Licitación ID: 737-1-LE22
COORDINACIÓN EJECUCIÓN Y SEGUIMIENTO INDAP-DGA - Readjudicada en Id 737-1-R122
Responsable de esta licitación: INSTITUTO DE DESARROLLO AGROPECUARIO
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 6
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
Dejar un reclamo sobre esta licitación Dejar un reclamo sobre esta licitación
Productos o servicios
1
Servicios de asesoría de riego 1 Unidad
Cod: 70171708
SERVICIOS DE COORDINACIÓN, EJECUCIÓN Y SEGUIMIENTO AL CONVENIO DE COOPERACIÓN INDAP-DGA Y APOYO ADMINISTRATIVO A LA UNIDAD DE RIEGO DE INDAP, REGIÓN ARICA Y PARINACOTA 2022  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
COORDINACIÓN EJECUCIÓN Y SEGUIMIENTO INDAP-DGA - Readjudicada en Id 737-1-R122
Estado:
Readjudicada
Descripción:
contratar los servicios de un oferente del ramo para la coordinación de las actividades contempladas en el convenio DGA-INDAP además de prestar apoyo a la Unidad de riego regional en los procesos de difusión de los programas de riego, levantamiento de la demanda de proyectos de riego y otras actividades que se requieran durante la temporada 2022, en pro del logro de los objetivos de desarrollo de los programas antes descritos.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Unidad de Compra – Región de Arica Parinacota
R.U.T.:
61.307.000-1
Dirección:
Andrés Bello Nro. 1593, Población Magisterio
Comuna:
Arica
Región en que se genera la licitación:
Región de Arica y Parinacota
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 31-01-2022 15:00:00
Fecha de Publicación: 21-01-2022 15:56:22
Fecha inicio de preguntas: 21-01-2022 16:01:00
Fecha final de preguntas: 25-01-2022 18:30:00
Fecha de publicación de respuestas: 27-01-2022 17:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 31-01-2022 15:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 31-01-2022 15:01:00
Fecha de Adjudicación: 04-02-2022 13:21:41
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
Extensión automática del plazo de ofertas:

Se estableció para esta licitación que: "Si a la fecha de recepción de ofertas, se han recibido 2 o menos propuestas, el plazo de cierre se ampliará automáticamente en 2 días hábiles, por una sola vez, bajo las condiciones establecidas en el artículo 25, inciso octavo, del Reglamento de la ley 19.886."
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- - Anexo N° 1-A Antecedentes administrativos - Todos los proveedores para ofertar al proceso de licitación deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la “Declaración Jurada ausencia conflicto de intereses e inhabilidades por condena. • Documentación que acredita experiencia laboral como contratos de trabajo, orden de compra, facturas, cartas de recomendación, certificados etc. donde se acredite trabajos relacionados a la coordinación de programas de fomento productivo en el Área Agrícola, apoyo administrativo en áreas relacionadas a la contratación. • Presentación de los requisitos establecidos en el numeral 3 de las bases técnicas. • Indicar y acreditar si hubiere, experiencia en trabajos relacionados a la coordinación de programas de fomento productivo en el Área Agrícola y apoyo administrativo en áreas relacionadas a la contratación. Aceptación expresa de las instrucciones y bases de esta licitación.
Documentos Técnicos
1.- Los oferentes deberán ingresar su Oferta Técnica, según el formato del Anexo N° 2 de estas Bases de Licitación, adjuntando los documentos de respaldo que sean necesarios para acreditar la información entregada o complementarla.
 
Documentos Económicos
1.- Los oferentes deberán ingresar su Oferta Económica, como monto neto para efectos de operación del Sistema. En caso que el oferente no pague impuestos por los servicios contratados deberá indicarlo expresamente en su propuesta, liberando a INDAP de toda responsabilidad en caso de error.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Debe encontrarse inscrito y en estado hábil en Registro de Proveedores de Mercado Público.
- Anexo N° 1-A Antecedentes administrativos
- Anexo N° 1-B Declaración Jurada
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- I18n entry not found: Las sociedades acogidas a la Ley 20.659 que simplifica la constitución, modificación y disolución de las sociedades comerciales deberán acreditar su constitución con indicación de su(s) representante(s) legal(es) con los siguientes certificados: - Certif
- I18n entry not found: Debe encontrarse inscrito y en estado hábil en Registro de Proveedores de Mercado Público.
- I18n entry not found: Copia de la Escritura en que conste la personería del representante Legal.
- I18n entry not found: Certificado de Vigencia de la Sociedad expedido por el Conservador de Comercio, cuya vigencia no deberá ser mayor a 60 días corridos.
- I18n entry not found: Copia de la Escritura Pública de Constitución de la Sociedad y de sus modificaciones, si las hubiere.
- I18n entry not found: Anexo N° 1 Antecedentes administrativos
- I18n entry not found: Anexo N° 1-B Declaración Jurada
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Cumplimiento requisitos de postulantes (numeral 3 Cumple con la totalidad de los requisitos solicitados 100 Cumple con al menos 66% de los requisitos solicitados 80 Cumple con 65% o menos de los requisitos solicitados 40 20%
2 Disponibilidad de Vehículo Oferente dispone de Vehículo para actividades de terreno 100 Oferente no dispone de vehículo 0 15%
3 Valor ofertado PUNTAJE PRECIO = (Precio Mínimo Ofertado / Precio Oferta) x 100 5%
4 Experiencia en Riego(numeral 6, anexo administrati Acredita Experiencia en 3 años o más en trabajos relacionados a la coordinación de programas de fomento productivo en el Área Agrícola, apoyo administrativo en áreas relacionadas a la contratación. 100 Acredita experiencia entre 1 o 2 añostrabajos relacionados a la coordinación de programas de fomento productivo en el Área Agrícola, apoyo administrativo en áreas relacionadas a la contratación. 60 No acredita experiencia en trabajos relacionados a la coordinación de programas de fomento productivo en el Área Agrícola, apoyo administrativo en áreas relacionadas a la contratación. 20 60%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: No hay información
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 11 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Mariela Valdebenito
e-mail de responsable de pago: mvaldebenito@indap.cl
Nombre de responsable de contrato: Manuel Infante
e-mail de responsable de contrato: minfante@indap.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-58-2577910-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
CONDICIONES Y ACLARACIONES DE LA LICITACIÓN
El oferente participante deberá examinar todas las instrucciones, condiciones y especificaciones que figuran en estas Bases de Licitación, las cuales constituyen la única fuente de información para la preparación de la propuesta. Si el oferente omite suministrar toda la información requerida en los documentos de licitación, o presenta una propuesta que no se ajuste en todos los aspectos a estos documentos, el riesgo será de su cargo, y el resultado será el rechazo de la misma. Cualquier oferente puede solicitar aclaraciones sobre estas Bases de Licitación, tanto de carácter técnico como de índole administrativo, mediante comunicación escrita a INDAP, vía Sistema Mercado Público en el plazo indicado en el numeral 4 de las presentes Bases Administrativas de Licitación. INDAP dará respuesta en forma general, sin identificar su origen, a las solicitudes que reciba dentro de los plazos indicados en esta licitación, a través de su publicación en el Sistema Mercado Público. Las respuestas señaladas serán parte integrante de las presentes Bases de Licitación, siendo responsabilidad de cada interesado tomar el debido conocimiento de las mismas. Con todo, INDAP se reserva el derecho de no contestar aquellas consultas que a su juicio sean inconducentes o no correspondan directamente al proceso licitatorio. INDAP podrá efectuar a iniciativa propia, aclaraciones a las Bases de Licitación, para precisar el alcance, complementar o interpretar algún elemento de su contenido que, a su juicio, no haya quedado suficientemente claro y dificulte la obtención de buenas propuestas. Estas aclaraciones se harán llegar en la misma forma y oportunidad que las respuestas a las consultas. En el caso que estas aclaraciones impliquen modificar las presentes Bases de Licitación, dicha modificación deberá ser aprobada mediante la correspondiente Resolución fundada, sometida a la misma tramitación administrativa que la Resolución que haya aprobado las Bases de Licitación. Se entenderá que cualquier aclaración, así como las respuestas a las preguntas formuladas por los oferentes contribuye a determinar el alcance y sentido de las Bases de Licitación y, en tal condición, deberán ser consideradas por los oferentes en la preparación de sus propuestas.
Instrucciones para la presentación de Ofertas

