301.001-9, en unidades de fomento (U.F.) equivalentes al 10% del valor total anual del contrato, impuesto incluido, con una vigencia de 13 MESES contados desde el inicio del servicio, y cuya glosa deberá señalar: “En garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato Licitación ID N° 701438-2-LE21”. El adjudicatario deberá renovar la boleta de garantía anualmente, por trece meses, con excepción del último año de vigencia del contrato, en que la renovación deberá hacerse por un año más seis meses. Las renovaciones de la boleta deberán ser entregadas a la Corporación Administrativa, a lo menos 30 días antes de la fecha de vencimiento de la boleta que es reemplazada. La falta de entrega oportuna de la renovación respectiva constituirá, para todos los efectos previstos en estas bases, incumplimiento grave de sus obligaciones por parte del adjudicatario.
Forma y oportunidad de restitución: La devolución de la boleta de garantía se efectuará una vez vencido el plazo de su vigencia.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
AMBITO DE LA LICITACION
La Corporación Administrativa del Poder Judicial, en adelante e indistintamente “la Corporación” o “la Corporación Administrativa, llama a licitación para la contratación del servicio de “Servicio de Mantención Correctiva y Preventiva de Caldera y Radiadores del Juzgado de Garantía de San Carlos”, en los términos y condiciones establecidos en el presente instrumento. La contratación del servicio de Servicio de Mantención Correctiva y Preventiva de Caldera y Radiadores del Juzgado de Garantía de San Carlos”, se hará de conformidad a las presentes Bases Administrativas y técnicas que se detallan más adelante.
COMUNICACION CON LA CORPORACION
Toda comunicación durante el proceso de licitación, deberá ser hecha a través del portal www.mercadopublico.cl, por tanto, queda prohibido tanto a los que hayan obtenido estas Bases como a los proponentes, subcontratistas, su personal directo o indirecto, establecer contactos formales o informales con funcionarios de la Corporación o del Juzgado para fines relacionados con esta licitación, salvo los contemplados en estas bases. Asimismo queda prohibido a los oferentes efectuar durante el proceso de licitación, o durante la ejecución del contrato, las siguientes conductas: a) Ofrecer, prometer, entregar, recibir o solicitar bienes o valores con el fin de influir la actuación de un funcionario o asesor del Juzgado en relación con la presente licitación. b) Tergiversar los hechos con el fin de influenciar el proceso de licitación; presentar información falsa o adulterada; ejecución de prácticas colusorias entre oferentes (antes o después de la presentación de las ofertas) con el fin de establecer precios de ofertas a niveles artificiales, no competitivos. La contravención del presente numeral, comprobada por cualquier medio fehaciente, facultará a la Corporación para declarar inadmisible la oferta, dejar sin efecto la adjudicación o poner término anticipado al contrato, y ejecutar las garantías que se hayan presentado, según corresponda. Lo anterior, sin perjuicio de las acciones legales que procedan.
REQUISITOS DE PARTICIPACION
Podrán participar todas las personas naturales o jurídicas, Unión Temporal de Proveedores, chilenas o extranjeras, que no estén afectas a las inhabilidades del artículo 4° incisos 1° y 6° de la Ley N°19.886. Para ello bastará que suscriban una declaración jurada simple firmada por el oferente o su respectivo representante legal que indique tal circunstancia, esta declaración se encuentra en formato tipo en el anexo N° 4.1 y 4.2 de las presentes bases y deberá ser adjuntada como anexo al sistema Mercado Público antes del cierre de recepción de las ofertas. Sin perjuicio de lo anterior, la Corporación podrá solicitar documentos u otros medios de verificación que permitan comprobar el cumplimiento de estos requisitos.
