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Resolución de Empates |
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Ante una igualdad de puntaje en la evaluación final de las ofertas se adjudicará:
- La oferta con mejor plazo de ejecución.
- La oferta que contenga mayor experiencia en servicios similares a la propuesta pública.
- La oferta con mejor precio económico.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
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ERRORES U OMISIONES
En virtud del Artículo 40, inciso 20 , del Reglamento de la Ley N O 19.886, una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, la Entidad licitante podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información.
Se permitirá, asimismo, la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta a través del sistema de información de www.mercadopublico.cl, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.
Los oferentes tendrán un plazo máximo de 48 horas, contados desde la notificación del respectivo requerimiento. La Entidad licitante no considerará las respuestas o los antecedentes recibidos una vez vencido dicho plazo.
En las bases administrativas, se contempla, dentro de los criterios de evaluación, el cumplimiento de los requisitos formales de presentación de la oferta, asignando menor puntaje a las ofertas que no cumplieron, dentro del plazo para presentación de ofertas, con todo lo requerido.
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SALDOS INSOLUTOS |
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De remuneraciones o cotizaciones con trabajadores actuales o en los últimos dos años, los primeros estados de pago deberán ser destinados a pagar tales obligaciones. (Incumplimiento es causal para poner término al contrato)
Durante la etapa de evaluación, para determinar el cumplimiento de lo señalado en los párrafos anteriores de las presentes bases la Comisión Evaluadora podrá hacer uso de sus facultades.
El oferente adjudicado para efectos de la firma del contrato deberá contar con la inscripción y habilitación de Chileproveedores contados dentro del plazo de cinco días de la notificación de adjudicación, bajo apercibimiento de dejar sin efecto y proceder a una readjudicación a aquel oferente que de acuerdo a su evaluación y porcentaje haya ocupado el segundo lugar para la presente licitación.
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FINANCIAMIENTO Y PRESUPUESTO |
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El financiamiento considera el valor total de todos los gastos que demande la ejecución de las obras sean estas directas e indirectos, impuestos, permisos, certificados y gastos incluidos, que equivale al precio propuesto por el contratista en su oferta. Este valor comprende la totalidad de los materiales y mano de obra, permisos certificados, gastos generales, no asintiéndole al contratista el derecho de cobrar ningún valor adicional por cualquier concepto que involucre el presente contrato y hasta la entrega efectiva de la obra, de acuerdo a los requerimientos técnicos y recepción conforme de a la Secretaria Comunal de Planificación (SECPLAC). El precio de la obra se mantendrá inalterable durante toda la vigencia del contrato y no podrá modificarse unilateralmente por el contratista bajo ninguna circunstancia, ni aun cuando se invoque circunstancias derivadas de las condiciones de mercado o la ocurrencia de un caso fortuito o fuerza mayor.
El contrato a que se refieren las presentes Bases Administrativas será adjudicado mediante licitación pública, y ejecutado bajo la modalidad de Suma Alzada, sin reajustes, ni intereses, estados de pagos. El proyecto a ejecutar, solicitados en materia de la presente propuesta será financiado por el Programa Mantenimiento Infraestructura APS (PMI) año 2022. Cuenta administración de fondos N°215.22.06.001 denominado “Mantenimiento y reparación de edificación”, por un monto total de $ 41.140.924.- Los cuales serán pagaderos en tres estados de pagos, definidos de la siguiente manera:
- El primer estado de pago, será del 30%, según el avance de la obra al 30%
- Segundo estado de pago, será del 30%, según el avance de la obra al 30%
- Tercer estado de pago, será del 40%, según el avance de la obra al 40%
La Municipalidad de Colchane se reserva el derecho de descontar o aumentar partidas, disminuir o aumentar unidades en los ítems, adjudicar total o parcialmente, o declarar no adjudicada la presente propuesta, según se estime conveniente a los intereses municipales.
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VISITA A TERRENO OBLIGATORIA |
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La Municipalidad de Colchane indicará en la ficha de licitación correspondiente la fecha, hora y lugar para la realización de una visita a terreno obligatoria; en dicha instancia los oferentes efectuaran un recorrido del entorno a fin de identificar los lugares donde se ejecutará la obra. Debido a la contingencia que está viviendo nuestro país, la visita a terreno se realiza durante el siguiente horario: A las 11:30 am del día 1 de agosto del 2022. Además, cómo medida sanitaria para la protección de los funcionarios y de la comunidad en general, se solicitará de manera obligatoria, mientras se realice la visita a terreno lo siguiente:
- En la visita a terreno deberá acudir a este, con guantes de procedimiento y mascarilla.
Los oferentes que concurren a la visita a terreno, en la comuna de Colchane; deberán indicar si lo hacen como persona natural o persona jurídica, debiendo presentar los documentos de forma física de la siguiente manera:
• Persona Natural: Deberá presentarse con su cédula de identidad y fotocopia de esta.
