Licitación ID: 711841-53-LE24
ELABORACION DE CAPSULAS EDUCATIVAS SNAC
Responsable de esta licitación: SUBSECRETARIA DE SERVICIOS SOCIALES
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Productos o servicios
1
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Cod: 42301507
El objeto de la presente contratación es el diseño del contenido y la elaboración de 15 cápsulas educativas que serán utilizadas en programas de la Subsecretaría de Servicios Sociales, en el marco del Sistema Nacional de Cuidados. Las temáticas de las cáp  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
ELABORACION DE CAPSULAS EDUCATIVAS SNAC
Estado:
Adjudicada
Descripción:
El objeto de la presente contratación es el diseño del contenido y la elaboración de 15 cápsulas educativas que serán utilizadas en programas de la Subsecretaría de Servicios Sociales, en el marco del Sistema Nacional de Cuidados. Las temáticas de las cápsulas educativas corresponden a herramientas para el cuidado de una persona con dependencia y herramientas para promover el autocuidado de las personas cuidadoras. El objetivo de estas cápsulas es favorecer el desarrollo de rutinas de cuidado más eficientes, buscando que las personas cuidadoras desarrollen un mayor control del uso del tiempo y avancen en la incorporación de acciones diarias de autocuidado. De este modo, el autocuidado es un elemento que debe estar presente de manera transversal en las cápsulas.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
El contrato se formalizará con la orden de compra
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
SUBSECRETARIA DE SERVICIOS SOCIALES
R.U.T.:
60.103.000-4
Dirección:
Catedral 1575, primer piso
Comuna:
Santiago Centro
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 03-12-2024 15:30:00
Fecha de Publicación: 27-11-2024 16:33:00
Fecha inicio de preguntas: 27-11-2024 18:01:00
Fecha final de preguntas: 28-11-2024 18:02:00
Fecha de publicación de respuestas: 01-12-2024 18:30:00
Fecha de acto de apertura técnica: 03-12-2024 15:31:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 03-12-2024 15:31:00
Fecha de Adjudicación: 16-12-2024 15:45:17
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
https://teams.microsoft.com/l/meetup-join/19%3ameeting_OWJhNTkyNTctZGU0OS00Mjc1LWJhZmYtNmNiZjFkMDY5OGIz%40thread.v2/0?context=%7b%22Tid%22%3a%2256502b94-1601-4404-b358-c1d60258a69c%22%2c%22Oid%22%3a%22e9f083d9-daa6-496e-926d-d9e632b14150%22%7d 29-11-2024 9:30:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Los oferentes deberán publicar en el portal www.mercadopublico.cl en el Ítem 1 los Anexos Administrativos N° 1, 2, 3 o 4, según corresponda, debidamente firmados por el proponente o su representante legal. Cuando el oferente sea una Unión Temporal de Proveedores (UTP), aquél deberá presentar un anexo por cada integrante de la UTP, suscrito por el representante legal del integrante o por éste, según, sea el caso. Nota 1: La omisión de los Anexos Administrativos N° 2, 3 o 4 en la apertura, según corresponda, provocará que la oferta sea declarada inadmisible y, en consecuencia, dicha propuesta no será evaluada.
Documentos Técnicos
1.- Oferta técnica. Los oferentes deberán ingresar su propuesta técnica en el Sistema de Información, adjuntando el o los archivos correspondientes en el portal www.mercadopublico.cl de acuerdo con los requisitos y detalle del Capítulo II “Bases Técnicas”. La oferta técnica deberá tener una vigencia mínima de 60 días, contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas indicado en el portal. Nota 4: La omisión de la oferta técnica, en la apertura provocará que la oferta sea declarada inadmisible y, por tanto, no será evaluada. Nota 5: Si durante la evaluación se advierte de la omisión de cualquiera de los documentos y/o antecedentes que componen la oferta técnica, esta será declarada inadmisible y, por tanto, no será evaluada.
