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6. SALDOS INSOLUTOS |
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En caso de que la empresa adjudicada registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pagos deberán ser destinados a pagar tales obligaciones (incumplimientos es causal para poner término al contrato).
La entidad licitante deberá exigir que la empresa adjudicada proceda a dichos pagos y le presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación.
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7. PUBLICACIÓN DE LA LICITACIÓN Y PRESENTACIÓN DE OFERTAS |
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El llamado a presentar propuestas y la recepción de las ofertas se hará exclusivamente a través del portal www.mercadopublico.cl, Sistema de información creado por la Ley de Compras Públicas N° 19.886.
Las Bases de licitación se publicarán en el referido portal una vez que se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo que las apruebe.
El proponente deberá presentar los Anexos Administrativos, su Oferta Económica y Oferta Técnica, sólo a través del sistema web www.mercadopublico.cl, de la Dirección de Compras y Contratación Públicas, con sus anexos, en formato digital.
La Municipalidad podrá modificar, suplementar o complementar los requerimientos técnicos y plazos de la licitación y otras modalidades de la propuesta pública, fundadamente, a través de un decreto Alcaldicio, hasta antes del cierre de la propuesta, informando lo anterior a través del portal Mercado Público. Se faculta para modificar, por razones fundadas, el plazo de adjudicación a través de decreto Alcaldicio.
Sin perjuicio de lo anterior, y previo al cierre de las Ofertas, la Municipalidad se reserva el derecho de emitir para todos los participantes, las aclaraciones a las bases y modificaciones en las fechas que estimare necesarias, o las que hubieren surgido con motivo de las consultas efectuadas por los interesados durante el proceso de licitación.
Las consultas que los interesados deseen formular con relación a la materia de esta Propuestas, deberán ser que se lleva a cabo en el ciclo determinado para el foro de consultas. Las respuestas se podrán a disposición del público en la página web www.mercadopublico.cl, en los plazos estipulado en el plazo de consultas y desde entonces pasarán a formar parte de las Bases.
Desde la Publicación de las Modificaciones, Aclaraciones y Respuestas a las consultas, éstas se entenderán informadas a los participantes por el sólo hecho de ser publicadas en la página www.mercadopublico.cl, adquisición ID N° 722640-2-L125, y desde entonces pasarán a formar parte integrante de las presentes Bases.
Por lo anterior, queda estrictamente prohibido todo contacto por parte del proponente con la Municipalidad mientras dure el proceso de evaluación de las ofertas, según lo dispuesto en el Artículo 39° del Reglamento de la Ley N° 19.886 de Compras Públicas. El no cumplimiento a este punto será causal de exclusión del proponente del presente proceso.
Las bases administrativas y las técnicas deberán considerarse como integrante del contrato a que de origen la adjudicación de la presente licitación.
ETAPAS PLAZOS
Publicación del llamado a licitación Dentro de cinco días corridos desde la fecha de aprobación del decreto de aprueba bases.
Inicio del periodo de preguntas aclaratorias A contar de la fecha de publicación en el portal.
Término del periodo de preguntas aclaratorias Hasta las 12:00 horas del 3° día hábil siguiente de la fecha de publicación de la licitación.
Publicación de respuestas Hasta las 15:00 horas del 1° día hábil siguiente a la fecha del término de consultas.
Cierre de recepción de ofertas A las 10:00 del 1° día hábil siguiente a la publicación de respuestas.
Acta de apertura electrónica A las 10:01 horas del día del cierre de recepción de ofertas.
Tiempo estimado para la evaluación de ofertas 1 día hábil contados desde la fecha de apertura de la licitación.
Fecha estimada de resolución adjudicataria 1 día hábil contados desde la fecha de la apertura de la licitación.
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8. MODIFICACION DE LAS BASES |
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La ilustre Municipalidad de Colchane se reserva el derecho a modificar o complementar las bases administrativas, técnicas y anexos – sin modificar el tipo, la naturaleza y objeto de la licitación, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por un oferente, durante el proceso de la propuesta, hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas.
Las modificaciones o complementaciones que se lleven a cabo deberán ser aprobadas mediante acto administrativo, debiendo esta considerar, de ser necesario, un plazo prudencial para que los proponentes puedan conocer y adecuar sus ofertas a las modificaciones introducidas y serán informadas a través del sitio www.mercadopublico.cl, entendiéndose por tal circunstancia, conocidas y obligatorias para todos los participantes y formarán parte integral de las bases.
La municipalidad podrá modificar también el cronograma de la licitación por Decreto Alcaldicio publicado en el portal web de Mercado Público. Será responsabilidad del oferente encontrarse atento a las posibles modificaciones que surjan del proceso licitatorio.