• Persona Jurídica: Deberá presentar escritura pública y copia del rol único tributario.
• Representante Legal: Deberá presentarse con la escritura pública en donde salga especificado que es el Representante Legal y también deberá presentar fotocopia de su cédula de identidad.
El proceso de visita a terreno se conforma por las siguientes etapas:
- Presentación en oficina técnica de una unidad de adquisiciones, comuna de Colchane, ubicada en AV. TENIENTE GONZALEZ S/N. Antes de la hora estipulada en portal, al cumplimiento de dicha hora, la puerta cerrará puntualmente por parte de la Unidad Técnica, dejando en proceso quienes hayan respetado dicho horario.
- Se hará inscripción en Acta de Visita a Terreno a él o los oferentes que se presenten cumpliendo con los antecedentes administrativos solicitados, si algún oferente llegara antes o después de la hora antes mencionada, no será participe de este proceso.
- Terminada la inscripción de él o los oferentes, se acordará y especificará el lugar donde se encuentra emplazada el proyecto para su presentación en grupo y su descripción técnica. En los casos que se presenten preguntas por proyecto en dicha visita las respuestas formales, se realizarán por medio del portal. A la visita de terreno concurrirá la Unidad Técnica de la Municipalidad quien levantara un acta a objeto de certificar la participación de los oferentes y las observaciones que se suscitaren durante la realización de esta diligencia
- El proceso de visita concluye con la firma en oficina de Adquisiciones, de todos los antecedentes que se presentaron inicialmente en inscripción del acta de visita. En los casos que no presenten en esta etapa, se dejará una nota u observación la que será publicada al resto de los oferentes que hayan firmado dicha acta.
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DE LA PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS |
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Al momento de presentar las ofertas, y en los casos en que se entregue un formato prestablecido dicho formato no debe ser alterado, de lo contrario la oferta será declarada inadmisible fuera de forma.
La presentación de las propuestas, se realizarán a través del portal www.mercadopublico.cl (soporte electrónico).
Como regla general, se requiere a los proponentes, no ingresar antecedentes adicionales a los requeridos por la Entidad Licitante.
12.2. DOCUMENTOS A PRESENTAR EN SOPORTE ELECTRÓNICO (Mercado Público)
Antecedentes administrativos
Los antecedentes administrativos se deberán rotular como sigue:
Nombre de archivo Contenido
Formato N°1 Formato tipo de identificación del proponente para personas naturales o jurídicas, escaneado con firma original, no se deberá adjuntar firmas recortadas y pegadas en el documento.
Cédula de Identidad Un único archivo con la fotocopia de la cédula de identidad, por ambos lados, del representante legal. De haber más de un representante legal, subir igualmente un único archivo con la fotocopia de ambos lados de la cédula de identidad.
Formato N° 2 Declaración Jurada Simple de conocimiento y aceptación de las Bases Administrativas y Generales ante notario, que rigen la licitación, escaneado con firma original por el representante legal, no se deberá adjuntar firmas recortadas y pegadas en el documento.
Formato N° 3 Formato tipo de Nómina del personal a cargo de la Obra, escaneado con firma original por el representante legal, no se deberá adjuntar firmas recortadas y pegadas en el documento.
Deberá completar en la “Nómina del profesional en obra”, la o el profesional deberá ser un Ingeniero en construcción, ingeniero civil, arquitecto.
La "Nómina del personal en obra ll" deberá indicar la cantidad de personal en ejecución de obra, cargo tipo de mano de obra.
Currículums Currículums del profesional, actualizado y con firma original, no se deberá adjuntar firmas recortadas y pegadas en el documento.
Currículums de la empresa, actualizado y con firma original del representante legal, no se deberá adjuntar firmas recortadas y pegadas en el documento.
Certificado de Título Copia simple legalizada ante notario del certificado de título del "Profesional de Obras'
Acta Visita a Terreno Copia del acta de visita a terreno.
En caso de tratarse de personas jurídicas se deberá incorporar además lo siguiente:
Nombre de archivo CONTENIDO
Escritura Copia escaneada de la escritura de Constitución Social o Individual y las modificaciones posteriores de la empresa, si las hubiere, donde aparezca identificado el representante legal. En caso de que el oferente sea sociedad anónima se exigirá además Estatutos de la sociedad.
Certificado de Vigencia Certificado de vigencia de la constitución de la empresa o sociedad del proponente. La vigencia de este certificado deberá ser de una antigüedad no superior a 30 días antes del día fijado para la apertura de la propuesta. En caso de tratarse de Unión Temporal de Proveedores, y siempre que el Representante o Apoderado Común sea una persona Jurídica, se deberá adjuntar el Certificado de Vigencia de este último.
