|
REQUISITOS DE PARTICIPACION |
|
Podrán participar todas las personas naturales o jurídicas, Unión Temporal de Proveedores, chilenas o extranjeras, que no estén afectas a las inhabilidades del artículo 4° incisos 1° y 6° de la Ley N°19.886. Para ello bastará que suscriban una declaración jurada simple firmada por el oferente o su respectivo representante legal que indique tal circunstancia, esta declaración se encuentra en formato tipo en el anexo N° 4.1 y 4.2 de las presentes bases y deberá ser adjuntada como anexo al sistema Mercado Público antes del cierre de recepción de las ofertas.
Sin perjuicio de lo anterior, la Corporación podrá solicitar documentos u otros medios de verificación que permitan comprobar el cumplimiento de estos requisitos.
|
|
|
|
OTROS ANTECEDENTES QUE DEBEN PRESENTAR LOS OFERENTES |
|
Además del antecedente señalado en el numeral anterior, cada oferta deberá contemplar todos los aspectos que permitan su adecuada evaluación. En consecuencia, corresponderá a los oferentes aportar la totalidad de los antecedentes requeridos y necesarios para su correcta calificación. En caso de no presentar algún antecedente indispensable para la evaluación, sus ofertas serán declaradas inadmisibles.
Así, cada Oferta deberá estar conformada por:
17.1. Carta de identificación del oferente conforme a anexo 1. Este requisito no será exigible respecto de los oferentes que estén inscritos en Chileproveedores.
17.2. Propuesta Técnica Anexo 3
Deberá indicarse marca, año, patente, número de puertas, inscripción vigente como “taxi básico”, “taxi ejecutivo” o” taxi turismo”.
Los vehículos que no cumplan con las condiciones establecidas en las bases técnicas no serán considerados en la evaluación. Serán declaradas inadmisibles las ofertas cuya cantidad de vehículo considerada para la evaluación sea menor a la requerida en las bases técnicas
17.3. Propuesta Económica Anexo 2
La oferta económica deberá estar expresada en Unidades de Fomento (UF) en valores netos, es decir, desglosando al final el impuesto al valor agregado (I.V.A.) o indicar si está exento. En caso de disconformidad entre la propuesta económica consignada en el formulario electrónico y la propuesta económica acompañada como anexo, prevalecerá ésta última.
La cotización deberá ser expresada en U.F., de acuerdo al siguiente desglose:
• VALOR SERVICIO POR PUNTO DE NOTIFICACIÓN URBANO
• VALOR POR KM FUERA DE LOS LÍMITES URBANOS LA CIUDAD DE SAN CARLOS
• VALOR POR MINUTO DE ESPERA CUANDO ESTE EXCEDA LOS 30 MINUTOS
La tarifa de cobro será por cada punto de notificación urbano, es decir si se debe notificar a más de una persona en un domicilio esto será considerado un punto.
El oferente es el único responsable de la evaluación de todos y cada uno de los aspectos que tengan incidencia en el precio que indicó en su oferta. La Corporación Administrativa del Poder Judicial no efectuará ningún pago adicional o distinto al señalado por el oferente en su propuesta.
Del mismo modo el oferente no tendrá derecho a cobrar a la Corporación, ni pedir modificación del contrato por alzas de combustible o demás equipamiento necesario para la prestación del servicio.
17.4. Declaraciones Juradas
Se deben acompañar las declaraciones juradas: Persona natural: Anexos 4.1 y 4.3; Persona Jurídica: 4.2; 4.4; 5; y Anexo 6 solo para sociedades anónimas abiertas
En caso que oferte una Unión Temporal de Proveedores, cada miembro deberá presentar las declaraciones antes señaladas, que le resulten aplicables.
17.5. Tratándose de UTP, deberán acompañar instrumento público o privado en que conste la Unión Temporal, con la que se celebrará el contrato. En la escritura de acuerdo deberán indicarse, el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes y estipularse que todos ellos serán codeudores solidarios de todas y cada una de las obligaciones que contraiga la UTP (anexo 7). Este anexo debe estar firmado por todos los integrantes de la UTP.
17.6. Certificado de inscripción en el Registro Nacional de Vehículos Motorizados del o los vehículos que prestará(n) el servicio.
17.7. Certificado de inscripción en el Registro Nacional de Transporte Público de Pasajeros del o los vehículos ofertados. Si el vehículo se encuentra con Inscripción Provisoria (IP) se deberá indicar dicha circunstancia en la oferta técnica (ver nota del anexo), y adjuntar fotocopia del certificado de inscripción provisoria.
