“BASES ADMINISTRATIVAS PARA LA LICITACIÓN PÚBLICA
“CONTRATACIÓN DE SERVICIO DE TELEFONÍA E INTERNET MOVIL Y ARRIENDO DE EQUIPOS MÓVILES PARA EL GOBIERNO REGIONAL DE LA ARAUCANÍA”
ARTÍCULO 1
NOMBRE DE LA PROPUESTA: CONTRATACIÓN DE SERVICIO DE TELEFONÍA E INTERNET MOVIL Y ARRIENDO DE EQUIPOS MÓVILES PARA EL GOBIERNO REGIONAL DE LA ARAUCANÍA.
FINANCIAMIENTO: Programa Gastos de Funcionamiento para el año 2022, 2023, 2024 y 2025 del Gobierno Regional de La Araucanía, imputación 22.05.006 “Telefonía Celular”
MODALIDAD: Licitación Pública ≥ 100 UTM y < 1000 UTM
PRESUPUESTO ESTIMADO
AÑOS 2022, 2023, 2024 y 2025: M$ 52.000 (Cincuenta y dos millones de pesos), Valor estimado para los 36 meses del contrato, impuestos incluidos.
ARTÍCULO 2
Para la correcta interpretación de las presentes Bases Administrativas, se entenderá por:
MANDANTE: El Gobierno Regional de La Araucanía, que es la entidad que llama la licitación, adjudicará la propuesta de acuerdo a lo señalado en estas bases y financiará la contratación materia de la presente licitación.
OFERENTE: Proveedor que participa en un Proceso de Compras, presentando una oferta o cotización.
BASES
ADMINISTRATIVAS: Documentos aprobados por la autoridad competente que contienen de manera general y/o particular, las etapas, plazos, mecanismos de consulta y/o aclaraciones, criterios de evaluación, mecanismos de adjudicación, cláusulas del contrato definitivo, y demás aspectos administrativos del Proceso de Compras.
PROPUESTA: La oferta presentada por un oferente en la licitación, la que deberá ajustarse y acompañarse de los antecedentes establecidos en las presentes bases y demás documentos que regulan la licitación.
BASES TÉCNICAS: Documentos aprobados por la autoridad competente que contienen, de manera general y/o particular, las especificaciones, descripciones, requisitos y demás características del bien o servicio a contratar.
ARTÍCULO 3 OBJETIVO
Las presentes bases tienen por objeto reglamentar la contratación del servicio de telefonía e internet móvil y arriendo de equipos móviles por un periodo de 36 meses.
ARTÍCULO 4 OFERENTES QUE PUEDEN PARTICIPAR EN LA LICITACIÓN PÚBLICA
Podrán participar en la licitación, personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras, relacionadas con el rubro y que no hayan sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, dentro de los dos últimos años anteriores a la fecha de presentación de las ofertas, de acuerdo a lo establecido en el Artículo N°4 inciso 1° de la Ley N°19.886.
Se incluyen también la unión temporal de proveedores, UTP, ciñéndose a lo establecido en el Artículo 67 bis y demás normas pertinentes del D.S. N°250 del año 2004 del Ministerio de Hacienda, Reglamento de la Ley N°19.886 y sus modificaciones.
Esto se acreditará mediante declaración jurada que deben presentar los interesados en participar en la presente licitación, conforme el ANEXO N° 3 "DECLARACIÓN JURADA SIMPLE" de estas bases, sin perjuicio de las facultades de la Dirección Chile Compra de verificar esta información, en cualquier momento, en los registros que para tal efecto lleva la Dirección del Trabajo.
Sin perjuicio de lo señalado, para poder contratar con el Gobierno Regional de La Araucanía, se podrá solicitar al adjudicatario estar inscrito en el registro de proveedores de la Dirección de Compras y Contrataciones Pública www.chileproveedores.cl, según lo dispuesto en el inciso cuarto del artículo 16 de la Ley N° 19.886 y el inciso tercero del artículo 66 del reglamento de este texto legal.
ARTÍCULO 5 CONDICIONES PREVIAS A LA PRESENTACION DE LA PROPUESTA
Se asume que los oferentes han estudiado cuidadosamente las presentes Bases Administrativas, Bases Técnicas, y las condiciones en que se ejecutará la propuesta.
La sola presentación de la oferta, constituirá aceptación de las Bases Administrativas, Bases Técnicas, Aclaraciones a la Propuesta y demás antecedentes, por parte del oferente y de la normativa vigente en las materias objeto de la propuesta.
ARTÍCULO 6 DE LOS PLAZOS
a) Publicación : Se publicará en el portal www.mercadopublico.cl el día miercoles 16 de noviembre de 2022.
b) Consultas : Si algún participante necesita aclaraciones acerca de los documentos de la licitación, deberá hacer sus preguntas a través del portal de Internet www.mercadopublico.cl, hasta el día lunes 21 de noviembre de 2022, a la hora fijada por el Portal.
c) Aclaraciones : Las correspondientes respuestas a las preguntas recibidas, además de las aclaraciones que el Gobierno Regional de La Araucanía estime adecuado emitir, serán publicadas en el portal el día jueves 24 de noviembre de 2022, a la hora fijada por el Portal.
d) Apertura : Las ofertas se recepcionarán a través del portal de Internet www.mercadopublico.cl hasta el día lunes 28 de noviembre de 2022, a las 15:00 hrs., luego de lo cual se procederá a su apertura.
e) Adjudicación : La fecha máxima de adjudicación es el día lunes 02 de diciembre de 2022.
f) Antecedentes Físicos : El plazo máximo para entrega de antecedentes físicos es el día lunes 28 de noviembre de 2022, hasta las 14:00 hrs., en la Oficina de Partes del Gobierno Regional de La Araucanía, de acuerdo a lo establecido en el punto N° 4 del Artículo 7; y Artículo 8 de las respectivas Bases.
ARTÍCULO 7 PRESENTACION DE LA PROPUESTA
Las propuestas deberán ser ingresadas mediante archivos adjuntos en formato PDF al portal de Internet www.mercadopublico.cl indicando el nombre del archivo electrónico a qué Anexo corresponde (por ejemplo: Anexo1.doc), y deberán contener:
- Anexo Administrativo: El que deberá contener lo siguiente:
a) Individualización del Oferente (Anexo Nº 1), indicando su nombre o razón social, Rut, domicilio, teléfono, nombre y cédula nacional de identidad del representante legal cuando corresponda, nombre, correo electrónico y teléfono de la persona de contacto del oferente, responsable de la oferta enviada, por cualquier consulta que hubiese durante el proceso de evaluación.
b) Declaración aceptación de Bases (Anexo Nº 2), Hoja de declaración firmada de aceptación y conocimiento de las bases Administrativas y Técnicas y demás antecedentes y condiciones que regulan la propuesta.
c) Declaración Jurada Simple (Anexo Nº 3), debidamente firmada por el oferente o por su representante legal, según corresponda. Se exceptúan de esta declaración las universidades o institutos profesionales, estatales o particulares, reconocidos por el estado o por organismos financieros multilaterales.
- Anexo Técnico: el que deberá contener en su Propuesta Técnica lo siguiente:
a) Propuesta Técnica y Operacional (Anexo N° 4), El oferente deberá presentar un documento que contenga el detalle técnico y operacional de la propuesta, de acuerdo a lo solicitado en las Bases Técnicas. Para ello, se requerirá utilizar obligatoriamente el formato del anexo N° 4.
b) Nivel de Servicio (SLA) (Anexo N° 5), La cual deberá indicar los tiempos a los que compromete el oferente a cumplir en la prestación del Servicio. Además, deberá especificar el nombre y forma de contacto con los encargados de la administración del contrato y del servicio técnico del oferente.
c) Plazo de Entrega de los Equipos Móviles y Cronograma de Trabajo (Anexo N° 6), El oferente deberá presentar un Plan de Trabajo detallando por etapa de las actividades, plazos, productos entregables y responsables, de acuerdo al Anexo N° 6 y considerando los plazos máximos establecidos en las presentes Bases.
d) Experiencia del Oferente (Anexo N° 7), En el cual se deberá presentar la experiencia del oferente en prestación de servicios de naturaleza y envergadura comparables a la de la licitación, y datos de principales clientes. (Datos sujetos a verificación).