Rep. Legal La vigencia de este certificado deberá ser de una antigüedad no superior a 30 días antes del día fijado para la apertura de la propuesta.
Otros Documentos Se deberá adjuntar la siguiente documentación:
- Fotocopia del Rut de la Empresa
- Declaración jurada simple acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 incisos 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco".
- Certificado de Boletín de Informes Comerciales.
- Certificado de Quiebras/Convenio Judicial.
- Encontrarse habilitado en el Portal Chile Proveedores.
En caso de tratarse de Unión Temporal de Proveedores, deben acompañar, además en el portal lo siguiente:
Nombre de archivo CONTENIDO
Declaración de Unión Temporal de
Proveedores Copia de documento (privado o público) que declara la unión, este documento deberá contener a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto a todas las obligaciones que se generen con la Entidad y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes.
Si la adquisición es superior a 1.000 UTM, el oferente deberá presentar solo en caso de ser adjudicado, documento que adquiere el carácter de documento público de constitución (escritura pública). En todo caso, la vigencia de esta unión temporal de proveedores no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo la renovación que se contemple en virtud del dispuesto en el Artículo 12 del Reglamento de la Ley de Compras.
En caso de tratarse de una persona natural, deben acompañar, además en el portal lo siguiente:
Nombre de archivo CONTENIDO
Documentos Se deberá adjuntar la siguiente documentación:
- Fotocopia de Cédula de Identidad.
- Declaración jurada simple acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 incisos 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco".
- Encontrarse habilitado en el Portal Chile Proveedores.
Antecedentes Técnicos
Los Antecedentes Técnicos (oferta técnica) solicitados son de carácter esencial para la evaluación, por lo tanto, se deberán subir al portal y rotular como sigue:
Los detalles de los archivos se especifican en las presentes bases.
Nombre de archivo CONTENIDO
Formato N°4 Experiencia del oferente, de acuerdo a trabajos ejecutados sobre una altitud de 3.000 m.s.n.m. Se refiere a contratos que se encuentren ejecutados por parte del oferente en los últimos 3 años, que digan relación con obras, de naturaleza pública o privada. Es obligatorio indicar el teléfono y nombre de contacto de los proyectos anexados (parte mandante), su omisión permitirá a la Municipalidad a no incluirlo en la evaluación. Deberá subir sólo órdenes de compras, contratos, facturas o recepción provisoria de obras similares comprobables, para acreditar su experiencia.
El oferente no podrá emitir certificados de experiencia de él mismo, de caso contrario será evaluado con 0 puntos.
El documento deberá ser completado y subir escaneado con firma original del representante legal, no se deberá adjuntar firmas recortadas y pegadas en el documento.
Certificado Inspección del Trabajo Certificado vigente emitido por la Inspección del Trabajo (cumplimiento del art. 22 N 0 9 del reglamento de la ley 19.886 sobre contratos administrativos de suministros y prestación de servicios) en el cual se acredite que el oferente no tiene denuncias.
Reclamaciones pendientes derivadas de sus obligaciones laborales y previsionales, ni multas ejecutoriadas pendientes de pago, respecto de sus trabajadores o los de subcontratistas si los hubiere, que pudieren involucrar su responsabilidad subsidiaria o solidaria. La vigencia de este certificado deberá ser de una antigüedad no superior a 30 días antes del día fijado para la apertura de la propuesta.
Gantt Carta Gantt en formato Ms Project, solo se aceptarán ofertas con este formato de lo contrario quedara inadmisible, declaradas fuera de forma.
Carta Gantt de programación de la obra, debe incluir el desglose y secuencia de las actividades a presentar definidas en un período de tiempo expresado en días. Debe establecerse claramente el tiempo de inicio y término de cada actividad.
El documento deberá ser completado y subir escaneado con firma original del representante legal, no se deberá adjuntar firmas recortadas y pegadas en el documento.
Formato Nº 5 Formulario de presentación de oferta técnica, el oferente deberá cumplir con todas las condiciones indicadas en el formato, en caso de no cumplir alguno de los criterios la oferta será rechazada. El documento deberá ser completado y subir escaneado con firma original del representante legal, no se deberá adjuntar firmas recortadas y pegadas en el documento.
Antecedentes Económicos
Los antecedentes por subir al portal Mercado Público de la propuesta económica son de carácter esencial para la evaluación:
Nombre de archivo CONTENIDO
Formato N0 6 Oferta económica del proponente, deberá completar los campos requeridos y escaneado con firma original, no se deberá adjuntar firmas recortadas y pegadas en el documento.
Formato N° 7 Presupuesto detallado, el oferente deberá completar el documento propuesto en formato Excel y escaneado con firma original, no se deberá adjuntar firmas recortadas y pegadas en el documento.
