Licitación ID: 707428-46-LP25
OBRAS REPOSICION SISTEMA ELECTRICO JI CRISOL
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 11
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Productos o servicios
1
Construcción de obras civiles 1 Unidad
Cod: 72131702
SERVICIO DE EJECUCION DE OBRA “PLAN MEJORAS CRITICAS REPOSICIÓN SISTEMA ELECTRICO JI CRISOL” PARA FUNDACIÓN INTEGRA MRSO  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
OBRAS REPOSICION SISTEMA ELECTRICO JI CRISOL
Estado:
Adjudicada
Descripción:
“EJECUCIÓN DE OBRAS PLAN MEJORAS CRITICAS REPOSICIÓN SISTEMA ELECTRICO JI CRISOL, FUNDACION INTEGRA REGIÓN METROPOLITANA SUR ORIENTE”.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 1.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LP)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Regional Sur-Oriente
R.U.T.:
70.574.900-0
Dirección:
Profesor Carlos Porter 23
Comuna:
Santiago
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 05-12-2025 15:00:00
Fecha de Publicación: 11-11-2025 12:12:48
Fecha inicio de preguntas: 11-11-2025 16:01:00
Fecha final de preguntas: 19-11-2025 23:59:00
Fecha de publicación de respuestas: 25-11-2025 17:30:00
Fecha de acto de apertura técnica: 05-12-2025 15:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 05-12-2025 15:01:00
Fecha de Adjudicación: 20-01-2026 17:21:36
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato 06-01-2026
Tiempo estimado de evaluación de ofertas 7 Días
VISITA A TERRENO DE CARACTER OBLIGATORIO A EFECTUARSE EN JI UBICADO EN SARGENTO CANDELARIA N° 2280 COMUNA SAN RAMON 18-11-2025 10:30:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- FORMULARIO N° 1 “IDENTIFICACIÓN DEL OFERENTE PERSONA NATURAL O JURÍDICA”
2.- FORMULARIO N° 2 “IDENTIFICACIÓN DEL OFERENTE UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES”
3.- FORMULARIO N° 3 “DECLARACIÓN JURADA DE ACEPTACIÓN DE BASES”
4.- DECLARACIÓN JURADA DE REQUISITOS PARA OFERTAR – INHABILIDADES Y AUSENCIA DE CONFLICTO DE INTERÉS
5.- FORMULARIO N° 4 “DECLARACIÓN JURADA SIMPLE DE INHABILIDADES PARA PARTICIPAR Y CONTRATAR”
6.- FORMULARIO N° 5 “DECLARACIÓN INHABILIDAD UTP”
7.- DOCUMENTO EN QUE CONSTE LA CONSTITUCIÓN DE LA UTP
8.- FORMULARIO N° 6 “PROGRAMAS DE INTEGRIDAD”
Documentos Técnicos
1.- FORMULARIO N° 7 “EXPERIENCIA EN OBRAS EJECUTADAS”
 