El oferente participante deberá ingresar en el portal www.mercadopúblico.cl los siguientes antecedentes:

Anexos Administrativos

- Anexo N° 1-A Antecedentes administrativos

- Todos los proveedores para ofertar al proceso de licitación deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la “Declaración Jurada ausencia conflicto de intereses e inhabilidades por condena.

  • Documentación que acredita experiencia laboral como contratos de trabajo, orden de compra, facturas, cartas de recomendación, certificados etc. donde se acredite trabajos relacionados a la coordinación de programas de fomento productivo en el Área Agrícola, apoyo administrativo en áreas relacionadas a la contratación.
  • Presentación de los requisitos establecidos en el numeral 3 de las bases técnicas.
  • Indicar y acreditar si hubiere, experiencia en trabajos relacionados a la coordinación de programas de fomento productivo en el Área Agrícola y apoyo administrativo en áreas relacionadas a la contratación. Aceptación expresa de las instrucciones y bases de esta licitación.

Anexos Técnicos

Los oferentes deberán ingresar su Oferta Técnica, según el formato del Anexo N° 2 de estas Bases de Licitación, adjuntando los documentos de respaldo que sean necesarios para acreditar la información entregada o complementarla.

Anexos Económicos

Los oferentes deberán ingresar su Oferta Económica, como monto neto para efectos de operación del Sistema.

En caso que el oferente no pague impuestos por los servicios contratados deberá indicarlo expresamente en su propuesta, liberando a INDAP de toda responsabilidad en caso de error.

Vigencia de las Ofertas

Las ofertas deben tener una vigencia mínima de 90 días corridos.

Observaciones

- Para participar en la presente Licitación, los oferentes no deben encontrarse dentro de los casos de impedimentos e inhabilidades establecidos en la Ley, específicamente:

- Ley N° 19.886, artículo 4°, incisos 1° y 7°.

- Decreto N° 250 de 2004, Reglamento de la Ley N° 19.886, artículo 22°, número 9.

- Ley N° 19.728.

- Ley N° 20.393, artículos 8° y 10°.

- Decreto Ley N° 211 de 1973, artículo 26°, letra d.

- Lo anterior se acreditará mediante la declaración simple que deben obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la “Declaración Jurada ausencia conflicto de intereses e inhabilidades por condena, sin perjuicio de las facultades de INDAP de verificar esta información, en cualquier momento, en los registros pertinentes (Mercado Publico).

- Los oferentes deberán financiar todos los costos relacionados con la preparación y presentación de su oferta, por lo que INDAP, no será responsable en caso alguno de ellos.

- Los oferentes deberán constatar que el envío de su oferta a través del portal electrónico de compras públicas haya sido realizado con éxito, incluyendo todos los anexos y documentos solicitados en las Bases de Licitación, para ello se debe verificar el posterior despliegue automático del “Comprobante de envío de Oferta” que se entrega en dicho sistema, el cual puede ser impreso por el proponente para su resguardo.

- Las únicas ofertas válidas serán las presentadas a través del portal electrónico de compras públicas. No se aceptarán ofertas que se presenten por un medio distinto al establecido en las Bases. Será responsabilidad de los oferentes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus ofertas.

Requisitos de admisibilidad.
En el evento que un oferente al momento de la Apertura Electrónica no presente la documentación y/o alguno de los anexos exigidos en estas Bases de Licitación, contará con un plazo máximo de 48 horas, a contar de la fecha de la notificación de la falta de antecedentes que INDAP deje en el Sistema de Información, para presentarlos a través del mismo Sistema, siempre que dicha documentación se haya producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 40 del Reglamento de la Ley N° 19.886. Esta situación será considerada en la tabla de definición de rangos y asignación de puntajes establecida en las presentes Bases de Licitación, asignando puntaje 0 (cero) en el factor a evaluar Cumplimiento requisitos postulante. Transcurrido el plazo antes señalado y ante la no presentación de cualquiera de los antecedentes indicados en el presente párrafo, o éstos presenten errores o no se subsanen las observaciones o se presenten otros errores, será causal para que se declare inadmisible la oferta del licitante, mediante resolución fundada debidamente tramitada. Sin perjuicio de lo anterior, no existirá esta posibilidad respecto de los siguientes antecedentes: Declaración Jurada ausencia conflicto de intereses e inhabilidades por condena, que deben confirmar y firmar obligatoriamente al momento de ofertar. Anexo N° 2 " Oferta Técnica" En el caso que se omita la presentación de estos antecedentes, la oferta será excluida del proceso de evaluación y será declarada inadmisible, debido a que se trata de antecedentes de carácter excluyente. Por tal motivo, su presentación no será considerada en la tabla de definición de rangos y asignación de puntajes establecida en las presentes Bases de Licitación. Lo anterior, tiene por objeto salvaguardar el principio de igualdad entre los oferentes; así como el principio de eficiencia procedimental y económica.
Procedimiento de Evaluación.

