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Resolución de Empates |
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Mecanismo de Resolución de empates
En el evento de que, una vez culminado el proceso de evaluación de ofertas, hubiese dos
o más proponentes que hayan obtenido el mismo puntaje total, quedando más de uno en
condiciones de resultar adjudicados, se optará por aquella oferta que cuente con un mayor
puntaje de acuerdo con la siguiente secuencia (orden de prelación), con los criterios que
resulten aplicables:
1. Precio
2. Oferta técnica
3. Certificaciones
4. Experiencia en proyectos similares
5. Cantidad de perfiles con certificación en el Equipo de Trabajo
6. Planificación del Proyecto (Plazos)
7. Acuerdos de Niveles de Servicio (SLA)
8. Comportamiento contractual anterior
9. Garantía del Software
10. Cumplimiento de requisitos formales
Finalmente, si aún persiste el empate, se seleccionará a la propuesta que ingresó primero
en el portal www.mercadopublico.cl
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
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Las consultas sobre la adjudicación deberán realizarse dentro del plazo fatal de 5 días
hábiles administrativos contados desde la publicación en el Sistema de Información
www.mercadopublico.cl, a través del correo electrónico que se indica en el Anexo N°2.
La entidad licitante dispondrá del mismo tiempo indicado precedentemente para dar
respuesta a dichas consultas.
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Comisión Evaluadora |
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La apertura y evaluación de las ofertas será realizada por una comisión constituida para tal
efecto, que estará compuesta por 3 integrantes, designados por resolución o acto
administrativo del Jefe de Servicio o quien tenga delegada la facultad para ello. Sin
embargo, la entidad licitante podrá aumentar dicho número a través del Anexo N°2.
Excepcionalmente, y de manera fundada, algunos de los integrantes de la Comisión
designados por la entidad licitante, podrán ser personas ajenas a la Administración, aunque
siempre en número inferior a los funcionarios públicos que integran dicha comisión.
Los miembros de la Comisión Evaluadora no podrán:
• Tener contactos con los oferentes, salvo en cuanto proceda alguno de mecanismos
regulados por los artículos 27, 39 y 40 del reglamento de la ley N° 19.886.
• Aceptar solicitudes de reunión, de parte de terceros, sobre asuntos vinculados
directa o indirectamente con esta licitación, mientras integren la Comisión
Evaluadora.
• Aceptar ningún donativo de parte de terceros. Entiéndase como terceros, entre
otros, a las empresas que prestan servicios de asesoría, o bien, sociedades
consultoras, asociaciones, gremios o corporaciones.
Esta Comisión emitirá un informe de evaluación de ofertas, proponiendo al Jefe de Servicio
de la entidad licitante, o a quien corresponda la decisión si estuviera delegada, la
adjudicación, de acuerdo con los criterios de evaluación contenidos en las presentes bases
de licitación y en virtud del proceso de evaluación descrito a continuación.
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Consideraciones Generales |
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Se exigirá el cumplimiento de los requerimientos establecidos en la cláusula 6,
“Instrucciones para Presentación de Ofertas”, de las presentes Bases de
Licitación. Aquellas ofertas que no fueran presentadas a través del portal, en los
términos solicitados, quedarán marginadas de la propuesta y no serán consideradas en la evaluación. Lo anterior, sin perjuicio de que concurra y se
acredite algunas de las causales de excepción establecidas en el artículo 62 del
Reglamento de la Ley de Compras.
La entidad licitante declarará inadmisible cualquiera de las ofertas presentadas
que no cumplan los requisitos o condiciones establecidos en las presentes
bases, sin perjuicio de la facultad de la entidad licitante de solicitar a los
oferentes que salven errores u omisiones formales, de acuerdo con lo
establecido en el artículo 40, inciso primero, del Reglamento de la Ley N°19.886.
Los documentos solicitados por la entidad licitante deben estar vigentes a la
fecha de cierre de la presentación de las ofertas indicado en la cláusula 3 de las
presentes bases y ser presentados como copias simples, legibles y firmadas
por el representante legal de la empresa o persona natural. Sin perjuicio de ello,
la entidad licitante podrá verificar la veracidad de la información entregada por
el proveedor. En el caso en que el proveedor esté inscrito y habilitado por el
Registro de Proveedores, serán suficientes los antecedentes que se encuentren
en dicho Registro, en la medida que se haya dado cumplimiento a las normas
de actualización de documentos que establece el Registro de Proveedores.
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Subsanación de errores u omisiones formales |
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Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, la entidad licitante podrá solicitar
a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las
rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación
de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los
principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de
dicha solicitud al resto de los oferentes, a través del Sistema de Información
www.mercadopublico.cl.
