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Los proponentes deberán enviar los antecedentes requeridos, adjuntándolos electrónicamente en los anexos de antecedentes Administrativos, Técnicos o Económicos, según corresponda. Los antecedentes que se deberán adjuntar en cada anexo serán los siguientes:
8.1 INSTRUCCIONES PARA LA PRESENTACIÓN DE OFERTAS
Presentar Ofertas por Sistema. Obligatorio.
Anexos Administrativos. Anexo N°1. Declaración jurada simple para ofertar
Anexo N°2. Declaración jurada simple para ofertar y contratar
Anexo N°9. Declaración para Uniones Temporales de Proveedores
Anexos Técnicos.
Anexo N°7: Oferta Técnica
El anexo referido debe ser ingresado a través del sistema www.mercadopublico.cl , en la sección Anexos Técnicos.
Anexos Económicos. Anexo N°8. Oferta económica
El anexo referido debe ser ingresado a través del sistema www.mercadopublico.cl , en la sección Anexos Económicos
Observaciones
Las únicas ofertas válidas serán las presentadas a través del portal www.mercadopublico.cl, en la forma en que se solicita en estas bases. No se aceptarán ofertas que se presenten por un medio distinto al establecido en estas Bases, a menos que se acredite la indisponibilidad técnica del sistema, de conformidad con el artículo 62 del Reglamento de la Ley de Compras. Será responsabilidad de los oferentes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus ofertas.
Los oferentes deben constatar que el envío de su oferta a través del portal electrónico de compras públicas haya sido realizado con éxito, incluyendo el previo ingreso de todos los formularios y anexos requeridos completados de acuerdo con lo establecido en las presentes bases. Debe verificar que los archivos que se ingresen contengan efectivamente los anexos solicitados.
Asimismo, se debe comprobar siempre, luego de que se finalice la última etapa de ingreso de la oferta respectiva, que se produzca el despliegue automático del “Comprobante de Envío de Oferta” que se entrega en dicho Sistema, el cual puede ser impreso o guardado por el proponente para su resguardo.
En dicho comprobante será posible visualizar los anexos adjuntos, cuyo contenido es de responsabilidad del oferente.
El hecho de que el oferente haya obtenido el “Comprobante de envío de ofertas” señalado, únicamente acreditará el envío de ésta a través del Sistema, pero en ningún caso certificará la integridad o la completitud de ésta, lo cual será evaluado por la comisión evaluadora. En caso de que, antes de la fecha de cierre de la licitación, un proponente edite una oferta ya enviada, deberá asegurarse de enviar nuevamente la oferta una vez haya realizado los ajustes que estime, debiendo descargar un nuevo Comprobante.
Las ofertas presentadas por una Unión Temporal de Proveedores (UTP) deberán contar con un apoderado.
8.2 ANTECEDENTES LEGALES PARA OFERTAR Y CONTRATAR
Si el oferente es Persona Natural
Inscripción (en estado hábil) en el Registro de Proveedores.
Anexo N°2. Declaración jurada simple para ofertar y contratar (Conflictos de interés y ratificación de lo obrado), suscrita por el adjudicatario, que acredite que no se encuentra afecto a ninguna de las inhabilidades contempladas en el inciso 6° del artículo 4°, de la Ley 19.886.
Todos los Anexos deben ser firmados por la persona natural respectiva. Acreditar en el Registro de Proveedores
Fotocopia de su cédula de identidad.
Garantía de Fiel cumplimiento del contrato Solo en caso de ser adjudicado
Si el oferente no es Persona Natural Inscripción (en estado hábil) en el Registro de Proveedores.
Certificado de Vigencia del poder del representante legal, con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, otorgado por el Conservador de Bienes Raíces correspondiente o, en los casos que resulte procedente, cualquier otro antecedente que acredite la vigencia del poder del representante legal del oferente, a la época de presentación de la oferta. Acreditar en el Registro de Proveedores
Certificado de Vigencia de la Sociedad con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, o el antecedente que acredite la existencia jurídica del oferente.
Anexo N°2. Declaración jurada simple para ofertar y contratar (Conflictos de interés y ratificación de lo obrado), suscrita por el adjudicatario, que acredite que no se encuentra afecto a ninguna de las inhabilidades contempladas en el inciso 6° del artículo 4°, de la Ley 19.886.
Todos los Anexos deben ser firmados por el representante legal de la persona jurídica.
En caso de que resulte adjudicada una unión temporal de proveedores, el Anexo N°2 debe ser completado por cada uno de sus integrantes.
Fotocopia simple del RUT de la empresa
Fotocopia simple por ambos lados de la cédula de identidad del representante legal de la entidad
Garantía de Fiel cumplimiento del contrato Solo en caso de ser adjudicado
Persona Jurídica extranjera. En este caso deberán acompañar lo siguientes documentos en idioma español, presentándose dichos documentos debidamente traducidos y legalizados conforme a los protocolos que rigen en cada país En el caso de agencias chilenas de sociedades anónimas extranjeras, deberán presentar los documentos que acrediten su constitución en Chile, de conformidad con los artículos 121, 122, 123 y 124 de la Ley N° 18.046 de Sociedades Anónimas y sus modificaciones. Se deberán acompañar, además, las respectivas certificaciones de vigencia de la sociedad matriz, de la agencia y de los poderes del agente, todas emitidas con una antiguada no mayor a 2 (dos) meses. Los documentos emitidos en el extranjero deberán presentarse debidamente legalizados conforme al artículo 345 del Código de Procedimiento Civil, sin perjuicio de lo señalado en el artículo 345 bis del Código antes citado
En el caso que las personas jurídicas sean extranjeras sin agencias en Chile, deberán presentar las escrituras y el instrumento donde conste el poder del representante legal y con certificación de vigencia con una antigüedad no mayor a 2 (dos) meses, todos los cuales deberán estar debidamente legalizados conforme al artículo 345 del Código de Procedimiento Civil, sin perjuicio de lo señalado en el artículo 345 bis del Código antes citado
Anexo N°2. Declaración jurada simple para ofertar y contratar (Conflictos de interés y ratificación de lo obrado), suscrita por el adjudicatario, que acredite que no se encuentra afecto a ninguna de las inhabilidades contempladas en el inciso 6° del artículo 4°, de la Ley 19.886.
