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a) Integración. |
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La Comisión Evaluadora estará integrada por3 funcionarios de planta o contrata del Ministerio designados por laSecretaria Ejecutiva del Sistema Elige Vivir Sano, quien también podrá integrarla.Lo anterior será sancionado mediante acto administrativo, que dictará la Jefatura de la División de Administración y Finanzas, lo cual será informado a través del portal www.mercadopublico.clantes de la fecha de cierre de presentación de las propuestas. Con todo podrá integrarse la comisión evaluadora conforme señala el inciso 5° del artículo 37 del Reglamento de la Ley N° 19.886, siguiendo las limitaciones ahí indicadas.
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b) Plazo para evaluar. |
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La comisión de evaluación dispondrá de un plazo de hasta 10 días hábiles para evaluar contado desde el día de la apertura electrónica.
El proceso de evaluación será interno y no se entregará información durante su desarrollo a los oferentes.
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c) Consultas aclaratorias a oferentes. |
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La comisión evaluadora -de estimarlo necesario- podrá efectuar consultas a uno o más proponentes, para aclarar puntos específicos de las respectivas ofertas. Tales consultas y sus respuestas deberán ser puestas en conocimiento de todos los oferentes a través del portal.
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d) Errores u omisiones formales detectadas durante la evaluación. |
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La comisión podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales detectados en sus propuestas, siempre y cuando las rectificaciones de dichos errores u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás, afectando los principios de estricta sujeción a las Bases y de igualdad de los oferentes, ni se altere la esencia de la oferta o el precio de la misma. Se informará de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información.
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Presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido |
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e) Presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación.
Las certificaciones o antecedentes antes señalados (letras c, d y e) deberán ser presentados a través de su ingreso al portal www.mercadopublico.cl en el plazo fatal de 3 días corridos, contados desde el día hábil siguiente al de su aviso a través del sistema de información, vía electrónica. Vencido el plazo sin que medie la respectiva entrega en el portal indicado, se proseguirá con la evaluación de la oferta sin dicha certificación o antecedente, pudiendo dar lugar incluso a la declaración de su inadmisibilidad en caso que ello signifique no cumplir con los requisitos establecidos en las presentes bases
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f) Desempate. |
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En caso de existir algún empate en el puntaje obtenido por los oferentes de acuerdo a los criterios anteriores, se preferirá al que haya obtenido un mayor puntaje en el Criterio de “Evaluación Técnica”, de persistir el empate se optará por la oferta con mayor puntaje en el subcriterio “Equipo de Trabajo”.
En caso que persistiera el empate, una vez aplicado el Criterio y Subcriterios anteriores, la comisión evaluadora decidirá la propuesta ganadora en la función del criterio Compras Públicas inclusivas.
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g) Cierre del proceso de evaluación. |
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Terminada la etapa evaluativa, la comisión levantará un acta de evaluación, en la que deberá dejar constancia de las actuaciones efectuadas en el desempeño de sus funciones. Cómo mínimo, el acta mencionada deberá contener la siguiente información:
i).- El listado de las ofertas evaluadas por la Comisión.
ii).- Los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas.
iii).- La o las ofertas que deben declararse inadmisibles por no cumplir con los requisitos establecidos en las bases, debiéndose especificar los requisitos incumplidos.
iv).- La proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien, cuando la comisión evaluadora juzgare que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses de la Entidad Licitante.
v).- La asignación de puntajes para cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación.
vi).- La proposición de adjudicación, dirigida a la autoridad facultada para adoptar la decisión final.
vii).- El nombre, cargo y firma de los funcionarios que participaron en la evaluación.
Este Informe Final de Evaluación, será publicado en el portalwww.mecadopublico.cl, en conjunto con la resolución que adjudique la licitación.
