Licitación ID: 711841-22-LE22
Mantención plataforma FIBE
Responsable de esta licitación: SUBSECRETARIA DE SERVICIOS SOCIALES, SUBSECRETARIA DE SERVICIOS SOCIALES
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 6
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Desarrolladores de software 1 Unidad
Cod: 80111711
“MEJORAS PARA LA PLATAFORMA FICHA BÁSICA DE EMERGENCIA (FIBE)”  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Mantención plataforma FIBE
Estado:
Adjudicada
Descripción:
En el año 2020 se creó una nueva Plataforma para la Ficha Básica de Emergencia, en el marco de la construcción del Sistema de Información Social en Emergencia, con el objetivo de poder mejorar los procesos y el funcionamiento de la digitación de las fichas, incorporar nuevos módulos de reportería que permitan obtener información procesada y en tiempo real, y gestionar la oferta en emergencia para que se pueda dar una respuesta coordinada y rápida a las familias afectadas por emergencias, desastres o catástrofes. Esta plataforma requiere, para el año 2022 ajustes y mejoras para soportar nuevas necesidades, debido a la implementación de un nuevo módulo ciudadano en ella.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
SUBSECRETARIA DE SERVICIOS SOCIALES
Unidad de compra:
SUBSECRETARIA DE SERVICIOS SOCIALES
R.U.T.:
60.103.000-4
Dirección:
Catedral 1575, primer piso
Comuna:
Santiago Centro
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 19-08-2022 15:00:00
Fecha de Publicación: 04-08-2022 13:08:28
Fecha inicio de preguntas: 04-08-2022 18:30:00
Fecha final de preguntas: 09-08-2022 18:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 12-08-2022 18:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 19-08-2022 15:30:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 19-08-2022 15:30:00
Fecha de Adjudicación: 15-09-2022 15:41:05
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- • Anexo N°1: Declaración jurada simple N°1 para ofertar • Anexo N°2: Declaración jurada simple N°2 para ofertar • Anexo N°4: Declaración para Uniones Temporales de Proveedores Los anexos referidos deben ser ingresados en el sistema www.mercadopublico.cl, en la sección Anexos Administrativos, bajo el ID de esta licitación. Las ofertas que no presenten debidamente el Anexo N°1, el Anexo N°2 o el Anexo N°4 “Declaración para Uniones Temporales de proveedores” (esta última sólo exigible para ofertas realizadas por proveedores que oferten a través de una UTP), serán declaradas inadmisible.
Documentos Técnicos
1.- Anexo N°5: Oferta Técnica El anexo referido debe ser ingresado a través del sistema www.mercadopublico.cl, en la sección Anexos Técnicos, bajo el ID de esta licitación. En caso de que no se presente debidamente el Anexo N°5 “Oferta Técnica”, la oferta será declarada inadmisible.
 
Documentos Económicos
1.- Anexo N°6. Oferta económica El anexo referido debe ser ingresado a través del sistema www.mercadopublico.cl, en la sección Anexos Económicos, bajo el ID de esta licitación. En caso de que no se presente debidamente el Anexo N°6 “Oferta económica”, la oferta será declarada inadmisible.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- a. Fotocopia de su cédula de identidad. b. Anexo N°3: Declaración jurada simple N°3 para contratar c. Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales, emitido por la Dirección del Trabajo con fecha posterior a la adjudicación Acreditar en el Registr
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- I18n entry not found: a. Certificado de vigencia de poder del Representante Legal, con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, otorgado por el Conservador correspondiente o, en los casos que resulte procedente,
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Propuesta Técnica Experiencia en proyectos similares (30%) Oferta técnica (20%) Cantidad de perfiles con certificación en el equipo de trabajo (15%) 65%
2 Cumplimiento de requisitos formales La evaluación de los requisitos formales de cada oferta se realizará en función del cumplimiento del envío, por parte de los oferentes, de toda la información solicitada para la presentación de la oferta según lo indicado en la cláusula N°6 “Instrucciones para la presentación de ofertas” y en los plazos establecidos en la cláusula N°3 “Etapas y Plazos” de estas bases de licitación. El puntaje se asignará de acuerdo con la siguiente definición: • El oferente cumple con todos los requisitos formales requeridos para la presentación de la oferta en el tiempo establecido para dicho acto: 100 puntos. • El oferente no cumple con todos los requisitos formales requeridos para la presentación de la oferta en el tiempo establecido para dicho acto: 0 puntos 5%
3 Precio Para la evaluación de este criterio, se considerarán los precios ofertados por los oferentes a través del Anexo N°6 “Oferta económica” de estas bases de licitación, para proceder a asignar los puntajes de acuerdo con la siguiente fórmula: Puntaje oferta = 100 - [0,5*((Precio Ofertado - Precio mínimo ofertado)/(Precio Ofertado))]×100 30%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: No hay información
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 3 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: María Fernanda Herrera
e-mail de responsable de pago: mherrerav@desarrollosocial.cl
Nombre de responsable de contrato: María Fernanda Herrera Venegas
e-mail de responsable de contrato: mherrerav@desarrollosocial.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-02-27637028-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Subsecretaría de Servicios Sociales Rut: 60.103.000-4
Fecha de vencimiento: 22-06-2023
Monto: 5 %
Descripción: Pagadera a la vista, por la cantidad indicada, y con el carácter de irrevocable.