En ambos casos la información podrá ser verificada por la Corporación en la página del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones o seremitt correspondiente. Los vehículos que no figuren en dicho Registro o respecto de los cuales no se obtenga información, no serán considerados en la evaluación y la oferta será declarada inadmisible si no cuenta con la cantidad mínima de vehículos señalada en las bases para prestar el servicio. Lo anterior sin perjuicio de la facultad de la Corporación de exigir dichos antecedentes al inicio del servicio o durante la vigencia del contrato respecto de la empresa que resulte adjudicada
|
|
|
|
ADJUDICACION DE LA LICITACION |
|
La Corporación adjudicará la licitación a la propuesta que, en su conjunto, resulte más ventajosa para sus necesidades e intereses, según las condiciones y criterios de evaluación establecidos en las presentes bases.
La adjudicación del contrato se hará por resolución fundada de la autoridad competente.
La Corporación Administrativa se reserva el derecho de adjudicar total o parcialmente a uno o más oferentes, aunque no corresponda al precio más bajo.
La Corporación Administrativa declarará inadmisible las ofertas cuando éstas no cumplieren los requisitos establecidos en las bases, y declarará desierta una licitación cuando no se presenten ofertas, o bien, cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses.
Del mismo modo, la Corporación podrá dejar sin efecto el proceso de licitación hasta antes de la adjudicación mediante resolución fundada.
En todos los casos anteriores la Corporación no incurrirá en responsabilidad alguna por tratarse del ejercicio de facultades discrecionales, así reconocidas expresamente por los proponentes.
Si la adjudicación no se hiciere en la fecha indicada en el cronograma de la licitación, la Corporación informará la nueva fecha estimada de adjudicación a través del portal indicando la justificación correspondiente.
Una vez adjudicada la licitación los oferentes que quieran aclarar aspectos de la evaluación y/o adjudicación, podrán comunicarse vía correo electrónico o telefónicamente con el responsable del contrato indicado en el formulario electrónico de las presentes bases.
|
|
|
|
REQUISITOS PARA CONTRATAR |
|
La Corporación exigirá al oferente adjudicado, al momento de contratar, encontrarse inscrito en el Registro de Chileproveedores. Si el oferente seleccionado no se encontrare inscrito en Chileproveedores, dispondrá de un plazo máximo de 10 días corridos, contados del día siguiente hábil de la fecha de notificación de la adjudicación, para efectuar su inscripción en este registro y acompañar el respectivo comprobante.
Tratándose de Unión Temporales de Proveedores, cada proveedor deberá inscribirse en el Registro de Proveedores para suscribir el contrato.
En el caso del adjudicado extranjero, la Corporación Administrativa podrá exigir previo a la contratación, constituir sociedad de nacionalidad chilena o agencia en Chile, con la cual se celebrará el contrato, y cuyo objeto deberá comprender la ejecución de dicho contrato.
En caso de adjudicarse la licitación a una persona natural extranjera sin domicilio ni residencia en Chile, deberá otorgar, en el mismo plazo señalado en el párrafo anterior, un mandato con poder suficiente para la ejecución del contrato a una persona natural o jurídica con domicilio o residencia en Chile.
|
|
|
|
VIGENCIA Y DURACION DEL CONTRATO |
|
El contrato entrará en vigencia a la fecha de su suscripción y tendrá un plazo de duración de 36 meses, contados desde esa fecha o desde la fecha de inicio efectivo de los servicios, la que se deberá indicar en el contrato respectivo.
Sin perjuicio de lo anterior la Corporación podrá poner término al convenio en cualquier momento sin expresar causa y sin indemnización alguna, mediante aviso escrito enviado al contratista al domicilio consignado en el contrato, con a lo menos treinta días de anticipación a la fecha de término efectivo del contrato.
No obstante, si al término del plazo indicado, por caso fortuito, fuerza mayor u otras circunstancias excepcionales se retrasare el nuevo proceso de contratación, poniendo en riesgo la continuidad del servicio, la Corporación podrá disponer, mediante resolución fundada, la prórroga del contrato y el contratista quedará obligado a proseguir la prestación del servicio, en las mismas condiciones establecidas en estas bases y el contrato respectivo, hasta la íntegra conclusión del nuevo proceso, y siempre que no exceda del plazo máximo de 120 días hábiles.
La vigencia del contrato estará condicionada a la aprobación presupuestaría disponible para financiar el servicio en la institución en el año respectivo.
|
|
|
|