Nota importante: El oferente deberá ingresar el valor neto (sin IVA) de la oferta, en el portal www.mercadopublico.cl Los documentos digitales a ingresar en cada una de las carpetas, deben estar unificados en uno o en un mínimo de archivos, dependiendo de su tamaño, en orden consecutivo, y formato PDF.
El oferente deberá examinar todas las instrucciones, formularios, condiciones y especificaciones que figuren en los documentos de la licitación. Si el oferente omite suministrar toda la información requerida en términos que se imposibilite su evaluación o no se ajuste sustancialmente, esta será declarada inadmisible por resolución fundada por la Ilustre Municipalidad de Colchane
El oferente debe constatar que el envío de su oferta a través del portal www.mercadopublico.cl haya sido realizado con éxito, incluyendo el previo ingreso de todos los formularios y anexos requeridos y completados de acuerdo a lo establecido en las presentes bases. Siempre se debe verificar que los archivos que se ingresen contengan efectivamente los anexos solicitados.
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EFECTOS DE LA OMISIÓN DE ALGUN DOCUMENTO, ANTECEDENTES O DATOS REQUERIDOS EN LA PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA |
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La omisión de uno o cualquiera de los documentos o antecedentes enumerados en algún dato o mención que deba constar en ellos, podrá ser causal suficiente para rechazar la oferta presentada. La calificación de estas circunstancias será materia de exclusiva determinación del Mandante, representado para estos efectos por la COMISIÓN DE EVALUACIÓN de las presentes Bases.
En todo caso, dicha Comisión se reserva el derecho de admitir aquellas ofertas que presenten defectos de forma, errores u omisiones formales, siempre que estos no sean sustanciales y no alteren el tratamiento igualitario de los proponentes ni impidan la correcta evaluación de la propuesta ERRORES Y/U OMISIONES de las presentes bases administrativas.
En este evento, dicha Comisión podrá fijar prudencialmente un plazo para que el oferente acompañe las certificaciones o antecedentes faltantes o sus aclaraciones, siempre que estas se hayan producido u obtenido, con fecha anterior a la apertura de las ofertas por parte de la comisión de evaluación
Los procedimientos de apertura y evaluación se desarrollarán con sencillez y eficacia, de modo que las formalidades que se exijan sean aquéllas indispensables para dejar constancia indubitada de lo actuado y evitar perjuicios a los particulares. El vicio de procedimiento o de forma sólo afecta la validez del acto administrativo cuando recae en algún requisito esencial del mismo, sea por su naturaleza o por mandato del ordenamiento jurídico y genera perjuicio al interesado. La Municipalidad podrá subsanar los vicios de que adolezcan los actos que emita, siempre que con ello no se afectaren intereses de terceros, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 13 de la Ley N O19.880.
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VIGENCIA DE LA OFERTA |
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La oferta del proponente se mantendrá vigente como mínimo durante 45 días corridos, a contar de la fecha de Apertura. Transcurrido dicho plazo, si no hubiere sido dictado el Decreto de Adjudicación el oferente podrá desistirse de ella.
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APERTURA ELECTRÓNICA |
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La Unidad Técnica, representada por el Comité de Apertura que para el efecto designe el Alcalde, se constituirá con el fin de realizar la apertura electrónica de la propuesta, según lo indicado en la ley Nº 19.886 (Ley de Compras Públicas).
El acto de apertura se realizará en una sola etapa, en donde la Municipalidad de Colchane revisará cada una de las ofertas, verificando que ellas cumplan con todos los antecedentes solicitados y con los requerimientos exigidos en las presentes bases de licitación y legislación vigente.
De los antecedentes solicitados en soporte papel, enviados a la entidad mandante, se revisará y verificará que estos cumplan con todos los requisitos, condiciones y los requerimientos exigidos en las presentes bases de licitación y legislación vigente.
La entidad Mandante se reserva el derecho de admitir aquellas propuestas que presenten defectos de forma, omisiones o errores menores, siempre que estos no alteren el tratamiento igualitario a todos los oferentes y que no vulneren aspectos esenciales de la licitación de modo que se permita la evaluación.
Durante el desarrollo de su trabajo, la Comisión de Apertura podrá requerir a las proponentes aclaraciones respecto de sus propuestas a través del portal www.mercadopublico.cl Las aclaraciones no podrán alterar las Bases de Licitación, ni la esencia de la oferta, ni violar el principio de igualdad entre los oferentes.
Se levantará y suscribirá un Acta de Apertura de Propuestas en que como mínimo se individualizarán los proponentes, se consignarán los montos de sus ofertas, y se dejará constancia del cumplimiento que ellos hayan dado a las exigencias de presentación estipuladas en las bases respectivas, y las aclaraciones solicitadas, observaciones, ofertas rechazadas, comentarios y alcances que sean estimados de interés.
