1.-
8.3. DOCUMENTOS ADMINISTRATIVOS.
Los participantes deberán presentar, junto con su propuesta técnica y económica, los documentos y antecedentes que se detallan a continuación, y que corresponden a los denominados “Documentos Anexos”. Solo se recibirán documentos electrónicos, los que
deberán ser enviados a través del Portal, hasta el día de cierre de recepción de ofertas, en el horario que determine el Portal.
8.3.1. Si es persona natural:
a) Declaración jurada simple, firmada por el oferente, con la información que permita su individualización, según ANEXO N° 4.
b) Declaración jurada simple, firmada por el oferente, que dé cuenta que no le afectan las inhabilidades establecidas en el artículo 4 de la Ley Nº 19.886, según ANEXO N° 5.
8.3.2. Si es persona jurídica:
a) Copia de su escritura de constitución y de su inscripción en el Registro de Comercio correspondiente, o del documento que resulte idóneo para acreditar su existencia cuando se trate de personas jurídicas que no se constituyan mediante escritura pública inscrita en el Registro de Comercio correspondiente. Los oferentes que se encuentren inscritos en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado (www.chilecompra.cl), no deberán acompañar estos documentos si ellos, u otros similares se encuentren disponibles en dicho Registro a la fecha de apertura de las ofertas.
b) Declaración jurada simple, firmada por el representante legal de la persona jurídica, con la información que permita la individualización de esta, según ANEXO N° 4.
c) Declaración jurada simple, firmada por el representante legal de la persona jurídica, que dé cuenta que no le afectan las inhabilidades establecidas en el artículo 4 de la Ley Nº 19.886, según ANEXO N° 5.
8.3.3. Unión Temporal de Proveedores:
a) Documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esa manera, descrito en el párrafo segundo del acápite V de las presentes bases de licitación. Si se omite este antecedente, la oferta será declarada inadmisible.
b) Declaración jurada simple que dé cuenta que no le afectan las inhabilidades establecidas en el artículo 4 de la Ley Nº 19.886, según ANEXO N° 5, según corresponda. Se debe presentar un anexo por cada integrante de la UTP, suscrito por el respectivo integrante o por el representante legal del integrante, según sea el caso.
Cabe hacer presente que las causales de inhabilidad para la presentación de las ofertas afectarán a cada integrante de la UTP. En caso de afectar una causal de inhabilidad a algún integrante de la Unión, esta deberá decidir si continuará con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso.
8.4. CUADRO DE ANEXOS.
N° DETALLE
1 Especificaciones Técnicas.
2 Criterios de Evaluación.
3 Declaración jurada simple: Propuesta Económica.
4 Declaración jurada simple: Individualización del oferente.
5 Declaración jurada simple: Inhabilidades del Artículo 4 Ley 19.886.
9. DE LA APERTURA DE LAS PROPUESTAS.
La apertura de las propuestas se realizará a través del Portal, hasta el día hábil siguiente del cierre de la recepción de ofertas, en el horario que determine el portal.
El operador del Portal deberá dar aviso de la apertura de ofertas y remitir a la Comisión Evaluadora, la información sobre las ofertas técnicas y económicas presentadas, a fin de que la comisión posteriormente evalué si se ha dado cumplimiento a los requisitos establecidos en las presentes bases.
La comisión evaluadora en conjunto o un/a representante efectuará el estudio de los documentos administrativos presentados por los oferentes a través de www.mercadopublico.cl, elaborando un Informe de Apertura.
Mediante la aclaración de la oferta o por “foro inverso”, los centros y la Dirección Regional Metropolitana (dependiendo de donde sea la licitación se deberá modificar), a través de sus operadores del Portal, podrán solicitar a los oferentes corregir errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información.
Para ello, se otorgará el plazo de dos días hábiles contado desde el requerimiento, el que se informará a través del Portal. En este caso, el oferente será sancionado de acuerdo a lo señalado en Anexo de N°3 “Criterios de evaluación”, de acuerdo al criterio de “Cumplimiento de Requisitos Formales”.
Sin perjuicio de lo anterior, la comisión evaluadora podrá solicitar colaboración en calidad de asesor, de algún profesional que sea competente en las materias técnicas a revisar en los procesos de licitación, conforme a lo dispuesto en la Directiva 14 de la Dirección de Compras y en el artículo 37, del Decreto N°250, de 2004, que aprueba Reglamento de la Ley Nº19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios.
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