Licitación ID: 712307-82-LE22
Servicios Elaboración Tasaciones terrenos para el Mejoramiento Calle 3 Poniente Entre 1 Norte Y Pasaje Pinar -Temuco
Responsable de esta licitación: SERVICIO DE VIVIENDA Y URBANIZACION IX REGION, Licitaciones y Costos
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 0
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Productos o servicios
1
Profesionales 1 Unidad
Cod: 80111715
Se solicita los servicios profesionales de una terna de Peritos para la elaboración de informes de tasación para el proyecto Mejoramiento Calle 3 Poniente Entre 1 Norte Y Pasaje Pinar -Temuco” por un monto unitario de $360.000.- bruto  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Servicios Elaboración Tasaciones terrenos para el Mejoramiento Calle 3 Poniente Entre 1 Norte Y Pasaje Pinar -Temuco
Estado:
Adjudicada
Descripción:
Se solicita los servicios profesionales de una terna de Peritos para la elaboración de informes de tasación para el proyecto “Mejoramiento Calle 3 Poniente Entre 1 Norte Y Pasaje Pinar -Temuco” por un monto unitario de$360.000.- bruto
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
El contrato se formalizará con la orden de compra
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
SERVICIO DE VIVIENDA Y URBANIZACION IX REGION
Unidad de compra:
Licitaciones y Costos
R.U.T.:
61.821.000-6
Dirección:
O'Higgins 830
Comuna:
Temuco
Región en que se genera la licitación:
Región de la Araucanía
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 08-09-2022 11:00:00
Fecha de Publicación: 01-09-2022 15:46:45
Fecha inicio de preguntas: 01-09-2022 18:00:00
Fecha final de preguntas: 04-09-2022 15:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 06-09-2022 18:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 08-09-2022 11:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 08-09-2022 11:01:00
Fecha de Adjudicación: 17-11-2022 15:05:02
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Formulario A/A´/A´´: "Formulario de presentación" junto a cédula de identidad de la persona natural o jurídica (representante legal),según corresponda. El anexo A'' es de uso exclusivo para quienes postulen en modalidad de Unión temporal de proveedores. El oferente debe presentar uno de los 3 formularios de presentación;
2.- Formulario B: "Declaración Jurada Simple" , declarando que cumple con lo solicitado, conoce y acepta las condiciones de la asesoría/consultoría/diseño, se compromete a trabajar y se acoge a las sanciones en caso de incumplimiento. Debe ser presentada por el consultor.
3.- Formulario C:(exclusivo para Unión Temporal de Proveedores UTP). Declaración Jurada Simple, por cada integrante de la UTP, donde se señale que el proveedor no posee inhabilidades e incompatibilidades para contratar , El oferente que realice la declaración para ofertar electrónicamente. no debe anexar este formulario, pero sí los demás integrantes. La falta de este documento dejará fuera de bases al oferente (UTP). *Quien postule en esta modalidad debe consultar el punto 9.21 de las presentes bases y la directiva de Contratación Publica N° 22, dado que se requerirán documentos adicionales.
4.- En caso de que el oferente sea persona jurídica y no se encuentre hábil en mercadopublico.cl deberá adjuntar: identificación de socios: individualización completa de los socios (nombre completo, número de cédula de identidad, estado civil, domicilio) indicando su porcentaje de participación en la empresa salvo que se trate de una sociedad anónima abierta. También deberá adjuntar estos documentos la persona jurídica que estando hábil en mercadopublico.cl no tenga disponible estos documentos en el portalchilecompra.cl;
5.- Se requerirá para la contratación que la terna se encuentre vigente en el Registro de Consultores Técnicos del Ministerio de Vivienda y urbanismo en el rubro, especialidad, subespecialidad, código y categoría que se indican en el punto “9.8.- Adjudicación, re adjudicación y criterios de desempate” de las Bases Administrativas;
6.- Formulario D: NOMINA DE PROFESIONALES EQUIPO BASE DE CONSULTORIA: Declara a los profesionales que integran el Equipo y participarán en la prestación de servicios solicitados
7.- Toda la documentación anteriormente mencionada, debe subirse en digital a los antecedentes de la oferta. Las firmas de los documentos deben ser de puño y letra del oferente o firma digital avanzada, la cual será verificada directamente con la institución emisora que respalda dicha firma. Documentos con las imágenes pegadas de firmas no se considerarán y será motivo para dejarlos fuera de bases. El SERVIU se reserva el derecho de solicitar en cualquier momento la exhibición de la documentación original de los antecedentes citados al oferente que resulte adjudicado. "La ausencia de alguno de estos documentos, dejará fuera de bases al oferente, exceptuando aquellos que puedan ser solicitados acorde al artículo 40 del DS250; No obstante lo anterior, el Servicio respectivo podrá recibir ofertas fuera del sistema si se comprueba alguna de las circunstancias previstas en el artículo 62 del Decreto N° 250 de 2004 del Ministerio de Hacienda que aprueba el Reglamento de la Ley N° 19.886, en la medida que resulten aplicables;
Documentos Técnicos
1.- Experiencia Profesional acreditada en componer COMISIONES DE PERITOS TASADORES en diversos servicios estatales.
 
2.- La terna de Peritos deberá figurar en la lista de peritos aprobada por el Presidente de la República por decreto del Ministerio de Hacienda, de acuerdo a lo establecido en el artículo 4° del Decreto Ley N° 2.186 que aprueba la Ley Orgánica de Procedimiento de Expropiaciones. Adjuntar documento que lo acredite, de no acreditarlo al momento de presentar su oferta, no se admitirá su oferta, quedando fuera de bases
 