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9. FINANCIAMIENTO Y PRESUPUESTO |
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9.1 Financiamiento y Presupuesto
Los servicios y/o bienes a realizar materia de la presente propuesta serán financiados con el presupuesto de salud vigente año 2025, cuyo presupuesto disponible es de $ 5.320.000.- (cinco millones trescientos veinte mil pesos) incluido el IVA, durante el periodo de la aceptación de la orden de compra hasta el 31 de diciembre 2025 o cuando se cumpla con el presupuesto establecido.
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10. DE LA PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS: |
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Las ofertas (Técnicas y Económica), documentos administrativos y anexos deberán ser presentadas a través del Portal de Chilecompra en la fecha y horas del cierre señalados.
El orden de ofertas está determinado por lo siguiente:
a. Archivos digitales consolidados: Cada documento o antecedentes requerido en las presentes Bases e independiente del a cantidad de páginas que lo constituyan, debe estar en un solo archivo digital.
b. Nombre y contenido de los archivos digitales: Al ingresar la documentación en el portal www.mercadopublico.cl, se deberá especificar en el nombre del archivo el proceso de apertura de las ofertas.
c. Formato: El formato digital de los antecedentes deben ser de uso común (idealmente PDF).
d. La Oferta Económica deberá contener el valor total neto, a suma alzada por la totalidad del producto solicitada, y el valor total neto y/o bruto en el Formulario de Oferta Económica, según las condiciones establecidas en las presentes bases de licitación.
e. El valor a ofertar en el portal de Mercado Público, es el valor unitario total por la sumatoria de cada ítem requerido, según el Formulario de Presupuesto Detallado (formato adjunto a las bases)
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11. CONTENIDO DE LA OFERTA |
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11.1 Documentos Administrativos y anexos:
• Formulario de Identificación del oferente (Anexo Nro.1), debidamente firmado por el Representante Legal, según formato tipo adjunto.
• Declaración jurada simple Aceptación de bases administrativas, técnicas y condiciones contractuales (Anexo Nro. 2), debidamente firmada, por el Representante Legal según formato adjunto.
• Declaración jurada simple sobre prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador (Anexo Nro. 3), debidamente firmada, por el Representante Legal según formato adjunto.
• Declaración jurada simple sobre vínculos de parentesco y de afinidad (Anexo Nro. 4), debidamente firmada, por el Representante Legal según formato adjunto.
• Declaración Jurada Simple Programa de Integridad (Anexo N° 5) Debidamente completado y firmado según formato tipo adjunto, por el (os) Representante(s) Legal(es). En caso de postular como una Unión Temporal de Proveedores (UTP), cada una de las personas naturales o jurídicas integrantes de la UTP.
Si el oferente fuera persona jurídica:
• Certificado de Vigencia de la Sociedad, con fecha no superior a 30 días de antigüedad a la fecha de apertura.
• Escritura pública o estatuto actualizado, en donde aparezca el representante legal
• Copia simple del Rol Único Tributario del oferente (RUT) de la empresa y de la Cédula de Identidad del representante legal
• Certificado de Quiebras/Convenio Judicial.
• Encontrarse habilitado en el Portal Chile Proveedores.
Si el oferente fuera persona natural
• Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad.
• Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 incisos 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco.
• Encontrarse habilitado en el Portal Chile Proveedores.
11.2 Oferta Técnica:
La oferta técnica publicada en el sistema web de Compras Públicas del Estado, deberá incorporar como archivo digital adjunto:
• Formulario de oferta técnica Anexo N° 6 Experiencia del oferente debidamente firmado por el representante legal.
11.3 Oferta Económica:
La oferta económica publicada en el sistema web de Compras Públicas del Estado, deberá incorporar como archivo digital adjunto:
• Formulario de Oferta Económica (Anexo Nro. 7), debidamente firmado por el representante legal.
El precio que oferte el proveedor deberá ser detallado en el anexo N° 6 y su total neto deberá coincidir con el total neto que informe en el portal y otros elementos de costo en que deba incurrir el oferente para prestar los servicios convenidos.
El precio ofertado debe considerar flete, prueba hidráulica y recarga de cilindros de oxígenos.
Todos los documentos antecedentes comerciales y personales y demás datos subidos electrónicamente, se presumirán fidedignos y la Municipalidad de Colchane a través del Departamento de Adquisiciones se basará en el contenido de dichos antecedentes para el análisis de la Propuesta. Cualquier falsedad en lo datos y documentos proporcionados, falsificación de firmas, timbres o simulación de documentos etc., será de exclusiva responsabilidad del proponente, sin perjuicios de las acciones legales a que diera lugar contra sus autores.
La Municipalidad de Colchane podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, en tanto que las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a estos oferentes una situación de privilegio ni se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del portal. La Comisión de Evaluación podrá admitir ofertas que contengan errores evidentes y meramente formales siempre que ellos no afecten la igualdad de los oferentes.
