Licitación ID: 732-1-LE26
SUMINISTRO DE MANTENCIÓN Y REPARACIÓN DE EDIFICIOS
Responsable de esta licitación: SUBSECRETARIA DEL MINISTERIO DE MINERIA
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 5
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Productos o servicios
1
Restauración de edificios, casas, señales o monumentos 1 Unidad
Cod: 72102802
SERVICIO DE SUMINISTRO MÚLTIPLE DE MANTENCIÓN Y REPARACIÓN PARA LAS DEPENDENCIAS DE LA SUBSECRETARÍA DE MINERÍA (SEGUN BASES TECNICAS DE LICIUTACIÓN)  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
SUMINISTRO DE MANTENCIÓN Y REPARACIÓN DE EDIFICIOS
Estado:
Adjudicada
Descripción:
La Subsecretaría de Minería, en el marco de sus funciones y responsabilidades institucionales, requiere asegurar la correcta mantención, conservación y operatividad de sus dependencias centrales ubicadas en calle Amunátegui N°232, pisos 15, 16 y 17, comuna de Santiago Centro, Región Metropolitana, las que comprenden aproximadamente 1.928 m² construidos.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
El contrato se formalizará con la orden de compra
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
SUBSECRETARIA DEL MINISTERIO DE MINERIA
R.U.T.:
61.701.000-3
Dirección:
AMUNATEGUI 232, PISO 15, SANTIAGO CENTRO - Región
Comuna:
Santiago
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 26-02-2026 15:01:00
Fecha de Publicación: 12-02-2026 14:54:00
Fecha inicio de preguntas: 12-02-2026 14:56:00
Fecha final de preguntas: 18-02-2026 15:30:00
Fecha de publicación de respuestas: 20-02-2026 18:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 26-02-2026 15:15:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 26-02-2026 15:15:00
Fecha de Adjudicación: 10-03-2026 10:55:20
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
Extensión automática del plazo de ofertas:

Se estableció para esta licitación que: "Si a la fecha de recepción de ofertas, se han recibido 2 o menos propuestas, el plazo de cierre se ampliará automáticamente en 2 días hábiles, por una sola vez, bajo las condiciones establecidas en el artículo 25, inciso octavo, del Reglamento de la ley 19.886."
VISITA A TERRENO SEGUN RESOLUCION EXENTA 2026-158 DE FECHA 11 DE FEBRERO DE 2025 QUE APRUEBA BASES Y LLAMA A LICITACION PUBLICA 17-02-2026 12:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- SEGUN RESOLUCION EXENTA 2026-158 DE FECHA 11 DE FEBRERO DE 2025 QUE APRUEBA BASES Y LLAMA A LICITACION PUBLICA
Documentos Técnicos
1.- SEGUN RESOLUCION EXENTA 2026-158 DE FECHA 11 DE FEBRERO DE 2025 QUE APRUEBA BASES Y LLAMA A LICITACION PUBLICA
 