Glosa: Para garantizar el fiel cumplimiento del contrato denominado “Mejoras para la plataforma Ficha Básica de Emergencia (FIBE)” ID 711841-22-LE22y/o de las obligaciones laborales y sociales del adjudicatario”.
Forma y oportunidad de restitución: Expirada la fecha de vencimiento antes señalada.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
De la Oferta y consideraciones generales para la evaluación de ofertas
Las ofertas tendrán una vigencia mínima desde su presentación hasta la suscripción del contrato. Si se lleva a cabo una readjudicación, este plazo se extenderá hasta la celebración efectiva del respectivo contrato. Las ofertas técnicas presentadas por los oferentes y los documentos asociados no serán de propiedad del órgano comprador. Sólo serán de propiedad del órgano comprador la oferta técnica que haya sido adjudicada, así como todos los informes y reportes entregados bajo este contrato. La apertura electrónica de las ofertas se realizará en una etapa, quedando disponible para su evaluación la oferta técnica y económica en el momento en que se produzca ésta, así como los antecedentes administrativos. Comisión evaluadora Las propuestas serán evaluadas de conformidad con lo establecido en las presentes bases de licitación por una comisión evaluadora compuesta por al menos tres funcionarios de la entidad licitante, cuya designación será efectuada mediante Resolución o Acto Administrativo de la Autoridad Competente con fecha anterior al cierre de recepción de ofertas, sin perjuicio de que la entidad licitante estime pertinente aumentar dicho número según lo establecido en el Anexo A. Excepcionalmente, y de manera fundada, algunos de los integrantes de la comisión designados por la entidad licitante, podrán ser personas ajenas a la Administración, aunque siempre en número inferior a los funcionarios públicos que integran dicha comisión. La designación de la comisión evaluadora se publicará en el sistema www.mercadopublico.cl, en el ID de la licitación, y sus integrantes se registrarán en el sistema de la ley N°20.730, que regula el lobby y las gestiones que representen intereses particulares ante las autoridades y funcionarios. Los miembros de la Comisión Evaluadora no podrán: • Tener contactos con los oferentes, salvo en cuanto proceda alguno de mecanismos regulados por los artículos 27, 39 y 40 del reglamento de la ley N° 19.886. • Aceptar solicitudes de reunión, de parte de terceros, sobre asuntos vinculados directa o indirectamente con esta licitación, mientras integren la Comisión Evaluadora. • Aceptar ningún donativo de parte de terceros. Entiéndase como terceros, entre otros, a las empresas que prestan servicios de asesoría, o bien, sociedades consultoras, asociaciones, gremios o corporaciones. Esta Comisión emitirá un informe de evaluación de ofertas, proponiendo a la Autoridad Competente de la institución licitante la adjudicación de acuerdo con los criterios de evaluación contenidos en las presentes bases de licitación y en virtud del proceso de evaluación descrito a continuación. Para efectos de la evaluación de las ofertas: 1° Sólo se admitirá una oferta por participante, entendiendo ésta como la presentación por parte de un oferente de los antecedentes requeridos en la cláusula N°6 “Instrucciones para la presentación de ofertas” y que serán evaluadas bajo lo establecido en las presentes bases de licitación. En caso de que el participante ingrese más de una oferta se considerará la que ingresó en primera instancia, descartando las ofertas restantes. 2° Se exigirá el cumplimiento de los requerimientos establecidos en la cláusula N°6, “Instrucciones para la Presentación de Ofertas”, de las presentes Bases de Licitación. Aquellas ofertas que no fueran presentadas a través del portal, en los términos solicitados, quedarán marginadas de la propuesta y no serán consideradas en la evaluación. Lo anterior, sin perjuicio de que concurra y se acredite algunas de las causales de excepción establecidas en el artículo 62 del reglamento de la Ley de Compras. 3° La Institución Licitante declarará inadmisible cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o condiciones establecidas en las presentes bases, sin perjuicio de la facultad del organismo comprador de solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, de acuerdo con lo establecido en la normativa de compras públicas y en las presentes Bases de Licitación. 4° Los documentos solicitados en estas Bases de Licitación deben estar vigentes a la fecha de cierre de la presentación de las ofertas indicada en la cláusula N°3 “Etapas y plazos” de estas bases. Dichos documentos deberán ser presentados como copias simples, legibles y firmadas en la parte inferior por el representante legal de la empresa o persona natural, además, la entidad licitante podrá comprobar la veracidad de la información entregada por el proveedor. No serán considerados como válidos, todos aquellos documentos que no se encuentren vigentes y, por tanto, no serán considerados en la evaluación de las ofertas. 5° Será de exclusiva responsabilidad del oferente el ingresar la oferta de conformidad con lo establecido en estas Bases de Licitación, en los plazos y condiciones establecidas para tales efectos, y la sola presentación de ésta implica la aceptación irrestricta de la totalidad de las cláusulas, obligaciones y términos dispuestos en este proceso licitatorio a través de estas Bases. Asimismo, deberá cumplir con todas las especificaciones de los servicios licitados según lo dispuesto en estas Bases y sus Anexos. 6° El oferente debe ingresar y enviar la totalidad de su oferta (requisitos administrativos, técnicos y económicos) antes del plazo de cierre de recepción de ofertas, utilizando para ello las correspondientes secciones indicadas en la cláusula N°6: administrativos, técnicos y económicos.