 
Documentos Económicos
1.- Oferta económica (Anexo N° 5 Oferta Económica) Los oferentes deberán ingresar su propuesta económica en el Sistema de Información, adjuntando el o los archivos correspondientes en el portal www.mercadopublico.cl. i). - El precio de la oferta económica se expresará en pesos chilenos (valor neto) ii). - El oferente indicará el régimen tributario al cual se encuentra afecto o bien si todo o parte de sus servicios están exentos de determinado impuesto. iii). - La oferta deberá tener una vigencia mínima de 60 días, contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas indicado en el portal. Nota 2: La omisión de la oferta Económica, en la apertura provocará que la oferta sea declarada inadmisible y, por tanto, no será evaluada. Nota 3: Si durante la evaluación se advierte de la omisión de cualquiera de los documentos y/o antecedentes que componen la oferta económica, esta será declarada inadmisible y, por tanto, no será evaluada.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- a. Inscripción al Registro Único Tributario y declaración de inicio de actividades (Formulario 4415 Servicio de Impuestos Internos)
- b. Copia de cédula de identidad
- c. Documento público o privado, según corresponda, para situación de Unión Temporal de Proveedores que da cuenta el artículo 67° bis del Reglamento de la Ley N° 19.886.
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- I18n entry not found: a) Certificado de vigencia o de existencia de Ia persona jurídica con una antigüedad no superior a 90 días corridos, contados desde la fecha de total tramitación de la adjudicación (otorgado por el respectivo organismo competente; Subsecretaría de Justici
- I18n entry not found: b) Poderes. Certificado de vigencia del poder del representante legal, con una antigüedad no superior a 90 días corridos, contados desde la fecha de la total tramitación de la adjudicación o bien, cualquier otro antecedente legal que acredite la vigen
- I18n entry not found: c) Copia del documento donde conste la personería del representante legal con una antigüedad no anterior a 90 días corridos, contados desde la fecha de la total tramitación de la adjudicación (Reg. Comercio, Archivo Judicial, otros del caso).
- I18n entry not found: d) Copia del RUT
- I18n entry not found: e) Documento público o privado, según corresponda, para situación de Unión Temporal de Proveedores que da cuenta el artículo 67° bis del Reglamento de la Ley N° 19.886.
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 TÉCNICO – EVALUACIÓN DE TRABAJOS ANTERIORES Este criterio considera la evaluación de trabajos anteriores realizados por el oferente, idealmente similares a los requeridos, estableciéndose los niveles de ‘Cumple’ si el concepto se adapta razonablemente a lo solicitado y ‘No cumple’ en caso contrario. Para la evaluación, se considerará el puntaje establecido en las bases de licitación punto 6.1.2 35%
2 CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES La evaluación de los requisitos formales de cada oferta se realizará en función del cumplimiento del envío, por parte de los oferentes, de toda la información solicitada para las bases de licitación. El puntaje se asignará de acuerdo con la siguiente definición: EVALUACIÓN CUMPLIMIENTO PUNTAJE Cumple dentro del plazo con los anexos y documentos requeridos 100 No cumple con todo lo requerido dentro del plazo para la presentación de oferta, pero cumple el plazo de foro inverso 50 No cumple con todo lo requerido dentro del plazo para la presentación de oferta, ni en la solicitud por foro inverso. 0 5%
3 PROGRAMA DE INTEGRIDAD El oferente deberá señalar si cuenta con programa de integridad con una vigencia mínima de 6 meses y que sea conocido por su personal de acuerdo con el detalle solicitado en el Anexo N° 6. Para lo anterior, deberá enviarse respaldo de dicho de programa que lo acredite. Sin respaldo respectivo, no se considerará lo informado. Descripción Puntaje El oferente presenta programas de integridad y entrega los respaldos de verificación que el programa de integridad es conocido por su personal. 100 No presenta programas de integridad o no informa 0 5%
4 PROGRAMAS DE SUSTENTABILIDAD El proveedor deberá señalar si cuenta con programas y/o políticas de sustentabilidad medioambiental que sean conocidas por su personal. Para lo anterior, deberá enviarse respaldo de dicho de programa que demuestre esto y/o certificación respectiva de alguna institución referida a dichas materiasPuntaje Criterio 100 El proveedor presenta programas y/o políticas de sustentabilidad con respaldo respectivo. 0 No tiene programas y/o políticas de sustentabilidad o no informa. El programa debe contar con una vigencia mínima de 6 meses. 5%
5 ECONÓMICO - PRECIO (MENOR OFERTA/OFERTA) *100 45%
6 COMPRAS PÚBLICAS INCLUSIVAS Según cuadro bases licitación punto 6.1.3 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: No hay información
Monto Total Estimado: 45822333
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Walter Cortez Fernandez
e-mail de responsable de pago: wcortez@desarrollosocial.cl
Nombre de responsable de contrato: Walter Cortez Fernandez
e-mail de responsable de contrato: wcortez@desarrollosocial.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-02-26751500-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Desempate
En caso de existir algún empate en el puntaje obtenido por los oferentes de acuerdo con los criterios anteriores, se preferirá al que haya obtenido un mayor puntaje en el criterio precio, de persistir el empate se optará por la oferta con mayor puntaje en el criterio evaluación de trabajos anteriores. En caso de que persistiera el empate, una vez aplicado los criterios descritos precedentemente será la comisión evaluadora que decidirá la propuesta ganadora conforme la oferta admisible que haya sido ingresada primero en el sistema www.mercadopublico.cl.
