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CONDICIONES Y ACLARACIONES DE LA LICITACIÓN |
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El oferente participante deberá examinar todas las instrucciones, condiciones y especificaciones que figuran en estas Bases de Licitación, las cuales constituyen la única fuente de información para la preparación de la propuesta. Si el oferente omite suministrar toda la información requerida en los documentos de licitación, o presenta una propuesta que no se ajuste en todos los aspectos a estos documentos, el riesgo será de su cargo, y el resultado será el rechazo de la misma.
Cualquier oferente puede solicitar aclaraciones sobre estas Bases de Licitación, tanto de carácter técnico como de índole administrativo, mediante comunicación escrita a INDAP, vía Sistema Mercado Público en el plazo indicado en el numeral 4 de las presentes Bases Administrativas de Licitación. INDAP dará respuesta en forma general, sin identificar su origen, a las solicitudes que reciba dentro de los plazos indicados en esta licitación, a través de su publicación en el Sistema Mercado Público.
Las respuestas señaladas serán parte integrante de las presentes Bases de Licitación, siendo responsabilidad de cada interesado tomar el debido conocimiento de las mismas. Con todo, INDAP se reserva el derecho de no contestar aquellas consultas que a su juicio sean inconducentes o no correspondan directamente al proceso licitatorio.
INDAP podrá efectuar a iniciativa propia, aclaraciones a las Bases de Licitación, para precisar el alcance, complementar o interpretar algún elemento de su contenido que, a su juicio, no haya quedado suficientemente claro y dificulte la obtención de buenas propuestas. Estas aclaraciones se harán llegar en la misma forma y oportunidad que las respuestas a las consultas. En el caso que estas aclaraciones impliquen modificar las presentes Bases de Licitación, dicha modificación deberá ser aprobada mediante la correspondiente Resolución fundada, sometida a la misma tramitación administrativa que la Resolución que haya aprobado las Bases de Licitación.
Se entenderá que cualquier aclaración, así como las respuestas a las preguntas formuladas por los oferentes contribuye a determinar el alcance y sentido de las Bases de Licitación y, en tal condición, deberán ser consideradas por los oferentes en la preparación de sus propuestas.
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INSTRUCCIONES PARA LA PRESENTACIÓN DE OFERTAS |
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El oferente participante deberá ingresar en el portal www.mercadopublico.cl los siguientes antecedentes:
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Anexos Administrativos
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- Anexo N° 1-A Antecedentes administrativos
- Todos los proveedores para ofertar al proceso de licitación deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la “Declaración Jurada ausencia conflicto de intereses e inhabilidades por condena
- Antecedentes que acrediten experiencia en el rubro
- Carta de presentación que contenga, Nombre oferente, domicilio, Teléfono, Correo electrónico, RUT y Datos bancarios como banco, tipo y numero de cuenta.
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Anexos Técnicos
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Los oferentes deberán ingresar su Oferta Técnica, según el formato del Anexo N°2 de estas Bases de Licitación, adjuntando los documentos de respaldo que sean necesarios para acreditar la información entregada o complementarla, ideal presentar modalidad de trabajo, carta Gantt u otro
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Anexos Económicos
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Los oferentes deberán ingresar su Oferta Económica, como monto neto, para efectos de operación del Sistema.
En caso que el oferente no pague impuestos por los servicios contratados deberá indicarlo expresamente en su propuesta, liberando a INDAP de toda responsabilidad en caso de error.
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Vigencia de las Ofertas
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Las ofertas deben tener una vigencia mínima de 90 días corridos.
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Observaciones
- Para participar en la presente Licitación, los oferentes no deben encontrarse dentro de los casos de impedimentos e inhabilidades establecidos en la Ley, específicamente:
- Ley N° 19.886, artículo 4°, incisos 1° y 7°.
- Decreto N° 250 de 2004, Reglamento de la Ley N° 19.886, artículo 22°, número 9.
- Ley N° 19.728.
- Ley N° 20.393, artículos 8° y 10°.
- Decreto Ley N° 211 de 1973, artículo 26°, letra d.
- Lo anterior se acreditará mediante la declaración simple que deben obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la “Declaración Jurada ausencia conflicto de intereses e inhabilidades por condena, sin perjuicio de las facultades de INDAP de verificar esta información, en cualquier momento, en los registros pertinentes (Mercado Publico).
- Los oferentes deberán financiar todos los costos relacionados con la preparación y presentación de su oferta, por lo que INDAP, no será responsable en caso alguno de ellos.
- Los oferentes deberán constatar que el envío de su oferta a través del portal electrónico de compras públicas haya sido realizado con éxito, incluyendo todos los anexos y documentos solicitados en las Bases de Licitación, para ello se debe verificar el posterior despliegue automático del “Comprobante de envío de Oferta” que se entrega en dicho sistema, el cual puede ser impreso por el proponente para su resguardo.
- Las únicas ofertas válidas serán las presentadas a través del portal electrónico de compras públicas. No se aceptarán ofertas que se presenten por un medio distinto al establecido en las Bases. Será responsabilidad de los oferentes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus ofertas.
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REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD |
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En el evento que un oferente al momento de la Apertura Electrónica no presente la documentación y/o alguno de los anexos exigidos en estas Bases de Licitación, contará con un plazo máximo de 48 horas, a contar de la fecha de la notificación de la falta de antecedentes que INDAP deje en el Sistema de Información, para presentarlos a través del mismo Sistema, siempre que dicha documentación se haya producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 40 del Reglamento de la Ley N° 19.886. Esta situación será considerada en la tabla de definición de rangos y asignación de puntajes establecida en las presentes Bases de Licitación, asignando puntaje 0 (cero) en el factor a evaluar experiencia del oferente.
Transcurrido el plazo antes señalado y ante la no presentación de cualquiera de los antecedentes indicados en el presente párrafo, o éstos presenten errores o no se subsanen las observaciones o se presenten otros errores, será causal para que se declare inadmisible la oferta del licitante, mediante resolución fundada debidamente tramitada.
Sin perjuicio de lo anterior, no existirá esta posibilidad respecto de los siguientes antecedentes:
• Declaración Jurada ausencia conflicto de intereses e inhabilidades por condena, que deben confirmar y firmar obligatoriamente al momento de ofertar.
• Anexo N°2 " Oferta Técnica" (se debe proponer modalidad de trabajo, entre otros)
En el caso que se omita la presentación de estos antecedentes, la oferta será excluida del proceso de evaluación y será declarada inadmisible, debido a que se trata de antecedentes de carácter excluyente. Por tal motivo, su presentación no será considerada en la tabla de definición de rangos y asignación de puntajes establecida en las presentes Bases de Licitación. Lo anterior, tiene por objeto salvaguardar el principio de igualdad entre los oferentes; así como el principio de eficiencia procedimental y económica.
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PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN |
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Las propuestas serán evaluadas por un equipo interno de INDAP en calidad de Comité Evaluador, integrado por funcionarios de Dirección Regional, en base a los siguientes criterios:
En primer lugar, se analizará el cumplimiento de las exigencias formales y de contenido establecido en las Bases de Licitación, es decir, si todos los documentos y antecedentes exigidos efectivamente han sido aportados y si el contenido de la propuesta corresponde a lo solicitado. El equipo revisor estará conformado por:
Jorge Silva Sáez, C.I. N° 17.095.692-3
Pamela Villanueva Malebran C.I. N° 13.413.258-2
Manuel Infante Geraldo C.I. N° 16.226.916-k
La evaluación se efectuará a través de un análisis económico y técnico de cada una de las ofertas, para lo cual, INDAP se remitirá a los criterios de evaluación definidos en las presentes Bases de Licitación, para proceder con la evaluación, considerando la tabla de definición de rangos y asignación de puntajes establecidas a partir de la siguiente tabla.
