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Resolución de Empates |
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Se entenderá por empate cuando haya igualdad de puntaje entre dos o más propuestas una vez evaluada técnica y económicamente todas aquellas que hayan sido presentadas válidamente. Los criterios de desempate son los siguientes:
- En primer lugar, se seleccionará al oferente que presente el mayor puntaje del criterio Experiencia en el rubro.
- En segundo lugar, a igualdad entre dos o más puntajes de oferentes, se seleccionará aquella propuesta que considere la mayor coherencia del plan de trabajo con lo solicitado en las presentes bases.
- En tercer lugar, a igualdad entre dos o más propuestas bajo el criterio técnico, se escogerá aquella propuesta que presente el menor costo en la propuesta económica presentada a través del Sistema Mercado Público.
- En cuarto lugar, en caso de persistir la igualdad, se escogerá aquella propuesta que haya ingresado primero en la plataforma Mercado Público.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
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En caso que los oferentes no adjudicados en el proceso licitatorio deseen efectuar consultas respecto al resultado del proceso de adjudicación y de sus antecedentes anexos, éstas deberán ser dirigidas mediante correo electrónico a jinostro@indap.cl que entregará la respuesta y/o aclaración respectiva en un plazo máximo de cinco (05) días hábiles posteriores al día de efectuada la consulta.
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Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social |
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El oferente seleccionado deberá acreditar al momento de la suscripción del contrato el cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social, para esto deberá encontrarse en Estado Hábil en el Registro de Proveedores de Mercado Público para contratar con Organismos Públicos.
Cabe señalar que a través del Registro de Proveedores de Mercado Público se realizará un control permanente de la habilidad que mantiene el oferente seleccionado durante la vigencia del contrato, en relación al cumplimiento de las causales definidas en el artículo 92 de inhabilidades e incompatibilidades establecidas en el Reglamento de la Ley Nro. 19.886 de compras y contrataciones públicas.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
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En el evento que un oferente al momento de la Apertura Electrónica no presente la documentación y/o alguno de los anexos exigidos en estas Bases de Licitación, contará con un plazo máximo de 48 horas, a contar de la fecha de la notificación de la falta de antecedentes que INDAP deje en el Sistema de Información, para presentarlos a través del mismo Sistema, siempre que dicha documentación se haya producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 40 del Reglamento de la Ley N° 19.886. Esta situación será considerada en la tabla de definición de rangos y asignación de puntajes establecida en las presentes Bases de Licitación, asignando puntaje 0 (cero) en el factor a evaluar.
Transcurrido el plazo antes señalado y ante la no presentación de cualquiera de los antecedentes indicados en el presente párrafo, o éstos presenten errores o no se subsanen las observaciones o se presenten otros errores, será causal para que se declare inadmisible la oferta del licitante, mediante resolución fundada debidamente tramitada.
Sin perjuicio de lo anterior, no existirá esta posibilidad respecto de los siguientes antecedentes:
- Anexo N° 2 "Plan de Trabajo"
- Anexo Nº 4 “Curriculum Vitae”
- Anexo N°5 “Perfil del equipo de trabajo” (exclusivo para Persona Jurídica)
- Anexo Nº 6 “Oferta Económica”
En el caso que se omita la presentación de estos antecedentes, la oferta será excluida del proceso de evaluación y será declarada inadmisible, debido a que se trata de antecedentes de carácter excluyente. Por tal motivo, su presentación no será considerada en la tabla de definición de rangos y asignación de puntajes establecida en las presentes Bases de Licitación. Lo anterior, tiene por objeto salvaguardar el principio de igualdad entre los oferentes; así como el principio de eficiencia procedimental y económica.
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2. CARACTERÍSTICAS DE LA LICITACIÓN |
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Nombre Adquisición
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Contratación de Servicio de Administración Mantención, Vigilancia, Custodia, Jardinería y Albañilería menor, para 6 casas vacacionales y 2 bodegas, todas ubicadas en la localidad de Lican Ray, comuna de Villarrica, región de La Araucanía.
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Descripción
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Contratación del Servicio de administración mantención, vigilancia, custodia, jardinería y albañilería menor, para 6 casas vacacionales, ubicadas en calle Chincolef esquina calle Urbano Tapia, conformado por las cabañas Nº 4-5-6 y calle Coliñanco esquina calle Gabriela Mistral, cabañas Nº 1-2-3, y dos Bodegas, una de 45 mts2, la otra de 10 mts2., todas ubicadas en la localidad de Lican Ray, comuna de Villarrica, región de La Araucanía.