Se deja expresamente establecido que frente a situaciones técnicas que afecten la plataforma electrónica del portal Mercado Público, impidiendo el desarrollo de la apertura electrónica, el Municipio estará facultado para interrumpir la continuidad administrativa de tal proceso y disponer su prosecución en horario distinto al fijado durante el mismo día o al día hábil siguiente.
Procedimiento de Apertura de Documentos en Soporte Físico:
Se procederá a verificar la Garantía enviada por los oferentes de manera física a la entidad licitante, para comprobar el cumplimiento del contenido del documento, de acuerdo a las condiciones requeridas en soporte físico, si faltase el documento o esté no cumpliese, quedará fuera de bases y se dejará constancia en el acta de apertura, por lo tanto, no se revisarán las Propuestas Administrativas (Anexos Administrativos), Técnicas (Anexos Técnicos) y Económicas (Anexos Económicos)
Procedimiento de Apertura de Propuesta Administrativa "ANEXOS ADMINISTRATIVOS":
Se verificará que los proponentes hayan adjuntado la Propuesta Administrativa, la cual corresponde a los documentos digitales "Anexos Administrativos", si faltase algún documento por concepto de omisión o exista un error en el documento se dejará constancia en el acta de apertura y se solicitará aclaraciones por el foro inverso del portal de mercado público a los proponentes, siempre y cuando este no afecte a la igualdad de condición y que no correspondan a documentos esenciales tales como la "Copia legalizada ante notario de título de profesional de obra"
Procedimiento de Apertura de Propuesta Técnica "ANEXOS TÉCNICOS":
Se verificará que los proponentes hayan adjuntado la Propuesta Técnica, la cual corresponde a los documentos digitales "Anexos Técnicos", si faltase algún documento de evaluación, se dejará constancia en el acta de apertura, y no se revisarán las Propuestas Económicas (Anexos Económicos).
Procedimiento de Apertura de Propuesta Económica "ANEXOS ECONÓMICOS":
Posteriormente, se procederá a verificar la Propuesta Económica, la cual corresponde a los documentos digitales "Anexos Económicos", leyendo en cada caso el nombre del proponente, el plazo de ejecución de la obra, precio de la oferta económica y presupuesto detallado del proyecto. Si faltase algún documento de evaluación, en la oferta del proponente, su propuesta será leída y dejada fuera de bases, dejando constancia en el acta de apertura y se le devolverá la garantía de seriedad de la oferta.
Serán rechazadas en el acto de apertura de la licitación, todas aquellas ofertas que:
No cumplan con la presentación de la documentación correspondiente a los Formatos N° 1, 2, 3, 4, 5, 6 y 7, dado que consideran aspectos esenciales. Cuyos antecedentes no cumplan con la vigencia exigida en las presentes Bases (emisión del documento, duración de la obra, legalizaciones pertinentes, etc., y cuando corresponda) No indiquen en formatos correspondientes, el monto de la oferta económica y/o el plazo de ejecución de las obras. Presente una oferta económica, que supere el presupuesto disponible, por lo tanto, no se procederá a la revisión de los antecedentes de las Propuestas Administrativas, Técnicas y Económicas. Que los montos ofertados (sin incluir impuestos) en los formatos N 0 6 y 7 de los antecedentes económicos no coincidan con el valor neto de la oferta en el portal Mercado Público. Exista modificación y/o la no cotización de alguna o más partidas en el itemizado propuesto del presupuesto detallado. No asista a la visita a terreno obligatoria, quedara inadmisible para esta presente propuesta pública.
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ADJUDICACIÓN |
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La Municipalidad de Colchane se reserva el derecho de adjudicar la propuesta, de acuerdo a lo que más convenga a sus intereses, en consecuencia, podrá disminuir algunas de las partidas indicadas en el presupuesto a fin de adecuarla a los fondos destinados para este proyecto. Se faculta para modificar, por razones fundadas, el plazo de adjudicación a través de decreto alcaldicio.
READJUDICACIÓN
21.2 En el evento de que el adjudicatario, se desista de su oferta, no suscriba el contrato en el plazo establecido en las bases o no presente- dentro de plazo- la garantía de fiel cumplimiento de contrato cuando proceda; la Municipalidad podrá readjudicar al segundo y luego al tercer mejor oferente.
21.3 La Municipalidad comunicará, a través del portal de Mercado Público, el resultado de la propuesta, comenzando a regir la adjudicación y el apercibimiento para la firma del correspondiente contrato.