Las propuestas serán evaluadas por un equipo interno de INDAP en calidad de Comité Evaluador, integrado por funcionarios de Dirección Regional, en base a los siguientes criterios:

En primer lugar, se analizará el cumplimiento de las exigencias formales y de contenido establecido en las Bases de Licitación, es decir, si todos los documentos y antecedentes exigidos efectivamente han sido aportados y si el contenido de la propuesta corresponde a lo solicitado. El equipo revisor estará conformado por:

Oscar Fuentealba Bustamante, C.I. N° 9.991.197-2

Daniella Díaz García, C.I. 13.413.105-5

Pamela Villanueva Malebran C.I. N° 13.413.258-2

Jean Pierre Saint Loup C.I. N° 13.220.381-4

En segundo lugar, se procederá con la evaluación técnica, considerando los siguientes criterios:

PAUTA DE EVALUACION

Factores Ponderables y Criterios

Ponderación

Puntos

Cumplimiento requisitos de postulantes (numeral 3 de las bases técnicas)

20%

 

Cumple con la totalidad de los requisitos solicitados

100

 

Cumple con al menos 66% de los requisitos solicitados

80

 

Cumple con 65% o menos de los requisitos solicitados

40

 

Experiencia en Riego(numeral 6, anexo administrativos)

60%

 

Acredita Experiencia en 3 años o más en trabajos relacionados a la coordinación de programas de fomento productivo en el Área Agrícola, apoyo administrativo en áreas relacionadas a la contratación.

100

 

Acredita experiencia entre 1 o 2 añostrabajos relacionados a la coordinación de programas de fomento productivo en el Área Agrícola, apoyo administrativo en áreas relacionadas a la contratación.

60

 

No acredita experiencia en trabajos relacionados a la coordinación de programas de fomento productivo en el Área Agrícola, apoyo administrativo en áreas relacionadas a la contratación.

20

 

Disponibilidad de Vehículo

15%

 

Oferente dispone de Vehículo para actividades de terreno

100

 

Oferente no dispone de vehículo

0

 

Valor ofertado

5%

 

PUNTAJE PRECIO = (Precio Mínimo Ofertado / Precio Oferta) x 100

100

 

 

 

Serán considerados los dos (2) mejores puntajes de acuerdo a lo establecido en las pautas de evaluación.

De no existir información necesaria que permita ponderar los contenidos detallados en los parámetros de análisis indicados anteriormente, se asumirá que NO se encuentran incluidos en la oferta, recibiendo una asignación de 0 punto. El porcentaje de puntaje acumulado mínimo para ser seleccionado es del 70%.

Una vez evaluadas las propuestas se confeccionará un Acta especificando la ponderación obtenida por los oferentes participantes en el proceso de evaluación y selección de las propuestas, suscrita por los integrantes del Comité de Compras.




ADJUDICACIÓN DE LA LICITACIÓN
INDAP adjudicará la presente licitación al oferente que obtenga el mayor puntaje de la aplicación de los criterios de evaluación, y que cumpla con todos los requisitos exigidos en estas Bases de Licitación. Determinado el oferente seleccionado dentro del plazo previsto en las Bases de Licitación, INDAP notificará vía Sistema Mercado Público a dicho oferente que su propuesta ha sido aceptada. El oferente seleccionado quedará sometido al estricto cumplimiento de las obligaciones que se derivan de estas Bases de Licitación y de la presentación de su oferta. La adjudicación de esta licitación se realizará por Resolución fundada del Director Nacional de INDAP, en la que se especificarán los criterios de evaluación y puntajes que permitieron la adjudicación del oferente seleccionado y los antecedentes anexos del proceso de evaluación y selección de las propuestas. Dicha Resolución se dictará en el plazo señalado en el Calendario de Actividades del proceso licitatorio. Esta Resolución, junto a los anexos mencionados en el párrafo anterior, se publicarán oportunamente en el Sistema Mercado Público, a fin de que los oferentes participantes tomen conocimiento de los criterios de evaluación que hayan permitido al adjudicatario obtener la calificación de oferta más conveniente. Asimismo, se publicará la resolución fundada que declare la inadmisibilidad y/o la declaración de desierto del proceso. En caso de que no sea posible realizar la adjudicación dentro del plazo señalado en estas Bases de Licitación, INDAP informará en el Sistema Mercado Público las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicará un nuevo plazo para la adjudicación. INDAP no podrá adjudicar la licitación a una oferta que no cumpla con las condiciones y requisitos establecidos en estas Bases. En consecuencia, no podrán adjudicarse ofertas de Oferentes que se encuentren inhabilitados para contratar con las Entidades Públicas u ofertas que no emanen de quien tiene poder suficiente para efectuarlas representando al respectivo Oferente, sin perjuicio de la ratificación posterior que se realice en conformidad a la ley. Si el adjudicatario se desistiere de firmar el contrato, o de aceptar la orden de compra a que se refiere el inciso primero del artículo 63 del Reglamento de la Ley N° 19.886, o no cumpliese con las demás condiciones y requisitos establecidos en estas Bases para la suscripción o aceptación de los referidos documentos, INDAP podrá, junto con dejar sin efecto la adjudicación original, adjudicar la licitación al Oferente que le seguía en puntaje, dentro del plazo de 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original.
ANTECEDENTES LEGALES PARA LA SUSCRIPCIÓN DE CONTRATO

El plazo para la suscripción del contrato es de 30 días hábiles contados desde la fecha de la Resolución que aprueba la adjudicación.

PERSONA NATURAL

Debe encontrarse inscrito y en estado hábil en Registro de Proveedores de Mercado Público.

Fotocopia de su cédula de identidad.

Anexo N° 1-A Antecedentes administrativos

Anexo N° 1-B Declaración Jurada

PERSONA JURÍDICA

Las sociedades acogidas a la Ley N° 20.659 que simplifica la constitución, modificación y disolución de las sociedades comerciales deberán acreditar su constitución con indicación de su(s) representante(s) legal(es) con los siguientes certificados:

Certificado de Vigencia

Certificado de estatutos actualizados.

Certificado de anotaciones en su caso.

Los certificados correspondientes pueden ser obtenidos desde el portal www.tuempresaenundia.cl

Debe encontrarse inscrito y en estado hábil en Registro de Proveedores de Mercado Público.

Copia de la Escritura en que conste la personería del representante Legal.

Certificado de Vigencia de la Sociedad expedido por el Conservador de Comercio, cuya vigencia no deberá ser mayor a 60 días corridos.

Copia de la Escritura Pública de Constitución de la Sociedad y de sus modificaciones, si las hubiere.

Anexo N° 1 Antecedentes administrativos

Anexo N° 1-B Declaración Jurada

UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES (UTP)

La Unión Temporal de Proveedores, estará conformada por personas naturales y/o jurídicas. Para tal efecto, los integrantes deberán suscribir un documento que formalice la unión, el cual deberá materializarse por escritura pública, de acuerdo a lo establecido en el artículo 67 bis del Decreto Supremo N° 250 que aprueba el Reglamento de la Ley N° 19.886. La UTP deberá autorizar a un representante legal común para que ejerza a su nombre todos los derechos y cumplan todas las obligaciones de la Unión Temporal de Proveedores frente a INDAP respecto al servicio a contratar que refieren las presentes Bases de licitación. No obstante, todos los socios serán responsables solidariamente del cumplimiento de las obligaciones que surjan del servicio a contratar. 