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Tipo de Compra
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Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior 1.000 UTM
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Moneda
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Pesos Chilenos
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Monto Total presupuesto disponible
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$ 10.800.000 Impuestos incluidos.
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Duración del Contrato
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2 años (24 meses) a contar del 01 de noviembre de 2021 al 31 de octubre de 2023
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Etapa del proceso de Apertura
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En una sola etapa
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3. ETAPAS Y PLAZOS |
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Fecha de Publicación
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Se publicará en el Sistema Mercado Público dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a la dictación de la Resolución que Aprueba las Bases de Licitación Pública. Dicha fecha corresponderá al día 01 del cronograma de actividades del proceso licitatorio.
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Fecha Inicio Preguntas
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Se realizará a contar del día 01 corrido del cronograma de actividades del proceso licitatorio.
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Visita en Terreno *
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Se realizará el día 03 corrido del cronograma de actividades del proceso licitatorio o el día hábil siguiente.
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Fecha Final de Preguntas
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Se realizará a las 16:00 horas del día 4 corrido del cronograma de actividades del proceso licitatorio o el día hábil siguiente.
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Fecha de Publicación de Respuestas
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Se realizará a las 18:00 horas del día 7 corrido del cronograma de actividades del proceso licitatorio o el día hábil siguiente.
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Fecha de Cierre de recepción de ofertas
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Se realizará a las 15:30 horas del día 11 corrido del cronograma de actividades del proceso licitatorio o el día hábil siguiente. De acuerdo al artículo 25, inciso 8, del Reglamento de la Ley N° 19.886, el plazo de cierre para la recepción de ofertas no podrá vencer en días inhábiles ni en un día lunes o en un día siguiente a un día inhábil, antes de las quince horas. Si a la fecha de recepción de ofertas, se han recibido 2 o menos propuestas, el plazo de cierre se ampliará automáticamente en 2 días hábiles, por una sola vez, bajo las condiciones establecidas en el artículo 25, inciso octavo, del Reglamento de la ley 19.886
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Fecha Acto de Apertura de Ofertas
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Se realizará a las 15:31 horas del día 11 corrido del cronograma de actividades del proceso licitatorio o el día hábil siguiente.
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Fecha estimada de evaluación de ofertas
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Se realizará como plazo máximo el día 07 hábil a contar de la fecha de cierre de recepción de ofertas
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Fecha de Adjudicación
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Se realizará como plazo máximo a las 18:00 horas del día 15 hábil del cronograma de actividades del proceso licitatorio contados desde la fecha de cierre de la licitación.
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Observaciones * La visita a terreno estará a cargo y será coordinada por doña Janeth Inostroza Fariña (teléfono 2506038) para el día el día 3 hábil del cronograma de actividades del proceso licitatorio, en calle Chincolef esquina Urbano Tapia, casa 6, Lican Ray, comuna de Villarrica, a las 12:00 horas.
La visita tiene por finalidad obtener por parte de los interesados un claro conocimiento de las dependencias en las que se pretende entregar dichos servicios y otros alcances de la licitación, esta visita tendrá carácter de obligatorio para los oferentes participantes.
Los oferentes firmarán un acta de visita a terreno que respaldará el cumplimiento del proceso.
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4. INSTANCIA DE PREGUNTAS Y MODIFICACIONES A LAS BASES |
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5. CONDICIONES Y ACLARACIONES DE LA LICITACIÓN |
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El oferente participante deberá examinar todas las instrucciones, condiciones y especificaciones que figuran en estas Bases de Licitación, las cuales constituyen la única fuente de información para la preparación de la propuesta. Si el oferente omite suministrar toda la información requerida en los documentos de licitación, o presenta una propuesta que no se ajuste en todos los aspectos a estos documentos, el riesgo será de su cargo, y el resultado será el rechazo de la misma.
Cualquier oferente puede solicitar aclaraciones sobre estas Bases de Licitación, tanto de carácter técnico como de índole administrativo, mediante comunicación escrita a INDAP, vía Sistema Mercado Público en el plazo indicado en el numeral 3 de las presentes Bases Administrativas de Licitación. INDAP dará respuesta en forma general, sin identificar su origen, a las solicitudes que reciba dentro de los plazos indicados en esta licitación, a través de su publicación en el Sistema Mercado Público.