DEL PROCESO DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
a) Integración. La Comisión Evaluadora estará integrada a lo menos por 3 profesionales funcionarios/as de planta o contrata, propuestos por la jefatura de División de Promoción y Protección Social y designados mediante el correspondiente acto administrativo que dictará la jefatura de la División de Administración y Finanzas, el cual será publicado en el portal www.mercadopublico.cl antes de la fecha de cierre de presentación de las propuestas. Con todo, podrá integrarse la comisión evaluadora conforme señala el inciso 5 del artículo 37 del Reglamento de la Ley de Compras, siguiendo las limitaciones ahí indicadas. b) Plazo para evaluar. La comisión de evaluación dispondrá de un plazo de hasta 10 días hábiles para evaluar contado desde el día de la apertura electrónica. El proceso de evaluación será interno y no se entregará información durante su desarrollo a los oferentes. c) Consultas aclaratorias a oferentes. La comisión evaluadora -de estimarlo necesario- podrá efectuar consultas a uno o más proponentes, para aclarar puntos específicos de las respectivas ofertas. Tales consultas y sus respuestas deberán ser puestas en conocimiento de todos los oferentes a través del portal. d) Errores u omisiones formales detectadas durante la evaluación. La comisión podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales detectados en sus propuestas, siempre y cuando las rectificaciones de dichos errores u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás, afectando los principios de estricta sujeción a las Bases y de igualdad de los oferentes, ni se altere la esencia de la oferta o el precio de esta. Se informará de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información. e) Presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación. Las certificaciones o antecedentes antes señalados (letras c, d y e) deberán ser presentados a través de su ingreso al portal www.mercadopublico.cl en el plazo fatal de 3 días corridos, contado desde el día hábil siguiente al de su aviso a través del sistema de información, vía electrónica. Vencido el plazo sin que medie la respectiva entrega en el portal indicado, se proseguirá con la evaluación de la oferta sin dicha certificación o antecedente. f) Cierre del proceso de evaluación. Terminada la etapa evaluativa, la comisión levantará un Informe Final de Evaluación, en la que deberá tomar acta de las actuaciones efectuadas en el desempeño de sus funciones. Cómo mínimo, el Informe mencionado deberá contener la siguiente información: i) El listado de las ofertas evaluadas por la Comisión. ii) Los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas. iii) La ofertas que deben declararse inadmisibles por no cumplir con los requisitos establecidos en las bases, debiéndose especificar los requisitos incumplidos. iv) La proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien, cuando la comisión evaluadora juzgare que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses de la Entidad Licitante. v) La asignación de puntajes para cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación. vi) La proposición de adjudicación, dirigida a la autoridad facultada para adoptar la decisión final. vii) El nombre, cargo y firma de los funcionarios que participaron en la evaluación. Este Informe Final de Evaluación, será publicado en el portal www.mercadopublico.cl en conjunto con la resolución que adjudique la licitación.