Subsanación de errores u omisiones formales y solicitud de antecedentes omitidos
Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas la entidad licitante podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto, no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del sistema de información (Art. 40, inciso 1° del Reglamento de la Ley N° 19.886). Además, la entidad licitante podrá, durante la evaluación, solicitar aclaraciones a las ofertas presentadas por los proponentes, en caso de ser necesario. Asimismo, se podrá permitir la presentación de las certificaciones y/o antecedentes que hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación (Art. 40, inciso 2° del Reglamento de la Ley N° 19.886). No se aceptarán certificados que se encuentren en “trámite” o “no vigentes”. Los oferentes tendrán un plazo máximo de 48 horas corridas, contadas desde la notificación del respectivo requerimiento, para responder a lo solicitado por la entidad licitante o para acompañar los antecedentes requeridos por ésta. La entidad licitante no considerará las respuestas o los antecedentes recibidos una vez vencido dicho plazo o que no hayan sido enviados a través de la plataforma. La responsabilidad de revisar oportunamente dicho sistema durante el período de evaluación recae exclusivamente en los respectivos oferentes.
Requerimientos mínimos de la oferta
Se deja expresa constancia que las ofertas que no se ciñan a lo indicado en esta cláusula serán declaradas inadmisibles y no participarán del proceso de evaluación de ofertas. Del mismo modo, de comprobarse que el proveedor adjudicado ha incurrido en alguna situación durante la vigencia del contrato que atente contra lo establecido y regulado en esta cláusula conllevará a que se aplique lo dispuesto en la cláusula N°10.9 “Término anticipado del Contrato”, en sus numerales 2 y 19, y procederá el cobro de la respectiva Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato, sin perjuicio de las acciones legales que pudieran ejecutarse.
Adjudicación
La entidad licitante podrá declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas, o cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses. Asimismo, declarará inadmisibles las ofertas cuando éstas no cumplan los requisitos establecidos en las bases. Dichas declaraciones deberán ser por resolución fundada para ambos casos y no darán derecho a indemnización alguna a los oferentes que participen de la licitación. La entidad licitante adjudicará al oferente que obtenga el mayor puntaje final en el proceso de evaluación de ofertas, de acuerdo con los criterios de evaluación establecidos precedentemente, mediante una resolución o acto administrativo dictado por la autoridad competente en los plazos establecidos para ello y será publicada en el sitio www.mercadopublico.cl una vez que se encuentre totalmente tramitada. Luego de notificada la adjudicación, será obligatorio suscribir el respectivo contrato de prestación de servicios dentro de los plazos señalados para tales efectos en las presentes bases. Se deja constancia que, en consideración a que los servicios objeto de las presentes bases no son de simple y objetiva especificación, las contrataciones inferiores a 1000 UTM, no podrán sujetarse a lo dispuesto en el artículo 63 del Decreto N°250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que Aprueba el Reglamento de la Ley N°19.886, en lo concerniente a la formalización mediante la emisión y respectiva aceptación de la orden de compra. Las consultas sobre la adjudicación deberán realizarse dentro del plazo fatal de 5 días hábiles contados desde la publicación de la adjudicación en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl, a través del correo electrónico que se indica para estos efectos en el Anexo A. La entidad licitante dispondrá del mismo tiempo indicado precedentemente para dar respuesta a dichas consultas.
Readjudicación
Si el adjudicatario se desistiere de firmar el contrato dentro del plazo establecido en las bases o no cumpliese con las demás condiciones y requisitos establecidos en las presentes bases para la suscripción o aceptación de los referidos documentos, la entidad licitante podrá, junto con dejar sin efecto la adjudicación original, adjudicar la licitación al oferente que le seguía según los resultados de la evaluación económica, o a los que le sigan sucesivamente, dentro del plazo de 20 días hábiles contados desde la publicación de la adjudicación original. En este caso, la entidad licitante ejecutará la garantía de seriedad de la oferta que resultó adjudicada en primera instancia y que se encuentra regulada en la cláusula N°8.1 “Garantía de Seriedad de la Oferta” de estas Bases.
