Licitación ID: 711841-39-LE22
Material Metodológico baúles del cuidado SNAC
Responsable de esta licitación: SUBSECRETARIA DE SERVICIOS SOCIALES, SUBSECRETARIA DE SERVICIOS SOCIALES
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 6
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Juguetes didácticos 1 Unidad
Cod: 60141006
MATERIAL METODOLOGICO BAULES DEL CUIDADO, SISTEMA NACIONAL DE APOYOS Y CUIDADOS  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Material Metodológico baúles del cuidado SNAC
Estado:
Adjudicada
Descripción:
La presente contratación tiene por objeto efectuar un llamado público, convocando a los interesados para que, sujetándose a las bases fijadas, presenten propuestas para contratar el suministro denominado “Material metodológico Baúles del cuidado 2022, Sistema Nacional de Apoyos y Cuidados”. La licitación se regirá por lo dispuesto en las presentes Bases, en las que se establecen los fines, condiciones, requisitos y funcionalidades que deben ser cubiertas por los bienes y servicios materia de la misma, y asimismo, por las disposiciones de la Ley N°19.886, de Bases de Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N°250, de 2004, del Ministerio de Hacienda.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
El contrato se formalizará con la orden de compra
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
SUBSECRETARIA DE SERVICIOS SOCIALES
Unidad de compra:
SUBSECRETARIA DE SERVICIOS SOCIALES
R.U.T.:
60.103.000-4
Dirección:
Catedral 1575, primer piso
Comuna:
Santiago Centro
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 20-09-2022 15:30:00
Fecha de Publicación: 06-09-2022 18:20:36
Fecha inicio de preguntas: 06-09-2022 20:00:00
Fecha final de preguntas: 09-09-2022 16:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 12-09-2022 18:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 20-09-2022 15:35:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 20-09-2022 15:35:00
Fecha de Adjudicación: 03-11-2022 18:42:35
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Los oferentes deberán publicar en el portal www.mercadopublico.cl los Anexos N° 1, 2, 3 o 4, según corresponda, debidamente firmados por el proponente o su representante legal. Cuando el oferente sea una Unión Temporal de Proveedores (UTP), aquél deberá presentar un anexo por cada integrante de la UTP, suscritos por el representante legal del integrante o por éste según, sea el caso. Nota 1: La omisión de los Anexos N° 2, 3 o 4, en la apertura provocará que la oferta sea declarada inadmisible y, por tanto, no será evaluada.
Documentos Técnicos
1.- Los oferentes deberán ingresar su propuesta técnica en el Sistema de Información, adjuntando el o los archivos correspondientes en el portal www.mercadopublico.cl., de acuerdo a los requisitos y detalle de las bases técnicas. Nota 3: La omisión de los Anexos Técnicos o de los documentos que la componen, en la apertura, provocará que esta sea declarada inadmisible. Nota 4: Si durante la evaluación se advierte de la omisión de cualquiera de los documentos que componen la oferta técnica, esta será declarada técnicamente inadmisible y, por tanto, no será evaluada.
 
Documentos Económicos
1.- i) El precio de la oferta económica se expresará en pesos (valor neto). ii) Oferente indicará el régimen tributario o bien si todo o parte de sus servicios están exentos de determinado impuesto. iii) Oferta deberá tener una vigencia mínima de 60 días, contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas indicado en el portal. Nota 2: La omisión de la oferta económica (Anexo N°5: Oferta Económica) en la apertura provocará que la oferta sea declarada inadmisible.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- a) Inscripción al Registro Único Tributario y declaración de inicio de actividades (Formulario 4415 Servicio de Impuestos Internos). Documento debe estar disponible en el Registro de Proveedores de Mercado Público.
- b) Copia de cédula de identidad. Documento debe estar disponible en el Registro de Proveedores de Mercado Público.