TABLA DE DEFINICIÓN DE RANGOS Y ASIGNACIÓN DE PUNTAJES
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Criterios técnicos de evaluación
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Ponderación
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Criterio 1
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Experiencia en el rubro
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25%
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Criterio 2
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Plan de trabajo
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30%
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Criterio 3
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Visita a terreno
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25%
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Criterio 4
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Propuesta económica
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20%
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Criterio 1–Experiencia del oferente en el rubro licitado (Ponderación 25%):
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Descripción
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Puntaje
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El Oferente tiene una experiencia acreditada de más de 6 años en servicios similares
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100 puntos
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El Oferente tiene una experiencia acreditada de 3 a 6 años en servicios similares
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70 puntos
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El Oferente tiene una experiencia acreditada menos de 3 años en servicios similares
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30 puntos
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No entrega información ni antecedentes / El oferente no tiene experiencia acreditada en servicio similar.
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0 punto
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Criterio 2.- Plan de Trabajo (30%).
Se analizará el plan de trabajo o carta Gantt que contemple los requerimientos establecidos en las Bases Técnicas de Licitación. El criterio de ponderación de este parámetro, se hará efectuando un análisis a cada etapa del plan propuesto para dar satisfacción a los servicios requeridos por INDAP. (ANEXO 2)
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Descripción
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Puntaje
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Presenta Excelente Plan de Trabajo acorde a lo requerido
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100 puntos
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Presenta Plan de Trabajo acorde y consistente a lo requerido.
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70 puntos
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Presenta Plan de Trabajo Básico
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30 puntos
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No presenta consistencia el Plan de Trabajo /No Presenta
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0 punto
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Criterio 3.- Visita a terreno (oficinas) (25%).
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Descripción
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Puntaje
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Se presentó y firmo a las dos visitas a terreno (Arica y Putre)
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100 puntos
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Se presentó y firmo la asistencia a una visita a terreno (Arica)
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50 puntos
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No se presenta a las visitas a terreno
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0 puntos
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Criterio 3 – Oferta Económica (Ponderación 20%):
Para Ia evaluación de este criterio, se considerará y comparará el precio de Ia oferta, con el menor precio ofertado en la presente licitación para cada uno de dichos servicios, mediante Ia siguiente fórmula:
PUNTAJE PRECIO = (Precio Mínimo Ofertado / Precio Oferta) x 100
Una vez evaluadas las propuestas se confeccionará un Acta especificando la ponderación obtenida por los oferentes participantes en el proceso de evaluación y selección de las propuestas, suscrita por los integrantes del Comité Evaluador.
Mecanismos de resolución de empates
Se entenderá por empate cuando haya igualdad de puntaje entre dos o más propuestas una vez evaluada técnica y económicamente todas aquellas que hayan sido presentadas válidamente. Los criterios de desempate son los siguientes:
- En primer lugar se seleccionará a aquel oferente que presente el mayor puntaje en la sumatoria de los criterios técnicos de evaluación visita a terreno
- En segundo lugar, en caso de persistir la igualdad entre dos o más propuestas, se escogerá a aquel oferente que presente mayor puntaje en la sumatoria de los criterios técnicos de evaluación plan de trabajo
- En tercer lugar, en caso de persistir igualdad entre dos o más propuestas luego de haber aplicado los criterios de los dos párrafos precedentes, se escogerá a aquel oferente que oferte experiencia en el rubro
- En cuarto lugar, en caso de persistir igualdad entre dos o más propuestas luego de haber aplicado los criterios de los tres párrafos precedentes, se escogerá a aquel oferente que haya ingresado en primer lugar su propuesta a la plataforma mercado Público.
INDAP se reserva el derecho de requerir a los oferentes participantes información aclaratoria de sus propuestas, sin afectar su trato igualitario y que signifique nuevas exigencias o requisitos no contemplados inicialmente en las Bases de Licitación, de acuerdo a lo contemplado en el Artículo 40 del Reglamento de Compras y Contrataciones Públicas.
Como resultado de su evaluación, la Comisión Evaluadora emitirá un informe técnico y económico, proponiendo al Director Nacional de INDAP la recomendación de adjudicación al oferente que haya presentado la propuesta más ventajosa, considerando los criterios de evaluación con sus correspondientes puntajes y ponderaciones, establecidos en estas Bases y en el Reglamento de la Ley N° 19.886;y/o la sugerencia de declarar inadmisibles las propuestas que no hayan cumplido los requisitos establecidos en las Bases de Licitación; o la proposición de declarar desierto el proceso licitatorio, en el caso que no se presenten propuestas o éstas no fuesen convenientes a los intereses de INDAP. En cualquier caso, tanto la adjudicación como la declaración de inadmisibilidad y la declaración de licitación desierta, deben ser aprobadas por Resolución Fundada.
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ADJUDICACIÓN DE LA LICITACIÓN |
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INDAP adjudicará la presente licitación al oferente que obtenga el mayor puntaje de la aplicación de los criterios de evaluación, y que cumpla con todos los requisitos exigidos en estas Bases de Licitación. Determinado el oferente seleccionado dentro del plazo previsto en las Bases de Licitación, INDAP notificará vía Sistema Mercado Público a dicho oferente que su propuesta ha sido aceptada. El oferente seleccionado quedará sometido al estricto cumplimiento de las obligaciones que se derivan de estas Bases de Licitación y de la presentación de su oferta.
La adjudicación de esta licitación se realizará por Resolución fundada del Director Regional de INDAP, en la que se especificarán los criterios de evaluación y puntajes que permitieron la adjudicación del oferente seleccionado y los antecedentes anexos del proceso de evaluación y selección de las propuestas. Dicha Resolución se dictará en el plazo señalado en el Calendario de Actividades del proceso licitatorio.
Esta Resolución, junto a los anexos mencionados en el párrafo anterior, se publicarán oportunamente en el Sistema Mercado Público, a fin de que los oferentes participantes tomen conocimiento de los criterios de evaluación que hayan permitido al adjudicatario obtener la calificación de oferta más conveniente. Asimismo, se publicará la resolución fundada que declare la inadmisibilidad y/o la declaración de desierto del proceso.
En caso de que no sea posible realizar la adjudicación dentro del plazo señalado en estas Bases de Licitación, INDAP informará en el Sistema Mercado Público las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicará un nuevo plazo para la adjudicación.
INDAP no podrá adjudicar la licitación a una oferta que no cumpla con las condiciones y requisitos establecidos en estas Bases. En consecuencia, no podrán adjudicarse ofertas de Oferentes que se encuentren inhabilitados para contratar con las Entidades Públicas u ofertas que no emanen de quien tiene poder suficiente para efectuarlas representando al respectivo Oferente, sin perjuicio de la ratificación posterior que se realice en conformidad a la ley.
Si el adjudicatario se desistiere de firmar el contrato, o de aceptar la orden de compra a que se refiere el inciso primero del artículo 63 del Reglamento de la Ley N° 19.886, o no cumpliese con las demás condiciones y requisitos establecidos en estas Bases para la suscripción o aceptación de los referidos documentos, INDAP podrá, junto con dejar sin efecto la adjudicación original, adjudicar la licitación al Oferente que le seguía en puntaje, dentro del plazo de 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original.
Mecanismos para solución de consultas respecto a la adjudicación.