Publicación de la adjudicación
Cerrado el proceso de evaluación y de acuerdo con lo propuesto en el Informe Final de Evaluación correspondiente, la Subsecretaría dictará el acto administrativo de adjudicación escogiendo la propuesta más ventajosa, considerando los criterios de evaluación establecidos en las Bases con sus correspondientes puntajes y ponderaciones, o bien declarará desierta la licitación, por no ser las ofertas convenientes para los intereses de la Subsecretaría. Dicho acto se publicará en el portal www.mercadopublico.cl de acuerdo con lo señalado en las Bases. En caso de que el proceso antes señalado experimente demoras a causa de hechos propios de la Subsecretaría o situaciones de fuerza mayor o caso fortuito, la Subsecretaría informará esta situación en el portal por intermedio de la Jefatura de la División de Administración y Finanzas y señalará ahí el plazo para la dictación del respectivo acto administrativo. Si existieran dudas y/o consultas respecto de la adjudicación podrá efectuarse la consulta respectiva, de forma electrónica dirigida al correo electrónico.
Causales para readjudicar
La adjudicación podrá ser dejada sin efecto y readjudicada en los siguientes casos: • Si el oferente adjudicado es inhábil para contratar con la Subsecretaría. • Si el oferente adjudicado no se inscribe en el Registro de Proveedores, dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde de la notificación de la resolución de adjudicación, en caso de que no lo estuviere al momento de presentar la propuesta. • Si el proveedor adjudicatario fuese inhábil en los términos del artículo 4° inciso 6° de la Ley N° 19.886 al momento de la suscripción del contrato, o por cualquier otra de las inhabilidades para contratar señaladas en el 4.1. de las bases administrativas. • En el caso de que el adjudicatario sea una UTP y alguno de sus integrantes estuviese afecto a las inhabilidades del artículo 4°, inciso 6° de la Ley N° 19.886. o por cualquier otra de las inhabilidades para contratar señaladas en el 4.1. de las bases administrativas. Luego del retiro de alguno de sus miembros, la UTP debe continuar funcionando con al menos 2 integrantes. Si la integración no cumple con el mínimo recién indicado, o se produce lo indicado en el Punto N° 4.1.1 de las Bases, en que la participación del o los integrantes inhabilitados fue determinante en la evaluación de la oferta, la Subsecretaría se reserva el derecho a dejar sin efecto la adjudicación y readjudicar al siguiente proponente mejor evaluado. • Si el oferente adjudicado no cumple con la obligación de entregar los certificados que procedan conforme al Punto N° 5 las presentes Bases Administrativas, en caso de que no lo tenga debidamente actualizado en el Registro de Proveedores de Mercado Público o no lo haya entregado junto con su propuesta. • Si el oferente adjudicado no cumple con la obligación de entregar los certificados que procedan conforme al Punto N° 9.6. las Bases Administrativas, en caso de que no lo tenga debidamente actualizado en el Registro de Proveedores de Mercado Público o no lo haya entregado junto con su propuesta. • Si el oferente adjudicado no firma el contrato dentro del plazo establecido en las Bases. En el caso de que la adjudicación sea dejada sin efecto por las causales precedentes, la Subsecretaría podrá adjudicar la propuesta al siguiente oferente mejor evaluado y siempre que a su respecto no concurra tampoco alguna de las causales enunciadas y así sucesivamente, dentro del plazo de 120 días corridos contados desde la publicación del acto administrativo que adjudica el proceso de compra. La notificación de la adjudicación se entiende practicada a las 24 horas siguientes de la publicación del acto administrativo en el portal www.mercadopublico.cl
CONDICIONES Y PLAZOS PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO
El proponente adjudicado deberá estar inscrito en el portal de Mercado Público para la formalización del contrato y tener la condición de proveedor hábil de acuerdo con dicho registro. Si la oferta adjudicada fue presentada en Unión Temporal de Proveedores, todos los proveedores que participan de ella deberán estar inscritos en el Registro de Proveedores de Mercado Público. De conformidad con lo consignado en el artículo 63 del reglamento de la ley N° 19.886, tratándose de adquisiciones superiores a 100 UTM e inferiores a 1.000 UTM, éstas podrán formalizarse mediante la emisión de la orden de compra y aceptación de ésta por parte del proveedor cuando se trate de bienes o servicios estándar de simple y objetiva especificación y se haya establecido así en las respectivas bases de licitación, cuestión que se consigna en el considerando 5° de la presente Resolución. Si el adjudicatario no acepta la orden de compra, la Subsecretaría podrá solicitar su rechazo, entendiéndose definitivamente rechazada una vez transcurridas las 24 horas desde dicha solicitud, en tal caso la Subsecretaría tendrá por desistida la oferta y podrá, seguidamente, resolver que se adjudica la licitación al siguiente proponente mejor evaluado o bien derechamente declarar desierta la licitación por no ser conveniente para los intereses de la administración. La contratación se regirá por la legislación chilena y muy especialmente por la normativa aplicable a la contratación por parte de los organismos de la Administración Pública del Estado de Chile. Las partes no podrán ceder los derechos y obligaciones del contrato a terceros.