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12. CONSULTAS Y ACLARACIONES |
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Los interesados podrán formular consultas y pedir aclaraciones sobre las bases administrativas y las bases técnicas, solamente a través del foro electrónico que se canalizara a través del sitio web www.mercadopublico.cl, estas se podrán en conocimiento de todos los proveedores interesados a través del mismo sitio, sin indicar el autor de las mismas.
Las respuestas a las preguntas realizadas por los oferentes, y aclaraciones a las bases, se efectuarán a través del sitio web www.mercadopublico.cl, dentro del plazo establecido en el cronograma de la presente licitación.
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13. PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS OMITIDOS: |
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Asimismo, la Municipalidad de Colchane podrá permitir la presentación o antecedentes que los oferentes hayan omitido al momento de efectuar la oferta siempre que ello no afecte la igualdad de los oferentes y de conformidad a lo dispuesto en el inciso segundo del Art. 56 del Reglamento de la Ley de Compras. El plazo para la presentación de los documentos omitidos será de 48 horas desde que se le notifique a través del portal al oferente que haya incurrido en la omisión. El cumplimiento oportuno de los requisitos formales se encuentra incorporado como criterio de evaluación. Esta facultad no podrá aplicarse a la omisión de presentación de boleta de seriedad de la oferta y/o de la Oferta Económica.
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14. APERTURA DE LA PROPUESTA |
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14.1 Se entiende por “Apertura de la Propuesta” el acto en que la Comisión de Evaluación o encargado de la Licitación procede a verificar y aceptar o rechazar electrónicamente, a través el Portal, las ofertas, constatando que respecto de cada una de ellas se haya constituido y entregado oportunamente en el Municipio los antecedentes requeridos.
14.2 Las actas que se originen producto de esta apertura estarán a disposición de los interesados una vez adjudicado el proceso en el portal de Mercado Público, según el número de ID N° 722640-2-L125, correspondiente a la licitación en cuestión.
14.3 La Municipalidad de Colchane se reserva el derecho de rechazar todas o cada una de las ofertas, sin que ello otorgue derecho a los proponentes a indemnización alguna por los gastos incurridos en la presente de la propuesta.
14.4 En tal sentido, la oferta se declarará inadmisible, si de acuerdo al estudio de los antecedentes presentados se estimará que las propuestas no reúnen los requisitos exigidos en las bases; o desierta, cuando no se presenten ofertas, o cuando éstas no resulten convenientes a los intereses de la Municipalidad.
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15. LA COMISIÓN DE APERTURA y EVALUACIÓN: |
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La comisión de apertura y de evaluación de este órgano colegiado estará a cargo del Departamento de Adquisiciones al que le corresponde recibir las propuestas, velar porque éstas cumplan con las Bases, y en definitiva sugerir la adjudicación o declararla desierta al Sr. Alcalde. La Comisión de Apertura y Evaluación de Propuestas, sólo “constará la existencia y el cumplimiento en cuanto a su forma y plazos de la documentación exigida en estas Bases”. Finalmente emitirá un “acta de apertura y evaluación” de propuestas mediante el cual se informará a la comisión de Evaluación de Propuesta los antecedentes revisados y las determinaciones dispuestas por esta instancia.
La Municipalidad pone en conocimiento de los oferentes que, aunque se haya aceptado la documentación presentada en el acto de apertura, ésta queda sujeta a otras revisiones, pudiendo encontrar diferencias u omisiones que no fueron observadas en la mencionada apertura. Esta situación implica que el (los) oferentes puedan quedar fuera de base en la etapa de evaluación técnica.
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16. DESCALIFICACIÓN DE LAS OFERTAS |
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Las ofertas recibidas en la presente licitación serán descalificadas de inmediato, y declaradas fuera de Bases o inadmisibles en los siguientes casos:
• En caso de que no acompañe la Oferta Económica y/o Técnicas o este contenga errores imputables al oferente.
• En caso de que los valores señalados en la oferta económica y la del formulario oferta técnica no sean coincidentes.
• En caso de entregar documentos sin firma original del representante legal, el cual no constará la legitimidad de la documentación.
• En el caso de no cumplir con el proceso de admisibilidad de la licitación.
• Que no cuente con el permiso formal otorgado por la autoridad sanitaria regional en el cual autoriza la instalación y funcionamiento (ampliación, modificación o traslado), es decir la autorización sanitaria vigente(si correspondiese).
• En el caso que habiéndose solicitado a los oferentes salvar errores, omisiones formales y/o complementar sus antecedentes, según lo establecido en las presentes bases y cuando no se hubiere dado cumplimiento a lo requerido dentro del plazo fijado.