Para dicha subsanación se otorgará un plazo fatal de 3 días hábiles administrativos,
contados desde su comunicación al oferente por parte de la entidad licitante, la que se
informará a través del Sistema de información www.mercadopublico.cl. La responsabilidad
de revisar oportunamente dicho sistema durante el período de evaluación recae
exclusivamente en los respectivos oferentes.
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Solicitud de certificaciones o antecedentes omitidos |
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La entidad licitante tiene la facultad de permitir la presentación de certificaciones o
antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta,
siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con
anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no
mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación.
Tratándose de certificaciones o antecedentes incompletos se entenderán como no
presentados oportunamente y podrá aplicarse lo dispuesto en esta cláusula.
Para dichas presentaciones de certificaciones o antecedentes se otorgará un plazo fatal de
3 días hábiles administrativos, contados desde su comunicación al oferente por parte de la
entidad licitante, la que se informará a través del Sistema de información
www.mercadopublico.cl. La responsabilidad de revisar oportunamente dicho sistema
durante el período de evaluación recae exclusivamente en los respectivos oferentes.
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Documentos integrantes. |
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La relación contractual que se genere entre la entidad licitante y el adjudicatario se ceñirá
a los siguientes documentos:
a) Bases de licitación y sus anexos.
b) Aclaraciones, respuestas y modificaciones a las Bases, si las hubiere.
c) Oferta.
d) Contrato definitivo suscrito entre las partes, de corresponder.
e) Orden de compra.
Todos los documentos antes mencionados forman un todo integrado y se complementan
recíprocamente, especialmente respecto de las obligaciones que aparezcan en uno u otro
de los documentos señalados. Se deja constancia que se considerará el principio de
preeminencia de las Bases
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Validez de la oferta |
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Las ofertas tendrán una vigencia mínima desde su presentación hasta la suscripción del
contrato. Si se lleva a cabo una readjudicación, este plazo se extenderá hasta la
celebración efectiva del respectivo contrato.
Las ofertas técnicas presentadas por los oferentes y los documentos asociados NO serán
de propiedad del órgano comprador. Sólo serán de propiedad del órgano comprador la
oferta técnica que haya sido adjudicada, así como todos los informes y reportes entregados
bajo este contrato.
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Suscripción del contrato. |
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En caso de que la entidad licitante suscriba un contrato, este deberá suscribirse dentro de
los 15 días hábiles siguientes a la notificación de la resolución de adjudicación totalmente
tramitada. Para suscribir el contrato el proveedor deberá acompañar la garantía de fiel
cumplimiento del contrato respectivo.
Si por cualquier causa que no sea imputable a la entidad licitante, el contrato no se suscribe
dentro de dicho plazo, se entenderá desistimiento de la oferta, pudiendo adjudicar al
siguiente proveedor mejor evaluado. También se entenderá como desistimiento si no se
acompaña la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento respectiva en los plazos
establecidos para ello.
Para suscribir el contrato el adjudicado debe estar inscrito en el Registro de Proveedores.
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Modificación del contrato. |
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Las partes de común acuerdo podrán modificar el correspondiente contrato por motivos
fundados, a través de acto administrativo. La modificación, si la hubiere, formará parte
integrante de dicho contrato. La modificación no podrá superar el 30% del valor total del respectivo contrato ni alterar la naturaleza del objeto de éste, y deberá contar con la debida
autorización presupuestaria si fuere procedente.
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Operatoria general |
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La orden de compra deberá contener información relativa al proyecto de desarrollo de software, objeto de la contratación. Si el proyecto está comprendido en el catastro de proyectos de desarrollo de software levantados, validados y aprobados por la Dirección de Presupuestos en conjunto con el Ministerio Secretaría General de la Presidencia a través de la División de Gobierno Digital, la entidad licitante deberá incorporar información que permita establecer una conexión directa con éste, como lo es, por ejemplo, el código de validación del proyecto.
Se deja expresa constancia que estas Bases Tipo de Licitación no permite, bajo ninguna modalidad, la contratación de horas de desarrollo que no sean para la ejecución de los servicios adquiridos asociados al sistema informático (incluida la transferencia tecnológica cuando proceda), por lo que no existirá ninguna relación de dependencia ni vínculo laboral alguno entre los profesionales integrantes del equipo de trabajo ofertado por el proveedor para la prestación de los servicios y la entidad contratante
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Legalidad de las Bases |
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Con todo lo aqui publicado, prima lo establecido en las bases de licitación aprobadas mediante Resolución Exenta N°01032.
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Consultas sobre la adjudicación |
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Las consultas sobre la adjudicación deberán realizarse dentro del plazo fatal de 5 días
hábiles administrativos contados desde la publicación en el Sistema de Información
www.mercadopublico.cl, a través del correo electrónico que se indica en el Anexo N°2.
La entidad licitante dispondrá del mismo tiempo indicado precedentemente para dar
respuesta a dichas consultas. Para lo cual la contraparte del Minsiterio tendra 8 dias habiles para dar respuesta
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