Las respuestas señaladas serán parte integrante de las presentes Bases de Licitación, siendo responsabilidad de cada interesado tomar el debido conocimiento de las mismas. Con todo, INDAP se reserva el derecho de no contestar aquellas consultas que a su juicio sean inconducentes o no correspondan directamente al proceso licitatorio.
INDAP podrá efectuar a iniciativa propia, aclaraciones a las Bases de Licitación, para precisar el alcance, complementar o interpretar algún elemento de su contenido que, a su juicio, no haya quedado suficientemente claro y dificulte la obtención de buenas propuestas. Estas aclaraciones se harán llegar en la misma forma y oportunidad que las respuestas a las consultas. En el caso que estas aclaraciones impliquen modificar las presentes Bases de Licitación, dicha modificación deberá ser aprobada mediante la correspondiente Resolución fundada, sometida a la misma tramitación administrativa que la Resolución que haya aprobado las Bases de Licitación.
Se entenderá que cualquier aclaración, así como las respuestas a las preguntas formuladas por los oferentes contribuye a determinar el alcance y sentido de las Bases de Licitación y, en tal condición, deberán ser consideradas por los oferentes en la preparación de sus propuestas.
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6. INSTRUCCIONES PARA LA PRESENTACIÓN DE OFERTAS |
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El oferente participante deberá ingresar en el portal www.mercadopublico.cl los siguientes antecedentes:
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Anexos Administrativos
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· Anexo N° 1: “Antecedentes del Oferente” que contenga la siguiente información:
1. Nombre del oferente o Razón Social (Persona Jurídica)
2. RUT
3. Profesión (Persona Natural)
4. Domicilio
5. Teléfono
6. Dirección de correo electrónico
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Anexos Técnicos
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- Anexo N° 2: “Plan de trabajo” que describa e involucre las actividades y/o acciones requeridos por la Institución, de acuerdo a lo solicitado en las Bases Técnicas de la Licitación.
- Anexo N° 3: Fotocopia simple de la cédula de identidad (Persona Natural), Fotocopia simple de rol de la empresa y Fotocopia simple de la cédula de identidad del representante legal de la empresa e integrantes de equipo de trabajo.
- Anexo N° 4: Currículum vitae del oferente (Persona Natural). El Currículum vitae debe detallar experiencia, la que debe acreditarse mediante certificado emitido por la empresa o servicio al cual el eferente haya prestado servicios con anterioridad, incluyendo una breve evaluación del servicio prestado
- Anexo N°5 “Perfil del equipo de trabajo” (exclusivo para Persona Jurídica)
- Currículum Vitae de cada una de las personas del equipo de trabajo propuesto en el anexo 4 (para personas jurídicas). El Currículum vitae debe detallar experiencia, la que debe acreditarse mediante certificado emitido por la empresa o servicio al cual el eferente haya prestado servicios con anterioridad, incluyendo una breve evaluación del servicio prestado.
- Certificado de la Dirección del Trabajo, con una vigencia de hasta 60 días de antigüedad desde su fecha de otorgamiento, que indique que el oferente no tiene deudas previsionales con los trabajadores que estén contratados, (para personas jurídicas).
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Anexos Económicos
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· Anexo N° 6: Oferta Económica
El oferente deberá presentar una Propuesta Económica, en la que debe especificar el MONTO TOTAL NETO, esto es, excluidos los impuestos. En el caso de oferentes afectos a IVA y /o Retención de honorarios deberán indicarlo en su anexo de oferta económica
El monto deberá ser expresado en moneda nacional.
En el Sistema de Compras y Contrataciones Públicas (Portal Mercado Público) se deberá ingresar el monto neto, excluyéndose los impuestos que se encuentren involucrados
En caso que el oferente no pague impuestos por los servicios contratados deberá indicarlo expresamente en su propuesta, liberando a INDAP de toda responsabilidad en caso de error.
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Vigencia de las Ofertas
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Las ofertas deben tener una vigencia mínima de 90 días corridos.
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Observaciones
- Para participar en la presente Licitación, los oferentes no deben encontrarse dentro de los casos de impedimentos e inhabilidades establecidos en la Ley, específicamente:
- Ley N° 19.886, artículo 4°, incisos 1° y 7°.
