Resolución de Empates |
Si en la evaluación de las ofertas se produjera un empate entre 2 o más oferentes
respecto de su evaluación final, se adjudicará al oferente que haya obtenido la mejor nota
en el criterio de "Experiencia del proveedor", en caso de que la situación de empate
persista, se preferirá la oferta que presente mejor nota en el criterio “Oferta económica”,
persistiendo el empate, se preferirá la oferta que presente mejor nota en el criterio de
“Servicios adicionales”. Finalmente, en caso de persistir el empate, se decidirá por el
oferente que primero haya ingresado su oferta al portal www.mercadopublico.cl
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
Los interesados podrán realizar consultas sobre la Evaluación y/o Adjudicación, dentro de
los 3 días siguientes a la Publicación de la Resolución que la materializa, mediante
correos electrónicos dirigidos al mail: caespinosa@minmineria.cll.
Las respuestas serán remitidas dentro de los 5 días siguientes al vencimiento del plazo
para efectuar las Consultas aludidas, a través de correo electrónico dirigido al Proveedor
que hubiere formulado la Consulta.
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Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social |
Durante la vigencia de la Contratación, el Proveedor Adjudicado deberá acreditar
mediante el “Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales (Ley
de Subcontratación)” de la Dirección del Trabajo, que no registra saldos insolutos de
remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con el o los trabajadores asignados a
la prestación de los servicios. Esta declaración deberá ser acompañada junto a cada una
de las facturas asociadas a los servicios contratados que se presenten a cobro, siendo
responsabilidad del Proveedor presentar la información correspondiente. Sin perjuicio de
ello, la Subsecretaría de Minería también podrá solicitar al Proveedor, en cualquier
momento, la presentación de otros antecedentes, como, por ejemplo, Declaración Jurada
para acreditar el cumplimiento de las obligaciones laborales antes señaladas.
El proveedor adjudicado, en su calidad de empleador, será responsable exclusivo del
cumplimiento íntegro y oportuno de las normas del Código del Trabajo y leyes
complementarias, de seguridad social, de previsión, de seguros, de enfermedades
profesionales, de accidentes del trabajo y demás pertinentes respecto de sus trabajadores
y/o integrantes de sus respectivos equipos de trabajo.
En consecuencia, el contratista será responsable, en forma exclusiva, y sin que la
enumeración sea taxativa, del pago oportuno de las remuneraciones, honorarios,
indemnizaciones, desahucios, gratificaciones, gastos de movilización, beneficios y, en
general, de toda suma de dinero que, por cualquier concepto, deba pagarse a sus
trabajadores y/o integrantes de sus respectivos equipos de trabajo.
Si por cualquier causa la Subsecretaría de Minería dejara de efectuar o se abstuviera de
cursar un pago, ello no podrá ser considerado o esgrimido por el contratista para dejar de
pagar las remuneraciones de sus trabajadores.
La Subsecretaría de Minería se reserva el derecho a exigir al contratista, a simple
requerimiento de la Contraparte Técnica, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 4
de la Ley de Compras y artículo 183-C del Código del Trabajo, un certificado que acredite
el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales emitido
por la Inspección del Trabajo respectiva, o bien, por medios idóneos que garanticen la
veracidad de dicho monto y estado de cumplimiento, respecto de sus trabajadores. Ello,
con el propósito de hacer efectivos, por parte de la Subsecretaría, su derecho a ser
informada y el derecho de retención, consagrados en los incisos segundo y tercero del
artículo 183-C del Código del Trabajo, en el marco de la responsabilidad subsidiaria
derivada de dichas obligaciones laborales y previsionales, a la que alude el artículo 183-D
del mismo Código. Cada negativa a entregar dicha documentación, aunque sea respecto
del mismo período, se considerará como una infracción distinta.