 

Las causales de inhabilidad contempladas en las presentes Bases y en la legislación vigente, para la presentación de las ofertas, formulación de propuestas o para la suscripción del contrato, afectarán a cada uno de los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores, individualmente considerados. 

 

Para la presentación de las Ofertas la Unión Temporal de Proveedores deberá cumplir con las siguientes reglas especiales y acompañar los siguientes antecedentes:

 

a. Presentar un Anexo en que todos y cada uno de los oferentes integrantes de la Unión Temporal de Proveedores, deberá designar entre sus miembros, a un representante común, con facultades suficientes para actuar en el proceso licitatorio en representación de todos ellos.

b.   Cada uno de los participantes de la Unión Temporal de Proveedores deberán presentar el Anexo N° 1 Antecedentes administrativos.

c. Al momento de la presentación de ofertas, los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores determinarán los antecedentes que presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar u omitir información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de ésta. En el caso que uno de los miembros de la Unión sea inhábil y ésta decidiera excluirlo del presente proceso, y continuar con su propuesta, se excluirán asimismo los antecedentes que el participante inhábil hubiese presentado para la evaluación. 

 

En caso de ser adjudicada la presente licitación a una Unión Temporal de proveedores, ésta deberá cumplir y acompañar los siguientes antecedentes: 

a. La Unión Temporal de Proveedores obligará de manera solidaria a sus integrantes, como consecuencia de lo cual, el Instituto de Desarrollo Agropecuario podrá exigir a cualquiera de sus miembros, indistintamente, el cumplimiento total de las obligaciones contratadas, cualquiera sea su naturaleza. 

b. Al momento de contratar, todos los miembros de la Unión Temporal de Proveedores deberán encontrarse inscritos en el Registro de Proveedores de Mercado Público en el plazo indicado en las presentes bases.

c. La vigencia de la Unión Temporal de Proveedores deberá ser, a lo menos equivalente a la vigencia del contrato derivado de la presente licitación, incluyendo la renovación que se contemple en virtud de lo dispuesto en el artículo 12 del Reglamento de Compras y Contrataciones Públicas.

 

Las Uniones Temporales de Proveedores deberán cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 67 bis del Decreto N° 250, el que fue incorporado conforme a lo establecido en el Decreto N° 1410, de 2015, que modifica el

Decreto Supremo N° 250, de 2004, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 19.886, de Bases sobre Compras y Contrataciones Públicas.

OBSERVACIONES

Si el oferente seleccionado se encuentra Inscrito en el Registro de Proveedores de Mercado Público con la información requerida en las presentes Bases de Licitación, quedará exento de la presentación de dichos antecedentes en soporte papel, salvo en los casos que se refiere a documentación no incluida en dicho Registro.

Se deja constancia que para celebrar el contrato, el oferente seleccionado deberá estar inscrito en el Registro de Proveedores de Mercado Público y sólo deberá presentar la documentación señalada en el numeral 7 de las Bases Administrativas de Licitación en el caso que no estén disponibles o la información publicada en tal registro tenga una vigencia que exceda los 60 días corridos, en los casos que así se solicita. La no entrega oportuna y fidedigna de dichos documentos permitirá a INDAP hacer uso de la facultad de readjudicación al segundo oferente mejor evaluado.

Plazos de Ejecución, Aprobación y Término del Contrato.

La suscripción del contrato, se efectuará en un plazo de hasta diez (10) días corridos, a contar de la fecha de notificación de la adjudicación. El contrato regirá para las partes una vez que la Resolución que lo aprueba haya sido totalmente tramitada.

El contrato durará hasta el 31 de diciembre de 2022, a contar del acto administrativo que lo apruebe y ponga en ejecución.

No podrá el oferente seleccionado excusarse en ningún caso de cumplir con las obligaciones objeto del contrato, en caso de no cumplir, se hará termino anticipado aplicando la multa si correspondiere.

De la misma forma, INDAP podrá adquirir servicios adicionales o extraordinarios al oferente seleccionado, cuando éstos sean imprescindibles para llevar a cabo la ejecución de los servicios contratados, los cuales deberán ser requeridos y aprobados por la contraparte técnica de INDAP, la que no podrá ser superior al 30% del total adjudicado.

Se deja constancia que el personal responsable de la ejecución de los servicios propuesto por el oferente seleccionado, no será considerado funcionario de INDAP, por lo que no gozará de los beneficios que éstos tienen, ni le será permitido hacer compromisos y gastos a nombre de la Institución. INDAP no se responsabilizará de ningún accidente, enfermedad, pérdida o daño que pueda presentarse durante la ejecución de su trabajo.

Modificación del contrato. INDAP podrá modificar de común acuerdo con el oferente seleccionado el contrato ya suscrito si así lo requiere, siempre que existan circunstancias fundadas de ejecución y que dichos cambios no se refieran a cláusulas esenciales del mismo. Además, será aprobado mediante el correspondiente acto administrativo.

Término del contrato. Si a juicio de INDAP y por causa fundada, no es conveniente continuar con el desarrollo del contrato, considerando los resultados de las etapas previas, se le podrá dar término anticipado mediante carta certificada remitida a la otra parte, con a lo menos 10 días corridos de anticipación a dicha fecha de término, cancelando sólo el valor de los productos que haya suministrado. Las causales de dicho término se deberán circunscribir a las indicadas en el contrato respectivo.

Readjudicación. INDAP podrá, en caso que el oferente originalmente seleccionado rehúse suscribir el contrato,  se desista de su oferta, o sea inhábil para contratar con el Estado de acuerdo a los términos de la Ley Nro. 19.886 y su Reglamento, adjudicar al oferente que le siga en puntaje de acuerdo a la evaluación de las propuestas, quien deberá cumplir con las exigencias establecidas en las Bases de Licitación, y así sucesivamente entre los oferentes evaluados por orden de puntaje obtenido, hasta llegar al tercer lugar si fuese necesario, o declararla desierta.

Subcontratación. No se prohíbe la subcontratación en los términos establecidos en el artículo 183 A y siguientes del Código del Trabajo.

 

INDAP no será solidariamente responsable de las obligaciones laborales y previsionales de dar que afecten a los contratistas en favor de los trabajadores de éstos, incluidas las eventuales indemnizaciones legales que correspondan por término de la relación laboral, ya que INDAP hará ejercicio de los derechos de información y retención que le otorga la Ley N° 20.123/2006. Por lo anterior, el contratista tendrá la obligación de informar a INDAP sobre el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que le correspondan respecto a sus trabajadores. El monto y estado de cumplimiento de dichas obligaciones laborales y previsionales deberá ser acreditado mediante certificados emitidos por la respectiva Inspección del Trabajo, o bien por medios idóneos que garanticen la veracidad de dicho monto y estado de cumplimiento, de acuerdo a lo establecido por el Ministerio del Trabajo y Previsión Social. En el caso que el contratista no acredite oportunamente el cumplimiento íntegro de las obligaciones laborales y previsionales en la forma señalada, INDAP podrá retener de las obligaciones que tenga a favor, el monto adeudado, el que estará obligado a pagar a los trabajadores o institución previsional acreedora, según corresponda.