- Decreto N° 250 de 2004, Reglamento de la Ley N° 19.886, artículo 22°, número 9.
- Ley N° 19.728.
- Ley N° 20.393, artículos 8° y 10°.
- Decreto Ley N° 211 de 1973, artículo 26°, letra d.
- Lo anterior se acreditará mediante la declaración simple que deben obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la “Declaración Jurada ausencia conflicto de intereses e inhabilidades por condena, sin perjuicio de las facultades de INDAP de verificar esta información, en cualquier momento, en los registros pertinentes (Mercado Publico).
- Los oferentes deberán financiar todos los costos relacionados con la preparación y presentación de su oferta, por lo que INDAP, no será responsable en caso alguno de ellos.
- Los oferentes deberán constatar que el envío de su oferta a través del portal electrónico de compras públicas haya sido realizado con éxito, incluyendo todos los anexos y documentos solicitados en las Bases de Licitación, para ello se debe verificar el posterior despliegue automático del “Comprobante de envío de Oferta” que se entrega en dicho sistema, el cual puede ser impreso por el proponente para su resguardo.
- Las únicas ofertas válidas serán las presentadas a través del portal electrónico de compras públicas. No se aceptarán ofertas que se presenten por un medio distinto al establecido en las Bases. Será responsabilidad de los oferentes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus ofertas.
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8. REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD |
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En el evento que un oferente al momento de la Apertura Electrónica no presente la documentación y/o alguno de los anexos exigidos en estas Bases de Licitación, contará con un plazo máximo de 48 horas, a contar de la fecha de la notificación de la falta de antecedentes que INDAP deje en el Sistema de Información, para presentarlos a través del mismo Sistema, siempre que dicha documentación se haya producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 40 del Reglamento de la Ley N° 19.886. Esta situación será considerada en la tabla de definición de rangos y asignación de puntajes establecida en las presentes Bases de Licitación, asignando puntaje 0 (cero) en el factor a evaluar.
Transcurrido el plazo antes señalado y ante la no presentación de cualquiera de los antecedentes indicados en el presente párrafo, o éstos presenten errores o no se subsanen las observaciones o se presenten otros errores, será causal para que se declare inadmisible la oferta del licitante, mediante resolución fundada debidamente tramitada.
Sin perjuicio de lo anterior, no existirá esta posibilidad respecto de los siguientes antecedentes:
- Anexo N° 2 "Plan de Trabajo"
- Anexo Nº 4 “Curriculum Vitae”
- Anexo N°5 “Perfil del equipo de trabajo” (exclusivo para Persona Jurídica)
- Anexo Nº 6 “Oferta Económica”
En el caso que se omita la presentación de estos antecedentes, la oferta será excluida del proceso de evaluación y será declarada inadmisible, debido a que se trata de antecedentes de carácter excluyente. Por tal motivo, su presentación no será considerada en la tabla de definición de rangos y asignación de puntajes establecida en las presentes Bases de Licitación. Lo anterior, tiene por objeto salvaguardar el principio de igualdad entre los oferentes; así como el principio de eficiencia procedimental y económica.
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9. PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN |
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Para la evaluación se utilizarán los antecedentes que los oferentes participantes entreguen a INDAP y que se especifican en los distintos puntos de estas Bases de Licitación. Las propuestas serán evaluadas técnica y económicamente por un equipo interno, en calidad de Comisión Evaluadora, integrada por 3 profesionales, 2 de la Unidad de Personas, 1 de la Unidad de Finanzas y Administración y el Abogado Regional o un Abogado de la Unidad Jurídica Regional, exclusivamente para la etapa de admisibilidad.
La evaluación se efectuará a través de un análisis económico y técnico de cada una de las ofertas, para lo cual, INDAP se remitirá a los criterios de evaluación definidos en las presentes Bases de Licitación, para proceder con la evaluación, considerando la tabla de definición de rangos y asignación de puntajes establecidas a partir de la siguiente tabla.
En la etapa de admisibilidad se verificará que la propuesta presentada por cada oferente cumpla con las exigencias formales y de contenidos establecidos en las Bases de Licitación. En esta etapa no procede estipular la calificación de éstos, sino que simplemente constatar la existencia de cada uno de los antecedentes exigidos.
Los resultados de este proceso serán consignados en un Acta suscrita por los integrantes del Comité Técnico Evaluador.