Documentos Económicos
1.- FORMULARIO N° 9-A “CARTA OFERTA”
2.- FORMULARIO N° 9-B O N°9-B1 “PRESUPUESTO DETALLADO” (SEGÚN CORRESPONDA)
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- De acuerdo a lo establecido en Bases Adm. Generales
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
- I18n entry not found: De acuerdo en lo establecido en Bases Adm. Generales
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Comportamiento contractual anterior Para la evaluación de este criterio, se utilizará el comportamiento contractual anterior del oferente, respecto de los procesos en compras públicas de los últimos 24 meses 10%
2 Cumplimiento de los requisitos De acuerdo con lo estipulado en el Art. 56° del Decreto N° 661, de 2024, Reglamento de la Ley de Compras y a lo señalado en el punto 7.3 de las presentes bases de licitación 8%
3 Experiencia de los Oferentes Según lo presentado en FORMULARIO N° 7 señalado en el punto 6.3.2.1 de las presentes Bases 30%
4 Precio Para evaluar este criterio se analizará el FORMULARIO N° 9-A Oferta Económica de cada proponente. Cálculo del puntaje: (Oferta más económica / Oferta evaluada) x 100 El puntaje obtenido se multiplicará por el ponderador (50%). 50%
5 Programa de Integridad Para efectos de la evaluación, se considerará lo presentado mediante el Formulario N° 6 y el programa de integridad acompañado en caso de contar con el mismo. Se deberá subir el programa de integridad y ética empresarial al portal www.mercadopublico.cl 2%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: 1-01
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 80 Días
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Nerva Sanzana
e-mail de responsable de pago: nsanzana@integra.cl
Nombre de responsable de contrato: Jonatan Salas Paineo
e-mail de responsable de contrato: jsalasp@integra.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-22-8794600-38
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: FUNDACION INTEGRA
Fecha de vencimiento: 17-09-2026
Monto: 5 %
Descripción: ENTREGA: DENTRO DE LOS 10 DÍAS HÁBILES SIGUIENTES A LA FECHA DE PUBLICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN DE ADJUDICACIÓN EN EL PORTAL WWW.MERCADOPUBLICO.CL. PRESENTADA FÍSICAMENTE EN: DIRECCIÓN REGIONAL DE FUNDACIÓN INTEGRA DE LA REGIÓN METROPOLITANA SUR ORIENTE UBICACIÓN: CARLOS PORTER 23, SANTIAGO.
Glosa: EN GARANTÍA DEL FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO Y OBLIGACIONES LABORALES Y PREVISIONALES DE LA LICITACIÓN PÚBLICA EJECUCIÓN DE OBRAS PLAN MEJORAS CRITICAS REPOSICIÓN SISTEMA ELECTRICO JI CRISOL DE FUNDACIÓN INTEGRA DE LA REGIÓN METROPOLITANA SUR ORIENTE.
Forma y oportunidad de restitución: DESDE EL DÍA HÁBIL SIGUIENTE A LA FECHA DE PUBLICACIÓN DE LA LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO Y SU DEVOLUCIÓN SE EFECTUARÁ EN LA OFICINA DEL DEPARTAMENTO REGIONAL DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
6.12. READJUDICACIÓN Si el adjudicatario se desistiere de firmar el contrato o no cumpliese con las demás condiciones y requisitos establecidos en las bases para la suscripción o aceptación de los referidos documentos, Fundación Integra podrá, junto con dejar sin efecto la adjudicación original, adjudicar la licitación al oferente que le sigue en puntaje, dentro del plazo de 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original. En particular, Fundación Integra, podrá readjudicar la licitación: a. Si el contrato no se firma en el plazo estipulado en las presentes bases, por causas atribuibles al adjudicatario b. Si el adjudicatario no hace entrega de la garantía de fiel cumplimiento del contrato dentro del plazo establecido en el cronograma de las presentes bases. c. Si el adjudicatario no hace entrega los seguros dentro del plazo establecido en el cronograma de las presentes bases. d. Si el adjudicatario se desiste de su oferta. e. Si el adjudicatario es inhábil para contratar con el Estado en los términos del artículo 4° de la Ley N° 19.886, sobre Compras Públicas; artículo 8° N° 2 y artículo 10 de la Ley N° 20.393 Sobre Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas; artículo 26° letra d del Decreto Ley N° 2111973, por haber sido condenado por el Tribunal de la Libre Competencia; no proporcionar los documentos que le hayan sido requeridos para verificar su condición de habilidad o no acompañe los referidos certificados en la oportunidad correspondiente de conformidad a lo dispuesto en el inciso final del artículo 6° de la Ley N° 21.640 de Presupuesto para el año 2024.
CONSULTAS ACLARATORIAS A OFERENTES Y CORRECCIÓN DE ERRORES U OMISIONES FORMALES
Conforme el artículo 56 del Decreto N° 661, de 2024, durante la evaluación de las ofertas la comisión evaluadora podrá solicitar a los oferentes salvar los errores u omisiones formales en que hayan incurrido. No se considerará error formal errores en el precio de la oferta económica. Del mismo modo, la Fundación podrá solicitar la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación de éstas. Las rectificaciones de los errores u omisiones detectados por la Comisión de Evaluación y que se solicitan y permiten salvar o subsanar a los oferentes, no podrán referirse a aquellos documentos o antecedentes que van a ser evaluados ya que podrían conferir una situación de privilegio respecto de los demás competidores, dado que se afectará el principio de igualdad de los oferentes. Las solicitudes que se hagan en tal sentido serán informadas a los demás oferentes a través del portal www.mercadopublico.cl. Los oferentes tendrán un plazo no superior a 48 horas para dar cumplimiento a lo solicitado por Fundación Integra, contados desde la publicación del requerimiento en el Sistema de Información. Los oferentes que presenten sus antecedentes en la forma señalada y aquellos que no den cumplimiento, dentro del plazo de presentación, con todo lo requerido, obtendrán un menor puntaje en el criterio de evaluación “Cumplimiento de Requisitos Formales”. La responsabilidad de revisar oportunamente el Sistema de Información durante el periodo de evaluación recae exclusivamente en los respectivos oferentes.
Resolución de Empates

En caso de producirse un empate en el resultado final de la evaluación, Fundación Integra adjudicará el proceso de licitación al proponente que presente mejor puntaje conforme al orden de prelación que se señala:

1° Puntaje variable: Oferta económica.

2° Puntaje variable: Experiencia.