Consideraciones relacionadas con la facturación
a) El contratista no podrá entregar a la Subsecretaría la factura por los servicios prestados mientras la contraparte técnica no apruebe formalmente los servicios solicitados. b) Al momento de hacerse efectivo los pagos, y no habiendo operado la transferencia a terceros, el contratista deberá entregar la copia a que se refiere el artículo 1° de la Ley N° 19.983, que regula la Transferencia y Otorga Mérito Ejecutivo a la Copia de la Factura. c) La factura entregada se entenderá irrevocablemente aceptada, conforme regula los numerales 1 y 2 del Artículo 3° de la Ley N° 19.983, que Regula la Transferencia y Otorga Mérito Ejecutivo a Copia de la Factura. d) La factura debe generarse de manera digital y ser ingresada en el sistema de recepción centralizada de documentos tributarios electrónicos (DTE) de acuerdo con las instrucciones entregadas por el Ministerio de Hacienda. e) Es necesario que al momento de emitir factura complete el campo 801 o referencias, indicando el número de orden de compra asignado por el portal de mercado público. Hay que considerar también que de ingresar la modalidad indique crédito y enviar factura en formato XML a la casilla de intercambio dipresrecepcion@custodium.com. f) En el caso de una UTP, será el representante de esta, indicado en el documento de su constitución, quien deberá emitir la boleta o factura respectiva para cursar los pagos que generen la ejecución contractual. g) La factura deberá ser emitida a nombre de Subsecretaría de Servicios Sociales, RUT N° 60.103.000-4, correo de notificación dipresrecepcion@custodium.com
Acuerdos Operativos
Las presentes bases contemplan y así se considerará en el respectivo contrato, la posibilidad de que la contraparte técnica del Ministerio y del contratista puedan suscribir uno o más acuerdos operativos, los cuales tendrán por finalidad: definir etapas específicas contenidas en las bases, acordar fechas específicas para etapas o actividades relevantes contenidas en las bases y luego en el contrato, y en general otros aspectos de orden administrativo, operativo y/o técnico que se encuentren dentro del marco contractual de los servicios. Lo anterior, se materializará mediante actas que se respaldarán en el informe correspondiente según la fecha de emisión del acta por parte del contratista. La aprobación del informe será el medio de validación por parte de la contraparte técnica del Ministerio de dicha acta. En ningún caso los acuerdos antes citados podrán implicar una alteración a las disposiciones de las bases o alterar disposiciones y/o plazos del contrato, ni alterar aspectos esenciales de la propuesta técnica o los valores expresados en la oferta económica del contratista, como asimismo no podrán afectar la igualdad de los oferentes y el principio de estricta sujeción a las bases.
Multas por incumplimiento contractual
El Ministerio estará facultado para aplicar y cobrar multas al contratista cada vez que se verifique un incumplimiento de sus obligaciones contractuales. Darán lugar a multas el incumplimiento tardío de las obligaciones convenidas, esto es, fuera del plazo estipulado para ello o bien, el incumplimiento de requerimientos solicitados de acuerdo con el siguiente detalle: a) Retardo en la entrega de productos solicitados: Se aplicará multa por aquellos retardos o atrasos en la entrega de los productos de acuerdo con las reglas establecidas en las presentes bases o acuerdos operativos en caso de haberlos. El Ministerio descontará al contratista, por cada día hábil de atraso, un monto equivalente al 0.05% de la cuantía total del contrato. El tiempo de atraso será contado desde aquel en que debió entregarse el/los productos o prestarse el servicio, de acuerdo con las reglas de las presentes bases o acuerdo operativo en caso de haberlo. b) Incumplimiento de requerimientos solicitados: Se estimarán como incumplimiento de requerimientos solicitados los siguientes: la reiterada corrección de contenidos de productos entregados, con el objeto de subsanar aspectos de fondo que afecten el total cumplimiento del material como por ejemplo falta de contenidos de los productos entregados como asimismo la cantidad correspondiente en cada punto de entrega. En tal caso se procederá a la aplicación de multa cuando se solicite la tercera corrección de errores en un producto, la que tendrá la cuantía del 1% del monto total del contrato cada vez que se incurra en una nueva corrección a contar de esta. Las referidas multas, en total, no podrán sobrepasar el 10% del valor total del contrato.
