Licitación ID: 732920-3-LE23
Servicio traslado de personas para el JLT
Responsable de esta licitación: Juzgado de Letras del Trabajo de Puente Alto, Jdo de Letras del Trabajo de Puente Alto
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 22
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Productos o servicios
1
Servicios de taxi 1 Unidad
Cod: 78111804
Servicio traslado de personas (funcionarios notificadores) para el Juzgado de Letras del Trabajo de Puente Alto  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Servicio traslado de personas para el JLT
Estado:
Adjudicada
Descripción:
Servicio traslado de personas funcionarios notificadores para el Juzgado de Letras del Trabajo de Puente Alto
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
Juzgado de Letras del Trabajo de Puente Alto
Unidad de compra:
Jdo de Letras del Trabajo de Puente Alto
R.U.T.:
61.979.560-1
Dirección:
Domingo Tocornal 143
Comuna:
Puente Alto
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 12-06-2023 18:00:00
Fecha de Publicación: 02-06-2023 11:32:49
Fecha inicio de preguntas: 05-06-2023 13:54:00
Fecha final de preguntas: 07-06-2023 18:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 08-06-2023 18:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 14-06-2023 11:00:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 14-06-2023 11:00:00
Fecha de Adjudicación: 11-07-2023 15:41:17
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Refiérase a las Bases Administrativas
Documentos Técnicos
1.- Refiérase a las Bases Técnicas
 
Documentos Económicos
1.- Refiérase a las Bases administrativas, punto 16.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Punto 22 de las Bases Administrativas Refiérase al punto 22 de las bases Administrativas. 95%
2 Cumplimiento de los requisitos - 10 puntos: el proponente cumple con todos los antecedentes dentro del plazo de presentación de ofertas - 0 puntos: El proponente no cumple con todos los antecedentes dentro del plazo de presentación de ofertas 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: Presupuesto propio
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 36 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Silvana Barra Castro
e-mail de responsable de pago: sbarra@pjud.cl
Nombre de responsable de contrato: Silvana Barra Castro
e-mail de responsable de contrato: sbarra@pjud.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-02-33038101-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Corporación Administrativa del Poder Judicial
Fecha de vencimiento: 31-12-2026
Monto: 400000 Peso Chileno
Descripción: No hay información
Glosa: "Garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato de Servicio de Traslado de Personas ID 732920-3-LE23 para la Corporación Administrativa del Poder Judicial, Zonal san Miguel"
Forma y oportunidad de restitución: Refiérase a las bases Administrativas, punto 30
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Resolución de Empates
En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, ello se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “Evaluación Técnica”. Si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio “Experiencia del Oferente”. 

De mantenerse el empate, el Juzgado de Letras del Trabajo de Puente Alto resolverá sobre cualquier otro criterio o sub criterio de evaluación que permita dirimir fundadamente la adjudicación y que estime prioritario para el Juzgado de Letras del Trabajo de Puente Alto.

Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación
Refiérase a las Bases Administrativas, punto 24

24.-ADJUDICACIÓN DE LA LICITACIÓN

La adjudicación del contrato se hará por resolución fundada de la autoridad competente.

El Juzgado de Letras del Trabajo de Puente Alto adjudicará la licitación a la propuesta que, en su conjunto, resulte más ventajosa para sus necesidades e intereses, según las condiciones y criterios de evaluación establecidos en  las presentes bases.

La cantidad de servicios solicitados en virtud del cumplimiento del contrato respectivo, será determinada por el Juzgado de Letras del Trabajo de Puente Alto, sin que por la adjudicación, asegure a cualquiera de la empresa una cantidad mínima de servicios a prestar. El adjudicatario estará obligado a prestar los servicios en las condiciones establecidas en el presente instrumento. 

El Juzgado de Letras del Trabajo de Puente Alto se reserva el derecho de adjudicar total o parcialmente a uno o más oferentes. Asimismo, podrá declarar inadmisible la licitación o desierta si, presentándose ofertas, éstas no cumplen los requisitos mínimos establecidos en estas bases o no resultan convenientes a sus intereses.

Del mismo modo, el Juzgado de Letras del Trabajo de Puente Alto podrá dejar sin efecto el proceso de licitación hasta antes de la adjudicación mediante resolución fundada.

En todos los casos anteriores el Juzgado de Letras del Trabajo de Puente Alto no incurrirá en responsabilidad alguna por tratarse del ejercicio de facultades discrecionales, así reconocidas expresamente por los proponentes.

Si la adjudicación no se hiciere en la fecha indicada en el cronograma de la licitación, el Juzgado de Letras del Trabajo de Puente Alto informará la nueva fecha estimada de adjudicación a través del portal indicando la justificación correspondiente.

Una vez adjudicada la licitación los oferentes que quieran aclarar aspectos de la evaluación y/o adjudicación, podrán comunicarse vía correo electrónico o telefónicamente con el responsable del contrato indicado en el formulario electrónico de las presentes bases.