Condiciones Contractuales, Vigencia De Las Condiciones Comerciales, Operatoria De La Y Otras Cláusulas
Legislación, Bases y documentos que rigen el presente proceso licitatorio Las presentes Bases de Licitación contienen las disposiciones generales que regirán las relaciones entre la entidad licitante y el o los oferentes que participarán en el presente proceso licitatorio, así como aquellas relaciones que se generen con el proveedor que resulte adjudicado para proveer los servicios objeto de esta contratación. Asimismo, esta licitación y la realización de su objeto, se regirá por los siguientes documentos: a. Ley N°19.886 y su Reglamento. b. Las Bases de Licitación y sus anexos. c. Ley N° 21.131, “Establece pago a 30 días”, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo. d. Las consultas, respuestas y las aclaraciones derivadas de los procedimientos estipulados en estas Bases. e. La oferta adjudicada f. Resolución de adjudicación g. Contratos suscritos entre las partes y sus respectivos anexos de contrato h. Orden de compra Todos los documentos antes mencionados forman un todo integrado y se complementan recíprocamente, de forma tal que se considerará parte del contrato cualquiera obligación y/u obra, que aparezca en uno u otro de los documentos señalados. Se deja constancia que se considerará el principio de preeminencia de las Bases. 10.2 Celebración del Contrato de prestación de servicios El proveedor adjudicado suscribirá un contrato de prestación de servicios, cuyo formato tipo se indica en el Anexo N°8 de estas Bases de Licitación, con la entidad licitante dentro de los 20 días hábiles siguientes a la fecha de notificación de la resolución o acto administrativo que aprueba la adjudicación totalmente tramitada. Dicho contrato será aprobado mediante el correspondiente acto administrativo dictado por la Autoridad Competente del respectivo organismo público contratante. El contrato se caucionará mediante una Garantía de Fiel Cumplimiento la que deberá ajustarse a las condiciones dispuestas en el Artículo N°68 del Reglamento de la Ley de Compras N° 19.886 y lo establecido en la cláusula N°8.2 “Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato” de estas Bases. Para suscribir el contrato el proveedor adjudicado deberá cumplir con todo lo estipulado en la cláusula N°7 “Antecedentes legales para poder ser contratado” lo cual será verificado por la entidad contratante. Adicionalmente, previo a la firma del Contrato, el organismo comprador deberá exigir al proveedor la entrega de un documento que acredite la relación jurídica entre éste y el o los profesionales que participarán en la prestación de los servicios contratados, tales como contratos de trabajo, y/o contratos de prestación de servicios, entre otros que resulten procedentes para tales efectos. Una vez firmado el contrato, el organismo comprador deberá adjuntar el mencionado documento a la Orden de Compra respectiva. Si por cualquier causa que sea imputable al adjudicatario, el contrato no se suscribe dentro de dicho plazo, se podrá entender desistimiento de la oferta. Asimismo, se entenderá como desistimiento si no se acompaña la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento o la documentación requerida para la suscripción del respectivo contrato en los plazos establecidos para ello. En todos los casos anteriores, la entidad licitante podrá acogerse a lo establecido en la cláusula N°9.6 “Readjudicación” con la finalidad de readjudicar este proceso licitatorio. Será responsabilidad del Comprador solicitar las debidas cauciones (garantías) que aseguren el cumplimiento del respectivo contrato, así como también las certificaciones y resoluciones correspondientes para los servicios adquiridos a través de este proceso licitatorio. 10.3 Vigencia y renovación del Contrato El contrato tendrá la vigencia indicada en el Anexo A, y entrará en vigor desde la total tramitación del acto administrativo que lo apruebe, período en el cual el adjudicatario deberá proveer el servicio contratado en los términos y condiciones establecidas en las presentes bases de licitación y en el contrato en cuestión. El contrato podrá ser renovado fundadamente por el mismo período, por una sola vez, en la medida que exista disponibilidad presupuestaria y previo informe técnico favorable del administrador de contrato del órgano comprador. 10.4 Modificación del Contrato El contrato podrá modificarse por las siguientes causales: 1. Mutuo acuerdo entre los contratantes. 2. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. 3. Las demás que se establezcan en las presentes Bases de la licitación o en el contrato. Las partes de común acuerdo podrán modificar el correspondiente contrato por motivos fundados. La modificación, si la hubiere, no podrá referirse a los elementos esenciales del contrato y formará parte integrante de dicho contrato. La modificación no podrá superar el 30% del valor total del respectivo contrato ni alterar la naturaleza del objeto de éste. En cualquier caso, las modificaciones deberán aprobarse mediante resolución totalmente tramitada. La modificación, si la hubiere, formará parte integrante de dicho contrato y deberá tramitarse totalmente antes que culmine la vigencia del contrato que se desea modificar, manteniendo, en todas las instancias, las condiciones contractuales previamente consensuadas. 10.5 Operatoria general Se deja expresa constancia que las presentes Bases Tipo de Licitación sólo podrán ser utilizadas para contrataciones superiores a las 500 unidades tributarias mensuales, considerando para estos efectos todos los cargos, impuestos y descuentos que procedan. Para las contrataciones iguales o inferiores a dicho umbral se deberá utilizar el convenio marco que ha dispuesto la Dirección ChileCompra para la contratación de servicios de desarrollo y mantención de software y servicios profesionales TI. La orden de compra sólo será emitida una vez que el contrato haya sido aprobado por el respectivo acto administrativo totalmente tramitado. La entidad licitante, con anterioridad a la fecha de envío de la orden de compra al proveedor, deberá acreditar que posee las autorizaciones presupuestarias respectivas teniendo, de esta forma, disponibilidad de recursos para efectuar la contratación. El documento que certifique la disponibilidad de recursos deberá ser adjuntado a la licitación en el ID de ésta. Asimismo, la orden de compra deberá contener información relativa al proyecto de desarrollo de software, objeto de la contratación. Si el proyecto está comprendido en el catastro de proyectos de desarrollo de software levantados, validados y aprobados por la Dirección de Presupuestos en conjunto con el Ministerio Secretaría General de la Presidencia a través de la División de Gobierno Digital, la entidad licitante deberá incorporar información que permita establecer una conexión directa con éste, como lo es, por ejemplo, el código de validación del proyecto. Se deja expresa constancia que estas Bases Tipo de Licitación no permite, bajo ninguna modalidad, la contratación de horas hombre para la ejecución de los servicios adquiridos, por lo que no existirá ninguna relación de dependencia ni vínculo laboral alguno entre los profesionales integrantes del equipo de trabajo ofertado por el proveedor para la prestación de los servicios y la entidad contratante. 