3° Puntaje variable: Comportamiento contractual anterior.

4° Puntaje variable: Cumplimiento de requisitos formales.

5° Puntaje variable: Programa de integridad.

En caso que, no obstante lo anterior, la situación de empate subsista se adjudicará a la oferta que haya sido ingresada primero según comprobante de ingreso de oferta emitido por la Dirección de Compras y Contratación Pública en el Portal www.mercadopublico.cl.


SEGUROS
El contratista será responsable por todo accidente, daño o perjuicio que se produzca en razón de su ejecución, durante la vigencia del contrato, ya sea a sus empleados u obreros, a terceros o a la propiedad existente. Las pólizas de seguro no se reducirán en la suma indemnizada por ninguna eventualidad, continuando con plena validez por el valor total durante todo periodo de vigencia. Las pólizas de seguro deben ser obtenidas por el contratista previo a la suscripción del contrato del cual pasarán a formar parte integrante. El mandante se reserva el derecho de verificar y exigir la vigencia y la acreditación del pago de las primas de los seguros, en cualquier momento durante la vigencia del contrato. Los seguros deben cubrir los riesgos de todo el personal y de sus acciones. Los deducibles que deban ser pagados en caso de siniestro, son de responsabilidad exclusiva del contratista, como también lo serán los montos de daños no cubiertos por el seguro y que fueren legal y contractualmente exigibles al contratista y sus subcontratistas. El contratista y/o sus subcontratistas contratarán y mantendrán vigente durante el plazo de ejecución de las obras del contrato, los siguientes seguros: 8.1. SEGURO COMPENSACIÓN LEGAL ACCIDENTES DE TRABAJO (LEY 16.744) Se exige conforme a lo establecido en la Ley N° 16.774, sobre accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. 8.2. SEGURO CONTRA TODO RIESGO DE CONSTRUCCIÓN Y MONTAJE El contratista deberá contratar un seguro contra todo riesgo de construcción y montaje. El contratista deberá incluir en este seguro las maquinarias y equipos móviles de su propiedad, que ocupará en la ejecución de las obras, como también los equipos y materiales del proyecto, proporcionados por él y por el mandante, que el contratista o sus subcontratistas deban montar. Además, deberá cubrir por medio de un adicional, el riesgo de transporte de los equipos y materiales de propiedad del mandante y del contratista, que deban ser trasladados desde sus propias bodegas, bodegas del mandante o bodegas de proveedores hasta el lugar de las obras. Este seguro deberá cubrir, en todo momento, el costo total del valor del contrato, tanto directamente por el contratista como por sus subcontratistas. Cubrirán también los suministros de materiales y componentes, maquinarias propias y de terceros, vehículos, el personal propio y de terceros, etc. En definitiva, el presente seguro debe cubrir todos los bienes y personas relacionadas con la obra de construcción. Se debe establecer claramente como asegurado adicional a Fundación Integra. 8.3. SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL El contratista debe contratar a satisfacción del mandante, un seguro contra daños a la propiedad pública y privada y a las personas, para cubrir una responsabilidad civil, por un valor equivalente al 10% del monto total del contrato. La póliza debe ser de “Responsabilidad Civil Cruzada”, considerando el personal, los bienes y las instalaciones del mandante, como si fueran de terceros. Se debe establecer claramente como asegurado adicional a Fundación Integra. La póliza deberá incluir, a lo menos, las siguientes cláusulas de cobertura: a. Muerte de terceras personas y lesiones corporales causadas a las mismas. b. Daños causados a bienes de propiedad o arrendados directamente por el mandante. c. Daños por incendio y explosión causados por el contratista, su personal o terceros, como subcontratistas, instaladores, etc., o personal de éstos, que trabajen en las obras. d. Cláusula Adicional Responsabilidad Civil Patronal.
PROHIBICIÓN DE CESIÓN
El proveedor no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de una contratación, y en especial los establecidos en el contrato definitivo, salvo que una norma legal especial permita la cesión de derechos y obligaciones. Lo anterior, es sin perjuicio que, los documentos justificativos de los créditos que emanen de estos contratos, podrán transferirse de acuerdo con las normas del derecho común, conforme se establece en el artículo 126 del Decreto N° 661, de 2024.
MECANISMO PARA RECLAMOS EN LA ADJUDICACION O EN LA EJECUCION CONTRACTUAL
Se establece que cualquier persona interesada, natural o jurídica, dentro de los 5 días hábiles siguientes a la notificación de la adjudicación, podrá deducir una reclamación administrativa, a través de la plataforma de reclamos habilitada en el sistema de información, contra las acciones u omisiones ilegales que se hayan cometido durante un procedimiento de contratación administrativa o en la ejecución de un contrato administrativo.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.