Por otra parte, se deja expresa constancia que la suscripción del presente acuerdo no
significará en caso alguno que el contratista, sus trabajadores, o integrantes de los
equipos presentados por estos, adquieran la calidad de funcionarios públicos, no
existiendo vínculo alguno de subordinación o dependencia de ellos con esta
Subsecretaría.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
Durante el proceso de Evaluación, la Subsecretaría podrá requerir a los Oferentes salvar
los errores u omisiones formales detectados, siempre y cuando las rectificaciones de
dichos errores u omisiones no les confieran a estos Oferentes una situación de privilegio
respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los Principios de
Estricta Sujeción a las Bases y de Igualdad de los Oferentes y se informe de dicha
solicitud al resto de los Proveedores a través del Foro de la Licitación disponible en el
Portal www.mercadopublico.cl.
Asimismo, la Subsecretaría podrá requerir a los oferentes la presentación de
Certificaciones, Antecedentes que los Oferentes hayan omitido presentar al momento de
efectuar la Oferta, siempre que dichas Certificaciones, Antecedentes o Garantías se
hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar
Ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para
presentar Ofertas y el período de Evaluación.
Para estos efectos, se otorgará un plazo de 72 horas (incluyendo en el plazo las 24 horas
de notificación a los Oferentes) para que el Oferente acompañe los Antecedentes
requeridos, conforme lo señalado en el artículo 6 del D.S. N° 250 de 2004, del Ministerio
de Hacienda.
En estos casos, se asignará un menor puntaje en el Criterio “Cumplimiento Requisitos
Formales de Presentación de la Oferta” a aquellas propuestas que no cumplieron con todo
lo requerido, dentro del plazo para presentación de Ofertas y que se les solicite
correcciones o antecedentes según lo dispuesto en el presente numeral
Cabe señalar que la responsabilidad de revisar el “Foro Inverso”, disponible en
www.mercadopublico.cl , a través del cual se solicitan los Antecedentes y Aclaraciones
durante el periodo de Evaluación, recae exclusivamente en los Oferentes.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación; y, además,
en caso de ser adjudicado, acepta expresamente el presente pacto de integridad,
obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo,
sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las Bases de licitación y demás
documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información
y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes
Bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder,
sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o
monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de
licitación pública, ni con la ejecución de él o las órdenes de compra que eventualmente
se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que
pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de
decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución de la contratación que de ello se
deriven.
2. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones,
actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre
competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos
acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera
de sus tipos o formas.
3. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que
deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas
que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia,
precisión y vigencia de esta.
4. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad,
ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
5. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y
condiciones establecidas en las Bases de licitación, sus documentos integrantes y la
orden de compra que de ellos se derivase.
6. El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en
estas Bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la
misma.
7. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es
una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos
ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las
condiciones y oportunidad ofertadas.
8. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las
obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus
empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas
con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de
la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable
de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades
individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos
correspondientes.
9. El oferente se compromete a no infringir los derechos humanos de terceros y a
hacerse responsable respecto de las eventuales infracciones a dichos derechos, en la
medida que le sean imputables, de acuerdo con lo señalado en los Principios Rectores
de Derechos Humanos y Empresas elaborados por Naciones Unidas y aprobados por
Chile.
Se deja expresa constancia que toda referencia a “oferente” efectuada en la numeración de
compromisos del párrafo anterior, se hace extensiva al adjudicatario respectivo.
El incumplimiento por parte del oferente, adjudicatario o contratista, en su caso, de uno o
más de los compromisos asumidos en virtud del “Pacto de Integridad”, contenido en estas
Bases, acarreará la inadmisibilidad de la respectiva oferta o el término anticipado del
contrato, procediéndose a ejecutar la respectiva garantía de seriedad de la oferta o de fiel y
oportuno cumplimiento del contrato, según corresponda.
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Estricta Sujeción a las Bases. |
Sin perjuicio de lo anterior siempre primara lo establecido en la Resolución Exenta N°4805, con fecha 16 de noviembre del 2022, que llama a licitación pública y aprueba bases.
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