Para mayores antecedentes, remitirse a las Bases Técnicas en capítulo correspondiente.
- Anexo Económico: El que deberá contener lo siguiente:
a) Oferta Económica (Anexo N° 8), el cual deberá indicar el valor neto mensual en pesos y en forma separada los impuestos correspondientes, del servicio de telefonía móvil e internet y arriendo de equipos móviles, utilizando para ello el formato respectivo.
- Antecedentes Físicos: Se debe presentar Garantía por Seriedad de la Propuesta, de acuerdo a lo indicado en el Artículo 8.
ARTÍCULO 8 GARANTIA POR SERIEDAD EN LA PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA
Para garantizar la seriedad de su oferta, el oferente deberá presentar una garantía por el monto fijo de $500.000.- (Quinientos mil pesos), pagadera a la vista e irrevocable, tomada a nombre de Gobierno Regional de la Araucanía, RUT 72.201.100-7, y por un plazo de vigencia no inferior a 30 días, contados desde la fecha de apertura de la propuesta, especificando claramente en dicho documento el nombre de la licitación “CONTRATACIÓN DE SERVICIO DE TELEFONÍA E INTERNET MOVIL Y ARRIENDO DE EQUIPOS MÓVILES PARA EL GOBIERNO REGIONAL DE LA ARAUCANÍA”, y el motivo de la garantía: “Garantía por seriedad en la presentación de la Propuesta”.
Cuando la glosa requerida no pueda ser incluida en el documento, se deberá escribir al reverso de la garantía o consignarla en una declaración jurada simple acompañada a tal instrumento.
Esta se deberá remitir vía correo o entregar personalmente, obligatoriamente hasta las 14:00 horas del día de la apertura de las Ofertas, en la Oficina de Partes del Mandante, ubicada en Manuel Bulnes 590, Piso 1, Temuco, en sobre cerrado y caratulado “CONTRATACIÓN DE SERVICIO DE TELEFONÍA E INTERNET MOVIL Y ARRIENDO DE EQUIPOS MÓVILES PARA EL GOBIERNO REGIONAL DE LA ARAUCANÍA” donde además se indique el Nombre del Oferente.
Aquellos oferentes que no presentaren la garantía por seriedad de la propuesta, serán descartados en el acta de apertura.
Cabe destacar que, de acuerdo con los Artículos 31 y 68 del Decreto N°250 del año 2004 que aprueba el reglamento de la Ley N°19.886, determinados instrumentos pueden ser generados de manera electrónica. Por lo que, en aquellos casos en los cuales se presente una caución electrónica, la emisión de ésta deberá ajustarse a lo dispuesto en la Ley N°19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de Dicha Firma.
La caución electrónica deberá adjuntarse a la respectiva oferta, debiendo así mismo ser remitida vía correo electrónico, dentro del plazo ya señalado, a la dirección oficinadepartes@gorearaucania.cl, adjuntando declaración jurada simple en caso de ser necesario detallar su glosa, cuando corresponda realizarlo mediante aquella vía, según lo indicado precedentemente en párrafo 3° del presente artículo.
En dicho mail se deberá consignar el nombre de la licitación pública, identificación del oferente y motivo de la caución, según lo señalado previamente, dirigiendo aquel correo a la División de Administración y Finanzas del Mandante, indicando en el Asunto “Garantía por seriedad de la oferta – CONTRATACIÓN DE SERVICIO DE TELEFONÍA E INTERNET MOVIL Y ARRIENDO DE EQUIPOS MÓVILES PARA EL GOBIERNO REGIONAL DE LA ARAUCANÍA”.
Aquellas ofertas que no presenten garantía por la seriedad en la presentación de la oferta dentro de la fecha y hora estipulada, serán declaradas fuera de bases y, por lo tanto, inadmisibles en el Acto de Apertura.
ARTÍCULO 9 ANTECEDENTES LEGALES PARA SER CONTRATADO
- Requisitos para ser contratado persona natural o persona jurídica o Unión Temporal de Proveedores: Encontrarse hábil en ChileProveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:
- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento Artículo 10, Ley N° 20.393).
En caso que el adjudicatario no esté inscrito en el registro electrónico oficial de contratistas de la administración, ChileProveedores, deberá inscribirse dentro del plazo de 3 días hábiles contados desde la notificación de la resolución de adjudicación totalmente tramitada.
- Antecedentes legales para poder ser contratado:
Persona natural:
- Declaración jurada simple, según formato Anexo N° 3, que acredite que no se encuentra en ninguna de las inhabilidades contempladas en el inciso 6° del Artículo 4° de la Ley N° 19.886 y por los delitos concursales establecidos en los Artículos 463 y siguientes del Código Penal.
- Fotocopia simple de Cédula de Identidad.
- Fotocopia simple de Iniciación de Actividades.
Persona jurídica:
- Certificado de vigencia del poder del representante legal, con una antigüedad no superior a 90 días corridos contados desde la fecha de total tramitación de la adjudicación; o bien, cualquier otro antecedente legal que acredite la vigencia del poder del Representante Legal, a la época de presentación de la oferta.
- Certificado de vigencia de la sociedad con una antigüedad no superior a 60 días, contados desde la fecha de total tramitación de la adjudicación.
- Declaración jurada simple, según formato Anexo N° 3, que acredite que no se encuentra en ninguna de las inhabilidades contempladas en el inciso 6° del Artículo 4° de la Ley N° 19.886.
- Fotocopia simple de Escritura Pública de Constitución en el caso de Sociedades;
- Fotocopia simple del Acto constitutivo y de los Estatutos en el caso de otras personas jurídicas;
- Fotocopia simple de mandato con certificación de vigencia cuando la personería del representante conste en un instrumento diverso del Pacto Social o del Acto Constitutivo.
- Certificado de Vigencia de la persona jurídica.
- Fotocopia simple de Iniciación de Actividades.
Unión temporal de proveedores:
- En el caso de una Unión Temporal de Proveedores, se debe presentar el Acuerdo de Unión Temporal de Proveedores el documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma.
- Cada una de las personas naturales o jurídicas integrantes de la Unión Temporal de Proveedores deberá presentar los antecedentes indicados precedentemente, según corresponda su naturaleza jurídica.
- Las Uniones Temporales de Proveedores, deberán ceñirse a lo estipulado en el Artículo 67 bis del Reglamento de la Ley N°19.886.
Tratándose exclusivamente de las personas jurídicas, no podrán contratar con organismos del Estado, aquellas que hayan sido condenadas por los delitos previstos en el Artículo 27 de la Ley N° 19.913, en el Artículo 8° de la Ley N° 18.314 y en los Artículos 250 y 251 bis del Código Penal, a la pena de prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado. El Gobierno Regional de La Araucanía verificará esta información a través del Registro que lleva la Dirección de Compras y Contratación Pública, de conformidad a con lo dispuesto en la Ley N° 20.393, que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y delitos de cohecho que indica.
Los antecedentes legales para poder ser contratado, solo se requerirán respecto del oferente que resulte adjudicado y deberán estar disponibles en ChileProveedores, de lo contrario deberán ser enviados al Administrador del Contrato, una vez notificado de la respectiva adjudicación.
Cada seis meses, durante la vigencia del respectivo contrato, el adjudicatario deberá acreditar mediante el Anexo N° 3, que no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores en los últimos dos años. Lo anterior es sin perjuicio de las obligaciones que a este respecto se le exijan para autorizar el pago de la cuota correspondiente durante el desarrollo del servicio.
ARTÍCULO 10 EFECTOS DE LA OMISIÓN DE ALGUN DOCUMENTO, ANTECEDENTES O DATOS REQUERIDOS EN LA PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA
1. La omisión de uno o cualquiera de los documentos o antecedentes enumerados en el Artículo 7 precedente, o de algún dato o mención que deba constar en ellos, podrá ser causal suficiente para rechazar la oferta presentada. La calificación de estas circunstancias será materia de exclusiva determinación del Mandante, representado para estos efectos por la Comisión a que se refiere el Artículo 13 de las presentes Bases.