Cualquier otra situación que a juicio de la mayoría de la comisión amerite dejar al oferente fuera de bases, siempre que ello no se afecte el principio de estricta sujeción a las bases y la igualdad de los oferentes.
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17. EVALUACIÓN: |
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17.1 Recepcionadas las ofertas a través del Portal de Compras Públicas, la Comisión deberá evaluar y estudiar los antecedentes de cada una de ellas, emitiendo una decisión fundada que propondrán en su respectivo Acta de Apertura y Evaluación al Sr. Alcalde para la emisión del respectivo Decreto Alcaldicio.
17.2 La Comisión, para efecto de la selección y evaluación de las propuestas, deberá basarse en los criterios que al respecto se han establecido en las presentes Bases. Sin perjuicio de ello, la Comisión queda facultada para realizar consultas a expertos en temas relacionados con la propuesta, solicitar informes técnicos ante dudas, inquietudes o aclaraciones que estimen convenientes para transparentar el proceso y dar recomendaciones más claras respecto a él o los proponentes a adjudicar.
17.3 Las condiciones y requisitos administrativos y/o técnicos de las presentes Bases se consideran condiciones mínimas, no obstante, lo cual, será materia de la Oferta presentada por el proponente, la presentación y descripción de otro tipo de garantías, servicios adicionales no mencionados en estas Bases y sus documentos relacionados, los que serán evaluados conforme a los criterios previamente señalados.
17.4 Los criterios de evaluación de la presente Propuestas, los cuales serán utilizados por la Comisión de Evaluación serán los establecidos en los cuadros siguientes:
17.5 Criterios y Ponderación de Evaluación:
CRITERIO
SUBFACTOR PORCENTAJE
OBSERVACIONES
TECNICA EXPERIENCIA 30 Se evaluará la experiencia del oferente en el último año, la cual será calificada en base a la acreditación de documentos escaneados de facturas o órdenes de compra con recepción conforme, por el servicio de recarga y arriendo de cilindros de oxígenos. La Órdenes de compra deben figurar en estado “RECEPCIÓN CONFORME” por parte del Organismo para ser contabilizada. Documento deben ser del periodo de menos últimos 1 año.
Puntaje Documentos
100 puntos De 07 o más documentos Orden de Compras, facturas por servicios prestados en instituciones privadas y públicas.
50 puntos De 04 a 06 documentos Orden de Compras, facturas por servicios prestado en instituciones privadas y públicas.
10 puntos De 01 a 03 documentos Orden de Compras, facturas por servicios prestados en instituciones privadas y públicas.
0 punto No informa
ADMINISTRATIVO CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS FORMALES 5 El criterio de evaluación será evaluado de la siguiente forma:
Puntaje Descripción
100 puntos Presenta todos los antecedentes.
0 puntos Omisión de antecedentes.
El oferente que haya incumplido los requisitos formales o haya omitido antecedentes o certificaciones al momento de presentar su oferta, aun cuando los haya acompañado con posterioridad, en virtud del artículo 56, inciso 2, del reglamento de la Ley N° 19.886, obtendrá 0 puntos.
ECÓNOMICO PRECIO 40 El criterio de evaluación Precio será evaluado por ranking.
Puntaje precio:
Puntaje precio=(( Precio mínimo ofertado/Precio Oferta evaluada )*100)*0.40
TECNICO PRESENCIA LOCAL DEL PRESTADOR 20 El presente factor se evaluará con mayor puntuación aquellas ofertas cuya empresa propuesta se encuentre lo más cercano a la comuna, con el objetivo de contribuir en la economía local y agilizar el retiro de las muestras y los casos de urgencia. Para ello se tomará la dirección informada del establecimiento de la empresa propuesto en el anexo N°1, que se acompaña al anexo ya mencionado.
La asignación de puntajes será de la siguiente manera:
Descripción Ponderación
La empresa propuesta con ubicación en la ciudad de Alto Hospicio-Iquique 100 puntos
La empresa propuesta con ubicación en la región de Tarapacá 50 puntos
Laboratorio clínico propuesto con ubicación en una región distinta a la 1° región de Tarapacá. 10 puntos
Total puntaje presencia local del prestador: (ponderación tabla) *0.20
TECNICO COMPORTAMIENTO CONTRACTUAL 5 El presente factor pretende verificar el comportamiento contractual por parte de los oferentes con otras instituciones públicas, a fin de evaluar el cumplimiento de las ofertas en relación con las formas y plazos comprometidos. La asignación de puntajes se asigna de la siguiente manera:
Descripción Ponderación
Oferente no presenta sanciones en ficha del proveedor de mercado publico 100 puntos
El oferente presenta 1 o mas sanciones en ficha del proveedor de mercado publico 0 puntos
Total puntaje comportamiento contractual=(puntaje)*0.05
17.6 No procederá a adjudicar al oferente que no tenga un puntaje igual o superior al 60% en el cuadro de evaluación, respectivo.