Documentos Económicos
1.- Formulario Oferta Económica adjunto. debe indicar claramente el ID de la licitación y el nombre de esta; en caso de existir más de una línea, debe indicar la línea a la que postula y debe presentar un formulario oferta por cada línea a la que postula . El monto o valor ofertado por el oferente o consultor para la asesoría /consultoría / diseño no deberá ser superior al monto disponible señalado en las presentes bases. La oferta se expresará en pesos, sin derecho a reajustes ni intereses. Corresponderá a la asesoría terminada e incluido el pago de honorarios, impuestos, gastos notariales, materiales de trabajo, transporte. El valor de la Oferta deberá incluir todo gasto que irrogue el cumplimiento del contrato, sea directa, indirectamente o a causa de él. A su vez, el plazo total ofertado no podrá ser superior al plazo indicado en las presentes bases. Este plazo regirá desde la fecha de creación y aceptación de la respectiva Orden de compra. Este formulario no puede ser modificado en su estructura. La firma deben ser de puño y letra del oferente o firma digital avanzada, la cual será verificada directamente con la institución emisora que respalda dicha firma. Documentos con las imágenes pegadas de firmas no se considerarán y será motivo para dejarlos fuera de bases. La ausencia de este documento, dejará fuera de bases al oferente.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Debe estar vigente en el Registro de Consultores Técnicos del MINVU en el rubro, la especialidad, código, subespecialidad y categoría que se solicita en el punto 9.8 de las bases
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- I18n entry not found: Debe estar vigente en el Registro de Consultores Técnicos del MINVU en el rubro, la especialidad, código, subespecialidad y categoría que se solicita en el punto 9.8 de las bases
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Pb: Plazo de entrega de informes Se considerará la siguiente fórmula: Puntaje = (plazo mínimo ofertado/plazo Oferta oferente que se califica)* 100 20%
2 Pd: Requisitos Formales El oferente que ingrese su oferta cumpliendo todos los requisitos formales de presentación de la misma y acompañando todos los antecedentes requeridos, obtendrá 100 puntos. El oferente que haya incumplido los requisitos formales o haya omitido antecedentes o certificaciones al momento de presentar su oferta, aun cuando los haya acompañado con posterioridad al cierre de presentación de las ofertas, en virtud del artículo 40, inciso segundo, del Reglamento de la Ley 19.886, obtendrá 0 puntos. 5%
3 Pa:Precio Para la evaluación de este criterio se considerará la siguiente fórmula: Puntaje=(precio mínimo ofertado/Precio Oferta oferente que se califica)*100 40%
4 Pc: Experiencia del Equipo en proyectos similar Experiencia Profesional acreditada en COMISIONES DE PERITOS TASADORES para expropiaciones en diversos servicios estatales. Para el cálculo final se considera la siguiente formula: Puntaje=(N° órdenes de compra presentadas por el oferente que se califica/ N° órdenes de compra presentadas por el oferente que mayor número presentó) /100 Si no presentar experiencia obtendrá puntaje 0 punto 35%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: Gobierno Regional FNDR
Monto Total Estimado: 2160000
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 360 Días
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: Patricia Jaramillo
e-mail de responsable de pago: pjaramillob@minvu.cl
Nombre de responsable de contrato: Patricia Jaramillo
e-mail de responsable de contrato: pjaramillob@minvu.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-45-2964303-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
por tratarse de servicios especiales en donde se contratará en vista de la capacidad e idoneidad del oferente.
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: SERVIU REGION DE LA ARAUCANIA
Fecha de vencimiento: 30-12-2022
Monto: 5 %
Descripción: Una vez adjudicado el contrato y aceptada la orden de compra, se solicitará para garantizar el Fiel Cumplimiento de la prestación de los servicios. La garantía deberá ser entregada por el adjudicatario, físicamente. El ingreso debe ser realizado con la Encargada de Oficina Gestión de Terrenos Y Expropiaciones SERVIU Región de La Araucanía, ubicada en calle O´Higgins 830,Temuco, dentro de los 05 días hábiles siguientes contados desde la fecha de aceptación de la orden de compra. La garantía deberá ser extendida en Temuco (peso chileno), a nombre de Gobierno Regional de La Araucanía, RUT 71.201.100-7,pagadera a la vista, tener el carácter de irrevocable y ser tomada por el adjudicatario. La boleta de garantía, el vale vista o depósito a la vista, la póliza de seguro electrónica o el certificado de fianza a la vista serán aceptados como instrumentos válidos de garantía de fiel cumplimiento de contrato. En caso de que el oferente opte por Vale Vista u otro instrumento financiero que por su estructura no permita especificar la "glosa" y "fecha de vencimiento", este documento será aceptado.
Glosa: La garantía deberá indicar en su texto "Garantía por el Fiel Cumplimiento del contrato de la licitación pública ID N°712307-82-LE22"
Forma y oportunidad de restitución: La garantía será devuelta en el plazo máximo de 30 días hábiles, contados desde la fecha de término del contrato.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
9.1.- Documentos que rigen la propuesta y el contrato
9.1.1. Ley 19.886 y su reglamento, las presentes bases, sus anexos, aclaraciones y respuestas, la oferta del adjudicatario, la resolución de adjudicación, la orden de compra y las instrucciones técnicas que emita el SERVIU Región de la Araucanía. Los interesados en conocer dichos documentos podrán hacerlo accediendo a www.chilecompra.cl, desde donde se podrá obtener dicha información cuando esté disponible.
9.1.2. El D.S. Nº 135, de 1978, de V. y U. Reglamento del Registro de Consultores del MINVU.

En caso de discrepancia entre los antecedentes de la licitación prevalecerá la prioridad señalada a continuación:
 RELACIÓN ADMINISTRATIVA:
1.Aclaraciones
2.Bases Administrativas del Portal Mercado Público
RELACIÓN TÉCNICA:
Aclaraciones

Para todos los efectos legales, el oferente fijará su domicilio en Temuco y se someterá a la Jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de Justicia de la ciudad de Temuco.
9.2.- Validez de la Oferta
Las ofertas tendrán una validez de 60 días contados desde la fecha Cierre para Recepción de Ofertas indicada en estas bases. Si dentro de ese plazo no se puede realizar la adjudicación, el SERVIU Región de la Araucanía, podrá solicitar al adjudicatario una prórroga de la oferta de hasta por igual período. Si el oferente no lo otorgara, la oferta se entenderá desistida y el SERVIU Región de La Araucanía podrá adjudicar al oferente que, cumpliendo con los requisitos de adjudicación, le siga en el orden de prelación en la evaluación de las ofertas.
9.3.- Errores u omisiones
Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, el SERVIU Región de la Araucanía, podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, según lo establecido en el Decreto N° 250 que APRUEBA REGLAMENTO DE LA LEY Nº19.886 DE BASES SOBRE CONTRATOS ADMINISTRATIVOS DE SUMINISTRO Y PRESTACION DE SERVICIOS  en su "Artículo 40.- Errores u omisiones detectados durante la evaluación", siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información www.chilecompra.cl.
SERVIU Región de la Araucanía tiene la facultad de permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.
Lo anteriormente indicado será considerado como incumplimiento de los requisitos formales de la licitación, cuando este sea de responsabilidad del oferente. Los oferentes tendrán un plazo máximo de 25 horas corridas, contados desde la notificación del respectivo requerimiento, para responder a lo solicitado o para acompañar los antecedentes requeridos. No se considerará las respuestas o los antecedentes recibidos una vez vencido dicho plazo.
9.4.- Entrevista Personal
no aplica para esta licitación
9.5.- descripción general de los productos a contratar
La presente contratación es para contratar los “Servicios Elaboración Tasaciones terrenos para el Mejoramiento Calle 3 Poniente Entre 1 Norte Y Pasaje Pinar -Temuco", se considera la contratación de una terna de 3 profesionales afines del área de tasaciones, externos a este Servicio, para integrar una Comisión de Peritos Tasadores; profesionales del área de la tasación, para conformar una comisión de "peritos tasadores" para los “Servicios Elaboración Tasaciones terrenos para el Mejoramiento Calle 3 Poniente Entre 1 Norte Y Pasaje Pinar -Temuco”, el cual se encuentra comprendido en el programa de expropiaciones, para el fin de cumplir con los Planes y Programas del Servicio de Vivienda y Urbanización Región de la Araucanía.

Los productos a contratar son informes de tasación comercial, que serán entregados en formato Excel para revisión y una vez aprobados se ingresaran en papel vía oficina de partes con firmas de puño y letra de los tres peritos tasadores que conforman la comisión.

El proyecto contempla un  estimado de 6 lotes a tasar. Se requerirán  en base a la disponibilidad presupuestaria para expropiar y a medida que sean requeridos. Se solicitarán más lotes en caso de que aparezcan más lotes ocultos dentro del proyecto, los cuales se pagaran al mismo valor del informe ofertado.

La comisión de peritos deberá estar disponible para actualizar el( los) informe(s) con respecto a la UF en caso de requerirse, esto puede incluso ser una vez después de entregado el(los) informe(s).