En caso que los oferentes no adjudicados en el proceso licitatorio deseen efectuar consultas respecto al resultado del proceso de adjudicación y de sus antecedentes anexos, éstas deberán ser dirigidas mediante correo electrónico a minfante@indap.cl, el cual entregará la respuesta y/o aclaración respectiva en un plazo máximo de cinco (05) días hábiles posteriores al día de efectuada la consulta.
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ANTECEDENTES LEGALES PARA LA SUSCRIPCIÓN DE CONTRATO |
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El plazo para la suscripción del contrato es de 30 días hábiles contados desde la fecha de la Resolución que aprueba la adjudicación.
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PERSONA NATURAL
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Debe encontrarse inscrito y en estado hábil en Registro de Proveedores de Mercado Público.
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Fotocopia de su cédula de identidad.
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Anexo N° 1-A Antecedentes administrativos
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AnexoN°1-B Declaración jurada
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PERSONA JURÍDICA
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Las sociedades acogidas a la Ley N° 20.659 que simplifica la constitución, modificación y disolución de las sociedades comerciales deberán acreditar su constitución con indicación de su(s) representante(s) legal(es) con los siguientes certificados:
- Certificado de Vigencia
- Certificado de estatutos actualizados.
- Certificado de anotaciones en su caso.
Los certificados correspondientes pueden ser obtenidos desde el portal www.tuempresaenundia.cl
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Debe encontrarse inscrito y en estado hábil en Registro de Proveedores de Mercado Público.
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Copia de la Escritura en que conste la personería del representante Legal.
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Certificado de Vigencia de la Sociedad expedido por el Conservador de Comercio, cuya vigencia no deberá ser mayor a 60 días corridos.
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Copia de la Escritura Pública de Constitución de la Sociedad y de sus modificaciones, si las hubiere.
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Anexo N° 1-A Antecedentes administrativos
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AnexoN°1-B Declaración jurada
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UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES (UTP)
La Unión Temporal de Proveedores, estará conformada por personas naturales y/o jurídicas. Para tal efecto, los integrantes deberán suscribir un documento que formalice la unión, el cual deberá materializarse por escritura pública, de acuerdo a lo establecido en el artículo 67 bis del DecretoSupremoN°250 que aprueba el Reglamento de la Ley N°19.886. La UTP deberá autorizar a un representante legal común para que ejerza a su nombre todos los derechos y cumplan todas las obligaciones de la Unión Temporal de Proveedores frente a INDAP respecto al servicio a contratar que refieren las presentes Bases de licitación. No obstante, todos los socios serán responsables solidariamente del cumplimiento de las obligaciones que surjan del servicio a contratar.
Las causales de inhabilidad contempladas en las presentes Bases y en la legislación vigente, para la presentación de las ofertas, formulación de propuestas o para la suscripción del contrato, afectarán a cada uno de los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores, individualmente considerados.
Para la presentación de las Ofertas la Unión Temporal de Proveedores deberá cumplir con las siguientes reglas especiales y acompañar los siguientes antecedentes:
a. Presentar un Anexo en que todos y cada uno de los oferentes integrantes de la Unión Temporal de Proveedores, deberá designar entre sus miembros, a un representante común, con facultades suficientes para actuar en el proceso licitatorio en representación de todos ellos.
b. Cada uno de los participantes de la Unión Temporal de Proveedores deberán presentar el Anexo N° 1-A Antecedentes administrativos y Anexo N° 1-B Declaración jurada.
c. Al momento de la presentación de ofertas, los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores determinarán los antecedentes que presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar u omitir información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de ésta. En el caso que uno de los miembros de la Unión sea inhábil y ésta decidiera excluirlo del presente proceso, y continuar con su propuesta, se excluirán asimismo los antecedentes que el participante inhábil hubiese presentado para la evaluación.
En caso de ser adjudicada la presente licitación a una Unión Temporal de proveedores, ésta deberá cumplir y acompañar los siguientes antecedentes:
a. La Unión Temporal de Proveedores obligará de manera solidaria a sus integrantes, como consecuencia de lo cual, el Instituto de Desarrollo Agropecuario podrá exigir a cualquiera de sus miembros, indistintamente, el cumplimiento total de las obligaciones contratadas, cualquiera sea su naturaleza.
b. Al momento de contratar, todos los miembros de la Unión Temporal de Proveedores deberán encontrarse inscritos en el Registro de Proveedores de Mercado Públicoen el plazo indicado en las presentes bases.
c. La vigencia de la Unión Temporal de Proveedores deberá ser, a lo menos equivalente a la vigencia del contrato derivado de la presente licitación, incluyendo la renovación que se contemple en virtud de lo dispuesto en el artículo 12 del Reglamento de Compras y Contrataciones Públicas.
Las Uniones Temporales de Proveedores deberán cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 67 bis del Decreto N° 250, el que fue incorporado conforme a lo establecido en el Decreto N° 1410, de 2015, que modifica el Decreto Supremo N° 250, de 2004, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 19.886, de Bases sobre Compras y Contrataciones Públicas.
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OBSERVACIONES
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Si el oferente seleccionado se encuentra Inscrito en el Registro de Proveedores de Mercado Público con la información requerida en las presentes Bases de Licitación, quedará exento de la presentación de dichos antecedentes en soporte papel, salvo en los casos que se refiere a documentación no incluida en dicho Registro.
Se deja constancia que, para celebrar el contrato, el oferente seleccionado deberá estar inscrito en el Registro de Proveedores de Mercado Público y sólo deberá presentar la documentación señalada en el numeral 7 de las Bases Administrativas de Licitación en el caso que no estén disponibles o la información publicada en tal registro tenga una vigencia que exceda los 60 días corridos, en los casos que así se solicita. La no entrega oportuna y fidedigna de dichos documentos permitirá a INDAP hacer uso de la facultad de readjudicación al segundo oferente mejor evaluado.
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MECANISMO DE ACREDITACIÓN DE CUMPLIMIENTO DE REMUNERACIONES O COTIZACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL (SALDOS INSOLUTOS)
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El oferente seleccionado deberá acreditar al momento de la suscripción del contrato el cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social, para esto deberá encontrarse en Estado Hábil en el Registro de Proveedores de Mercado Público para contratar con Organismos Públicos.
Cabe señalar que a través del Registro de Proveedores de Mercado Público se realizará un control permanente de la habilidad que mantiene el oferente seleccionado durante la vigencia del contrato, en relación al cumplimiento de las causales definidas en el artículo 92 de inhabilidades e incompatibilidades establecidas en el Reglamento de la Ley Nro. 19.886 de compras y contrataciones públicas.
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GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO |
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Monto de la Garantía
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1.080.000 pesos chilenos.
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Fecha de vencimiento de la garantía
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Seis (6) meses posteriores a la fecha de término del Contrato
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Garantías válidas
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La Garantía de Fiel, Oportuno y Cabal Cumplimiento del Contrato deberá asegurar el cobro de la misma, de manera rápida y efectiva, de acuerdo a lo previsto en el artículo 68 del Reglamento de la Ley de Compras Públicas, entre las que se cuentan:
- Boleta Bancaria a la vista e irrevocable.
- Póliza de Seguro a la vista e irrevocable.
- Certificado de Fianza a la vista e irrevocable.
- Vale a la Vista
Esta garantía podrá ser tomada por un tercero a nombre del proponente.
Esta garantía de fiel cumplimiento del contrato se podrá acompañar tanto en formato físico como electrónico, a opción del oferente.