Paralelamente la Unidad Técnica del Contrato deberá verificar a través de los certificados laborales emitido por la Dirección del Trabajo, si la empresa registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados los últimos dos años a fin de adoptar las medidas que correspondan
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EL CONTRATO |
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El contrato deberá ser suscrito por el adjudicatario, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la fecha de autorización de la adjudicación y enviada en el portal de Mercado Público. En caso que, durante la ejecución del contrato se produzcan hechos que, previa calificación de la Unidad Técnica respectiva, ameriten aumento o disminución de plazos o valores, podrá modificarse el respectivo contrato, con la anuencia del adjudicatario y sin necesidad de llamar a nueva Propuesta, todo lo anterior enmarcado bajo la Ley N° 19.886 de Contratación y Compras Públicas.
22.2 Será responsabilidad del oferente adjudicado solicitar el respectivo contrato a la Municipalidad y gestionar su curso normal de acuerdo a lo establecido en estas bases, como también su entrega firmado al Municipio dentro de los plazos establecidos. Cualquier falta o incumplimientos de los plazos establecidos para llevar a cabo la tramitación del presente contrato, imputable al oferente adjudicado, será motivo de la aplicación de multas.
22.3 El contrato en cuestión tendrá una duración según el plazo ofertado por el oferente para la ejecución de la obra a partir de la entrega de terreno; sin perjuicio de la vigencia posterior necesaria para fiscalizar el buen funcionamiento de la misma, contados desde la fecha de total tramitación del acto administrativo que lo aprueba, pudiendo las partes poner término a éste por razones fundamentadas y por escrito con una anticipación mínima de 30 días a la fecha efectiva del término. Sin perjuicio de lo anterior, la Municipalidad por razones de buen servicio o en caso de incumplimiento por parte de la empresa de cualquiera de las obligaciones estipuladas o por la concurrencia de alguna causal prescrita en el contrato o en las presentes bases, podrá poner término anticipado y con razones fundadas en cualquier momento de la ejecución del presente contrato, sin otorgar derecho a indemnización alguna al oferente adjudicado.
Prohibición de Cesión:
El adjudicatario, no podrá ceder o transferir el contrato en cuanto a las obligaciones por él contraídas, a persona natural o jurídica alguna, manteniéndose siempre como único y exclusivo responsable ante la Municipalidad de Colchane.
Factoring:
22.4 La Municipalidad deberá cumplir con lo establecido en los contratos de factoring suscritos por sus contratistas, siempre y cuando se le notifique oportunamente dicho contrato y no existan obligaciones o multas pendientes.
22.5 Habida cuenta de la entrada en vigencia de la Ley Nº 20.123, que regula el trabajo en régimen de Subcontratación, el funcionamiento de las Empresas de Servicios Transitorios y el contrato de trabajo de servicios transitorios, la cual fue publicada en el Diario Oficial el 14 de octubre de 2006, los proveedores deben tener presente las disposiciones e implicancias de dicho texto legal, siendo de su exclusiva responsabilidad las implicancias y consideraciones de ésta.
22.6 Se deja constancia que todas y cada una de las cláusulas contenidas en las presentes Bases y anexos, se entienden incorporadas sin necesidad de mención expresa en los contratos que se realicen con el adjudicado y este se hace responsable del cumplimiento de las obligaciones que de tales documentos se derivan.
22.7 Para todos los efectos legales emanados del contrato, las partes fijan su domicilio en la comuna de Colchane, y sólo para efectos de la competencia de los Tribunales Ordinarios de Justicia se fijará en la ciudad de Pozo Almonte. Dicha competencia se alterará en caso que se llegaren a crear Tribunales Ordinarios de Justicia con la competencia pertinente en la comuna de Colchane.
Todos los gastos e impuestos correspondientes al contrato y sus modificaciones, serán de cargo del contratista
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EJECUCIÓN DE LA OBRA Y ACTA DE ENTREGA DE TERRENO |
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La obra deberá ser ejecutada por el Contratista en el lugar físico indicado en las especificaciones técnicas y planos correspondientes e indicados en la visita a terreno por la unidad técnica
Del mismo modo, el proponente adjudicado, deberá disponer de los medios de transportes, personal para la ejecución de la obra, y todos los costos asociados a la entrega de acuerdo a la programación que para estos efectos disponga la Unidad Técnica.
23.2 La entidad licitante al momento de la recepción de las obras por parte del oferente, levantará un acta, con el fin de verificar el estado y calidad de las mismas y el cumplimiento del plazo de entrega.
23.3 Si al revisar las obras, éstas presentaran observaciones, errores u omisiones al momento de la entrega, o no cumpliera con las especificaciones técnicas ofertadas por el proponente éste será rechazada por la Unidad Técnica, quien podrá fijarle al contratista un plazo no superior a cinco días para ser subsanadas, dejando constancia de éstas en un documento denominado Acta de Recepción provisoria con observaciones. Sin perjuicio de las garantías ofertadas por el proponente. Posterior a esa fecha comenzará a regir lo establecido respecto de las multas en las presentes bases administrativas, hasta que el adjudicatario dé total cumplimiento de las condiciones establecida en las presentes bases.