Los antecedentes y descripciones son un marco de trabajo inicial, el que podrá ser ajustado según estrategias de desarrollo de la gestión, políticas de estándares de calidad y/o procedimientos internos de trabajo del SERVIU Región de La Araucanía, para adecuar el trabajo entre el prestador del servicio y el SERVIU.
9.6- Etapas de la asesoría y Productos a entregar
Monto Ofertado
El monto a ofertar corresponderá a 1 informe de tasación por un monto máximo de $360.000.- bruto. Preliminarmente se estima que
se realicen 6 tasaciones, las que serán solicitadas de acuerdo a la evolución del proyecto.
El monto ofertado será el que presente el oferente en su Formulario Oferta Económica.
Los lotes podrán aumentar de acuerdo a las necesidades del Servicio.  Si se agrega o aparece un nuevo lote, se pagará en las mismas condiciones que los anteriores y al mismo precio por informe.

Equipo de Trabajo
Dada la naturaleza de las tareas a realizar en la presente licitación, el Consultor debe estar conformado por un equipo de tres profesionales afines al  área de tasaciones.

El quipo debe tener un representante (pudiendo ser uno de los integrantes del equipo), que será quien actúe en representación de ellos ante SERVIU (Formulario D).
Los profesionales que desarrollarán los servicios deberán cumplir con los requisitos solicitados para contratar (ver punto 5 y 9.8 de las presentes Bases)

Funciones y Presentaciones
Las tasaciones deberán ser presentadas mediante informes tipo independientes según Formato SERVIU, según el “MANUAL DE TASACIONES PARA EL SUBSIDIO HABITACIONAL según lo establecido en el CUERPO 1 (metodologías de tasación), CUERPO 2 (procedimientos de tasación. Procedimientos de bases de datos) Y CUERPO 3”. Este deberá realizarse por cada inmueble, deberán estar individualizados y firmados por los tasadores que compondrán la comisión de peritos tasadores del tramo correspondiente adjudicado. Es decir, uno por cada inscripción de dominio y/o inmueble, debidamente firmado por la Comisión de Hombres buenos respectiva. A dichos informes deberán acompañarse una planilla de información recopilada (formatos que serán entregados al oferente adjudicado, Anexos: Cuerpo N°1, Cuerpo N°2 y Cuerpo N°3, Informe Anexo Tasación Urbana) valores referenciales (5 a lo menos) y fundamento de cada una de las variables tanto externas como internas analizadas para cada inmueble, fotografías, croquis, y otros antecedentes que puedan ser de importancia) y que incluirá como
mínimo los siguientes elementos en alguno de sus párrafos del Informe de Tasación:
Mencionar la o las metodologías de Tasación utilizadas:
• Entregar el detalle de Cálculo del valor de Uf/m2 de terreno y valor de Uf/m2 construcción con
respaldos legibles.
• Adjuntar copias legibles de los datos de contacto y copias simples de o las compraventas
utilizadas como referencia para los cálculos.
• Adjuntar valores de compraventas recientes o en su defecto, actualizados al día de hoy con su
cálculo respectivo (no solo actualización de UF) al menos 3 comparables indicando Conservador que corresponde, FOJA, NUMERO y AÑO en cada informe
• Entregar un estudio de Mercado comparativo, que considere al menos 2 o 3 comparables similares en superficie, ubicación y contexto al inmueble que se tasa en cada informe.
• Señalar Claramente si se trata de suelo Urbano o Rural y si corresponde la Zonificación del Terreno que le corresponde al inmueble que se tasa, de acuerdo al instrumento de planificación vigente (P.R.C., Plano Loteo, límite urbano, etc.)
Completar de manera total el informe de tasación con datos reales y fidedignos, considerando los datos de urbanización del sector de manera especial, sin olvidar:
Factores Externos:
1.- Accesibilidad
2.- Conectividad
3.- Servicios básicos y/o grado de urbanización.
4.- Oferta y demanda
5.- Análisis de propiedades comparables y análisis de mercado, adjuntando antecedentes de
transferencias recientes en el sector tasado.
6.- Entorno y connotación.
7.- Georreferenciación.
Factores Internos:
1.- Superficie de terreno y edificaciones afectas.
2.- Clase de suelo
3.- Riesgos como Inundabilidad, Pendientes u otros
4.- Orientaciones geográficas del terreno
5.- Frente y/o fondo
6.- Construcciones o edificaciones existentes (indicando clase constructiva, antigüedad y
morfología repetitiva o exclusiva)
7.- Especies vegetales valorables (esto en el caso agrícola, se deberá emplear formato tipo
utilizado para tasaciones agrícolas)
8.- Cierros.
A dichos informes deberán acompañarse una plantilla de valorización (información recopilada, valores referenciales (mínimo 5 y al menos 3 con inscripción reciente del 1er C.B.R de Temuco no mayor a 2 años) y fundamento de cada una de las variables tanto externas como internas analizadas para cada inmueble, fotografías, croquis y otros antecedentes que puedan ser de
importancia).
Los referenciales con inscripción en el CBR deberán adjuntar la copia de la inscripción vigente del CBR al informe.

Se adjudicará al oferente que obtenga mayor puntaje.
El monto disponible es el máximo disponible bruto.
El monto ofertado será el que presente el oferente en su Formulario Oferta Económica.

Al finalizar el contrato, el consultor deberá hacer entrega de un CD u otro respaldo digital con toda la información de la asesoría desarrollada, incorporando
todos los productos entregados, así como la información relevante del proyecto.

Asesoría en Prevención de Riesgos para la inspección técnica de la obra Mejoramiento Gestión Vial Av. O'Higgins y Dillman Bullock, Angol
Asesoría en Prevención de Riesgos para la inspección técnica de la obra Mejoramiento Gestión Vial Av. O'Higgins y Dillman Bullock, Angol
9.7.- Plazo de la asesoría
El plazo de la asesoría es el indicado en punto "7. Montos y duración del contrato", el cual regirá a contar desde la fecha de aceptación de la orden de compra.

La licitación contempla un plazo (vigencia) de 360 días corridos, durante los cuales el SERVIU Región de la Araucanía, podrá definir nuevos Informe según sus necesidades, imprevistos o situaciones anómalas respecto de ella, etc., los que deberán ser realizados oportunamente por el proveedor adjudicado.

Cuando se entreguen los antecedentes al consultor, el tendrá máximo 10 días hábiles para entregar el informe en EXCEL a la contraparte técnica (plazo mínimo 5 días hábiles) y esto por cada lote a Tasar. El plazo de entrega de los informes será el que oferte el consultor en su Formulario Oferta.

Para todos los efectos de la presente licitación, los días serán considerados corridos, pero si algún plazo vence un día feriado o no laborable, se considerará que vence el día hábil siguiente. 

Eventuales prórrogas del contrato, dependerá de  circunstancias extraordinarias  no imputables al consultor, evaluadas por el SERVIU. 

Metodología de Trabajo
El Serviu Región de la Araucanía contratará una comisión de peritos, compuesta por 3 peritos, y que trabajará en los terrenos mencionados en la comuna de Temuco, que corresponden a los terrenos mencionados en el Anexo: Identificación de Inmuebles. Se le entregará a la comisión de peritos adjudicados, las carpetas (digital o papel) con la información de los terrenos a tasar (Lamina del inmueble, ubicación, superficie afecta y antecedentes del dominio de la propiedad).

