Licitación ID: 737-2-LE26
SERVICIOS DEL PROGRAMA DE ASOCIATIVIDAD ECONÓMICA
Responsable de esta licitación: INSTITUTO DE DESARROLLO AGROPECUARIO
Fecha de Cierre: 18-06-2026 15:30:00
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 6
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Productos o servicios
1
Asesorías en gestión estratégica 1 Unidad
Cod: 80101505
SERVICIOS DEL PROGRAMA DE ASOCIATIVIDAD ECONÓMICA – PAE  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
SERVICIOS DEL PROGRAMA DE ASOCIATIVIDAD ECONÓMICA
Estado:
Publicada
Descripción:
Que, INDAP posee el Programa de Asociatividad Económica-PAE, el cual es un instrumento de fomento, que permite el acceso de los actores de la asociatividad económica y economía social, tales como, Grupo Pre-asociativos, empresas campesinas y grupos pre-asociativos acceder a incentivos económicos no reembolsables, destinados a cofinanciar servicios en el ámbito de la gestión empresarial, desarrollo organizacional y asesoría técnica, entre otros. Estos apoyos se entregan a través de un consultor externo.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Unidad de Compra – Región de Arica Parinacota
R.U.T.:
61.307.000-1
Dirección:
Andrés Bello Nro. 1593, Población Magisterio
Comuna:
Arica
Región en que se genera la licitación:
Región de Arica y Parinacota
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 18-06-2026 15:30:00
Fecha de Publicación: 05-06-2026 11:15:42
Fecha inicio de preguntas: 08-06-2026 11:00:00
Fecha final de preguntas: 09-06-2026 16:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 11-06-2026 16:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 18-06-2026 15:31:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 18-06-2026 15:31:00
Fecha de Adjudicación: 10-07-2026 18:00:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
Extensión automática del plazo de ofertas:

Se estableció para esta licitación que: "Si a la fecha de recepción de ofertas, se han recibido 2 o menos propuestas, el plazo de cierre se ampliará automáticamente en 2 días hábiles, por una sola vez, bajo las condiciones establecidas en el artículo 25, inciso octavo, del Reglamento de la ley 19.886."
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Anexo N° 1 Antecedentes Administrativos Anexo N°6 Declaración compromiso pacto de integridad.
Documentos Técnicos
1.- Anexo N° 2 Oferta técnica Los participantes deberán ingresar su oferta técnica según el formato del anexo N° 2 de estas bases de licitación, adjuntando los documentos de respaldo que correspondan. Anexo N° 2 Oferta técnica Los participantes deberán ingresar su oferta técnica según el formato del anexo N° 2 de estas bases de licitación, adjuntando los documentos de respaldo que correspondan. Anexo N°3 Curriculum del oferente o consultor actualizado, conforme a anexo. Se deberán aportar antecedentes de respaldo que avalen las experiencias, detallando los servicios realizados, principalmente, en materias objeto de la presente licitación. Los respaldos sugeridos de acreditación de experiencia laboral se exponen en el numeral 10 Procedimiento de Evaluación, de las presentes bases administrativas. Anexo N°4 Curriculum de todos los profesionales y/o técnicos nominados en la propuesta técnica, que participen de los servicios del programa, conforme a anexo. Considerar: · Que sólo personas naturales podrán ser parte del equipo profesional. · Presentar documentación complementaria para cada profesional y/o técnico: § Copia simple del título profesional o técnico otorgado por una universidad o instituto reconocido por el estado. § Certificado(s) de experiencia laboral. Se deberán aportar antecedentes de respaldo que avalen las experiencias, detallando los servicios realizados, principalmente, en materias objeto de la presente licitación. Los respaldos sugeridos de acreditación de experiencia laboral, se exponen en el numeral 10 Procedimiento de Evaluación, de las presentes bases administrativas
 
Documentos Económicos
1.- Anexo N° 5 Oferta económica Las propuestas deberán indicar el VALOR TOTAL OFERTADO (impuestos incluidos) expresado en moneda nacional. Sin perjuicio de lo anterior, en el Sistema de Compras y Contrataciones Públicas (Portal Mercado Público), se deberá ingresar el monto total neto, excluyéndose los impuestos que se encuentren involucrados. En caso que el oferente no pague impuestos por los servicios contratados deberá indicarlo expresamente en su propuesta, liberando a INDAP de toda responsabilidad en caso de error. En caso que la oferta económica ingresada por el proveedor en la ficha electrónica de la plataforma Mercado Público, presente diferencias con el valor expresado en el Anexo N°5, solo se considerará el valor indicado en el anexo N°5, para todos los efectos legales.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- a. Fotocopia de su cédula de identidad
- b. Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales, emitido por la Dirección del Trabajo con fecha posterior a la adjudicación.
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- I18n entry not found: a. Certificado de vigencia de poder del representante legal, con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, otorgado por el Conservador correspondiente o, en los casos que resulte procedente,
- I18n entry not found: b. Certificado de vigencia de la Sociedad con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, o cualquier otro documento que acredite la existencia jurídica del oferente, manteniendo la misma vige
- I18n entry not found: c. Copia de la escritura pública de constitución de la Sociedad y de sus modificaciones, si las hubiere.
- I18n entry not found: d. Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales, emitido por la Dirección del Trabajo con fecha posterior a la adjudicación. Las sociedades acogidas a la Ley N° 20.659 que simplifica la constitución, modificación y disolución de las sociedades c
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Criterio 1 Criterios de evaluación 1 50%
2 Criterio 2 Criterios de evaluación 2 50%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: No hay información
Monto Total Estimado: 50000000
Contrato con Renovación: SI
Justificación Renovación: Sin perjuicio de lo anterior, conforme a lo establecido en el inciso 2º del artículo 18 la Ley 19.886, del Ministerio de Hacienda, y tomando en consideración que los servicios a contratar son indispensables para la buena, pronta y oportuna ejecución del
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 24 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: JORGE SILVA
e-mail de responsable de pago: JSILVAS@INDAP.CL
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
El oferente adjudicado no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de la presente licitación, y en especial los que se establecerán en el contrato definitivo.
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: Instituto de Desarrollo Agropecuario
Fecha de vencimiento: 31-08-2028
Monto: 5 %
Descripción: Se aceptará como garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato cualquier instrumento que asegure su cobro de manera rápida y efectiva, de acuerdo a lo estipulado en el artículo N° 52 del Reglamento de la Ley N° 19.886, el que deberá ser pagadero a la vista y tener el carácter de irrevocable, tales como: • Boleta Bancaria • Póliza de seguro de ejecución inmediata • Certificado de Fianza • Vale a la vista En caso de que se entregue como garantía un vale a la vista, éste deberá venir acompañado de un documento simple, en donde indique la glosa, plazo de vigencia e identificación del oferente. Esta garantía podrá ser tomada por un tercero a nombre del proponente. La garantía se podrá acompañar tanto en formato físico como electrónico, a opción del oferente. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma, de acuerdo a lo estipulado en el artículo 52 del Reglamento de la Ley N° 19.886.
Glosa: Garantiza el fiel y oportuno cumplimiento del contrato de “Servicios de Consultores del Programa de Asociatividad Económica - PAE, para el Grupo Pre-asociativo denominado PUKKU, que requiere ejecutar el 1er y 2do año del primer ciclo PAE., durante los años 2026, 2027 y 2028”.
Forma y oportunidad de restitución: Esta garantía tiene por objeto resguardar el correcto cumplimiento de todas las obligaciones emanadas de la oferta y el contrato. En el caso de la prestación de servicios, esta garantía asegurará además el pago de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores del contratante. La garantía será devuelta, si procediere, con posterioridad al término del servicio, previo cumplimiento de las obligaciones contractuales y extracontractuales entre las partes y cumplidas íntegramente las obligaciones, laborales y previsionales, debidamente certificadas por el administrador del contrato de INDAP en un plazo no superior a 90 días hábiles. Sobre estas garantías podrán hacerse efectivas las multas por incumplimiento de las obligaciones del contrato establecidas en estas bases de licitación y asegurará, además, el pago de las obligaciones laborales y de seguridad social de los trabajadores del adjudicatario conforme al artículo 11 de la ley N° 19.886. Todo gasto que irrogue la mantención de la garantía será de cargo del oferente seleccionado, quien es el responsable de realizar los trámites para mantenerla vigente por el período que cauciona. La garantía deberá ser renovada en caso de prórroga o renovación del contrato; el no cumplimiento de este trámite será motivo para que INDAP ponga término anticipado al contrato. INDAP podrá efectuar el cobro de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato, mediante acto administrativo fundado y debidamente tramitado, por las causales indicadas en el numeral 17 de las presentes bases de licitación imputables al proveedor y solo si ha procedido el término anticipado del contrato. FUNDAMENTO: La presente garantía se requiere en virtud de la naturaleza del servicio contratado, el cual supone una ejecución importante de actividades, dentro de un corto período de tiempos, las que, de no ejecutarse, y habida cuenta de la cercanía del cierre del año 2026, impedirán el poder realizar un nuevo llamado a licitación, interrumpiendo así el servicio y la ejecución presupuestaria, lo que obliga, por el riesgo que importa la no ejecución, a requerir la presente garantía, conforme lo dispone el artículo 121 del Decreto 661 del Ministerio de Hacienda del año 2024, reglamento de ley de compras públicas.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Instituto de Desarrollo Agropecuario
Fecha de vencimiento: 29-10-2028
Monto: 5 %
Descripción: Se aceptará como garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato cualquier instrumento que asegure su cobro de manera rápida y efectiva, de acuerdo a lo estipulado en el artículo N° 52 del Reglamento de la Ley N° 19.886, el que deberá ser pagadero a la vista y tener el carácter de irrevocable, tales como: • Boleta Bancaria • Póliza de seguro de ejecución inmediata • Certificado de Fianza • Vale a la vista En caso de que se entregue como garantía un vale a la vista, éste deberá venir acompañado de un documento simple, en donde indique la glosa, plazo de vigencia e identificación del oferente. Esta garantía podrá ser tomada por un tercero a nombre del proponente. La garantía se podrá acompañar tanto en formato físico como electrónico, a opción del oferente. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma, de acuerdo a lo estipulado en el artículo 52 del Reglamento de la Ley N° 19.886.
Glosa: Garantiza el fiel y oportuno cumplimiento del contrato de “Servicios de Consultores del Programa de Asociatividad Económica - PAE, para el Grupo Pre-asociativo denominado PUKKU, que requiere ejecutar el 1er y 2do año del primer ciclo PAE., durante los años 2026, 2027 y 2028”.
Forma y oportunidad de restitución: Esta garantía tiene por objeto resguardar el correcto cumplimiento de todas las obligaciones emanadas de la oferta y el contrato. En el caso de la prestación de servicios, esta garantía asegurará además el pago de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores del contratante. La garantía será devuelta, si procediere, con posterioridad al término del servicio, previo cumplimiento de las obligaciones contractuales y extracontractuales entre las partes y cumplidas íntegramente las obligaciones, laborales y previsionales, debidamente certificadas por el administrador del contrato de INDAP en un plazo no superior a 90 días hábiles. Sobre estas garantías podrán hacerse efectivas las multas por incumplimiento de las obligaciones del contrato establecidas en estas bases de licitación y asegurará, además, el pago de las obligaciones laborales y de seguridad social de los trabajadores del adjudicatario conforme al artículo 11 de la ley N° 19.886. Todo gasto que irrogue la mantención de la garantía será de cargo del oferente seleccionado, quien es el responsable de realizar los trámites para mantenerla vigente por el período que cauciona. La garantía deberá ser renovada en caso de prórroga o renovación del contrato; el no cumplimiento de este trámite será motivo para que INDAP ponga término anticipado al contrato. INDAP podrá efectuar el cobro de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato, mediante acto administrativo fundado y debidamente tramitado, por las causales indicadas en el numeral 17 de las presentes bases de licitación imputables al proveedor y solo si ha procedido el término anticipado del contrato. FUNDAMENTO: La presente garantía se requiere en virtud de la naturaleza del servicio contratado, el cual supone una ejecución importante de actividades, dentro de un corto período de tiempos, las que, de no ejecutarse, y habida cuenta de la cercanía del cierre del año 2026, impedirán el poder realizar un nuevo llamado a licitación, interrumpiendo así el servicio y la ejecución presupuestaria, lo que obliga, por el riesgo que importa la no ejecución, a requerir la presente garantía, conforme lo dispone el artículo 121 del Decreto 661 del Ministerio de Hacienda del año 2024, reglamento de ley de compras públicas.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
CONDICIONES Y ACLARACIONES DE LA LICITACIÓN
El oferente participante deberá examinar todas las instrucciones, condiciones y especificaciones que figuran en estas bases de licitación, las cuales constituyen la única fuente de información para la preparación de la propuesta. Si el oferente omite suministrar toda la información requerida en los documentos de licitación, o presenta una propuesta que no se ajusta en todos los aspectos a estos documentos, el riesgo será de su cargo. Cualquier oferente puede solicitar aclaraciones sobre estas bases de licitación, tanto de carácter técnico como de índole administrativo mediante comunicación escrita a INDAP, vía Sistema Mercado público, en el plazo de preguntas indicando en el numeral 3 de las presentes bases administrativas de licitación. INDAP dará respuesta en forma general, sin identificar su origen, dentro de los plazos indicados, a través de su publicación en el Sistema Mercado Público. Las respuestas señaladas serán parte integrante de las presentes bases de licitación, siendo responsabilidad de cada interesado tomar el debido conocimiento de las mismas. Con todo, INDAP se reserva el derecho de no contestar aquellas consultas que a su juicio sean inconducentes o no correspondan directamente al proceso licitatorio. INDAP podrá efectuar a iniciativa propia, aclaraciones a las bases de licitación, para precisar el alcance, complementar o interpretar algún elemento de su contenido que, a su juicio, no haya quedado suficientemente claro y dificulte la obtención de buenas propuestas, Estas aclaraciones se harán llegar en la misma forma y oportunidad que las respuestas a las consultas. En el caso que estas aclaraciones impliquen modificar las presentes bases de licitación, dicha modificación deberá ser aprobada mediante la correspondiente Resolución fundada, sometida a la misma tramitación administrativa que la Resolución que haya aprobado las bases de licitación. Se entenderá que cualquier aclaración, así como las respuestas a las preguntas formuladas por los oferentes, contribuyen a determinar el alcance y sentido de las bases de licitación y, en tal condición, deberán ser consideradas por los oferentes en la preparación de sus propuestas.
INSTRUCCIONES PARA LA PRESENTACIÓN DE OFERTAS
El oferente participante deberá ingresar en el portal www.mercadopublico.cl los siguientes antecedentes: Anexos Administrativos Anexo N° 1 Antecedentes Administrativos Anexo N°6 Declaración compromiso pacto de integridad. Anexos Técnicos Anexo N° 2 Oferta técnica Los participantes deberán ingresar su oferta técnica según el formato del anexo N° 2 de estas bases de licitación, adjuntando los documentos de respaldo que correspondan. Anexo N° 2 Oferta técnica Los participantes deberán ingresar su oferta técnica según el formato del anexo N° 2 de estas bases de licitación, adjuntando los documentos de respaldo que correspondan. Anexo N°3 Curriculum del oferente o consultor actualizado, conforme a anexo. Se deberán aportar antecedentes de respaldo que avalen las experiencias, detallando los servicios realizados, principalmente, en materias objeto de la presente licitación. Los respaldos sugeridos de acreditación de experiencia laboral se exponen en el numeral 10 Procedimiento de Evaluación, de las presentes bases administrativas. Anexo N°4 Curriculum de todos los profesionales y/o técnicos nominados en la propuesta técnica, que participen de los servicios del programa, conforme a anexo. Considerar: · Que sólo personas naturales podrán ser parte del equipo profesional. · Presentar documentación complementaria para cada profesional y/o técnico: § Copia simple del título profesional o técnico otorgado por una universidad o instituto reconocido por el estado. § Certificado(s) de experiencia laboral. Se deberán aportar antecedentes de respaldo que avalen las experiencias, detallando los servicios realizados, principalmente, en materias objeto de la presente licitación. Los respaldos sugeridos de acreditación de experiencia laboral, se exponen en el numeral 10 Procedimiento de Evaluación, de las presentes bases administrativas Anexos Económicos Anexo N° 5 Oferta económica Las propuestas deberán indicar el VALOR TOTAL OFERTADO (impuestos incluidos) expresado en moneda nacional. Sin perjuicio de lo anterior, en el Sistema de Compras y Contrataciones Públicas (Portal Mercado Público), se deberá ingresar el monto total neto, excluyéndose los impuestos que se encuentren involucrados. En caso que el oferente no pague impuestos por los servicios contratados deberá indicarlo expresamente en su propuesta, liberando a INDAP de toda responsabilidad en caso de error. En caso que la oferta económica ingresada por el proveedor en la ficha electrónica de la plataforma Mercado Público, presente diferencias con el valor expresado en el Anexo N°5, solo se considerará el valor indicado en el anexo N°5, para todos los efectos legales. 6.1.-OBSERVACIONES De acuerdo al artículo 16 de la Ley N° 19.886, para participar en la presente licitación los oferentes deben encontrarse habilitados para participar en él, para poder participar de cualquier procedimiento de contratación y suscribir los contratos definitivos, y no deben encontrarse dentro de los casos de impedimentos e inhabilidades establecidos en la Ley, específicamente: - Ley N° 19.886, artículo 4°, incisos 1° y °6, artículo 35 quáter y septies. - Decreto N°661 de 2024, Reglamento de la Ley N°19.886, artículo 41°, número 10 - Ley N° 19.728, que establece seguro de desempleo. - Ley N° 20.393, que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos que se indican, artículos 8° y 10°. - Decreto Ley N° 211 de 1973, que fija normas para la defensa de la libre competencia, artículo 26°, letra d. - Inhabilidad para contratar con los organismos de la Administración del Estado, contemplada en el artículo 33 de la Ley 21.595. Lo anterior se acreditará mediante la confirmación y firma electrónica de la “Declaración Jurada de requisitos para ofertar” disponible en la plataforma de Mercado Público, sin perjuicio de las facultades de INDAP de verificar esta información, en cualquier momento, en los registros pertinentes. La sola presentación de ofertas en la presente licitación implica que el proponente declara que no le afectan las inhabilidades antes señaladas. Las ofertas deben tener una vigencia mínima de 120 días corridos, desde la fecha de cierre de recepción de las ofertas. Los oferentes deberán financiar todos los costos relacionados con la preparación y presentación de su oferta, por lo que INDAP no será responsable en caso alguno de ellos. Los oferentes deberán constatar que el envío de su oferta a través del portal electrónico de compras públicas haya sido realizado con éxito, incluyendo todos los anexos y documentos solicitados en las bases de licitación. Para ello, deberán verificar el posterior despliegue automático del “Comprobante de envío de Oferta” que se entrega en dicho sistema, el cual puede ser impreso por el proponente para su resguardo. Las únicas ofertas válidas serán las presentadas a través del portal electrónico de compras públicas, por lo que no se aceptarán ofertas que se presenten por un medio distinto. Será responsabilidad de los oferentes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus ofertas. El día de publicación del llamado, constituirá el día cero del calendario de eventos establecido, a partir del cual se contarán los plazos. Para efectos del presente concurso, los plazos son de días hábiles administrativos, esto es, para su cómputo deben excluirse los días sábados, domingos y festivos, sin perjuicio de los casos en que expresamente estas bases establezcan plazos de días corridos. En caso que un plazo de días corridos venza un día inhábil éste se ampliará automáticamente al día hábil siguiente. La participación en el proceso implica la aceptación por parte de los proponentes de todas y cada una de las disposiciones contenidas en las Bases, sin necesidad de declaración expresa. 6.2.- INTERPRETACIÓN DE LAS BASES. El Instituto se reserva la facultad de interpretar las diferentes materias relacionadas con las presentes bases de licitación, conforme los criterios de ecuanimidad que estime convenientes, sin perjuicio de tener presente siempre la necesidad de máxima eficacia, eficiencia y ahorro en la contratación materia de este proceso concursal, sin que ello implique que necesariamente se adjudicará a la oferta que resulte de menor costo y siempre acorde y en sujeción con lo establecido en la Ley 19.886 y su Reglamento.
PARTICIPANTES
Podrán participar de esta licitación las personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras, incluyendo uniones temporales de proveedores, inscritos y hábiles en el registro de proveedores que, cumpliendo los requisitos señalados en las presentes bases, presenten una oferta en la oportunidad y forma establecida en las mínimas. En el caso de las Uniones Temporales de Proveedores, los integrantes deberán suscribir un documento que formalice la unión, el cual deberá materializarse por escritura pública, de acuerdo a lo establecido en el artículo 180 del Decreto Supremo N° 661 que aprueba el Reglamento de la Ley N° 19.886. 7.1. INSTRUCCIONES ADICIONALES PARA LA PRESENTACIÓN DE OFERTAS DE UTP Para la presentación de ofertas por parte de una Unión Temporal de Proveedores (UTP), éstas deberán cumplir con las siguientes reglas especiales y acompañar los siguientes antecedentes: a. Presentar un Anexo en que todos y cada uno de los oferentes integrantes de la Unión Temporal de Proveedores, deberá designar entre sus miembros, a un representante común, con facultades suficientes para actuar en el proceso licitatorio en representación de todos ellos. b. Cada uno de los participantes de la Unión Temporal de Proveedores deberán presentar el Anexo N° 1 Antecedentes administrativos. c. Al momento de la presentación de ofertas, los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores determinarán los antecedentes que presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar u omitir información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de ésta. d. En el caso que uno de los miembros de la Unión sea inhábil y ésta decidiera excluirlo del presente proceso, y continuar con su propuesta, se excluirán asimismo los antecedentes que el participante inhábil hubiese presentado para la evaluación. e. Todos los socios serán responsables solidariamente del cumplimiento de las obligaciones que surjan del servicio a contratar. f. Las Uniones Temporales de Proveedores deberán cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 180 del Reglamento de la Ley N° 19.886, y en caso contrario la oferta podrá ser declarada inadmisible. g. Las causales de inhabilidad contempladas en las presentes bases y en la legislación vigente, para la presentación de las ofertas, formulación de propuestas o para la suscripción del contrato, afectarán a cada uno de los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores, individualmente considerados.
GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA
En conformidad con el artículo 52 del Reglamento de la Ley N° 19.886, el otorgamiento de la garantía de seriedad será obligatorio en las contrataciones que superen las 5.000 UTM, por lo que en el presente proceso licitatorio no se requiere la presentación de garantía de seriedad.
REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD
Para que las ofertas presentadas puedan pasar a la etapa de evaluación, primeramente, deberán cumplir con los siguientes requisitos de admisibilidad: · Presentar el anexo N°1. Antecedentes Administrativos. · Presentar el anexo N°2 Propuesta técnica. · Presentar el anexo N°3 Currículum del oferente. · Presentar el anexo N°4 Currículum de todos los profesionales mencionados en la propuesta técnica. · Presentar el anexo N°5 Oferta económica El monto de la oferta debe ser igual o menor al presupuesto disponible indicado en el numeral 2 de estas bases de licitación. · Presentar el anexo N°6 Programa(s) de integridad y compliance (*) · (*) NOTA: Lo que se pide es incluir el anexo N° 6, no el tener la política de integridad y compliance implementada dentro de las practicas del oferente de que se trate, sin perjuicio de lo cual, su existencia y práctica será evaluada conforme a pauta. En el caso que no se dé cumplimiento a una o más de las exigencias señaladas anteriormente, o a otras previstas como mínimas o que revistan el carácter de esencial en las bases administrativas o técnicas, la oferta presentada será declarada inadmisible, debido a que se tratan de requisitos de carácter obligatorio. Lo anterior, tiene por objeto salvaguardar el principio de igualdad entre los oferentes, así como el principio de eficiencia procedimental y económica. Se declararán inadmisibles una o más ofertas cuando se presentaren en este procedimiento de contratación, ofertas simultáneas respecto de un bien o servicio por parte de empresas pertenecientes al mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí. En este caso, se considerará para efectos de la evaluación de la licitación pública, solo la oferta más conveniente de los respectivos proveedores del mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí, según los criterios establecidos en las presentes Bases, y declarará inadmisibles las demás, según dispone el artículo 9 de la Ley de Compras y artículo 60 de su Reglamento. 9.1.- SUPUESTOS DE INADMISIBILIDAD DE LAS OFERTAS. 1. La no publicación de la oferta del proponente a través del sistema de Compras Públicas del Estado (Mercado Público), salvo en caso de indisponibilidad del sistema u otras variables contempladas en el artículo 115 del Decreto Supremo 661 del 2024. 2. Al momento de ofertar, o en el transcurso de la evaluación, el oferente cambia su estado de habilidad en el Registro de Proveedores de la Dirección de Compras Públicas. 3. La no entrega de muestras por parte del proponente, cuando éstas tengan el carácter de obligatoria en las Bases Administrativas. 4. La no presentación del Proponente a la visita de terreno, lo que quedará de manifiesto en la ausencia de la firma de un oferente en el acta de visita a terreno si aquella se fijó como obligatoria. 5. Aquellas que oferten en un tipo de moneda distinto al expresado en las Bases Administrativas. 6. Aquellas que superen el monto disponible, cuando lo señale así las Bases Administrativas. 7. Cuando se proporcione información incompleta, ilegible, sin valoración y/o se deje en blanco alguno de los apartados requeridos en el Anexo Económico, lo que imposibilite la aplicación de la pauta de evaluación, sin perjuicio que el Instituto podrá verificar el cumplimiento de la oferta económica de conformidad con los antecedentes que consten en el portal, por cualquier medio idóneo. 8. El Instituto podrá rechazar ofertas cuando hayan obtenido, en la evaluación, un puntaje técnico total ponderado inferior al indicado en las bases administrativas. 9. Cuando la oferta económica presentada se encuentre significativamente por debajo del promedio de las otras propuestas, conforme al resultado de la aplicación de la fórmula establecida en las Bases de Licitación, sin justificar documentadamente en las especificaciones técnicas cómo se cumplirán los requisitos del contrato, y en conformidad con lo señalado en el artículo 61 del Reglamento de la Ley de Compras. 10. Ante la ausencia de algún Antecedente Técnico en la presentación de la oferta y tras ser solicitado mediante foro inverso, cuando ello sea posible, este o estos no haya sido presentados y constituyen aspectos esenciales para la evaluación. 11. Cuando se proporcione información incompleta, ilegible, sin valorar y/o se deje en blanco alguno de los apartados requeridos en los anexos que se deban ingresar en los “Anexos Técnicos” del Sistema de Información, los cuales sean esenciales para la evaluación técnica del proceso, esto es, para aplicar los criterios técnicos de la pauta de evaluación. Esta regla no será aplicable a aquellos anexos que correspondan a experiencia y comportamiento contractual anterior. 12. Cuando el oferente ha ofrecido o intentado conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a un funcionario público que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso de apertura, evaluación y adjudicación de las ofertas. Asimismo, será causal de inadmisibilidad cualquier intento de influir directa o indirectamente en un funcionario público respecto al proceso licitatorio y/o la toma de decisiones relacionadas con el mismo, por fuera de los mecanismos previstos en la ley para tales efectos. 13. Cuando se presentaren en un procedimiento de contratación, ofertas simultáneas respecto de un mismo bien o servicio por parte de empresas pertenecientes al mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí, conforme a lo regulado en el artículo 9 de la Ley de Compras y el articulo 60 del Reglamento de la ley de Compras. 14. Se compruebe que hayan proporcionado información falsa, alterada o maliciosamente incompleta. El Instituto, podrá tomar las medidas administrativas correspondientes según la gravedad del caso. Lo anterior deberá quedar debidamente fundamentado por la Comisión en el Informe de Evaluación respectivo. 15. Si el oferente declara que alguno de los perfiles de trabajadores, en caso de ser contratado, reciba una remuneración inferior al monto mínimo establecido en bases. 16. Si la oferta es presentada por una UTP conformada por empresas que no cumplan con el requisito de ser empresas de menor tamaño sin perjuicio de las excepciones previstas en la Ley 19.886. Lo anterior es sin perjuicio de otros supuestos que puedan verificarse durante la evaluación del proceso y que hagan procedente la adjudicación de una determinada oferta.
PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN

Las propuestas serán evaluadas por un equipo técnico conformado por funcionarios de INDAP designados por el Director Regional. Este equipo preseleccionará sólo aquellas que reúnan un puntaje igual o superior a 70 puntos de la pauta de evaluación y que obtengan un puntaje mayor a 0 puntos en cada uno de los criterios a evaluar. El equipo confeccionará un ranking de mayor a menor puntaje obtenido por las propuestas y confeccionará un acta con los resultados del proceso, preseleccionando las propuestas que obtengan los tres mayores puntajes del ranking, o se preseleccionarán menos de tres propuestas, cuando no se tengan tres consultores que cumplan el puntaje mínimo. En caso que no exista ninguna propuesta que haya alcanzado el puntaje indicado, la Dirección Regional generará una nueva licitación.

a)       COMISIÓN EVALUADORA.

La Comisión Evaluadora[1] será designada mediante Resolución emitida con anterioridad al acto de apertura. Esta Comisión estará compuesta por, al menos, tres funcionarios del Instituto en calidad de titulares, además de suplentes, los cuales actuarán en caso de ausencia o impedimento de algún titular. Los miembros de la Comisión Evaluadora deberán suscribir una declaración jurada conforme a lo dispuesto por la normativa legal vigente, es decir, relativa a eventuales conflictos de interés y la obligación de guardar confidencialidad con el procedimiento, atendido lo dispuesto en el artículo 35 nonies de la Ley 19.886.

b)       INFORME DE LA COMISIÓN EVALUADORA

La Comisión Evaluadora debe levantar un acta denominada “Informe Final” en la que debe, entre otros, dejar constancia, según correspondiere, de:

a)       Los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas.

b)       Las ofertas que deben declararse inadmisibles, por no cumplir los requisitos establecidos en las bases, debiéndose especificar los requisitos incumplidos.

c)       La proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien cuando la Comisión Evaluadora juzgare que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses del Instituto.

d)       La asignación de puntaje para cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dicho puntaje, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación.

e)       La proposición de adjudicación para adoptar la decisión final.

8.1     CRITERIOS DE EVALUACION.

Para la evaluación se utilizarán los antecedentes que los oferentes participantes entreguen a INDAP y que se especifican

en los distintos puntos de estas bases de licitación, en base a los siguientes criterios descritos en las Bases.

En primer lugar, se revisarán los requisitos de admisibilidad, donde se analizará el cumplimiento de las exigencias formales y de contenidos establecidos en las Bases de Licitación, es decir, si todos los documentos y antecedentes exigidos efectivamente han sido aportados y si el contenido de la propuesta corresponde a lo solicitado. La evaluación técnica y económica se realizará en dos etapas, según se indica a continuación:

Etapa 1: Evaluación de la propuesta técnica por parte de INDAP. Esta etapa se pondera con un 50% del puntaje total.

Las propuestas serán evaluadas técnica y económicamente por la comisión evaluadora.

Para la evaluación se utilizarán los antecedentes que los oferentes participantes entreguen a INDAP y que se especifican en los distintos puntos de estas bases de licitación, en base a los siguientes criterios:

Esta evaluación considera los siguientes contenidos, de conformidad a la normativa del Programa:

Criterios de evaluación 1:

CRITERIOS DE EVALUACIÓN

Evaluación (% del puntaje total)

Nómina, perfil, currículum y experiencia acreditada del equipo técnico profesional.

40%

Propuesta técnica de implementación del servicio (Coherencia y acciones complementarias)

35%

Precio de la propuesta del consultor

10%

Otros definidos por la Dirección Regional y/o Agencia de Área, antes de la convocatoria.

15%

Puntaje total

100%

El puntaje mínimo para ser seleccionado en la evaluación de este criterio debe ser igual o mayor a 70 puntos, por lo que la propuesta que obtenga menos de 70 puntos ponderados, no podrá pasar a la evaluación del criterio 2, por no cumplir con los requisitos mínimos establecidos en las presentes bases, lo que será debidamente consignado en el informe final de la comisión evaluadora. Además, para ser seleccionado, deberá obtener un puntaje mayor a 0 puntos en cada uno de los criterios a evaluar.

El equipo evaluador confeccionará un ranking de mayor a menor puntaje obtenido por las propuestas y confeccionará un acta con los resultados del proceso, preseleccionando las propuestas que obtengan los tres mayores puntajes del ranking, o se preseleccionarán menos de tres propuestas, cuando no se tengan tres consultores que cumplan el puntaje mínimo. En caso de que no exista ninguna propuesta que haya alcanzado el puntaje indicado, será declarada desierta. En estos casos, la Dirección Regional podrá generar una nueva licitación.

Sin perjuicio de lo anterior, en caso de que el proceso deba declararse desierto debido a que ninguna de las ofertas presentadas haya alcanzado el puntaje mínimo, éstas serán consideradas inadmisibles para los efectos del artículo 10, numeral 7, letra L del Reglamento de la Ley N° 19.886.

Etapa 2: Evaluación de las propuestas preseleccionadas por parte del Grupo Pre-asociativo PUKKU. Esta etapa se pondera con un 50% del puntaje total.

Para esta etapa, la representante del Grupo Pre-asociativo se integrará al proceso de evaluación. Al menos un funcionario designado por la Directora Regional para la evaluación de la etapa 1 quedará a cargo de esta etapa, coordinando y facilitando que las consultoras preseleccionadas en la etapa anterior (etapa o criterio 1) presenten sus propuestas técnicas y económicas del Grupo Pre-asociativo, preferentemente en dependencias de INDAP.

En esta etapa, la representante del Grupo Pre-asociativo deberá evaluar a los oferentes conforme a una pauta de evaluación establecida en la normativa del programa. El informe de la evaluación de la Etapa 2 deberá ser firmado por el representante del Grupo Pre-asociativo denominado PUKKU. Esta evaluación considera los siguientes contenidos:

Criterios de evaluación 2:

CRITERIOS DE EVALUACIÓN

PONDERACIÓN GLOBAL

La consultora demuestra experiencia en el ámbito del negocio asociativo (conoce el territorio, rubros, tipo de negocio, redes de colaboración, asesorías similares en la misma temática).

30%

La propuesta técnica responde a las necesidades reales del Grupo Pre-asociativo PUKKU

30%

La propuesta económica es coherente con las acciones a desarrollar y los resultados comprometidos.

20%

La empresa consultora dispone de equipamiento para la adecuada prestación del servicio.

20%

Puntaje total

100%

Una vez que se tengan los resultados de las 2 etapas (evaluaciones según criterio 1 y criterio 2), el funcionario designado confeccionará un Acta con la evaluación completa del proceso, que deberá integrar ambas etapas (Etapa 1 y Etapa 2) con sus respectivas ponderaciones, ordenando las propuestas según su puntaje final y deberá ser firmada por el equipo técnico de INDAP. Este informe deberá recomendar a la directora regional la propuesta que obtiene el puntaje más alto considerando el proceso completo.

La pauta de evaluación de los criterios indicados anteriormente es la siguiente:

Criterio 1


PAUTA DE EVALUACIÓN ETAPA 1 (Criterio 1)

CRITERIOS DE EVALUACIÓN

PONDERACIÓN (%)

PUNTAJE

PUNTAJE PARCIAL PONDERADO

NÓMINA, PERFIL Y EXPERIENCIA DEL EQUIPO PROFESIONAL (40%)

Años de experiencia de la entidad consultora

El consultor tiene experiencia acreditable de más de 5 años en trabajos con la Agricultura Familiar Campesina o microempresas (100 puntos).