- c) Documento público o privado, para situación de Unión Temporal de Proveedores que da cuenta el artículo 67°bis del Reglamento de la Ley N°19.886. Entregada al momento de presentar la oferta (N° 4.1.1 de las presentes bases).
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- I18n entry not found: a) Certificado de vigencia o de existencia de Ia persona jurídica con una antigüedad no superior a 90 días corridos, contados desde la fecha de total tramitación de la adjudicación (otorgado por el respectivo organismo competente; Subsecretaría de Justic
- I18n entry not found: b) Poderes. b.1 Certificado de vigencia del poder del representante legal, con una antigüedad no superior a 90 días corridos, contados desde la fecha de la total tramitación de la adjudicación o bien, cualquier otro antecedente legal que acredite la vigen
- I18n entry not found: b.2 Copia del documento donde conste la personería del representante legal con una antigüedad no anterior a 90 días corridos, contados desde la fecha de la total tramitación de la adjudicación (Reg. Comercio, Archivo Judicial, otros del caso). Documento d
- I18n entry not found: c) Copia del RUT. Documento debe estar disponible en el Registro de Proveedores de Mercado Público.
- I18n entry not found: d) Documento público o privado, para situación de Unión Temporal de Proveedores que da cuenta el artículo 67° bis del Reglamento de la Ley N° 19.886. Entregada al momento de presentar la oferta.
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Costo Total Según Resolución Exenta N°640 50%
2 Tiempo de entrega Según Resolución Exenta N°640 30%
3 Experiencia oferente Según Resolución Exenta N°640 10%
4 Criterios inclusivos Según Resolución Exenta N°640 5%
5 Cumplimiento de los requisitos formales Según Resolución Exenta N°640 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: No hay información
Monto Total Estimado: 13199202
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Isidora Ramirez Baltra
e-mail de responsable de pago: iramirez@desarrollosocial.cl
Nombre de responsable de contrato: Isidora Ramirez Baltra
e-mail de responsable de contrato: iramirez@desarrollosocial.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-04-6751487-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Del proceso de evaluación de las ofertas
a) Integración. La Comisión Evaluadora estará integrada por 3 profesionales funcionarios de la División de Promoción y Protección Social designados por la Jefatura de la División de Promoción y Protección Social los que serán informados a través del portal. Con todo, además podrá integrase la comisión evaluadora conforme señala el inciso 5 del artículo 37° del Reglamento de la Ley de Compras, siguiendo las limitaciones ahí indicadas. b) Plazo para evaluar. La comisión de evaluación dispondrá de un plazo de hasta 20 días hábiles para evaluar, contado desde el día de la apertura electrónica. El proceso de evaluación será interno y no se entregará información durante su desarrollo a los oferentes. c) Consultas aclaratorias a oferentes. La comisión evaluadora -de estimarlo necesario- podrá efectuar consultas a uno o más proponentes, para aclarar puntos específicos de las respectivas ofertas. Tales consultas y sus respuestas deberán ser puestas en conocimiento de todos los oferentes a través del portal. d) Errores u omisiones formales detectadas durante la evaluación. La comisión podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales detectados en sus propuestas, siempre y cuando las rectificaciones de dichos errores u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás, afectando los principios de estricta sujeción a las Bases y de igualdad de los oferentes, ni se altere la esencia de la oferta o el precio de esta. Se informará de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información. e). Presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación. Las certificaciones o antecedentes antes señalados (letras c, d y e) deberán ser presentados a través de su