Documentos Económicos
1.- SEGUN RESOLUCION EXENTA 2026-158 DE FECHA 11 DE FEBRERO DE 2025 QUE APRUEBA BASES Y LLAMA A LICITACION PUBLICA
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 VISITA A TERRENO SEGUN RESOLUCION EXENTA 2026-158 DE FECHA 11 DE FEBRERO DE 2025 QUE APRUEBA BASES Y LLAMA A LICITACION PUBLICA 5%
2 SERVICIOS ADICIONALES SEGUN RESOLUCION EXENTA 2026-158 DE FECHA 11 DE FEBRERO DE 2025 QUE APRUEBA BASES Y LLAMA A LICITACION PUBLICA 15%
3 GARANTÍA POR LOS SERVICIOS PRESTADOS SEGUN RESOLUCION EXENTA 2026-158 DE FECHA 11 DE FEBRERO DE 2025 QUE APRUEBA BASES Y LLAMA A LICITACION PUBLICA 15%
4 EXPERIENCIA DEL OFERENTE CON CARTA RECOMENDACIÓN SEGUN RESOLUCION EXENTA 2026-158 DE FECHA 11 DE FEBRERO DE 2025 QUE APRUEBA BASES Y LLAMA A LICITACION PUBLICA 40%
5 OFERTA ECONÓMICA SEGUN RESOLUCION EXENTA 2026-158 DE FECHA 11 DE FEBRERO DE 2025 QUE APRUEBA BASES Y LLAMA A LICITACION PUBLICA 15%
6 PROGRAMAS DE INTEGRIDAD Y COMPLIANCE SEGUN RESOLUCION EXENTA 2026-158 DE FECHA 11 DE FEBRERO DE 2025 QUE APRUEBA BASES Y LLAMA A LICITACION PUBLICA 5%
7 CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES DE PRESENTACIÓ SEGUN RESOLUCION EXENTA 2026-158 DE FECHA 11 DE FEBRERO DE 2025 QUE APRUEBA BASES Y LLAMA A LICITACION PUBLICA 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: PROGRAMA 01 SUBSECRETARIA
Contrato con Renovación: SI
Justificación Renovación: SEGUN RESOLUCION EXENTA 2026-158 DE FECHA 11 DE FEBRERO DE 2025 QUE APRUEBA BASES Y LLAMA A LICITACION PUBLICA
Observaciones SEGUN RESOLUCION EXENTA 2026-158 DE FECHA 11 DE FEBRERO DE 2025 QUE APRUEBA BASES Y LLAMA A LICITACION PUBLICA
Tiempo del Contrato 12 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Janet Huaiquimil Muñoz
e-mail de responsable de pago: jhuaiquimil@minmineria.cl
Nombre de responsable de contrato: Juana Cea
e-mail de responsable de contrato: jcea@minmineria.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-2-24733116-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: “Subsecretaría de Minería” R.U.T. N° 61.701.000-3. También puede ser tomada a la orden de la “Secretaría y Administración General del Ministerio de Minería” R.U.T. N° 61.701.000-3.
Fecha de vencimiento: 08-06-2027
Monto: 5 %
Descripción: La garantía sólo será devuelta una vez que la contraparte técnica de la Subsecretaría haya señalado, por escrito, su total conformidad con el servicio/bien contratado y se encuentre acreditado el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales de los trabajadores del contratante, salvo que la entidad adjudicataria no cumpla con las obligaciones que establecen las Bases, la oferta correspondiente y/o el contrato, en cuyo caso la Subsecretaría queda autorizada para proceder a hacerla efectiva sin más trámite. Una vez cumplidos los plazos de devolución indicados anteriormente, la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato estará disponible para su retiro en la División de Administración y Finanzas de la Subsecretaría, de lunes a viernes, desde las 9:00 a las 15:00 horas. Para el retiro de la garantía se deberá presentar fotocopia de la cédula de identidad de la persona que retira y el Rut de la persona jurídica (en el evento que el oferente tenga esta calidad). Esta garantía podrá hacerse efectiva especialmente en los siguientes casos: • Incumplimiento de las obligaciones laborales y sociales del contratista con sus trabajadores. • Si el contratista no paga las multas cursadas dentro del plazo de 10 días hábiles siguientes a la notificación de la resolución fundada que dispuso su aplicación y no sea posible descontarlas del estado de pago que estuviere pendiente • Si el contrato termina en forma anticipada por hecho o hechos imputables a el(los) proveedor (es). • Incumplimiento grave de las obligaciones impuestas en el numeral 18, letra ñ de las presentes bases siempre y cuando dicho incumplimiento no importe una causal de término anticipado del contrato. • Incumplimiento de la cláusula referente a la subcontratación de las presentes bases. • Cualquier otro caso que regulen las presentes bases En dicho caso, el Licitante queda desde ya autorizado para su presentación a cobro, sin aviso previo al contratante, de acuerdo con el procedimiento dispuesto en el numeral 18, letra o) de las presentes bases. El cobro de la garantía se dispondrá mediante resolución fundada del Subsecretario/a de Minería, previo informe de la contraparte técnica. En caso de cobrarse la garantía a consecuencia de una multa, el contratista deberá reponerla dentro del plazo de 10 días hábiles siguientes a su cobro, procediendo en caso contrario el término anticipado del contrato. Será responsabilidad del contratado mantener vigente la garantía de fiel cumplimiento de acuerdo a lo indicado en este numeral. Mientras se encuentre vigente el contrato celebrado con el adjudicatario, las reposiciones y renovaciones de esta garantía serán de exclusiva responsabilidad del Proveedor. En el caso que el contrato termine por causas no imputables al proveedor adjudicado, y en la medida que las obligaciones derivadas del respectivo acuerdo de voluntades se encuentren extinguidas, la garantía de fiel cumplimiento será devuelta transcurridos 60 días hábiles desde la fecha en que haya operado el término anticipado, dando cumplimiento de esta manera a lo dispuesto en el artículo 122 del Reglamento de la Ley N°19.886.
Glosa: “Subsecretaría de Minería” R.U.T. N° 61.701.000-3. También puede ser tomada a la orden de la “Secretaría y Administración General del Ministerio de Minería” R.U.T. N° 61.701.000-3.
Forma y oportunidad de restitución: La garantía sólo será devuelta una vez que la contraparte técnica de la Subsecretaría haya señalado, por escrito, su total conformidad con el servicio/bien contratado y se encuentre acreditado el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales de los trabajadores del contratante, salvo que la entidad adjudicataria no cumpla con las obligaciones que establecen las Bases, la oferta correspondiente y/o el contrato, en cuyo caso la Subsecretaría queda autorizada para proceder a hacerla efectiva sin más trámite. Una vez cumplidos los plazos de devolución indicados anteriormente, la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato estará disponible para su retiro en la División de Administración y Finanzas de la Subsecretaría, de lunes a viernes, desde las 9:00 a las 15:00 horas. Para el retiro de la garantía se deberá presentar fotocopia de la cédula de identidad de la persona que retira y el Rut de la persona jurídica (en el evento que el oferente tenga esta calidad). Esta garantía podrá hacerse efectiva especialmente en los siguientes casos: • Incumplimiento de las obligaciones laborales y sociales del contratista con sus trabajadores. • Si el contratista no paga las multas cursadas dentro del plazo de 10 días hábiles siguientes a la notificación de la resolución fundada que dispuso su aplicación y no sea posible descontarlas del estado de pago que estuviere pendiente • Si el contrato termina en forma anticipada por hecho o hechos imputables a el(los) proveedor (es). • Incumplimiento grave de las obligaciones impuestas en el numeral 18, letra ñ de las presentes bases siempre y cuando dicho incumplimiento no importe una causal de término anticipado del contrato. • Incumplimiento de la cláusula referente a la subcontratación de las presentes bases. • Cualquier otro caso que regulen las presentes bases En dicho caso, el Licitante queda desde ya autorizado para su presentación a cobro, sin aviso previo al contratante, de acuerdo con el procedimiento dispuesto en el numeral 18, letra o) de las presentes bases. El cobro de la garantía se dispondrá mediante resolución fundada del Subsecretario/a de Minería, previo informe de la contraparte técnica. En caso de cobrarse la garantía a consecuencia de una multa, el contratista deberá reponerla dentro del plazo de 10 días hábiles siguientes a su cobro, procediendo en caso contrario el término anticipado del contrato. Será responsabilidad del contratado mantener vigente la garantía de fiel cumplimiento de acuerdo a lo indicado en este numeral. Mientras se encuentre vigente el contrato celebrado con el adjudicatario, las reposiciones y renovaciones de esta garantía serán de exclusiva responsabilidad del Proveedor. En el caso que el contrato termine por causas no imputables al proveedor adjudicado, y en la medida que las obligaciones derivadas del respectivo acuerdo de voluntades se encuentren extinguidas, la garantía de fiel cumplimiento será devuelta transcurridos 60 días hábiles desde la fecha en que haya operado el término anticipado, dando cumplimiento de esta manera a lo dispuesto en el artículo 122 del Reglamento de la Ley N°19.886.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
SEGUN RESOLUCION EXENTA 2026-158 DE FECHA 11 DE FEBRERO DE 2025 QUE APRUEBA BASES Y LLAMA A LICITACION PUBLICA
Resolución de Empates