El consultor tiene experiencia acreditable entre 3 y 5 años en trabajos con la Agricultura Familiar Campesina (80 puntos).

El consultor tiene menos de 3 o no tiene experiencia acreditable en trabajos con la Agricultura Familiar Campesina o microempresas (50 puntos).

10%

Perfil del equipo profesional; experiencia asesorando agricultura

familiar campesina, o microempresas.

Evaluación de la experiencia del equipo consultor (utilizar la "Tabla para la Evaluación del Equipo Consultor" *).

20%

Pertinencia técnica del equipo de trabajo (*)

Todos los miembros del equipo de trabajo cuentan con las capacidades en las especialidades indicadas y disponibilidad de tiempo de dedicación al programa, perfil y disponibilidad que deben ser coherentes con su rol, en relación a los servicios que prestará cada integrante del equipo en esta licitación (100 puntos).

Algún miembro del equipo de trabajo no cuenta con las capacidades en las especialidades indicadas o el tiempo necesario para la ejecución del programa, haciendo incoherente su participación, en relación a los servicios que prestará cada integrante del equipo en esta licitación (50 puntos).

El equipo de trabajo no cuenta con las capacidades en las especialidades indicadas o el tiempo dedicado al programa no es coherente con su rol, en relación a los servicios que prestará cada integrante del equipo en esta licitación (10 puntos).

(*) Se tomará en especial atención que los proveedores entreguen verificadores y programación horaria de los miembros de su equipo, cuando estos se encuentren actualmente ejecutando otros contratos suscritos con INDAP.

10%

PROPUESTA TÉCNICA DE IMPLEMENTACIÓN DEL SERVICIO (35%)

Coherencia de la propuesta técnica con los objetivos propuestos **

25%

0

0

Es coherente por dar respuesta a los 3 puntos siguientes: 1) La empresa consultora presenta una metodología de trabajo acorde a los objetivos y resultados esperados del programa para el Grupo Pre-asociativo, 2) define acciones adecuadas (asesoría, talleres, charlas, visitas, entre otros) y 3) respecto del cronograma, incorpora cronograma ajustado a lo planteado en las bases técnicas de licitación en relación al logro de los productos en los tiempos indicados. (100 puntos)

Es coherente por dar respuesta a sólo los 2 puntos de los siguientes: 1) La empresa consultora presenta una metodología de trabajo acorde a los objetivos y resultados esperados del programa para el Grupo Pre-asociativo, 2) define acciones adecuadas (asesoría, talleres, charlas, visitas, entre otros) y 3) respecto del cronograma, incorpora cronograma ajustado a lo planteado en las bases técnicas de licitación en relación al logro de los productos en los tiempos indicados. (70 puntos)

Es coherente por dar respuesta a sólo 1 punto de los siguientes: 1) La empresa consultora presenta una metodología de trabajo acorde a los objetivos y resultados esperados del programa para el Grupo Pre-asociativo, 2) define acciones adecuadas (asesoría, talleres, charlas, visitas, entre otros) y 3) respecto del cronograma, incorpora cronograma ajustado a lo planteado en las bases técnicas de licitación en relación al logro de los productos en los tiempos indicados. (10 puntos)

Coherencia entre la propuesta técnica y los recursos materiales.

Dispone de condiciones materiales adicionales, a los básicos que son: computador, impresoras y vehículo para desplazamiento (100 puntos).

Dispone de recursos materiales adecuados para lograr el cumplimiento de la propuesta técnica, mínimamente computador(es), impresora(s), vehículo(s) para desplazamiento en terreno (70 puntos).

No dispone de recursos materiales adecuados mínimos para lograr el cumplimiento de la propuesta técnica: computador(es) o impresora(s) o vehículo(s) para desplazamiento en terreno (10 puntos).

10%

COSTO DEL SERVICIO (10 %)

Para la evaluación de este criterio, se considerará y comparará el precio de la oferta, con el menor precio ofertado en la presente licitación, mediante la siguiente fórmula:

PUNTAJE COSTO: (PRECIO MÍNIMO OFERTADO/PRECIO OFERTA)*100

El costo propuesto es igual o inferior al monto referencial establecido en la convocatoria (100 puntos).

El costo propuesto es mayor al monto referencial establecido en la convocatoria (10 puntos).

10%

OTRAS DEFINIDAS POR LA DIRECCIÓN REGIONAL Y AGENCIA DE AREA (15%)

La propuesta ofrece mas de tres acciones en su metodología de trabajo (100 puntos)

La propuesta ofrece tres acciones en su metodología de trabajo (50 puntos)

La propuesta ofrece menos de tres acciones en su metodología de trabajo (0 puntos)

15%

PUNTAJE TOTAL

100%

(*) Para evaluar debe completar cuadro del anexo “Propuesta técnica” referente a equipos técnicos.

(**) Se debe valorar que la propuesta técnica demuestre metodologías de trabajo educativas, que promuevan y refuercen la participación de los usuarios y apoyen la articulación de nuevas iniciativas y recursos.

(***) Para definir acciones remitirse a la normativa del PAE

-              RESUMEN EVALUACIÓN ETAPA 1

CRITERIOS DE EVALUACIÓN

PONDERACIÓN GLOBAL

PUNTAJE PONDERADO

Nómina, perfil, currículum y experiencia del Equipo Profesional

40%

0

Propuesta Técnica de Implementación del Servicio

35%

0

Precio de la propuesta del consultor

10%

0

Otras definidas por la Dirección Regional

15%

0

Puntaje Total

100%

0

RESULTADO FINAL (ETAPA 1):

0

*Tabla para la Evaluación del Equipo del Consultor

Nombre del profesional

PUNTAJE

Profesional 1

0

Profesional 2

0

Profesional 3

0

Total

0

Puntaje Promedio para el Consultor

0

Criterio para la evaluación de cada profesional

Se evaluará experiencia referida a la materia para la cual el profesional es nominado en la propuesta técnica (anexo 2):

El profesional tiene experiencia acreditable en todas las especialidades indicadas (Ver Punto 4.3 de las Bases Técnicas, Perfil Profesional del Grupo Pre-asociativo PUKKU).

100 pts

El profesional tiene experiencia acreditable en algunas de las especialidades indicadas (Ver Punto 4.3 de las Bases Técnicas, Perfil Profesional del Grupo Pre-asociativo PUKKU).

50 pts

El profesional tiene experiencia acreditable solo con certificado del oferente postulante (Ver Punto 4.3 de las Bases Técnicas, Perfil Profesional del Grupo Pre-asociativo PUKKU).

10 pts.

El profesional no tiene experiencia acreditable en las especialidades indicadas (Ver Punto 4.3 de las Bases Técnicas, Perfil Profesional del Grupo Pre-asociativo PUKKU).

0 pts

(Nota. La experiencia acreditable se medirá en relación a la función que desempeñará).

La acreditación de experiencia laboral debe ser respaldada mediante alguno de los siguientes documentos:

Los documentos de experiencia laboral deberán indicar claramente la fecha de inicio y la fecha de término del servicio prestado, de manera de determinar los años de experiencia; además, debe indicar claramente las funciones o servicio prestado, a fin de poder determinar en forma inequívoca la experiencia concreta acreditable.

  • Certificado de experiencia laboral que indique la especialidad que desarrolló en su permanencia en la empresa o servicio y el tiempo o temporalidad de su desempeño.

  • Para profesionales del equipo técnico, será aceptada como experiencia acreditable en la misma empresa oferente, siempre y cuando adicione otros documentos de respaldo, como, por ejemplo; contrato oferente, resoluciones, facturas, órdenes de compra, boleta de honorarios, estos debidamente firmados.

  • Profesional u otro que indique las labores y funciones realizadas y el tiempo destinado en él, apoyo de material que haya generado en el marco de su desempeño dentro de la empresa, encuesta de satisfacción por parte de los receptores de la asesoría, finiquitos u otros que refieran labores y tiempo. De no presentar anexos con detalles solicitados y sólo si se remite a un certificado de experiencia firmado por el representante legal de la empresa consultora, se le asignará un puntaje mínimo de 10 puntos.

  • Copia de contrato de trabajo firmado por las partes que explicite las labores a desempeñar durante el período de contratación en la empresa o servicio.

Criterio 2

PAUTA DE EVALUACIÓN ETAPA 2 (Criterio 2)

 

CRITERIOS DE EVALUACION (*)

PONDERACION (%)

PUNTAJE

PUNTAJE PARCIAL PONDERADO

 

La Consultora demuestra experiencia en el ámbito del negocio asociativo (conoce el territorio, rubro, tipo de negocio, redes de colaboración, asesorías similares en la misma temática)

 

La Consultora demuestra experiencia desde hace 5 años y/o más, en todos los ámbitos del negocio asociativo:

1)           conoce el territorio,

2)           ha desarrollado trabajos en él,

3)           conoce el rubro,

4)           tipo de negocio,

5)           redes de colaboración,

6)           asesorías similares en la misma temática (100 puntos).

30%

0

 

La Consultora demuestra experiencia, desde hace 3 años en 3 o más de los siguientes ámbitos del negocio asociativo:

1)           conoce el territorio,

2)           ha desarrollado trabajos en él,

3)           conoce el rubro,

4)           tipo de negocio,

5)           redes de colaboración,

6)           asesorías similares en la misma temática (50 puntos).

 

La Consultora demuestra experiencia, en menos de 3 año en 2 o menos ámbitos del negocio asociativo:

1)           conoce el territorio,

2)           ha desarrollado trabajos en él,

3)           conoce el rubro,

4)           tipo de negocio,

5)           redes de colaboración,

6)           asesorías similares en la misma temática (10 puntos).

La propuesta técnica responde a las necesidades reales del Grupo Pre-asociativo PUKKU

La propuesta responde en 100% a todas las necesidades reales del Grupo Pre-asociativo PUKKU expresadas en las bases técnicas (100 puntos).

30%

La propuesta responde en un 50% parcialmente a las necesidades reales del Grupo Pre-asociativo PUKKU expresadas en las bases técnicas (50 puntos).

La propuesta no responde en un 0% a las necesidades reales del Grupo Pre-asociativo PUKKU expresadas en las bases técnicas (10 puntos).

La propuesta económica es coherente con las acciones a desarrollar y los resultados comprometidos.

La propuesta económica es coherente con las acciones a desarrollar y los resultados comprometidos; existe una relación equilibrada entre el costo, tiempo y las actividades a desarrollar y resultados (no existen costos subvalorados, las actividades se desarrollan en el tiempo establecido (100 puntos).

20%

La propuesta económica es parcialmente coherente con las acciones a desarrollar y los resultados comprometidos; por ejemplo existen algunos costos subvalorados en relación a las actividades, tiempo y resultados (50 puntos).

La propuesta económica no es coherente con las acciones a desarrollar y los resultados comprometidos; no existe coherencia entre el valor de la propuesta, las actividades y los resultados (10 puntos).

La empresa consultora dispone de equipamiento para la adecuada prestación del servicio.

La propuesta dispone de equipamiento adecuado a las necesidades del Grupo Pre-asociativo PUKKU expresadas en las bases técnicas (100 puntos)

20%

0

La propuesta no dispone equipamiento adecuado a las necesidades del Grupo Pre-asociativo PUKKU expresadas en las bases técnicas (10 puntos)

PUNTAJE TOTAL

100%

0

RESUMEN EVALUACIÓN CRITERIO 2 ETAPA: Evaluación de las propuestas preseleccionadas por parte del Grupo Pre-asociativo denominado PUKKU

CRITERIOS DE EVALUACIÓN

PONDERACIÓN GLOBAL

PUNTAJE PONDERADO

La Consultora demuestra experiencia en el ámbito del negocio asociativo (conoce el territorio, rubro, tipo de negocio, redes de colaboración, asesorías similares en la misma temática).

30%

0%

La propuesta técnica responde a las necesidades reales del Grupo Pre-asociativo PUKKU expresadas en las bases técnicas

30%

0%

La propuesta económica es coherente con las acciones a desarrollar y los resultados comprometidos.

20%

0%

La empresa consultora dispone de infraestructura y equipamiento para la adecuada prestación del servicio.

20%

0%

Puntaje Total

100%

100%

RESULTADO FINAL

(Criterio 2):

0

(*) Para evaluar y ponderar el puntaje a otorgar en los criterios de evaluación de la segunda etapa, se consideran los siguientes elementos orientadores:

a)  La consultora demuestra experiencia en el ámbito del negocio asociativo (conoce el territorio, rubro, tipo de negocio, redes de colaboración, asesorías similares en la misma temática); se deberán presentar respaldos, entre los que se sugiere:

1.  Conoce el territorio y ha desarrollado trabajos en él contratos de trabajo que indique la provincia o comuna y tareas a desempeñar, certificados de experiencia que explicite el territorio en que se desempeñó la consultora.

2.  Conoce el rubro: copias de informes, copias de presentaciones desarrolladas, certificado de empleador, contratos con empresas u otros documentos.

3.  Tipo de negocio: otros apoyos realizados en emprendimientos similares, respaldar mediante contratos, certificados, resoluciones, órdenes de compra.

4.  Redes de colaboración: Informe de la consultora o profesional que dé a conocer su red de colaboración y explicite la forma en que se ha relacionado.

5.  Asesorías similares en la misma temática: órdenes de compra, contratos, resoluciones, certificado emitido por empresas asociativas, instituciones públicas o privadas u otro que indique las asesorías entregadas en ámbitos similares.

6.  Otros documentos que entreguen información satisfactoria para la organización.

b)  La propuesta técnica responde a las necesidades reales del Grupo Pre-asociativo, para lo cual se consideran las actividades presentadas en el plan de trabajo, la metodología propuesta por el consultor y cómo se considera la participación del Grupo Pre-asociativo, en el desarrollo de la asesoría, entre otros.

c)  La propuesta económica es coherente con las acciones a desarrollar y los resultados comprometidos, es decir, que existe una relación equilibrada entre el costo, tiempo y las actividades a desarrollar y resultados.

d)  La empresa consultora dispone de infraestructura y equipamiento para la adecuada prestación del servicio, considerando los requerimientos y necesidades del Grupo Pre-asociativo. Esto quedará consignado en los ítems de recursos materiales disponibles para el desarrollo de la propuesta, de las bases técnicas.

Así también, en el proceso de presentación de oferentes preseleccionados a las organizaciones, éstas podrán consultar en forma directa a las consultoras.

Se seleccionará la propuesta que obtenga el mayor puntaje, considerando el resultado de las dos etapas. Cada etapa pondera un 50%.

Etapas

Ponderación Global

Puntaje

Puntaje Ponderado Final

Resultado Etapa 1

50%

0

0

Resultado Etapa 2

50%

0

0

Puntaje Total

100%

0

0

10.2.- DESCUENTOS POR COMPORTAMIENTO CONTRACTUAL ANTERIOR.

Todos aquellos oferentes que presenten incumplimiento contractual (multa o término anticipado por incumplimiento contractual) con el Instituto u otro organismo público en los 24 meses previos a la fecha de publicación de las presentes bases y que aquellos se encuentren registrados en el sistema de información de mercado público, se les aplicará un descuento en el puntaje total obtenido, como sigue:

Multa

Descuentos de Puntos

1

4

2

8

3 o más

12

Término anticipado de contrato por incumplimiento contractual

Descuentos de Puntos

1

6

2

12

3 o más

18

10.3.- ERRORES U OMISIONES DETECTADOS DURANTE LA EVALUACIÓN

En virtud del Artículo 56 del Reglamento de la Ley N° 19.886, INDAP podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información.

De la misma forma, INDAP podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que no se trate de los documentos exigidos como requisito de admisibilidad en el numeral precedente y que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.

Para estos efectos, INDAP informará a través del Sistema de Información de la omisión de los respectivos antecedentes o certificaciones, en cuyo momento comenzará a correr el plazo máximo de 48 horas para que el oferente proceda a hacer la corrección de estas omisiones, presentando lo que corresponda a través del mismo Sistema.

En caso de que una oferta no cumpla con los requisitos formales y la comisión resuelva requerir certificaciones o antecedentes de los señalados en el párrafo anterior, a dicha oferta, no obstante continuar en el certamen, se le asignará el puntaje conforme a lo establecido en el Ítem “Cumplimiento requisitos formales” de los aspectos administrativos. Se informará a todos los oferentes de la solicitud realizada por la Comisión Evaluadora. Sin perjuicio de lo anterior, en el evento que un documento o certificación sea esencial para la evaluación, y aquel no sea aportado por un oferente, el instituto podrá eventualmente declarar inadmisible la oferta.

10.4- MECANISMO DE RESOLUCIÓN DE EMPATES

Se entenderá por empate cuando haya igualdad de puntaje entre dos o más propuestas una vez evaluadas técnica y económicamente todas aquellas que hayan sido presentadas válidamente. Los criterios de desempate son los siguientes:

  • En primer lugar, se seleccionará a aquel oferente que presente el mayor puntaje en el criterio Propuesta técnica.
  • En segundo lugar, se seleccionará aquella propuesta que presente mayor puntaje en el criterio Nómina, perfil y experiencia del equipo profesional en ella la pertinencia técnica del equipo de trabajo.
  • En tercer lugar, en caso de persistir igualdad entre dos o más propuestas luego de haber aplicado los criterios antes señalados, se escogerá aquella propuesta que presente mayor puntaje en el criterio otras definidas por la Dirección Regional.
  • En cuarto lugar, en caso de persistir igualdad entre dos o más propuestas luego de haber aplicado los criterios antes señalados, se escogerá a aquel oferente que haya ingresado primero su propuesta en la plataforma Mercado Público.