ingreso al portal www.mercadopublico.cl en el plazo fatal de 3 días corridos, contados desde el día hábil siguiente al de su aviso a través del sistema de información. Vencido el plazo sin que medie la respectiva entrega en el portal indicado, se proseguirá con la evaluación de la oferta sin dicha certificación o antecedente. f) Desempate. En caso de existir algún empate en el puntaje obtenido por los oferentes de acuerdo con los criterios anteriores, se preferirá al que haya obtenido un mayor puntaje en el Criterio de "Costo Total”, de persistir el empate se optará por la oferta con mayor puntaje en "Tiempo de entrega” y si aun así el empate continúa se resolverá considerando el criterio “Experiencia del oferente”. En caso de que persistiera el empate, una vez aplicado los criterios descritos, será la comisión evaluadora que decidirá la propuesta ganadora conforme la oferta admisible que haya sido ingresada primero en el sistema www.mercadopublico.cl. g) Cierre del proceso de evaluación. Terminada la etapa evaluativa, la comisión elaborará un Informe Final de Evaluación, en el cual deberá dejar constancia de las actuaciones efectuadas en el desempeño de sus funciones. Como mínimo, el Informe mencionado deberá contener la siguiente información: i. El listado de las ofertas evaluadas por la Comisión. ii. Los puntajes asignados a cada oferta según los criterios establecidos en las bases. iii. La o las ofertas que deben declararse inadmisibles por no cumplir con los requisitos establecidos en las bases, debiéndose especificar los requisitos incumplidos. iv. La proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien cuando la comisión evaluadora juzgare que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses de la Subsecretaría. v. La asignación de puntajes para cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación. vi. La proposición de adjudicación dirigida a la autoridad facultada para adoptar la decisión final. vii. El nombre, cargo y firma de los funcionarios que participaron en la evaluación. El Informe en comento será publicado en el portal en conjunto con la resolución que adjudique la licitación.
Adjudicación
Publicación de la adjudicación Cerrado el proceso de evaluación, y de acuerdo con lo propuesto en el Informe Final de Evaluación correspondiente, la Subsecretaría dictará el acto administrativo de adjudicación escogiendo la propuesta más ventajosa, considerando los criterios de evaluación con sus correspondientes puntajes y ponderaciones, establecidos en las presentes bases o bien declarará desierta la licitación, por no ser las ofertas convenientes para los intereses del Ministerio. Dicho acto se publicará en el portal www.mercadopublico.cl de acuerdo con lo señalado en las presentes Bases. En caso de que el proceso antes señalado experimente demoras a causa de hechos propios de la Subsecretaría o situaciones de fuerza mayor o caso fortuito, la Subsecretaría informará esta situación en el portal por intermedio de la Jefatura de la División de Administración y Finanzas y señalará ahí el plazo para la dictación del respectivo acto administrativo. Si existieran dudas y/o consultas respecto de la adjudicación podrá efectuarse la consulta respectiva, de forma electrónica dirigida a un correo electrónico que será informado en www.mercadopublico.cl. Causales para dejar sin efecto la adjudicación – readjudicación. La adjudicación podrá ser dejada sin efecto y readjudicada en los siguientes casos: • Si el oferente adjudicado es inhábil para contratar con la Subsecretaría. • Si el oferente adjudicado no se inscribe en el Registro de Proveedores, en el plazo de 10 días hábiles, contados desde la fecha de la adjudicación, en caso de que no lo estuviere al momento de presentar la propuesta. • Si el proveedor adjudicatario fuese inhábil en los términos del artículo 4° inciso 6° de la ley N° 19.886 al momento de la suscripción del contrato o de la emisión de la Orden de Compra. • Si el proveedor no acepta la Orden de Compra en los términos