Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario:
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“Subsecretaría de Minería” R.U.T. N° 61.701.000-3. También puede ser tomada a la orden de la “Secretaría y Administración General del Ministerio de Minería” R.U.T. N° 61.701.000-3
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Fecha de vencimiento:
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31-01-2023
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Monto:
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300000
Peso Chileno
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Descripción:
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Para garantizar la seriedad de su proposición, los oferentes deberán entregar una garantía que cumpla los siguientes requisitos mínimos:
a) Debe ser irrevocable;
b) Pagadera a la vista;
c) Por el monto de $300.000 (trescientos mil pesos);
d) Su vigencia no podrá ser inferior al plazo indicado en el artículo 8º de las presentes bases para la vigencia de las propuestas;
e) Debe expresarse en pesos chilenos;
Deberá además cumplir los siguientes requisitos adicionales en caso que el instrumento lo permita:
f) Tomada la orden de “Subsecretaría de Minería” R.U.T. N° 61.701.000-3. También puede ser tomada a la orden de la “Secretaría y Administración General del Ministerio de Minería” R.U.T. N° 61.701.000-3;
g) Nombre y R.U.T. del tomador; y,
h) En caso de que el instrumento pueda contemplar glosa (como boletas y pólizas), deberá señalar la siguiente: “Garantía de seriedad de la oferta licitación pública para la contratación del servicio de “ADQUISICIÓN DE 4 CAMIONETAS MINERAS, PARA LAS REGIONES DE ANTOFAGASTA, COQUIMBO, DEL LIBERTADOR GENERAL BERNARDO O’HIGGINS Y BIOBÍO, DE PROPIEDAD DE LA SUBSECRETARÍA DE MINERÍA”;
No se aceptan cheques como instrumento de garantía.
Los oferentes que presenten ofertas por más de una línea deberán presentar una garantía por cada oferta siendo inadmisibles las ofertas que acompañen una misma garantía.
La garantía de seriedad de la oferta deberá entregarse dentro del plazo y hora señalado en el calendario de la licitación.
La garantía podrá otorgarse física o electrónicamente. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N°19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N°181, de 2002, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.
Si se otorga físicamente, deberá entregarse en la Oficina de Partes del Ministerio de Minería, ubicada en calle Hermanos Amunategui Nº 232, piso 16, Santiago, en sobre cerrado dirigido al Subsecretario de Minería, con indicación del N° de ID de las presentes Bases en el portal www.mercadopublico.cl, “BOLETA DE SERIEDAD DE LA OFERTA PARA LA ADQUISICIÓN DE 4 CAMIONETAS MINERAS, PARA LAS REGIONES DE ANTOFAGASTA, COQUIMBO, DEL LIBERTADOR GENERAL BERNARDO O’HIGGINS Y BIOBÍO, DE PROPIEDAD DE LA SUBSECRETARÍA DE MINERÍA”. Tratándose de garantías otorgadas de manera electrónica, la entrega se efectuará mediante su envío a la casilla boletas@minmineria.cl.
Asimismo, los oferentes deberán subir escaneada la garantía conjuntamente con su oferta al portal.
Con todo, siempre que el oferente entregue materialmente la garantía o suba ésta escaneada al Portal, pero no cumpla con ambos requerimientos simultáneamente, como se señala en el párrafo precedente, la Subsecretaría podrá requerir al oferente salvar esta omisión.
En caso de que el proceso de adjudicación experimentare demoras o atrasos, la Subsecretaría podrá solicitar a los oferentes la renovación o prórroga de sus respectivas garantías de seriedad de las ofertas, por el plazo que les indique.
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Glosa:
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“ADQUISICIÓN DE 4 CAMIONETAS MINERAS, PARA LAS REGIONES DE ANTOFAGASTA, COQUIMBO, DEL LIBERTADOR GENERAL BERNARDO O’HIGGINS Y BIOBÍO, DE PROPIEDAD DE LA SUBSECRETARÍA DE MINERÍA”
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Forma y oportunidad de restitución:
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Cobro de las garantías de seriedad de la oferta.