En caso de igualdad de puntaje total entre dos o más ofertas, el desempate se resolverá aplicando sucesivamente los siguientes criterios, en el orden que se indica:

  1. Mayor puntaje en el subcriterio “Experiencia del oferente con carta de recomendación”.
  2. Mayor puntaje en el subcriterio “Oferta económica (Precio)”.
  3. Mayor puntaje en el subcriterio “Servicios adicionales”.
  4. Mayor puntaje en el subcriterio “Garantía por los servicios prestados”.
  5. Mayor puntaje en el subcriterio “Visita a terreno”.
  6. Mayor puntaje en el subcriterio “Programas de integridad y compliance”.
  7. Mayor puntaje en el subcriterio “Cumplimiento de requisitos formales de presentación de la oferta”, contenido en los criterios de evaluación de la oferta técnica.
  8. De mantenerse el empate, se preferirá la oferta que haya sido ingresada primero electrónicamente en el portal www.mercadopublico.cl.

Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación

Los interesados podrán realizar consultas sobre la evaluación y/o adjudicación, dentro de un plazo de 3 días hábiles siguientes a la publicación de la resolución que la materializa, mediante correo electrónico dirigidos a equipocompras@minmineria.cl. En el asunto del correo se debe indicar el ID del presente proceso licitatorio.

Las respuestas serán remitidas dentro de un plazo de 5 días hábiles siguientes al vencimiento del plazo para efectuar las consultas aludidas, a través de correo electrónico dirigido al proveedor que hubiere formulado la consulta.

Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social

Tratándose este de un contrato de prestación de servicios, en caso que el adjudicatario registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo el adjudicatario acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentren liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato.

 

La Subsecretaría exigirá al contratista que proceda a dichos pagos, debiendo presentar este último, a la mitad del período de ejecución del contrato, los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación. El contratista también podrá presentar el Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales, otorgado por la Dirección del Trabajo. 

