Licitación ID: 729591-2-LE18
ADECUACIÓN DEL INMUEBLE SELLO INCLUSIVO
Responsable de esta licitación: Jdo Garantia de Tome
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 16
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Construcción de obras civiles 1 Unidad
Cod: 72131702
“SERVICIO DE ADECUACIÓN DEL INMUEBLE QUE ALBERGA AL JUZGADO DE GARANTÍA DE TOMÉ, ACORDE A LA NORMATIVA QUE ESTABLECE EL SELLO INCLUSIVO DEL SERVICIO NACIONAL DE DISCAPACIDAD”  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
ADECUACIÓN DEL INMUEBLE SELLO INCLUSIVO
Estado:
Revocada
Descripción:
“SERVICIO DE ADECUACIÓN DEL INMUEBLE QUE ALBERGA AL JUZGADO DE GARANTÍA DE TOMÉ, ACORDE A LA NORMATIVA QUE ESTABLECE EL SELLO INCLUSIVO DEL SERVICIO NACIONAL DE DISCAPACIDAD”
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
Unidad de compra:
Jdo de Garantia de Tome
R.U.T.:
61.963.700-3
Dirección:
Maipú 1038
Comuna:
Tomé
Región en que se genera la licitación:
Región del Biobío
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 26-12-2018 15:01:00
Fecha de Publicación: 17-12-2018 16:52:49
Fecha inicio de preguntas: 18-12-2018 10:00:00
Fecha final de preguntas: 22-12-2018 16:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 24-12-2018 13:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 26-12-2018 15:02:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 26-12-2018 15:02:00
Fecha de Adjudicación: 30-04-2019 16:00:00
Fecha de entrega en soporte fisico 26-12-2018
Fecha estimada de firma de contrato 27-12-2018
Tiempo estimado de evaluación de ofertas 3 Horas
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Documentos Administrativos
1.- Bases Administrativas, Anexo N° 10
2.- Anexo N° 1, Anexo N° 4.1, Anexo N° 4.2, Anexo N°4.3, Anexo 4.4, Anexo N°5, Anexo N° 6, Anexo 9
Documentos Técnicos
1.- Anexo N°8, reglamento prevención de riegos para empresas contratistas y subcontratistas Anexo N°7, Bases Técnicas, Anexo N°2
 
Documentos Económicos
1.- Anexo N°2, Itemizado
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Evaluación Técnica 40% experiencia, 25%Experiencia jefe de obra, 35% plazo de entrega de la obra...como se indica en las bases adminsitrativas 45%
2 Cumplimiento de los requisitos 10 si cumple con todos requisitos formales de la presentación de la oferta dentro del plazo de presentación de ofertas y 0 sin no cumple.....(como se indica en las bases administrativas.. 5%
3 Precio (10*(mejor oferta económica/oferta que se evalúa))..como se indica en las bases administrativas. 50%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: No hay información
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Cheque
Nombre de responsable de pago: Claudio Toloza Urrutia
e-mail de responsable de pago: ctoloza@pjud.cl
Nombre de responsable de contrato: Claudio Toloza Urrutia
e-mail de responsable de contrato: ctoloza@pjud.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-41-2612518-101
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar yo la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Resolución de Empates

En caso de producirse un empate en el resultado final de la evaluación, la Corporación resolverá adjudicar el proceso de licitación al proponente que presente mejor ponderación en Precio. De mantenerse el empate, la licitación se adjudicará en el siguiente orden de preferencia:

1)          Experiencia de la empresa

2)                 Plazo entrega de la obra

3)          Experiencia del Jefe de Obra

De mantenerse el empate la Corporación resolverá sobre cualquier otro criterio o subcriterio de evaluación que permita dirimir fundadamente la adjudicación y que se estime prioritario para la Corporación.

Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación

La Corporación adjudicará la licitación a la propuesta que, en su conjunto, resulte más ventajosa para sus necesidades e intereses, según las condiciones y criterios de evaluación establecidos en  las presentes bases.

La adjudicación del contrato se hará por resolución fundada de la autoridad competente.

La Corporación Administrativa se reserva el derecho de adjudicar total o parcialmente a uno o más oferentes, aunque no corresponda al precio más bajo.

La Corporación Administrativa declarará inadmisible las ofertas cuando éstas no cumplieren los requisitos establecidos en las bases, y declarará desierta una licitación cuando no se presenten ofertas, o bien, cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses.

Del mismo modo, la Corporación podrá dejar sin efecto el proceso de licitación hasta antes de la adjudicación mediante resolución fundada.

En todos los casos anteriores la Corporación no incurrirá en responsabilidad alguna por tratarse del ejercicio de facultades discrecionales, así reconocidas expresamente por los proponentes.

Si la adjudicación no se hiciere en la fecha indicada en el cronograma de la licitación, la Corporación informará la nueva fecha estimada de adjudicación a través del portal indicando la justificación correspondiente.

Una vez adjudicada la licitación los oferentes que quieran aclarar aspectos de la evaluación y/o adjudicación, podrán comunicarse vía correo electrónico o telefónicamente con el responsable del contrato indicado en el formulario electrónico de las presentes bases.

  1. NOTIFICACIÓN

La Corporación notificará la resolución de adjudicación de la licitación a través del portal www.mercadopúblico.cl , la que se entenderá realizada luego de las 24 horas transcurridas desde que la Corporación publique en el sistema de información el documento, acto o resolución objeto de la notificación.