10.5.1 Transferencia tecnológica La entidad compradora deberá indicar en el Anexo B si exige en la contratación la transferencia de conocimiento sobre el uso de los componentes y productos de software vinculados a los servicios contratados, ya sea para funcionarios de la respectiva institución y/o a quien ésta autorice. Las horas de transferencia tecnológica indicadas, serán remuneradas al proveedor que realice el proyecto, en función de las horas/hombre que sean requeridas, así como los perfiles necesarios para estos efectos, los que deberán ser considerados por el proveedor en el valor total del proyecto que indicará en su oferta económica. 10.5.2 Responsabilidades y obligaciones del adjudicatario Durante la vigencia del contrato el proveedor adjudicado asume las siguientes responsabilidades y obligaciones: a. El adjudicatario deberá velar por la calidad y oportunidad en la entrega de los informes a los usuarios designados de la entidad licitante, so pena de la medida que ésta pueda aplicar en caso de incumplimiento de lo solicitado. b. Será responsabilidad del adjudicatario velar por mantenerse habilitado en el Registro de Proveedores. c. El cumplimiento de la Ley N°17.336 sobre propiedad intelectual y en la legislación sobre propiedad industrial, como el respeto de los derechos intelectuales, de patente, marca registrada y de diseños, entre otros contemplados en la legislación vigente, será de responsabilidad del proveedor, no cabiendo responsabilidad alguna de ello para el organismo contratante. d. Responder y gestionar, según corresponda, todos los casos de consultas y/o reclamos reportados por la entidad licitante en un plazo máximo de 2 días hábiles, contados a partir de su notificación. e. Los adjudicatarios durante la vigencia del presente contrato serán responsables por el estricto respeto de la legislación laboral vigente para con sus trabajadores dependientes, además de supervisar su cumplimiento. Asimismo, deberán respetar y garantizar los derechos laborales de sus trabajadores consignados en la legislación laboral vigente. f. El adjudicatario deberá cumplir a cabalidad con la Normativa Vigente aplicable a los servicios de Desarrollo de Software para el Estado. En este contexto, el adjudicatario deberá, entre otras obligaciones, documentar y almacenar en los repositorios correspondientes los desarrollos que realice de conformidad con lo dispuesto en el marco normativo aplicable, como por ejemplo las Guías Técnicas emanadas por el Ministerio Secretaría General de la Presidencia, entre otras que resulten aplicables. g. Otras responsabilidades y obligaciones consideradas en estas Bases de Licitación. Se deja constancia que el oferente y eventual adjudicatario es el único responsable del pleno cumplimiento de lo señalado en estas Bases de Licitación y el posterior Contrato que se suscriba con la entidad contratante (Art. N°76, Reglamento de la Ley N° 19.886). El no cumplimiento de esta cláusula se entenderá como un incumplimiento grave y por tanto se aplicarán las medidas definidas para ello en las presentes bases. 10.5.3 Kick-off del proyecto y Control de cambios del proyecto En dicha reunión se definirá en conjunto el alcance detallado del proyecto, los requerimientos funcionales específicos, los hitos de cumplimiento y otros aspectos específicos respecto de la ejecución del proyecto a implementar, siempre y cuando no alteren lo indicado tanto en las bases como en la oferta y el contrato.” Lo anterior, deberá quedar consignado en un documento formal, firmado por ambas partes, que permitirá realizar el control de cambios del proyecto, de modo tal que, cualquier modificación a éste quede registrado en dicho instrumento a fin de que se pueda efectuar una completa trazabilidad de la eliminación, incorporación o modificación de requerimientos. 10.5.4 Informe de cumplimiento de hito El adjudicatario deberá entregar un informe por cada entregable definido en el Anexo B de las respectivas Bases de Licitación, el cual deberá contener, entre otros que estime pertinente: • Descripción de los servicios prestados, • Detalle de los productos entregados que permitan justificar el cumplimiento de los requerimientos establecidos para cada uno de éstos, • Los hechos relevantes ocurridos durante la prestación de los servicios, • Recomendaciones asociadas si las hubiere. La aprobación de los informes señalados dará lugar al pago del respectivo hito de pago según lo definido en el Anexo B de las Bases de Licitación. El adjudicatario deberá velar por la calidad y oportunidad en la entrega de los servicios que preste durante la vigencia del contrato so pena de la sanción que, eventualmente, pueda aplicarse en caso de no dar cumplimiento a lo solicitado debido a la gravedad de la falta incurrida. En esta línea, el adjudicatario es el responsable de entregar los desarrollos en plazo y forma según lo comprometido mediante su oferta y el contrato suscrito entre las partes, así como respetar los tiempos de garantías según su oferta comercial, o el mínimo requerido, asumiendo los costos respectivos en caso de falla. 10.6 Derechos e impuestos Todos los gastos como los impuestos que se generen o produzcan por causa o con ocasión de este Contrato, tales como los gastos notariales de celebración de contratos y/o cualesquiera otros que se originen en el cumplimiento de obligaciones que, según las Bases, ha contraído el oferente adjudicado, serán de cargo exclusivo de éste. 10.7 Cesión de contrato y subcontratación El adjudicatario no podrá subcontratar, ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de esta licitación y, en especial, los establecidos en el respectivo contrato que se celebre con la institución contratante, con salvedad de lo indicado en el párrafo siguiente. La infracción de esta prohibición será causal inmediata de término del contrato, sin perjuicio de las acciones legales que puedan proceder. Sólo se permitirá la subcontratación en aquellos casos que sea estrictamente necesario por razones de especialidad de algún perfil o servicio especializado requerido por la entidad compradora para el desarrollo de los servicios objeto de la contratación. En esta línea la subcontratación deberá ser permitida por la entidad compradora y declarada explícitamente en la entidad licitante en el Anexo A. Con todo, la empresa adjudicataria deberá ser la que efectivamente preste los servicios contratados con motivo de este convenio marco, durante la vigencia de éste, no pudiendo ceder a un tercero la ejecución de aquéllos.