2. En todo caso, dicha Comisión se reserva el derecho de admitir aquellas ofertas que presenten defectos de forma, errores u omisiones formales, siempre que estos no sean sustanciales y no alteren el tratamiento igualitario de los proponentes ni impidan la correcta evaluación de la propuesta, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 19 de las presentes bases administrativas.
En este evento, dicha Comisión podrá fijar prudencialmente un plazo para que el oferente acompañe las certificaciones o antecedentes faltantes o sus aclaraciones, bajo apercibimiento, si así no lo hicieren, serán declarados fuera de bases, de acuerdo a lo indicado en el Artículo 19.
Asimismo, se evaluará a aquellos oferentes que presenten todas las certificaciones o antecedentes solicitados en el Art. 7 de las presentes bases administrativas, de acuerdo a lo indicado en el Artículo 14 letra h).
ARTÍCULO 11 VIGENCIA DE LA OFERTA
El proponente mantendrá la vigencia de su oferta por un plazo de 90 días corridos, contados desde la fecha de apertura de la propuesta, fijada en las presentes Bases.
ARTÍCULO 12 DE LA APERTURA DE PROPUESTA
Se levantará un acta electrónica, que dé cuenta de las ofertas recepcionadas a través del portal de Internet www.mercadopublico.cl, integrada por una comisión constituida por tres funcionarios de la División de Administración y Finanzas del Gobierno Regional de La Araucanía. Los oferentes podrán efectuar observaciones dentro de las 24 horas siguientes a la apertura de las ofertas, a través del portal de Internet www.mercadopublico.cl.
ARTÍCULO 13 EVALUACIÓN Y ADJUDICACION
- Cada oferta será revisada y analizada, a fin de verificar el cumplimiento de todos y cada uno de los requisitos establecidos en los documentos de licitación.
- Comisión Evaluadora de Ofertas: la Evaluación de las Ofertas será realizada por una comisión constituida por Resolución Exenta, integrada por tres profesionales de la División de Administración y Finanzas del Gobierno Regional de La Araucanía.
- La Comisión Evaluadora de Ofertas, podrá solicitar a los oferentes, después de la apertura de la Propuesta, aclaraciones sobre su oferta que permitan una mejor comprensión de los antecedentes presentados y que tengan por objeto salvar errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones formales, no confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores; esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, de acuerdo a lo señalado en el Artículo 19 de las presentes bases administrativas.
- Así mismo, durante el período de evaluación, los oferentes sólo podrán mantener contacto con la entidad licitante para los efectos de la misma, a través de solicitudes de aclaraciones que la entidad licitante pudiese requerir durante la evaluación, que permitan una mejor comprensión de los antecedentes presentados, los cuales serán solicitadas a través del sistema, debiendo el oferente responder a través del mismo sistema, según lo indicado en el Artículo 18 de las presentes bases administrativas.
- Las aclaraciones de los proponentes, pasaran a formar parte del respectivo expediente de evaluación. Posteriormente, las aclaraciones del proponente adjudicado formarán parte del expediente de adjudicación y/o contrato.
- Plazo para la adjudicación: El Gobierno Regional de La Araucanía, analizará las propuestas y adjudicará en un plazo máximo de 4 días corridos contados desde el día después de la apertura de las propuestas, a aquel oferente que satisfaga lo solicitado en los documentos de la licitación y que resulte el mejor evaluado desde el punto de vista técnico y económico.
- El Mandante se reserva el derecho de rechazar todas las ofertas presentadas, por razones fundadas, pudiendo llamar a un nuevo procedimiento de contratación, en orden a desarrollar adecuadamente los objetivos perseguidos por ésta.
- La presente licitación se adjudicará a través del portal, bajo la modalidad de Adjudicación simple, entendiéndose por tal, la que permite adjudicar a una única oferta por cada línea de producto o servicio solicitado.
- El Mandante declarará inadmisibles cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o condiciones establecidos en las presentes bases de licitación, sin perjuicio de la facultad para solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales de acuerdo con lo establecido en la normativa de compras públicas y en las presentes bases (Artículo 19).
- El Mandante podrá, declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses, dicha declaración deberá materializarse a través de la dictación de una resolución fundada.
- En el caso de no cumplirse con la fecha de adjudicación publicada en el Portal www.mercadopublico.cl, la entidad licitante publicará la adjudicación en el Portal en una nueva fecha, informando allí las razones del atraso, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 20 de las presentes bases administrativas.
ARTÍCULO 14 CRITERIOS DE EVALUACIÓN
Se evaluarán las ofertas que cumplan con las presentes Bases Administrativas y Bases Técnicas, las que calificarán como elegibles de acuerdo a los criterios y ponderación que se señalan.
La evaluación de las ofertas considerará los criterios y porcentajes, que a continuación se señalan. La evaluación de cada criterio será calificada de acuerdo a una escala de 0 a 100, siendo la nota 0 la menor y 100 la mayor.
La oferta que logre en la evaluación el mayor puntaje, será considerada como la más conveniente para el interés fiscal, pudiendo no corresponder a la de menor precio ofertado.
En una primera instancia, se analizarán las ofertas recepcionadas, respecto del cumplimiento de los requisitos señalados en las Bases Técnicas, lo que se evaluará comparando lo indicado por los Oferentes en sus Propuestas con las respectivas Bases Técnicas.
Sólo las ofertas que cumplan con el 100% de las especificaciones técnicas requeridas, quedarán seleccionadas para continuar el proceso de evaluación.
Para determinar el puntaje de cada oferta para las líneas requeridas, se aplicarán los siguientes criterios:
|
CRITERIOS A EVALUAR
|
PONDERACIÓN DEL FACTOR
|
|
a) Evaluación Económica
|
40%
|
|
b) Propuesta Técnica y Operacional
|
26%
|
|
c) Nivel de Servicio (SLA)
|
5%
|
|
d) Plazo de Entrega de la Implementación y Cronograma de Trabajo
|
9%
|
|
e) Experiencia del Oferente
|
5%
|
|
f) Servicios Adicionales no contemplados en las bases
|
3%
|
|
g) Cobertura
|
10%
|
|
h) Cumplimiento de requisitos formales
|
2%
|
|
TOTAL CRITERIOS
|
100%
|
El puntaje máximo de cada uno de los criterios a evaluar serán los siguientes:
a) Evaluación Económica: La evaluación del criterio Evaluación Económica considerará los subcriterios y porcentajes que a continuación se señalan. Cada subcriterio será calificada de acuerdo a una escala de 0 a 100, siendo la nota 0 la menor y 100 la mayor:
|
SUBCRITERIOS A EVALUAR
|
PONDERACIÓN DEL SUBCRITERIO
|
|
a.1) Valor servicio de telefonía móvil 33 líneas
|
15%
|
|
a.2) Valor minuto adicional de telefonía móvil
|
5%
|
|
a.3) Valor mensaje adicional servicio SMS
|
2%
|
|
a.4) Valor MB adicional servicio internet (celular)
|
8%
|
|
a.5) Costos equipo inicial (celular)
|
25%
|
|
a.6) Costos cambio de equipos (Celular)
|
25%
|
|
a.7) Valor servicio de Banda Ancha Móvil 10 líneas
|
10 %
|
|
a.8) Costos equipo inicial BAM
|
5%
|
|
a.9) Costos cambio de equipos BAM
|
5%
|
|
TOTAL CRITERIO EVALUACIÓN ECONOMICA
|
100%
|
Los sub-criterios a.1), a.2), a.3), a.4), a.7) se le asignará un puntaje conforme a la siguiente fórmula, que le asigna mayor puntaje a la oferta de menor valor:
|
Subcriterios
|
Fórmula de Cálculo
|
|
Evaluación Subcriterio
|
![]()
Valor mínimo ofertado del sub-criterio x 100
Valor sub-criterio a evaluar
|
Al criterio a.5) y a.8) se le asignará un puntaje conforme a la siguiente tabla:
|
Costos equipos inicial
|
|
Indicador
|
Definición
|
Puntaje
|
|
Costos
Equipos inicial
|
|
Puntaje Máximo
|
100
|
|
El Costo equipos inicial es igual a $0.-
|
Puntaje Específico
|
100
|
|
El Costo equipos inicial es mayor a $0 y es el mejor ofertado.
|
50
|
|
El Costo equipos inicial es mayor a $0 y NO es el mejor ofertado.
|
10
|
Nota: El criterio a.5) y a.8) dará puntaje máximo 100 puntos a aquel oferente que indique $0.- por concepto de Costo equipos iniciales, asignará 50 puntos a quien cobre un valor superior a $0.- y sea la mejor oferta comparado con los otros oferentes, de existir 2 o más oferentes en esta condición se le asignará 50 puntos a cada uno y al resto 10 puntos. De no existir ofertas en $0.- este ítem NO entregará puntaje máximo.