17.7 Del mismo modo, la I. Municipalidad de Colchane podrá solicitar cualquier aclaración o antecedentes que permita evaluar algún aspecto relacionado con la oferta técnica.
17.8 El resultado de la adjudicación será comunicado a todos los Proponentes cuyas ofertas haya sido abiertas.
17.9 Desempate: En caso de obtener iguales puntajes entre dos o más oferentes se aplicará la siguiente regla de desempate:
a) Se preferirá al proveedor que oferte servicios con mejor precio.
b) Se preferirá al proveedor que tenga mejor experiencia.
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18. EFECTOS DE LA OMISIÓN DE ALGÚN DOCUMENTO, O REQUISITO ESPECIFICO EN LA PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS |
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La omisión de uno o cualquiera de los documentos que, de acuerdo a los términos de referencia, deba publicarse en el portal de mercado público, así como la omisión del nombre o firma o suscripción del respectivo original cuando ello se exija expresamente, será solo motivo para calificar por incumplimiento de formalidades con el menor puntaje, previo a tomar esta decisión se procederá a hacer la consulta por el portal www.mercadopublico.cl donde se solicitará la documentación faltante o aclaración si correspondiente y se determinará la fecha y hora para la entrega de estos antecedentes, vía correo electrónico del contacto en caso contrario quedará fuera de proceso de licitación. Las propuestas que se ajusten a los términos de referencia serán evaluadas sobre la base de los criterios y factores, publicados en el portal utilizándose dos decimales para la ponderación.
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19. ADJUDICACIÓN. |
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La adjudicación de la presente licitación será parcializada o por líneas según lo solicitado en las bases técnicas, por la Ilustre Municipalidad de Colchane.
Para la adjudicación, se analizarán todos los antecedentes entregados por los proveedores que participen, se emitirá un informe y/o acta de evaluación y posteriormente se redactará el Decreto de Adjudicación, antecedentes que serán ingresados al portal www.mercadopublico.cl con el fin de transparentar todo el proceso licitatorio.
Las cantidades adjudicadas serán referenciales y en tal sentido, estas pueden aumentar o disminuir de acuerdo con las necesidades de la Ilustre Municipalidad de Colchane, y de acuerdo con la disponibilidad de existencias y recursos financieros disponibles, no constituyendo una obligación de compra en montos fijos, por parte de la Ilustre Municipalidad de Colchane.
El Alcalde, en representación de la I. Municipalidad de Colchane, se reserva el derecho de adjudicar la presente propuesta, de acuerdo a lo que más convenga a los intereses fiscales.
Sin perjuicio de lo anterior, la I. Municipalidad de Colchane podrá declarar no adjudicada la presente propuesta, con expresión de causa. La Comisión evaluará cada una de las ofertas de acuerdo a criterios específicos, ventajas económicas, plazos de entrega, debiendo el Municipio emitir resolución o circunstancias de la adjudicación. El adjudicatario de la presente licitación se elegirá de entre los proponentes que, habiendo cumplido todos los requisitos señalados, presente la oferta más conveniente y mayor puntaje total en la evaluación.
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20. READJUDICACIÓN: |
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En el evento que el adjudicatario, se desista de su oferta, no suscriba el contrato en el plazo establecido en las bases; la Municipalidad podrá readjudicar al segundo mejor oferente que alcancen los puntajes mínimos para adjudicar.
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21. PROCEDIMIENTO PARA GENERAR LA ORDEN DE COMPRA: |
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La orden de compra autorizada conforme por la unidad técnica se generará previa autorización de la Dirección Administración y Finanzas. La generación de las órdenes de compra la generará la Unidad respectiva. Una vez enviada la orden de compra a través del sitio de internet http://www.mercadopublico.cl el proveedor tendrá un plazo máximo de 3 días corridos para aceptarla o rechazarla. Si el proveedor no se pronunciare o rechazare la Orden de Compra del plazo estipulado, se informará a la Unidad de Compra respectiva y se procederá a rechazar la Orden (es) compra (s) y hacer efectiva la multa a los señalados en las Bases Administrativas.
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22. SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO. |
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No se requerirá suscripción de Contrato, ya que en este caso, la Orden de Compra actuara como el acuerdo entre ambas partes, para tales efectos el adjudicatario, tendrá un plazo no superior a dos días hábiles, para aceptar la OC. En caso que durante la ejecución del contrato se produzcan hechos que ameriten aumento o disminución de plazos o valores, podrá modificarse el respectivo contrato, con la anuencia del adjudicatario y sin necesidad de llamar a Nueva Propuesta, previa calificación de la Unidad Técnica. Todo lo anterior enmarcado bajo la Ley Nº 19.886 de Contratación y Compras Públicas. Las modificaciones no podrán superar el 30% de valor total del respectivo contrato ni alterar la naturaleza del objeto de este.