TABLA DE DEFINICIÓN DE CRITERIOS Y PUNTAJES
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numero
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Criterios /Parámetros
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Ponderación (%)
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I
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Experiencia del oferente en el ramo
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40
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II
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Plan de Trabajo
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30
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III
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Propuesta Económica
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30
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El puntaje mínimo corresponde a 1 y el máximo a 4. De no existir información necesaria que permita ponderar los contenidos detallados en los parámetros de análisis indicados anteriormente, se asumirá que NO se encuentra incluidos en la oferta, recibiendo una asignación de 0 puntos.
I EXPERIENCIA DEL OFERENTE EN EL RUBRO
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De 10 Años o Más
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4 puntos
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De 7 A 9 Años
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3 puntos
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De 5 A 7 Años
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2 puntos
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Menor a 5 Años o sin experiencia acreditable
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1 punto
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II PLAN DE TRABAJO PROPUESTO
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El plan de trabajo es altamente coherente con lo solicitado en las bases de licitación
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4 puntos
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El plan de trabajo es medianamente coherente con lo solicitado en las bases de licitación
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3 puntos
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El plan de trabajo es poco coherente con lo solicitado en las bases de licitación
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2 puntos
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El plan de trabajo no es coherente con lo solicitado en las bases de licitación o No presenta Plan de Trabajo
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1 punto
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III PROPUESTA ECONÓMICA
Para el cálculo se utilizará la fórmula del precio mínimo ofertado
PUNTAJE = Precio mínimo ofertado / Precio Ofertado X 100
Mecanismos de resolución de empates
Se entenderá por empate cuando haya igualdad de puntaje entre dos o más propuestas una vez evaluada técnica y económicamente todas aquellas que hayan sido presentadas válidamente. Los criterios de desempate son los siguientes:
- En primer lugar, se seleccionará al oferente que presente el mayor puntaje del criterio Experiencia en el rubro.
- En segundo lugar, a igualdad entre dos o más puntajes de oferentes, se seleccionará aquella propuesta que considere la mayor coherencia del plan de trabajo con lo solicitado en las presentes bases.
- En tercer lugar, a igualdad entre dos o más propuestas bajo el criterio técnico, se escogerá aquella propuesta que presente el menor costo en la propuesta económica presentada a través del Sistema Mercado Público.
- En cuarto lugar, en caso de persistir la igualdad, se escogerá aquella propuesta que haya ingresado primero en la plataforma Mercado Público.
INDAP se reserva el derecho de requerir a los oferentes participantes información aclaratoria de sus propuestas, sin afectar su trato igualitario y que signifique nuevas exigencias o requisitos no contemplados inicialmente en las Bases de Licitación, de acuerdo a lo contemplado en el Artículo 40 del Reglamento de Compras y Contrataciones Públicas.
Como resultado de su evaluación, la Comisión Evaluadora emitirá un informe técnico y económico, proponiendo a la Directora Regional de INDAP la recomendación de adjudicación al oferente que haya presentado la propuesta más ventajosa, considerando los criterios de evaluación con sus correspondientes puntajes y ponderaciones, establecidos en estas Bases y en el Reglamento de la Ley N° 19.886; y/o la sugerencia de declarar inadmisibles las propuestas que no hayan cumplido los requisitos establecidos en las Bases de Licitación; o la proposición de declarar desierto el proceso licitatorio, en el caso que no se presenten propuestas o éstas no fuesen convenientes a los intereses de INDAP. En cualquier caso, tanto la adjudicación como la declaración de inadmisibilidad y la declaración de licitación desierta, deben ser aprobadas por Resolución Fundada.
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10. ADJUDICACIÓN DE LA LICITACIÓN |
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INDAP adjudicará la presente licitación al oferente que obtenga el mayor puntaje de la aplicación de los criterios de evaluación, y que cumpla con todos los requisitos exigidos en estas Bases de Licitación. Determinado el oferente seleccionado dentro del plazo previsto en las Bases de Licitación, INDAP notificará vía Sistema Mercado Público a dicho oferente que su propuesta ha sido aceptada. El oferente seleccionado quedará sometido al estricto cumplimiento de las obligaciones que se derivan de estas Bases de Licitación y de la presentación de su oferta.
La adjudicación de esta licitación se realizará por Resolución de la Directora Regional de INDAP, en la que se especificarán los criterios de evaluación y puntajes que permitieron la adjudicación de los oferentes seleccionados y los antecedentes anexos del proceso de evaluación y selección de las propuestas. Dicha Resolución se dictará en el plazo señalado en el Calendario de Actividades del proceso licitatorio.
