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VISITA A TERRENO |
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Se realizará una visita a terreno que no tiene carácter de obligatoria, pero que tendrá una ponderación en la evaluación. Está será en la fecha y hora señalada en el calendario publicado por el portal www.mercadopublico.cl, para tal efecto, podrá asistir el representante legal o un representante con un poder simple, debidamente firmado, que lo autorice a realizar tal representación, detallando claramente el municipio, nombre del proyecto, numero de ID de mercado público, y fotocopia simple de cedula de identidad del representante legal. Esta persona solo podrá representar a un oferente. El representante que no presente el poder simple no podrá participar en la visita a terreno.
El poder presentado, quedará adjunto a la respectiva acta de visita a terreno, la cual será debidamente informada en la plataforma www.mercadopublico.cl, como otro anexo.
En consideración al pronunciamiento del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia publicado en el diario oficial con fecha 26 de marzo de 2024, en el cual señala de manera textual:
“Las bases de licitación de obra pública municipal no podrán contemplar la realización de visitas técnicas simultaneas entre los oferentes que participen del proceso. La entrega de información de los respectivos procesos licitatorios por la entidad licitante deberá realizarse mediante medios de difusión de información de interés general a través de las mismas bases. Foros, videos, aclaraciones, a través de su publicación en la plataforma que se esté usando en el proceso licitatorio o por medio de cualquier otro mecanismo que resulte idóneo para acotar la entrega de información individual del proceso a cada oferente. En caso de ser imprescindible, las entidades licitantes podrán coordinar la realización de visitas a terreno exclusivamente individuales, debiendo resguardar el principio de igualdad de los oferentes ”.
Cada oferente que desee visitar el terreno deberá coordinar previamente su visita al correo electrónico secplanpuertooctay@gmail.com, donde se le informará el horario correspondiente.
La visita se realizará en la fecha establecida en el portal y a la hora será indicada vía correo electrónico, previa solicitud, comenzando en el punto definido para la ejecución de la obra a licitar.
Las solicitudes de visita podrán realizarse hasta el día anterior a la fecha establecida en el portal, a más tardar a las 16:00 horas.
En caso de que la cantidad de visitas programadas para la fecha indicada exceda la capacidad de atención, se agregará un día adicional a definir con el fin de permitir la participación de todos los oferentes interesados.
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ACLARACIONES |
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Si el oferente estimare que existen dudas o contradicciones en los antecedentes, deberá efectuar las CONSULTAS a través del PORTAL MERCADO PÚBLICO, en los plazos y horarios indicados en éste.
Las aclaraciones municipales y respuestas a las consultas formuladas serán respondidas con la debida oportunidad, a través del PORTAL MERCADO PÚBLICO, en los plazos y horarios que, para estos efectos, serán establecidos en el mismo portal.
NO SE RESPONDERÁN CONSULTAS QUE SE RECIBAN FUERA DEL PLAZO “FECHA FINAL DE PREGUNTAS”, indicado en el Portal.
Las ACLARACIONES MUNICIPALES Y RESPUESTAS A LAS CONSULTAS, serán parte integrante de las presentes Bases y, prevalecerán por sobre éstas. No se admitirá alegación alguna, que diga relación con el desconocimiento de una o más aclaraciones y respuestas municipales a las consultas.
La Municipalidad podrá efectuar, a iniciativa propia, aclaraciones a las Bases, para precisar el alcance, complementar, rectificar, corregir, reemplazar o interpretar algún elemento de su contenido que, a su juicio, no haya quedado suficientemente claro, y dificulte el proceso de formulación de ofertas. En ningún caso se podrán formular aclaraciones con posterioridad al vencimiento del plazo para el cierre de la propuesta si vulnera la igualdad entre los oferentes.
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Resolución de Empates |
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Situación de empate.
El mecanismo de resolución de empate entre los oferentes será establecido según los criterios de evaluación de la comisión evaluadora, todo según lo dispuesto en el artículo 55 del Decreto 661 de diciembre 2024.
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ORDEN DE APLICACIÓN
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REGLA O PAUTA PARA DIRIMIR EMPATES
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1
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Se dará la prioridad por la oferta económica.
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2
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Se prioriza la empresa con menor plazo de ejecución.
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3
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Se priorizará a la empresa que asista a la visita a terreno.
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DEL FRAUDE Y LA CORRUPCION |
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En el evento que se comprobare que el Adjudicatario o diversos oferentes han incurrido en “prácticas corruptas”, “prácticas fraudulentas” o “prácticas colusorias”, sea con respecto al proceso de selección o con respecto a la adjudicación, el mandante rechazará de plano la propuesta o la adjudicación o pondrá término al contrato anticipadamente, haciendo efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato en forma administrativa, sin necesidad de resolución judicial previa. Para estos efectos, se entenderá por “práctica corrupta” todo ofrecimiento, suministro, aceptación o solicitud de cualquier cosa de valor con el fin de influir en la actuación de un funcionario en el proceso de selección o en la ejecución del contrato. Por “práctica fraudulenta”, se entenderá toda tergiversación con el fin de influir en la ejecución de un contrato en perjuicio del mandante, y por “práctica colusoria”; sea con anterioridad o con posterioridad a la presentación de las ofertas y los acuerdos entre consultores con el propósito de establecer precios a niveles artificiales y no competitivos que priven al mandante de las ventajas de la competencia libre y abierta.
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DEL PAGO |
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Los Estados de Pago, deberá presentarse con la Carátula Oficial (otorgada por el ITO), sus Anexos y toda la documentación de respaldo que corresponda. Se deja establecido que todos los impuestos que el contratista deba pagar derivados de los trabajos de esta obra serán de su cargo, y deberán estar incluidos en su Propuesta Económica. Por lo tanto, la Ilustre Municipalidad de Puerto Octay, no efectuará pagos adicionales por este concepto. El Pago se hará mediante 5 Estados de Pagos, siendo el primer estado de pago por un 20% de avance, el segundo estado de pago por un 30% de avance, el tercer estado de pago por un 20% de avance, el cuarto estado de pago por un 20% de avance, el quinto último estado de pago de un 10%, esto de acuerdo con la concordancia de las partidas certificadas previamente por el ITO, y reiterando previamente, aprobados por el ITO, en todas las oportunidades, montos y previo cumplimiento por parte del Contratista de las formalidades establecidas en las presentes Bases Administrativas. Para efecto de acreditar el cumplimiento de cada una de sus obligaciones, el Contratista deberá hacerlo formalmente, a través, de la Oficina de Partes, sin perjuicio de las revisiones y aprobaciones que se establezcan en los documentos del contrato.
NOMBRE Ilustre Municipalidad de Puerto Octay
RUT 69.210.400-5
DIRECCIÓN Esperanza N°555
COMUNA Puerto Octay
GIRO Administración Pública Municipal
En el caso que la factura sea objetada, esta será remitida al Adjudicatario para que subsane las observaciones realizadas dentro de 10 días, suspendiéndose entre tanto el plazo para el pago.
La factura deberá ingresar en la Oficina de Partes de la Ilustre Municipalidad de Puerto Octay, ubicada calle Esperanza N°555 de la ciudad de Puerto Octay, en días hábiles de lunes a viernes entre 8:30 a 14:00 horas.
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