previstos en el artículo 63° del Reglamento de la Ley N° 19.886. • En el caso de que el adjudicatario sea una UTP y alguno de sus integrantes estuviese afecto a las inhabilidades del artículo 4°, inciso 6° de la Ley N° 19.886, la UTP deberá informar por escrito, dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde la notificación de la adjudicación, si se desiste o si decide igualmente ejecutar el contrato adjudicado, con la integración del resto de sus miembros, siempre que éstos fuesen hábiles. En el evento de no informar lo anterior o de manifestar su intención de desistirse, la licitación será readjudicada al siguiente oferente mejor evaluado. • Luego del retiro de alguno de sus miembros, la UTP debe continuar funcionando con al menos 2 integrantes. Si la integración no cumple con el mínimo recién indicado, o se produce lo indicado en el Punto N° 4.1.1 de las presentes Bases, en que la participación del o los integrante/s inhabilitado/s fue determinante en la evaluación de la oferta, la Subsecretaría se reserva el derecho a dejar sin efecto la adjudicación y readjudicar al siguiente proponente mejor evaluado. • Si el oferente adjudicado no cumple con la obligación de entregar los certificados que procedan conforme al Punto N° 9.5 las presentes Bases Administrativas, en caso de que no lo tenga debidamente actualizado en el Registro de Proveedores de Mercado Público o no lo haya entregado junto con su propuesta. En caso de que la adjudicación sea dejada sin efecto por las causales precedentes, la Subsecretaría podrá adjudicar la propuesta al siguiente oferente mejor evaluado y siempre que a su respecto no concurra tampoco alguna de las causales enunciadas y así sucesivamente, dentro del plazo de 60 días corridos contados desde la publicación del acto administrativo que adjudica el proceso de compra. La notificación de la adjudicación se entiende practicada a las 24 horas siguientes de la publicación del acto administrativo en el portal www.mercadopublico.cl.
Condiciones y plazos para la suscripción del contrato
El proponente adjudicado deberá estar inscrito en el Registro de proveedores de mercado público para la formalización de contrato y tener la condición de proveedor hábil de acuerdo con dicho registro. De conformidad con lo consignado en el artículo 63° del Reglamento de la Ley N° 19.886, tratándose de adquisiciones superiores a 100 UTM e inferiores a 1.000 UTM, éstas podrán formalizarse mediante la emisión de la orden de compra y aceptación de ésta por parte del proveedor cuando se trate de bienes o servicios estándar de simple y objetiva especificación y se haya establecido así en las respectivas bases de licitación, cuestión que se consigna en el considerando 6° de la presente Resolución. Si el adjudicatario no acepta la orden de compra, el Ministerio podrá solicitar su rechazo, entendiéndose definitivamente rechazada una vez transcurridas las 24 horas desde dicha solicitud, en tal caso el Ministerio tendrá por desistida la oferta y podrá, seguidamente, resolver que se adjudica la licitación al siguiente proponente mejor evaluado o bien derechamente declarar desierta la licitación por no ser conveniente para los intereses de la administración. La contratación se regirá por la legislación chilena y muy especialmente por la normativa aplicable a la contratación por parte de los organismos de la Administración Pública del Estado de Chile. Las partes no podrán ceder los derechos y obligaciones del contrato a terceros.
Forma de pago
El pago se realizará dentro del plazo de 30 días contados desde la recepción conforme, por parte del Ministerio, de la factura emitida por el proveedor. La contraparte técnica deberá efectuar la respectiva verificación de la prestación de servicios contratados y otorgará su V°B°. Si la contraparte técnica efectuare observaciones, estas se pondrán en conocimiento inmediato del contratista, él que, sin cargo adicional alguno, deberá satisfacerlas, reemplazando o modificando los productos en lo que fuere pertinente.