Todos los Anexos deben ser firmados por el representante legal de la persona jurídica.
Unión Temporal de Proveedores Anexo N°1: DECLARACIÓN JURADA SIMPLE PARA OFERTAR (UTP): debe ser entregado por cada integrante UTP, con salvedad del miembro de la UTP quien presente la oferta en el Sistema, el cual realizada la declaración a través de la “Declaración jurada de requisitos para ofertar” electrónica presentada junto a la oferta.
Anexo N°2: Declaración jurada sin conflictos de interés (UTP): debe ser entregado por cada integrante UTP, con salvedad del miembro de la UTP quien presente la oferta en el Sistema, el cual realizada la declaración a través de la “Declaración jurada de requisitos para ofertar” electrónica presentada junto a la oferta.
Ambos anexos deben ser presentados y firmados por la persona natural o representante legal de la persona jurídica según corresponda, por cada miembro de la Unión temporal de proveedores
Anexo N°9. Declaración para Uniones Temporales de Proveedores
Los anexos referidos deben ser ingresados a través del sistema www.mercadopublico.cl , en la sección Anexos Administrativos.
Este anexo solo debe ser presentado y firmado por la persona natural o representante legal de la persona jurídica según corresponda, el miembro de la UTP que presente la oferta.
Solo se recibirán documentos electrónicos. Es responsabilidad del oferente la calidad del archivo electrónico elegido para anexar su propuesta en el Portal (formato PDF, Excel, JPG, Proyect o Word), debiendo respetar el tamaño del archivo máximo permitido por el sistema informático. En caso que la propuesta no pueda ajustarse a dicho peso, el proponente tendrá que ingresarla dividida en tantos documentos como el Portal lo permita, debiendo numerarlos e identificarlos correlativamente.
Las propuestas y demás antecedentes que se acompañen deberán estar escritas en idioma castellano y no deberán tener textos entrelíneas, raspaduras, tachaduras, enmendaduras ni correcciones.
Será de exclusiva responsabilidad de los oferentes proporcionar en forma oportuna, clara y completa los documentos exigidos, el contenido de los mismos y la veracidad de lo que en ellos conste.
Los interesados que se encuentren inscritos en el Registro de Proveedores deberán adjuntar sólo aquellos Documentos Administrativos que no se encuentren debidamente digitalizados, vigentes o que no consten en el Registro www.chileproveedores.cl.
Se deja constancia que los interesados que no se encuentren inscritos en el señalado Registro de Proveedores, deberán igualmente adjuntar los Documentos Administrativos, indicados en el presente acápite, a través del portal www.mercadopublico.cl.
Observaciones
No podrán ofertar los proveedores sancionados por el Tribunal de la Libre Competencia con la prohibición de contratar a cualquier título con órganos de la administración, contemplada en el artículo 26, letra d), del decreto con fuerza de ley N°1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley N°211, de 1973, que fija normas para la defensa de la libre competencia, hasta por el plazo de cinco años contado desde que la sentencia definitiva quede ejecutoriada.
Tratándose exclusivamente de las personas jurídicas, no podrán contratar con organismos del Estado, aquellas que hayan sido condenadas por los delitos previstos en el artículo 27 de la ley N° 19.913, en el artículo 8° de la ley N° 18.314 y en los artículos 250 y 251 bis del Código Penal, a la pena de prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado. La entidad licitante verificará esta información a través del Registro que se lleva para tal efecto, de conformidad con lo dispuesto en la ley N° 20.393, que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y delitos de cohecho que indica.
Si el respectivo proveedor no entrega la totalidad de los antecedentes requeridos para ser contratado, dentro del plazo fatal de 15 días hábiles contados desde la notificación de la resolución de adjudicación o no suscribe el contrato en los plazos establecidos en estas bases, la entidad licitante podrá seleccionar la segunda mejor oferta para la firma del contrato. Además, tales incumplimientos darán origen al cobro de la garantía de seriedad de la oferta, si la hubiere.
Inscripción en el Registro de Proveedores
En caso de que el proveedor que resulte adjudicado no se encuentre inscrito en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración (Registro de Proveedores), deberá inscribirse dentro del plazo de 15 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución de adjudicación.
Tratándose de los adjudicatarios de una Unión Temporal de Proveedores, cada integrante de ésta deberá inscribirse en el Registro de Proveedores, dentro del plazo de 15 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución de adjudicación.
Observaciones Unión Temporal de Proveedores
Cabe hacer presente que las causales de inhabilidad para la presentación de las ofertas afectarán a cada integrante de la Unión individualmente considerado. En caso de afectar una causal de inhabilidad a algún integrante de la Unión, ésta deberá decidir si continuará con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso.
La UTP no podrá ocultar información relevante para la ejecución del contrato, que afecte a algunos de sus integrantes. En caso de hacerlo, será considerado como un incumplimiento grave por parte del proveedor, dando lugar a las sanciones contempladas
La vigencia de la unión temporal de proveedores no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado. Las ofertas presentadas por una Unión Temporal de Proveedores (UTP) deberán contar con un apoderado.
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