23.4 La Unidad Técnica será la encargada de recepcionar, evaluar, e instruir modificaciones y/o observaciones, levantar la recepción conforme definitiva para la certificación de la factura y su posterior pago, sin perjuicio de las facultades de la Dirección de Control Municipal, que basándose en las facultades que le otorga la Ley Nº 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades, hará fiscalizaciones a fin de trasparentar y dar cumplimiento en forma cabal al contrato. Esta recepción no eximirá al proponente adjudicado de responder por los vicios, errores o defectos ocultos que no sean detectados al momento de la entrega de los bienes.
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DE LA INADMISIBILIDAD |
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Las ofertas serán declaradas inadmisibles, es decir, que no podrán ser evaluadas por la Comisión, en los siguientes casos:
a) En caso, de no adjuntar los formatos o anexos N.º 1,2,3,4,5,6 y 7 y los demás antecedentes solicitados en el punto 12 DE LA PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS Y DOCUMENTOS A PRESENTAR EN SOPORTE ELECTRONICO de las presentes bases, dado que se consideran aspectos esenciales.
b) En caso de que los valores señalados en la oferta económica y la del formulario oferta técnica no sean coincidentes.
c) En caso de que no oferte la totalidad de los servicios y/o productos requeridos.
d) En caso de que oferte un plazo de entrega superior a lo indicado en las bases técnicas.
e) Cuyos antecedentes no cumplan con la vigencia exigida en las presentes Bases (emisión del documento, legalizaciones pertinentes, etc., cuando corresponda).
f) No indiquen en formatos correspondientes, el monto de la oferta económica y/o el plazo de ejecución de las obras.
g) Presente una oferta económica, que supere el presupuesto disponible indicado en las bases de licitación, por lo tanto, no se procederá a la revisión de los antecedentes de las Propuestas Administrativas, Técnicas y Económicas.
h) El oferente haya sido sancionado con un término anticipado de algún Contrato suscrito con esta Municipalidad con una anterioridad inferior a 3 años, contados desde la fecha del acto administrativo que aprueba el acta del término del Contrato.
i) Cualquier otra situación que a juicio de la mayoría de la comisión amerite dejar al oferente fuera de bases, siempre que ello no se afecte el principio y estricta sujeción a las bases y la igualdad de los oferentes.
j) En caso de que los plazos indicados en la carta Gantt no sean coherentes con la oferta técnica.
k) En caso de no concurrir a la visita a terreno y/o este se entendiera incompleta.
l) Exista modificación y/o la no cotización de alguna o más partidas en el itemizado propuesto del presupuesto.
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MULTAS Y SANCIONES |
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En caso que el contratista no efectúe o entregue en conformidad y satisfactoriamente las obras encomendadas, la Unidad Técnica procederá a la aplicación de multas por concepto de:
28.1. Incumplimiento de las normas del instituto de Normalización Técnica y Ordenanza General y Local de Construcciones y Ordenanzas 2 UTM por evento.
28.2 Incumplimiento de las instrucciones estampadas por la SECPLAC, en el Libro de Obras 3 UTM por instrucción.
28.3 Incumplimiento en las indicaciones establecidas en las Bases Administrativas, Especificaciones Técnica 20 UTM por infracción
28.4 Abandono o acopio de materiales o escombros en la vía pública sin autorización 15 UTM por evento.
28.5 Atraso en la entrega de las obras más allá del plazo señalado en el contrato original y sus modificaciones 10 UTM por cada día de atraso.
28.6 En caso de no cumplimiento de los plazos para resolver las observaciones durante la garantía de la obra 3 UTM por día de atraso.
28.7 Por ausencia del Profesional responsable de la Obra 3 UTM por cada oportunidad en que el profesional responsable designado por el contratista no se ubicado por la I.T.O. cuando este lo necesite, lo que será consignado en el libro de obras.
28.8 Si el Contratista no entrega las obras totalmente terminadas dentro del plazo contractual, pagará una multa diaria de 1,5 %, del monto total del contrato, incluidas las ampliaciones y disminuciones de obras, y obras extraordinarias.
28.9 El monto total por concepto de multas no podrá exceder del 15% del valor del contrato.
28.10 El contratista podrá reclamar administrativamente las multas establecidas por la Inspección Técnica a través del libro de obras. Dicho reclamo deberá presentarse por escrito ante la Unidad Técnica, en el plazo de 3 días hábiles contados desde su notificación por parte de ésta en el libro de obras. Toda reclamación presentada extemporáneamente deberá desecharse de plano. Asimismo, todo reclamo presentado en forma verbal se considerará como no oficial y por lo tanto sin validez administrativa.