Informe de la Gestión realizada

El proveedor adjudicado deberá presentar un informe de la gestión realizada, el que deberá ser aprobado por la contraparte técnica designada, en señal de conformidad con el servicio prestado.
La comisión deberá enviar en formato Excel digital, ya sea vía email o pendrive, el informe de tasación para la pre-revisión, previo a la entrega en papel firmada, la que será en un plazo no superior a los 10  días hábiles a contar de la fecha de entrega de las carpetas, por medio de un “acta entrega” o “correo electrónico” con la información de los terrenos, para que ellos entreguen el respectivo informe de tasación firmado por la totalidad de la Comisión de Peritos. Si se presenta el caso en que, la carpeta con antecedentes entregados al Tasador tuviese documentos incompletos o no actualizados, el tasador devolverá la carpeta al Serviu, y este Servicio una vez complementada la información, entregara nuevamente carpeta al tasador, corriendo nuevamente el plazo de entrega de la tasación. A modo de colaboración el SERVIU Región de La Araucanía, podrá ayudar al proceso e intentará contactarse con los propietarios de los inmuebles a tasar, previo a la visita de la Comisión de Peritos en caso de visitas realizadas y fallidas. Una vez entregado el informe de tasación, este informe será revisado por profesionales del Serviu, para su recepción conforme, en caso de contar con observaciones, tendrán un plazo máximo de 1 día hábil para reingresar el o los informes observados, contados desde la entrega de las observaciones a la comisión mediante “acta entrega”. Si los informes de tasaciones volviesen a encontrarse con observaciones ya observadas anteriormente, deberán reingresarlo nuevamente en el plazo de 1 día hábil y además arriesgaran una multa de no pago del informe de tasación, por un 15% del monto total bruto, por demora del proceso de entrega y subsanación de errores.
9.8.- Adjudicación, re adjudicación y criterios de desempate
El oferente debe cumplir con los requisitos establecidos en las bases en el punto: "4. Antecedentes para incluir en la oferta" para que su oferta sea aceptada y continúe en el proceso de evaluación de las ofertas.

Para la contratación en esta licitación, el consultor deberá: 
a)Cada Perito integrante de la terna, al igual que la persona jurídica en caso de presentarse como tal, deberá encontrarse inscrito en el Registro de Consultores Técnicos del Ministerio de Vivienda y urbanismo en el rubro, especialidad, código, subespecialidad y categoría que se indica a continuación:

Rubro

Código

Especialidad

Sub- especialidad

Categoría

Estudios de Proyectos

1906

otros estudios

Tasaciones

3 o Superior


Para aquellos que participen y no tengan su inscripción vigente o ésta se encuentre en trámite, deberán gestionar su solicitud ante la Seremi respectiva  bajo su exclusiva responsabilidad ya que para concretar la contratación mediante la orden de compra una vez adjudicado, debe encontrarse vigente.
Para aquellos que estén realizando su trámite en la SEREMI de La Región de La Araucanía,  se le podrá contratar con la Resolución exenta de inscripción, sin necesidad de esperar su ratificación en el Registro Nacional , lo anterior de acuerdo a lo establecido en el artículo 23 del D.S. 135 que “APRUEBA REGLAMENTO DEL REGISTRO NACIONAL DE CONSULTORES DEL MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO” que dice: “Mientras se encuentre pendiente dicha ratificación el Consultor podrá optar a contratos exclusivamente en esa región “. Si en el plazo máximo de 10 días corridos desde la fecha de adjudicación de la licitación, el oferente adjudicado (la terna de Peritos) se encuentre sin inscripción vigente en el Registro Nacional de Consultores del MINVU, es decir, al menos no hay una resolución exenta de la Seremi de la Región de La Araucanía que lo inscriba,  se adjudicará por este solo motivo, de inmediato, al oferente que le siga en puntaje de prelación de las ofertas.

El SERVIU verificará directamente en el portal http://proveedores tecnicos.minvu.gob.cl/ que la inscripción del oferente se encuentre vigente al momento de la emisión de la orden de compra.
Sin perjuicio de lo anterior, el oferente puede subir el Certificado de Inscripción Vigente o documento que acredite la vigencia en el rubro, la especialidad y categoría solicitada, si lo estima pertinente, junto a los demás documentos al momento de ofertar;

b) Inscripción en el Registro de Proveedores del Estado (Mercado Público): en caso de no encontrarse inscrito el Representante del equipo, estará obligado a inscribirse dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde la fecha de tramitada la resolución de adjudicación respectiva, conforme a lo indicado en el punto N°5; "requisitos para contratar al proveedor adjudicado" de las presentes Bases Administrativas. La orden de compra respectiva será emitida al momento de que el oferente adjudicado acredite su inscripción en el Registro de Proveedores del Estado. De no acreditarse en el Registro de Proveedores del Estado dentro del plazo de 10 días, la adjudicación será dejada sin efecto y readjudicada al oferente que le sigue en puntaje de prelación de acuerdo a la evaluación de las ofertas.

Nota:
Serviu Región de La Araucanía aceptará las ofertas de los participantes que  cumplan con los requisitos solicitados en las Bases Administrativas para participar  en esta licitación, mencionados en el punto  4. Antecedentes para incluir en la oferta  y adjudicará al oferente que cumpla con lo solicitado en el punto 5.  Requisitos para contratar al proveedor adjudicado, de las presentes Bases Administrativas.

 Mecanismo de Adjudicación
Para formalizar las adquisiciones de bienes y servicios regidas por la ley Nº 19.886, se realizará mediante la emisión de la orden de compra y la aceptación de ésta por parte del proveedor . En caso que el adjudicatario no acepte la Orden de Compra o no la rechace fundadamente dentro de los 2 días hábiles siguientes a la emisión, los organismos públicos podrán cancelarla”.
En caso de que el oferente originalmente seleccionado se rehúse a aceptar la orden de compra, se desista de su oferta, sea inhábil para contratar con el Estado de acuerdo a los términos establecidos por la Ley 19.886 y su Reglamento, no acepte la orden de compra correspondiente en el plazo de 2 días hábiles desde su emisión, el SERVIU Región de La Araucanía podrá adjudicar la licitación al oferente que le siga en puntaje de acuerdo a la evaluación de las propuestas, oferente que deberá cumplir con todos los requisitos necesarios para la adjudicación, y así sucesivamente entre los oferentes evaluados y por orden del puntaje obtenido.

Una vez adjudicada la licitación, si se comprueba que la documentación entregado por el oferente, tanto la subida al portal como lo declarado en la "Declaración Jurada Requisitos para ofertar" existan inconsistencias, maliciosamente falsas o datos no actualizados en la información entregada, los proveedores podrán ser suspendidos o eliminados del Registro de Proveedores, de acuerdo a los Artículos 95 y 96 del Reglamento de Compras Públicas.

 En caso que el adjudicatario desista de su oferta y la licitación no pueda readjudicarse, se le aplicará la sanción que establece el registro de consultores por desistirse de la oferta, el art. 43 letra d) del DS 135/78 Registro Nacional de Consultores MINVU establece: "El consultor que se desista de una oferta presentada, no suscriba el contrato, no presente la garantía respectiva dentro de los plazos establecidos si se exigiere, o adjudicado el contrato se desista de llevarlo a término y por este hecho la Institución contratante dejare sin efecto la resolución que adjudicó el contrato, será suspendido del Registro por un período de 3 años. En caso de reincidencia, será eliminado definitivamente.". Esta sanción también será aplicable por renuncia unilateral del adjudicatario.

El SERVIU comunicará a través del portal www.mercadopublico.cl la decisión de adjudicación de la propuesta en la fecha estipulada en las bases. Los oferentes cuyas propuestas no fuesen aceptadas, no tendrán derecho a pretender indemnizaciones.

Criterios de Desempate
Si dos o más oferentes obtuvieren el mismo puntaje final de la oferta, se utilizará el siguiente criterio de desempate en orden de prioridad:
1°Puntaje sub ítem Precio;
2° Puntaje sub Ítem Plazo de entrega de informes;
3° Puntaje sub Ítem Experiencia del consultor;

El proceso de evaluación culminará con la elaboración de un acta. 
  