Del procedimiento de comunicación de la aplicación de multas y su impugnación
Si la contraparte técnica del Ministerio considera que existe mérito suficiente para la aplicación de una multa en los términos indicados en las bases, comunicará por escrito su decisión al contratista, mediante un Acta de Multas, indicando los fundamentos y monto de esta. El contratista dispondrá de un plazo de 5 días hábiles contado desde la recepción de la comunicación indicada, para efectuar sus descargos. La notificación al contratista podrá efectuarse, a elección del Ministerio: a) Personalmente, en dependencias del Ministerio o a través de un funcionario designado al efecto en el domicilio del contratista, en ambos casos habrá de dejarse constancia de ello; b) Mediante el envío de carta certificada, o c) Mediante el envío de un solo correo electrónico con todos los antecedentes fundantes, y dirigido a la dirección indicada por la contratista en el Anexo Administrativo N° 1 “Formulario identificación del oferente” de las bases o bien la que expresamente señale el contratista al designar a la Contraparte Técnica. Una vez efectuados los descargos o transcurrido el plazo sin que se hubieran formulado, la contraparte técnica remitirá los antecedentes para su resolución, la que para estos efectos se materializará a través de la dictación de un acto administrativo de la Subsecretaria. Las resoluciones que apliquen multas serán susceptibles de reclamarse acuerdo a la ley N° 19.880, que Establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado
De la forma de aplicar una multa
Las multas, una vez perfeccionada su aplicación conforme con las reglas anteriores, deben ser enteradas por caja por el contratista a la Subsecretaría en un plazo no superior a 5 días hábiles, contados desde la notificación del acto administrativo respectivo. Para lo anterior, el contratista debe realizar una transferencia bancaria a la Subsecretaría de Servicios Sociales a la cuenta corriente N° 9004629, del Banco Estado, RUT 60.103.000-4 y enviar el comprobante de la transacción a tesoreria@desarrollosocial.gob.cl. En el caso que no se hubiere producido el pago de la multa respectiva, se hará efectivo el cobro de la garantía que se hubiese otorgado (de haberla). De ser imposible, se ejecutará la deuda conforme a las normas de derecho común.
Causales de justificación
En la decisión de aplicación de multas, la Subsecretaría considerará los siguientes hechos, debidamente acreditados, como circunstancias que justifican el retardo o el incumplimiento de requerimientos solicitados y que, en consecuencia, pueden dar lugar a la rebaja o exención de multas, según corresponda: a) Cuando los plazos de cumplimiento de los productos, servicios o informes convenidos hayan sido extendidos por instrucción de la Contraparte Técnica del contrato. Lo anterior, sólo en cuanto se encuentre regulado en las Bases Técnicas y se produzca dentro de la vigencia del contrato. b) Si el Contratista no pudo dar cumplimiento a los plazos por falta de un antecedente, visto bueno (V°B°), informe o instrucción de la Contraparte Técnica o de una entidad externa de la cual dependa la definición de metodologías, productos, estándares o similares. Lo anterior es sin perjuicio de la responsabilidad administrativa de la Contraparte Técnica o la responsabilidad que pueda hacerse efectiva respecto de la entidad externa. c) Por la concurrencia de caso fortuito o fuerza mayor, lo que deberá ser informado por el Contratista en un plazo no superior a 5 días hábiles desde su ocurrencia, mediante aviso escrito a la contraparte técnica. No concurriendo causal eximente o informados fuera de plazo tendrán el carácter de atraso no justificado.