Consideraciones relacionadas con la facturación
a).- El contratista no podrá entregar al Ministerio la factura por los servicios prestados mientras la contraparte técnica no los apruebe formalmente. b).- Al momento de hacerse efectivo los pagos, y no habiendo operado la transferencia a terceros, el oferente adjudicado deberá entregar la copia a que se refiere el artículo 1° de la Ley N° 19.983, que regula la Transferencia y Otorga Mérito Ejecutivo a la Copia de la Factura. c).- La factura debe generarse de manera digital y ser ingresada en el sistema de recepción centralizada de Documentos Tributarios Electrónicos (DTE) de acuerdo a las instrucciones entregadas por el Ministerio de Hacienda. Es necesario que, al momento de emitir factura, complete el campo folio 801 o referencias, indicando el número de orden de compra asignado por el Mercado Publico. Hay que considerar también que de ingresar la modalidad de pago indique crédito y enviar factura en formato XML a la casilla de intercambio dipresrecepcion@custodium.com. La factura debe detallar los servicios prestados. d).- De acuerdo a lo prescrito en el artículo 3º de la Ley N° 19.983, que regula la transferencia y otorga mérito ejecutivo a la copia de la factura, el plazo para reclamar en contra del contenido de la factura emitida será dentro de los ocho días corridos siguientes a su recepción. En este caso, el reclamo deberá ser puesto en conocimiento del emisor de la factura por carta certificada, o por cualquier otro modo fehaciente, conjuntamente con la devolución de la factura y la guía o guías de despacho, o bien junto con la solicitud de emisión de la nota de crédito correspondiente. El reclamo se entenderá practicado en la fecha de envío de la comunicación. e).- En el caso de una UTP, será el representante de la misma, indicado en el documento de su constitución, quien deberá emitir la boleta o factura respectiva para cursar los pagos que generen la ejecución contractual.
Multas por incumplimiento contractual
El Ministerio estará facultado para aplicar y cobrar multas al contratista cada vez que se verifique un incumplimiento de sus obligaciones contractuales. Para este efecto el sistema es el siguiente: a) Atrasos justificados. En general, se refieren a hechos del Ministerio, a un caso fortuito o fuerza mayor y que de una u otra forma retrasen al contratista en la entrega del bien y/o prestación del servicio de acuerdo con las reglas de las presentes bases. Deberán ser notificados (si se le presentan al contratista) a la contraparte técnica dentro de los 3 días hábiles siguientes a la fecha de su ocurrencia. Estos serán analizados por la contraparte técnica a efectos de su justificación. No concurriendo causal eximente o informados fuera de plazo tendrán el carácter de atraso no justificado. b) Atrasos no justificados. Corresponden a aquellos imputables al contratista y que de ello se produzca retraso en la entrega del bien y/o prestación del servicio de acuerdo con las reglas establecidas en las presentes bases. El Ministerio descontará al contratista, un monto equivalente a 0.5 UF, por cada día de atraso, contado desde aquel en que debió entregarse el bien. El total de multas aplicadas no podrán superar el 10% del monto total contratado.
Procedimiento para la aplicación de multas
a) Si la contraparte técnica de la Subsecretaría considera que existe mérito suficiente para la aplicación de una multa por haberse incurrido en alguna de las situaciones enunciadas en el punto 9.4. de las presentes bases administrativas, lo que comunicará por escrito al proveedor, indicando los fundamentos y monto de la misma. b) El proveedor dispondrá de un plazo de 5 días hábiles, contado desde la notificación para efectuar sus descargos. La notificación al proveedor podrá efectuarse, a elección de la Subsecretaría: 1) personalmente, en dependencias de la Subsecretaría o a través de un funcionario designado al efecto en el domicilio del proveedor, en ambos casos habrá de dejarse constancia de ello, 2) mediante el envío de carta certificada, o bien 3) mediante el envío de un sólo correo electrónico con todos los antecedentes fundantes, y dirigido a la casilla indicada por el adjudicatario en el Anexo 1 "Formulario identificación del oferente". Una vez efectuado los descargos o transcurrido el plazo sin que se hubieran formulado, la contraparte técnica remitirá los antecedentes para que la Subsecretaría resuelva sobre el particular, mediante resolución fundada, previa ponderación de los antecedentes. De la forma de aplicar una multa Las multas una vez perfeccionada su aplicación conforme a las reglas anteriores, su monto debe ser enterado en un plazo no superior a 5 días hábiles desde que se informa el acto administrativo respectivo. Dichas multas deben realizarse a través transferencia bancaria por el contratista a la siguiente cuenta corriente de la Subsecretaría de Servicios Sociales, Rut 60.103.000-4, cuenta N° 9004629 de Banco Estado, correos electrónicos pmartel@desarrollosocial.cl; gibanez@desarrollosocial.cl, En el caso que no se hubiere producido su pago, se hará efectiva contra el cobro de la caución que se hubiese otorgado. De ser imposible, se ejecutará la deuda conforme a las normas de derecho común. Las resoluciones que apliquen multas serán susceptibles de reclamarse acuerdo a la Ley N°19.880.