Al criterio a.6) y a.9) se le asignará un puntaje conforme a la siguiente tabla:
|
Costos cambio de equipos
|
|
Indicador
|
Definición
|
Puntaje
|
|
Costos renovación
de equipos
|
|
Puntaje Máximo
|
100
|
|
El Costo del cambio de equipos cada 18 meses es igual a $0.-
|
Puntaje Específico
|
100
|
|
El Costo del cambio de equipos (cada 18 meses) es mayor a $0
|
0
|
b) Propuesta Técnica y Operacional:
|
Propuesta Técnica y Operacional
|
|
Indicador
|
Definición
|
Puntaje
|
|
Cumplimiento de Requisitos de la Propuesta Técnica y Operacional
|
|
Puntaje Máximo
|
100
|
|
Cumplimiento íntegro de especificaciones.
|
Puntaje Específico
|
100
|
|
Cumplimiento entre 70% y 99% de las especificaciones solicitadas.
|
50
|
|
Cumplimiento menor a un 70% de las especificaciones solicitadas.
|
0
|
c) Nivel de Servicio (SLA):
|
Nivel de Servicio SLA
|
|
Indicador
|
Definición
|
Puntaje Máximo 100
|
|
Requerimientos, Incidencias, Eventuales Fallas o cualquier eventualidad de los equipos móviles.
|
|
Puntaje Máximo
|
30
|
|
Primer mejor tiempo ofertado
|
Puntaje Específico
|
30
|
|
Segundo mejor tiempo ofertado
|
22
|
|
Tercer mejor tiempo ofertado
|
15
|
|
Cuarto mejor tiempo ofertado
|
6
|
|
Siguientes lugares
|
0
|
|
Requerimientos, Incidencias, Eventuales Fallas o cualquier eventualidad del Servicio de Telefonía Móvil e internet.
|
|
Puntaje Máximo
|
30
|
|
Primer mejor tiempo ofertado
|
Puntaje Específico
|
30
|
|
Segundo mejor tiempo ofertado
|
22
|
|
Tercer mejor tiempo ofertado
|
15
|
|
Cuarto mejor tiempo ofertado
|
6
|
|
Siguientes lugares
|
0
|
|
Tiempo de entrega por reemplazo de equipos móviles ante Fallas o Desperfectos de los mismos y tengan que ser enviados a servicio técnico.
|
|
Puntaje Máximo
|
40
|
|
Primer mejor tiempo ofertado
|
Puntaje Específico
|
40
|
|
Segundo mejor tiempo ofertado
|
30
|
|
Tercer mejor tiempo ofertado
|
20
|
|
Cuarto mejor tiempo ofertado
|
10
|
|
Siguientes lugares
|
0
|
d) Plazo de Entrega de la Implementación y Cronograma de Trabajo, de acuerdo a lo indicado en el punto de Plazo de Entrega de las Bases Técnicas respectivas:
|
Plazo de Entrega de la Implementación y Cronograma de Trabajo
|
|
Indicador
|
Definición
|
Puntaje
|
|
Plazo de Entrega
|
|
Puntaje Máximo
|
100
|
|
7 días hábiles o menos.
|
Puntaje Específico
|
100
|
|
Más de 7 días hábiles.
|
0
|
e) Experiencia del Oferente: La experiencia de la empresa, será aquella que se tenga en soluciones implementadas equivalentes a la envergadura de la presente licitación. (Datos sujetos a verificación).
|
Experiencia del Oferente
|
|
Indicador
|
Definición
|
Puntaje
|
|
Experiencia de la empresa en soluciones similares.
|
|
Puntaje Máximo
|
100
|
|
Posee más de 10 experiencias en soluciones implementadas.
|
Puntaje Específico
|
100
|
|
Posee desde 7 a 10 experiencias en soluciones implementadas.
|
75
|
|
Posee desde 4 a 6
experiencias en soluciones implementadas.
|
25
|
|
Posee a lo más 3 experiencias en soluciones implementadas.
|
0
|
f) Servicios Adicionales no contemplados en las bases (Inherentes al servicio empresa):
|
Servicios Adicionales no contemplados en la bases
|
|
Indicador
|
Definición
|
Puntaje
|
|
Servicios Adicionales no contemplados en la bases
|
|
Puntaje Máximo
|
100
|
|
Más de 5 mejoras como Servicios Adicionales
|
Puntaje Específico
|
100
|
|
Desde 5 a 2 mejoras como Servicios Adicionales
|
70
|
|
Una mejora como Servicios Adicionales
|
20
|
|
Sin mejoras como Servicios Adicionales
|
0
|
g) Cobertura:
|
Cobertura
|
|
Indicador
|
Definición
|
Puntaje
|
|
Cumplimiento en % de cobertura del servicio en las 32 comunas de la Región.
|
|
Puntaje Máximo
|
100
|
|
Cumplimiento desde 70% a 100% en alguna de las 32 comunas.
|
Puntaje Específico
|
100
|
|
Cumplimiento desde 50% a 69% en alguna de las 32 comunas.
|
50
|
|
Cumplimiento igual o menor a un 49% en alguna de las 32 comunas.
|
0
|
h) Cumplimiento de requisitos formales:
|
Cumplimiento de requisitos formales
|
|
Indicador
|
Definición
|
Puntaje
|
|
Cumplimiento de los requisitos
|
|
Puntaje Máximo
|
100
|
|
Cumplimiento entrega de todos los anexos en plazo oficial
|
Puntaje Específico
|
100
|
|
Cumplimiento entrega de algún anexos solicitado por el mandante.
|
50
|
|
Incumplimiento en la entrega de anexos
|
0
|
ARTÍCULO 15 MECANISMOS DE RESOLUCIÓN EN SITUACIÓN DE EMPATE
En caso de empate entre las ofertas, se privilegiará a aquel oferente que tenga mayor puntaje en el criterio de Propuesta Técnica y Operacional. En caso que, en el criterio mencionado anteriormente, estén empatados, se decidirá en el siguiente orden: Nivel de Servicio (SLA); Cobertura; Experiencia del oferente; Plazo de Entrega de la Implementación y Cronograma de Trabajo; Servicios Adicionales no contemplados en las bases; Evaluación Económica; y Cumplimiento de requisitos formales.
ARTÍCULO 16 MECANISMO DE CONSULTA SOBRE ADJUDICACIÓN
Los oferentes podrán realizar consultas sobre la adjudicación, mediante correo electrónico dirigido al supervisor del contrato señalado en el Artículo 25 siguiente, dentro de las 24 horas posteriores de publicada la adjudicación en el portal www.mercadopublico.cl, el cual será informado en la Resolución Exenta que adjudica.
ARTÍCULO 17 DEL CONTACTO DURANTE LA LICITACION Y ACLARACIONES
Las preguntas formuladas por los proveedores deberán efectuarse sólo a través del sistema de información www.mercadopublico.cl, no pudiendo los proveedores contactarse de ninguna otra forma con esta entidad licitante o sus funcionarios, por la presente licitación, durante el curso del proceso.