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Acuerdos Operativos |
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Las presentes bases contemplan y así se considerará en el respectivo contrato, la posibilidad de que la contraparte técnica de la Subsecretaría y del contratista, puedan definir uno o más acuerdos operativos, los cuales tendrán por finalidad: acordar protocolos de coordinación y comunicación con la contraparte técnica y entidades correspondientes frente a contingencias que sean significativas; definir etapas especificas contenidas en las presentes bases; acordar fechas específicas para etapas o hitos relevantes contenidos en las presentes bases y luego en el contrato; y en general otros de orden administrativo, operativo y/o técnico que se encuentren dentro del marco contractual de los servicios. Lo anterior, se materializará mediante actas firmadas por la contraparte técnica del contratista y la contraparte técnica de la Secretaría Ejecutiva Elige Vivir Sano.
En ningún caso los acuerdos antes citados podrán implicar una alteración a las disposiciones de estas Bases o alterar disposiciones del contrato, ni alterar aspectos esenciales de la propuesta técnica o los valores expresados en la oferta económica del contratista.
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Obligaciones laborales y previsionales |
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Junto con la devolución del contrato firmado, el contratista deberá acompañar un Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales, emitido por la Dirección del Trabajo o bien una entidad acreditada para el efecto, a fin de que la Subsecretaría verifique si registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con aquellos contratados en los últimos dos años. De existir, la Subsecretaría de Servicios Sociales dará curso al contrato debiendo el Contratista dar cumplimiento a lo dispuesto en el inciso 2°, del artículo 4° de la Ley N° 19.886.
La Subsecretaría podrá ejercer esta facultad en cualquier momento durante la vigencia del contrato. Para este efecto se materializará como una cláusula en el mismo.
En caso de no acompañar el certificado, asiste a la Subsecretaría la facultad de readjudicar el contrato conforme las reglas que da cuenta el N° 7 de estas bases.
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Término anticipado del contrato |
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La Subsecretaria pondrá término anticipado al contrato en la forma y casos señalados en el artículo 13 de la ley 19.886 y artículo 77 de su Reglamento. Asimismo, el contrato podrá terminar anticipadamente por razones de fuerza mayor sobreviniente o caso fortuito u ocurrencia de la condición de no contemplar la respectiva ley de presupuestos del sector público recursos para financiar el contrato.
Para efectos de lo dispuesto en el artículo 13 letra b) de la Ley N° 19.886 y artículo 77 N° 2 del Decreto Supremo N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la Ley 19.886, se considerará que existe incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratista en los siguientes casos:
i. Si el contratista no destina los recursos suficientes para la prestación de los servicios.
ii. Que las multas acumuladas por retardo o incumplimiento en la entrega de los productos y/oservicios convenidos superen al 10% del precio total del contrato.
iii. Por infracción del deber de confidencialidad durante la vigencia del contrato y/o resguardo de datos personales.
iv. En caso que se abandone la ejecución de los servicios convenidos. Se estimará como abandono el retardo en la entrega de un informe o producto por un plazo mayor de 15 días corridos contados desde el vencimiento del plazo estipulado para su entrega o la prórroga que se encontrase corriendo.
v. Si el contratista se encuentra en estado de notoria insolvencia, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
vi. Si el contratista no emplea personal en la cantidad y con las competencias necesarias parala prestación del servicio, no cumple con lo señalado en su oferta técnica, requerimientos reglamentarios que le sean aplicables en razón de su giro, entre otros.
vii. Si perdiere las certificaciones y autorizaciones necesarias para funcionar en el giro de su actividad.
viii. Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos 2 años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de 6 meses.
ix. Conductas del proveedor que impliquen una infracción a las normas contenidas en el "pacto de integridad" señalado en estas bases.
x. Ocurrencia de alguna Infracción a una obligación específica señaladas en las bases administrativas y técnicas que expresamente señalen que constituye incumplimiento grave.
xi. La constatación de que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. De verificarse tal circunstancia, se remitirán los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica.
xii. Inhabilidad sobreviniente de alguno de los integrantes de la UTP, en la medida que la UTPno pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados.
xiii. Si la UTP oculta información relevante para ejecutar el contrato, que afecte a cualquiera de sus miembros.
xiv. Disolución de la UTP.
xv. Si uno de los integrantes de la UTP se retira de ésta, y dicho integrante reuniese una o más características objeto de la evaluación de la oferta.