PRESUPUESTO Y FORMA DE PAGO AL OFERENTE ADJUDICADO

Presupuesto Disponible

$15.400.000 (Quince Millones cuatrocientos mil pesos chilenos)

Forma de Pago

Contra entrega de informe MENSUAL de trabajos desarrollados durante el mes con todos los medios de verificación como: informes con los avances según calendario definido en el convenio INDAP-DGA y sus verificadores, informes de terreno, fotos etc. según determine el Jefe de la Unidad de Riego Regional.

Aprobación de pago

Jefe de Fomento

Facturación

Una vez que se haya recibido conforme los servicios solicitados, por parte de la contraparte técnica, ésta procederá a indicar al oferente seleccionado, que puede emitir y enviar el documento electrónico de cobro correspondiente, de manera de proceder al pago respectivo.  Para esto la Factura deberá ser remitida junto a su archivo xml a la casilla de correo dipresrecepcion@custodium.com.

En caso que el Oferente seleccionado emita Boletas de Honorarios, seguirán el mismo procedimiento y deberán ser remitidas al correo opartes15@indap.cl

En caso que se adjudique algún oferente como UTP,  deberá ser el mismo quien emita el documento tributario, el cual  se señala claramente en la Orden de Compra.

Observación

El pago será efectuado por parte de la Tesorería General de la República, y se realizará preferentemente a través de transferencia electrónica, para lo cual el oferente deberá enviar por única vez, un correo electrónico a la casilla opartes15@indap.cl señalando los antecedentes para efectuar la operación, tales como: número de cuenta corriente, Banco, RUT del oferente seleccionado, razón social, mail y número telefónico de la persona encargada de recibir el comprobante de depósito efectuado, en caso de que no se envíen los antecedentes bancarios el pago se realizara con cheque y este se enviara por carta certificada a la dirección inscrita en servicios de impuestos internos.

En el caso de que el pago sea con Boleta de Honorarios, éste lo efectuará la Institución, dentro de un plazo máximo de 30 días corridos desde la fecha de recepción conforme de los servicios por parte de la contraparte técnica quién será el encargado de solicitar la emisión de dicha boleta de honorarios, para lo cual el oferente deberá enviar por única vez, un correo electrónico a la casilla  opartes15@indap.cl     señalando los antecedentes para efectuar la operación, tales como: número de cuenta corriente, Banco, RUT de oferente seleccionado, razón social, mail y número telefónico de la persona encargada de recibir el comprobante de depósito efectuado

TÉRMINO ANTICIPADO DE CONTRATO

El contrato podrá terminarse anticipadamente, de conformidad a lo establecido en el artículo 13 de la Ley N° 19.886 y el artículo 77 del Reglamento de la Ley N° 19.886, por las siguientes causas:

a.-La Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.

b.-El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el “oferente seleccionado”.

c.-El estado de notoria insolvencia del “oferente seleccionado”, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.

d.-Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.

e.-Las demás que se establezcan en las respectivas bases de la licitación o en el contrato; estableciéndose en el presente las siguientes causas que pudieran ocurrir o revelarse durante toda la vigencia del contrato:

e.1.- Si el oferente seleccionado perdiere las certificaciones y autorizaciones necesarias para funcionar en el giro de su actividad, decretada por autoridad competente.

e.2.- Si el oferente seleccionado falleciera o se disolviera la entidad contratada. En ambos casos se procederá a efectuar la liquidación del contrato.

e.3.- Haber sido condenado el oferente seleccionado por crimen o simple delito.

e.4.-Haber sido condenado el oferente seleccionado como consecuencia de incumplimiento de un contrato celebrado con alguna entidad regida por la Ley N° 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministros y Prestación de Servicios, y siempre que no hayan transcurrido dos años a contar desde la fecha de la sentencia.

e.5.- Haber sido suspendido el oferente seleccionado o haber sido eliminado del Registro de Proveedores, a través de una resolución fundada de la Dirección de Compras Públicas.

e.6.- Si el oferente seleccionado se encontrara en Estado Inhábil para suscribir contratos con Organismos Públicos del Estado, de acuerdo al reporte entregado por el Registro de Proveedores de Mercado Público.

e.7.-Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores, o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del periodo de ejecución del presente contrato, con un máximo de seis meses.

e.8.- Si los resultados obtenidos de la prestación de los servicios no son los esperados, por lo que continuar con su desarrollo perjudica a INDAP. En este caso, INDAP podrá dar término anticipado al contrato, por causa fundada, mediante carta certificada comunicada a la otra parte, con a lo menos 10 días corridos de anticipación a dicha fecha de término, cancelando al “oferente seleccionado” el valor de lo recibido.

El término anticipado de contrato por cualquiera de las causales aquí establecidas deberá ser formalizado mediante acto administrativo fundado, debidamente tramitado, el que deberá establecer, si correspondiere, el monto que INDAP deba pagar al “oferente seleccionado” por los servicios efectivamente prestados hasta antes de la causal que le pone término al contrato, así como los productos o documentos que el “oferente seleccionado” deba entregar a INDAP.

Lo establecido en esta cláusula, es sin perjuicio de las acciones que INDAP pueda ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos, con la correspondiente indemnización de perjuicios.

Cuando se ponga término anticipado al contrato por las causales indicadas en las letras B, C y E precedentes, el “oferente seleccionado” no tendrá derecho a indemnización alguna, sin perjuicio del cobro de las multas adeudadas.

Se entenderá como incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el “oferente seleccionado” (letra B precedente), entre otras, las siguientes acciones, que serán siempre certificadas por la contraparte técnica de INDAP:

La negativa, sin causa justificada, de prestar cualquiera de los servicios a los que se hubiere comprometido en su oferta, que sean procedentes.

Aplicación de multas por un total acumulado equivalente al 20% del valor del contrato.

Aplicación de multas superando los topes establecidos para cada una de ellas, esto es exceder los cuarenta (40) días hábiles de atraso o incumplir tres (3) obligaciones durante la vigencia del contrato.

Para efectos de terminar anticipadamente el contrato por la causal prevista en la letra B, se aplicará previamente el Procedimiento para término anticipado de contrato por incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el “oferente seleccionado”, el cual se establece a continuación.

Procedimiento para término anticipado de contrato por incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el “oferente seleccionado

INDAP notificará al “oferente seleccionado” el término anticipado de contrato mediante carta certificada, indicando el incumplimiento de que se trata y el plazo que tiene el “oferente seleccionado” para deducir su reclamo, si procediere.