El Gobierno Regional de La Araucanía pondrá las referidas preguntas y respuestas, en conocimiento de todos los proveedores interesados, a través del sistema de información, sin indicar el autor de las mismas, adjuntando para ello un oficio con las preguntas y las respectivas respuestas y/o posibles aclaraciones a las bases.
Este Gobierno Regional dará respuesta a las preguntas a través del sistema de información dentro del plazo establecido en el Artículo 6 de las presentes bases.
Esta entidad licitante no podrá tener contacto con los oferentes, salvo a través de las aclaraciones indicadas anteriormente, las visitas a terrenos establecidas en las bases y cualquier otro contacto especificado en las presentes Bases, en concordancia con el Artículo 27 del Decreto Supremo N° 250 de fecha 09.03.2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios.
ARTÍCULO 18 CONTACTOS DURANTE LA EVALUACION
De acuerdo a lo establecido en Artículo 39 del Decreto Supremo 250 de fecha 09.03.2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, durante el período de evaluación, los oferentes sólo podrán mantener contacto con la entidad licitante para los efectos de la misma, a través de solicitudes de aclaraciones o entrega de muestras o pruebas que la entidad licitante pudiese requerir durante la evaluación, que permitan una mejor comprensión de los antecedentes presentados, los cuales serán solicitadas a través del sistema, debiendo el oferente responder a través del mismo sistema, en un plazo máximo de 24 horas, contados desde la notificación del respectivo requerimiento, si este plazo recae en un día feriado o festivo, se considerará el día hábil inmediatamente siguiente, para responder a lo solicitado por la Entidad licitante o para acompañar los antecedentes requeridos por ésta. La Entidad licitante no considerará las respuestas o los antecedentes recibidos una vez vencido dicho plazo. Estos antecedentes pasarán a formar parte del expediente de evaluación.
ARTICULO 19 ERRORES U OMISIONES DETECTADOS DURANTE LA EVALUACIÓN
En virtud del Artículo 40, inciso 2°, del Reglamento de la Ley N° 19.886, una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, la Entidad licitante podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes si correspondiere a través del Sistema de Información.
Se permitirá, asimismo, la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones NO mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.
Los oferentes tendrán un plazo máximo de 24 horas, contados desde la notificación del respectivo requerimiento, si este plazo recae en un día feriado o festivo, se considerará el día hábil inmediatamente siguiente, para responder a lo solicitado por la Entidad licitante o para acompañar los antecedentes requeridos por ésta. La Entidad licitante no considerará las respuestas o los antecedentes recibidos una vez vencido dicho plazo.
En estos casos, en el Artículo 14 letra h) de las presentes bases administrativas, se contempla, dentro de los criterios de evaluación, el cumplimiento de los requisitos formales de presentación de la oferta, asignando menor puntaje a las ofertas que no cumplieron, dentro del plazo para presentación de ofertas, con todo lo requerido.
ARTÍCULO 20 APLAZAMIENTO DE LA ADJUDICACIÓN
En el caso que la adjudicación no se pueda realizar en el plazo señalado en las presentes bases de licitación, el Gobierno Regional, informará en el sistema de información www.mercadopublico.cl, por medio de Resolución Exenta, las razones que justifiquen el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicará un nuevo plazo para la adjudicación.
ARTICULO 21 READJUDICACION
El Gobierno Regional de La Araucanía se reserva el derecho de readjudicar la licitación si el proveedor adjudicado desiste de su oferta, no firma contrato, no acepta la orden de compra emitida, dentro de los plazos establecidos en el Artículo 27 o no cumple cualquiera de los plazos, requisitos y características establecidas tanto en las bases administrativas y técnicas, para lo cual, el mandante podrá optar por el proveedor que hubiera obtenido el segundo puntaje más alto en el proceso de evaluación de oferta y así sucesivamente hasta lograr su adjudicación, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación y realizar un nuevo proceso de contratación si fuera necesario.
ARTÍCULO 22 ACLARACIONES Y MODIFICACIONES DE LAS BASES
Se podrán modificar las presentes Bases y sus anexos, ya sea por iniciativa propia del Mandante o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes, durante el proceso de la propuesta, hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas.
Las modificaciones y/o aclaraciones que se lleven a cabo, se informarán en el sitio web www.mercadopublico.cl y se encontrarán vigentes desde la fecha del acto administrativo que las apruebe.
Junto con aprobar la modificación de las bases, se deberá establecer un nuevo plazo para el cierre o recepción de las propuestas, permitiendo a los potenciales oferentes conocer y adecuar sus ofertas a tales modificaciones, así mismo se podrá, si fuese necesario, establecer un nuevo plazo para la adjudicación, en atención al nuevo plazo de cierre en la presentación de las ofertas.
Las respectivas aclaraciones y/o modificaciones que se realicen, pasarán a formar parte integrante de las Bases Administrativas y Técnicas.
ARTÍCULO 23 DEL PRECIO Y FORMA DE PAGO
a) De la oferta ingresada al Portal
La oferta ingresada en el portal www.mercadopublico.cl deberá indicar el valor total neto mensual del servicio a contratar, en moneda nacional, el cual debe incluir los valores netos mensuales de los siguientes servicios en una sola línea :
- El Servicio de Telefonía Móvil para 33 planes multimedia: corresponde al valor total neto mensual del servicio de telefonía móvil, para 33 líneas telefónicas.
- El Servicio de Internet Móvil para 10 planes de Banda Ancha Móvil: corresponde al valor total neto mensual del servicio de Banda Ancha Móvil, para 10 planes BAM.
VALOR TOTAL NETO MENSUAL = VALOR NETO MENSUAL 33 PLANES MULTIMEDIA+ VALOR NETO MENSUAL 10 PLANES BANDA ANCHA MOVIL
El VALOR TOTAL NETO MENSUAL, correspondiente a la sumatoria de los dos servicios a contratar, deberá coincidir con la oferta indicada en la tabla N° 2, columna Valor Neto Mensual ($) del total mensual líneas 1 y 2, del Anexo N° 8.
El oferente deberá ofertar obligatoriamente todos los servicios requeridos, por lo que el Gobierno Regional adjudicará a un solo proveedor.
Los precios ofertados no tendrán ningún tipo de reajustes ni intereses.
El oferente adjudicado deberá facturar mensualmente a nombre del Gobierno Regional de La Araucanía, la cual debe ser emitida con los siguientes datos:
Razón Social: Gobierno Regional de La Araucanía
Rol Único Tributario: 72.201.100-7
Giro: Administración Pública
Dirección: Manuel Bulnes 590 piso 10, Temuco
El servicio contratado se pagará mensualmente, en moneda nacional, vía transferencia electrónica, contra presentación de factura, dentro de los 30 días siguientes de recibida por el sistema DTE (Documento Tributario Electrónico) y previa recepción conforme por parte del Supervisor del Contrato y siempre que exista la disponibilidad presupuestaria correspondiente (Ley N° 21.131).
Entiéndase por recepción de la factura la fecha de emisión de la misma por parte del proveedo, siempre que no se hubiera rechazado u objetado según lo establece el Articulo 3° de la Ley N° 19.983.
El proveedor solo podrá facturar los servicios efectivamente prestados y recibidos conforme por el Gobierno Regional de La Araucanía, una vez que el administrador del contrato por parte del organismo comprador autorice la facturación en virtud de la recepción conforme de los servicios contratados.
El organismo comprador rechazará todas las facturas que hayan sido emitidas sin contar con la recepción conforme de los servicios y la autorización expresa de facturar por parte de éste.
Con todo, para proceder al pago se requerirá que previamente el órgano público comprador certifique la recepción conforme de los bienes y servicios adquiridos dentro del plazo establecido en el Artículo 3° de la Ley N° 19.983, esto es dentro de los ocho días corridos siguientes a la recepción de la factura o del respectivo instrumento tributario de cobro.