Certificado de obligaciones laborales y previsionales
El proveedor deberá acompañar un Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales, emitido por la Dirección del Trabajo o bien una entidad acreditada para el efecto, a fin de que la Subsecretaría verifique si registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con aquellos contratados en los últimos dos años. De existir, el Ministerio a través de la Subsecretaría dará curso al contrato debiendo el Contratista dar cumplimiento a lo dispuesto en el inciso 2°, del artículo 4° de la Ley N°19.886. La Subsecretaría podrá ejercer esta facultad en cualquier momento durante la vigencia del contrato. Para este efecto se materializará como una cláusula en el mismo. En caso de no acompañar el certificado al inicio del contrato, asiste a la Subsecretaría la facultad de readjudicar el contrato conforme las reglas que da cuenta el N° 7.2 de estas bases.
Término anticipado del contrato
El Ministerio podrá poner término anticipado al contrato en la forma y casos señalados en el artículo 13 de la ley 19.886 y artículo 77 de su Reglamento. Asimismo, el contrato podrá terminar anticipadamente por razones de fuerza mayor sobreviniente o caso fortuito, o bien la ocurrencia de la condición de no contemplar la respectiva ley de presupuestos del sector público recursos para financiar el contrato. Para efectos de lo dispuesto en el artículo 13 letra b) de la Ley N° 19.886 y artículo 77 N° 2 del Decreto Supremo N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la Ley 19.886, se considerará que existe incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratista en los siguientes casos: a) Que las multas acumuladas por retardo en la entrega de los productos convenidos superen el 10% del precio total del contrato. b) En caso de que se abandone la ejecución de los servicios o entrega de productos convenidos. Se estimará como abandono el retardo en la entrega de un producto o servicio por un plazo mayor de 15 días corridos contados desde el vencimiento del plazo estipulado para su entrega o la prórroga que se encontrase corriendo. c) Si el contratista se encuentra en estado de notoria insolvencia, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. d) Si el contratista no emplea personal en la cantidad y con las competencias necesarias para la prestación del suministro, no cumple con lo señalado en su oferta técnica, requerimientos reglamentarios que le sean aplicables en razón de su giro, entre otros. e) Si perdiere las certificaciones y autorizaciones necesarias para funcionar en el giro de su actividad. f) Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos 2 años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de 6 meses. g) Conductas del proveedor que impliquen una infracción a las normas contenidas en el “pacto de integridad” señalado en estas bases. h) Ocurrencia de alguna Infracción a una obligación específica señaladas en las bases administrativas y técnicas que expresamente señalen que constituye incumplimiento grave. i) En caso de existir sentencia firme y ejecutoriada que condene a uno o más de los integrantes de la UTP por vulnerar las normas sobre libre competencia. j) Inhabilidad sobreviniente de alguno de los integrantes de la UTP, en la medida que la UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados. k) Si la UTP oculta información relevante para ejecutar el contrato, que afecte a cualquiera de sus miembros. l) Disolución de la UTP. m) Si uno de los integrantes de la UTP se retira de ésta, y dicho integrante reuniese una o más características objeto de la evaluación de la oferta. Puesto término anticipado al contrato por cualquiera de las causas antes señaladas y otras establecidas en las bases imputables al contratista, el Ministerio de Desarrollo Social y Familia, a través de la Subsecretaría, está facultado para cobrar y hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento, en caso de haberla, administrativamente y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial y de acuerdo con el procedimiento que corresponda según su naturaleza. Todo lo anterior se entenderá sin perjuicio de las demás acciones legales que le pudieren corresponder al Ministerio en contra del contratante.