El Licitante podrá hacer efectiva esta garantía en cualquiera de los siguientes casos:
a) Si se comprueba que cualquiera de los antecedentes presentados por el oferente corresponde a información alterada, no fidedigna o maliciosamente incompleta.
b) Si durante el período de vigencia de las ofertas indicado en el numeral noveno “De la Vigencia de las Ofertas”, el proponente se desiste de su oferta.
c) Que el oferente, para el caso de ser adjudicado:
• No se encuentre en calidad de hábil o no se habilite en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado dentro del plazo que se establezca para la firma del contrato.
• No entregue la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato en el plazo fijado por la Subsecretaría para ello.
• No proporcione los antecedentes necesarios para elaborar el contrato respectivo, señalados en el artículo 17 de las presentes bases, dentro del plazo establecido por la Subsecretaría al efecto.
• No suscriba el contrato dentro del plazo fijado por la Subsecretaría para hacerlo, por causas imputables al proveedor.
• No prorrogue la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta, o no tome una nueva garantía en las mismas condiciones en que se tomó la primitiva, en caso que encontrándose próxima la fecha de vencimiento de la garantía entregada originalmente, aún estuviese en curso el proceso de firma del contrato.
d) En general, por el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones que se imponen al oferente y que sea atribuible a éste, durante el proceso licitatorio.
Devolución de las garantías de seriedad de la oferta.
La garantía de seriedad de la oferta entregada por el adjudicatario, se le devolverá una vez que suscriba el contrato correspondiente y contra la recepción conforme de la garantía de fiel cumplimiento del contrato.
A los participantes cuyas ofertas hayan sido declaradas inadmisibles y/o si se declara desierto el proceso, se les devolverá la garantía dentro del plazo de 10 días contados desde la notificación en el portal de la resolución que dé cuenta de la inadmisibilidad o de la adjudicación y/o deserción del proceso licitatorio, según corresponda.
Respecto de los oferentes cuyas ofertas hayan sido desestimadas, esto es, aquellas que siendo evaluadas tanto en su aspecto técnico como económico, no resultaren adjudicadas, la garantía de seriedad de la oferta se devolverá dentro de los 10 días siguientes a la notificación de la resolución que apruebe el contrato con el adjudicatarios, previniendo de esta forma una eventual readjudicación en favor de estos oferentes .
Una vez cumplidos los plazos de devolución indicados anteriormente, la garantía de seriedad estará disponible para su retiro en la División de Administración y Finanzas de la Subsecretaría, de lunes a viernes, desde las 9:00 a las 15:00 horas. Para el retiro de la garantía se deberá presentar fotocopia de la cédula de identidad de la persona que retira y el Rut de la persona jurídica (en el evento que el oferente tenga esta calidad).
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Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario:
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“Subsecretaría de Minería” R.U.T. N° 61.701.000-3. También puede ser tomada a la orden de la “Secretaría y Administración General del Ministerio de Minería” R.U.T. N° 61.701.000-3;
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Fecha de vencimiento:
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13-04-2023
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Monto:
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5
%
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Descripción:
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Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento de las obligaciones que impone el contrato y el pago de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores del contratante, el adjudicatario deberá entregar, como condición previa para la suscripción del contrato, una garantía que cumpla los siguientes requisitos:
a) Debe ser irrevocable;
b) Pagadera a la vista;
c) Por un monto equivalente al 5% del valor total del contrato, impuestos incluidos.
d) La vigencia de dicha garantía deberá comprender el plazo de ejecución total del contrato más 90 días corridos; y,
e) Debe expresarse en pesos chilenos;
Deberá además cumplir los siguientes requisitos adicionales en caso de que el instrumento lo permita:
• Tomada a la orden de “Subsecretaría de Minería” R.U.T. N° 61.701.000-3. También puede ser tomada a la orden de la “Secretaría y Administración General del Ministerio de Minería” R.U.T. N° 61.701.000-3;
• Nombre y R.U.T. del tomador; y,
• En caso de que el instrumento pueda contemplar glosa (como boletas y pólizas), deberá incluir la siguiente glosa: “Garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato para la “ADQUISICIÓN DE CAMIONETAS MINERAS, PARA LA SUBSECRETARÍA DE MINERÍA”
No se aceptan cheques como instrumento de garantía.