Para los efectos de esta ley, se tendrá por irrevocablemente aceptada la factura si no se reclamara en contra de su contenido o de la falta total o parcial de la entrega de las mercaderías o de la prestación del servicio, mediante alguno de los siguientes procedimientos:
1. Devolviendo la factura y la guía o guías de despacho, en su caso, al momento de la entrega, o
2. Reclamando en contra de su contenido o de la falta total o parcial de la entrega de las mercaderías o de la prestación del servicio, dentro de los ocho días corridos siguientes a su recepción. En este caso, el reclamo deberá ser puesto en conocimiento del emisor de la factura por carta certificada, o por cualquier otro modo fehaciente, conjuntamente con la devolución de la factura y la guía o guías de despacho, o bien junto con la solicitud de emisión de la nota de crédito correspondiente. El reclamo se entenderá practicado en la fecha de envío de la comunicación.
ARTÍCULO 24 ENCARGADO RESPONSABLE DE PAGO
El funcionario encargado del Proceso de Pago será un profesional del Gobierno Regional de La Araucanía, designado por el Mandante en la Resolución Exenta que adjudica la licitación pública y podrá modificarse si el mandante lo estime necesario.
ARTÍCULO 25 CONTRAPARTE TÉCNICA
La contraparte técnica de la presente contratación será el Gobierno Regional de La Araucanía representado por un funcionario Supervisor del Contrato, o en sus efectos quien lo subrogue o reemplace.
Este funcionario actuará como Supervisor del Contrato, quien deberá, entre otras funciones, formular todas las observaciones que le merezca la ejecución del contrato. En general, le corresponderá velar por el correcto y cabal cumplimiento del contrato, hasta el término del proceso.
El nombramiento del Supervisor se hará en la Resolución Exenta que adjudica la presente licitación y podrá modificarse dicha designación, si el Mandante lo estima necesario.
El Supervisor podrá hacerse asesorar por otros funcionarios del Gobierno Regional, quienes sólo le podrán hacer proposiciones a éste, pero no impartir órdenes o hacer observaciones directamente al prestador del servicio, todo lo cual debe ser canalizado debidamente a través del Supervisor.
Todo reclamo o solicitud del prestador del servicio que se relacione con la ejecución del contrato, deberá presentarse por escrito al Supervisor, quien resolverá al respecto.
ARTÍCULO 26 ANTICIPO
No se contempla anticipos.
ARTÍCULO 27 DEL CONTRATO
1. El oferente favorecido tendrá un plazo de 5 días hábiles para suscribir el contrato, contados desde la fecha de la resolución que adjudica la propuesta pública.
Si el oferente favorecido no firmare el contrato en el plazo indicado, se entenderá por desistida su oferta y el Gobierno Regional podrá readjudicar la propuesta al siguiente oferente mejor evaluado o declararla desierta, debiendo hacer efectiva la garantía de seriedad de la oferta.
El oferente favorecido deberá autorizar ante Notario Público su firma estampada en el contrato, de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 425 del Código Orgánico de Tribunales.
2. El contrato contendrá una referencia a la Licitación y a la Adjudicación, y deberá tener, al menos, las siguientes menciones:
- Individualización de los contratantes
- Poderes de representación de quién actúa (si correspondiere).
- Objeto.
- Valor del contrato, sin reajustes ni intereses de ningún tipo.
- Plazo del contrato e inicio del cómputo de éste.
- Garantía.
- Multas.
- Imputación presupuestaria.
- La orden de compra será enviada al proveedor adjudicado, una vez totalmente tramitada la Resolución Exenta que aprueba el contrato respectivo.
- La orden de compra deberá ser aceptada a través del sistema Mercado Público dentro del plazo máximo de 48 horas una vez emitida al proveedor adjudicado.
ARTÍCULO 28 DE LA DURACIÓN DEL CONTRATO
Considerando la naturaleza del servicio y la mejor utilización de los recursos fiscales de la entidad licitante y las condiciones del mercado para este tipo de servicio el plazo de duración del contrato empezará a regir a contar de la fecha de firma del contrato y se extenderá hasta un máximo de 36 meses.
Para efectos presupuestarios, el primer período de vigencia del contrato se inicia a partir de la fecha de firma del contrato y hasta el 31 de diciembre de 2022. La extensión de su vigencia más allá de cada ejercicio presupuestario anual quedará supeditada a la disponibilidad presupuestaria vigente en el presupuesto del Programa Gastos de Funcionamiento del Gobierno Regional de La Araucanía de cada año. Por lo anterior, el Gobierno Regional queda, desde ya, facultado para poner término al presente contrato invocando como fundamento, la falta de recursos suficientes en el ejercicio presupuestario que se trate, sin que ello deba hacerse con una anticipación determinada y sin que genere responsabilidad alguna para el Servicio, por lo cual, dicha decisión unilateral del Servicio no implicará el pago de indemnización alguna por ningún concepto que no sea el pago de los servicios prestados por la empresa.
Sin perjuicio de lo anterior, el Gobierno Regional de La Araucanía, por medio de Resolución Exenta, podrá poner término al contrato sin expresión de causa, y en cualquier fecha, dando aviso con treinta días de anticipación, a lo menos, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 31 de las presentes Bases Administrativas.
ARTÍCULO 29 GARANTIAS DEL CONTRATO
- Previo a la firma del contrato, el oferente favorecido deberá presentar una Garantía pagadera a la vista y sola presentación e irrevocable, extendida a la orden del Gobierno Regional de La Araucanía, de fiel, total y oportuno cumplimiento del Contrato, por un monto equivalente al 10% del valor total del contrato, cuya vigencia deberá exceder en al menos 90 días al término del contrato. La glosa o motivo de la Garantía deberá indicar claramente lo siguiente: “GARANTIZAR EL FIEL, TOTAL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO DE LA LICITACIÓN PÚBLICA, CONTRATACIÓN DE SERVICIO DE TELEFONÍA E INTERNET MOVIL Y ARRIENDO DE EQUIPOS MÓVILES PARA EL GOBIERNO REGIONAL DE LA ARAUCANÍA”
Cuando la glosa requerida no pueda ser incluida en el documento, se deberá escribir al reverso de la garantía o consignarla en una declaración jurada simple acompañada a tal instrumento.
- Esta garantía deberá ser enviada dentro de los 5 días hábiles siguientes a la notificación de la adjudicación, a la Oficina de Partes del Gobierno Regional de La Araucanía, ubicada en Calle Manuel Bulnes N° 590 Piso 1°, Temuco, en un sobre cerrado dirigido a Gobierno Regional de La Araucanía, caratulado con el nombre de la licitación.
- Si el proponente no presentare la Boleta de Garantía de fiel cumplimiento del Contrato previo a la suscripción del mismo, se le tendrá por desistido del contrato, quedando el mandante en libertad de adjudicar la contratación del servicio al siguiente oferente mejor evaluado o declarar desierta la licitación. Así mismo, se deberá hacer efectiva la garantía a que se hace referencia en el Artículo 8 de estas bases.
- Si el contrato experimenta aumento de la vigencia y/o monto del contrato, el contratista deberá aumentar consecuentemente el plazo y/o el monto en proporción del contrato autorizado.
- En caso de prorroga del contrato respectivo, conforme a lo estipulado en el Articulo 34, el oferente adjudicado deberá renovar la garantía, en proporción a la cantidad de meses contratados, con vigencia que exceda en al menos 90 días el nuevo plazo del contrato.
ARTÍCULO 30 SANCIONES
1) MULTAS
El proveedor adjudicado será sancionado por el Gobierno Regional con el pago de una multa por los siguientes conceptos:
a) Multas por atraso en la entrega y puesta en marcha del servicio
Si el proveedor no cumple con las fechas de entrega ofertados, se acuerdo a lo indicado en Anexo N° 6, se le aplicarán las multas que se detallan a continuación. Lo anterior en el caso que la responsabilidad del atraso sea imputable al adjudicado.
El monto de las multas será el siguiente:
- Si el atraso es de hasta 5 días corridos, la multa será de 4 Unidades de Fomento, por cada día de atraso.
- Si el atraso es entre 6 y 10 días corridos, la multa será de 8 Unidades de Fomento, por cada día de atraso.