Reserva de Derechos
La Subsecretaría se reserva el derecho a: a) Revocar el presente llamado a licitación hasta antes de la fecha de presentación de propuestas, como resultado de modificaciones presupuestarias sobrevinientes, y, en general, por fuerza mayor o caso fortuito, mediante acto administrativo fundado al efecto que se publicará en el portal www.mercadopublico.cl. b) La Subsecretaría podrá en cualquier momento, y hasta antes del vencimiento del plazo de presentación de las ofertas, modificar las presentes Bases, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración o consulta. La Subsecretaría evaluará las condiciones de aplicación de las modificaciones, considerando la naturaleza de las mismas, para ajustar los plazos de presentación de las ofertas si la situación lo amerita. Dichas modificaciones serán obligatorias para todos los participantes y serán publicadas en el portal www.mercadopublico.cl. c) Declarar desierta la licitación en caso que todas las propuestas ofrecidas excedan la disponibilidad presupuestaria con que cuenta para financiar el gasto que irrogue la contratación de los servicios que se licitan y ante el evento que ninguno de los proponentes dé cumplimiento a la suscripción del contrato o la inscripción en el portal Chileproveedores en los plazos señalados en estas Bases. d) Adjudicar a la propuesta que sea la mejor combinación de factores técnicos y de precio, aunque no sea la del menor precio ofrecido. e) Realizar observaciones a la propuesta técnica que resulte adjudicada para la ejecución del trabajo, las que deberán ser incorporadas por el proponente adjudicado en la ejecución de los servicios de que se trata, siempre que ello no signifique un costo mayor para el adjudicatario, una modificación esencial a los servicios licitados o una alteración al principio de igualdad entre los proponentes. f) Adjudicar a la propuesta del siguiente mejor puntaje, cuando el oferente adjudicado no se presente a celebrar el contrato o no suministre la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, conforme a la forma y plazo establecidos en estas Bases.
Propiedad Intelectual y Otros.
Los resultados materia del suministro y toda información generada en el marco del contrato será de propiedad del Ministerio de Desarrollo Social y Familia, quedando prohibido al contratista su utilización sin la autorización escrita y previa.
Subcontratación
El proponente podrá subcontratar parte de los servicios, debiendo señalarlo en su propuesta indicando a quien subcontratará y sólo en lo referido a aquellos aspectos señalados en las bases técnica cuando así lo dispongan. El hecho de subcontratar parte de los servicios no exime de responsabilidad al proponente en el cumplimiento de las obligaciones que emanen del contrato que al efecto se suscriba con el Ministerio, entendiéndose que queda igualmente obligado a la ejecución de los servicios de que se trata, en los plazos y condiciones que se estipulen en dicho instrumento, no siendo válido excusarse por retardos, incumplimientos, y otros por la actuación de los subcontratados. En caso que la subcontratación implique el uso de información, las obligaciones referidas a ésta serán igualmente oponibles al subcontratista, debiendo el proponente adjudicado suscribir los documentos necesarios que resguarden el cumplimiento de los deberes de confidencialidad estipulados en estas bases.
Interpretación del contrato
En la eventualidad que en el curso de los servicios se produjeran discrepancias o incompatibilidades en cuanto a lo indicado o previsto en los diversos documentos que rigen la prestación de los servicios, la controversia se resolverá a favor de lo contenido en aquel documento que, tratando del tema en controversia, aparezca mencionado primero en la lista indicada a continuación. a) Bases de Licitación. b) Aclaraciones. c) Orden de compra y/o contrato d) Propuesta Técnica del oferente.
Legalidad de las bases
Con todo, prima lo establecido en las bases de licitación aprobadas mediante Resolución Exenta N° 640, adjunta.
Consultas sobre la adjudicación
Consultas sobre la adjudicación, realizarlas al correo iramirez@desarrollosocial.cl