Integración. |
La Comisión Evaluadora estará integrada por 3 funcionarios de la Subsecretaría de Servicios Sociales, contratados a modalidad contrata propuestos por el Jefe de División de Focalización de la Subsecretaría de Servicios Sociales. Lo anterior será sancionado mediante acto administrativo que dictará la Jefatura de la División de Administración y Finanzas, lo cual que será informado a través del portal www.mercadopublico.cl Con todo podrá integrarse la comisión evaluadora conforme señala el inciso 5° del artículo 37 del Reglamento de la Ley de Compras, siguiendo las limitaciones ahí indicadas.
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Plazo para evaluar. |
La comisión de evaluación dispondrá de un plazo de hasta 15 días corridos para evaluar contado desde el día de la apertura electrónica.
El proceso de evaluación será interno y no se entregará información durante su desarrollo a los oferentes.
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Consultas aclaratorias a oferentes |
La comisión evaluadora -de estimarlo necesario- podrá efectuar consultas a uno o más proponentes, para aclarar puntos específicos de las respectivas ofertas. Tales consultas y sus respuestas deberán ser puestas en conocimiento de todos los oferentes a través del portal.
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Errores u omisiones formales detectadas durante la evaluación. |
La comisión podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales detectados en sus propuestas, siempre y cuando las rectificaciones de dichos errores u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás, afectando los principios de estricta sujeción a las Bases y de igualdad de los oferentes, ni se altere la esencia de la oferta o el precio de la misma. Se informará de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información.
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Presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, |
siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación.
Las certificaciones o antecedentes antes señalados (letras c, d y e) deberán ser presentados a través de su ingreso al portal www.mercadopublico.cl en el plazo fatal de 2 días corridos, contados desde el día hábil siguiente al de su aviso a través del sistema de información, vía electrónica. Vencido el plazo sin que medie la respectiva entrega en el portal indicado, se proseguirá con la evaluación de la oferta sin dicha certificación o antecedente.
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Desempate. |
En caso de existir algún empate en el puntaje obtenido por los oferentes de acuerdo a los criterios anteriores, se preferirá al que haya obtenido un mayor puntaje en el Criterio de "Propuesta Económica", de persistir el empate se optará por la oferta con mayor puntaje en "Plazo de Entrega” y si aun así el empate continúa se resolverá considerando el criterio “Experiencia de la Empresa".
En caso de que persistiera el empate, una vez aplicado los criterios descritos en la letra e), será la comisión evaluadora que decidirá la propuesta ganadora conforme la oferta que haya sido ingresada primero en el sistema www.mercadopublico.cl.
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Cierre del proceso de evaluación. |
Terminada la etapa evaluativa, la comisión levantará un acta de evaluación, en la que deberá dejar constancia de las actuaciones efectuadas en el desempeño de sus funciones. Cómo mínimo, el acta mencionada deberá contener la siguiente información:
i. El listado de las ofertas evaluadas por la Comisión.
ii. Los puntajes asignados a cada oferta según los criterios establecidos en las bases.
iii. La o las ofertas que deben declararse inadmisibles por no cumplir con los requisitos establecidos en las bases, debiéndose especificar los requisitos incumplidos.
iv. La proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien cuando la comisión evaluadora juzgare que las ofertas no resultan convenientes a los intereses de la Subsecretaría.
v. La asignación de puntajes para cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación.
vi. La proposición de adjudicación dirigida a la autoridad facultada para adoptar la decisión final.
vii. El nombre, cargo y firma de los funcionarios que participaron en la evaluación.
El informe final de evaluación será publicado en el portal en conjunto con la resolución que adjudique la licitación.
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CONDICIONES Y PLAZOS PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO |
El proponente adjudicado deberá estar inscrito en el Registro de Proveedores de Mercado Público para la formalización del contrato y tener la condición de proveedor hábil de acuerdo a dicho registro.
Si la oferta adjudicada fue presentada en Unión Temporal de Proveedores, todos los proveedores que participan de ella deberán estar inscritos endicho Registro.
De conformidad con lo consignado en el considerando 7° y artículo 63 del Reglamento de la Ley N° 19.886, para el caso, los contratos mayores a 100 UTM e Inferiores a 1000 UTM, podrán formalizarse mediante la emisión de la orden de compra y la aceptación de ésta por parte del proveedor.
Si el adjudicatario no acepta la orden de compra, el Ministerio podrá solicitar su rechazo, entendiéndose definitivamente rechazada una vez transcurridas las 24 horas desde dicha solicitud, en tal caso el Ministerio tendrá por desistida la oferta y podrá, seguidamente, resolver que se adjudica la licitación al siguiente proponente mejor evaluado o bien derechamente declarar desierta la licitación por no ser conveniente para los intereses de la administración.