En ningún caso se podrá superar más de 10 días corridos de atraso, situación en la cual el Gobierno Regional procederá a dar término anticipado al contrato de acuerdo a lo establecido en el Articulo 31, de las presentes bases administrativas. Para los efectos del cobro de la multa, se considerará el valor de la Unidad de Fomento del último día del mes anterior en que sean notificadas las infracciones al adjudicatario.
b) Multas por no disponibilidad:
El proveedor deberá asegurar la operatividad del Servicio de Internet Dedicado. Para ello deberá contar con los aspectos que garanticen su continuidad operacional. En caso de que exista una no disponibilidad o interrupción del servicio atribuible al adjudicatario que se prolongue por más de 4 horas, deberá pagar una multa de UF 2, por cada hora en que se mantenga no disponible el servicio. Se entenderá por no disponibilidad o interrupción del servicio a la caída del Servicio de Internet Dedicado contratado, por causa atribuible al adjudicatario.
c) Multas por no cumplimiento del nivel de servicio (SLA)
El proveedor deberá cumplir con el SLA de servicio especificado en el punto II.4 de las Bases Técnicas. En caso de no responder los requerimientos solicitados por el supervisor del contrato, se aplicarán las multas que se detallan a continuación:
- Si el atraso es de hasta 9 días corridos, la multa será de 3 Unidades de Fomento, por cada día de atraso. En caso que el atraso es inferior a un día, se aplicará la multa proporcional a las horas atrasadas, con respecto a 24 horas de trabajo.
- Si el atraso es entre 10 y 20 días corridos, la multa será de 6 Unidades de Fomento, por cada día de atraso.
- Si el atraso es superior a 20 días corridos, la multa será de 9 Unidades de Fomento, por cada día de atraso.
Las multas singularizadas en las letras anteriores, no serán aplicables cuando los motivos que las originen sean no imputables al proveedor, las cuales deberán ser debidamente justificadas y serán aplicadas en forma separada en atención a la configuración de la causa que se consigna.
El tope del total de las multas aplicadas será equivalente al 15% del valor total del contrato.
En caso de alcanzarse el tope máximo, se entenderá que existe incumplimiento grave del contrato, por lo que adicionalmente al cobro de las multas aplicadas hasta dicho monto, el Gobierno Regional podrá poner término anticipado al contrato y hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 31 de las bases administrativas.
2) COBRO DE GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
La garantía de fiel cumplimiento del contrato podrá ser cobrada en los siguientes casos:
a) Incumplimiento de las obligaciones laborares y sociales del adjudicatario con sus trabajadores.
b) Cuando por una causa imputable al respectivo adjudicatario, se haya puesto término anticipado al correspondiente contrato en los casos señalados en el Articulo 31.
3) PROCEDIMIENTO PARA LA APLICACIÓN DE SANCIONES
Para que el Gobierno Regional proceda a aplicar la multa, cobro de garantía de fiel cumplimiento o término anticipado, deberá seguirse el siguiente procedimiento:
a) Detectada una situación que amerite la aplicación de multa o el cobro de garantía de fiel cumplimiento, el supervisor del contrato, designado por el Gobierno Regional, notificará inmediatamente de ello al proveedor, mediante correo electrónico enviado a la casilla e-mail del administrador de la cuenta designada en el ANEXO N°5 de las respectivas bases, carta certificada o personalmente, informándole sobre la sanción a aplicar y sobre los hechos en que esta se motiva. Por la sola notificación al correo electrónico indicado anteriormente, se entenderá notificado el representante legal de la empresa.
b) A contar de la notificación singularizada en la letra anterior, el proveedor tiene un plazo de 5 días hábiles contados desde el día hábil siguiente al envío de la notificación electrónica ejecución de la notificación personal o recepción de la carta certificada, para efectuar sus descargos por escrito ante el supervisor del contrato, acompañando todos los antecedentes que respalden su posición.
c) Vencido el plazo indicado en la letra anterior sin que hayan presentado descargos, se aplicará la correspondiente sanción por medio de una resolución fundada del Gobierno Regional.
d) Si el adjudicado ha presentado descargos dentro del plazo establecido para estos efectos, este Servicio tendrá un plazo de 30 días hábiles, contados desde la recepción del descargo del proveedor, para rechazarlos o acogerlos, total o parciamente. Al respecto, el rechazo total o parcial de los descargos del respectivo proveedor deberá formalizarse a través de la dictación de una resolución fundada del Gobierno Regional, en la cual deberá detallarse el contenido y las características de la sanción a aplicar. La indicada resolución deberá notificarse al respectivo proveedor adjudicado mediante correo electrónico enviado a la casilla e-mail del administrador de la cuenta designada en el Anexo N°5 de las respectivas bases, carta certificada o personalmente. Por la sola notificación al correo electrónico indicado anteriormente, se entenderá notificado el representante legal de la empresa.
e) Recurso de reposición: El proveedor adjudicado dispondrá de un plazo de 5 días hábiles, contados desde el día hábil siguiente al envío de la notificación electrónica, ejecución de la notificación personal o recepción de la carta certificada, de la resolución fundada singularizada en las letras c) y d) anteriores, para impugnar dicho acto administrativo, debiendo acompañar todos los antecedentes que justifiquen eliminar, modificar o reemplazar la respectiva sanción. El Gobierno Regional tendrá un plazo no superior a 30 días hábiles para resolver el citado recurso.
f) La resolución que acoja el recurso podrá modificar, reemplazar o dejar sin efecto el acto impugnado. Dicha resolución deberá ser publicada en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl. Ahora bien, en el evento que la sanción sea finalmente cursada, sea total o parcialmente, ésta se hará efectiva mediante descuentos en los pagos más próximos que el Gobierno Regional deba efectuar al proveedor.
ARTÍCULO 31 TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
El Gobierno Regional está facultado para declarar administrativamente el término anticipado del contrato, en cualquier momento, sin derecho a indemnización alguna para el adjudicado, si concurre alguna de las causales que se señalan a continuación:
a) RESCILIACIÓN O MUTUO ACUERDO DE LAS PARTES: Si existe pleno acuerdo de las partes, lo cual quedará estampado por escrito, el contrato se entenderá extinguido sin que corresponda derecho a indemnización por ninguna de las partes.
b) NOTORIA INSOLVENCIA DEL ADJUDICATARIO: La cual determinará la resolución del contrato. Se presumirá insolvencia del adjudicatario cuando tenga documentos comerciales protestados o se encuentre en mora en el pago de las remuneraciones, obligaciones previsionales y/o tributarias, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean necesarias para garantizar el cumplimiento del contrato.
c) Si se disuelve, se declare en quiebra, o exista una cesión de bienes de la empresa adjudicada.
d) Por incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el adjudicatario. Se entenderá por incumplimiento grave la no ejecución o la ejecución parcial por parte del adjudicatario de las obligaciones correspondientes a la prestación del servicio, descritas en las presentes bases, sin que exista alguna causal que le exima de responsabilidad, y cuando dicho incumplimiento le genere al Gobierno Regional un perjuicio significativo en el cumplimiento de sus funciones.
e) Por reiterados incumplimientos de las órdenes e instrucciones impartidas por la supervisión, relacionadas con la ejecución del servicio.
f) Por la incapacidad de la empresa adjudicada para seguir adelante con la ejecución del contrato, derivada de problemas internos como huelga de sus trabajadores, los que sean suficientes como para ser calificados de caso fortuito o fuerza mayor, calificación que será realizada por el Gobierno Regional, previo informe de la empresa contratada.
g) Si el Prestador fuere condenado por algún delito que merezca pena aflictiva. Tratándose de sociedades, cuando lo fuere alguno de sus socios, siempre que tengan la calidad de miembros del Directorio, Apoderados o bien tenga la Administración de la sociedad, sea por cláusula del contrato social o por delegación de facultades.
h) Por incumplimiento de la obligación de confidencialidad establecida en las presente bases.
i) Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos 2 años, a la mitad del periodo de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
j) Incumplimiento de las obligaciones emanadas del pacto de integridad, establecido en el Artículo 43 de las bases administrativas.
k) La falta de recursos suficientes por parte del Gobierno Regional, en el ejercicio presupuestario que se trate.
l) Por haber superado el tope de aplicación de multas establecido en el Articulo 30, número 1.
m) Si el plazo de entrega y funcionamiento del servicio sobrepasa en 10 días corridos al tiempo ofertado por el proveedor.