Es preciso señalar que el alcalde requerirá el acuerdo del honorable concejo municipal, según lo estipula la Ley N°18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, en su artículo 65º, letra J) para celebrar los convenios y contratos que involucren montos iguales o superiores al equivalente a 500 U.T.M. requerirá el acuerdo de la mayoría absoluta del concejo; no obstante, aquellos que comprometan al municipio por un plazo que exceda el período alcaldicio, requerirá el acuerdo de los dos tercios de dicho concejo.
Será responsabilidad del oferente adjudicado solicitar el respetivo contrato a la Municipalidad y gestionar su curso normal de acuerdo a lo establecido en estas bases, como también su entrega firmada al Municipio dentro de los plazos establecidos. Cualquier falta o incumplimientos de los plazos establecidos para llevar a cabo la tramitación del presente contrato, imputable al oferente adjudicado, será motivo de la aplicación de multas.
Duración del Contrato: La duración del contrato se establecerá hasta el 31 de diciembre de 2025 a contar de la fecha de aceptación de la orden de compra, o hasta la culminación total del presupuesto asignado, lo que ocurra primero.
Son Obligaciones del adjudicatario. Sin perjuicio de lo señalado en las especificaciones técnicas, las siguientes:
• Se deja expresa constancia que será de responsabilidad exclusiva del adjudicatario todo daño ocasionado a terceros o sus bienes como consecuencia de lo prestación de los servicios, eximiendo a lo municipalidad de toda responsabilidad para estos efectos.
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23. MODIFICACION DEL CONTRATO (Si correspondiese) |
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Las partes de mutuo acuerdo, podrán modificar el correspondiente contrato, o bien, unilateralmente por la Municipalidad de Colchane en caso de exigirlo el interés público o la seguridad nacional, ambos casos, deberá ser justificado con informe técnico de la Unidad a cargo de la fiscalización del contrato, dando cuenta de las razones que justifican tal modificación.
Las modificaciones que asistan al contrato se justificarán siempre que no alteren elementos esenciales - aquellos que no se relacionen con lo dispuesto en el artículo 129º del Reglamento de Compras Públicas-, es decir, ya sea por aumento o disminución de este (monto/plazo), a causa de cancelación o incorporación de exámenes de laboratorio al convenio de suministro en circunstancias que no fueron consideradas inicialmente, como así también cambios necesarios en la ejecución del servicio que tengan una justificación técnica.
Toda modificación contractual se incorporará en Anexos; debiendo todos ser aprobados por acto administrativo para luego proceder a su ejecución; formando parte integral de dicho contrato.
La gestión de modificación de contrato se iniciará previa solicitud del contratista o de la Unidad/Inspección Técnica, dentro de los (S) cinco días hábiles siguientes a la detección de la causa que lo origina, informando por medio escrito las razones que la motivan y adjuntando la certificación de disponibilidad o factibilidad presupuestaria (cuando corresponda). Con todo, se deja establecido que para los casos de aumento/disminución del monto de contrato, individual o en su conjunto, no podrá exceder el treinta por ciento (30%) del monto inicial del contrato, teniendo el contratista la obligación de ejecutar el servicio y/o bienes o aceptar la disminución de este hasta el porcentaje indicado. Así también, queda establecido que no se podrá modificar el contrato si tal modificación altera su naturaleza, objeto o elementos esenciales.
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24. PROCEDIMIENTO PARA LA APROBACION DE MODIFICACION DEL CONTRATO |
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El procedimiento para la aprobación de modificación del contrato es el siguiente:
1. A través de un medio escrito se debe informar la causa que origina la modificación del contrato. El contratista o la Unidad/Inspección Técnica ingresará solicitud de modificación de contrato dentro de 5 días hábiles desde notificada la causa que lo origina.
2. La Unidad/Inspección Técnica elaborará informe con los detalles que justifican la solicitud de modificación de contrato, en apego estricto a lo consignado en las bases de licitación, para requerir la disponibilidad presupuestaria - si procediere - a la Dirección de Administración y Finanzas y requerir la autorización del Alcalde, o en el caso de financiarse la contratación con fondos externos y si el convenio y/o resolución que financia lo determina, requerir la autorización a dicho organismo, para continuar con la modificación de contrato que deberá formalizarse por acto administrativo.
3. Una vez aprobado/rechazado la modificación de contrato por el Alcalde y/o organismo que financia la contratación, la Unidad/Inspección Técnica, deberá informar por medio escrito al Contratista, además de solicitar - si procediere - el reemplazo o complementación de la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato por el nuevo monto y/o plazo contratado, además de solicitar al departamento Jurídico la redacción del anexo de contrato respectivo, para su posterior suscripción.