Como resultado de su evaluación, la Comisión Evaluadora emitirá un informe técnico y económico, recomendando la adjudicación al oferente que haya presentado la propuesta más ventajosa, considerando los criterios de evaluación con sus correspondientes puntajes y ponderaciones, establecidos en estas bases y en el Reglamento de la Ley N° 19.886; y/o la sugerencia de declarar inadmisibles las propuestas que no hayan cumplido los requisitos establecidos; o la proposición de declarar desierto el proceso licitatorio, en el caso que no se presenten propuestas o éstas no fuesen convenientes a los intereses de INDAP. En cualquier caso, tanto la adjudicación como la declaración de inadmisibilidad y la declaración de licitación desierta deben ser aprobadas por Resolución fundada.



[1] Quienes participen en una Comisión Evaluadora de un determinado proceso de licitación, deberán realizar una declaración de patrimonio e intereses (DIP), en la forma que se dispone en la Ley Nº 20.880, sobre probidad en la función pública y prevención de los conflictos de intereses, en el más breve plazo y hasta treinta días hábiles siguientes desde asumida la función. Además, deberán actualizar la declaración de patrimonio e intereses, en el mes septiembre y marzo de cada año, si correspondiese, conforme a lo previsto en el artículo 13 del Reglamento de Compras Públicas.

ADJUDICACIÓN DE LA LICITACIÓN

INDAP adjudicará la presente licitación al oferente que obtenga el mayor puntaje de la aplicación de los criterios de evaluación, y que cumpla con todos los requisitos exigidos en estas bases de licitación. Determinado el oferente seleccionado, INDAP notificará vía Sistema Mercado Público a dicho oferente que su propuesta ha sido aceptada. El oferente seleccionado quedará sometido al estricto cumplimiento de las obligaciones que se derivan de estas bases de licitación y de la presentación de su oferta.

La adjudicación de esta licitación se realizará por Resolución fundada de la autoridad competente de INDAP, en la que se especificarán los criterios de evaluación y puntajes que permitieron la adjudicación del oferente seleccionado y los antecedentes anexos del proceso de evaluación y selección de las propuestas. Dicha Resolución se dictará en el plazo señalado en el Calendario de actividades del proceso licitatorio.

Esta Resolución, junto a los anexos mencionados en el párrafo anterior, se publicarán oportunamente en el Sistema Mercado Público, a fin de que los oferentes participantes tomen conocimiento de los criterios de evaluación que hayan permitido al adjudicatario obtener la calificación de oferta más conveniente. Asimismo, se publicará la resolución fundada que declare la inadmisibilidad y/o la declaración de desierto del proceso.

En caso de que no sea posible realizar la adjudicación dentro del plazo señalado en estas bases de licitación, INDAP informará en el Sistema Mercado Público las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicará un nuevo plazo para la adjudicación.

INDAP no podrá adjudicar la licitación a oferentes que se encuentren inhabilitados para contratar con las Entidades Públicas u ofertas que no emanen de quien tiene poder suficiente para efectuarlas representando al respectivo oferente, sin perjuicio de la ratificación posterior que se realice en conformidad a la ley.

11.1. RE-ADJUDICACIÓN

En caso que el oferente originalmente seleccionado se rehúse a suscribir el contrato y/o aceptar la orden de compra a que se refiere el artículo 58 del Reglamento de la Ley N° 19.886; o no entregue la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato; o se desista de su oferta; o sea inhábil para contratar con el Estado de acuerdo a los términos de la Ley N° 19.886 y su Reglamento; o no cumpliese con las demás condiciones y requisitos establecidos en estas bases para la suscripción de contrato, INDAP podrá, junto con dejar sin efecto la adjudicación original, adjudicar la licitación al oferente que le siga en puntaje de acuerdo a la evaluación de las propuestas, quien deberá cumplir con las exigencias establecidas en las bases de licitación, y así sucesivamente entre los oferentes evaluados por orden de puntaje obtenido, hasta llegar al tercer lugar si fuese necesario, o declararla desierta.

11.2. MECANISMOS PARA SOLUCIÓN DE CONSULTAS RESPECTO A LA ADJUDICACIÓN

 

En caso de que los oferentes no adjudicados en el proceso licitatorio deseen efectuar consultas respecto al resultado del proceso de adjudicación y de sus antecedentes anexos, éstas deberán ser dirigidas mediante correo electrónico a opartes15@indap.cl, el cual entregará la respuesta y/o aclaración respectiva en un plazo máximo de cinco (5) días hábiles posteriores al día de efectuada la consulta.

En conformidad con el artículo 117 del Reglamento de la Ley N°19.886, las adquisiciones superiores a 100 UTM e inferiores a 1000 UTM, cuando se trate de bienes o servicios estándar de simple y objetiva especificación, podrán formalizarse mediante la emisión de la orden de compra y la aceptación de ésta por parte del proveedor, siempre que se haya establecido así en las respectivas bases de licitación. Por lo anterior lo anterior, se deja expresamente establecido que la presente adquisición será formalizada de dicha forma y no será necesaria la suscripción de un contrato entre las partes.

Posterior a la publicación de la adjudicación, INDAP emitirá la orden de compra respectiva, la cual acredita que surgen entre las partes, derechos y obligaciones que deben ser cumplidas en los términos que señalan las presentes bases de licitación.

Si la orden de compra no es aceptada por el oferente adjudicado en el plazo de 48 horas, INDAP podrá solicitar su rechazo, entendiéndose definitivamente rechazada una vez transcurridas 24 horas desde dicha solicitud.

El oferente que resultare adjudicado deberá encontrarse inscrito y estado “Hábil” en el Registro de proveedores al momento de la emisión de la orden de compra; en caso contrario, deberá inscribirse dentro del plazo de 15 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución de adjudicación, no siendo procedente la formalización de la contratación en el caso de no encontrase habilitado.

Tratándose de los adjudicatarios de una Unión Temporal de proveedores, cada proveedor integrante de la unión temporal deberá inscribirse en el registro de Proveedores, dentro del plazo de 15 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución de adjudicación de lo contrario no resultará procedente efectuar la formalización de la contratación.

ANTECEDENTES LEGALES PARA LA SUSCRIPCIÓN DE CONTRATO
  1.  

Si el oferente es persona natural

  1. Fotocopia de su cédula de identidad.
  2. Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales, emitido por la Dirección del Trabajo con fecha posterior a la adjudicación.

Acreditar en Registro de Proveedores

Si el oferente es una persona jurídica

  1. Certificado de vigencia de poder del representante legal, con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, otorgado por el Conservador correspondiente o, en los casos que resulte procedente, cualquier otro documento que acredite la vigencia del poder del representante legal del oferente, según los plazos de vigencia indicados.
  2. Certificado de vigencia de la Sociedad con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, o cualquier otro documento que acredite la existencia jurídica del oferente, manteniendo la misma vigencia anteriormente señalada.
  3. Copia de la escritura pública de constitución de la Sociedad y de sus modificaciones, si las hubiere.
    1. Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales, emitido por la Dirección del Trabajo con fecha posterior a la adjudicación.

Las sociedades acogidas a la Ley N° 20.659 que simplifica la constitución, modificación y disolución de las sociedades comerciales deberán acreditar su constitución con indicación de su(s) representante(s) legal(es) con los siguientes certificados:

-     Certificado de vigencia

-     Certificado de estatutos actualizados

-     Certificado de anotaciones, en su caso

Los certificados correspondientes pueden ser obtenidos desde el portal www.tuempresaenundia.cl

Si el oferente es una UTP

Las Uniones Temporales de Proveedores (UTP) deberán entregar los mismos documentos indicados precedentemente respecto de cada uno de sus integrantes y suscribir un documento que formalice la unión, el cual deberá formalizarse de acuerdo a lo establecido en el artículo 180 del Reglamento de la Ley N° 19.886.

La vigencia de la Unión Temporal de Proveedores deberá ser, a lo menos, equivalente a la vigencia del contrato derivado de la presente licitación, incluyendo la renovación que pudiera tener lugar, en virtud de lo dispuesto en el artículo 180 del Reglamento de la Ley N° 19.886.

Asimismo, los integrantes de la UTP deberán autorizar a un representante legal común para que ejerza a su nombre todos los derechos y cumpla todas las obligaciones de la Unión Temporal de Proveedores frente a INDAP respecto al servicio a contratar. No obstante, todos los integrantes serán responsables solidariamente del cumplimiento de las obligaciones que surjan del servicio a contratar, por lo que INDAP podrá exigir a cualquiera de sus miembros, indistintamente, el cumplimiento total de las obligaciones contratadas, cualquiera sea su naturaleza.

El apoderado de la UTP deberá tener poder suficiente, lo cual deberá constar en los documentos legales que se presenten y que respaldan la constitución de dicha figura, de acuerdo con el artículo 180 del Reglamento de la Ley N°19.886.

Podrán ser declaradas inadmisibles las ofertas presentadas por una UTP que no cumpla los requisitos previstos en la ley 19.886, conforme a lo previsto en su artículo 53 de dicha ley, sin perjuicio de las excepciones previstas en la propia ley.

Todos los oferentes

Garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato en los casos que corresponda.

12.1.- OBSERVACIONES

El plazo para la suscripción del contrato es de 10 días hábiles contados desde la fecha de la Resolución que aprueba la adjudicación. Tratándose de licitaciones superiores a 5.000 UTM, la suscripción del contrato deberá efectuarse una vez transcurrido, a lo menos, el plazo de diez días hábiles desde la notificación de la resolución de Adjudicación.

Los antecedentes legales para poder ser contratado, sólo se requerirán respecto del adjudicatario y deberán estar disponibles en el Registro de Proveedores. No se aceptará la entrega de dichos antecedentes mediante la modalidad de soporte papel u otro medio magnético de almacenamiento.

Lo señalado en el párrafo precedente, no resultará aplicable a la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato, la cual podrá ser entregada físicamente según lo regulado en estas bases de licitación.

Si el respectivo proveedor no entrega la totalidad de los antecedentes requeridos para ser contratado dentro del plazo fatal de 15 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución de adjudicación, o no suscribe el contrato en los plazos establecidos en estas bases, INDAP podrá proceder a la re-adjudicación, de acuerdo a lo establecido en las presentes bases.

Cabe señalar que, a través del Registro de Proveedores de Mercado Público, se realizará un control permanente de la habilidad que mantiene el oferente seleccionado durante la vigencia del contrato, en relación al cumplimiento de las causales definidas en el artículo 154 de inhabilidades e incompatibilidades establecidas en el Reglamento de la Ley N° 19.886.

No podrán celebrar el contrato quienes hayan sido inhabilitados conforme a lo establecido en la Ley 20.393, que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y delitos de cohecho que indica; como asimismo, quienes se encuentren afectos a las inhabilidades y/o prohibiciones para contratar con los organismos de la Administración del Estado contempladas en la Ley 19886, y artículo 26 letra d), del Decreto Ley N°211, de 1973.

Asimismo, no podrán suscribir contrato los oferentes a quienes les afecte alguna de las inhabilidades previstas en el artículo 35 quáter de la ley 19.886, y tampoco los que se encuentren afectos a la inhabilidad para contratar con los organismos de la Administración del Estado contemplada en el artículo 33 de ley N° 21.595. Lo anterior, además, debe ser acreditado tanto al momento de la presentación de sus ofertas, como en la suscripción del correspondiente contrato.

Finalmente, y tal como se indicó precedentemente, si el adjudicatario no firma por cualquier razón el contrato, o no entrega la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato o no da cumplimiento a los trámites previos a la firma de éste, el Instituto hará efectiva su garantía de seriedad de la oferta, si la hubiere, y podrá en su caso declarar desierto o readjudicar el proceso.

GARANTÍA DE FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO

Monto de la garantía

5% del precio final neto ofertado

Fecha de vencimiento de la garantía

Sesenta (60) días hábiles posteriores a la fecha de término del contrato.

Garantías válidas

Se aceptará como garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato cualquier instrumento que asegure su cobro de manera rápida y efectiva, de acuerdo a lo estipulado en el artículo N° 52 del Reglamento de la Ley N° 19.886, el que deberá ser pagadero a la vista y tener el carácter de irrevocable, tales como:

  • Boleta Bancaria
  • Póliza de seguro de ejecución inmediata
  • Certificado de Fianza
  • Vale a la vista

En caso de que se entregue como garantía un vale a la vista, éste deberá venir acompañado de un documento simple, en donde indique la glosa, plazo de vigencia e identificación del oferente.

Esta garantía podrá ser tomada por un tercero a nombre del proponente.

La garantía se podrá acompañar tanto en formato físico como electrónico, a opción del oferente. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma, de acuerdo a lo estipulado en el artículo 52 del Reglamento de la Ley N° 19.886.

Glosa

Garantiza el fiel y oportuno cumplimiento del contrato de “Servicios de Consultores del Programa de Asociatividad Económica - PAE, para el Grupo Pre-asociativo denominado PUKKU, que requiere ejecutar el 1er y 2do año del primer ciclo PAE., durante los años 2026, 2027 y 2028”.

A nombre de

Instituto de Desarrollo Agropecuario

RUT

61.307.000-1

Fecha de entrega

Deberá presentarse hasta la firma del contrato definitivo.

Observaciones

Esta garantía tiene por objeto resguardar el correcto cumplimiento de todas las obligaciones emanadas de la oferta y el contrato. En el caso de la prestación de servicios, esta garantía asegurará además el pago de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores del contratante.

La garantía será devuelta, si procediere, con posterioridad al término del servicio, previo cumplimiento de las obligaciones contractuales y extracontractuales entre las partes y cumplidas íntegramente las obligaciones, laborales y previsionales, debidamente certificadas por el administrador del contrato de INDAP en un plazo no superior a 90 días hábiles. Sobre estas garantías podrán hacerse efectivas las multas por incumplimiento de las obligaciones del contrato establecidas en estas bases de licitación y asegurará, además, el pago de las obligaciones laborales y de seguridad social de los trabajadores del adjudicatario conforme al artículo 11 de la ley N° 19.886.

Todo gasto que irrogue la mantención de la garantía será de cargo del oferente seleccionado, quien es el responsable de realizar los trámites para mantenerla vigente por el período que cauciona. La garantía deberá ser renovada en caso de prórroga o renovación del contrato; el no cumplimiento de este trámite será motivo para que INDAP ponga término anticipado al contrato.

INDAP podrá efectuar el cobro de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato, mediante acto administrativo fundado y debidamente tramitado, por las causales indicadas en el numeral 17 de las presentes bases de licitación imputables al proveedor y solo si ha procedido el término anticipado del contrato.

FUNDAMENTO: La presente garantía se requiere en virtud de la naturaleza del servicio contratado, el cual supone una ejecución importante de actividades, dentro de un corto período de tiempos, las que, de no ejecutarse, y habida cuenta de la cercanía del cierre del año 2026, impedirán el poder realizar un nuevo llamado a licitación, interrumpiendo así el servicio y la ejecución presupuestaria, lo que obliga, por el riesgo que importa la no ejecución, a requerir la presente garantía, conforme lo dispone el artículo 121 del Decreto 661 del Ministerio de Hacienda del año 2024, reglamento de ley de compras públicas.

CARACTERÍSTICAS DE LA CONTRATACIÓN

Vigencia del contrato

24 meses, a contar de la total tramitación del acto administrativo que aprueba el contrato.

Renovación

Sin perjuicio de lo anterior, conforme a lo establecido en el inciso 2º del artículo 18 la Ley 19.886, del Ministerio de Hacienda, y tomando en consideración que los servicios a contratar son indispensables para la buena, pronta y oportuna ejecución del mandato de la Ley 18.910, las partes de común acuerdo podrán renovar por una vez el contrato definitivo, siempre y cuando las necesidades del Instituto así lo requieran.

Modificación del contrato

Conforme a lo establecido en el artículo 13 de la Ley N° 19.886 y lo señalado en el artículo 129 del Decreto Supremo 661 del Ministerio de Hacienda, que contiene el Reglamento de la Ley de Compras, y considerando la envergadura del contrato y la posibilidad de que, producto de las políticas del Instituto y de otros múltiples factores, varíen las actuales necesidades, se establece expresamente la posibilidad de modificar el contrato definitivo de común acuerdo durante su vigencia, aumentando y/o disminuyendo hasta en un 30%, cualquiera de los aspectos esencialmente variables contenidos en la presente licitación, esto es:

  1. El monto contratado
  2. El plazo del contrato
  3. Otros servicios no previstos inicialmente conforme a lo dispuesto en el artículo 129 numeral 2 del Reglamento de Compras Públicas.

Lo anterior, siempre y cuando se cuente con disponibilidad presupuestaria para ello.

En tales circunstancias, las partes se comprometen, en relación a dichas variaciones, a efectuar las respectivas adecuaciones de los servicios en base al concepto de estricta proporcionalidad, manteniendo vigentes todas las demás condiciones del contrato, velándose por el cumplimiento de los principios de estricta sujeción a las bases, igualdad de los oferentes y el equilibrio financiero del contrato. Dicha modificación debe ser aprobada mediante el acto administrativo respectivo.

Término de contrato

El contrato podrá terminarse por la llegada del plazo estipulado para su ejecución, o por la total utilización del presupuesto asignado para esta contratación, o bien podrá terminarse anticipadamente por las causales establecidas en el numeral 17 de las presentes bases de licitación.

CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN
El oferente adjudicado no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de la presente licitación, y en especial los que se establecerán en el contrato definitivo. El oferente adjudicado no podrá concertar con terceros la subcontratación, total o parcial, de los servicios contratados. En concordancia, el oferente adjudicado deberá ser quien efectivamente preste los servicios, no pudiendo ceder a un tercero la ejecución de estos. El personal de la empresa que ejecute los servicios que se adjudicarán, dependerá única y exclusivamente del oferente adjudicado y, por lo tanto, no tendrá relación laboral directa o indirecta con el Instituto de Desarrollo Agropecuario, ni con ninguna de sus dependencias. Asimismo, INDAP no se responsabilizará de ningún accidente, enfermedad, pérdida o daño que pueda presentarse en el personal de la empresa que puedan concurrir a las dependencias de INDAP durante la ejecución de los servicios, ya que el oferente adjudicado se obliga a cumplir, en relación con sus trabajadores, con todas las normas de higiene y seguridad en el trabajo a que se refiere la Ley N° 16.744 sobre Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales. Sin perjuicio de lo anterior y en virtud del artículo 41 numeral 10 del Reglamento de la Ley N° 19.886, INDAP podrá solicitar al oferente adjudicado informar sobre el estado de cumplimiento del pago de las remuneraciones y cotizaciones de seguridad social en favor de sus actuales trabajadores o trabajadores contratados en los últimos dos años. El monto y estado de cumplimiento de dichas obligaciones laborales y previsionales deberá ser acreditado mediante certificados emitidos por la respectiva Inspección del Trabajo, o bien por medios idóneos que garanticen la veracidad de dicho monto y estado de cumplimiento, de acuerdo a lo establecido por el Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
PRESUPUESTO Y FORMA DE PAGO

Presupuesto disponible

$50.000.000 (Cincuenta Millones de pesos.). Impuestos Incluidos desde el momento de la firma del servicio, y por un periodo de 24 meses.

Se detalla a continuación el detalle del presupuesto por año.

Año 2026: $6.821.250 (seis millones ochocientos veintiún mil doscientos cincuenta pesos), impuestos incluidos, para el primer año de ejecución.

Año 2027: $22.610.000 (veintidós millones seiscientos diez mil pesos), impuestos incluidos, sujeto a disponibilidad presupuestaria.

Año 2028: $20.568.750 (veinte millones quinientos sesenta y ocho mil setecientos cincuenta pesos), impuestos incluidos, sujeto a disponibilidad presupuestaria.

El monto total, corresponde al 85% del costo total del servicio; el 15 % restante, corresponde al aporte propio del Grupo Pre-asociativo PUKKU. Se detalla a continuación el presupuesto conforme al incentivo INDAP y al aporte propio:

SERVICIO PAE

%

MONTO Total año 2026

MONTO Total año 2027

MONTO Total año 2028

MONTO Total

24 meses

INCENTIVO INDAP

85

$   6.821.250

$   22.610.000

$    20.568.750

$      50.000.000

APORTE GRUPO PUKKU

15

$   1.203.750

$     3.990.000

$     3.629.779

$       8.823.529

Total

100

$     8.025.000

$    26.600.000

$    24.198.529

$     58.823.529

Téngase presente el aporte propio del Grupo Pre-asociativo denominado PUKKU del Área Parinacota, por los montos y periodo que se indican a continuación:

DESGLOSE APORTE PROPIO

%

MONTO Total año 2026

MONTO Total año 2027

MONTO Total año 2028

MONTO Total 24 meses

APORTE VALORIZADO

75

$         902.813

 $    2.992.500

 $    2.722.335

 $       6.617.647

APORTE PECUNIARIO

25

 $         300.938

 $       997.500

 $      907.445

 $      2.205.882

Total

100

 $       1.203.750

 $    3.990.000

 $     3.629.779

 $      8.823.529

Forma de pago

El pago será efectuado mediante transferencia electrónica según procedimiento establecido, a través, de la Tesorería General de la República (TGR), dentro de un período máximo de 30 días corridos, contados desde la fecha de recepción conforme por parte de INDAP de los servicios prestados establecidos en un cronograma de trabajo y una vez emitido el documento tributario de cobro por parte del consultor.

Aprobación de pago

Los pagos se realizarán previa autorización de la contraparte técnica de INDAP, que en este caso corresponde a la Encargada Regional del Programa, quien deberá corroborar el cumplimiento tanto de lo especificado en las bases técnicas de licitación, como de las obligaciones laborales y previsionales que correspondan respecto de los trabajadores del contratante.

Desglose de cuotas:

A continuación, se detalla el desglose de cuotas para el periodo de ejecución de 24 meses. A posterior, en la eventual continuidad para el segundo periodo de 24 meses aprobada, y con la correspondiente asignación de incentivos, se podrá establecer un nuevo ordenamiento de cuotas en cuanto a número, montos y productos esperados que será establecida en una carta anexa al contrato para normar la funcionalidad del segundo periodo.

El Grupo Pre-asociativo PUKKU se encuentra ejecutando el PRIMER CICLO PAE, por cuanto los montos corresponden al 85% del costo total del servicio, el 15% restante será parte del aporte propio del Grupo Pre-asociativo. Los pagos para el primer periodo de ejecución (2026-2028) se establecen de la siguiente forma:

Los pagos para el periodo de ejecución se establecen de la siguiente forma:

SERVICIO PAE

MONTO Total año 2026

MONTO Total año 2027

MONTO Total año 2028

Primera Cuota

 $ 6.821.250

 

 

Segunda Cuota

 

 $   12.000.000

 

Tercera Cuota

 

 $    5.610.000

 

Cuarta Cuota

 

 $    5.000.000

 

Quinta Cuota

 

 

 $  15.000.000

Sexta Cuota

 

 

 $  5.568.750

TOTAL PAGO INDAP

 $ 6.821.250

 $   22.610.000

 $  20.568.750

Primera cuota:

El equivalente al 14% del valor total adjudicado por INDAP, que se pagará contra la entrega y aprobación de un informe de avance de actividades, que comprenderá todas las actividades realizadas hasta el 24 de septiembre de 2026. Este informe debe contener:

  • Informe de Avance del diagnóstico del Grupo Pre-asociativo Pukku, conforme al formato provisto por INDAP.
  • Acciones de avance proceso de formalización del Grupo Pre-asociativo.
  • Propuesta y/o Validación del Plan de Trabajo 2026-2028 (24 meses), aprobado por la Agencia de Área Parinacota y firmado por las usuarias que conforman el Grupo Pre-asociativo Pukku.
  • Propuesta y/o Validación del Plan de Negocio asociativo según corresponda, aprobado por la Agencia de Área Parinacota y firmado por las usuarias que conforman el Grupo Pre-asociativo Pukku.
  • Informe de Avance del Plan de Trabajo, conforme al formato provisto por INDAP.
  • Informe de Avance del Plan de Negocios, conforme al formato provisto por INDAP.
  • Informe de actividades de cada profesional asociado a la asesoría, con los medios de verificación respectivo, conforme al nivel de actividades comprometidas y ejecutadas, en un formato consensuado previamente con INDAP.
  • Informe de avance de todas realizadas, con sus respectivos verificadores (actas de reuniones, informes, etc), en un formato consensuado previamente con INDAP.

El plazo de entrega del Informe de cuota será 5 días corridos, posteriores a la fecha de cierre de las actividades contempladas en el informe, es decir, 1 de octubre de 2026. El Informe se deberá entregar en la Dirección Regional, ubicada en Andrés Bello 1593, tanto en formato físico como digital (acceso vía OneDrive).

Con la finalidad de efectuar seguimiento y mejoras de funcionamiento y ejecución desde un inicio, en forma preliminar, sostener una reunión con el equipo INDAP y el Grupo Pre-asociativo, para presentar diagnóstico, plan de negocios, y la propuesta del plan de trabajo anual. El verificador será una presentación en formato PowerPoint y un listado de asistencia y emisión de acta de reunión con su validación.

Cumplidos los requisitos por la entidad ejecutora, INDAP tendrá 10 días hábiles para revisar el cumplimiento de estos requisitos, al término de los cuales si no hay observaciones el ejecutivo procederá generar el Informe de Pago. En caso de existir observaciones, éstas deberán ser informadas por escrito al consultor el cual tendrá 05 días hábiles para subsanar, de lo contrario se aplicarán sanciones y multas de acuerdo lo establecido en el numeral 23 de las presentes bases. Una vez aprobado el informe de pago se informará al consultor la emisión de la factura para ser cancelada por Tesorería General de la República (TGR).

Segunda cuota:

Equivalente al 24% del valor total adjudicado por INDAP, que se pagará contra la entrega y aprobación de un informe de avance de actividades, que comprenderá todas las actividades realizadas hasta el 21 de enero de 2027. Este informe debe contener:

  • Informe Diagnóstico del Grupo Pre-asociativo Pukku, conforme al formato provisto por INDAP.
  • Acciones de avance proceso de formalización del Grupo Pre-asociativo.
  • Validación del Plan de Trabajo 2026-2028 (24 meses), aprobado por la Agencia de Área Parinacota y firmado por las usuarias que conforman el Grupo Pre-asociativo Pukku.
  • Validación del Plan de Negocio asociativo según corresponda, aprobado por la Agencia de Área Parinacota y firmado por las usuarias que conforman el Grupo Pre-asociativo Pukku.
  • Informe de Avance del Plan de Trabajo, conforme al formato provisto por INDAP.
  • Informe de Avance del Plan de Negocios, conforme al formato provisto por INDAP.
  • Informe de actividades de cada profesional asociado a la asesoría, con los medios de verificación respectivo, conforme al nivel de actividades comprometidas y ejecutadas, en un formato consensuado previamente con INDAP.
  • Informe de avance de todas realizadas, con sus respectivos verificadores (actas de reuniones, informes, etc), en un formato consensuado previamente con INDAP.


El plazo de entrega del Informe de cuota será 5 días corridos, posteriores a la fecha de cierre de las actividades contempladas en el informe, es decir, 28 de enero 2027. El Informe se deberá entregar en la Dirección Regional, ubicada en Andrés Bello 1593, tanto en formato físico como digital (acceso vía OneDrive).

Con la finalidad de efectuar seguimiento y mejoras de funcionamiento y ejecución desde un inicio, en forma preliminar, sostener una reunión con el equipo INDAP y del Grupo Pre-asociativo PUKKU, para presentar diagnóstico, plan de negocios, y la propuesta del plan de trabajo anual. El verificador será una presentación en formato PowerPoint y un listado de asistencia y emisión de acta de reunión con su validación.

Cumplidos los requisitos por la entidad ejecutora, INDAP tendrá 10 días hábiles para revisar el cumplimiento de estos requisitos, al término de los cuales si no hay observaciones el ejecutivo procederá generar el Informe de Pago. En caso de existir observaciones, éstas deberán ser informadas por escrito al consultor el cual tendrá 05 días hábiles para subsanar, de lo contrario se aplicarán sanciones y multas de acuerdo lo establecido en el numeral 23 de las presentes bases. Una vez aprobado el informe de pago se informará al consultor la emisión de la factura para ser cancelada por Tesorería General de la República (TGR).

Tercera cuota:

Equivalente al 11% del valor total adjudicado por INDAP, que se pagará contra la entrega y aprobación de un informe de avance de actividades, que comprenderá todas las actividades realizadas hasta el 17 de mayo 2027. Este informe debe contener:

  • Informe de avance de todas las actividades comprometidas en el Plan de Trabajo Anual (PTA) realizadas, con sus respectivos verificadores (actas de reuniones, informes, etc)
  • Avance Acciones de avance proceso de formalización del Grupo Pre-asociativo.
  • Informe de avance del Plan de Negocios.
  • Informe de actividades de cada profesional asociado a la asesoría, con los medios de verificación respectivo, conforme al nivel de actividades comprometidas y ejecutadas.
  • Informe de avance de todas las gestiones realizadas en los ámbitos de apoyo al Grupo Pre-asociativo, de los diferentes ámbitos que asesora.

El plazo de entrega del Informe de cuota será 5 días corridos, posteriores a la fecha de cierre de las actividades contempladas en el informe, es decir, 24 de mayo de 2027. El Informe se deberá entregar en la Dirección Regional, ubicada en Andrés Bello 1593, tanto en formato físico como digital (acceso vía OneDrive).

Con la finalidad de efectuar seguimiento y mejoras de funcionamiento y ejecución desde un inicio, en forma preliminar, sostener una reunión con el equipo INDAP y del Grupo Pre-asociativo PUKKU, para presentar diagnóstico, plan de negocios, y la propuesta del plan de trabajo anual. El verificador será una presentación en formato PowerPoint y un listado de asistencia y emisión de acta de reunión con su validación.

Cumplidos los requisitos por la entidad ejecutora, INDAP tendrá 10 días hábiles para revisar el cumplimiento de estos requisitos, al término de los cuales si no hay observaciones el ejecutivo procederá generar el Informe de Pago. En caso de existir observaciones, éstas deberán ser informadas por escrito al consultor el cual tendrá 05 días hábiles para subsanar, de lo contrario se aplicarán sanciones y multas de acuerdo lo establecido en el numeral 23 de las presentes bases. Una vez aprobado el informe de pago se informará al consultor la emisión de la factura para ser cancelada por Tesorería General de la República (TGR).

Cuarta cuota:

Equivalente al 10% del valor total adjudicado por INDAP, que se pagará contra la entrega y aprobación de un informe de avance de actividades, que comprenderá todas las actividades realizadas hasta el 09 de agosto de 2027. Este informe debe contener:

  • Informe de avance de todas las actividades comprometidas en el Plan de Trabajo Anual (PTA) realizadas, con sus respectivos verificadores (actas de reuniones, informes, etc)
  • Proceso de formalización del Grupo Pre-asociativo.
  • Informe de avance del Plan de Negocios.
  • Informe de actividades de cada profesional asociado a la asesoría, con los medios de verificación respectivo, conforme al nivel de actividades comprometidas y ejecutadas.
  • Informe de avance de todas las gestiones realizadas en los ámbitos de apoyo al Grupo Pre-asociativo, de los diferentes ámbitos que asesora.

El plazo de entrega del Informe de cuota será 5 días corridos, posteriores a la fecha de cierre de las actividades contempladas en el informe, es decir, 16 de agosto de 2027. El Informe se deberá entregar en la Dirección Regional, ubicada en Andrés Bello 1593, tanto en formato físico como digital (acceso vía OneDrive).

Con la finalidad de efectuar seguimiento y mejoras de funcionamiento y ejecución desde un inicio, en forma preliminar, sostener una reunión con el equipo INDAP y del Grupo Pre-asociativo PUKKU, para presentar diagnóstico, plan de negocios, y la propuesta del plan de trabajo anual. El verificador será una presentación en formato PowerPoint y un listado de asistencia y emisión de acta de reunión con su validación.

Cumplidos los requisitos por la entidad ejecutora, INDAP tendrá 10 días hábiles para revisar el cumplimiento de estos requisitos, al término de los cuales si no hay observaciones el ejecutivo procederá generar el Informe de Pago. En caso de existir observaciones, éstas deberán ser informadas por escrito al consultor el cual tendrá 05 días hábiles para subsanar, de lo contrario se aplicarán sanciones y multas de acuerdo lo establecido en el numeral 23 de las presentes bases. Una vez aprobado el informe de pago se informará al consultor la emisión de la factura para ser cancelada por Tesorería General de la República (TGR).

 

Quinta cuota:

Equivalente al 30% del valor total adjudicado por INDAP, que se pagará contra la entrega y aprobación de un informe de avance de actividades, que comprenderá todas las actividades realizadas hasta el 25 de enero de 2028. Este informe debe contener:

  • Informe de avance de todas las actividades comprometidas en el Plan de Trabajo Anual (PTA) realizadas, con sus respectivos verificadores (actas de reuniones, informes, etc)
  • Informe de avance del Plan de Negocios.
  • Informe de actividades de cada profesional asociado a la asesoría, con los medios de verificación respectivo, conforme al nivel de actividades comprometidas y ejecutadas.
  • Informe de avance de todas las gestiones realizadas en los ámbitos de apoyo al Grupo Pre-asociativo, de los diferentes ámbitos que asesora.

El plazo de entrega del Informe de cuota será 5 días corridos, posteriores a la fecha de cierre de las actividades contempladas en el informe, es decir, 01 de febrero de 2028. El Informe se deberá entregar en la Dirección Regional, ubicada en Andrés Bello 1593, tanto en formato físico como digital (acceso vía OneDrive).

Con la finalidad de efectuar seguimiento y mejoras de funcionamiento y ejecución desde un inicio, en forma preliminar, sostener una reunión con el equipo INDAP y del Grupo Pre-asociativo PUKKU, para presentar diagnóstico, plan de negocios, y la propuesta del plan de trabajo anual. El verificador será una presentación en formato PowerPoint y un listado de asistencia y emisión de acta de reunión con su validación.

Cumplidos los requisitos por la entidad ejecutora, INDAP tendrá 10 días hábiles para revisar el cumplimiento de estos requisitos, al término de los cuales si no hay observaciones el ejecutivo procederá generar el Informe de Pago. En caso de existir observaciones, éstas deberán ser informadas por escrito al consultor el cual tendrá 05 días hábiles para subsanar, de lo contrario se aplicarán sanciones y multas de acuerdo lo establecido en el numeral 23 de las presentes bases. Una vez aprobado el informe de pago se informará al consultor la emisión de la factura para ser cancelada por Tesorería General de la República (TGR).