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Glosa
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Garantiza el fiel, oportuno y cabal cumplimiento de Contrato de “SUMINISTRO DE SERVICIO DE ASEO DE INMUEBLES Y VEHÍCULOS INSTITUCIONALES EN LA CIUDAD ARICA Y COMUNA DE PUTRE DE INDAP-REGIÓN DE ARICA Y PARINACOTA, ADEMÁS ADMINISTRAR EL INGRESO A LA CASA DE HUÉSPED UBICADO EN LA CIUDAD DE ARICA.”,
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A nombre de
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Instituto de Desarrollo Agropecuario
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RUT
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61.307.000-1
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Fecha de entrega
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Deberá presentarse al momento de la firma del contrato.
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Observaciones
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Esta garantía se otorgará para caucionar el cumplimiento de todas las obligaciones que se imponen al oferente seleccionado y el Contrato, pudiendo ser ejecutada unilateralmente por la vía administrativa por INDAP, si procede alguna de las causales estipuladas en las Bases de Licitación, a través de la dictación de la correspondiente Resolución Fundada del Director Regional de INDAP.
La garantía será devuelta si procediere, con posterioridad al término del servicio, previo cumplimiento de las obligaciones contractuales y extracontractuales entre las partes.
Todo gasto que irrogue la mantención de la garantía será de cargo del oferente seleccionado y ésta es la responsable de realizar los trámites para mantenerla vigente por el período que cauciona. La garantía deberá ser renovada por igual período en caso de prórroga o renovación del Contrato. El no cumplimiento de este trámite será motivo para que INDAP ponga término anticipado al Contrato.
El oferente seleccionado podrá ser sancionado por INDAP con el cobro de la Garantía de Fiel, Oportuno y Cabal Cumplimiento del Contrato, en los siguientes casos:
- No cumplimiento en forma reiterada de los servicios exigidos en el Contrato.
- Por haber sido sometido a un procedimiento concursal de liquidación o encontrarse en estado de notoria insolvencia, a menos que se mejoren las cauciones entregadas.
- Incumplimiento de una instrucción técnica.
- Cuando se ponga término anticipado al contrato por las causales indicadas en las letras B, C y E del punto 15. ‘Término anticipado de Contrato’ de las presentes Bases de Licitación, salvo la letra E.8.
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PLAZOS DE EJECUCIÓN, APROBACIÓN Y TÉRMINO DEL CONTRATO |
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Vigencia del Contrato
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Doce (12) meses, a contar de la total tramitación del acto administrativo que apruebe el contrato.
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Renovación
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Podrá renovarse con acuerdo de ambas partes por un periodo máximo de hasta 12 meses en iguales condiciones, siempre que se den razones fundadas y por escrito. La renovación que pueda producirse será sancionada mediante el correspondiente acto administrativo. De efectuarse la renovación señalada precedentemente, el Contrato terminará automáticamente, sin necesidad de aviso previo, una vez transcurrido en totalidad el plazo de doce meses contemplado para dicha renovación.
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Término del Contrato
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El contrato podrá terminarse por la llegada del plazo estipulado para su ejecución, o bien por la total utilización del presupuesto asignado para esta contratación, o bien podrá terminarse anticipadamente por las causales establecidas en el punto 15. ‘Término anticipado de Contrato’ de las presentes Bases de Licitación.
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Modificación de Contrato
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INDAP podrá modificar de común acuerdo con el oferente seleccionado el contrato ya suscrito si así lo requiere.
Las modificaciones al contrato podrán efectuarse con la finalidad de lograr un mejor cumplimiento de los objetivos del contrato o de hacerse cargo de situaciones imprevistas, ocurridas durante la ejecución del contrato y que incidan en su normal desarrollo. Las modificaciones deberán ser requeridas y aprobadas por la contraparte técnica de INDAP y podrán afectar el precio del contrato en hasta un 20% de su valor total.
En todo caso, las modificaciones del contrato siempre deberán constar en un instrumento suscrito por ambas partes, el que deberá ser aprobado mediante la correspondiente Resolución fundada, sometida a la misma tramitación administrativa que la Resolución que haya aprobado el contrato.
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Readjudicación
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INDAP podrá, en caso que el oferente originalmente seleccionado rehúse suscribir el contrato, no entregue la garantía de fiel, oportuno y cabal cumplimiento del mismo, se desista de su oferta, o sea inhábil para contratar con el Estado de acuerdo a los términos de la Ley Nro. 19.886 y su Reglamento, adjudicar al oferente que le siga en puntaje de acuerdo a la evaluación de las propuestas, quien deberá cumplir con las exigencias establecidas en las Bases de Licitación, y así sucesivamente entre los oferentes evaluados por orden de puntaje obtenido, hasta llegar al tercer lugar si fuese necesario, o declararla desierta.
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Subcontratación
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No se prohíbe la subcontratación en los términos establecidos en el artículo 183 A y siguientes del Código del Trabajo.
INDAP no será solidariamente responsable de las obligaciones laborales y previsionales de dar que afecten a los contratistas en favor de los trabajadores de éstos, incluidas las eventuales indemnizaciones legales que correspondan por término de la relación laboral, ya que INDAP hará ejercicio de los derechos de información y retención que le otorga la Ley N° 20.123/2006. Por lo anterior, el contratista tendrá la obligación de informar a INDAP sobre el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que le correspondan respecto a sus trabajadores. El monto y estado de cumplimiento de dichas obligaciones laborales y previsionales deberá ser acreditado mediante certificados emitidos por la respectiva Inspección del Trabajo, o bien por medios idóneos que garanticen la veracidad de dicho monto y estado de cumplimiento, de acuerdo a lo establecido por el Ministerio del Trabajo y Previsión Social. En el caso que el contratista no acredite oportunamente el cumplimiento íntegro de las obligaciones laborales y previsionales en la forma señalada, INDAP podrá retener de las obligaciones que tenga a favor, el monto adeudado, el que estará obligado a pagar a los trabajadores o institución previsional acreedora, según corresponda.
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PRESUPUESTO Y FORMA DE PAGO AL OFERENTE ADJUDICADO |
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Presupuesto Disponible
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21.600.000 IVA incluido.
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Forma de Pago
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Pagos mensuales
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Aprobación de pago
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Aprobación del jefe de Administración y Finanzas de la totalidad de los Servicio esperado, especificados en las Bases Técnicas de Licitación y previa emisión de la respectiva Orden de Compra.
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Facturación
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Una vez que se haya recibido conforme los servicios solicitados, por parte de la contraparte técnica, ésta procederá a indicar al oferente seleccionado, que puede emitir y enviar el documento electrónico de cobro correspondiente, de manera de proceder al pago respectivo. Para esto la Factura deberá ser remitida junto a su archivo xml a la casilla de correo dipresrecepcion@custodium.com.
En caso que el Oferente seleccionado emita Boletas de Honorarios, seguirán el mismo procedimiento y deberán ser remitidas al correo opartes15@indap.cl
En caso que se adjudique algún oferente como UTP, deberá ser el mismo quien emita el documento tributario, el cual se señala claramente en la Orden de Compra.
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Observación
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El pago será efectuado por parte de la Tesorería General de la República, y se realizará preferentemente a través de transferencia electrónica, para lo cual el oferente deberá enviar por única vez, un correo electrónico a la casilla opartes15@indap.cl señalando los antecedentes para efectuar la operación, tales como: número de cuenta corriente, Banco, RUT del oferente seleccionado, razón social, mail y número telefónico de la persona encargada de recibir el comprobante de depósito efectuado, en caso de que no se envíen los antecedentes bancarios el pago se realizara con cheque y este se enviara por carta certificada a la dirección inscrita en servicios de impuestos internos.