Esta Resolución, junto a los anexos mencionados en el párrafo anterior, se publicarán oportunamente en el Sistema Mercado Público, a fin de que los oferentes participantes tomen conocimiento de los criterios de evaluación que hayan permitido a los adjudicatarios obtener la calificación de las ofertas más convenientes. Asimismo, se publicará la resolución fundada que declare la inadmisibilidad y/o la declaración de desierto del proceso.
En caso de que no sea posible realizar la adjudicación dentro del plazo señalado en estas Bases de Licitación, INDAP informará en el Sistema Mercado Público las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicará un nuevo plazo para la adjudicación.
INDAP no podrá adjudicar la licitación a una oferta que no cumpla con las condiciones y requisitos establecidos en estas Bases. En consecuencia, no podrán adjudicarse ofertas de Oferentes que se encuentren inhabilitados para contratar con las Entidades Públicas u ofertas que no emanen de quien tiene poder suficiente para efectuarlas representando al respectivo Oferente, sin perjuicio de la ratificación posterior que se realice en conformidad a la ley.
Si el adjudicatario se desistiere de firmar el contrato, o de aceptar la orden de compra a que se refiere el inciso primero del artículo 63 del Reglamento de la Ley N° 19.886, o no cumpliese con las demás condiciones y requisitos establecidos en estas Bases para la suscripción o aceptación de los referidos documentos, INDAP podrá, junto con dejar sin efecto la adjudicación original, adjudicar la licitación al Oferente que le seguía en puntaje, dentro del plazo de 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original.
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11. ANTECEDENTES LEGALES PARA LA SUSCRIPCIÓN DE CONTRATO |
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El plazo para la suscripción del contrato es de 30 días hábiles contados desde la fecha de la Resolución que aprueba la adjudicación.
A. ANTECEDENTES A PRESENTAR
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PERSONA NATURAL
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Debe encontrarse inscrito y en estado hábil en Registro de Proveedores de Mercado Público.
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Fotocopia de su cédula de identidad.
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PERSONA JURÍDICA
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Las sociedades acogidas a la Ley N° 20.659 que simplifica la constitución, modificación y disolución de las sociedades comerciales deberán acreditar su constitución con indicación de su(s) representante(s) legal(es) con los siguientes certificados:
- Certificado de Vigencia
- Certificado de estatutos actualizados.
- Certificado de anotaciones en su caso.
Los certificados correspondientes pueden ser obtenidos desde el portal www.tuempresaenundia.cl
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Debe encontrarse inscrito y en estado hábil en Registro de Proveedores de Mercado Público.
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Copia de la Escritura en que conste la personería del representante Legal.
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Certificado de Vigencia de la Sociedad expedido por el Conservador de Comercio, cuya vigencia no deberá ser mayor a 60 días corridos.
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Copia de la Escritura Pública de Constitución de la Sociedad y de sus modificaciones, si las hubiere.
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B. OBSERVACIONES
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Si el oferente seleccionado se encuentra Inscrito en el Registro de Proveedores de Mercado Público con la información requerida en las presentes Bases de Licitación, quedará exento de la presentación de dichos antecedentes en soporte papel, salvo en los casos que se refiere a documentación no incluida en dicho Registro.
Se deja constancia que para celebrar el contrato, el oferente seleccionado deberá estar inscrito en el Registro de Proveedores de Mercado Público y sólo deberá presentar la documentación señalada en el numeral 6 de las Bases Administrativas de Licitación en el caso que no estén disponibles o la información publicada en tal registro tenga una vigencia que exceda los 60 días corridos, en los casos que así se solicita. La no entrega oportuna y fidedigna de dichos documentos permitirá a INDAP hacer uso de la facultad de readjudicación al segundo oferente mejor evaluado.
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12. PLAZOS DE EJECUCIÓN, APROBACIÓN Y TÉRMINO DEL CONTRATO |
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Vigencia del Contrato
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24 meses, a contar de la total tramitación del acto administrativo que apruebe el contrato.
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Renovación
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Podrá renovarse automáticamente con acuerdo de ambas partes por un periodo igual y sucesivo si ninguna de las partes comunica a la otra por carta certificada con a lo menos 60 días corridos de anticipación, su intención de ponerle término.