Obligaciones laborales y previsionales
El contratista deberá acompañar un Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales, emitido por la Dirección del Trabajo o bien una entidad acreditada para el efecto y una declaración jurada a fin de que la Subsecretaría verifique si registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con aquellos contratados en los últimos dos años. De existir, el Ministerio a través de la Subsecretaría dará curso al contrato debiendo el Contratista dar cumplimiento a lo dispuesto en el inciso 2°, del artículo 4° de la Ley N° 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios. La Subsecretaría podrá ejercer esta facultad en cualquier momento durante la vigencia del contrato. En caso de no acompañar el certificado al inicio del contrato, asiste a la Subsecretaría la facultad de readjudicar el contrato conforme las reglas que da cuenta el Punto 7.2 de las Bases Administrativas
Término anticipado del contrato
El Ministerio pondrá término anticipado al contrato en la forma y casos señalados en el artículo 13° de la ley 19.886 y Artículo 77° de su Reglamento. Asimismo, el contrato podrá terminar anticipadamente por razones de fuerza mayor sobreviniente o caso fortuito, o bien en caso de que se verifique la condición de no contemplar la respectiva ley de presupuestos del sector público recursos para financiar el contrato para el correspondiente ejercicio presupuestario. Para efectos de lo dispuesto en el Artículo 13° letra b) de la Ley N° 19.886 y Artículo 77° N° 2 del Decreto Supremo N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la ley N° 19.886, se considerará que existe incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratista en los siguientes casos: 1. Que las multas acumuladas por retardo o incumplimiento en la entrega de los productos y/o servicios convenidos superen el 10% del precio total del contrato. 2. Por infracción del deber de confidencialidad durante la vigencia del contrato y/o resguardo de datos personales. 3. En caso de que se abandone la ejecución de los servicios o entrega de productos convenidos. Se estimará como abandono el retardo en la entrega de un producto o servicio por un plazo mayor de 15 días corridos contados desde el vencimiento del plazo estipulado para su entrega o la prórroga que se encontrase corriendo. 4. Si el Contratista se encuentra en estado de notoria insolvencia, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato (en caso de haberlas). 5. Si el Contratista no emplea personal en la cantidad y con las competencias necesarias para la prestación del servicio, no cumple con lo señalado en su oferta técnica, requerimientos reglamentarios que le sean aplicables en razón de su giro, entre otros. 6. Si perdiere las certificaciones y autorizaciones necesarias para funcionar en el giro de su actividad. 7. Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos 2 años, a la mitad del período de ejecución del contrato, en cuanto exceda de 6 meses. 8. Conductas del proveedor que impliquen una infracción a las normas contenidas en el “pacto de integridad” señalado en estas bases. 9. Si el proveedor es condenado en virtud de lo establecido en el artículo 33 de la ley N° 21.595 sobre Delitos Económicos. 10. Ocurrencia de alguna Infracción a una obligación específica señaladas en las bases administrativas y técnicas que expresamente señalen que constituye incumplimiento grave. 11. La constatación de que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. De verificarse tal circunstancia, se remitirán los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica. 12. Inhabilidad sobreviniente de alguno de los integrantes de la UTP, en la medida que la UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados. 13. Si la UTP oculta información relevante para ejecutar el contrato, que afecte a cualquiera de sus miembros. 14. Disolución de la UTP. 15. Si uno de los integrantes de la UTP se retira de ésta, y dicho integrante reuniese una o más características objeto de la evaluación de la oferta. Para la aplicación de todas las causales de término anticipado previamente señalas, salvo las que proceden por resciliación y/o mutuo acuerdo de las partes o por caso fortuito o caso mayor, se aplicará el procedimiento regulado en el 9.5.2. “Del procedimiento de comunicación de la aplicación de multas y su impugnación”. Puesto término anticipado al contrato por cualquiera de las causas señaladas y otras establecidas en las bases imputables al contratista, el Ministerio de Desarrollo Social y Familia, a través de la Subsecretaría, podrá cobrar y hacer efectiva las garantías (de haberlas), administrativamente y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial y de acuerdo con el procedimiento que corresponda según su naturaleza. Todo lo anterior se entenderá sin perjuicio de las demás acciones legales que le pudieren corresponder al Ministerio en contra del contratante.