Efectos derivados del incumplimiento contractual del proveedor
Multas El Adjudicatario podrá ser objeto de la aplicación de multas por atrasos o incumplimientos en la prestación de los servicios de acuerdo con lo dispuesto en estas Bases de Licitación y que sean derivados de su responsabilidad en los siguientes casos: a. Niveles de Servicio: En caso de que la entidad licitante considere el criterio de evaluación “Acuerdo de Niveles de Servicio (SLA)” o defina en el Anexo B la existencia de plazos máximos de respuestas para los SLA de 1ra respuesta y On Site, la entidad licitante cobrará al adjudicatario las siguientes multas por incumplimientos de estos acuerdos: • SLA de 1ra Respuesta: La multa será equivalente a 1 UF por cada hora hábil de atraso en dar la primera respuesta correspondiente a la toma de conocimiento de algún requerimiento surgido a partir de los servicios prestados o bien de servicios de garantías de software. • SLA On Site: La multa será equivalente a 5 UF por cada día hábil de atraso respecto de la respuesta efectiva al requerimiento informado (cambio de persona asignada y/o inicio de programa de mantención y/o garantía de software) contado desde la entrega de la primera respuesta a la información de requerimiento, de acuerdo con sus condiciones comerciales vigentes Cada multa indicada se aplicará de forma independiente y hasta un tope del 10% del valor neto del pago que corresponda. b. Garantía del software: Se cobrará al adjudicatario el pago de una multa de 20% del total del contrato por la no reparación de fallas del software original o sus reparaciones posteriores a la implementación, de acuerdo con su oferta y/o lo establecido como requisito mínimo según lo indicado en Anexo B, según sea el caso. c. Incumplimiento de Hitos: Se cobrará al adjudicatario el pago de multas por el incumplimiento de hitos. Se puede entender como hito la finalización de una tarea o proceso, la entrega de un reporte, entregas de códigos, término de una funcionalidad del desarrollo (en caso de que éste sea desarrollado por fase), implementación de sistema, entre otros. Las multas se aplicarán por un monto de 1% por día de retraso respecto del pago del hito comprometido, con un tope de un 10%. Si el incumplimiento corresponde al hito final del proyecto el tope de la multa podrá ser el 20% del pago del último hito. d. Calidad: Se cobrará al adjudicatario el pago de una multa del 20% del último pago, en caso de que el software desarrollado no cumpla con el 100% de los requerimientos funcionales definidos en el alcance de proyecto. Consideraciones para la aplicación de las multas: • El monto de las multas anteriormente señaladas será rebajado del pago que la entidad licitante deba efectuar al adjudicatario en los estados de pago más próximos y, de no ser suficiente este monto o en caso de no existir pagos pendientes, se le cobrará directamente al proveedor quien deberá enterar dicho monto en un plazo máximo de 10 días hábiles contados desde la notificación de la aplicación y cobro de la multa. • Como último recurso para el cobro de multas, el organismo contratante podrá hacer efectivo de las multas a través del cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato de acuerdo con lo regulado en la cláusula N°10.8.2 “Cobro de la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato” en su literal c). • Cuando el cálculo del monto de la respectiva multa, convertido a pesos chilenos, resulte un número con decimales, éste se aproximará al número entero más cercano. Se utilizará el factor de conversión correspondiente al día en que se le haya notificado al proveedor la aplicación de la respectiva multa. • En monto total de las multas cursadas (esto es, la suma de todas las multas aplicadas), tendrá un tope del 30 % del monto total del contrato. • Las multas se aplicarán sin perjuicio del derecho de la entidad licitante de recurrir ante los Tribunales Ordinarios de Justicia, a fin de hacer efectiva la responsabilidad del contratante incumplidor.