Sin perjuicio de lo anterior, el SERVIU Región de la Araucanía, se reserva el derecho de declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o cuando estas no resulten convenientes a sus intereses. Dichas declaraciones serán por resolución fundada, publicadas en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl.
9.9.- Responsabilidades y deberes del adjudicatario
El consultor es el único responsable de la dirección de los trabajos.

Será obligación del Consultor, mantener bajo su cargo y responsabilidad el personal adecuado para la ejecución de los servicios y productos. Se deja expresamente establecido que dichos trabajadores no tendrán vínculo ni relación laboral alguna con el SERVIU Araucanía.

El Consultor, en su calidad de empleador, será responsable exclusivo del cumplimiento íntegro y oportuno de las normas del Código del Trabajo y leyes complementarias, leyes sociales, de previsión, de seguros, de enfermedades profesionales, de accidentes del trabajo y demás pertinentes respecto de todos los integrantes de su equipo de trabajo. El certificado que acredite lo anterior, deberá entregarlo al día, en cada estado de pago. Cuando es persona natural no se requiere lo anterior.
En consecuencia, el Consultor será responsable en forma exclusiva del pago oportuno de las remuneraciones, honorarios, indemnizaciones, desahucios, beneficios y en general, de toda suma de dinero que por cualquier concepto deba pagarse a los integrantes de su equipo de trabajo.

Los daños que se ocasionaren a terceros en el transcurso del proyecto serán de cargo del consultor.
En el desarrollo del trabajo, el consultor deberá respetar las disposiciones municipales y reglamentarias pertinentes y acatar las instrucciones que le formule el SERVIU a través de la Contraparte Técnica.
El consultor deberá dar estricto cumplimiento a la Carta Gantt y a los términos de referencia del proyecto. El consultor asume, asimismo, un compromiso con el proyecto hasta su ejecución, prestando asistencia técnica ante eventuales omisiones y/o vacíos que pudieran evidenciarse en la etapa de obra.

Durante la vigencia del contrato resultante de este proceso licitatorio, el oferente adjudicado deberá:
• Asistir a todas las reuniones de coordinación y control que requiera el SERVIU Región de la Araucanía.
• Disponer de los recursos técnicos para asegurar el cumplimiento de los requerimientos.
• Informar oportunamente al SERVIU Región de la Araucanía, de todo imprevisto o situación extraña al desarrollo del contrato que detecte o de la cual tome conocimiento durante la vigencia del mismo.

Será responsabilidad del oferente disponer de los implementos necesarios para el desarrollo del contrato ( Notebook, Teléfono Celular, Implementos de Seguridad;  Cámara Digital ,  Vehículo (que le permita movilizarse de tal manera de poder cumplir con las labores solicitadas);  Equipo topográfico)

Terminada la recepción, durante el plazo de revisión correspondiente, la Supervisión Técnica del SERVIU, a cargo del contrato, realizará un Informe final donde se dejará constancia de las condiciones en que se recibió los productos requeridos y de las observaciones en caso que hubiese. Si en la recepción se detecta que los productos no están totalmente terminados y el plazo contractual está vencido, se emitirá un informe de observaciones finales para cuya subsanación el Encargado de Proyecto podrá otorgar el plazo de subsanación.
Transcurrido dicho plazo sin ingreso conforme del producto final, el SERVIU aplicará las multas estipuladas en las presentes bases a contar de la fecha de término contractual y hasta que efectivamente se realice la entrega conforme del mismo.
El informe definitivo de recepción se realizará cuando no existan observaciones respecto de la entrega de los productos.
9.10.- Supervisión y coordinación del contrato
Todos los gastos, pagos e impuestos que se deriven de los servicios requeridos, serán de cargo exclusivo del Consultor.
Eventuales modificaciones del contrato: podrán efectuarse solamente en aspectos que no afecten el principio de igualdad de los proponentes y siempre que exista acuerdo mutuo entre las partes contratantes, fundamentadas en informes escritos. Cualquier modificación que se acuerde introducir estará sujeta al mismo trámite de aprobación que el contrato original.

Serviu Región de La Araucanía definirá una Supervisión Técnica quien ejercerá las siguientes funciones:
• Supervisar, coordinar y fiscalizar el cumplimiento de las gestiones establecidas en las presentes bases para el oportuno cumplimiento del contrato;
• Dar visto bueno y recepción conforme de los productos parciales y finales;
• Autorizar la tramitación de los estados de pago;
• Comunicar oficialmente al consultor las correcciones necesarios, en caso de haberlas;
•  Citar a reunión al consultor/Equipo Profesional del Consultor cuando lo estime conveniente para el buen desarrollo de la inspección, sin perjuicio de lo establecido en el párrafo a continuación;
•   Efectuar seguimiento según el cronograma del proyecto, supervisar el adecuado cumplimiento de las etapas y controlar el avance financiero del contrato; asimismo, podrá invitar a funcionarios de otras reparticiones regionales y/o comunales o de otros organismos públicos y/o privados para el análisis de aspectos específicos de la asesoría/consultoría/diseño, siempre que ello no implique sobrepasar los plazos establecidos en estas bases;
• Las demás que le encomienden las presentes bases.
El SERVIU Región de la Araucanía, a través de la Supervisión Técnica que se designe para la coordinación y supervisión del contrato, impartirá instrucciones técnicas al oferente adjudicado, con el propósito de orientar el adecuado desarrollo de los servicios contratados

Modificaciones del contrato
Modificaciones del contrato SERVIU Región de la Araucanía se reserva el derecho a solicitar al oferente adjudicado en el marco del contrato, si así lo estimare conveniente, el suministro de servicios de igual o similar naturaleza a los requeridos mediante estas bases, que no se hayan incluido actualmente en ellas y de común acuerdo entre las partes. Podrán efectuarse solamente en aspectos que no afecten el principio de igualdad de los proponentes y siempre que exista acuerdo mutuo entre las partes.
*no podrá ser más allá de un 30% del monto originalmente pactado acorde al artículo 77 del D.S. N° 250/2004 del Ministerio de Hacienda,

Vínculo Laboral
El presente será un contrato de prestación de servicios a honorarios que se regirá exclusivamente por lo establecido en las presentes bases, por lo que el SERVIU no tendrá vínculo laboral ni contractual alguno con el oferente adjudicado ni con el  personal (si lo hubiere) que intervenga en los servicios contratados, siendo de exclusiva responsabilidad de éstos los gastos que se requieran para su oportuno cumplimiento, al igual que el fiel y completo cumplimiento de todas las disposiciones aplicables a los contratos de trabajo, tales como remuneraciones, leyes sociales y previsionales, seguros de bienes y personas, indemnizaciones de cualquier naturaleza, accidentes del trabajo, gratificaciones, etc., y obligaciones tributarias que correspondan
9.11.- Pago de los servicios prestados
La Asesoría/consultoría/ diseño se pagará en pesos chilenos mediante estados de pago contra entrega de los productos aprobados de cada etapa.
Cabe señalar, que por identificación presupuestaria de cada año, los estados de pago que pudieran generarse en los meses de enero, febrero y marzo serán pagados cuando esté el decreto correspondiente totalmente tramitado, por lo que puede existir un retraso en el pago de los productos de dichos meses.