La contratación se regirá por la legislación chilena y muy especialmente por la normativa aplicable a la contratación por parte de los organismos de la Administración Pública del Estado de Chile.
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Obligaciones laborales y previsionales y subcontratación |
Junto con la devolución del contrato firmado, el contratista deberá acompañar un Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales, emitido por la Dirección del Trabajo o bien una entidad acreditada para el efecto y una declaración jurada a fin de que la Subsecretaría verifique si registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con aquellos contratados en los últimos dos años. De existir, el Ministerio a través de la Subsecretaría dará curso al contrato debiendo el Contratista dar cumplimiento a lo dispuesto en el inciso 2°, del artículo 4° de la Ley N° 19.886.
La Subsecretaría podrá ejercer esta facultad en cualquier momento durante la vigencia del contrato. Para este efecto se materializará como una cláusula en el mismo.
En caso de no acompañar el certificado al inicio del contrato, asiste a la Subsecretaría la facultad de readjudicar el contrato conforme las reglas que da cuenta el Punto 7.2 de estas Bases Administrativas.
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RESERVA DE DERECHOS |
La Subsecretaría se reserva el derecho a:
a) Revocar el presente llamado a licitación hasta antes de la fecha de presentación de propuestas, como resultado de modificaciones presupuestarias sobrevinientes, y, en general, por fuerza mayor o caso fortuito, mediante acto administrativo fundado al efecto que se publicará en el portal www.mercadopublico.cl.
b) La Subsecretaría podrá en cualquier momento, y hasta antes del vencimiento del plazo de presentación de las ofertas, modificar las presentes Bases, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración o consulta. La Subsecretaría evaluará las condiciones de aplicación de las modificaciones, considerando la naturaleza de las mismas, para ajustar los plazos de presentación de las ofertas si la situación lo amerita. Dichas modificaciones serán obligatorias para todos los participantes y serán publicadas en el portalwww.mercadopublico.cl.
c) Declarar desierta la licitación en caso de que todas las propuestas ofrecidas excedan la disponibilidad presupuestaria con que cuenta para financiar el gasto que irrogue la contratación de los servicios que se licitan.
d) Adjudicar a la propuesta que sea la mejor combinación de factores técnicos, aunque no sea la del menor precio ofrecido.
e) Realizar observaciones a la propuesta técnica que resulte adjudicada para la ejecución del trabajo, las que deberán ser incorporadas por el proponente adjudicado en la ejecución de los servicios de que se trata, siempre que ello no signifique un costo mayor para el adjudicatario, una modificación esencial a los servicios licitados o una alteración al principio de igualdad entre los proponentes.
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PACTO DE INTEGRIDAD |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las Bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
a) El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso citatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
b) El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
c) El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
d) El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
e) El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las Bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
f) El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
g) El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
h) El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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OTRAS CLÁUSULAS |
12.1 Subcontratación.
El proponente podrá subcontratar servicios no asociados al diseño y prueba de cuestionarios, levantamiento, supervisión y validación de datos, y documentación del proceso. Lo anterior deberá ser señalado expresamente en su propuesta indicando a quien subcontratará. Con todo la completa responsabilidad del proceso y la coordinación de todas las tareas permanecerán radicadas en el contratista que se adjudique la presente licitación.
En caso de que la subcontratación implique el uso de información, las obligaciones referidas a ésta serán igualmente oponibles al subcontratista, debiendo el proponente adjudicado suscribir los documentos necesarios que resguarden el cumplimiento de los deberes de confidencialidad estipulados en estas Bases.
El hecho de subcontratar parte de los servicios no exime de responsabilidad al contratista en el cumplimiento de las obligaciones que emanen del contrato que al efecto se suscriba con el Ministerio, entendiéndose que queda igualmente obligado a la ejecución de los servicios de que se trata, en los plazos y condiciones que se estipulen en dicho instrumento, no siendo válido excusarse por retardos, incumplimientos, y otros por la actuación de los subcontratados.
Los subcontratados por parte del contratista no tendrán relación alguna, ni directa ni indirecta con el Ministerio, no desarrollando en ningún caso labores al interior de las dependencias del Ministerio, por ende este no contrae obligación alguna por concepto de remuneraciones o cotizaciones previsionales u otras obligaciones laborales o previsionales, respecto del personal que otorga servicios para el contratista, sea directamente o como subcontratista, las que serán de responsabilidad exclusiva de este último.
12.2 Mantención de los servicios materia de la licitación
Los costos asociados a las mantenciones, tales como ajustes, rectificación, regularización de los servicios y similares, para la continuidad operativa de los servicios, en las condiciones y niveles de servicio requeridos, serán de cargo del contratista. Asimismo, se consideran dentro de este ítem, los mayores costos que deba asumir el contratista por situaciones no previstas en el mercado, estructura de su empresa, personal e infraestructura tecnológica de éste al momento de formular la oferta.