El “oferente seleccionado” podrá reclamar a INDAP, dentro del quinto (5°) día hábil contado desde la notificación anteriormente indicada, mediante solicitud escrita enviada a través de carta certificada, la que deberá ser fundada.

INDAP resolverá la reclamación presentada por el “oferente seleccionado”, dentro del quinto (5°) día hábil, acogiendo los fundamentos presentados, o bien, rechazándolos y dando por terminado el contrato, lo que deberá ser notificado al “oferente seleccionado” mediante carta certificada y resolución correspondiente.

Fuerza mayor y caso fortuito

Las partes no serán responsables en caso de incumplimiento tardío de las obligaciones contractuales debido a hechos independientes de su voluntad, considerados como fuerza mayor o caso fortuito, en los términos señalados en el Artículo 45 del Código Civil Chileno.

Si el “oferente seleccionado” se ve impedido de cumplir con sus obligaciones contractuales por un evento considerado caso fortuito o fuerza mayor, deberá notificar de ese hecho a INDAP por escrito y en un plazo no superior a cinco (5) días hábiles desde iniciado u ocurrido el hecho que lo ocasiona, y solicitar prórroga para el cumplimiento de la obligación afectada.

La notificación de solicitud de prórroga deberá presentarse acompañada de un informe en el que consten los hechos considerados caso fortuito o fuerza mayor, los cuales deberán estar debidamente fundados, indicando la incidencia que dicha situación tendría en el cumplimiento de los plazos establecidos.

La calificación de la fuerza mayor o caso fortuito, será resuelta por INDAP, mediante resolución fundada sobre la base de los antecedentes que, oportunamente, le proporcione el “oferente seleccionado” y/o aquellos otros que obtenga de terceros, o sean de conocimiento público.

En cualquier caso, si el “oferente seleccionado” no pudiere cumplir con sus obligaciones, procurará atenuar los daños y cumplirá con ellas tan pronto como finalicen los hechos que dieron lugar al caso fortuito o a la causa de fuerza mayor.

Si la causa de caso fortuito o fuerza mayor impidiera al “oferente seleccionado” cumplir con las obligaciones asumidas por más de treinta (30) días, el Contrato se resolverá de pleno derecho.

Término anticipado del contrato por INDAP a una UTP.

Sin perjuicio de las causales previamente establecidas en el presente numeral, son causales de término anticipado de contrato, para el caso de una UTP, las siguientes:

La constatación de que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. De verificarse tal circunstancia, se remitirán los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica.

Si uno de los integrantes de la UTP se retira de ésta, y dicho integrante reuniese una o más características objeto de evaluación de la oferta.

Ocultar información relevante para ejecutar el contrato, que afecte a cualquiera de sus miembros.

Inhabilidad sobreviniente de alguno de sus integrantes, en la medida que la UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados.

Disolución de la UTP.

INDAP podrá, además, dar cuenta de tales hechos a la Dirección de Compras y Contratación Pública, para los efectos de que el oferente sea suspendido o eliminado, según corresponda, del Registro Electrónico Oficial de Proveedores de la Administración, de conformidad a los Artículos 92°, 93°, 95° y 96° del Reglamento de la Ley N° 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministros y Prestación de Servicios.

Para efectos de terminar anticipadamente el contrato por alguna de estas causales, se aplicará previamente el Procedimiento para término anticipado de contrato por incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el “oferente seleccionado”, establecido precedentemente.

SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN
ACCESO A LA INFORMACIÓN: “El oferente seleccionado” solo tendrá acceso a la información institucional relevante que sea necesaria para prestar el servicio para el que ha sido contratado, lo que será determinado y documentado por el Encargado de Seguridad de la Información Institucional. OBLIGACIONES Y CONFIDENCIALIDAD: “El oferente seleccionado” estará obligado a cumplir con la normativa de seguridad de la información de INDAP, de acuerdo a las políticas y procedimientos establecidos, incluida la Resolución Exenta N° 000417, de la Dirección Nacional de 2012, que aprueba la Política de Seguridad de la Información Institucional y la Resolución Exenta N° 140417, de la Dirección Nacional de 2012, que Establece infracciones al Sistema de Seguridad de la Información. Asimismo, “El oferente seleccionado” deberá mantener la confidencialidad de la información personal que pueda llegar a conocer sobre los funcionarios o beneficiarios de INDAP, así como también de procedimientos, ideas, productos, servicios, procesos y nombres de personas, instituciones y empresas que utilizan los productos y servicios de INDAP. De esta forma, “El oferente seleccionado” no podrá, sin el consentimiento expreso manifestado por escrito por INDAP, usar para el beneficio propio o de cualquier otra persona, empresa o corporación, divulgar, publicar o comunicar cualquier secreto o información confidencial, que pudo haber adquirido o pueda adquirir o conocer en razón de este contrato. NO DIVULGACIÓN: “El oferente seleccionado” estará obligado a mantener la información confidencial en estricta reserva y no revelar ningún dato de la información, relacionada o no, sin el consentimiento previo y escrito de INDAP. Para ello, “El oferente seleccionado” deberá instruir al personal que estará encargado de recibir la información confidencial de propiedad de INDAP, debiendo suscribir el correspondiente acuerdo de confidencialidad si fuere necesario, de su obligación de recibir, tratar y usar la información que reciban como confidencial y destinarla únicamente para los fines por los cuales se contratará el servicio. Asimismo, “El oferente seleccionado” podrá divulgar la información confidencial únicamente a las personas autorizadas para su recepción dentro de la organización; a tratar confidencialmente toda la información recibida directa o indirectamente de INDAP, y no utilizar ningún dato a un objeto distinto del contrato; y no manejar, usar, explotar, o divulgar la información confidencial a ninguna persona o entidad por ningún motivo en contravención a lo dispuesto en este instrumento. PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES: “El oferente seleccionado” de acuerdo a lo establecido en la Ley N° 19.628, SOBRE PROTECCIÓN DE LA VIDA PRIVADA, deberá dar estricto cumplimiento a las leyes sobre protección de datos de carácter personal, asegurando su confidencialidad, Y a no transferirlos o cederlos, salvo en aquellos casos en que la legislación vigente así lo indique. AUDITORÍA Y SUPERVISIÓN: INDAP, podrá auditar los procesos y servicios que el proveedor se obliga a realizar por este acto. La responsabilidad de administrar las relaciones con “El oferente seleccionado” se asigna al Encargado de Seguridad de la Información Institucional, quien debe monitorear y revisar regularmente los servicios definidos en el presente contrato. El monitoreo y revisión de los servicios debe garantizar que los términos y condiciones de seguridad de la información se respeten y que los incidentes y los problemas de seguridad de la información se gestionen correctamente. En caso de observarse deficiencias en la prestación de servicios, se deben tomar las medidas necesarias para corregir el problema. En caso de subsistir, será una causal de término anticipado del contrato. GESTIÓN DE CAMBIOS: En caso de que las partes determinen realizar cambios a la provisión de servicios por parte del “El oferente seleccionado”, se deberán mantener o mejorar las políticas de seguridad de la información, así como los procedimientos y controles específicos, considerando la criticidad de la información del negocio, los sistemas y procesos involucrados y la reevaluación de los riesgos.
PROPIEDAD INTELECTUAL
Se entenderá por “Propiedad Intelectual” todos aquellos procedimientos o métodos de elaboración, inventos o descubrimientos, patentes, modelos, diseños y dibujos industriales, secretos industriales o comerciales, nombres de dominio, obras, programas computacionales, datos, bases de datos, conocimientos, know-how, marcas comerciales y signos distintivos y, en general, cualquier bien material o inmaterial y/o derechos e intereses relacionados con la creación intelectual, estén o no protegidos bajo las leyes de propiedad intelectual y/o industrial. “El oferente seleccionado” no podrá publicar, reproducir, adaptar, ejecutar o comunicar públicamente, comercializar, descompilar, manipular, entregar a terceros y/o utilizar o explotar la Propiedad Intelectual de INDAP, sino en los términos y en las condiciones que al efecto se han establecido por este instrumento. Las partes acuerdan expresamente que la totalidad de los derechos de propiedad intelectual sobre toda recomendación, idea, técnica, know-how, diseño, metodología, software desarrollado por o para INDAP u otra información técnica, sobre el producto final o de alguna de sus etapas de desarrollo, corresponden a INDAP. Asimismo, toda información que se genere como parte de la prestación de servicios de implantación, será propiedad de INDAP. Toda la documentación que se genere como parte de la prestación de servicios, ya sea en formato Microsoft Word, PowerPoint, Excel, Project, Adobe PDF, etc., deberá presentarse exclusivamente con la imagen corporativa de INDAP. Finalmente, el oferente seleccionado se obliga a no inscribir a su nombre cualquier proceso, etapa, proyecto o producto originado con ocasión o a causa del servicio contratado en cualquier Registro del país. Las partes declaran expresamente que los productos contratados y la propiedad intelectual pertenecen íntegramente a INDAP.
Sanciones y Multas.