ANTECEDENTES QUE DEBEN PRESENTAR LOS OFERENTES
Además del antecedente señalado en el numeral anterior, cada oferta deberá contemplar todos los aspectos que permitan su adecuada evaluación. En consecuencia, corresponderá a los oferentes aportar la totalidad de los antecedentes requeridos y necesarios para su correcta calificación. En caso de no presentar algún antecedente indispensable para la evaluación, sus ofertas serán declaradas inadmisibles. Así, cada Oferta deberá estar conformada por: 17.1 Carta de identificación del oferente conforme a anexo. Este requisito no será exigible respecto de los oferentes que estén inscritos en Chileproveedores. 17.2 Propuesta Técnica Todos los proponentes deberán acompañar los antecedentes que acrediten la experiencia en el ámbito del servicio que se licita, en este sentido deberán acompañar: 17.2.1 Nómina de contratos similares, Anexo N° 7. Adicionalmente se deberán adjuntar copia de los contratos, facturas canceladas y/u órdenes de compras de instituciones públicas o privadas, según listado presentado en Anexo 7, y que acrediten la ejecución de trabajos de características similares a las descritas en las bases técnicas (servicio de suministro, mantención, reparación de calderas, equipos o sistema de climatización, refrigeración, calefacción o enfriamiento). La Corporación se reservará el derecho de verificar los datos proporcionados. Solo se considerarán aquellos contratos que cuenten con sus certificaciones según lo indicado. Considerar un máximo de 12 contratos. La información adicional no será considerada 17.2.2 Suscripción de anexos 2 del Reglamento de Prevención de Riesgo para empresas contratistas y subcontratistas de la Corporación Administrativa del Poder Judicial. 17.2.3 Certificado de adhesión a algún organismo administrador del seguro de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales de la ley Nº 16.744, vigente a la fecha de cierre de presentación de ofertas o con una antigüedad no superior a 30 días corridos desde la fecha de cierre de presentación de ofertas. 17.2.4 Se deberá señalar si la empresa ha sido objeto de multas en los últimos 36 meses según Anexo 10, para personas naturales y Anexo 10.1 para personas jurídicas. La comisión de evaluación podrá verificar la información en el sitio WEB de que disponga la Dirección del Trabajo: http://ventanilla.dt.gob.cl/RegistroEmpleador/consultamultas.aspx En caso de discrepancia prevalecerá este último Registro 17.2.5 Anexo N°9 dirección comercial. Se deberá adjuntar la patente comercial. En caso de discrepancia entre el domicilio anexo N°9 y la patente comercial, primará la información contenida en la patente comercial. 17.2.6 ANEXO N°08 LOGÍSTICA PARA EMERGENCIA 17.3 Propuesta Económica La oferta económica deberá estar expresada en valores netos, es decir, desglosando al final el impuesto al valor agregado (I.V.A.) y en unidades de fomento, según Anexo N°2 y Anexo N° 2.1 En caso de disconformidad entre la propuesta económica consignada en el formulario electrónico y la propuesta económica acompañada como anexo, prevalecerá esta última. El oferente es el único responsable de la evaluación de todos y cada uno de los aspectos que tengan incidencia en el precio que indicó en su oferta. La Corporación Administrativa del Poder Judicial no efectuará ningún pago adicional o distinto al señalado por el oferente en su propuesta. 17.4 Declaraciones Juradas Se deben acompañar las declaraciones juradas: Persona natural: Anexos 4.1 y 4.3; Persona Jurídica: 4.2; 4.4; 5; y Anexo 6 solo para sociedades anónimas abiertas. En caso que oferte una Unión Temporal de Proveedores cada miembro deberá presentar las declaraciones antes señaladas, que le resulten aplicables 17.5 UTP. Deberán acompañar instrumento público o privado en que conste la Unión Temporal, con la que se celebrará el contrato. En la escritura de acuerdo deberán indicarse, el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes y estipularse que todos ellos serán codeudores solidarios de todas y cada una de las obligaciones que contraiga la UTP. (Se debe adjuntar ANEXO 11 firmado por todos los integrantes de UTP. 17.6 Visita A Terreno La visita a terreno se realizará el o los día(s) y hora (s) señalada (s) en el cronograma de la Licitación. La visita a terreno tendrá carácter de obligatoria, y será certificada a su inicio por un funcionario del Juzgado de Garantía de San Carlos, mediante la firma del documento denominado “ACTA DE VISITA A TERRENO”, ANEXO 12 La Corporación publicará el Acta de Visita a Terreno conjuntamente con la adjudicación. Las preguntas y consultas que puedan surgir como resultado de la visita, así como de la lectura detenida de la bases, deberán ser realizadas a través del portal durante el período de preguntas y respuestas establecida en las presentes bases. Cada empresa solo podrá acceder a una visita a terreno en caso de fijarse más de una. En caso que oferte una Unión Temporal de Proveedores bastará que solo uno de los miembros asista a la visita a terreno”.