Se cancelarán los informes de tasación solicitados, los que van a variar de acuerdo a los requerimientos y necesidades de SERVIU.
Cabe mencionar, que son 6 lotes de manera preliminar y oficiales del proyecto, sin embargo, se pagaran los informes efectivamente solicitados y realizados en el periodo de la licitación, los cuales podrían variar a los indicados a la fecha de esta
licitación. Por lo tanto, el oferente debe estar disponible para realizar las tasaciones que le sean solicitadas, de acuerdo a los requerimientos que surjan durante el periodo que dure la licitación. En caso de existir más lotes no considerados dentro de los 8 incluidos en esta licitación serán pagados al monto ofertado por el adjudicado.

Para cursar los pagos de cada informe de tasación, previa aceptación de la orden de compra y entrega de la Garantía de Fiel Cumplimiento (ver punto 8 de las Bases), los que se efectuarán dentro de los 15 días siguientes, contados desde que el adjudicado entregue al SERVIU:
a) la boleta de honorarios o factura correspondiente del Informe de Tasación,
b) El Informe de Tasación que deberá contar con la conformidad de la Supervisión Técnica del SERVIU Región de la Araucanía.
c) Certificado vigente de la respectiva Inspección Técnica del Trabajo,  en original, si correspondiere, que acredite que el adjudicatario no registra reclamos, denuncias, deudas previsionales, ni remuneraciones pendientes, en relación a los trabajadores del proyecto. La vigencia del Certificado no puede ser mayor a 30 días corridos , contados desde la fecha de su presentación.

El SERVIU podrá solicitar información adicional al proveedor adjudicado en caso que lo estime pertinente, para verificar la correcta facturación. En este caso, se pospondrá el pago correspondiente hasta que se reciban y analicen todos los elementos solicitados.
En caso de existir multas por incumplimiento del plazo contractual, éstas serán descontadas del siguiente estado de pago, según lo establecido en las presentes bases.
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9.12.- Cálculo del puntaje final
El detalle de los criterios y sus ponderaciones se encuentra en el ANEXO: "Criterios de Evaluación", y la suma de ellos da como resultado el puntaje final, el cual corresponde a la siguiente fórmula:
PUNTAJE TOTAL = 0,70  x Pa + 0,15 x Pb + 0,10 x Pc + 0,05 x Pd 
9.13.- Multas y sanciones
Las multas serán aplicadas por el SERVIU de acuerdo al procedimiento establecido en la Ley 19.880 de Procedimiento Administrativo, y se descontarán del estado de pago siguiente o  de la garantía de fiel cumplimiento del contrato.

Si el consultor no cumple oportunamente con la disposición de mantener vigente la garantía por fiel cumplimiento del contrato ésta será ejecutada y quedará a beneficio fiscal;
Si el consultor no da cumplimiento a cualquier instrucción por escrito del responsable a cargo de la asesoría/consultoría/diseño;
Si el consultor no diere término a la (a las) etapa(s) contratada(s) dentro del plazo contractual total,
En todos los casos anteriores, deberá pagar una multa de 1UF diario sobre el valor del contrato, a partir del día siguiente al que venza el plazo contractual y hasta el día en que se haya dado correcto término al (a los) mismo(s).;

Si a criterio del Consultor existiere fuerza mayor o caso fortuito que justificaren un retraso en la entrega de los productos de la asesoría/consultoría/diseño, las razones serán dadas a conocer por éste mediante una solicitud escrita ingresada a la Oficina de Partes del SERVIU, dentro de los cinco días hábiles siguientes de sucedido los hechos que invoca, lo que será calificado por el SERVIU de manera fundada, pudiendo otorgar un aumento del plazo del contrato, sin afectar el monto del mismo.

Procedimiento para la aplicación de medidas derivadas de incumplimientos

Detectada una situación que amerite la aplicación de una multa u otra medida contemplada en las presentes bases, la entidad licitante notificará inmediatamente de ello al adjudicado, personalmente o por carta certificada, informándole sobre la medida a aplicar y sobre los hechos que la fundamentan. Para estos efectos, se considerarán los días corridos de retraso, comenzando el cómputo el día siguiente al del vencimiento del plazo como día 1 de aplicación de la multa y el día anterior al de la entrega como el último día incluido de multa.
A contar de la notificación singularizada en el párrafo anterior, el proveedor tendrá un plazo de 5 días hábiles para efectuar sus descargos por escrito, acompañando todos los antecedentes que lo fundamenten.
Vencido el plazo indicado sin que se hayan presentado descargos, se aplicará la correspondiente medida por medio de una resolución fundada de la entidad licitante.
Si el proveedor ha presentado descargos dentro del plazo establecido para estos efectos, la entidad licitante tendrá un plazo de 30 días hábiles, contados desde la recepción de los descargos del proveedor, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente. Al respecto, el rechazo total o parcial de los descargos del respectivo proveedor deberá formalizarse a través de la dictación de una resolución fundada de la entidad licitante, en la cual deberá detallarse el contenido y las características de la medida. La indicada
resolución deberá notificarse al respectivo proveedor adjudicado personalmente o mediante carta certificada.
El proveedor adjudicado dispondrá de un plazo de 5 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución fundada singularizada en los párrafos anteriores, para impugnar dicho acto administrativo mediante los recursos contemplados en la Ley 19.880, debiendo acompañar todos los antecedentes que justifiquen eliminar, modificar o reemplazar la respectiva medida. La entidad licitante tendrá un plazo no superior a 30 días hábiles para resolver el citado recurso.
La resolución que acoja el recurso podrá modificar, reemplazar o dejar sin efecto el acto impugnado.
9.14.- Término Anticipado del Contrato
El contrato podrá terminarse anticipadamente por el SERVIU Región de La Araucanía, sin derecho a indemnización alguna para el proveedor adjudicado, si concurre alguna de las causales que se señalan a continuación:
- Por estado de notoria insolvencia del adjudicatario;
- Por incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el adjudicatario;
- Por el incumplimiento infundado de una o más instrucciones técnicas entregadas por el SERVIU;
- Por la no observancia del más alto nivel ético en el desempeño de la gestión encomendada o la comisión de actos de fraude, corrupción, soborno, extorsión, coerción y/o colusión de conformidad con las normas de probidad administrativa contemplada en la Ley Orgánica de Bases de la Administración del Estado, Estatuto Administrativo y con la legislación penal contenida en el código del ramo, que sanciona esta clase de ilícito;.
- Por incumplimientos de las obligaciones establecidas en las presentes bases en materia de seguridad de la información del MINVU;
- Si el consultor fuere declarado en quiebra, o le fueren protestados documentos comerciales, que se mantuvieren impagos por más de sesenta días. Se deja constancia que el Supervisor a cargo del contrato podrá solicitar en cualquier momento un informe de estado comercial y financiero del consultor a fin de verificar esta situación, estando obligado el adjudicatario a entregarlo en un plazo máximo de 3 días hábiles;.
- Si el consultor o alguno de los socios administradores fuera condenado por algún delito que merezca pena aflictiva o, tratándose de una sociedad anónima, lo fuere algún miembro del Directorio o Gerente;
- Si el consultor no entrega o renueva oportunamente las garantías, en los casos que corresponda; 
- Si el consultor no diere cumplimiento a los plazos en la entrega de los productos superior al  10% de los productos totales, según lo establecido en las presentes bases administrativas, independiente de la causal que efectúe el retraso, permitirá terminar el contrato en forma anticipada de manera unilateral. Sin embargo, si el SERVIU determina que la causal es justificada, no se aplicará sanción;
- Si el consultor no se encuentra disponible para las diversas reuniones o visitas a terreno en las cuales se les solicite su presencia, sin entregar una justificación adecuada o en su defecto que su ausencia sea reiterativa;
-Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional;
- Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del periodo de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses;
-haber acumulado 10% del monto del contrato en Multas.;
-En caso que el oferente diere termino al contrato en forma unilateral se le aplicará la sanción que establece el registro de consultores, art. 43 letra d) del DS 135/78 Registro Nacional de Consultores MINVU que establece que si el consultor adjudicado se desiste de llevar a término el contrato  será suspendido del Registro por un período de 3 años. En caso de reincidencia, será eliminado definitivamente.

