Licitación ID: 732-43-LE22
SERVICIO DE ASEO SECRETARIA REGIONAL COQUIMBO
Responsable de esta licitación: SUBSECRETARIA DEL MINISTERIO DE MINERIA, Ministerio de Minería - Subsecretaría
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 0
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
Dejar un reclamo sobre esta licitación Dejar un reclamo sobre esta licitación
Productos o servicios
1
Servicios de limpieza de edificios 1 Unidad
Cod: 76111501
SERVICIO DE ASEO PARA LAS DEPENDENCIAS DE LA SECRETARIA REGIONAL MINISTERIAL DE MINERIA REGIÓN DE COQUIMBO  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
SERVICIO DE ASEO SECRETARIA REGIONAL COQUIMBO
Estado:
Desierta (o art. 3 ó 9 Ley 19.886)
Descripción:
La Subsecretaría del Ministerio de Minería, requiere contratar el servicio de aseo integral y mantenimiento, con provisión de insumos y equipamiento, para las dependencias de su Secretaría Regional Ministerial de Minería de la Región de Coquimbo, ubicada en PedroPablo Muñoz N°650, La Serena , por el período de dos años.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
SUBSECRETARIA DEL MINISTERIO DE MINERIA
Unidad de compra:
Ministerio de Minería - Subsecretaría
R.U.T.:
61.701.000-3
Dirección:
Amunategui 232, piso 15
Comuna:
Santiago Centro
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 13-12-2022 15:01:00
Fecha de Publicación: 22-11-2022 16:12:00
Fecha inicio de preguntas: 22-11-2022 17:01:00
Fecha final de preguntas: 28-11-2022 15:30:00
Fecha de publicación de respuestas: 01-12-2022 15:30:00
Fecha de acto de apertura técnica: 13-12-2022 15:15:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 13-12-2022 15:15:00
Fecha de Adjudicación: 20-12-2022 20:10:08
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato 23-01-2023
Tiempo estimado de evaluación de ofertas 10 Días
Extensión automática del plazo de ofertas:

Se estableció para esta licitación que: "Si a la fecha de recepción de ofertas, se han recibido 2 o menos propuestas, el plazo de cierre se ampliará automáticamente en 2 días hábiles, por una sola vez, bajo las condiciones establecidas en el artículo 25, inciso octavo, del Reglamento de la ley 19.886."
VISITA A TERRENO EN OFICINA UBICADA EN PEDRO PABLO MUÑOZ N°650, COQUIMBO 24-11-2022 12:00:00
VISITA A TERRENO EN OFICINA UBICADA EN PEDRO PABLO MUÑOZ N°650, COQUIMBO 05-12-2022 12:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- SEGÚN RESOLUCIÓN EXENTA 4805, DE FECHA 16 DE NOVIEMBRE DEL 2022 QUE APRUEBA BASES Y LLAMA A LICITACIÓN PÚBLICA
Documentos Técnicos
1.- SEGÚN RESOLUCIÓN EXENTA 4805, DE FECHA 16 DE NOVIEMBRE DEL 2022 QUE APRUEBA BASES Y LLAMA A LICITACIÓN PÚBLICA
 
Documentos Económicos
1.- SEGÚN RESOLUCIÓN EXENTA 4805, DE FECHA 16 DE NOVIEMBRE DEL 2022 QUE APRUEBA BASES Y LLAMA A LICITACIÓN PÚBLICA
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Experiencia del proveedor en servicios similares SEGÚN RESOLUCIÓN EXENTA 4805, DE FECHA 16 DE NOVIEMBRE DEL 2022 QUE APRUEBA BASES Y LLAMA A LICITACIÓN PÚBLICA 20%
2 Visita a Terreno SEGÚN RESOLUCIÓN EXENTA 4805, DE FECHA 16 DE NOVIEMBRE DEL 2022 QUE APRUEBA BASES Y LLAMA A LICITACIÓN PÚBLICA 5%
3 Mejores condiciones de empleo y remuneración SEGÚN RESOLUCIÓN EXENTA 4805, DE FECHA 16 DE NOVIEMBRE DEL 2022 QUE APRUEBA BASES Y LLAMA A LICITACIÓN PÚBLICA 10%
4 Criterio por Materias de Alto Impacto Social SEGÚN RESOLUCIÓN EXENTA 4805, DE FECHA 16 DE NOVIEMBRE DEL 2022 QUE APRUEBA BASES Y LLAMA A LICITACIÓN PÚBLICA 5%
5 Cumplimiento de requisitos formales de presentació SEGÚN RESOLUCIÓN EXENTA 4805, DE FECHA 16 DE NOVIEMBRE DEL 2022 QUE APRUEBA BASES Y LLAMA A LICITACIÓN PÚBLICA 5%
6 Servicios adicionales SEGÚN RESOLUCIÓN EXENTA 4805, DE FECHA 16 DE NOVIEMBRE DEL 2022 QUE APRUEBA BASES Y LLAMA A LICITACIÓN PÚBLICA 10%
7 Oferta Económica SEGÚN RESOLUCIÓN EXENTA 4805, DE FECHA 16 DE NOVIEMBRE DEL 2022 QUE APRUEBA BASES Y LLAMA A LICITACIÓN PÚBLICA 45%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: Programa 01 - Subsecretaria
Contrato con Renovación: NO
Observaciones SEGÚN RESOLUCIÓN EXENTA Nº 4805, DE 16 DE NOVIEMBRE DE 2022.