28.11 El pronunciamiento emanado de la Unidad Técnica respecto del reclamo presentado por el contratista, podrá ser apelado. Para tales efectos el contratista deberá presentar sus descargos por escrito, en un plazo de 5 días hábiles contados desde la notificación de la resolución, ante el Sr. Alcalde, quien en su calidad de Jefe Superior del Servicio podrá resolver en última instancia de acuerdo con sus facultades.
28.12 La aplicación de las multas se hará unilateral y administrativamente, deduciendo su valor del estado de pago único y final o de las garantías vigentes, una vez resuelto todo reclamo y/o apelación de carácter administrativo presentada por el contratista ante las instancias determinadas para tales efectos, o transcurrido el plazo de 3 días hábiles desde su notificación por parte de la Unidad Técnica en el libro de obras, sin que se materialice reclamo alguno. No se dará curso al estado de pago, en tanto se encuentre pendiente el reclamo interpuesto por el contratista.
28.13 No procederá el cobro de la multa si el incumplimiento se debe acaso fortuito o fuerza mayor u otro motivo no imputable al proveedor. El caso fortuito o de fuerza mayor será calificado como tal por la Unidad Técnica, en base al estudio de los antecedentes por los cuales el proveedor acredite el hecho que le impide cumplir y aprobado formal y fundadamente por el Sr. Alcalde, cuando corresponda.
28.14 La multa será descontada del estado de pago, la que se determinará con antelación al pago.
28.15 Multa por renuncia del contrato. El oferente adjudicado que renuncie al contrato sin cumplirlo totalmente será sancionado con una multa equivalente al 25% del monto total adjudicado y se hará efectiva la garantía de fiel cumplimiento de contrato por simple resolución administrativa, sin forma de juicio, no obstante, cualquier otra medida que el caso requiera.
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TÉRMINO ANTICIPADO Y ADMINISTRATIVO DEL CONTRATO |
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La Municipalidad podrá poner término anticipado y administrativamente al contrato en los siguientes casos:
1. Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
2. Si el contratista no da inicio a los trabajos dentro de los 10 días siguientes a la entrega del terreno.
3. Si las multas exceden del 15% del valor del contrato y sus ampliaciones.
4. Por incumplimiento grave del contratista que amerite, a juicio de la Unidad Técnica, poner término anticipado al contrato.
5. Si el contratista presentara orden de ejecución y embargo de traspaso de todo o parte de sus bienes.
6. Si el contratista ha llegado a un arreglo de traspaso de todo o parte de sus bienes.
7. Si el contratista ha acordado llevar el contrato a un comité de inspección de sus acreedores.
8. Si el contratista no ha ejecutado los trabajos permanentemente o ha disminuido el ritmo de trabajo a un extremo tal, que a juicio del I.T.O. equivalga a un abandono del trabajo.
9. Si el contratista ha suspendido las obras por catorce o más días, habiendo requerimiento por escrito de iniciarlas o continuarlas, sin que el Contratista haya justificado su actitud.
10. Si el contratista no ha efectuado dentro de catorce días después de haber sido notificado por escrito por el supervisor la remoción y reemplazo de materiales, equipos o personal que haya sido rechazados.
11. Si a juicio del Mandante el contratista no está ejecutando los trabajos de acuerdo con el contrato o en forma reiterada o flagrante no cumple con las obligaciones estipuladas.
12. Estado de notoria insolvencia del contratista o cuando las cauciones existentes sean insuficientes para garantizar el cumplimiento del contrato, a menos que el contratista mejore dichas cauciones.
El mandante, por indicación de la U.T., podrá poner término anticipado y administrativo al contrato en cualquier momento, por causales ajenas a la responsabilidad del contratista, fundamentando por escrito su decisión, dando aviso por escrito a éste, con un mes de anticipación. En dicho caso, el mandante pagará al contratista el monto que corresponda a la obra ejecutada y que se haya recepcionado conforme por la U.T.
Cuando las causales que dan origen al término anticipado sean imputables a la responsabilidad del contratista, se pondrá término al contrato de inmediato, administrativamente y sin forma de juicio.
En este caso, se efectuará una liquidación por la obra realmente ejecutada y aceptada por la U.T. Esta liquidación se hará sin perjuicio de que la Ilustre Municipalidad de Colchane haga efectivas las garantías y retenciones que existan, sin perjuicio de las acciones judiciales que procedan. En todo caso, la Municipalidad tendrá la propiedad de las obras ejecutadas hasta el momento de la terminación.
Todos los gastos que origine la terminación anticipada y administrativa serán de cargo del contratista.
Las resoluciones o decretos que dispongan la terminación anticipada del contrato definitivo o su modificación, deberán ser fundadas y deberán publicarse en el Portal web www.mercadopublico.cl , de la Dirección de Compras y Contratación Pública, salvo que concurra alguna de las situaciones señaladas en el artículo 62 del Reglamento de la Ley 19.886.
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