Contraparte técnica
La contraparte técnica del Ministerio será la jefatura de División de Promoción y Protección Social o bien el funcionario o funcionaria que ésta designe y así lo informe al contratista (designará un titular y un suplente) y tendrá a lo menos las siguientes obligaciones: a) Supervisar y controlar el desarrollo de los servicios, velando por el estricto cumplimento de los objetivos del contrato y condiciones acordadas. b) Dar su aprobación a los servicios que deban entregarse, planteando al contratista las observaciones y/o recomendaciones que se estimen convenientes. c) De haberlos, autorizar los acuerdos operativos establecidos en las bases. d) Proponer la aplicación de las sanciones, multas e informar los incumplimientos que se produzcan por parte del contratista. e) De ser necesario, colaborar y asistir al contratista en la obtención de documentos oficiales y de trabajo internos del Ministerio que correspondan. f) Deberá tramitar las autorizaciones que se requieran y efectuar las coordinaciones que correspondan con las instancias técnicas y administrativas competentes o relacionadas con la materia, tales como servicios de salud, operador logístico (de haberlo), entre otros. g) Otras que le entreguen las bases administrativas y técnicas. Por su parte, el contratista deberá designar una contraparte técnica que se relacione con la contraparte técnica del Ministerio.
RESERVA DE DERECHOS
La Subsecretaría se reserva el derecho a: a) Revocar el presente llamado a licitación hasta antes de la fecha de cierre de recepción de ofertas, como resultado de modificaciones presupuestarias sobrevinientes, y, en general, por fuerza mayor o caso fortuito, mediante acto administrativo fundado al efecto que se publicará en el portal www.mercadopublico.cl. b) La Subsecretaría podrá en cualquier momento, y hasta antes del vencimiento del plazo de presentación de las ofertas, modificar las Bases, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración o consulta. La Subsecretaría evaluará las condiciones de aplicación de las modificaciones, considerando la naturaleza de las mismas, para ajustar los plazos de presentación de las ofertas si la situación lo amerita. Dichas modificaciones serán obligatorias para todos los participantes y serán publicadas en el portal www.mercadopublico.cl. c) Declarar desierta la licitación en caso de que todas las propuestas ofrecidas excedan la disponibilidad presupuestaria con que cuenta para financiar el gasto que irrogue la contratación de los servicios que se licitan. d) Adjudicar la propuesta que sea la mejor combinación de factores técnicos y de precio, aunque no sea la del menor precio ofrecido. e) Realizar observaciones a la propuesta técnica que resulte adjudicada para la ejecución del trabajo, las que deberán ser incorporadas por el proponente adjudicado en la ejecución de los servicios de que se trata, siempre que ello no signifique un costo mayor para el adjudicatario, una modificación esencial a los servicios licitados o una alteración al principio de igualdad entre los proponentes. f) Adjudicar a la propuesta del siguiente mejor puntaje, cuando el oferente adjudicado no se presente a celebrar el contrato o no suministre la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, conforme a la forma y plazo establecidos en estas Bases.
PACTO DE INTEGRIDAD
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las Bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos tanto para el proceso de licitación, y de ser adjudicado, durante la vigencia del contrato: a) Se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven. b) Se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas. c) Se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de esta. d) Se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. e) Manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las Bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase. f) Se obliga y acepta asumir las consecuencias y sanciones previstas en las bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma. g) Reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas. h) Se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes
Propiedad
Será de propiedad exclusiva de la Subsecretaría, la información residente en medios magnéticos, electrónicos y documentación que se entregue al contratista para la ejecución de los servicios objeto de esta licitación. El contratista, por tanto, renuncia expresamente a cualquier pretensión de derechos de propiedad sobre los productos obtenidos de dicha información. En consecuencia, al término del contrato no podrá conservar en su poder parte alguna de dichos productos ni utilizarlos en proyectos futuros.
Interpretación del contrato
En la eventualidad que en el curso de los servicios se produjeran discrepancias o incompatibilidades en cuanto a lo indicado o previsto en los diversos documentos que rigen la prestación de los servicios, la controversia se resolverá a favor de lo contenido en aquel documento que, tratando del tema en controversia, aparezca mencionado primero en la lista indicada a continuación. a. Bases de Licitación. b. Aclaraciones. c. Contrato. d. Propuesta Técnica del oferente
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.