 

Sexta cuota:

Equivalente al 11% del valor total adjudicado por INDAP, que se pagará contra la entrega y aprobación de un informe de avance de actividades, que comprenderá todas las actividades realizadas hasta el 03 de abril de 2028. Este informe debe contener:

  • Informe de Avance de todas las actividades comprometidas en el Plan de Trabajo Anual (PTA) realizadas, con sus respectivos verificadores (actas de reuniones, informes, etc) que consolide todo el avance de actividades, visitas, capacitaciones, entre otros; y sus respectivos verificadores de realización de estas, ejecutados a la fecha según lo establecido en el Plan de Trabajo, en el formato consensuado con INDAP para estos fines. Esta información será el insumo para la evaluación de la continuidad/no continuidad del consultor.
  • Informe de avance del Plan de Negocios, con la información consolidada de todo el proceso de asesoría PAE. Esta información será el insumo para la evaluación de la continuidad/no continuidad del consultor.
  • Presentación del Consultor al Grupo Pre-asociativo con el consolidado de todas las acciones realizadas en el marco de la Asesoría PAE, avances, hitos, nivel de impacto, desde el PTA y Plan de Negocios. Esta presentación será insumo para la evaluación de la continuidad/no continuidad del consultor.
  • Informe de actividades de cada profesional asociado a la asesoría, con los medios de verificación respectivo, conforme al nivel de actividades comprometidas y ejecutadas.
  • Informe de avance de todas las gestiones realizadas en los ámbitos de apoyo al Grupo Pre-asociativo, de los diferentes ámbitos que asesora.

El plazo de entrega del Informe de cuota será 5 días corridos, posteriores a la fecha de cierre de las actividades contempladas en el informe, es decir, 10 de abril de 2028. El Informe se deberá entregar en la Dirección Regional, ubicada en Andrés Bello 1593, tanto en formato físico como digital (acceso vía OneDrive).

Con la finalidad de efectuar seguimiento y mejoras de funcionamiento y ejecución desde un inicio, en forma preliminar, sostener una reunión con el equipo INDAP y del Grupo Pre-asociativo PUKKU, para presentar diagnóstico, plan de negocios, y la propuesta del plan de trabajo anual. El verificador será una presentación en formato PowerPoint y un listado de asistencia y emisión de acta de reunión con su validación.

Cumplidos los requisitos por la entidad ejecutora, INDAP tendrá 10 días hábiles para revisar el cumplimiento de estos requisitos, al término de los cuales si no hay observaciones el ejecutivo procederá generar el Informe de Pago. En caso de existir observaciones, éstas deberán ser informadas por escrito al consultor el cual tendrá 05 días hábiles para subsanar, de lo contrario se aplicarán sanciones y multas de acuerdo lo establecido en el numeral 23 de las presentes bases. Una vez aprobado el informe de pago se informará al consultor la emisión de la factura para ser cancelada por Tesorería General de la República (TGR).

INFORME FINAL:

La empresa consultora deberá hacer llegar un último informe, 10 días posteriores al término de las actividades asociadas a la presente licitación, en la Dirección Regional de INDAP Calle Andrés Bello 1593 población Magisterio, que será requisitos para la devolución de la garantía de fiel de contrato respectivo que dará cuenta de las acciones realizadas hasta el término del contrato en donde deberá indicar remitir:

  1. Informe Final de los resultados del PTA con metas alcanzadas durante el periodo de todo el servicio.
  2. Informe Final de cumplimiento del plan de negocios de la cooperativa y cuáles son los puntos a seguir trabajando en el próximo año (identificar nuevos puntos críticos para avanzar hacia un buen desarrollo del negocio), conforme a lo actualizado para el periodo.
  3. Informe Final Económico y Financiero, que presente las ventas totales realizadas con un análisis completo de cuanto fue la rentabilidad de la empresa junto con todo lo alcanzado respecto a la gestión comercial, generando a su vez un análisis comparativo entre los años 2026-2027 y 2028.
  4. Informe Final de resultados de fortalecimiento cooperativo.

Esta información deberá ser presentada como última actividad hacia el Grupo Pre-asociativo mostrando los logros alcanzados a del Grupo Pre-asociativo PUKKU la que podrá realizarse antes de la entrega del informe final al término del contrato.

 

Facturación

Una vez autorizado el pago por el administrador del contrato de INDAP, ésta procederá a señalar al oferente seleccionado que puede emitir y enviar el documento electrónico de cobro correspondiente, de manera de proceder al pago respectivo.

La empresa deberá remitir la factura junto a su archivo xml a la casilla de correo dipresrecepcion@custodium.com.

El pago será efectuado por parte de la Tesorería General de la República, y se realizará preferentemente a través de transferencia electrónica, para lo cual el oferente deberá enviar por única vez, un correo electrónico a la casilla opartes15@indap.cl, señalando los antecedentes para efectuar la operación, tales como: número de cuenta corriente, Banco, RUT, razón social, mail y número telefónico de la persona encargada de recibir el comprobante de transferencia.

Conforme al artículo 133 del Reglamento de la Ley 19.886, los pagos se efectuarán dentro de los treinta días corridos siguientes a la recepción de la factura o del respectivo instrumento tributario de cobro, previa recepción conforme de los bienes y/o servicios adquiridos.

En caso de que el oferente seleccionado emita boletas de honorarios, deberá remitir dicho documento junto a su archivo xml a la casilla de correo opartes15@indap.cl.

En este caso, el pago será efectuado por parte de la Institución, dentro de un plazo máximo de 30 días corridos desde la fecha de recepción conforme de los servicios, para lo cual el oferente deberá enviar por única vez, un correo electrónico a la casilla opartes15@indap.cl, señalando los antecedentes para efectuar la operación, tales como: número de cuenta corriente, Banco, RUT, razón social, mail y número telefónico de la persona encargada de recibir el comprobante de transferencia.

En caso que se adjudique a una UTP, ésta deberá emitir el documento tributario, el cual se señala claramente en la Orden de Compra.

SANCIONES
17.1 TÉRMINO ANTICIPADO DE CONTRATO El contrato, ya sea que este se haya consagrado en un documento suscrito por ambas partes o por la sola emisión de la orden de compra, podrá terminarse anticipadamente, de conformidad a lo establecido en el artículo 13 de la Ley N° 19.886 y el artículo 130 del Reglamento de la Ley N° 19.886, por las siguientes causas: A.-La muerte o incapacidad sobreviniente de la persona natural, o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista. B.-La resciliación o mutuo acuerdo entre las partes, siempre que el Proveedor no se encuentre en mora de cumplir sus obligaciones. Para efectos de terminar anticipadamente el contrato por la causal prevista en este literal, las partes deberán suscribir un instrumento que dé cuenta del término anticipado de mutuo acuerdo y las razones que lo motivaron el que deberá ser aprobado mediante el respectivo acto administrativo, debiendo además establecer, si correspondiere, el monto que INDAP deba pagar al contratante por los servicios efectivamente prestados hasta antes de la causal que le pone término al contrato, así como los productos o documentos que el contratante deba entregar a INDAP. C.-El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el Proveedor. Este Instituto entiende como incumplimiento grave las siguientes: 1. La negativa, sin causa justificada, de prestar cualquiera de los servicios a los que se hubiere comprometido en su oferta. 2. Aplicación de multas por un total acumulado equivalente al 30% del valor del contrato. 3. Aplicación de multas superando los topes establecidos para cada una de ellas, esto es exceder los 05 días hábiles de atraso o incumplir 02 obligaciones durante la vigencia del contrato. 4. No pago de las multas debidamente cursadas en el plazo establecido. 5. No renovar la garantía de fiel y oportuno cumplimiento en caso de renovación o prórroga del contrato. 6. No reponer la garantía de fiel y oportuno cumplimiento en caso de cobro de esta. 7. Transgredir la prohibición de subcontratar, ceder, traspasar y/o transferir, total o parcialmente, a cualquier título, los derechos y obligaciones que se establezcan en el contrato. 8. Para el caso de las UTP, adicionalmente a las acciones precedentes, configuran incumplimiento grave de las obligaciones contraídas las siguientes: ₋ La constatación de que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. De verificarse tal circunstancia, se remitirán los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica. ₋ Si uno de los integrantes de la UTP se retira de ésta, y dicho integrante reuniese una o más características objeto de evaluación de la oferta. ₋ Ocultar información relevante para ejecutar el contrato, que afecte a cualquiera de sus miembros. ₋ Inhabilidad sobreviniente de alguno de sus integrantes, en la medida que la UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados. ₋ Disolución de la UTP. D.-El estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. E.-La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, cuando no sea posible modificar el contrato conforme al artículo 129 precedente. En tal caso, la Entidad sólo pagará el precio por los bienes y/o servicios que efectivamente se hubieren entregado o prestado, según corresponda, durante la vigencia del contrato. Asimismo, en el evento que la imposibilidad de cumplimiento del contrato obedeciere a motivos imputables al Proveedor, procederá que se apliquen en su contra las medidas establecidas en el artículo 135 de este reglamento F.-Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. G.-En el evento de producirse la situación prevista en el inciso segundo del artículo 33 de la ley N° 21.595, de Delitos Económicos, así como también en el caso que al proveedor se le imponga la pena de inhabilitación para contratar con el Estado, prevista en los artículos 8 y 10 de la ley N° 20.393. H.-Las siguientes causas que pudieran ocurrir o revelarse durante toda la vigencia del contrato: 1. Si el contratante perdiere las certificaciones y autorizaciones necesarias para funcionar en el giro de su actividad, decretada por autoridad competente. 2. Haber sido condenado por situaciones previstas en el artículo 8 y 10 de la Ley 20.393. 3. Haber sido condenado el contratante, como consecuencia de incumplimiento de un contrato celebrado con alguna entidad regida por la Ley N° 19.886, y siempre que no hayan transcurrido dos años a contar desde la fecha de la sentencia. 4. Haber sido suspendido el contratante o haber sido eliminado del Registro de Proveedores, a través de una resolución fundada de la Dirección de Compras Públicas. 5. Si el contratante se encontrara en Estado Inhábil para suscribir contratos con Organismos Públicos del Estado, de acuerdo al reporte entregado por el Registro de Proveedores de Mercado Público. 6. Si los resultados obtenidos de la prestación de los servicios no son los esperados, por lo que continuar con su desarrollo perjudica a INDAP. 7. Producirse la situación prevista en artículo 33 ley 21.595. 8. Incumplimiento del artículo 4 de la Ley 19.886. El término anticipado de contrato por cualquiera de las causales aquí establecidas deberá ser formalizado mediante acto administrativo fundado, debidamente tramitado, el que deberá establecer, si correspondiere, el monto que INDAP deba pagar al contratante por los servicios efectivamente prestados hasta antes de la causal que le pone término al contrato, así como los productos o documentos que el contratante deba entregar a INDAP. Lo establecido en este numeral es sin perjuicio de las acciones que INDAP pueda ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos, con la correspondiente indemnización de perjuicios. Con excepción de las causales contempladas en las letras b) y f) precedentes, y en los supuestos de caso fortuito o fuerza mayor que por razones de ley o acto de autoridad hagan imperiosa esta medida y ello sea calificado así por el Instituto, una vez adoptada aquella, el Instituto procederá a hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, sin perjuicio de ejercer las demás acciones que procedan, especialmente la indemnizatoria de los perjuicios causados. INDAP podrá dar cuenta de tales hechos a la Dirección de Compras y Contratación Pública, para los efectos de que el contratante sea suspendido o eliminado, según corresponda, del Registro Electrónico Oficial de Proveedores de la Administración, de conformidad a los artículos 154°, 159°, 160° y 162° del Reglamento de la Ley N° 19.886. Fuerza mayor y caso fortuito ₋ Las partes no serán responsables en caso de incumplimiento tardío de las obligaciones contractuales debido a hechos independientes de su voluntad, considerados como fuerza mayor o caso fortuito, en los términos señalados en el artículo 45 del Código Civil de Chile. ₋ Si el oferente seleccionado se ve impedido de cumplir con sus obligaciones contractuales por un evento considerado caso fortuito o fuerza mayor, deberá notificar de ese hecho a INDAP por escrito y en un plazo no superior a cinco (5) días hábiles desde iniciado u ocurrido el hecho que lo ocasiona, y solicitar prórroga para el cumplimiento de la obligación afectada. ₋ La notificación de solicitud de prórroga deberá presentarse acompañada de un informe en el que consten los hechos considerados caso fortuito o fuerza mayor, los cuales deberán estar debidamente fundados, indicando la incidencia que dicha situación tendría en el cumplimiento de los plazos establecidos. ₋ La calificación de la fuerza mayor o caso fortuito, será resuelta por INDAP, mediante resolución fundada sobre la base de los antecedentes que, oportunamente, le proporcione el oferente seleccionado y/o aquellos otros que obtenga de terceros, o sean de conocimiento público. ₋ En cualquier caso, si el oferente seleccionado no pudiere cumplir con sus obligaciones, procurará atenuar los daños y cumplirá con ellas tan pronto como finalicen los hechos que dieron lugar al caso fortuito o a la causa de fuerza mayor. ₋ Si la causa de caso fortuito o fuerza mayor impidiera al oferente seleccionado cumplir con las obligaciones asumidas por más de treinta (30) días, el contrato se resolverá de pleno derecho. ₋ Para efectos de terminar anticipadamente el contrato por fuerza mayor o caso fortuito, se aplicará previamente el Procedimiento sancionatorio previsto en las bases. 17.2. MULTAS INDAP podrá cobrar multas al contratante, administrativamente, cuando éste no cumpla con lo estipulado en el contrato que se celebre una vez adjudicada la presente licitación, siempre que se deba a causa imputable al contratante, en los siguientes términos: A.-El incumplimiento de los plazos y/o fechas que se fijen para la ejecución de las actividades y procesos asociados a los servicios, será sancionado con el valor de 05 UF por cada día hábil de atraso, con un tope de hasta 10 días hábiles. B.-El incumplimiento de las obligaciones establecidas en el contrato, no asociadas a plazos, será sancionado con el valor de 05 UF por cada obligación incumplida. 1. El pago de las multas que correspondan deberá ser efectuado dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la notificación de la resolución que aplica la multa, mediante una transferencia electrónica o algún otro medio de pago que se determine. 2. En caso que el contratante no pague la multa dentro del plazo establecido, facultará a INDAP para descontar el monto adeudado del estado de pago pendiente y/o para proceder al cobro de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato y/o para terminar anticipadamente el contrato, a elección de INDAP. 3. Se hace presente que contra la resolución que aplica la multa, proceden los recursos consagrados en la Ley N° 19.880, los que deberán interponerse dentro de los plazos legales, ante el Director Nacional de INDAP, sin perjuicio de que el contratante pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime oportuno. 4. Para todos los efectos de la aplicación de lo dispuesto en este punto, el valor de la Unidad de Fomento será el correspondiente a la fecha de su efectiva aplicación. 5. El tope máximo de las multas será del 30% del valor del contrato. 6. En caso que se aplique multa y ésta se haga efectiva en la garantía de fiel cumplimiento, el adjudicatario deberá reemplazar dicha garantía por una igual a la establecida en este contrato. 7. Ejecutada la garantía, el Instituto descontará de la misma el monto de la multa y devolverá el saldo al Prestador solo una vez que éste entregue la garantía de reemplazo. Si excediese los 10 días hábiles de atraso o incumpliera dos o más obligaciones durante la vigencia del contrato, INDAP quedará facultado para poner término anticipado al contrato y/o hacer efectivo el instrumento financiero de garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato, sin perjuicio del cobro de las multas adeudadas, de acuerdo al Procedimiento para la aplicación de sanciones que se establece a continuación. 17.3. PROCEDIMIENTO SANCIONATORIO (MULTAS Y TÉRMINO ANTICIPADO) INDAP notificará al contratante mediante correo electrónico dirigido a la casilla electrónica que indique en el Anexo N° 1 de estas Bases o en su defecto el que tenga registrado en el Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contratación Pública, www.mercadopublico.cl y/o en el Registro de Proveedores, la intención de cursar una multa o término anticipado de contrato, según corresponda mediante correo electrónico, indicando la causal de que se trata e indicando que el prestador tiene un plazo de 5 días para deducir sus descargos si procediere. El contratante podrá reclamar o presentar sus descargos a INDAP, dentro del quinto (5°) día hábil contado desde la notificación anteriormente indicada, mediante solicitud escrita enviada a través de correo electrónico a la dirección opartes15@indap.cl, la que deberá ser fundada. INDAP resolverá la reclamación presentada por el contratante dentro del decimoquinto (15°) día hábil, acogiendo los fundamentos presentados, o bien rechazándolos y dando por terminado el contrato, lo que deberá ser aprobado mediante acto administrativo fundado, debidamente tramitado, y posteriormente notificado al contratante mediante correo electrónico, adjuntando la resolución fundada correspondiente. Se hace presente que contra la resolución que aplica la sanción, proceden los recursos consagrados en la Ley N° 19.880, los que deberán interponerse dentro de los plazos legales, ante el Director Nacional de INDAP, sin perjuicio de que el contratante pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime oportuno. En los casos de término anticipado por resciliación o mutuo acuerdo entre las partes no regirá este procedimiento sin perjuicio de que deberá suscribirse un instrumento que dé cuenta de dicho acuerdo, el que deberá ser aprobado mediante el respectivo acto administrativo.
ADMINISRADOR DEL CONTRATO
INDAP, con el objeto de coordinar y controlar el correcto cumplimiento administrativo de las obligaciones del proveedor, designará a la Jefatura de Fomento en calidad de administrador contractual o quien ésta designe para tales efectos, quien tendrá al afecto las siguientes facultades-responsabilidades: • Supervisar y controlar el desarrollo de los servicios contratados, velando por el estricto cumplimiento de sus objetivos y de los plazos acordados para su ejecución. • Colaborar con el contratante en el ámbito de sus competencias, poniendo a su disposición lo necesario para la buena ejecución del contrato. • Analizar el avance y resultados de las diferentes actividades, supervisando los servicios, planteando al contratante las observaciones y/o recomendaciones que se estime pertinentes. • Resolver cualquier problema o situación no prevista de acuerdo a los criterios y determinaciones estipuladas por INDAP. • Autorizar los pagos programados, debiendo corroborar el cumplimiento tanto de lo especificado en las bases técnicas de licitación, como de las obligaciones laborales y previsionales que correspondan respecto de los trabajadores del contratante
SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN
ACCESO A LA INFORMACIÓN: “El oferente seleccionado” solo tendrá acceso a la información institucional relevante que sea necesaria para prestar el servicio para el que ha sido contratado, lo que será determinado y documentado por el Encargado de Seguridad de la Información Institucional. OBLIGACIONES Y CONFIDENCIALIDAD: “El oferente seleccionado” estará obligado a cumplir con la normativa de seguridad de la información de INDAP, de acuerdo a las políticas y procedimientos establecidos, incluida la Resolución Exenta N° 000417, de la Dirección Nacional de 2012, que aprueba la Política de Seguridad de la Información Institucional y la Resolución Exenta N° 140417, de la Dirección Nacional de 2012, que Establece infracciones al Sistema de Seguridad de la Información. Asimismo, “El oferente seleccionado” deberá mantener la confidencialidad de la información personal que pueda llegar a conocer sobre los funcionarios o beneficiarios de INDAP, así como también de procedimientos, ideas, productos, servicios, procesos y nombres de personas, instituciones y empresas que utilizan los productos y servicios de INDAP. De esta forma, “El oferente seleccionado” no podrá, sin el consentimiento expreso manifestado por escrito por INDAP, usar para el beneficio propio o de cualquier otra persona, empresa o corporación, divulgar, publicar o comunicar cualquier secreto o información confidencial, que pudo haber adquirido o pueda adquirir o conocer en razón de este contrato. NO DIVULGACIÓN: “El oferente seleccionado” estará obligado a mantener la información confidencial en estricta reserva y no revelar ningún dato de la información, relacionada o no, sin el consentimiento previo y escrito de INDAP. Para ello, “El oferente seleccionado” deberá instruir al personal que estará encargado de recibir la información confidencial de propiedad de INDAP, debiendo suscribir el correspondiente acuerdo de confidencialidad si fuere necesario, de su obligación de recibir, tratar y usar la información que reciban como confidencial y destinarla únicamente para los fines por lo cuales se contratará el servicio. Asimismo, “El oferente seleccionado” podrá divulgar la información confidencial únicamente a las personas autorizadas para su recepción dentro de la organización; a tratar confidencialmente toda la información recibida directa o indirectamente de INDAP, y no utilizar ningún dato a un objeto distinto del contrato; y no manejar, usar, explotar, o divulgar la información confidencial a ninguna persona o entidad por ningún motivo en contravención a lo dispuesto en este instrumento. PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES: “El oferente seleccionado” de acuerdo a lo establecido en la Ley N° 19.628, SOBRE PROTECCIÓN DE LA VIDA PRIVADA, deberá dar estricto cumplimiento a las leyes sobre protección de datos de carácter personal, asegurando su confidencialidad, Y a no transferirlos o cederlos, salvo en aquellos casos en que la legislación vigente así lo indique. AUDITORÍA Y SUPERVISIÓN: INDAP, podrá auditar los procesos y servicios que el proveedor se obliga a realizar por este acto. La responsabilidad de administrar las relaciones con “El oferente seleccionado” se asigna al Encargado de Seguridad de la Información Institucional, quien debe monitorear y revisar regularmente los servicios definidos en el presente contrato. El monitoreo y revisión de los servicios debe garantizar que los términos y condiciones de seguridad de la información se respeten y que los incidentes y los problemas de seguridad de la información se gestionen correctamente. En caso de observarse deficiencias en la prestación de servicios, se deben tomar las medidas necesarias para corregir el problema. En caso de subsistir, será una causal de término anticipado del contrato. GESTIÓN DE CAMBIOS: En caso de que las partes determinen realizar cambios a la provisión de servicios por parte del “El oferente seleccionado”, se deberán mantener o mejorar las políticas de seguridad de la información, así como los procedimientos y controles específicos, considerando la criticidad de la información del negocio, los sistemas y procesos involucrados y la reevaluación de los riesgos.
PROPIEDAD INTELECTUAL
Se entenderá por “Propiedad Intelectual” todos aquellos procedimientos o métodos de elaboración, inventos o descubrimientos, patentes, modelos, diseños y dibujos industriales, secretos industriales o comerciales, nombres de dominio, obras, programas computacionales, datos, bases de datos, conocimientos, know-how, marcas comerciales y signos distintivos y, en general, cualquier bien material o inmaterial y/o derechos e intereses relacionados con la creación intelectual, estén o no protegidos bajo las leyes de propiedad intelectual y/o industrial. “El oferente seleccionado” no podrá publicar, reproducir, adaptar, ejecutar o comunicar públicamente, comercializar, descompilar, manipular, entregar a terceros y/o utilizar o explotar la Propiedad Intelectual de INDAP, sino en los términos y en las condiciones que al efecto se han establecido por este instrumento. Las partes acuerdan expresamente que la totalidad de los derechos de propiedad intelectual sobre toda recomendación, idea, técnica, know-how, diseño, metodología, software desarrollado por o para INDAP u otra información técnica, sobre el producto final o de alguna de sus etapas de desarrollo, corresponden a INDAP. Asimismo, toda información que se genere como parte de la prestación de servicios de implantación, será propiedad de INDAP. Toda la documentación que se genere como parte de la prestación de servicios, ya sea en formato Microsoft Word, PowerPoint, Excel, Project, Adobe PDF, etc., deberá presentarse exclusivamente con la imagen corporativa de INDAP. Finalmente, el oferente seleccionado se obliga a no inscribir a su nombre cualquier proceso, etapa, proyecto o producto originado con ocasión o a causa del servicio contratado en cualquier Registro del país.
ORDEN DE PRELACIÓN
En caso de existir algún aparente inconveniente o se viere alguna contradicción en los instrumentos que regulan la presente contratación, se declara que legalmente el orden de prelación normativo es el siguiente: 1. Ley 19.886 y su reglamento. 2. Bases de Licitación, respuestas a consultas y aclaraciones. 3. Contrato si lo hubiere. 4. Oferta del Adjudicatario.
BASES TÉCNICAS