REQUISITOS PARA CONTRATAR
La Corporación exigirá al oferente adjudicado, al momento de contratar, encontrarse inscrito en el Registro de Chile Proveedores. Si el oferente seleccionado no se encontrare inscrito en Chile Proveedores, dispondrá de un plazo máximo de 10 días corridos, contados del día siguiente hábil de la fecha de notificación de la adjudicación, para efectuar su inscripción en este registro y acompañar el respectivo comprobante. Tratándose de Unión Temporal de Proveedores, cada proveedor deberá inscribirse en el Registro de Proveedores para suscribir el contrato. En el caso del adjudicado extranjero el Juzgado podrá exigir, previo a la contratación, constituir sociedad de nacionalidad chilena o agencia en Chile, con la cual se celebrará el contrato, y cuyo objeto deberá comprender la ejecución de dicho contrato. En caso de adjudicarse la licitación a una persona natural extranjera sin domicilio ni residencia en Chile, deberá otorgar, en el mismo plazo señalado en el párrafo anterior, un mandato con poder suficiente para la ejecución del contrato a una persona natural o jurídica con domicilio o residencia en Chile.
DEL CONTRATO
Notificada la adjudicación, la Corporación Administrativa procederá a redactar el contrato, en conformidad a las presentes bases de licitación y sus documentos anexos, a las aclaraciones, enmiendas y respuestas a consultas, si las hubiere, a la oferta del adjudicatario y a las disposiciones pertinentes de la legislación vigente. Ofrecido a la firma del adjudicatario, éste dispondrá de diez días corridos (incluido el plazo para su inscripción en el registro de proveedores) para suscribirlo en las oficinas del Juzgado de Garantía de San Carlos ubicadas en Roble n.° 650, San Carlos. Dentro del mismo plazo el oferente adjudicado deberá presentar, según el caso, los siguientes antecedentes. a) Fotocopia de la escritura pública o documento legal, en que conste la personería jurídica del o de los representantes legales del adjudicatario, si procediera. b) Fotocopia del RUT del oferente y de su representante legal. c) Fotocopia del certificado de vigencia de la sociedad en la cual conste la inscripción (fojas, Nº y año), o fotocopia del certificado de vigencia de la persona jurídica, según corresponda, ambas con una antigüedad no superior a 60 días hábiles contados desde la publicación de la Resolución que dispone la contratación en el portal www.mercadopublico.cl El adjudicatario extranjero deberá presentar los antecedentes antes señalados debidamente legalizados y en idioma español. d) La boleta de garantía bancaria de fiel cumplimiento de contrato Los antecedentes establecidos en las letras a), b) y c) precedente no serán exigidos a los participantes que se encuentren inscritos en Chile Proveedores y cuya documentación publicada en dicho registro sea la correspondiente y suficiente para la suscripción del contrato respectivo. Si el adjudicatario no proporciona los antecedentes antes indicados, no presenta la garantía de fiel cumplimiento del contrato, o no firma el contrato, por causas que le sean imputables, dentro del plazo indicado, la Corporación podrá dejar sin efecto la adjudicación realizada, y adjudicar la licitación hasta el tercer oferente mejor calificado o bien declarar desierta la licitación, de acuerdo con los intereses de la Corporación. La Corporación podrá en todo caso, ampliar el plazo de suscripción del contrato por causa justificada, a solicitud del adjudicatario.