La renovación automática procederá por razones de buen servicio para dar continuidad a la ejecución de los servicios contratados con el oferente seleccionado, previa evaluación de desempeño, siempre que el resultado de la misma sea satisfactorio a juicio del jefe de la unidad demandante, quien estará a cargo del proceso.
En caso de renovación automática, cuyo acto se materializará a través de resolución fundada, se deberá actualizar la garantía de fiel, oportuno y cabal cumplimiento hasta los 2 meses posteriores al periodo respectivo. No se pagarán mensualidades sin la renovación de la garantía respectiva.
El oferente seleccionado quedará sometido al estricto cumplimiento de las obligaciones establecidas o que se deriven de estas Bases, de la presentación de su oferta y del contrato que se genere con motivo de esta propuesta.
El contrato se entenderá resuelto administrativamente, y sin forma de juicio, por cualquier incumplimiento de parte del oferente seleccionado respecto de las obligaciones contraídas.
Se deja constancia que la persona y/o personal responsable de la ejecución de los servicios, no será considerado funcionario de INDAP, por lo que no gozará de los beneficios que éstos tienen, ni le será permitido hacer compromisos y gastos a nombre de la Institución. INDAP no se responsabilizará de ningún accidente, enfermedad, pérdida o daño que pueda presentarse durante la ejecución de su trabajo.
La renovación que pueda producirse será sancionada mediante el correspondiente acto administrativo. De efectuarse la renovación señalada precedentemente. El Contrato terminará automáticamente, sin necesidad de aviso previo, una vez transcurrido en totalidad el plazo de dos años contemplado para dicha renovación.
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Término del Contrato
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El contrato podrá terminar naturalmente una vez llegado el plazo estipulado, o bien, podrá terminarse anticipadamente por las causales establecidas en el punto 14 ‘Término anticipado de Contrato’ de las presentes Bases de Licitación.
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Modificación de Contrato
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INDAP podrá modificar de común acuerdo con el oferente seleccionado el contrato ya suscrito si así lo requiere, siempre que existan circunstancias fundadas de ejecución y que dichos cambios no se refieran a cláusulas esenciales del mismo
En todo caso, las modificaciones del contrato siempre deberán constar en un instrumento suscrito por ambas partes, el que deberá ser aprobado mediante la correspondiente Resolución fundada, sometida a la misma tramitación administrativa que la Resolución que haya aprobado el contrato.
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Readjudicación
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INDAP podrá, en caso que el oferente originalmente seleccionado rehúse suscribir el contrato, no entregue la garantía de fiel, oportuno y cabal cumplimiento del mismo, se desista de su oferta, o sea inhábil para contratar con el Estado de acuerdo a los términos de la Ley Nro. 19.886 y su Reglamento, adjudicar al oferente que le siga en puntaje de acuerdo a la evaluación de las propuestas, quien deberá cumplir con las exigencias establecidas en las Bases de Licitación, y así sucesivamente entre los oferentes evaluados por orden de puntaje obtenido, hasta llegar al tercer lugar si fuese necesario, o declararla desierta.
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13. PRESUPUESTO Y FORMA DE PAGO AL OFERENTE ADJUDICADO |
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Presupuesto Disponible
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$ 10.800.000 (diez millones ochocientos mil) pagaderos en 24 mensualidades de 450.000 (cuatrocientos cincuenta mil pesos), impuestos incluidos. Reajustable, en caso de renovación por igual periodo, según la variación que experimente el índice de precios al consumidor (I.P.C) de los últimos 24 meses.
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Forma de Pago
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Para el pago de los servicios se deberá documentar con una boleta de honorarios por el valor bruto mensual estipulado.
INDAP pagará mensualmente y por mensualidades vencidas dentro de los 10 días siguientes al término de cada mes, con la revisión y aprobación por parte de la encargada de las casas vacacionales, contra V/B del Jefe de Administración y Finanzas y la orden de compra emitida en el sistema Mercado Público, que respaldará cada uno de los pagos que se generen con motivo del contrato de prestación del servicio durante su vigencia.
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Aprobación de pago
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La aprobación del pago será responsabilidad de la contraparte técnica, que corresponde a la Jefatura de la Unidad de Personas o quien éste delegue, quien determinará la ejecución de la totalidad de los servicios prestados, especificados en las Bases Técnicas de Licitación y en el contrato respectivo, y previa emisión de la respectiva Orden de Compra.