4. Una vez suscrito por las partes la modificación de contrato, esta deberá ser aprobada bajo acto administrativo, debiendo la Unidad/Inspección técnica entregar copia al Contratista, además de solicitar el ingreso de antecedentes al sistema de información (Mercado Público) y emprender las acciones necesarias para la emisión de la respectiva orden de compra - cuando proceda-.
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25. DEL PAGO, ENTREGA Y FACTURACION |
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La Ilustre municipalidad de Colchane solicitará los productos requeridos, mediante una orden de compra, suscrita a través de la página web www.mercadoPublico.cl, conforme a los valores establecidos en el anexo adjunto y que correspondes a los ofertados durante el proceso de licitación.
El proveedor se obliga a hacer entrega de los productos/servicios requeridos por medio de orden de compra, según el plazo de entrega propuesto en su postulación, de acuerdo con requerimiento de la Ilustre Municipalidad de Colchane.
El pago se hará de forma individual por cada orden de compra emitida contra prestación de los siguientes antecedentes:
• Para facilitar el pago el proveedor deberá hacer llegar a la oficina de finanzas de la Ilustre municipalidad de Colchane ubicada en AV. Teniente González S/N, y en caso de corresponder a factura electrónica, esta debe ser dirigida al siguiente correo luis.mamani@imcolchane.cl con copia a adquisicionessalud@imcolchane.cl.
Los productos adquiridos se pagarán de manera posterior a la recepción total y conforme de la Ilustre Municipalidad de Colchane, en concordancia con la orden de compra respectiva.
Para los efectos del pago el adjudicatario presentara en el lugar de entrega de la Ilustre Municipalidad de Colchane, la siguiente documentación:
• Factura correspondiente al monto a pagar, la cual deberá indicar el numero de la correspondiente orden de compra.
• Copia de la orden de compra.
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26. MULTAS. |
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La Ilustre Municipalidad de Colchane aplicará las siguientes multas al adjudicatario:
a) Multa por atraso en la entrega de los resultados de los exámenes, se aplicará una multa de 1 UTM por cada día de atraso con un tope de 30 UTM, equivalente a 30 días.
b) Multa por deficiente calidad del servicio, constatado mediante la no conformidad correspondiente, en el cual el adjudicatario no da respuesta correctiva en el plazo establecido de 5 días hábiles. Para los casos anteriormente mencionados se aplicará una multa de 3 UTM por cada día de atraso con un tope de 12 UTM.
c) El proveedor tendrá un plazo de cinco (05) días hábiles desde que se le notifique de la aplicación de la multa para pagarla.
d) En el evento que el proveedor no pague la multa, el monto de la misma podrá ser descontado del monto de la factura correspondiente que deba pagar a la Ilustre Municipalidad de Colchane, previa notificación al proveedor adjudicado.
Procedimiento para Aplicación de Multas.
a) La Dirección de Administración y Finanzas efectuara los descuentos que correspondan de acuerdo al informe entregado por la Unidad Técnica.
b) El proveedor adjudicado podrá invocar como única causal para justificar su atraso el caso fortuito o fuerza mayor, condiciones que deberán fundamentarse y acreditarse por escrito dentro de los cinco (05) días siguientes de notificada la aplicación de la multa, en tal caso la Ilustre Municipalidad de Colchane, previó análisis de los antecedentes, resolverá sin ulterior recurso.
c) El Supervisor o funcionario responsable designado para esta función, éste le informará al adjudicatario, a través de correo electrónico, indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el monto de la multa. A contar del momento de recibida la notificación, el adjudicatario tendrá un plazo de cinco días hábiles para efectuar sus descargos, acompañando todos los antecedentes que estime pertinentes. Vencido el plazo sin presentar descargos por parte del adjudicatario, la Entidad dictará la respectiva resolución, aplicando la multa. Si el adjudicatario hubiera presentado descargos en tiempo y forma, la Entidad tendrá un plazo de veinte días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se determinará, mediante el acto administrativo correspondiente, enviado a través de comunicación a través de correo electrónico.