MULTAS
Se faculta a la Corporación para que administrativamente y sin forma de juicio aplique en su caso, al Contratista las siguientes multas: a) Incumplimiento del plazo para ejecución de cada mantención de acuerdo a programa de mantenimiento presentado por el contratista al inicio del contrato aprobado por la Corporación o desde la aprobación del presupuesto, según el caso. 2UF por cada día de atraso. b) Incumplimiento de los tiempos de respuestas en caso de emergencia: 1 UF por cada día de atraso. c) Por incumplimiento de las obligaciones establecidas en el Reglamento de Prevención de Riesgos para empresas Contratistas y Subcontratistas; se aplicará una multa de 2 UF por cada infracción cometida. Sin perjuicio de constituir incumplimiento grave en caso de reiteración por 3 o más veces. d) Por incumplimiento de Protocolo de Manejo y Prevención ante Covid-19 en Tribunales y Unidades Judiciales en lo que resulte aplicable Se aplicará una multa de 1 UF por cada infracción cometida, sin perjuicio constituir incumplimiento grave la omisión de informar la sospecha o contagio de algún trabajador asignado al servicio o en caso de reiteración 3 o más veces. d) Por la utilización de repuestos no originales y/o defectuosos: 2 UF, sin perjuicio de constituir incumplimiento grave del contratista en caso de reiteración. En este caso, además de la multa el contratista deberá proceder a su costo y cargo a la reparación del o los equipos. e) Por incumplimiento de las instrucciones y procedimientos establecidos por la Corporación Administrativa del Poder Judicial o no concurrencia del supervisor a las reuniones coordinadas por el tribunal o Corporación: 2 UF. Lo anterior sin perjuicio de constituir incumplimiento grave del contrato en caso de reiteración por 3 o más veces f) Multas por errores o retrasos en las facturaciones oportunas: El adjudicatario deberá entregar la factura por el cobro de la prestación mensual del servicio, a más tardar dentro de los veinte días del mes siguiente a aquél en que se presten los servicios. El no cumplimiento de los plazos establecidos para la facturación, o la emisión de una facturación con errores, dará origen a una multa de 0.5% del monto a facturar por cada día de retraso o por cada día que transcurra sin haberse corregido el error, según corresponda. En este último caso la multa se aplicara desde el día siguiente al vencimiento del plazo indicado por la corporación para subsanar el error. Estas multas no serán aplicables en situaciones de caso fortuito o fuerza mayor, las cuales deberán fundamentarse por escrito a la Corporación. Si la Corporación considerare que existe mérito suficiente para la aplicación de una multa, comunicará por escrito su decisión al adjudicatario, indicando el monto y fundamento de la misma. La aplicación de la multa será notificada al contratista mediante carta certificada dirigida al domicilio que registre en el contrato y se entenderá notificado de ella al 3er día hábil siguiente del despacho de la carta certificada. La Corporación podrá optar también por notificar la multa al correo electrónico indicado por el contratista en su oferta o en el Registro de Proveedores del Estado, entendiéndose notificado, en este caso, en la fecha de envío del correo electrónico. El adjudicatario dispondrá de un plazo de cinco días hábiles a contar de la comunicación para formular descargos. Con el mérito de ellos, la Corporación resolverá sobre el particular mediante resolución fundada, previa ponderación de los antecedentes, remitiéndole copia de ella al adjudicatario. En caso que la multa esté formulada en UF se considerará el valor de dicha unidad de reajustabilidad en la fecha del pago. En caso de que la multa corresponda a un porcentaje de los valores indicados en el contrato, este porcentaje se calculará sobre valores totales impuestos incluido. En general, las multas antes mencionadas se aplicarán sin perjuicio de las medidas tendientes a mantener la continuidad de servicio que deba efectuar la Corporación por cuenta, costo y riesgo del contratista previa notificación al mismo. Para estos efectos, a modo ejemplar, se entenderán como medidas correctivas, el tener que recurrir para la ejecución de las obligaciones contractuales del contratista a la contratación de terceros. La multa aplicada se deducirá preferentemente del más próximo pago que deba hacerse, de la garantía del contrato si la hubiere, de cualquier suma que la Corporación adeude al adjudicatario o pueda adeudarle a futuro, o se cobrarán judicialmente, en su caso. Con todo, la aplicación de las multas sumadas, no podrá exceder del diez por ciento del precio anual del contrato dentro de un año calendario; en caso de excederse ese límite, se entenderá que el adjudicatario ha incurrido en incumplimiento grave y la Corporación podrá poner término al contrato, según lo previsto en el numeral siguiente.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.