La garantía deberá ser presentada en un plazo de 5 días hábiles, desde la notificación de la resolución de adjudicación. En caso de no presentarla en ese plazo, podrá aplicarse lo dispuesto en el artículo 16, apartado “No aceptación de la adjudicación y readjudicación”
En caso de que la garantía presentada por el oferente no cumpla los requisitos indicados, pero sea cobrable por la Subsecretaría, se procederá a la firma del contrato en el plazo estipulado, debiendo el contratante reemplazar la garantía dentro del plazo de 10 días, contados desde la notificación de esta circunstancia por parte de la Subsecretaría, bajo sanción de quedar sin efecto el contrato.
En el contrato se podrá asociar el valor de las garantías a las etapas, hitos o períodos de cumplimiento que se establezcan en el contrato permitiendo al contratante la posibilidad de sustituir la garantía de fiel cumplimiento, respetando en todo caso el porcentaje señalado en la letra c) precedentemente, en relación con los saldos insolutos del contrato a la época de la sustitución. En este caso la última de las garantías que corresponda entregar deberá cumplir con el plazo establecido en la letra d) precedente.
La no renovación o sustitución de la garantía en el periodo establecido en el contrato dará derecho a la Subsecretaría a poner término anticipado al contrato.
La garantía podrá otorgarse física o electrónicamente. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N°19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N°181, de 2002, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.
La Garantía de Fiel Cumplimiento podrá consistir en cualquiera de los siguientes instrumentos, u otro que asegure el cobro de manera rápida y efectiva.
Entrega:
La garantía deberá entregarse en oficina de partes del Ministerio de Minería, ubicada en calle Amunategui N°232, Piso 16, Santiago, en sobre cerrado dirigido al Subsecretario de Minería, con indicación del N° de ID de las presentes Bases en el portal www.mercadopublico.cl, rotulado “GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO PARA CONTRATO PARA LA ADQUISICIÓN DE CAMIONETAS MINERAS, PARA LA SUBSECRETARÍA DE MINERÍA”. Tratándose de garantías otorgadas de manera electrónica, la entrega se efectuará mediante su envío a la casilla boletas@minmineria.cl
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Glosa:
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“Garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato para la “ADQUISICIÓN DE CAMIONETAS MINERAS, PARA LA SUBSECRETARÍA DE MINERÍA”
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Forma y oportunidad de restitución:
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La garantía sólo será devuelta una vez que la contraparte técnica de la Subsecretaría haya señalado, por escrito, su total conformidad con el servicio/bien contratado y se encuentre acreditado el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales de los trabajadores del contratante, salvo que la entidad adjudicataria no cumpla con las obligaciones que establecen las Bases, la oferta correspondiente y/o el contrato, en cuyo caso la Subsecretaría queda autorizada para proceder a hacerla efectiva sin más trámite.
Una vez cumplidos los plazos de devolución indicados anteriormente, la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato estará disponible para su retiro en la División de Administración y Finanzas de la Subsecretaría, de lunes a viernes, desde las 9:00 a las 15:00 horas. Para el retiro de la garantía se deberá presentar fotocopia de la cédula de identidad de la persona que retira y el Rut de la persona jurídica (en el evento que el oferente tenga esta calidad).
Dicha garantía podrá ser presentada a cobro cuando el contratado no cumpla con las obligaciones y/o los plazos que establecen las bases, la oferta correspondiente y/o el contrato respectivo, en cuyo caso el Licitante queda, desde ya autorizado para su presentación a cobro, sin aviso previo al contratante, de acuerdo con el procedimiento que corresponda.
El cobro de la garantía se dispondrá mediante resolución fundada del Subsecretario de Minería, previo informe de la contraparte técnica.
En caso de cobrarse la garantía a consecuencia de una multa, el contratista deberá reponerla dentro del plazo de 10 días hábiles siguientes a su cobro, procediendo en caso contrario el término anticipado del contrato.
Será responsabilidad del contratado mantener vigente la garantía de fiel cumplimiento de acuerdo con lo indicado en este numeral. Mientras se encuentre vigente el contrato celebrado con el adjudicatario, las reposiciones y renovaciones de esta garantía serán de exclusiva responsabilidad del Proveedor.
En el caso que el contrato termine por causas no imputables al proveedor adjudicado, y en la medida que las obligaciones derivadas del respectivo acuerdo de voluntades se encuentren extinguidas, la garantía de fiel cumplimiento será devuelta transcurridos 60 días hábiles desde la fecha en que haya operado el término anticipado, dando cumplimiento de esta manera a lo dispuesto en el artículo 70 del Reglamento de la Ley N°19.886.
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