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PACTO DE INTEGRIDAD |
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El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las Bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
i. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso citatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
ii. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
iii. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
iv. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
v. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las Bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
vi. El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
vii. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
viii. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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OTRAS CLÁUSULAS |
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12.1. Subcontratación.
El proponente podrá subcontratar servicios no asociados al diseño y prueba de cuestionarios, levantamiento, supervisión y validación de datos, y documentación del proceso. Lo anterior deberá ser señalado expresamente en su propuesta indicando a quien subcontratará. Con todo la completa responsabilidad del proceso y la coordinación de todas las tareas permanecerán radicadas en el contratista que se adjudique la presente licitación.
En caso que la subcontratación implique el uso de información, las obligaciones referidas a ésta serán igualmente oponibles al subcontratista, debiendo el proponente adjudicado suscribir los documentos necesarios que resguarden el cumplimiento de los deberes de confidencialidad estipulados en estas Bases.
El hecho de subcontratar parte de los servicios no exime de responsabilidad al contratista en el cumplimiento de las obligaciones que emanen del contrato que al efecto se suscriba con el Ministerio, entendiéndose que queda igualmente obligado a la ejecución de los servicios de que se trata, en los plazos y condiciones que se estipulen en dicho instrumento, no siendo válido excusarse por retardos, incumplimientos, y otros por la actuación de los subcontratados.
Los subcontratados por parte del contratista no tendrán relación alguna, ni directa ni indirecta con el Ministerio, no desarrollando en ningún caso labores al interior de las dependencias del Ministerio, por ende este no contrae obligación alguna por concepto de remuneraciones o cotizaciones previsionales u otras obligaciones laborales o previsionales, respecto del personal que otorga servicios para el contratista, sea directamente o como subcontratista, las que serán de responsabilidad exclusiva de este último.
12.2. Mantención de los servicios materia de la licitación
Los costos asociados a las mantenciones, tales como ajustes, rectificación, regularización de los servicios y similares, para la continuidad operativa de los servicios, en las condiciones y niveles de servicio requeridos, serán de cargo del contratista. Asimismo, se consideran dentro de este ítem, los mayores costos que deba asumir el contratista por situaciones no previstas en el mercado, estructura de su empresa, personal e infraestructura tecnológica de éste al momento de formular la oferta, entre otras no constitutivas de caso fortuito o fuerza mayor.
12.3. Confidencialidad
El contratista, durante el desarrollo del contrato y una vez expirado éste, está obligado a guardar reserva y quedará expresamente prohibido utilizar total o parcialmente datos, resultados o cualquier antecedente que haya mantenido en su poder, sin la previa y debida autorización por escrito de la Subsecretaría. Lo anterior, en concordancia con lo dispuesto en el número siguiente.
Por lo anterior, los proponentes deberán explicitar en su propuesta un modelo de aseguramiento de la confidencialidad de sus directivos y/o personal que se desempeñe en el cometido de los servicios, a modo de ejemplo; autorizaciones, declaraciones de confidencialidad, etc.
12.4. Propiedad de la información
Será de propiedad exclusiva de la Secretaría Ejecutiva Elige Vivir Sano y la Subsecretaría, la información residente en medios magnéticos, electrónicos y documentación que se entregue al contratista para la ejecución de los servicios objeto de esta licitación.
El contratista, por tanto, renuncia expresamente a cualquier pretensión de derechos de propiedad sobre los productos obtenidos de dicha información. En consecuencia, al término del contrato no podrá conservar en su poder parte alguna de dichos productos ni utilizarlos en proyectos futuros.