Tiempo del Contrato 24 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: JANET HUAQUIMIL MUÑOZ
e-mail de responsable de pago: jhuaquimil@minmineria.cl
Nombre de responsable de contrato: Constanza Alterego Espinosa Henríquez
e-mail de responsable de contrato: caespinosa@minmineria.cl
Teléfono de responsable del contrato: 562-51-2219984-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Subsecretaría de Minerí
Fecha de vencimiento: 19-04-2025
Monto: 5 %
Descripción: Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento de las obligaciones que impone el contrato y el pago de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores del contratante, el adjudicatario deberá entregar, como condición previa para la suscripción del contrato, una garantía que cumpla los siguientes requisitos: a) Debe ser irrevocable; b) Pagadera a la vista; c) Por un monto equivalente al 5% del valor total del contrato, impuestos incluidos. d) La vigencia de dicha garantía deberá comprender el plazo de ejecución total del contrato más 90 días corridos; y, e) Debe expresarse en pesos chilenos; Deberá además cumplir los siguientes requisitos adicionales en caso de que el instrumento lo permita: • Tomada a la orden de “Subsecretaría de Minería” R.U.T. N° 61.701.000-3. También puede ser tomada a la orden de la “Secretaría y Administración General del Ministerio de Minería” R.U.T. N° 61.701.000-3; • Nombre y R.U.T. del tomador; y, • En caso de que el instrumento pueda contemplar glosa (como boletas y pólizas), deberá incluir la siguiente glosa: “Garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato del servicio de ASEO PARA LAS DEPENDENCIAS DE LA SECRETARIA REGIONAL MINISTERIAL DE MINERIA REGIÓN DE ATACAMACOQUIMBO.” No se aceptan cheques como instrumento de garantía. En caso de que la garantía presentada por el oferente no cumpla los requisitos indicados, pero sea cobrable por la Subsecretaría, se procederá a la firma del contrato en el plazo estipulado, debiendo el contratante reemplazar la garantía dentro del plazo de 10 días, contados desde la notificación de esta circunstancia por parte de la Subsecretaría, bajo sanción de quedar sin efecto el contrato. En el contrato se podrá asociar el valor de las garantías a las etapas, hitos o períodos de cumplimiento que se establezcan en el contrato permitiendo al contratante la posibilidad de sustituir la garantía de fiel cumplimiento, respetando en todo caso el porcentaje señalado en la letra c) precedentemente, en relación con los saldos insolutos del contrato a la época de la sustitución. En este caso la última de las garantías que corresponda entregar deberá cumplir con el plazo establecido en la letra d) precedente. La no renovación o sustitución de la garantía en el periodo establecido en el contrato dará derecho a la Subsecretaría a poner término anticipado al contrato. La garantía podrá otorgarse física o electrónicamente. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N°19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N°181, de 2002, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción. La Garantía de Fiel Cumplimiento podrá consistir en cualquiera de los siguientes instrumentos, u otro que asegure el cobro de manera rápida y efectiva
Glosa: Garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato del servicio de ASEO PARA LAS DEPENDENCIAS DE LA SECRETARIA REGIONAL MINISTERIAL DE MINERIA REGIÓN DE COQUIMBO
Forma y oportunidad de restitución: La garantía sólo será devuelta una vez que la contraparte técnica de la Subsecretaría haya señalado, por escrito, su total conformidad con el servicio/bien contratado y se encuentre acreditado el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales de los trabajadores del contratante, salvo que la entidad adjudicataria no cumpla con las obligaciones que establecen las Bases, la oferta correspondiente y/o el contrato, en cuyo caso la Subsecretaría queda autorizada para proceder a hacerla efectiva sin más trámite. Una vez cumplidos los plazos de devolución indicados anteriormente, la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato estará disponible para su retiro en la División de Administración y Finanzas de la Subsecretaría, de lunes a