12.3 Propiedad Intelectual y Otros.
Los resultados materia del suministro y toda la información generada en el marco del contrato serán de propiedad del Ministerio de Desarrollo Social y Familia, quedando prohibido al contratista su utilización sin la autorización escrita y previa.
12.4 Interpretación del contrato.
En la eventualidad que en el curso del contrato se produjeran discrepancias o incompatibilidades en cuanto a lo indicado o previsto en los diversos documentos que rigen la prestación de los servicios, la controversia se resolverá a favor de lo contenido en aquel documento que, tratando del tema en controversia, aparezca mencionado primero en la lista indicada a continuación:
a) Bases de Licitación
b) Aclaraciones
c) Propuesta Técnica del contratista
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ADJUDICACIÓN |
7.1 Publicación de la adjudicación
Cerrado el proceso de evaluación, y de acuerdo a lo propuesto en el informe de evaluación correspondiente, la Subsecretaría dictará el acto administrativo de adjudicación escogiendo la propuesta más ventajosa, considerando los criterios de evaluación con sus correspondientes puntajes y ponderaciones, establecidos en las presentes bases o bien declarará desierta la licitación, por no ser las ofertas convenientes para los intereses del Ministerio. Dicho acto se publicará en el portal www.mercadopublico.cl de acuerdo a lo señalado en las presentes Bases.
En caso de que el proceso antes señalado experimente demoras a causa de hechos propios de la Subsecretaría o situaciones de fuerza mayor o caso fortuito, la Subsecretaría informará esta situación en el portal por intermedio de la Jefatura de la División de Administración y Finanzas y señalará ahí el plazo para la dictación del respectivo acto administrativo.
Si existieran dudas y/o consultas respecto de la adjudicación podrá efectuarse la consulta respectiva, de forma electrónica dirigida a un correo electrónico que será informado en www.mercadopublico.cl.
7.2 Causales para readjudicar.
La adjudicación podrá ser dejada sin efecto y readjudicada en los siguientes casos:
• Si el oferente adjudicado es inhábil para contratar con la Subsecretaría.
• Si el oferente adjudicado no se inscribe en el Registro de Proveedores, en el plazo de 10 días hábiles, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, en caso de que no lo estuviere al momento de presentar la propuesta.
• Si el proveedor adjudicatario fuese inhábil en los términos del artículo 4° inciso 6° de la ley N° 19.886 al momento de la suscripción del contrato o de la emisión de la Orden de Compra.
• En el caso de que el adjudicatario sea una UTP y alguno de sus integrantes estuviese afecto a las inhabilidades del artículo 4°, inciso 6° de la Ley N° 19.886.
• Luego del retiro de alguno de sus miembros, la UTP debe continuar funcionando con al menos 2 integrantes. Si la integración no cumple con el mínimo recién indicado, o se produce lo indicado en el Punto N° 4.1.1 de las presentes Bases, en que la participación del o los integrante/s inhabilitado/s fue determinante en la evaluación de la oferta, la Subsecretaría se reserva el derecho a dejar sin efecto la adjudicación y readjudicar al siguiente proponente mejor evaluado.
• Si el oferente adjudicado no cumple con la obligación de entregar los certificados que procedan conforme al Punto N° 9.9 las presentes Bases Administrativas, en caso de que no lo tenga debidamente actualizado en el Registro de Proveedores de Mercado Público o no lo haya entregado junto con su propuesta.
• Si el oferente adjudicado no cumple con la obligación de entregar los certificados que procedan conforme al Punto N° 9.7. las presentes Bases Administrativas, en caso de que no lo tenga debidamente actualizado en el Registro de Proveedores de Mercado Público o no lo haya entregado junto con su propuesta.
En caso de que la adjudicación sea dejada sin efecto por las causales precedentes, la Subsecretaría podrá adjudicar la propuesta al siguiente oferente mejor evaluado y siempre que a su respecto no concurra tampoco alguna de las causales enunciadas y así sucesivamente, dentro del plazo de 60 días corridos contados desde la publicación del acto administrativo que adjudica el proceso de compra.
La notificación de la adjudicación se entiende practicada a las 24 horas siguientes de la publicación del acto administrativo en el portal www.mercadopublico.cl
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
Si existieran dudas y/o consultas respecto de la adjudicación podrá efectuarse la consulta respectiva, de forma electrónica dirigida al correo electrónico de la Subsecretaría que será informado en http://www.mercadopublico.cl, el que correspondera a svilches@desarrollosocial.cl.
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Legalidad de las bases |
Con todo, prima lo establecido en las bases de licitación aprobadas a través de Resolución Exenta N° 694, adjunta.
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