En el caso de que el pago sea con Boleta de Honorarios, éste lo efectuará la Institución, dentro de un plazo máximo de 30 días corridos desde la fecha de recepción conforme de los servicios por parte de la contraparte técnica quién será el encargado de solicitar la emisión de dicha boleta de honorarios, para lo cual el oferente deberá enviar por única vez, un correo electrónico a la casilla opartes15@indap.cl señalando los antecedentes para efectuar la operación, tales como: número de cuenta corriente, Banco, RUT de oferente seleccionado, razón social, mail y número telefónico de la persona encargada de recibir el comprobante de depósito efectuado
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TÉRMINO ANTICIPADO DE CONTRATO |
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El contrato podrá terminarse anticipadamente, de conformidad a lo establecido en el artículo 13 de la Ley N° 19.886 y el artículo 77 del Reglamento de la Ley N° 19.886, por las siguientes causas:
- La Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
- El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el “oferente seleccionado”.
- El estado de notoria insolvencia del “oferente seleccionado”, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
- Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
- Las demás que se establezcan en las respectivas bases de la licitación o en el contrato; estableciéndose en el presente las siguientes causas que pudieran ocurrir o revelarse durante toda la vigencia del contrato:
E.1. Si el oferente seleccionado perdiere las certificaciones y autorizaciones necesarias para funcionar en el giro de su actividad, decretada por autoridad competente.
E.2. Si el oferente seleccionado falleciera o se disolviera la entidad contratada. En ambos casos se procederá a efectuar la liquidación del contrato.
E.3. Haber sido condenado el oferente seleccionado por crimen o simple delito.
E.4. Haber sido condenado el oferente seleccionado como consecuencia de incumplimiento de un contrato celebrado con alguna entidad regida por la Ley N° 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministros y Prestación de Servicios, y siempre que no hayan transcurrido dos años a contar desde la fecha de la sentencia.
E.5. Haber sido suspendido el oferente seleccionado o haber sido eliminado del Registro de Proveedores, a través de una resolución fundada de la Dirección de Compras Públicas.
E.6. Si el oferente seleccionado se encontrara en Estado Inhábil para suscribir contratos con Organismos Públicos del Estado, de acuerdo al reporte entregado por el Registro de Proveedores de Mercado Público.
E.7. Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores, o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del periodo de ejecución del presente contrato, con un máximo de seis meses.
E.8. Si los resultados obtenidos de la prestación de los servicios no son los esperados, por lo que continuar con su desarrollo perjudica a INDAP. En este caso, INDAP podrá dar término anticipado al contrato, por causa fundada, mediante carta certificada comunicada a la otra parte, con a lo menos 10 días corridos de anticipación a dicha fecha de término, cancelando al “oferente seleccionado” el valor de lo recibido.
El término anticipado de contrato por cualquiera de las causales aquí establecidas deberá ser formalizado mediante acto administrativo fundado, debidamente tramitado, el que deberá establecer, si correspondiere, el monto que INDAP deba pagar al “oferente seleccionado” por los servicios efectivamente prestados hasta antes de la causal que le pone término al contrato, así como los productos o documentos que el “oferente seleccionado” deba entregar a INDAP.
Lo establecido en esta cláusula, es sin perjuicio de las acciones que INDAP pueda ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos, con la correspondiente indemnización de perjuicios.
Cuando se ponga término anticipado al contrato por las causales indicadas en las letras B, C y E precedentes, el “oferente seleccionado” no tendrá derecho a indemnización alguna, sin perjuicio del cobro de las multas adeudadas.
Se entenderá como incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el “oferente seleccionado” (letra B precedente), entre otras, las siguientes acciones, que serán siempre certificadas por la contraparte técnica de INDAP:
₋ La negativa, sin causa justificada, de prestar cualquiera de los servicios a los que se hubiere comprometido en su oferta, que sean procedentes.
₋ Aplicación de multas por un total acumulado equivalente al 20% del valor del contrato.
₋ Aplicación de multas superando los topes establecidos para cada una de ellas, esto es exceder los cuarenta (40) días hábiles de atraso o incumplir tres (3) obligaciones durante la vigencia del contrato.
Para efectos de terminar anticipadamente el contrato por la causal prevista en la letra B, se aplicará previamente el Procedimiento para término anticipado de contrato por incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el “oferente seleccionado”, el cual se establece a continuación.
Procedimiento para término anticipado de contrato por incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el “oferente seleccionado”
- INDAP notificará al “oferente seleccionado” el término anticipado de contrato mediante carta certificada, indicando el incumplimiento de que se trata y el plazo que tiene el “oferente seleccionado” para deducir su reclamo, si procediere.
- El “oferente seleccionado” podrá reclamar a INDAP, dentro del quinto (5°) día hábil contado desde la notificación anteriormente indicada, mediante solicitud escrita enviada a través de carta certificada, la que deberá ser fundada.
- INDAP resolverá la reclamación presentada por el “oferente seleccionado”, dentro del quinto (5°) día hábil, acogiendo los fundamentos presentados, o bien, rechazándolos y dando por terminado el contrato, lo que deberá ser notificado al “oferente seleccionado” mediante carta certificada y resolución correspondiente.
Fuerza mayor y caso fortuito
₋ Las partes no serán responsables en caso de incumplimiento tardío de las obligaciones contractuales debido a hechos independientes de su voluntad, considerados como fuerza mayor o caso fortuito, en los términos señalados en el Artículo 45 del Código Civil Chileno.
₋ Si el “oferente seleccionado” se ve impedido de cumplir con sus obligaciones contractuales por un evento considerado caso fortuito o fuerza mayor, deberá notificar de ese hecho a INDAP por escrito y en un plazo no superior a cinco (5) días hábiles desde iniciado u ocurrido el hecho que lo ocasiona, y solicitar prórroga para el cumplimiento de la obligación afectada.
₋ La notificación de solicitud de prórroga deberá presentarse acompañada de un informe en el que consten los hechos considerados caso fortuito o fuerza mayor, los cuales deberán estar debidamente fundados, indicando la incidencia que dicha situación tendría en el cumplimiento de los plazos establecidos.
₋ La calificación de la fuerza mayor o caso fortuito, será resuelta por INDAP, mediante resolución fundada sobre la base de los antecedentes que, oportunamente, le proporcione el “oferente seleccionado” y/o aquellos otros que obtenga de terceros, o sean de conocimiento público.
₋ En cualquier caso, si el “oferente seleccionado” no pudiere cumplir con sus obligaciones, procurará atenuar los daños y cumplirá con ellas tan pronto como finalicen los hechos que dieron lugar al caso fortuito o a la causa de fuerza mayor.
₋ Si la causa de caso fortuito o fuerza mayor impidiera al “oferente seleccionado” cumplir con las obligaciones asumidas por más de treinta (30) días, el Contrato se resolverá de pleno derecho.
Término anticipado del contrato por INDAP a una UTP.
Sin perjuicio de las causales previamente establecidas en el presente numeral, son causales de término anticipado de contrato, para el caso de una UTP, las siguientes:
- La constatación de que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. De verificarse tal circunstancia, se remitirán los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica.
- Si uno de los integrantes de la UTP se retira de ésta, y dicho integrante reuniese una o más características objeto de evaluación de la oferta.
- Ocultar información relevante para ejecutar el contrato, que afecte a cualquiera de sus miembros.
- Inhabilidad sobreviniente de alguno de sus integrantes, en la medida que la UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados.
- Disolución de la UTP.
INDAP podrá, además, dar cuenta de tales hechos a la Dirección de Compras y Contratación Pública, para los efectos de que el oferente sea suspendido o eliminado, según corresponda, del Registro Electrónico Oficial de Proveedores de la Administración, de conformidad a los Artículos 92°, 93°, 95° y 96° del Reglamento de la Ley N° 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministros y Prestación de Servicios.