Término anticipado de Contrato
La entidad licitante está facultada para declarar administrativamente el término anticipado del contrato, en cualquier momento, sin derecho a indemnización alguna para el adjudicado, si concurre alguna de las causales que se señalan a continuación: 1. Resciliación o mutuo acuerdo de las partes. En caso de que una de las partes desee aplicar término anticipado del contrato bajo esta causal, deberá comunicar su intención a través de carta certificada con una anticipación no menor a 60 días hábiles a la fecha efectiva de término anticipado de contrato para la evaluación de su conveniencia y aceptación por la contraparte. En el caso de las Uniones Temporales de Proveedores, será el apoderado de la UTP quien deba comunicar la intención de término anticipado de contrato, debiendo contar poder suficiente para aquello. 2. El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante. Se entenderá por incumplimiento grave la no ejecución o la ejecución parcial por parte del adjudicatario de las obligaciones contractuales, descritas en las presentes Bases, sin que exista alguna causal que le exima de responsabilidad, y cuando dicho incumplimiento le genere a la entidad licitante perjuicio en el cumplimiento de sus funciones. Se considera en este punto, además, la contravención de lo dispuesto en la cláusula N°10.5.2 “Responsabilidades y Obligaciones del Adjudicatario” de estas Bases. 3. Si el adjudicado fuere declarado en manifiesta insolvencia financiera, a menos que se mejoren las cauciones entregadas, o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. 4. Si el adjudicado se encuentra en un procedimiento concursal de liquidación en calidad de deudor. En el caso de una UTP aplica para cualquiera de sus integrantes. En este caso no procederá el término anticipado si se cauciona suficientemente el incumplimiento del contrato. Este numeral es sin perjuicio de lo dispuesto en el Artículo 57, literales c) y d), de la Ley N°20.720 que sustituye el régimen concursal vigente por una ley de reorganización y liquidación de empresas y personas y perfecciona el rol de la Superintendencia del ramo. 5. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. 6. Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. 7. Si se disuelve la sociedad o la unión temporal de proveedores adjudicada. 8. Si se detectan situaciones en donde la información proporcionada por el proveedor sea falsa, situación que deberá ser comprobada objetivamente, siendo esta información utilizada para adjudicar la presente licitación. Asimismo, la comprobación de la falta de idoneidad, de fidelidad o de completitud de los antecedentes aportados por el proveedor adjudicado, para efecto de ser adjudicado o contratado. 9. La comprobación de que el adjudicatario, al momento de presentar su oferta contaba con información o antecedentes relacionados con el proceso de diseño de las respectivas bases, encontrándose a consecuencia de ello en una posición de privilegio en relación con el resto de los oferentes, ya sea que dicha información hubiese sido conocida por el proveedor en razón de un vínculo laboral o profesional entre éste y la entidad licitante, o bien, como resultado de prácticas contrarias al ordenamiento jurídico. 10. Si se disuelve el oferente adjudicado o fallece el contratista en caso de persona natural. 11. Sin perjuicio de lo señalado en el “Pacto de integridad”, si el adjudicatario, sus representantes, o el personal dependiente de aquél, no observaren el más alto estándar ético exigible durante la ejecución del respectivo contrato, o propiciaren prácticas corruptas, tales como: a. Dar u ofrecer obsequios, regalías u ofertas especiales al personal de la entidad licitante, que pudiere implicar un conflicto de intereses, presente o futuro, entre el respectivo adjudicatario y la entidad licitante. b. Dar u ofrecer cualquier cosa de valor con el fin de influenciar la actuación de un funcionario público durante la relación contractual objeto de la presente licitación. c. Tergiversar hechos, con el fin de influenciar decisiones de la entidad licitante. 12. En caso de que el incumplimiento por atraso en la entrega, entrega parcial o por rechazo por no cumplimiento de especificaciones supere los 20 días hábiles. 13. En caso de que las multas cursadas, en total, lleguen al 30 % del valor total contratado o se apliquen más de 3 multas totalmente tramitadas en un periodo de 6 meses consecutivos. 14. Por incumplimiento de obligaciones de confidencialidad establecidas en las presentes Bases. 15. No renovación oportuna de la garantía en los plazos en que ésta proceda indicados en estas bases. 16. Incumplimiento del Pacto de Integridad establecido en estas Bases de Licitación. 17. En caso de ser el adjudicatario una Unión Temporal de Proveedores (UTP): a. Cuando el número de integrantes de una UTP sea inferior a dos y dicha circunstancia ocurre durante la ejecución del contrato. b. Disolución de la UTP. c. Inhabilidad sobreviniente de uno de los integrantes de la UTP, que signifique que la UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros en los mismos términos adjudicados. d. De constatarse que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. En este caso, deberán remitirse los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica. e. Retiro de algún integrante de la UTP que hubiere reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta. 18. En caso de incumplimiento de la cláusula N°10.7 “Cesión de contrato y subcontratación” de estas bases de licitación. 19. Incumplir con alguno de los requerimientos establecidos en Anexo B “Requerimientos técnicos de los servicios licitados” y cuya ocurrencia implique un perjuicio para la entidad contratante. En todos los casos señalados anteriormente, con excepción de lo indicado en el numeral 1, además del término anticipado, se procederá al cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato. En todos los casos señalados anteriormente, no operará indemnización alguna para el adjudicatario, debiendo la entidad contratante concurrir al pago de las obligaciones ya cumplidas que se encuentren insolutas a la fecha de liquidación del contrato. Para aplicar el término anticipado del contrato, el organismo contratante notificará por escrito al adjudicatario, con un aviso previo de 20 días hábiles. Sin perjuicio de lo señalado, el adjudicatario deberá cumplir íntegramente sus compromisos hasta el último día de duración del contrato.