En caso de rechazo de la orden de compra el Juzgado de Letras del Trabajo de Puente Alto podrá adjudicar a la segunda oferta mejor evaluada o declarar desierto el proceso de licitación de acuerdo con los intereses del Juzgado de Letras del Trabajo de Puente Alto.

Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social
Refiérase a las bases administrativas, punto 28

28.- DEL CONTRATO

Notificada la adjudicación, el Juzgado de Letras del Trabajo de Puente Alto procederá a redactar el contrato, en conformidad a las presentes bases de licitación y sus documentos anexos, a las aclaraciones, enmiendas y respuestas a consultas, si las hubiere, a la oferta del adjudicatario y a las disposiciones pertinentes de la legislación vigente. Ofrecido a la firma, el adjudicatario dispondrá de diez días corridos para remitir al Juzgado de Letras del Trabajo de Puente Alto los siguientes antecedentes:

a) Fotocopia de la Escritura pública o documento legal, en que conste la personería jurídica del o de los representantes legales del adjudicatario, si procediera.

b)            Fotocopia del RUT del oferente y de su representante legal.

c) Fotocopia del certificado de vigencia de la Sociedad en la cual conste la inscripción (fojas, Nº y año), o fotocopia del certificado de vigencia de la persona jurídica, según corresponda, ambas con una antigüedad no superior a 60 días hábiles contados desde la publicación de la Resolución de adjudicación.

        d) La Boleta de garantía bancaria de fiel cumplimiento de contrato.

e) Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales (F-30).

En el caso de las personas jurídicas extranjeras, los documentos precedentes deberán presentarse debidamente traducidos y legalizados. El Juzgado de Letras del Trabajo de Puente Alto podrá conceder prórrogas para tal efecto.

No obstante, los antecedentes establecidos en las letras a), b) y c) precedente no serán exigidos a los participantes que se encuentren inscritos en Chile Proveedores y cuya documentación publicada en dicho registro sea la correspondiente y suficiente para la suscripción del contrato respectivo.

Las UTP y las personas naturales o jurídicas extranjeras a los que se les hubiere adjudicado la licitación deberán presentar los documentos señalados en el punto 27 dentro del plazo establecido en el primer párrafo de este punto.

Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes
Refiérase a las Bases Administrativas, punto 20

20.- CONSULTAS ACLARATORIAS A OFERENTES Y CORRECCIÓN DE ERRORES U OMISIONES FORMALES

a.        Incumplimiento de formalidades

El Juzgado de Letras del Trabajo de Puente Alto podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones no afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes. Las solicitudes que se hagan en tal sentido serán informadas a los demás oferentes a través del portal www.mercadopublico.cl. El plazo que tendrán los oferentes en este caso para dar cumplimiento a lo solicitado por el Juzgado de Letras del Trabajo de Puente Alto, no podrá ser superior a 48 horas, contadas desde la fecha de publicación de la solicitud por parte del Juzgado de Letras del Trabajo de Puente Alto.

No se consideran errores y por lo tanto no se pedirá aclaración ni será considerado un incumplimiento de un requisito formal:

a) Los errores ortográficos o la contracción o resumen de palabras, si de ello no puede derivarse dudas en cuanto al sentido de las palabra. Esta regla se aplicará aun cuando se trate de expresiones que constituyan una formalidad legal,

b) Errores u omisiones cometidos en la individualización de personas, clientes, trabajadores o representantes, si de ello no puede derivarse dudas en cuanto a la identidad de la persona de que se trata,

c) Los errores numéricos, de cifras o porcentajes, que manifiestamente no sean de carácter sustancial, y

d) En general, las disconformidades no esenciales que existen entre los distintos documentos de la oferta, siempre que no pudiere derivarse duda del aspecto al que se refiere.

b.        Certificaciones o antecedentes omitidos en la oferta

El Juzgado de Letras del Trabajo de Puente Alto solicitará la presentación de certificaciones o antecedentes exigidos en las bases de licitación que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar su oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. Para estos efectos, se concederá un plazo de 48 horas contadas desde el requerimiento para la presentación de dichos antecedentes a través del portal www.mercadopublico.cl.

En caso que el oferente acompañe los antecedentes en el plazo antes señalado, se le asignará un menor puntaje en el criterio de cumplimiento de requisitos formales. Serán declaradas inadmisibles las ofertas que no adjunten los antecedentes o documentos omitidos en el plazo antes referido, salvo que dichos documentos estén destinados a acreditar la experiencia del oferente, subcontratistas o equipo de profesionales, las cuales serán evaluadas con los documentos ingresados junto con su oferta original.

  1. Consultas, solicitud de certificaciones o antecedentes aclaratorios

Adicionalmente, el Juzgado de Letras del Trabajo de Puente Alto podrá efectuar consultas a los oferentes o solicitar certificaciones o antecedentes para aclarar el sentido y alcance de la oferta por medio del portal de compras. En estos casos, la Comisión Evaluadora no le descontará al oferente puntaje en el criterio de cumplimiento de requisitos formales.

Pacto de integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.