Además, se puede poner término anticipado por:
- Por resciliación o por mutuo acuerdo entre las partes;
- Por caso fortuito o fuerza mayor;
En los casos indicados precedentemente, el SERVIU devolverá al consultor la garantía de fiel cumplimiento del contrato. En caso de término anticipado, el adjudicatario deberá satisfacer íntegramente los servicios que hubieren quedado pendientes antes de la notificación del referido término anticipado, debiendo entregar en todo caso un informe de situación actualizado a la fecha de término de prestación de sus servicios. En caso de muerte del consultor, el contrato quedará resuelto y se procederá administrativamente a la liquidación de los trabajos ejecutados, conforme al avance de la asesoría.

También se podrá poner término anticipado:
- Por desempeño de calidad insatisfactoria en el desarrollo de sus funciones,  incapacidad técnica en el desarrollo de las funciones o Desempeño incompetente en la colaboración y representación del Director del Estudio en la fiscalización de un contrato.
 El desempeño se medirá a través de la calificación al adjudicatario, donde este deberá obtener al menos 70 puntos; En este caso mencionado, el término anticipado se hará efectivo mediante un informe escrito de la supervisión técnica asignada, que dará término anticipado de la asesoría sin derecho a indemnización y con 15 días de aviso previo, lo cual será sustento para dictar la respectiva resolución.
- Las demás que se establezcan en las respectivas Bases de la licitación o en el contrato.

En caso de término anticipado, por causas atribuibles al consultor, se hará efectiva o el cobro de la Boleta de Garantía entregada por el adjudicatario.
9.15.- Exigencia de adhesión al Sistema de Seguridad de la Información del SERVIU Región de La Araucanía Cláusula de protección de la información institucional:
Cláusula de protección de la información institucional:
Se exige la adhesión al Sistema de Seguridad de la Información del SERVIU Región de La Araucanía:
El objeto del presente acuerdo es fijar los términos y condiciones bajo los cuales las partes mantendrán la confidencialidad de los datos e información intercambiados entre ellas, incluyendo información objeto de derecho de autor, patentes, técnicas, modelos, know-how, procesos, algoritmos, programas, ejecutables, investigaciones, detalles de diseño, información financiera, lista de
clientes/usuarios/postulantes/beneficiarios, proveedores, funcionarios, relaciones institucionales y contractuales, y cualquier información revelada sobre terceras personas.
Se deja constancia que el oferente que resulte adjudicado, con la aceptación de la orden de compra[1], se obliga expresamente a cumplir con la Política de Seguridad de la Información del MINVU que se encuentra disponible en www.serviuaraucania.cl , a utilizar la información únicamente para los propósitos autorizados y a respetar la confidencialidad de la información en los casos que así se establezca en el contrato[2]; asimismo, se obliga a reportar a la contraparte SERVIU que se le designe y a tratar los eventos de seguridad de la información que detecte conforme al Procedimiento de Gestión de Incidentes de Seguridad de la Información vigente, el que será puesto a su disposición. Se compromete a acceder, procesar, almacenar, comunicar la información y utilizar componentes de infraestructura de TI de la Institución respetando las políticas de seguridad de la información internas, asegurando su integridad.
Las partes se obligan a no divulgar a terceras partes, la “Información Confidencial” que reciban de la otra parte, y a darle a dicha información el mismo tratamiento que le darían a la información confidencial como si fuera de su propiedad. Para efectos del presente acuerdo “Información Confidencial” comprende toda la información divulgada por cualquiera de las partes ya sea en forma
oral, visual, escrita, grabada en medios magnéticos o en cualquier otra forma tangible y que se encuentre claramente marcada o registrada como tal al ser entregada a la parte receptora.
El producto del trabajo que el proveedor adjudicado desarrolle con ocasión de esta contratación, tales como programas, rutinas, procedimientos, archivos, manuales, documentos, informes, modelos, diagramas, diseños, diseños lógicos, diseños físicos, códigos, fuentes o ejecutables u otros serán de propiedad del SERVIU Región de La Araucanía, quien se reserva el derecho de disponer de ellos
libremente sin limitación de ninguna especie, no pudiendo por tanto el proveedor realizar ningún acto respecto de ellos, ajenos al contrato, sin la autorización expresa del Servicio. Todo dato, estadística, códigos fuentes, ejecutables, y cualquier otra información del SERVIU Región de La Araucanía que el proveedor conozca o llegare a conocer con ocasión o a propósito de las labores que realice
en virtud de este contrato se mantendrán como propiedad confidencial de éstos.
El incumplimiento de esta obligación autorizará al SERVIU Región de La Araucanía para poner término anticipado al contrato. El incumplimiento será declarado administrativamente tras la aplicación del Procedimiento para la aplicación de medidas derivadas de incumplimientos establecido en el presente pliego de condiciones, sin perjuicio de perseguir las responsabilidades civiles y penales
que según el caso corresponda, directamente o derivados de las acciones de los integrantes de su equipo de trabajo, subcontratistas u otras personas vinculadas a aquél. Y, en su caso, podrá dar lugar a responsabilidad por los daños y perjuicios que dicho incumplimiento llegase a ocasionar al Servicio.
No obstante lo anterior, no habrá deber alguno de confidencialidad en los siguientes casos:
a) Cuando la parte receptora tenga evidencia de que conoce previamente la información recibida;
b) Cuando la información recibida sea de dominio público por motivos que no resulten del incumplimiento de esta cláusula por parte del consultor, los integrantes de su equipo de trabajo, contratistas u otras personas relacionadas con aquél;
c) Cuando la información deje de ser confidencial por ser revelada por el propietario con permiso de divulgación:
d) Cuando, por virtud de la ley o por resolución judicial, el consultor sea obligado a revelar la información.
El proveedor acepta el derecho del SERVIU Región de La Araucanía a supervisar, revisar y auditar sus procesos y los controles que implemente relacionados con el presente acuerdo.
El presente acuerdo de protección de la información institucional y cláusula de confidencialidad tendrá una duración indefinida.
[1]En los contratos de prestación de servicios menores a 1000 UTM el contrato puede formalizarse mediante la emisión de la orden de compra por el comprador y aceptación por parte del proveedor (art. 63 DS N° 250/04 de Hacienda).
[2] En el presente procedimiento, se entiende "contrato" en su sentido conceptual de acuerdo de voluntades, independiente del
soporte de éste, que podrá ser un documento contractual propiamente tal, los pliegos de condiciones más la orden de compra u otro.
9.16.- Exigencia de no registrar saldos insolutos
Acreditación de Cumplimiento de Obligaciones Laborales
Al comenzar la vigencia del contrato, El proveedor adjudicado deberá acreditar que no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con sus trabajadores contratados en los últimos dos años (Articulo 22 punto 9 del Reglamento 250) mediante certificado de la inspección del trabajo en cada estado de pago. No aplica para persona natural sin trabajadores a cargos.
Además de un Certificado de Antecedentes laborales y previsionales vigente, emitido por la Inspección del Trabajo. No se aceptará otro tipo de certificado. El oferente no podrá tener multas pendientes de pago en la Inspección del Trabajo, situación que el Servicio verificará directamente. Sin perjuicio de ello, esta Institución también solicitara al adjudicatario, para cada pago, la presentación de certificados de la Dirección del Trabajo u otros antecedentes que estime pertinentes para acreditar el cumplimiento de las obligaciones laborales antes señaladas.