En caso de incumplimiento de cualquiera de las obligaciones u observaciones contraídas por el oferente seleccionado en virtud del contrato, sea respecto de la ejecución de los servicios, falta de calidad técnica de los mismos, disconformidad con las especificaciones técnicas pactadas, no respuestas a observaciones realizadas en los plazos solicitados, o cualquier otro tipo de incumplimiento, INDAP podrá aplicar  multas por la entrega parcial de los productor requeridos, por su no entrega o por no cumplir con las instrucciones y directrices técnicas que el servicio le imparta para obtener la reparación, íntegra, oportuna y completa de los daños y perjuicios que se le causaren al Instituto, multa que se establece como una evaluación anticipada de los perjuicios que el incumplimiento haya producido.

La aplicación de la o las multa(s) se realizará de acuerdo a los siguientes criterios:

Ítem

Monto como % del valor total a pagar por el servicio

Multa por disconformidad con las especificaciones técnicas pactadas.

10%

Multa por no respuestas a observaciones realizadas en los plazos solicitados.

10%

Multa por no entrega de productos en las fechas establecidas.

10%

La aplicación de las multas se hará por vía administrativa y se deducirá del monto total de los servicios contratados.

Contraparte Técnica y Coordinación con INDAP.

INDAP se relacionará con el oferente seleccionado, tanto en los aspectos operacionales y administrativos, a través del Jefe de la Unidad de Riego Regional, quien estará a cargo de efectuar las siguientes tareas y funciones:

 

Supervisar y controlar el desarrollo de los servicios contratados, velando por el estricto cumplimiento de sus objetivos. 

Analizar los resultados de las diferentes actividades, revisando y aprobando los servicios convenidos, planteando al oferente seleccionado las observaciones y/o recomendaciones que se estimen pertinentes.

Resolver cualquier problema o situación no prevista de acuerdo a los criterios y determinaciones estipuladas por INDAP.

Autorizar y visar lo acordado en el contrato y la Resolución aprobatoria del mismo
BASES TÉCNICAS

1.- ANTECEDENTES GENERALES.

Con fecha 5 de mayo del 2020, se publicó en el Diario Oficial, el Decreto Supremo N° 19 del Ministerio del interior y Seguridad Pública, que aprobó la Política Nacional de Desarrollo Rural (PNDR), cuyo objetivo general es “mejorar la calidad de vida y aumentar las oportunidades de la población que habita en territorios rurales, generando las condiciones adecuadas para su desarrollo integral, a través de la adopción gradual, planificada y sostenida de un paradigma que concibe un accionar público con enfoque territorial e integrado en distintos niveles, y que propicia sinergias entre iniciativas públicas, privadas y de la sociedad civil”. Así, para alcanzar este objetivo, define los siguientes 4 ámbitos de trabajos:

1. Bienestar Social, disminuyendo las brechas de acceso a bienes y servicios.

2. Oportunidades Económicas, mejorando el desempeño y dinamismo local.

3. Sustentabilidad Medioambiental, valorando los espacios naturales y gestionando sus riesgos.

4. Cultura e Identidad, resguardando y poniendo en valor su patrimonio material e inmaterial.

En el mismo orden de ideas, en el programa de Gobierno 2018-2022, se identifican como problemas en materia de gestión de aguas:

1.El débil nivel de organización entre los pequeños agricultores, dificultando su acceso a los instrumentos de fomento, capacitación, incorporación de nuevas tecnologías, entre otras.

2. La precariedad en los títulos de dominio de tierra y agua, generando una alta incertidumbre jurídica, dificultando la movilidad del recurso y su uso como garantía, impidiendo la transición a una agricultura más

eficiente.

Es en este contexto que la Dirección Nacional de INDAP celebró un convenio de colaboración con la Dirección General de Aguas con el fin de trabajar en conjunto en el apoyo a la tramitación de solicitudes extendidas por usuarios de INDAP a la AGA, y en la trasferencia de capacidades a pequeños productores y campesinos y a profesionales y técnicos en temáticas vinculadas a la propiedad y administración del agua. 

Por los motivos antes expuestos la Dirección Regional de Arica y Parinacota ha sido mandatada para poner en ejecución las actividades contempladas en la resolución exenta N°0070-201022/2021 en la región, debiendo para ello contar con un profesional para desempeñarse como prestador de servicios en la Unidad de Riego de INDAP, realizando las labores de Coordinación del Convenio INDAP-DGA en la región de Arica y Parinacota, además de labores técnico-administrativas que se requieran en apoyo a la unidad de riego regional.