Para efectos de terminar anticipadamente el contrato por alguna de estas causales, se aplicará previamente el Procedimiento para término anticipado de contrato por incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el “oferente seleccionado”, establecido precedentemente.
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SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN |
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ACCESO A LA INFORMACIÓN: “El oferente seleccionado” solo tendrá acceso a la información institucional relevante que sea necesaria para prestar el servicio para el que ha sido contratado, lo que será determinado y documentado por el Encargado de Seguridad de la Información Institucional.
OBLIGACIONES Y CONFIDENCIALIDAD: “El oferente seleccionado” estará obligado a cumplir con la normativa de seguridad de la información de INDAP, de acuerdo a las políticas y procedimientos establecidos, incluida la Resolución Exenta N° 000417, de la Dirección Nacional de 2012, que aprueba la Política de Seguridad de la Información Institucional y la Resolución Exenta N° 140417, de la Dirección Nacional de 2012, que Establece infracciones al Sistema de Seguridad de la Información. Asimismo, “El oferente seleccionado” deberá mantener la confidencialidad de la información personal que pueda llegar a conocer sobre los funcionarios o beneficiarios de INDAP, así como también de procedimientos, ideas, productos, servicios, procesos y nombres de personas, instituciones y empresas que utilizan los productos y servicios de INDAP. De esta forma, “El oferente seleccionado” no podrá, sin el consentimiento expreso manifestado por escrito por INDAP, usar para el beneficio propio o de cualquier otra persona, empresa o corporación, divulgar, publicar o comunicar cualquier secreto o información confidencial, que pudo haber adquirido o pueda adquirir o conocer en razón de este contrato.
NO DIVULGACIÓN: “El oferente seleccionado” estará obligado a mantener la información confidencial en estricta reserva y no revelar ningún dato de la información, relacionada o no, sin el consentimiento previo y escrito de INDAP. Para ello, “El oferente seleccionado” deberá instruir al personal que estará encargado de recibir la información confidencial de propiedad de INDAP, debiendo suscribir el correspondiente acuerdo de confidencialidad si fuere necesario, de su obligación de recibir, tratar y usar la información que reciban como confidencial y destinarla únicamente para los fines por lo cuales se contratará el servicio. Asimismo, “El oferente seleccionado” podrá divulgar la información confidencial únicamente a las personas autorizadas para su recepción dentro de la organización; a tratar confidencialmente toda la información recibida directa o indirectamente de INDAP, y no utilizar ningún dato a un objeto distinto del contrato; y no manejar, usar, explotar, o divulgar la información confidencial a ninguna persona o entidad por ningún motivo en contravención a lo dispuesto en este instrumento.
PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES: “El oferente seleccionado” de acuerdo a lo establecido en la Ley N° 19.628, SOBRE PROTECCIÓN DE LA VIDA PRIVADA, deberá dar estricto cumplimiento a las leyes sobre protección de datos de carácter personal, asegurando su confidencialidad, Y a no transferirlos o cederlos, salvo en aquellos casos en que la legislación vigente así lo indique.
AUDITORÍA Y SUPERVISIÓN: INDAP, podrá auditar los procesos y servicios que el proveedor se obliga a realizar por este acto. La responsabilidad de administrar las relaciones con “El oferente seleccionado” se asigna al Encargado de Seguridad de la Información Institucional, quien debe monitorear y revisar regularmente los servicios definidos en el presente contrato. El monitoreo y revisión de los servicios debe garantizar que los términos y condiciones de seguridad de la información se respeten y que los incidentes y los problemas de seguridad de la información se gestionen correctamente. En caso de observarse deficiencias en la prestación de servicios, se deben tomar las medidas necesarias para corregir el problema. En caso de subsistir, será una causal de término anticipado del contrato.
GESTIÓN DE CAMBIOS: En caso de que las partes determinen realizar cambios a la provisión de servicios por parte del “El oferente seleccionado”, se deberán mantener o mejorar las políticas de seguridad de la información, así como los procedimientos y controles específicos, considerando la criticidad de la información del negocio, los sistemas y procesos involucrados y la reevaluación de los riesgos.
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PROPIEDAD INTELECTUAL |
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Se entenderá por “Propiedad Intelectual” todos aquellos procedimientos o métodos de elaboración, inventos o descubrimientos, patentes, modelos, diseños y dibujos industriales, secretos industriales o comerciales, nombres de dominio, obras, programas computacionales, datos, bases de datos, conocimientos, know-how, marcas comerciales y signos distintivos y, en general, cualquier bien material o inmaterial y/o derechos e intereses relacionados con la creación intelectual, estén o no protegidos bajo las leyes de propiedad intelectual y/o industrial.
“El oferente seleccionado” no podrá publicar, reproducir, adaptar, ejecutar o comunicar públicamente, comercializar, descompilar, manipular, entregar a terceros y/o utilizar o explotarla Propiedad Intelectual de INDAP, sino en los términos y en las condiciones que al efecto se han establecido por este instrumento.
Las partes acuerdan expresamente que la totalidad de los derechos de propiedad intelectual sobre toda recomendación, idea, técnica, know-how, diseño, metodología, software desarrollado por o para INDAP u otra información técnica, sobre el producto final o de alguna de sus etapas de desarrollo, corresponden a INDAP.
Asimismo, toda información que se genere como parte de la prestación de servicios de implantación, será propiedad de INDAP.
Toda la documentación que se genere como parte de la prestación de servicios, ya sea en formato Microsoft Word, PowerPoint, Excel, Project, Adobe PDF, etc., deberá presentarse exclusivamente con la imagen corporativa de INDAP.
Finalmente, el oferente seleccionado se obliga a no inscribir a su nombre cualquier proceso, etapa, proyecto o producto originado con ocasión o a causa del servicio contratado en cualquier Registro del país.
Las partes declaran expresamente que los productos contratados y la propiedad intelectual pertenecen íntegramente a INDAP.
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SANCIONES Y MULTAS |
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INDAP cobrará multas al oferente seleccionado, administrativamente, cuando éste no cumpla con lo estipulado en el contrato que se celebre una vez adjudicada la presente Licitación, siempre que se deba a causa imputable al oferente, en los siguientes términos:
Multas por atrasos de entrega de los servicios.
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Descripción de Gradualidad
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Descuento Porcentual de la Cuota Involucrada
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1 a 3 días hábiles de atraso.
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5%
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4 a 7 días hábiles de atraso.
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10%
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8 a 10 días hábiles de atraso.
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15%
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Dentro de los 2 días hábiles siguientes al vencimiento del plazo de 10 días hábiles por atraso en la entrega de los servicios solicitados, y de no existir respuesta alguna de solución por parte del oferente seleccionado, INDAP aplicará las multas establecidas y descontadas del pago correspondiente.
Multas por incumplimiento que no sean el atraso de entrega de los servicios.
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Descripción de Gradualidad
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Descuento Porcentual de la Cuota Involucrada
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Primera Notificación de Incumplimiento.
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5%
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Segunda Notificación de Incumplimiento (No hay respuesta a Primera Notificación). Plazo de Espera de 3 días hábiles posteriores a Primera Notificación.
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10%
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Tercera Notificación de Incumplimiento (No hay respuesta a Primera ni Segunda Notificación). Plazo de Espera 5 días hábiles posteriores a Primera Notificación.
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15%
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En el caso de transcurrir más de 2 días hábiles después de vencido el plazo de la 3ª notificación por incumplimiento que no sea el atraso de entrega de los servicios, y de no existir respuesta alguna de solución por parte del oferente seleccionado, INDAP aplicará las multas establecidas y descontadas del pago correspondiente.