9.17.- Pacto de integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven, en especial en todo lo que dice relación con el contrato de la/s obra/s que le corresponde apoyar en su correcta ejecución;
2. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas;
3. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma;
4. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio;
 5. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase;
6. El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma;
7. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas:
8. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
9.18.- Mecanismo de Consultas y Respuestas
Las consultas deben realizarse a través del Foro del Portal Mercado Publico y serán respondidas por este mismo medio dentro del plazo establecido en las bases, no pudiendo los oferentes contactarse de ninguna otra forma con la entidad licitante o sus funcionarios, por la respectiva licitación, durante el curso del proceso. 

9.19.- Calificaciones
La gestión realizada por el consultor deberá ser calificada por el SERVIU REGIÓN DE LA ARAUCANÍA, de acuerdo al D.S.Nº135, de 1978, de V. y U. Reglamento del Registro de Consultores del MINVU.. En caso de persona jurídica, la evaluación será para la empresa, en caso que sean UTP será la evaluación para cada empresa o persona natural que la conforme .

Evaluación Mercado Público: se calificará con una escala de 1 a 5.
La evaluación de servicios y productos entregados por parte de los proveedores del Estado permite asegurar la transparencia en el proceso, sumado a las exigencias contempladas en la normativa de compras públicas (art 96 bis del reglamento) y que apunta a contar con los mejores productos y servicios para ir en apoyo de las necesidades de la ciudadanía. también considerará las eventuales sanciones aplicadas, las que se sumarán al comportamiento del proveedor, permitiendo obtener una calificación final.
9.20.- Fechas licitación
Serviu, se reserva el derecho de modificar en el portal www.mercadopublico.cl, la fecha de adjudicación, indicando las razones de aplazamiento y fijando la nueva fecha de adjudicación en el sistema.
9.21.- Unión Temporal de Proveedores
De conformidad con lo establecido artículo 67 bis) del Reglamento de la Ley N° 19.886 Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios se establece la posibilidad de postular a la Licitación, a través de una Unión Temporal de Proveedores. 
La Directiva de Contratación Pública N°22 entrega "Orientaciones sobre la participación de las Uniones Temporales de Proveedores en los procesos de Compra" de fecha 18 de noviembre de 2015.

Podrán participar en la presente licitación las uniones temporales de proveedores (UTP), que no se encuentren afectos a una o mas de las inhabilidades contempladas por la ley. 

Unión Temporal de Proveedores: "Si dos o más proveedores se unen para el efecto de participar en un proceso de compra, deberán establecer, en el documento que formaliza la unión, a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes.”

Deberán adjuntar a su oferta el documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esa forma. En dicho documento se deberá establecer, además, Ia solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad, y se deberá nombrar un representante o apoderado común con poderes suficientes.  En el caso de no ser presentado dicho documento al momento de presentar Ia oferta, Ia Entidad Compradora deberá declarar inadmisible la respectiva oferta. 

Al menos uno de los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores deberá estar inscrito en el Registro de Consultores en el rubro, especialidad, subespecialidad y categoría indicadas en el punto 9.8.- de las Base Administrativas, pudiendo los demás integrantes encontrarse inscritos en el Registro de Consultores del MINVU, en otros rubros, subespecialidades y categorías que sean complementarias. 

El instrumento, mediante el cual se constituya la Unión Temporal de Proveedores, deberá contar a lo menos con las siguientes regulaciones:
a) Individualización de él o los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores y su situación en el Registro Nacional de Consultores.
b) Individualización de él o los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores que proporciona (n) el rubro, especialidad, subespecialidad y categoría exigido para la consultoría.
c) La responsabilidad solidaria de todos los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores en la ejecución de las obligaciones establecidas en el contrato, de conformidad a las disposiciones del Título Noveno "De las Obligaciones Solidarias", del Libro Cuarto del Código Civil.
d) Individualización del integrante de la Unión Temporal de Proveedores que emitirá las facturas o boletas a honorarios para el pago de los servicios.
e) Individualización del integrante de la Unión Temporal de Proveedores que tomará los instrumentos de garantía necesarios para el fiel cumplimiento del contrato y correcta de ejecución del servicio, si correspondiera.
f) En relación al pago, se debe establecer expresamente que el pago efectuado por SERVIU, SEREMI o MINVU, según corresponda a cualquiera de los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores, será válido y extinguirá la deuda respecto al otro en la parte que hubiere sido satisfecha.
g) Se debe establecer un representante de la Unión Temporal de Proveedores con poderes suficientes, el cual será el interlocutor válido con SERVIU, SEREMI o MINVU, según corresponda.
h) En relación a la vigencia de la Unión Temporal de Proveedores, ésta al menos debe cubrir el periodo de la consultoría, más el período de garantía de correcta ejecución del servicio, si correspondiera y el plazo de 5 años establecido en el artículo 2003 del Código Civil.
9.22.- Comisión Evaluadora
Los miembros de la comisión evaluadora no pueden hacer reunión por la ley de lobby respecto a todo lo que involucre la presente  licitación
9.23.- Firma de documentos
Toda la documentación solicitada en las presentes Bases Administrativas en el punto "4. Antecedentes para incluir en la oferta", debe subirse en digital a los antecedentes de la oferta. Las firmas de los documentos deben ser de puño y letra del oferente o firma digital avanzada. Documentos con las imágenes pegadas de firmas no se considerarán y será motivo para dejarlos fuera de bases. El SERVIU se reserva el derecho de solicitar en cualquier momento la exhibición de la documentación original de los antecedentes citados al oferente que resulte adjudicado. "La ausencia de alguno de los documentos solicitados en el punto 4. Antecedentes para incluir en la oferta dejará fuera de bases al oferente, exceptuando aquellos que puedan ser solicitados acorde al artículo 40 del DS250; No obstante lo anterior, el Servicio respectivo podrá recibir ofertas fuera del sistema si se comprueba alguna de las circunstancias previstas en el artículo 62 del Decreto N° 250 de 2004 del Ministerio de Hacienda que aprueba el Reglamento de la Ley N° 19.886, en la medida que resulten aplicables
9.24.- Disposiciones Generales
Las situaciones no consultadas en las presentes Bases Administrativas Especiales, como así también, los vacíos que se pudieren presentar durante el transcurso de la prestación de los servicios de asesoría y motivados por factores de contrato, serán resueltas por el SERVIU Región de La Araucanía, mediante resolución fundada. SERVIU queda facultado para suspender la recepción o cancelación del (de los) proyecto(s), cuando el proponente tuviere pendientes otros trabajos u obligaciones que sean informados por los Tribunales de Justicia, Inspección del Trabajo u otro servicio público.
9.25.- Glosario
Oferente o Consultor: Proveedor que participa en un Proceso de Compras, presentando una oferta o cotización;
Adjudicatario: Oferente al cual le ha sido aceptada una oferta o una cotización en un Proceso de Compras, para la suscripción del contrato definitivo;
Adjudicación: Acto administrativo fundado, por medio del cual la autoridad competente selecciona a uno o más Oferentes para la suscripción de un Contrato de Suministro o Servicios, regido por la Ley N° 19.886.
BAE: Bases Administrativas Especiales