  1. FACULTAD PARA READJUDICAR

La Corporación podrá readjudicar la licitación, al oferente que siga en orden de prelación, de acuerdo con el puntaje obtenido, dejando sin efecto la adjudicación previa, en los siguientes casos:

a)    Si el adjudicatario rechaza o no acepta la orden de compra dentro del plazo de 1 día hábil contado desde que es requerido para tal fin.

b)   Si el contrato no se firma en el plazo estipulado, por causas atribuibles al adjudicatario, si fuere el caso.

c)    Si el adjudicatario no entrega, en el plazo estipulado, los antecedentes requeridos en las presentes bases para la suscripción del contrato, o las garantías requeridas, si fuere el caso.

d)   Si el adjudicatario se desiste de su oferta.

e)    Si el adjudicatario es inhábil para contratar con el Estado en los términos del artículo 4º de la Ley N° 19.886, de los artículos 8 y 10 de la Ley N° 20.393, o no proporciona los documentos que le sean requeridos para verificar dicha condición.

f)    Si el adjudicatario no se inscribe en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado.

g)   Si se constata por cualquier medio fehaciente que el adjudicatario presentó en su oferta información falsa, adulterada u ocultó información relevante para la ejecución del contrato.

h)   Uno de los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores adjudicada se retira de ésta, y los antecedentes de dicho integrante fueron considerados en uno más de los criterios de la evaluación de la oferta.

i)     Retiro de uno o más integrantes de la Unión Temporal de Proveedores adjudicada y el número de sus integrantes de la Unión Temporal de Proveedores disminuya de dos.

La Corporación podrá ejercer esta facultad sucesivamente hasta el tercer oferente mejor evaluado, sin perjuicio de la facultad de declarar desierto el proceso, en caso que las ofertas no sean conveniente a sus intereses.

Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social

El adjudicatario, en forma previa al pago de los servicios, deberá acreditar el oportuno y cabal cumplimiento de sus obligaciones laborales y de seguridad social, en relación con el personal que destine a la ejecución del contrato. Para ello deberá presentar un certificado emitido por la Inspección del Trabajo, o un organismo idóneo, de cumplimiento de obligaciones laborales y de seguridad social. En caso que el adjudicatario no acredite oportunamente el cumplimiento de las obligaciones antedichas, la Corporación Administrativa podrá retener total o parcialmente los pagos que tenga a favor de éste y pagar con ellos al trabajador o institución previsional acreedora y/o hacer efectiva la  garantía prevista en las presentes bases.

La Corporación Administrativa tendrá el mismo derecho señalado en el párrafo anterior respecto de los subcontratistas del adjudicatario.

La empresa deberá acompañar al inicio del servicio una planilla (nómina) que indique los nombres de los trabajadores que se desempeñan en virtud del contrato e informar a la Corporación ante cualquier modificación que se produzca.

Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes
  1. CONSULTAS ACLARATORIAS A OFERENTES Y CORRECCIÓN DE ERRORES U OMISIONES FORMALES

                        A. Incumplimiento de formalidades

La Corporación Administrativa podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones no afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes. Las solicitudes que se hagan en tal sentido serán informadas a los demás oferentes a través del portal www.mercadopublico.cl. El plazo que tendrán los oferentes en este caso para dar cumplimiento a lo solicitado por la Corporación, no podrá ser superior a 48 horas, contadas desde la fecha de publicación de la solicitud por parte de la Corporación.

No se consideran errores y por lo tanto no se pedirá aclaración ni será considerado un incumplimiento de un requisito formal:

a) Los errores ortográficos o la contracción o resumen de palabras, si de ello no puede derivarse dudas en cuanto al sentido de las palabra. Esta regla se aplicará aun cuando se trate de expresiones que constituyan una formalidad legal;

b) Errores u omisiones cometidos en la individualización de personas, clientes, trabajadores o representantes, si de ello no puede derivarse dudas en cuanto a la identidad de la persona de que se trata;

c) Los errores numéricos, de cifras o porcentajes, que manifiestamente no sean de carácter sustancial; y

d) En general, las disconformidades no esenciales que existen entre los distintos documentos de la oferta, siempre que no pudiere derivarse duda del aspecto al que se refiere.

                        B. Certificaciones o antecedentes omitidos en la oferta

La Corporación solicitará la presentación de certificaciones o antecedentes exigidos en las bases de licitación que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar su oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. Para estos efectos, se concederá un plazo de 48 horas contadas desde el requerimiento para la presentación de dichos antecedentes a través del portal www.mercadopublico.cl.

En caso que el oferente acompañe los antecedentes en el plazo antes señalado, se le asignará un menor puntaje en el criterio de cumplimiento de requisitos formales. Serán declaradas inadmisibles las ofertas que no adjunten los antecedentes o documentos omitidos en el plazo antes referido, salvo que dichos documentos estén destinados a acreditar la experiencia del oferente, subcontratistas o equipo de profesionales, las cuales serán evaluadas con los documentos ingresados junto con su oferta original.

                        C. Consultas, solicitud de certificaciones o antecedentes aclaratorios

Adicionalmente, la Corporación podrá efectuar consultas a los oferentes o solicitar certificaciones o antecedentes para aclarar el sentido y alcance de la oferta por medio del portal de compras. En estos casos, la Comisión Evaluadora no le descontará al oferente puntaje en el criterio de cumplimiento de requisitos formales.

Tratándose de  una Unión Temporal de Proveedores (UTP), la Corporación consultará, en caso de inhabilidad de uno de sus integrantes,  si continuarán en el proceso con los demás integrantes hábiles. Si la UTP decide  continuar en el proceso,  solo se evaluarán los antecedentes de los integrantes hábiles, presentados dentro del periodo de recepción de ofertas o a través  de foro cuando sean requeridos por la Corporación. En caso de negativa, la oferta será declarada inadmisible.

10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.