Procedimiento para Aplicación de Medidas derivadas de incumplimientos
Detectada una situación que amerite la aplicación de una multa u otra medida derivada de incumplimientos contemplada en las presentes bases, la entidad licitante notificará inmediatamente de ello al adjudicado, mediante correo electrónico al administrador del contrato por parte del proveedor o por carta certificada, informándole sobre la medida a aplicar y sobre los hechos que la fundamentan. A contar de la notificación singularizada en el párrafo anterior, el proveedor tendrá un plazo de 5 días hábiles para efectuar sus descargos por escrito, acompañando todos los antecedentes que lo fundamenten. Vencido el plazo indicado sin que se hayan presentado descargos, se aplicará la correspondiente medida por medio de una resolución fundada de la entidad licitante. Si el proveedor ha presentado descargos dentro del plazo establecido para estos efectos, la entidad licitante tendrá un plazo de 30 días hábiles, contados desde la recepción de los descargos del proveedor, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente. Al respecto, el rechazo total o parcial de los descargos del respectivo proveedor deberá formalizarse a través de la dictación de una resolución fundada de la entidad licitante, en la cual deberá detallarse el contenido y las características de la medida. La indicada resolución deberá notificarse al respectivo proveedor adjudicado personalmente o mediante carta certificada. El proveedor adjudicado dispondrá de un plazo de 5 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución fundada singularizada en los párrafos anteriores, para impugnar dicho acto administrativo mediante los recursos contemplados en la Ley 19.880, debiendo acompañar todos los antecedentes que justifiquen eliminar, modificar o reemplazar la respectiva medida. La entidad licitante tendrá un plazo no superior a 30 días hábiles para resolver el citado recurso. La resolución que acoja el recurso podrá modificar, reemplazar o dejar sin efecto el acto impugnado. Con todo, el adjudicatario será responsable por hechos imputables a su incumplimiento directo y no por indisponibilidades de servicio en que se demuestre que fueron ocasionadas por fallas propias del hardware o del software que no sea de su propiedad, por el propio usuario o por terceros no vinculados al adjudicatario. Sin perjuicio de lo anterior, el adjudicatario deberá adoptar medidas que ofrezcan continuidad operativa de sus servicios en caso de ocurrir las fallas recién mencionadas.
Pacto de integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos: a. El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del Código del Trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo con los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas. b. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven. c. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas. d. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de esta. e. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. f. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase. g. El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma. h. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas. i. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
Confidencialidad
El adjudicatario no podrá utilizar para ninguna finalidad ajena a la ejecución del contrato, la documentación, los antecedentes y, en general, cualquier información, que haya conocido o a la que haya accedido, en virtud de cualquier actividad relacionada con el contrato. El adjudicatario, así como su personal dependiente que se haya vinculado a la ejecución del contrato, en cualquiera de sus etapas, deben guardar confidencialidad sobre los antecedentes relacionados con el desarrollo de los servicios. El adjudicatario debe adoptar medidas para el resguardo de la confidencialidad de la información, reservándose el órgano comprador el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan, de acuerdo con las normas legales vigentes, en caso de divulgación no autorizada, por cualquier medio, de la totalidad o parte de la información referida. La divulgación, por cualquier medio, de la totalidad o parte de la información referida en los párrafos anteriores, por parte del proveedor, durante la vigencia del contrato o dentro de los 5 años siguientes después de finalizado éste, podrá dar pie a que la Entidad entable en su contra las acciones judiciales que correspondan. Con todo, tratándose de bases de datos de carácter personal, la obligación de confidencialidad dura indefinidamente, de acuerdo con la Ley N°19.628, sobre Protección de la Vida Privada.
Propiedad de la Información
La entidad licitante será la titular de todos los datos de transacciones, bitácoras (logs), parámetros, documentos electrónicos y archivos adjuntos y, en general, de las bases de datos y de toda información contenida en la infraestructura física y tecnológica que le suministre el proveedor contratado y que se genere en virtud de la ejecución de los servicios objeto de la presente licitación. El proveedor no podrá utilizar la información indicada en el párrafo anterior, durante la ejecución del contrato ni con posterioridad al término de su vigencia, sin autorización escrita de la entidad licitante. Por tal motivo, una vez que el proveedor entregue dicha información a la entidad o al finalizar la relación contractual, deberá borrarla de sus registros lógicos y físicos. En caso de que la entidad licitante entregue al adjudicatario licencias de software sólo podrán ser ejecutadas para la operación del servicio contratado y en ninguna circunstancia el proveedor adjudicado podrá utilizarlas para otros propósitos. La entidad licitante será la titular de todos los datos, procedimientos que se genere en virtud de la ejecución de los servicios objeto de la presente licitación.
Resolución de empates
Los empates se resolverán considerando la oferta que presente mayor puntaje en los criterios de evaluación considerando el siguiente orden de prelación: Criterio de evaluación Orden de prelación Experiencia en proyectos similares 1 Precio 2 Oferta técnica 3 Cantidad de perfiles con certificación en el Equipo de Trabajo 4 Cumplimiento de requisitos formales 5
Legalidad de las bases
Con todo lo aquí expuesto, prima lo establecido en las bases de licitación, aprobadas mediante Resolución Exenta N° 0585, adjunta.
Consulta sobre la adjudicación
Consultas sobre la adjudicación, al correo mherrerav@desarrollosocial.cl