Si excediese los cuarenta (40) días hábiles de atraso o incumpliera tres (3) obligación es durante la vigencia del contrato, INDAP quedará facultado para poner término anticipado al Contrato y/o hacer efectivo el instrumento financiero de Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento, sin perjuicio del cobro de las multas adeudadas, de acuerdo al Procedimiento para la aplicación de multas que se establece a continuación.
Procedimiento para la aplicación de multas
- INDAP notificará al oferente seleccionado la aplicación de las multas establecidas precedentemente, mediante carta certificada, indicando la causa y el monto de la multa a que da origen el incumplimiento.
- El oferente seleccionado podrá reclamar a INDAP, dentro del quinto (5°) día hábil contado desde la notificación anteriormente indicada, para que deje sin efecto la multa o la rebaje, mediante solicitud escrita enviada a través de carta certificada, la que deberá ser fundada.
- INDAP resolverá la reclamación presentada por el oferente seleccionado, dentro del quinto (5°) día hábil, acogiendo los fundamentos presentados, o bien rechazándolos y cursando la multa respectiva, lo que deberá ser notificado al oferente mediante carta certificada y resolución correspondiente.
- Las multas reguladas en el presente número serán cursadas mediante acto administrativo fundado, debidamente tramitado.
- El pago de las multas que correspondan deberá ser efectuado dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la notificación del rechazo del reclamo o de la procedencia de la multa, mediante dos formas alternativas, a elección de INDAP: descontando el monto de la multa del pago que INDAP deba efectuar al oferente adjudicado en virtud del contrato; o bien, el oferente adjudicado deberá entregar a INDAP un Vale a la Vista nominativo emitido a favor de "Instituto de Desarrollo Agropecuario", R.U.T. 61.307.000-1. En cualquier caso, las multas no podrán superar el 20% del monto total del contrato.
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CONTRAPARTE TÉCNICA Y COORDINACIÓN CON INDAP |
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INDAP se relacionará con el oferente seleccionado, tanto en los aspectos técnicos como operacionales y administrativos, a través del jefe de Administración y Finanzas, o quien ésta designe para tales efectos, para efectuar las siguientes tareas y funciones:
- Supervisar y controlar el desarrollo de los servicios contratados, velando por el estricto cumplimiento de sus objetivos y de los plazos acordados para su ejecución.
- Analizar el avance y resultados de las diferentes actividades, revisando y aprobando los servicios, planteando al oferente seleccionado las observaciones y/o recomendaciones que se estimen pertinentes.
- Resolver cualquier problema o situación no prevista de acuerdo a los criterios y determinaciones estipuladas por INDAP.
- Colaborar con el oferente seleccionado en al ámbito de sus competencias, como asimismo, poner a disposición de la misma las bases y normativas relativas a los programas seleccionados para los presentes servicios.
- Además, facilitar el contacto con los funcionarios de las regiones y áreas de INDAP.
- Autorizar y visar los pagos programados según lo acordado en el contrato y la Resolución aprobatoria del mismo
INDAP coordinará también un mínimo de reuniones que serán convenidas oportunamente y se realizarán durante la ejecución de los servicios contratados.
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BASESTÉCNICAS |
1. Antecedentes Generales.
El Instituto de Desarrollo Agropecuario, INDAP, de acuerdo a lo dispuesto en la Ley N° 18.910, es un servicio funcionalmente descentralizado, de duración indefinida, con personalidad jurídica y patrimonio propio, con plena capacidad para adquirir, ejercer derechos y contraer obligaciones, sometido a la supervigilancia del Presidente de la República, a través del Ministerio de Agricultura. Su misión institucional es “Apoyar el desarrollo de los pequeños productores y productoras agrícolas mediante acciones de fomento productivo, orientadas a la generación y fortalecimiento del capital humano, financiero y productivo, que contribuyan a la superación de la pobreza y a la sostenibilidad y competitividad de la agricultura nacional”.
- Descripción General del Producto y/o Servicio a adquirir.
Las presentes Bases Técnicas de Licitación requieren contratar servicios de “ADMINISTRACIÓN y ASEO DE INMUEBLE, CASA DE HUESPEDES y ASEO DE VEHICULOS EN LA CIUDAD DE ARICA Y COMUNA DE PUTRE, INDAP-REGIÓN DE ARlCA Y PARINACOTA”, las ubicaciones de las oficinas y casa de huésped son las siguientes:
- Dirección Regional, calle Andrés Bello 1593, Arica
- Agencia Área Arica, calle Colombia 435, Arica
- Departamento Casa de Huésped, calle Lastarrias 444, Block BX Depto 32, Arica (depto. De 80 mts2 aprox)
- Agencia de Parinacota, calle Arturo Perez Canto 243, Putre.
Por lo cual el oferente seleccionado deberá comprometerse a ejecutar dichos trabajos en la forma y condiciones de las presentes bases.
3.- Especificaciones Técnicas
INDAP requiere contratar los servicios de ADMINISTRACIÓN y ASEO DE INMUEBLE, CASA DE HUESPEDES y ASEO DE VEHICULOS EN LA CIUDAD DE ARICA Y COMUNA DE PUTRE, INDAP-REGIÓN DE ARlCA Y PARINACOTA.
Es de interés de la institución contar con empresas naturales y/o jurídicas que puedan brindar en forma rápida, oportuna y eficaz la solución a problemas emergentes que ocurran en los inmuebles Institucionales de la Región de Arica y Parinacota.
El servicio se ejecutará en las siguientes oficinas:
1.- Oficinas de la Dirección Regional y Agencia de Área Arica ubicadas respectivamente en Andrés Bello N° 1593 y Calle Colombia N° 435, el horario para las labores de aseo en Colombia 435 (Área Arica) comenzará a partir de las 7:00 am de lunes a viernes, en tanto en Andrés Bello 1593 (Dirección regional) comenzará a las 14:00 horas de lunes y viernes En la agencia de área Parinacota ubicada en calle Arturo Pérez Canto 243, Putre a partir de las 13:30 los días martes y jueves.
2.-Departamento de INDAP, Dpto.32; Block BX, calle Lastarria Nº 444, Arica, según requerimiento en épocas de ocupación. La estadística promedio es de 3 familias por mes que ocupan el departamento.
Para los dos puntos anteriores el oferente adjudicado deberá realizar una rutina de mantención de aseo de una vez por mes con el objeto de una limpieza en profundidad en los tres inmuebles. Días y horario a convenir.
El oferente deberá contar con maquinarias y utensilios de óptimas calidades, de acuerdo al servicio solicitado.
El oferente deberá proporcionar los materiales de aseo, con excepción del papel higiénico, toalla papel y jabón, los cuales serán entregados por la Institución.
Además la administración de la casa de huésped, la cual consiste en manejar un juego de llaves del departamento casa de huésped de INDAP ubicado en la calle Lastarrias 444, block Bx depto. 32, Arica, en donde habitualmente llegan pasajeros a los cuales se les debe hacer entrega presencial de un juego de llaves de la reja de ingreso al conjunto habitacional además de la puerta de ingreso al departamento 32, dicha coordinación de las fechas de llegada de cada pasajero será informada a la administradora con al menos dos días de anticipación, dicha persona deberá entregar inventario y reglamento de uso del inmueble, los horarios para este servicio de administración deben ser de lunes a domingo de 08:00 a 21:00 horas, en forma posterior deberán recuperar el juego de llaves entregado (El horario de retiro de los pasajeros es a las 12 horas).