El incumplimiento de estas obligaciones por parte del adjudicatario, dará derecho a la Subsecretaría a dar por terminado el contrato, de forma anticipada.

Si el proveedor subcontratare parcialmente algunas labores del mismo, la empresa subcontratista deberá cumplir igualmente con los requisitos anteriormente mencionados, en aplicación del artículo 4, inciso segundo, de la ley N°19.886.

Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes

En caso de que la Comisión de Evaluación detecten errores u omisiones detectados durante la evaluación podrán solicitar a los oferentes, de acuerdo con el artículo 56 del Reglamento de la ley N°19.886, lo siguiente:

  

1.    Subsanar los errores u omisiones formales en que ha incurrido. No se considerará error formal errores en el precio de la oferta.

2.    La presentación de certificaciones o antecedentes que hayan omitido presentar al momento de efectuarla la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas; y,

3.    La presentación de certificaciones o antecedentes que se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación de éstas.

  

Las rectificaciones de los errores u omisiones detectados por la Entidad licitante y que se solicitan y permiten salvar o subsanar a los oferentes, no podrán conferir una situación de privilegio respecto de los demás competidores, toda vez que ello afectaría el principio de igualdad de los oferentes.

Para estos efectos, se otorgará un plazo de 72 horas (incluyendo en el plazo las 24 horas de notificación a los oferentes) para que el oferente acompañe los antecedentes requeridos, conforme lo señalado en el artículo 9 del D.S. N° 661 de 2024, del Ministerio de Hacienda.

En estos casos, se asignará un menor puntaje en el criterio “Cumplimiento Requisitos Formales de Presentación de la Oferta” a aquellas propuestas que no hayan cumplido íntegramente con lo requerido dentro del plazo de presentación de ofertas y respecto de las cuales se haya solicitado la corrección o acompañamiento de antecedentes, conforme a lo dispuesto en el presente numeral.

Cabe señalar que la responsabilidad de revisar el “foro inverso”, disponible en www.mercadopublico.cl, a través del cual se solicitan los antecedentes y aclaraciones durante el periodo de evaluación, recae exclusivamente en los oferentes.

Pacto de integridad

El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación; y, además, en caso de ser adjudicado, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las Bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes Bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:

  1. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o las órdenes de compra que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución de la contratación que de ello se deriven.
    1. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas.
    2. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
    3. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
    4. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las Bases de licitación, sus documentos integrantes y la orden de compra que de ellos se derivase.
    5. El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas Bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
    6. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
    7. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
    8. El oferente se compromete a no infringir los derechos humanos de terceros y a hacerse responsable respecto de las eventuales infracciones a dichos derechos, en la medida que le sean imputables, de acuerdo con lo señalado en los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas elaborados por Naciones Unidas y aprobados por Chile.

Se deja expresa constancia que toda referencia a “oferente” efectuada en la numeración de compromisos del párrafo anterior, se hace extensiva al adjudicatario respectivo.

El incumplimiento por parte del oferente, adjudicatario o contratista, en su caso, de uno o más de los compromisos establecidos en este artículo, dará lugar a la inadmisibilidad de la oferta o el término anticipado del contrato, procediéndose a ejecutar la garantía de de fiel y oportuno cumplimiento del contrato. Asimismo, si se observare algún incumplimiento por parte del adjudicatario al presente pacto de integridad con posterioridad a la adjudicación y anterior al momento de la formalización de la contratación, dará pie a que la correspondiente adjudicación sea dejada sin efecto respecto del producto/servicio que le fue adjudicado, pudiendo readjudicarse la licitación o declararse desierta, en atención a lo dispuesto en el numeral 15.2 de las presentes bases de licitación.

Estricta sujeción a las bases
Las ofertas que presenten los postulantes al proceso licitatorio deberán regirse por lo establecido en las presentes bases. En caso de inconsistencias entre la información que sea publicada en la ficha de licitación del Portal y las Bases de Licitación, siempre primará lo establecido en el presente acto administrativo. En caso de existir inconsistencias entre la información contenida en los anexos o documentos solicitados en las bases y la señalada por el oferente en otros instrumentos o fichas del portal, primará la establecida en los anexos o documentos solicitados en las bases. No obstante, si un documento adjunto a las ofertas contradice las disposiciones de las Bases de Licitación, dicho documento no será considerado parte integrante de la oferta, debiendo el contratante, en caso de resultar adjudicado, cumplir la contratación conforme a lo establecido en las Bases. El contratante deberá cumplir la contratación conforme a lo establecido en las Bases en caso de resultar adjudicado. Sin perjuicio de ello, si dicha contradicción constituye una causal de inadmisibilidad, la propuesta será rechazada.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.