En caso de producirse la terminación del contrato, a excepción de lo señalado en el punto a) y b) precedente, el mandante podrá hacer efectivas de inmediato las garantías que obren en su poder.
Resuelto el término anticipado del contrato, no operará indemnización alguna para el adjudicatario, debiendo el Gobierno Regional concurrir al pago de las obligaciones ya cumplidas que se encontraren insolutas a la fecha de liquidación del contrato.
Para aplicar el término anticipado del contrato, este Gobierno Regional notificará por escrito al adjudicatario, con un aviso previo de 30 días corridos. Sin perjuicio de lo señalado, el adjudicatario deberá cumplir íntegramente sus compromisos hasta el último día de duración del contrato.
La resolución que disponga el término anticipado del contrato, deberá ser fundada y deberá publicarse en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl, a más tardar dentro de las 24 horas de su dictación.
ARTÍCULO 32 CESION Y SUBCONTRATACIÓN
El adjudicatario no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de esta licitación y en especial lo establecido en el respectivo contrato que se celebra con este Gobierno Regional.
Se permite la subcontratación parcial de servicios, en aspectos anexos al servicio principal, sin perjuicio que la responsabilidad deberá permanecer en el adjudicatario. Esta subcontratación solo podrá tener lugar, en donde sea estrictamente necesario para efectuar el servicio, y no representará ningún costo adicional para la Entidad Compradora.
Con todo, la empresa adjudicataria deberá ser la que efectivamente preste los servicios contratados, no pudiendo ceder de hecho a un tercero la ejecución de aquéllos.
La infracción de esta prohibición será causal inmediata de término del contrato, sin perjuicio de las acciones legales que procedan.
Con todo, cabe señalar que el adjudicatario siempre será el único responsable del pleno cumplimiento de las obligaciones descritas en estas bases.
ARTÍCULO 33 MODIFICACIÓN DE CONTRATO
Cualquier modificación al contrato requerirá de la voluntad de ambas partes manifestada en un documento adicional que pasará a formar parte integrante de éste. Dicha modificación de contrato deberá ser aprobada mediante Resolución Exenta.
Asimismo, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 77 del D.S. 250, indicado en el VISTOS 4, no podrá alterarse la aplicación de los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, así como tampoco podrá aumentarse el monto del contrato más allá de un 30% del monto originalmente pactado.
ARTÍCULO 34 PRORROGA DE CONTRATO
De acuerdo al Artículo 12 del reglamento de la Ley Nº 19.886, sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios, el Gobierno Regional de La Araucanía, considerando la naturaleza del servicio y la mejor utilización de los recursos fiscales de la entidad licitante y las condiciones del mercado para este tipo de servicio podrá prorrogar, en forma unilateral, por medio de Resolución respectiva, el plazo del contrato suscrito, por el espacio de tiempo que el Gobierno Regional de La Araucanía determine, el que en todo caso no podrá ser superior a 36 meses por una única vez, mientras los servicios sean necesarios y existiendo las disponibilidades presupuestarias.
En caso de prórroga del Contrato por 36 meses más, éste se mantendrá en las mismas condiciones pactadas, manteniendo o mejorando los valores y se deberá renovar la garantía por fiel cumplimiento de contrato en los términos señalados en el Artículo 29 de las presentes Bases administrativas.
En todo caso, esta facultad sólo podrá ser ejercida previo Informe de la División de Administración y Finanzas que evalúe las condiciones anteriores, y sólo podrá ejercerse por una sola vez, al término de lo cual deberá realizarse un nuevo proceso de contratación.
Sin perjuicio de lo anterior, el Gobierno Regional de La Araucanía, por medio de Resolución, podrá poner término al contrato, sin expresión de causa, y en cualquier fecha, dando aviso con treinta días de anticipación, a lo menos, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 31.
ARTÍCULO 35 RECEPCIÓN Y LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO
Una vez terminada la prestación de los servicios contratados, se procederá dentro de los 90 días corridos siguientes, a realizar la liquidación del contrato, acto que se aprobará mediante Resolución Exenta. En dicha resolución se resolverá acerca de la devolución de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, dentro del plazo indicado en el Articulo 36.
En el evento que el contrato haya terminado anticipadamente según lo establecido en estas Bases Administrativas, el término del mismo se sujetará a las formalidades establecidas en el Articulo 30, punto 3 y se resolverá sobre la devolución de los equipos arrendados y pago de cuotas pendientes.
ARTÍCULO 36 FORMA Y MOMENTO DE RESTITUCIÓN DE LAS GARANTIAS
1. Las Garantías por seriedad en la presentación de la propuesta serán restituidas a los oferentes no adjudicados, dentro de los 20 días corridos siguientes a la adjudicación y al oferente adjudicado dentro de los 10 días corridos siguientes a la entrega de la boleta de garantía por fiel cumplimiento del contrato.
2. La Garantía por Fiel, Total y Oportuno Cumplimiento del Contrato, será restituida dentro de los 10 días corridos siguientes a la liquidación del contrato.
3. Las garantías deberán ser retiradas en la oficina de Tesorería de este Gobierno Regional, ubicadas en Calle Manuel Bulnes N° 590 Piso 10, de la ciudad de Temuco, en el horario de lunes a viernes de 09.00 hrs. A 13.00 hrs.
4. Excepcionalmente las garantías serán enviadas vía correo, a la dirección del oferente siempre y cuando este no tenga representante ni persona alguna que pueda retirar dichos documentos en la oficina de Tesorería de este Servicio.
ARTÍCULO 37 FORMA DE COMPUTAR LOS PLAZOS
Para los efectos de las presentes bases, la expresión de días hábiles, comprende de lunes a viernes exceptuados los sábados, domingos y feriados.
A su vez, la expresión días corridos comprende de lunes a domingo, sin excepción de días feriados intermedios.
ARTÍCULO 38 DOMICILIO DEL PROVEEDOR
Para todos los efectos de la presente licitación, las partes constituyen domicilio en la comuna de Temuco, sometiéndose a la competencia de sus Tribunales de Justicia.
ARTÍCULO 39 CONFIDENCIALIDAD
El Adjudicatario deberá guardar absoluta confidencialidad sobre los antecedentes, reservados o no, que pongan a su disposición el Gobierno Regional de La Araucanía, y en general, de todos aquellos que conozca con ocasión de la ejecución de los servicios.
El adjudicatario deberá garantizar el resguardo de la confidencialidad de la información señalada precedentemente, también respecto de sus dependientes y/o subcontratistas, reservándose el Gobierno Regional el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan de acuerdo a las normas legales vigentes.
La divulgación, por cualquier medio, de la información antes referida por parte del adjudicatario y/o sus dependientes y subcontratistas, durante la vigencia del contrato, o después de su finalización, dará lugar al Gobierno Regional para entablar las acciones judiciales que correspondan, sin perjuicio de la responsabilidad solidaria por los actos que hayan ejecutado sus empleados y quienes resulten responsables
ARTÍCULO 40 SOBRE POLÍTICA DE SEGURIDAD Y NORMAS DE SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN
El adjudicatario deberá velar por el correcto cumplimiento de la Política de Seguridad de la Información y los documentos que lo complementan y en lo principal, sobre los accesos a las diferentes áreas críticas del Servicio.
ARTÍCULO 41 PUBLICIDAD DE OFERTA TÉCNICA
Las ofertas técnicas de los oferentes NO serán de público conocimiento una vez adjudicada la presente licitación.
ARTÍCULO 42 ORDEN DE PRELACION
Para los efectos de interpretación, se establece el siguiente orden de prelación de los documentos que surgen a raíz de la presente licitación:
- Bases Técnicas
- Bases Administrativas
- Aclaraciones
- Contrato
ARTÍCULO 43 PACTO DE INTEGRIDAD
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
2. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas.
3. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
4. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
5. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y el o los contratos que de ellos se derivase.
6. El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
7. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
8. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.