Cuando INDAP lo señale la administradora deberá dejar productos alimenticios correspondientes a un desayuno proveídos por INDAP en la casa de huésped, siendo de responsabilidad de la administradora hacer retiro de estos alimentos de la Dirección Regional del INDAP previa coordinación.
3.-Adicionalmente el oferente tendrá que realizar la limpieza de 7 vehículos institucionales 5 en la ciudad de Arica y 2 vehículos en la comuna de Putre, los trabajos a realizar mensualmente son:
Semana 1 y 3 aseo general
- Lavado y secado carrocería con shampoo.
- Aspirado de interior.
- Aplicar silicona al interior.
Semana 2 y 4 aseo profundo:
- Lavado carrocería con shampoo y encerado
- Limpieza interior de tablero y pisos.
- Aplicación de silicona donde corresponda.
- Limpieza de vidrios interno y externo.
- Limpieza de neumáticos y aplicación de renovador de goma.
- Lavado de pick up si corresponde.
- Aspirado y limpieza de tapiz interior vehículo.
Horarios y días deben ser común acuerdo de las partes.
3.1 Expectativas Generales de los Servicios
- El oferente seleccionado será responsable de la correcta ejecución de los trabajos encomendadas coordinado correctamente con el Departamento de Administración y Finanzas Regional.
4.- Características técnicas mínimas que debe presentar en su propuesta Técnica
Se establece que la propuesta debe considerar lo siguiente:
- Deben indicar la experiencia.
- La oferta debe indicar el plan de trabajo.
- En la propuesta económica debe indicar el valor neto.
- Cada oferente podrá complementar su oferta proponiendo alternativas de acuerdo a sus consideraciones, aportando con observaciones y antecedentes técnicos que lo avalen.
4.1.-Operatoria de los servicios
INDAP entregará al oferente seleccionado al inicio de la ejecución de determinados servicios, una Orden de Compra que será en base a los servicios y valores ofertados, la cual será generada por el Departamento de Administración y Finanzas Regional a través del Sistema Mercado Publico.
A su vez, cuando se trate de servicios adicionales o extraordinarios a los requerimientos contratados, siempre que se relacione con la licitación, el oferente deberá entregar previamente la cotización que describa los costos y condiciones técnicas requeridas, para su revisión y aprobación de la contraparte técnica y de esta manera el departamento de Administración y Finanzas procederá a realizar la emisión de una Orden de Compra a través del sistema de mercado Publico.
5.- Generalidades.
Las presentes especificaciones técnicas establecen las funciones mínimas que los oferentes del rubro de “ADMINISTRACIÓN y ASEO DE INMUEBLE, CASA DE HUESPEDES y ASEO DE VEHICULOS EN LA CIUDAD DE ARICA Y COMUNA DE PUTRE, INDAP-REGIÓN DE ARlCA Y PARINACOTA.”.
Se prestarán en cumplimiento del contrato que se suscriba entre ambas partes. Sin embargo, las propuestas que presenten los oferentes deberán contener todos los ajustes y adecuaciones al listado de servicios incluidos en los documentos de la licitación, de manera de asegurar a INDAP la entrega de un servicio de la calidad, conforme las mejores prácticas técnicas, garantizando en todo momento la continuidad operacional de las instalaciones.
En tal sentido, será responsabilidad del oferente que se adjudique la licitación, que los distintos servicios y actividades contenidos en su oferta, y por las cuales se extenderá el contrato respectivo, aseguren a INDAP y a ellas mismas que el servicio entregado sea el óptimo, y que cualquier necesidad de incrementar las actividades y/o el personal considerando en su oferta será a su costo, ya que el valor del contrato será el resultante de la licitación y no se modificará bajo circunstancia alguna.
6.- Condiciones y Requisitos Generales
A.- Las presentes especificaciones técnicas tienen como propósito establecer las disposiciones reglamentarias, medios, condiciones y obligaciones que deberá cumplir el oferente seleccionado para la prestación de los servicios solicitados.
B.- INDAP estará exento de toda responsabilidad civil o criminal eventual como consecuencia de los accidentes laborales, de tránsito, daños o desperfectos causados al personal y/o terceros por los trabajos definidos y materia del contrato, según los documentos integrantes de éste.
C.- El oferente seleccionado para los DE ADMINISTRACIÓN y ASEO DE INMUEBLE, CASA DE HUESPEDES y ASEO DE VEHICULOS EN LA CIUDAD DE ARICA Y COMUNA DE PUTRE, INDAP-REGIÓN DE ARlCA Y PARINACOTA, deberán dar pleno cumplimiento a las disposiciones contenidas en la legislación laboral y especifica que regule la materia, sin perjuicio que INDAP, en conformidad a la normativa vigente adopte medidas de control con el fin de verificar dicho cumplimiento.
D.- El oferente seleccionado deberá exigir a sus dependientes reserva absoluta respecto a toda y cualquier información, procedimientos, técnicas o documentación cualquiera sea la forma en que se contenga, o cualquier otro antecedente de propiedad de INDAP o de terceros que se relacionen con él. El oferente seleccionado para la prestación de estos servicios será responsable del cumplimiento de estas obligaciones.
E.- El adjudicatario deberá solo comunicarse con el jefe de Administración y Finanzas de la Dirección Regional de INDAP Arica.
F.- Será responsabilidad del oferente seleccionado proveer a su (sus) trabajador (es) de uniforme (s) y demás elementos necesarios para cumplir eficientemente su labor.
G.- Cada oferente podrá complementar su oferta proponiendo alternativas de acuerdo a sus consideraciones, aportando con observaciones y antecedentes técnicos que la avalen.
ANEXO N° 1-A
ANTECEDENTESADMINISTRATIVOS
RAZÓN SOCIAL (SOLO EMPRESAS):
R.U.T.DE LA EMPRESA:
REPRESENTANTE LEGAL:
R.U.T.DEL REPRESENTANTELEGAL:
DOMICILIO DE LA EMPRESA:
TELÉFONOS:
CORREO ELECTRÓNICO:
ANEXON°1-B
DECLARACIÓN JURADASIMPLE
Yo................................................,R.U.T.......................,en mi calidad de Representante Legal de la empresa.................................................................,R.U.T.............................,en relación a la Licitación Pública para la contratación / adquisición de…,declaro:
- Conocer las Bases de Licitación y aceptarlas en todos sus términos y condiciones.
- No haber sido condenado durante los dos últimos años por prácticas anti sindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, o por delitos concursales en los términos señalados en los artículos 463 y siguientes del Código Penal, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 4°, inciso 1°, de la Ley N° 19.886.
- No participar directamente o como apoderado de terceros, en los casos de impedimentos e inhabilidades señaladas en el artículo 4°, inciso 7°, de la Ley N° 19.886.
- No registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones previsionales con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 22°, número 9, del Decreto N° 250 de 2004, Reglamento de la Ley N° 19.886.
- No mantener deudas por cotizaciones del Seguro de Cesantía de trabajadores dependientes regidos por el Código del Trabajo, cumpliendo así lo establecido en la Ley N° 19.728.
- No encontrarse las personas jurídicas sancionadas por el delito de cohecho en los términos de los artículos 8° y 10° de la Ley N° 20.393, que establece responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos que indica.
- No haber sido sancionado por las medidas establecidas en la letra d del artículo 26° del Decreto Ley N° 211 de 1973 que fija normas para la defensa de la Libre Competencia.
FIRMA
NOMBREREPRESENTANTELEGAL
ANEXO N°2
OFERTATÉCNICA
(Aquí deberá presentar la modalidad de trabajo que realizará, carta Gantt, entre otros)
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