viernes, desde las 9:00 a las 15:00 horas. Para el retiro de la garantía se deberá presentar fotocopia de la cédula de identidad de la persona que retira y el Rut de la persona jurídica (en el evento que el oferente tenga esta calidad). Dicha garantía podrá ser presentada a cobro cuando el contratado no cumpla con las obligaciones y/o los plazos que establecen las bases, la oferta correspondiente y/o el contrato respectivo, en cuyo caso el Licitante queda, desde ya autorizado para su presentación a cobro, sin aviso previo al contratante, de acuerdo con el procedimiento que corresponda. El cobro de la garantía se dispondrá mediante resolución fundada del Subsecretario de Minería, previo informe de la contraparte técnica. En caso de cobrarse la garantía a consecuencia de una multa, el contratista deberá reponerla dentro del plazo de 10 días hábiles siguientes a su cobro, procediendo en caso contrario el término anticipado del contrato. Será responsabilidad del contratado mantener vigente la garantía de fiel cumplimiento de acuerdo con lo indicado en este numeral. Mientras se encuentre vigente el contrato celebrado con el adjudicatario, las reposiciones y renovaciones de esta garantía serán de exclusiva responsabilidad del Proveedor. En el caso que el contrato termine por causas no imputables al proveedor adjudicado, y en la medida que las obligaciones derivadas del respectivo acuerdo de voluntades se encuentren extinguidas, la garantía de fiel cumplimiento será devuelta transcurridos 60 días hábiles desde la fecha en que haya operado el término anticipado, dando cumplimiento de esta manera a lo dispuesto en el artículo 70 del Reglamento de la Ley N°19.886.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no acepta la orden de compra dentro de los plazos estipulados por causas atribuibles al adjudicatario, no se inscribe en el Registro de Proveedores, no hace entrega de la documentación requerida, no cumple los demás requisitos establecidos en las Bases para la formalización del contrato, en los plazos estipulados, o es inhábil para contratar con el Estado en los términos del artículo 4° de la ley N° 19.886, la Subsecretaría tendrá derecho a readjudicar la licitación al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en nota, o al siguiente si este último no tuviera la intención de contratar, y así sucesivamente a los siguientes oferentes, dentro del plazo de 30 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original a menos que de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación. Cuando el adjudicatario sea una unión temporal de proveedores y alguno de sus integrantes estuviese afecto a alguna inhabilidad establecida en el artículo 4° de la ley N° 19.886, deberá informar por escrito, dentro del plazo de 4 días hábiles, si se desiste o si decide igualmente ejecutar el contrato adjudicado, con la integración del resto de sus miembros, siempre que estos fuesen hábiles. En caso de no informar lo anterior o de manifestar su intención de desistirse, la licitación será readjudicada al siguiente oferente mejor evaluado.
Resolución de Empates
Si en la evaluación de las ofertas se produjera un empate entre 2 o más oferentes respecto de su evaluación final, se adjudicará al oferente que haya obtenido la mejor nota en el criterio de "Experiencia del proveedor", en caso de que la situación de empate persista, se preferirá la oferta que presente mejor nota en el criterio “Oferta económica”, persistiendo el empate, se preferirá la oferta que presente mejor nota en el criterio de “Servicios adicionales”. Finalmente, en caso de persistir el empate, se decidirá por el oferente que primero haya ingresado su oferta al portal www.mercadopublico.cl
Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación
Los interesados podrán realizar consultas sobre la Evaluación y/o Adjudicación, dentro de los 3 días siguientes a la Publicación de la Resolución que la materializa, mediante correos electrónicos dirigidos al mail: caespinosa@minmineria.cll. Las respuestas serán remitidas dentro de los 5 días siguientes al vencimiento del plazo para efectuar las Consultas aludidas, a través de correo electrónico dirigido al Proveedor que hubiere formulado la Consulta.
Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social

Durante la vigencia de la Contratación, el Proveedor Adjudicado deberá acreditar mediante el “Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales (Ley de Subcontratación)” de la Dirección del Trabajo, que no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con el o los trabajadores asignados a la prestación de los servicios. Esta declaración deberá ser acompañada junto a cada una de las facturas asociadas a los servicios contratados que se presenten a cobro, siendo responsabilidad del Proveedor presentar la información correspondiente. Sin perjuicio de ello, la Subsecretaría de Minería también podrá solicitar al Proveedor, en cualquier momento, la presentación de otros antecedentes, como, por ejemplo, Declaración Jurada para acreditar el cumplimiento de las obligaciones laborales antes señaladas. El proveedor adjudicado, en su calidad de empleador, será responsable exclusivo del cumplimiento íntegro y oportuno de las normas del Código del Trabajo y leyes complementarias, de seguridad social, de previsión, de seguros, de enfermedades profesionales, de accidentes del trabajo y demás pertinentes respecto de sus trabajadores y/o integrantes de sus respectivos equipos de trabajo. En consecuencia, el contratista será responsable, en forma exclusiva, y sin que la enumeración sea taxativa, del pago oportuno de las remuneraciones, honorarios, indemnizaciones, desahucios, gratificaciones, gastos de movilización, beneficios y, en general, de toda suma de dinero que, por cualquier concepto, deba pagarse a sus trabajadores y/o integrantes de sus respectivos equipos de trabajo. Si por cualquier causa la Subsecretaría de Minería dejara de efectuar o se abstuviera de cursar un pago, ello no podrá ser considerado o esgrimido por el contratista para dejar de pagar las remuneraciones de sus trabajadores. La Subsecretaría de Minería se reserva el derecho a exigir al contratista, a simple requerimiento de la Contraparte Técnica, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley de Compras y artículo 183-C del Código del Trabajo, un certificado que acredite el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales emitido por la Inspección del Trabajo respectiva, o bien, por medios idóneos que garanticen la veracidad de dicho monto y estado de cumplimiento, respecto de sus trabajadores. Ello, con el propósito de hacer efectivos, por parte de la Subsecretaría, su derecho a ser informada y el derecho de retención, consagrados en los incisos segundo y tercero del artículo 183-C del Código del Trabajo, en el marco de la responsabilidad subsidiaria derivada de dichas obligaciones laborales y previsionales, a la que alude el artículo 183-D del mismo Código. Cada negativa a entregar dicha documentación, aunque sea respecto del mismo período, se considerará como una infracción distinta. Por otra parte, se deja expresa constancia que la suscripción del presente acuerdo no significará en caso alguno que el contratista, sus trabajadores, o integrantes de los equipos presentados por estos, adquieran la calidad de funcionarios públicos, no existiendo vínculo alguno de subordinación o dependencia de ellos con esta Subsecretaría.

Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes
Durante el proceso de Evaluación, la Subsecretaría podrá requerir a los Oferentes salvar los errores u omisiones formales detectados, siempre y cuando las rectificaciones de dichos errores u omisiones no les confieran a estos Oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los Principios de Estricta Sujeción a las Bases y de Igualdad de los Oferentes y se informe de dicha solicitud al resto de los Proveedores a través del Foro de la Licitación disponible en el Portal www.mercadopublico.cl. Asimismo, la Subsecretaría podrá requerir a los oferentes la presentación de Certificaciones, Antecedentes que los Oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la Oferta, siempre que dichas Certificaciones, Antecedentes o Garantías se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar Ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar Ofertas y el período de Evaluación. Para estos efectos, se otorgará un plazo de 72 horas (incluyendo en el plazo las 24 horas de notificación a los Oferentes) para que el Oferente acompañe los Antecedentes requeridos, conforme lo señalado en el artículo 6 del D.S. N° 250 de 2004, del Ministerio de Hacienda. En estos casos, se asignará un menor puntaje en el Criterio “Cumplimiento Requisitos Formales de Presentación de la Oferta” a aquellas propuestas que no cumplieron con todo lo requerido, dentro del plazo para presentación de Ofertas y que se les solicite correcciones o antecedentes según lo dispuesto en el presente numeral Cabe señalar que la responsabilidad de revisar el “Foro Inverso”, disponible en www.mercadopublico.cl , a través del cual se solicitan los Antecedentes y Aclaraciones durante el periodo de Evaluación, recae exclusivamente en los Oferentes.
Pacto de integridad

El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación; y, además, en caso de ser adjudicado, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las Bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes Bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos: 1. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o las órdenes de compra que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución de la contratación que de ello se deriven. 2. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas. 3. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de esta. 4. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 5. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las Bases de licitación, sus documentos integrantes y la orden de compra que de ellos se derivase. 6. El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas Bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma. 7. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas. 8. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes. 9. El oferente se compromete a no infringir los derechos humanos de terceros y a hacerse responsable respecto de las eventuales infracciones a dichos derechos, en la medida que le sean imputables, de acuerdo con lo señalado en los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas elaborados por Naciones Unidas y aprobados por Chile. Se deja expresa constancia que toda referencia a “oferente” efectuada en la numeración de compromisos del párrafo anterior, se hace extensiva al adjudicatario respectivo. El incumplimiento por parte del oferente, adjudicatario o contratista, en su caso, de uno o más de los compromisos asumidos en virtud del “Pacto de Integridad”, contenido en estas Bases, acarreará la inadmisibilidad de la respectiva oferta o el término anticipado del contrato, procediéndose a ejecutar la respectiva garantía de seriedad de la oferta o de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, según corresponda.

Estricta Sujeción a las Bases.
Sin perjuicio de lo anterior siempre primara lo establecido en la Resolución Exenta N°4805, con fecha 16 de noviembre del 2022, que llama a licitación pública y aprueba bases.