El Instituto de Desarrollo Agropecuario INDAP, llama a Concurso a profesionales del área de Agronomía, ingeniería y construcción, para desempeñarse como prestadores de servicios de Coordinación, ejecución, seguimiento al Convenio INDAP-DGA y apoyo administrativo a la Unidad de Riego de INDAP región de Arica y Parinacota, temporada 2022

2.- OBJETIVO DE LA PRESTACION DE SERVICIOS Y TRABAJOS A EJECUTAR

Prestar servicios de Coordinación, ejecución, seguimiento al Convenio INDAP-DGA y apoyo administrativo a la Unidad de Riego de INDAP región de Arica y Parinacota, temporada 2022, en las siguientes labores:

1.- Organizaciones de usuarios de aguas:  Realizar informe de diagnóstico, actualizar datos de organizaciones, identificar grupos prioritarios, tramitación técnico legal de solicitudes, tramitación de denuncias (si corresponde) y reactivación de organizaciones.

2.- Derechos de aprovechamiento de aguas individuales: realizar informe de diagnóstico con las solicitudes de agricultores en la DGA, determinando universo INDAP y quienes no están recibiendo BLA. Determinación del grupo objetivo de usuarios que se resolverán por la DGA en virtud del convenio.

3.- Vigilancia en el uso del agua: Cuando proceda, apoyar la realización de informes de diagnósticos a usuarios de INDAP que demanden apoyo para realizar un balance hídrico en los territorios con declaración de escasez, con miras a la fiscalización de extracciones cuando sea pertinente. Apoyar la elaboración e implementación de planes operativos en los territorios priorizados junto con la difusión de los diagnósticos y de los resultados obtenidos.

4.- Monitoreo de extracciones efectivas: En los territorios con monitoreo de extracciones efectivas (MEE), apoyar la revisión del cumplimiento del monitoreo de extracciones efectivas, la revisión de inconsistencias y la elaboración de informes de usuarios con inconsistencias.

5.- Difusión y capacitación: Apoyar en la planificación del calendario de actividades de difusión y capacitar en el cumplimiento de monitoreo de extracciones efectivas, normativa de aguas (derechos de aprovechamientos de, organizaciones de usuarios, fiscalización y escases hídrica). También, apoyar la realización de las actividades planificadas junto con la realización de reuniones para la difusión de los informes de usuarios con inconsistencias.

6.- Apoyar la inspección y supervisión de obras de riego intrapredial en ejecución como también en el seguimiento de obras de riego ejecutadas en los años 2019, 2020 y 2021.  Estas actividades, se deberán entender relacionadas a labores de la Unidad de Riego de INDAP o a la ejecución de programas de fomento de responsabilidad de las agencias de área de la región:

  • Revisión/supervisión/seguimiento de al menos 25 proyectos de riego intrapredial PRI al mes, a través de visitas a terreno a los usuarios, según lo requiera la Unidad de riego, a fin de asegurar la correcta construcción de las obras ó verificar el buen funcionamiento y operación de obras ya ejecutadas, según sea el caso.

De cada visita realizada a proyectos que se encuentran en construcción, deberá elaborar un informe de supervisión de las obras, indicando el avance en la ejecución de las partidas, levantar un registro fotográfico de los trabajos, realizar una ITA con las observaciones que se detecten y recomendaciones u observaciones a corregir, si corresponde, dejando una copia al agricultor ó contratista.

De cada visita realizada a proyectos ya recepcionados, deberá realizar una entrevista con el agricultor/a, elaborar un informe de seguimiento de las obras, indicando el estado de conservación, mantención y operación de las obras e instalaciones ejecutadas, levantar un registro fotográfico que muestre el estado de las obras, realizar una ITA con las observaciones que se detecten y recomendaciones de mantención u operación, si corresponde, dejando una copia al agricultor/a. También deberá considerar un análisis de la operación del proyecto de manera de detectar mejoras a incluir en futuros proyectos.

3.- LOS POSTULANTES

Los postulantes deben reunir los siguientes requisitos:

1.-Ser persona natural y/o jurídica.

2.-Ser profesional del área de la Agronomía, Ingeniería y Construcción al menos 8 semestres de estudio.

3.-Declarar no tener vinculación laboral con Empresas Consultores y Contratistas que ejecutan estudios u obras de riego financiadas por INDAP durante la presente temporada.

4.-Declarar que no presta servicios en cualquier calidad jurídica en otra repartición pública.

5.-Declarar que no le afectan inhabilidades e incompatibilidades administrativas establecidas en la Ley 18.575 de Probidad Administrativa.

6.-No haber presentado Proyectos de riego a los Concursos PRI y Estudios de Riego y Drenaje durante el 2021.

7.-Disponer de un vehículo motorizado en buenas condiciones mecánicas y acorde al terreno donde deberá desplazarse para realizar el trabajo encomendado. La mantención y los insumos para la operación adecuada y segura serán de costo y responsabilidad del postulante. 

8.-Conocimiento geográfico y agronómico de la Región.

9.-Demostrar conocimiento en el diseño e instalación de sistemas de bombeo fotovoltaicos.

10.-Demostrar conocimiento en el diseño e instalación de sistemas de riego tecnificado.

11.-Tener conocimiento de diseño de canales y estanques de acumulación.

Notas:

El proveedor deberá realizar las visitas en terreno en caso se ser necesario con vehículo propio y según programa realizado con el encargado de riego regional. Todos los gastos asociados a combustible, mantención de vehículo y seguros de accidentes deberán ser financiados por el proveedor del servicio.

El proveedor deberá entregar un informe mensual impreso y digital con el detalle de las actividades desarrolladas durante el periodo (mes), adjuntando los verificadores de las actividades desarrolladas según planificación previamente definida.  (fotografías de terreno ITAS, informes complementarios, etc).

4.- PERIODO DE EJECUCION DEL TRABAJO Y VALORES A PAGO

El seguimiento a los proyectos se realizará de manera permanente durante el tiempo ejecución definido para cada proyecto.

El valor a pagar por los servicios prestados será de $ 15.400.000 (Quince millones cuatrocientos mil pesos) impuestos incluidos. El pago se realizará contra entrega de los productos esperados e de informes de cumplimiento, sin perjuicio de los antecedentes adicionales que se requieran dentro del correspondiente contrato de prestación de servicios.

               

5.- CONTRATACIÓN Y PAGO DEL SERVICIO

La relación entre INDAP y el (la) Prestador(a) de Servicios se establecerá mediante el sistema de Contrato en el que se indicarán los valores y forma de pago, duración del mismo, tareas y responsabilidades.

Para el pago de las labores realizadas, el (la) Prestador(a) de Servicios deberá presentar Boleta de Honorarios o factura respectiva acompañada del Informe de las actividades, el que debe dar cuenta de las tareas realizadas tanto en sus aspectos cualitativos como cuantitativos.

10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.