Las Normas Técnicas y Procedimientos Operativos del Programa de Asociatividad Económica – PAE, aprobadas por Resolución Exenta N° 0070-039160/2023 de fecha 17 de octubre de 2023, de la Dirección Nacional de INDAP, forman parte integrante de la presente Licitación y del Contrato que se suscriba con el Consultor.

  1. OBJETIVO Y DESCRIPCIÓN DE LOS SERVICIOS

El objetivo principal de la contratación de estos servicios es asesorar en los ámbitos del Programa de Asociatividad Económica - PAE, al GRUPO PRE ASOCIATIVO DENOMINADO PUKKU, conformada por un grupo de usuarias de INDAP y que demanda los servicios de este programa. Se espera con ello mejorar la gestión empresarial del negocio asociativo (desempeño operacional, económico y financiero), diseñar y acompañar el desarrollo de una estructura organizacional acorde a los objetivos comunes de los productores y el mercado al cual se vinculan y mejorar los procesos de producción, transformación y comercialización que requiera el negocio asociativo.

Antecedentes Generales del Grupo Pre-asociativo PUKKU

El Grupo Pre-asociativo PUKKU tiene como objetivo “Desarrollar una empresa asociativa campesina permitiendo que este grupo informal mejore el desarrollo del negocio, la estructura organizacional y la articulación con el mercado, contribuyendo al desarrollo económico de la agricultura familiar campesina e indígena”.

El rubro principal del Grupo Pre-asociativo PUKKU es la elaboración y venta de artesanía en fibra textil de alpaca.

El Grupo Pre-asociativo PUKKU está conformado actualmente por 4 artesanas, ubicadas en las comunas de Putre y principalmente General Lagos, de la región de Arica y Parinacota, pero todas cuentan con sus talleres de producción textil en la comuna de Arica.

La producción actual se concentra en producción de ponchos, chales, bufandas, ruanas, guantes, gorros, boinas y cuellos.

Actualmente las artesanas cuentan con equipamientos de elaboración de prendas y accesorios en sus respectivos talleres.

Respecto de los principales mercados de destino de sus productos, estos se concentran en el mercado local, regional y nacional. En el mercado local: Mercados Campesinos, tiendas especializadas y venta individual. Igualmente se tiene experiencia como proveedor intermediario a un canal exportador.

Actualmente, el GRUPO PRE ASOCIATIVO DENOMINADO PUKKU tiene como objetivos en el corto (1 año) y mediano plazo (2 a 4 años), tanto en el ámbito comercial (potenciales productos, nuevos mercados, innovaciones, etc.) como organizacional (formalización, por ejemplo):

-          Acceder a nuevos mercados y nuevos poderes compradores.

-          Realizar ventas asociativas de manera formal.

-          Afianzar la identidad del grupo mediante la venta formal y potenciar su marca.

-          Contar con apoyo para gestiones empresariales del negocio.

-          Fortalecer capacidades técnicas

-          Aperturar nuevos productos

-          Fortalecer el grupo para empoderar a nuestras artesanas.

Se espera con ello desarrollar al GRUPO PRE ASOCIATIVO DENOMINADO PUKKU a través de la contratación de profesionales detallados en las presentes Bases.

Finalmente, se espera a través de esta Asesoría, en el marco del Programa de Asociatividad Económica, transformar la actividad artesanal en un negocio sostenible, aumentando el valor agregado de la fibra de alpaca, formalizando el grupo y mejorando el acceso a mercados de mayor valor (artesanía fina).

  1. ACTIVIDADES A DESARROLLAR

El oferente deberá en su Oferta Técnica explicitar en detalle la propuesta de asesoría, teniendo en consideración abordar de forma estratégica las siguientes áreas. Es importante que señale cómo espera abordar estos temas, en forma y fondo:

i. Actualización diagnóstica (A,B,C,D)

Con la finalidad de que el consultor que inicie la ejecución con el Grupo Pre-Asociativo y se impregne de información, se requiere que, mediante la aplicación de metodologías, se chequee y conozca de primera fuente el estado actual de la organización. Es recomendable en estos casos, contar con una recopilación y sistematización de información base de del Grupo Pre-asociativo PUKKU, en aspectos organizacionales, productivos, comerciales, financieros y económicos que permita conocer adecuadamente el negocio de la organización, con sus limitaciones, riesgos, desafíos y potencialidades.

Por tanto, la consultoría debe entregar como producto un documento diagnóstico que dé cuenta del funcionamiento de la organización en los siguientes aspectos.

A.- Desarrollo Organizacional y legal:

  1. Corroborar cumplimiento normativo referente al negocio asociativo.
  2. Identificar el tipo de liderazgo considerando la situación actual de la organización.
  3. Pronunciarse respecto de la capacidad de gestión de la empresa y sus limitaciones.
  4. Catastrar otros temas considerados importantes a expertiz del consultor.
  5. Chequeo de cumplimiento de certificaciones que requiere el negocio asociativo.

Esto pretende entregar información referente a posibles limitaciones, problemas o riesgos ante incumplimientos en los ámbitos señalados. De este producto se espera que el consultor en su expertiz entregue sugerencias de mejora y corrección si procede, y a posterior en el plan de trabajo establezca líneas de acción en este tenor.

B.- Producto: en el ámbito productivo.

  1. Disponer de información referente a la tipificación y cuantificación de la oferta productiva de TODOS LOS RUBROS (según el negocio que corresponda del Grupo Pre-asociativo)
  2. Establecer la temporalidad de la producción
  3. Identificar los volúmenes de producción en el(los) último(s) año(s) y su proyección para la nueva temporada productiva, tanto de la organización como de los socios en forma individual (socios como proveedores y generadores de materia prima).
  4. Determinar brechas productivas que pongan en peligro el logro colectivo.
  5. Dimensionar inversiones que limiten el crecimiento y desarrollo, cuantitativamente.
  6. Determinar asesorías especializadas que actualmente pueden limitar el progreso de la empresa y otorgar soluciones viables a través del programa PAE, entendiendo que el consultor debe manifestar la voluntad de sumar expertices para ir cerrando brechas.
  7. Revisar y actualizar listado de socios proveedores y de externos a la organización que permita establecer una tipificación y cuantificación de la oferta productiva, temporalidad, porcentaje de la producción individual que cada socio entrega a la empresa, entre otros.

 

C.- Producto: en el ámbito comercial - económico, respecto del negocio actual

  1. Corroborar, identificar e indicar las unidades de negocio que maneja la organización.
  2. Elaborar el lienzo CANVAS como parte de la asesoría y efectuar los ajustes necesarios entendiendo que el negocio es dinámico.
  3. Analizar la cartera de clientes y proveedores actuales y eventuales visualizados por la organización.
  4. Describir el modelo de negocios que se utiliza hasta el momento o que se pretende implementar.
  5. Respecto del mercado actual (fortalezas, amenazas, debilidades, limitaciones)
  6. Tipos de certificaciones y/o permisos necesarios que implica el emprendimiento que puede ser una amenaza al logro de los objetivos colectivos, tales como propender al cumplimiento de exigencias legales sanitarias (Resolución sanitaria) consideradas en el mercado.
  7. Chequear e indicar si la organización a la fecha dispone de flujos con ingresos y egresos que permitan disponer de indicadores que sirvan de base de inicio los siguientes 2 años de ejecución.

D. Producto: en el ámbito Financiero

  1. Realizar una revisión de la información financiera de la organización en los años de vida, identificando claramente su nivel de activos y pasivos.
  2. Revisión de sistema tributario, nivel de control y cumplimiento normativo.
  3. Indicar ratios financieros si es posible construirlos en base a la información entregada por la organización. De no poder efectuarlo de acuerdo a la información levantada, el consultor debe informar esta imposibilidad.

De este producto se espera disponer de una respuesta de cada uno de los ítems y subitem.

En el acceso a financiamiento:

  1. Generar la correcta articulación con fondos de SSPPP Otro apoyo (especificar): Se esperan realizar las siguientes actividades:

De este producto se espera disponer de una respuesta de cada uno de los ítems y subitem.

ii. Plan de Negocios

Respecto del Plan de Negocios se deberá corroborar su coincidencia con la actualización diagnóstica y realizar las mejoras y ajustes que procedan.

iii. Plan de trabajo

El plan de trabajo ajustado y validado deberá ser presentado una vez se disponga de los resultados de los productos anteriores.

INDAP proveerá de Formato tipo, que podrá ser complementada por el consultor (contiene carta Gantt).

Con todos los antecedentes del diagnóstico y requerimientos que se presentan se debe proponer un plan de trabajo o intervención, de acuerdo a la expertiz del consultor, atingente a los rubros priorizados.

En primera instancia el cronograma que se presente en la propuesta técnica, el consultor(a) en su expertiz, debe indicar las actividades a desarrollar durante los 24 meses efectivos de ejecución, de la presente licitación.

Estos 3 productos (i, ii e iii) deberán ser entregados a la organización asesorada y para ello debe existir un verificador de su entrega y presentación. Se debe privilegiar efectuar esta entrega y análisis en conjunto con la organización y en presencia de un funcionario de INDAP.

Importante: INDAP proveerá de un formato tipo para el plan de trabajo, que además contiene una derivación hacia metas, con sus correspondientes indicadores y verificadores, que serán parte del proceso de evaluación de desempeño del consultor, que derivará en la continuidad para un nuevo periodo. Es una co-construccción de las metas de del Grupo Pre-asociativo PUKKU entre el asesor y la organización, para un nuevo periodo licitatorio de 2 años.

3. RECEPTORES DEL SERVICIO

Grupo Pre-asociativo de artesanas en fibra de alpaca denominado PUKKU, conformado por 4 artesanas, usuarias de INDAP, que desean desarrollar un negocio asociativo, con un fin comercial.

4. APOYOS REQUERIDOS, PRODUCTOS Y ACTIVIDADES A DESARROLLAR Y PERFIL PROFESIONAL DEL EQUIPO ASESOR

4.1. APOYOS REQUERIDOS

Los apoyos requeridos deben responder al cumplimiento de los objetivos de la Grupo Pre-asociativo PUKKU descritos en el punto 1 de las presentes bases técnicas. Por cuanto, se requiere abordar los siguientes apoyos al Grupo Pre-asociativo PUKKU:

Ámbito comercial:

  • Ejecución directa del plan de negocios.
  • Apoyar la gestión comercial actual y otras que surjan en el desarrollo de programa PAE.
  • Fortalecer las capacidades productivas en calidad de proveedores de la organización
  • Propender a la estandarización de calidad de los productos solicitados por clientes actuales.
  • Apoyar todo el proceso comercial de los actuales canales de venta.
  • Prospección de nuevos mercados.

Desarrollo Organizacional

  • Realizar un plan de desarrollo organizacional que permita la mejora continua, mayor comunicación, desarrollo de la base societaria, mejora de productos y servicios.
  • Fortalecer la participación efectiva de todas las integrantes de la organización.
  • Educación financiera básica para que las artesanas entiendan y conozcan los resultados de sus negocios como proveedores y como persona jurídica.

Ámbito Jurídico y/o tributario

  • Capacitación en ámbitos jurídicos y tributarios que conlleva una Grupo Pre-asociativo, que permita la formación correspondiente de cada uno de los asociados para que así ellos puedan contribuir con conocimiento y de forma efectiva al desarrollo de la Grupo Pre-asociativo. Temáticas a abordar: compromisos tributarios, tenencia de la tierra, inscripción de aguas, entre otros de interés de ellos.

4.2. PRODUCTOS Y ACTIVIDADES A DESARROLLAR

La información del Grupo Pre-asociativo PUKKU, que se adjunta, contiene información respecto a lo que ellas como organización estiman que necesitan. Pero esto se fundamentará, priorizará o será sujetos de cambios y nuevas propuestas, de conformidad con el grupo de artesanas, al término de la primera temporada de ejecución de este Programa.