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DEL TÉRMINO DEL CONTRATO. |
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La Ilustre Municipalidad de Colchane se reserva el derecho de poner término al contrato en forma administrativa, unilateral y anticipadamente y sin forma de juicio, si el proponente incurriera en alguna de las siguientes causales durante la ejecución del mismo.
a. Mutuo acuerdo entre las partes.
b. Incumplimiento grave de las obligaciones que impone el Contrato Adjudicatario.
c. Incurrir en rechazo injustificado de la Orden de Compra durante la ejecución del contrato suscrito.
d. Incumplimiento reiterado de los requerimientos técnicos, solicitados en la propuesta pública.
e. Por entrega de información errónea, maliciosa o no fidedigna proporcionada por el proponente adjudicado
f. Por incurrir el adjudicatario en atrasos reiterados en la solicitado del servicio adjudicado.
g. Por haber sido multado el adjudicatario en tres o más oportunidades por atraso en la entrega.
h. Cualquier incumplimiento al contrato por causas imputables al oferente, adjudicado, facultará al mandante, para poner término anticipado a éste, por simple resolución administrativa, sin forma de juicio, no obstante, cualquier otra medida que el caso requiera.
i. El adjudicatario será el único y exclusivo responsable por los daños y perjuicios que pudieren ocasionarse durante la ejecución de los servicios contratados, tanto a personal dependiente de sí mismo, a la Municipalidad o a sus funcionarios, o a terceros ajenos.
j. Si el adjudicatario incurre en un atraso de entrega de los productos que supera los 20 días hábiles, se procederá dar término al contrato.
k. Estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existente sean suficientes para garantizar cumplimiento del contrato.
l. Por exigirlo el interés publico o la seguridad nacional.
m. Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del periodo de ejecución del convenio, con máximo de seis meses.
n. Incumplimiento reiterado en las especificaciones técnicas adjudicada.
En caso de término anticipado del contrato deberá procederse a la liquidación de los servicios, la cual será aprobada por Decreto Alcaldicio.
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FACTURACIÓN. |
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La facturación deberá indicar el Número de la Orden de Compra que la genera y debe ser acompañado con una copia de la Orden de Compra. Todo documento o pedido que llegue incompleto será devuelto. Los datos de facturación son:
NOMBRE : ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE COLCHANE
DOMICILIO : AVENIDA TENIENTE GONZÀLEZ S/N
RUT : 69.250.400-3
GIRO : MUNICIPALIDAD
La Ilustre Municipalidad de Colchane se obliga a pagar a la empresa la factura correspondiente, en un plazo de 30 (treinta) días corridos, contados desde la fecha de recepción conforme de los productos y/o servicios.
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BASES TÉCNICAS ESPECIALES |
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CONVENIO DE SUMINISTRO DE ARRIENDO Y RECARGA DE OXIGENOS MEDICINALES PARA EL CONSULTORIO GENERAL RURAL DE COLCHANE”
ID 722640-2-L125
1. GENERALIDADES.
Las presentes bases técnicas están destinadas a complementar las bases administrativas e indicar normas y características mínimas de los bienes y servicios requeridos, siendo estos objetos del estudio y oferta parte del proponente.
La Ilustre Municipalidad de Colchane, dada de la necesidad de mejorar las condiciones de calidad, oportunidad y continuidad de atención de los establecimientos de atención primaria, convoca a licitación pública el “CONVENIO DE SUMINISTRO DE ARRIENDO Y RECARGA DE OXIGENOS MEDICINALES PARA EL CONSULTORIO GENERAL RURAL DE COLCHANE”.
Teniendo un consumo aproximado de 12 cilindros de oxígenos de 1m3, 3,5m3, 6m3 y 10 m3, de forma mensual.
Servicios a contratar:
La presente contratación se establece con el fin de llevar a cabo la compra de los siguientes servicios:
1. Recarga de Oxigeno gaseoso medicinal por metro cubico
2. Flete por metro cubico
3. Arriendos de cilindros de oxígenos
4. Servicio de Llenado de cilindros de oxígenos
5. Prueba hidráulica cilindros de oxígenos
6. Recambio de válvula a cilindros de oxígenos
Contratar con empresas especializadas en suministro de oxígenos medicinal, para el abastecimiento del Consultorio General Rural de Colchane
Los tubos que se utilizaran en el abastecimiento del Consultorio General Rural de Colchane, como oxigeno medicinal, deben contar con los requisitos de seguridad y señaléticas correspondiente, como también la identificación del tubo con su número de serie.
El número de oxígeno mensual en el transcurso del convenio puede ser modificado, pudiendo aumentarse o disminuirse.
Modo de solicitar el oxígeno:
El encargado del Consultorio General Rural de Colchane, emitirá una solicitud de compra de abastecimiento firmada.
El encargado de compra generara una orden de compra, previa solicitud de recepción efectuada por el encargado de bodega, visando la factura, para iniciar el trámite de pago.
Responsabilidad del proveedor:
a) La empresa será responsable de cumplir con el abastecimiento de oxígeno cuando el Consultorio lo solicite cumpliendo con los plazos correspondiente
b) La empresa deberá contar con un sistema de codificación para los cilindros con el objeto de poder identificar los cilindros propios de la empresa y del Consultorio.
c) Deberá cumplir con las normativas legales para el traslado y abastecimiento de oxígeno medicinal (código sanitario)
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