12.5. Propiedad Intelectual y Otros.
Los resultados materia del suministro y toda la información generada en el marco del contrato serán de propiedad de la Secretaría Ejecutiva Elige Vivir Sano de la Subsecretaría de Servicios Sociales del Ministerio de Desarrollo Social y Familia, quedando prohibido al contratista su utilización sin la autorización escrita y previa.
12.6. Reserva y Secreto Estadístico
El contratista está obligado a guardar reserva y quedará expresamente prohibido utilizar total o parcialmente mapas, direcciones, datos, resultados, actas, informes o cualquier antecedente que haya mantenido en su poder en virtud de este contrato, sin la previa y debida autorización por escrito del Ministerio.
Para tal efecto y a fin de dar consistencia a la presente obligación, el contratista se obliga a gestionar con los trabajadores que participarán del servicio que este Ministerio le encomienda, que suscriban el respectivo “Acuerdo de confidencialidad” establecido en las bases técnicas.
En particular, el contratista se obliga a resguardar el secreto estadístico establecido en la Ley N° 19.628 o bien respecto de los artículos 29° y 30° de la Ley N°17.374, de serle aplicable.
12.7. Tratamiento de datos personales
Siendo la Subsecretaría, el responsable del registro o banco de datos de la información que insumirá los servicios que preste el contratista, éste se compromete a guardar y asegurar la confidencialidad de toda la información, documentación y datos que la Subsecretaría le provea o tome conocimiento durante el desarrollo del servicio en conformidad a lo establecido en la Ley N° 19.628 de “Protección de Datos de Carácter Personal”. De ninguna manera podrá utilizar dicha información, sea total o parcial, para otros fines que los expresamente establecidos en el presente contrato. Además, deberá proteger la información proporcionada de manera tal, que se impida por todos los medios, el acceso a personas no autorizadas expresamente por la Subsecretaría, debiendo tomar las medidas necesarias y razonables para que el personal con acceso permitido a la información, incluidos los subcontratistas y consultores en su caso, cumplan con la obligación contraída respecto al uso y protección de la misma.
La divulgación, fuga y/o filtración por cualquier medio, de la totalidad o parte de la información asociada al presente contrato, por medios o canales distintos a los acá pactados facultará a la Subsecretaría para poner término anticipado al contrato.
12.8. Reemplazo en el Equipo Técnico en la propuesta que resulte adjudicada.
El proponente que resulte adjudicado, una vez que le sea notificada la adjudicación, deberá informar de todo cambio en la designación del equipo responsable de la propuesta, toda vez que su composición e integración es un elemento que fue evaluado y que determina de forma significativa la adjudicación.
A este efecto, ante cambios en la composición del equipo, esto es, dedicación horaria o reemplazo de los integrantes, el proponente adjudicado deberá informarlo por escrito a la Contraparte Técnica en un plazo no mayor a tres días hábiles posteriores a su reemplazo, informando la forma en que será compensado respecto de la integración del equipo de trabajo señalado en su propuesta.
En caso que la modificación informada comprometa en forma sustancial la dedicación horaria, especialidad profesional, experiencia en las materias de que trate la contratación, entre otras circunstancias, de forma tal que de haberse presentado el equipo de trabajo con dicha modificación la evaluación técnica hubiese recibido un puntaje inferior al que obtuvo la propuesta al ser adjudicada, la Subsecretaría se reserva el derecho a poner término anticipado al contrato y a hacer efectivas las garantías que estuviesen vigentes.
12.9. Resolución de conflictos
En la eventualidad que en el curso del contrato se produjeran discrepancias o incompatibilidades en cuanto a lo indicado o previsto en los diversos documentos que rigen la prestación de los servicios, la controversia se resolverá a favor de lo contenido en aquel documento que, tratando del tema en controversia, aparezca mencionado primero en la lista indicada a continuación:
a) Bases de Licitación
b) Aclaraciones
c) Contrato
d) Propuesta Técnica del contratista
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Legalidad de las bases |
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Sin prejuicio de lo aquí señalado, siempre prevalecerá lo indicado en la Resolución Exenta N°0816, adjunta.
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