Por tanto, se requieren las siguientes intervenciones para la organización:

Apoyos requeridos por Grupo Pre-asociativo de artesanas en fibra de alpaca denominado PUKKU” por año de ejecución:

 

Año 2026

a) Apoyo en la formalización ante el Servicio Impuesto Interno cumpliendo con la legislación vigente hacia una Empresa Asociativa Campesina, y otras entidades públicas,

b)  Definir plan de negocio asociativo, consolidar y mejorar aspecto de comercialización y venta.

c) Gestión, organización, financiamiento y ejecución del 1er Taller: en Técnicas de Teñido, el que considere la entrega de todos los materiales de apoyo a la actividad formativa/técnica, tallerista, logística, es decir, toda la implementación necesaria para la ejecución de taller.

d) Desarrollo organizacional; apoyo para instalar y desarrollar capacidades en las artesanas, que permitan fortalecer la estructura de la empresa, a través de talleres de fortalecimiento organizacional.

e) Desarrollo de nuevos mercados.

f)  Desarrollo de estrategia de marketing digital.

g) Formación permanente en gestión administrativa, comercial, tributaria, RRSS, entre otras.

h) Apoyo la articulación a fuente de financiamiento público y privado tales como Indap, SERCOTEC, CORFO, CULTURA, Banco Estado u otras fuentes.

i)   En el levantamiento diagnóstico inicial, se podrá priorizar, o realizar ajustes necesarios para la óptima ejecución de la asesoría, de conformidad con el grupo de artesanas.

Año 2027

a)       Ejecución del Plan de trabajo y del Plan de Negocios validado.

b)       Gestión, organización, financiamiento y ejecución del 2do Taller: Competencias del Negocio.

c)       Desarrollo de la estrategia de marketing digital y catálogo de productos.

d)       Gestión, organización, financiamiento y ejecución del 3er Taller: Terminaciones y embalajes el que considere la entrega de todos los materiales de apoyo a la actividad formativa/técnica, tallerista, logística, es decir, toda la implementación necesaria para la ejecución de taller.

e)       Gestión, organización, financiamiento y ejecución del 1era Gira Nacional, la que se espera desarrollar en la zona centro- sur de Chile, con una duración no menor a 4 días, donde asisten las 4 artesanas. Se deja constancia que existe disponibilidad de aporte propio, conforma lo que señala las bases administrativas.

f)        Gestión, organización, financiamiento y ejecución del 1era EXPO Artesanías Pukku, la que se espera desarrollar en la ciudad de Arica. Esta actividad se podría enmarcar como un showroom, desfile de modas, exposición de prendas, etc.

g)       Gestión, organización, financiamiento y ejecución de la Participación en Feria de Artesanía o similar, la que se espera desarrollar en la zona central del país. Se considera participar en 2 ferias, las cuales pueden ser: Feria Internacional de Arte Popular (Concepción), Feria de la Semana Valdiviana (Valdivia), Feria UC (Santiago). En cada feria participarían 2 artesanas, con una duración no menor a 15 días. Se deja constancia que existe disponibilidad de aporte propio, conforma lo que señala las bases administrativas.

h)       Desarrollo organizacional; apoyo para instalar y desarrollar capacidades en los socios que permitan fortalecer la estructura de la empresa, a través de talleres de fortalecimiento organizacional.

Año 2028

a)       Ejecución del Plan de trabajo y del Plan de Negocios validado.

b)       Gestión, organización, financiamiento y ejecución del 4to Taller: Competencias del Negocio.

c)       Desarrollo de la estrategia de marketing digital y catálogo de productos.

a)       Gestión, organización, financiamiento y ejecución del 5to Taller Técnicas para mejorar estándares de exportación mediante una cadena de valor responsable, el que considere la entrega de todos los materiales de apoyo a la actividad formativa/técnica, tallerista, logística, es decir, toda la implementación necesaria para la ejecución de taller.

d)       Gestión, organización, financiamiento y ejecución del 1era Gira Internacional, la que se espera desarrollar en Perú, por un plazo no inferior a 5 días. Deseable visitar Puno y alrededores.

e)       Gestión, organización, financiamiento y ejecución del 2da EXPO Artesanías Pukku, la que se espera desarrollar en la ciudad de Arica.

f)        Desarrollo organizacional; apoyo para instalar y desarrollar capacidades en los socios que permitan fortalecer la estructura de la empresa, a través de talleres de fortalecimiento organizacional.

4.3. PERFIL PROFESIONAL DEL OFERENTE

Perfil profesional del equipo técnico

Los profesionales que se presenten en la propuesta deben disponer de experiencia mínima demostrable en asesoría en la agricultura Familiar Campesina (AFC) y/o microempresas.

En la etapa de actualización diagnóstica y de ajuste o generación del plan de negocios, es necesario contar con un profesional con experiencia a la labor, sin embargo, posterior a dicha fase se estima que el mínimo de profesionales son:


  • 1 profesional base, que tendrá el rol de GESTOR COMERCIAL, y será el Coordinador. Este profesional será el apoyo técnico y comercial con mayor participación en la ejecución del Programa.

  • 1 Profesional del Área social, para el trabajo en desarrollo organizacional, conforme las acciones aprobadas en el Plan de Trabajo.
  • Para los talleres específicos del rubro, se podrá proponer un tallerista/artesano/capacitador, con experiencia verificable en el rubro de artesanía en fibra textil de alpaca.

Perfil profesional del equipo técnico

A. Profesional del Área comercial, con experiencia en el trabajo con agrupaciones campesinas, apoyo organizacional y búsqueda de nuevos productos y valor agregado a los ya existentes, que tendrá el rol de Gestor Comercial.

PROFESIONAL BASE (1)

ROL: Gestor Comercial

Profesional del Área Comercial, Ingeniero Comercial, Ingeniero en Administración de empresas. Ingeniero agrónomo, agronegocios, agroindustrial, con experiencia de a lo menos tres años demostrable en gestión y/o administración de negocios agrícolas. Será el principal apoyo articulador del negocio asociativo, que deberá tener una expertiz comercial para los productos del Grupo Pre-asociativo. Este profesional además deberá cumplir un rol de coordinación del equipo de trabajo propuesto.

Tiempo de dedicación: Se solicita que este profesional mantenga un contacto permanente con la Representante del Grupo y/o con el grupo de artesanas para dar respuesta a los problemas inmediatos.

El tiempo de dedicación se cuantifica de apoyo a lo menos 12 horas semanales.

Perfil:

  • Experiencia previa en trabajo con la Agricultura Familiar Campesina e Indígena, en gestión de comercialización de productos agropecuarios, deseables en el área de artesanía y gestión de proyectos de comercialización en el rubro.
  • Experiencia previa deseable en el rubro de artesanías textil alpaca.
  • Experiencia previa con trabajo para organizaciones, ya sean Empresas Asociativas Campesinas o Grupos Pre-Asociativos.
  • Conocimiento general de la cadena comercial del rubro objeto del servicio (artesanía textil alpaca)
  • Profesional proactivo, persistente, ordenado y con capacidad para gestionar.
  • Habilidad para relacionarse con agricultores, Ejecutivos de eventuales empresas compradoras, funcionarios INDAP y otros Servicios Públicos.
  • Experiencia deseable en desarrollo de estrategias de marketing digital y ventas, construcción de catálogos de marca, entre otros.
  • Manejo de Excel nivel intermedio.

Funciones:

Ser gestor comercial: acompañar todo el proceso de comercialización del Grupo Pre-asociativo, durante el periodo de ejecución del programa, apoyando el proceso de formalización del Grupo, generando y modelar otros negocios eventuales, entregando una visión amplia respecto a los costos y operatoria que implica cada una de las unidades de negocios. Se adjunta funciones del gestor comercial:

  • Diagnóstico y Plan de Acción: Analizar la capacidad productiva actual del grupo y elaborar un plan de trabajo comercial.
  • Formalización Comercial: Gestionar la formalización de la EAC- Empresa Asociativa Campesina, considerando el fortalecimiento de la marca colectiva, fijación de precios y formalización de la venta.
  • Búsqueda de Clientes: Identificar y contactar boutiques, concept stores, plataformas de comercio justo, entre otros.
  • Gestión de Ventas: Gestionar pedidos, stock y cobros, asegurando el cumplimiento de tiempos de entrega.
  • Desarrollo de Producto: Asesorar en diseño, estandarización de tallas/medidas, acabados y empaque para mejorar el valor percibido.
  • Ser el coordinador e interlocutor con INDAP Regional y de Área y para la organización.
  • Responsable de otorgar respuestas oportunas y participar en reuniones convocadas por INDAP.
  • Otras funciones emanadas del negocio del Grupo Pre-asociativo.
  • Entregar los antecedentes para las rendiciones, en formato físico en dependencias de INDAP (obligación que será incluida en el contrato que se suscriba con el consultor adjudicado)
  • Mantener una cuantificación de la oferta actualizada, manteniendo un sistema de control compartido con los integrantes del grupo, que permita observar los cambios y dinámica productiva del grupo y sus integrantes.
  • Apoyar en la planificación de la producción de los integrantes de la agrupación en concordancia con la demanda y oportunidades de negocio.
  • Mantener y asesorar para un correcto registro administrativo (ingresos y egresos, margen).
  • Explorar y representar económica y financieramente la(s) unidad(es) de negocios que tiene y/o pretende la agrupación.
  • Apoyar a mantener el control del negocio.
  • Apoyar la gestión Grupo Pre-asociativo y los procesos administrativos y financieros correspondientes.
  • Articulación y búsqueda de fuentes de financiamiento y generación de proyectos según necesidades de la agrupación (instrumentos públicos y/o privados de fomento)
  • Apoyo administrativo para mejorar la logística de la empresa.
  • Contar con movilización propia y salud compatible

Competencias Clave

  • Gestión Comercial y Ventas: Identificación de nichos de mercado (premium, comercio justo), desarrollo de marca, estructuración de catálogos y estrategias de precios.
  • Apoyo Asociativo: Acompañamiento en el paso de producción individual a la asociativa, fomento de la organización y empoderamiento comunitario.
  • Conocimiento Textil: Valoración de materias primas naturales (lana, lino, fibras locales), procesos de tejido y estándares de calidad artesanales.
  • Marketing y Ferias: Organización de participación en eventos feriales, gestión de redes sociales y puntos de venta físicos.
  • Negociación con Enfoque Social: Habilidades para lograr acuerdos comerciales justos que beneficien directamente a las artesanas.

Habilidades Blandas

  • Empatía y sensibilidad cultural.
  • Liderazgo y trabajo en equipo.
  • Capacidad para resolver conflictos.
  • Resiliencia y comunicación asertiva.

B. Profesional del Área Social, con experiencia en el trabajo de apoyo organizacional

PROFESIONAL APOYO A LA PROPUESTA TECNICA (NO SE CONSIDERA COMO PROFESIONAL BASE PERMANENTE)

ROL: Gestor Organizacional

Deseable Profesional del Área Social, con experiencia en desarrollo y fortalecimiento organizacional.

Tiempo de dedicación: Relativo a las acciones de apoyo al fortalecimiento organizaciones a entregar (talleres, charlas, gestiones, entre otras).

Perfil:

  • Experiencia previa en trabajo con la Agricultura Familiar Campesina e Indígena, experiencia en desarrollo y fortalecimiento organizacional, desarrollo comunitario y enfoque de género.
  • Experiencia previa con trabajo para organizaciones, ya sean Empresas Asociativas Campesinas o Grupos Pre-Asociativos.
  • Con experiencia en el acompañamiento técnico y humano de grupos productivos vulnerables.
  • Con conocimientos deseables en dinamizar procesos de autogestión, gobernanza interna y cohesión grupal en organizaciones de mujeres artesanas.
  • Deseable experiencia en facilitar procesos de empoderamiento con grupos de mujeres rurales y artesanas, fomentando el liderazgo, la asociatividad y la autogestión.
  • Orientado/a a la sostenibilidad de proyectos productivos con un enfoque ético y de comercio justo.

Funciones:

Ser gestor organizacional: apoyar el fortalecimiento organizacional del Grupo Pre-asociativo, durante el periodo de ejecución del programa,

  • Elaborar, gestionar y liderar los talleres fortalecimiento organizacional.
  • Apoyar el proceso de construcción diagnóstica, identificando brechas en su área.
  • Gestionar la instalación de competencias en el marco de su rol.

Habilidades Blandas

  • Empatía y sensibilidad cultural.
  • Liderazgo y trabajo en equipo.
  • Capacidad para resolver conflictos.
  • Resiliencia y comunicación asertiva.

C. Tallerista/artesano/capacitador, con experiencia verificable en el rubro de artesanía en fibra textil de alpaca

  • La participación de otros profesionales o técnicos será parte de la propuesta de valor del oferente.

El Consultor deberá asumir un rol potenciador, motivador y habilitante de las capacidades de gestión del grupo. Es de su responsabilidad generar metodologías de trabajo pertinentes, que promuevan y refuercen la participación de los productores en el proceso. Cada una de las acciones que desarrollo deberá entenderse como parte de un proceso educativo y progresivo, que permita a los productores que reciben el servicio, fortalecer sus capacidades para potenciar sus iniciativas de negocio.

5. GESTIÓN DE LOS SERVICIOS

Algunas consideraciones para la gestión de servicios que deben ser considerados por el oferente que se adjudique la licitación:

  • Servicios presenciales o remotos (conexión VPN u otro): se debe privilegiar los servicios presenciales, salvo en aquellas instancias que justifiquen actividades remotas y considerando que el receptor de los servicios (socios de las Grupo Pre-asociativos) disponga también de los elementos necesarios.

  • Provisión de los equipos y medios tecnológicos necesarios para la prestación de los servicios (notebook, PC, Tablet, etc.): el consultor debe considerar disponer de los equipos y medios tecnológicos necesarios para realizar las actividades.

  • Horario de los servicios: se debe privilegiar efectuar los servicios en horario de oficina de lunes a viernes, el cual deberá ser acordado previamente con el Grupo Pre-asociativo, para procurar el seguimiento institucional.

  • El oferente debe garantizar que el servicio sea prestado en todo momento por los profesionales que presente en su propuesta, debiendo contar con personal de reemplazo en caso de ausencia por cualquier causa. Dicho personal de reemplazo debe cumplir con el mismo perfil y experiencia de la persona que está reemplazando.

- Para ausencia temporal de más de 3 días hábiles, ya sea por licencia médica u otra razón fundada, el plazo para reemplazar al integrante del equipo será de 5 días hábiles.

- Para ausencia permanente, ya sea por renuncia u otra razón imprevista, el plazo para reemplazar al integrante del equipo será de 10 días hábiles.

En caso de incumplimiento de los plazos indicados precedentemente, el oferente será sancionado por cada día de atraso con las multas establecidas en las presentes bases de licitación, para estos efectos, esto se considerará parte de las obligaciones del oferente.

6. EXPERIENCIA DEL OFERENTE

Los oferentes deben tener experiencia comprobada en la prestación de los servicios de en la pequeña agricultura y/o microempresas.

Los oferentes deberán detallar su experiencia en los Anexos N° 3 y N°4, siguiendo el formato y las instrucciones allí indicadas.

CONSIDERACIONES ADICIONALES GENERALES

Con el fin de conservar la integridad y no perder la objetividad e imparcialidad de la relación asesor-asesorado, para prestar el servicio de este programa, la consultora seleccionada no podrá contratar los servicios profesionales o de expertiz de socios de la misma organización asesorada. Sin embargo, no restringe que el consultor le(s) contrate para prestar servicios a otras Empresas Asociativas Campesinas asesoradas por ellos en la misma u otra comuna.

El consultor se debe de responsabilizar en mantener la Grupo Pre-asociativo vigente ante el DAES y SII, con todo lo que ello signifique, como, por ejemplo, apoyar para la junta general de socios anual, que se debe ejecutar dentro de los primeros 6 meses de cada año y posteriormente cumplir con los protocolos establecidos para ellos.

Disposición de integrar asesorías especializadas: entendiendo que el diagnóstico de asesoría, entregará las líneas de trabajo a priorizar y con ello eventualmente requerir otras especialidades profesionales, se espera que la consultora u oferente que se adjudique la propuesta pueda considerar incorporar otros profesionales para fines específicos que escapan de su competencia. Esta disposición deberá ser expresado explícitamente en la propuesta técnica – económica.

Al finalizar el primer periodo de 24 meses, una vez que se evalúe el desempeño de la consultora, se otorgue la recomendación de continuidad según metodología establecida para el Programa de Asociatividad Económica - PAE, con la satisfacción de la organización o grupo y disponibilidad presupuestaria de INDAP, la consultora deberá presentar un equipo profesional con las capacidades acorde a los nuevos requerimientos que se generarán a partir de los resultados del primer periodo del eventual contrato proveniente de la presente licitación.

Ante eventual continuidad, de acuerdo a la normativa, la intervención quedará supeditada al resultado obtenido del proceso de asesoría, donde en base al Plan de Negocio se deberá elaborar el Plan anual de trabajo correspondiente, que se deberá presentar previo a la firma de la carta anexa de contrato y se refrendará y podrá sufrir modificaciones y ajustes conforme a la situación imperante de inicio del 2do periodo, este contendrá las actividades, cronograma y responsables de la ejecución.

Productos e intervenciones

Presentación de Plan de trabajo para el segundo año, acorde al Plan de Negocio Ejecución del Plan de trabajo durante el segundo año.

El financiamiento, montos de cuotas, números de cuotas y los productos a presentar en cada una de ellas quedarán detallados y estipulados en el respectivo anexo al contrato.

El monto a considerar en los años siguientes de ejecución del contrato (en caso de otorgar continuidad), estará supeditado a la evaluación de desempeño de la consultora, y a la disponibilidad presupuestaria de INDAP. El incentivo anual se definirá de acuerdo a las actividades que se definan en el PTA y en ningún caso podrá superar el incentivo máximo indicado en la Norma Técnica del Programa de Asociatividad Económica, la cual es parte integrante de estas bases de licitación.



10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.