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Facturación/boleta honorarios
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Mes vencido, el oferente deberá remitir el documento electrónico de cobro correspondiente (boleta de honorarios), de manera de proceder al pago respectivo. Dicho documento deberá ser enviado a la casilla de correo jinostro@indap.cl
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Observación
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El oferente seleccionado no tendrá derecho a exigir el pago de ninguna otra suma de dinero fuera de la estipulada por la prestación de los servicios que realizará. No obstante, INDAP se reserva el derecho de establecer de común acuerdo con el oferente seleccionado, una modalidad de pago distinta de la anterior, en caso que lo estime conveniente para los fines del Servicio.
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14. TÉRMINO ANTICIPADO DE CONTRATO |
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El contrato podrá terminarse anticipadamente, de conformidad a lo establecido en el artículo 13 de la Ley N° 19.886 y el artículo 77 del Reglamento de la Ley N° 19.886, por las siguientes causas:
- La Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
- El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el “oferente seleccionado”.
- El estado de notoria insolvencia del “oferente seleccionado”, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
- Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
- Las demás que se establezcan en las respectivas bases de la licitación o en el contrato; estableciéndose en el presente las siguientes causas que pudieran ocurrir o revelarse durante toda la vigencia del contrato:
E.1. Si el oferente seleccionado perdiere las certificaciones y autorizaciones necesarias para funcionar en el giro de su actividad, decretada por autoridad competente.
E.2. Si el oferente seleccionado falleciera o se disolviera la entidad contratada. En ambos casos se procederá a efectuar la liquidación del contrato.
E.3. Haber sido condenado el oferente seleccionado por crimen o simple delito.
E.4. Haber sido condenado el oferente seleccionado como consecuencia de incumplimiento de un contrato celebrado con alguna entidad regida por la Ley N° 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministros y Prestación de Servicios, y siempre que no hayan transcurrido dos años a contar desde la fecha de la sentencia.
E.5. Haber sido suspendido el oferente seleccionado o haber sido eliminado del Registro de Proveedores, a través de una resolución fundada de la Dirección de Compras Públicas.
E.6. Si el oferente seleccionado se encontrara en Estado Inhábil para suscribir contratos con Organismos Públicos del Estado, de acuerdo al reporte entregado por el Registro de Proveedores de Mercado Público.
E.7. Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores, o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del periodo de ejecución del presente contrato, con un máximo de seis meses.
E.8. Si los resultados obtenidos de la prestación de los servicios no son los esperados, por lo que continuar con su desarrollo perjudica a INDAP. En este caso, INDAP podrá dar término anticipado al contrato, por causa fundada, mediante carta certificada comunicada a la otra parte, con a lo menos 60 días corridos de anticipación a dicha fecha de término, cancelando al “oferente seleccionado” el valor de lo recibido.
El término anticipado de contrato por cualquiera de las causales aquí establecidas deberá ser formalizado mediante acto administrativo fundado, debidamente tramitado, el que deberá establecer, si correspondiere, el monto que INDAP deba pagar al “oferente seleccionado” por los servicios efectivamente prestados hasta antes de la causal que le pone término al contrato, así como los productos o documentos que el “oferente seleccionado” deba entregar a INDAP.
Lo establecido en esta cláusula, es sin perjuicio de las acciones que INDAP pueda ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos, con la correspondiente indemnización de perjuicios.
Cuando se ponga término anticipado al contrato por las causales indicadas en las letras B, C y E precedentes, el “oferente seleccionado” no tendrá derecho a indemnización alguna, sin perjuicio del cobro de las multas adeudadas.
Se entenderá como incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el “oferente seleccionado” (letra B precedente), entre otras, las siguientes acciones, que serán siempre certificadas por la contraparte técnica de INDAP:
₋ La negativa, sin causa justificada, de prestar cualquiera de los servicios a los que se hubiere comprometido en su oferta, que sean procedentes.
₋ Aplicación de multas por un total acumulado equivalente al 20% del valor del contrato.
₋ Aplicación de multas superando los topes establecidos para cada una de ellas, esto es exceder los cuarenta (40) días hábiles de atraso o incumplir tres (3) obligaciones durante la vigencia del contrato.
Para efectos de terminar anticipadamente el contrato por la causal prevista en la letra B, se aplicará previamente el Procedimiento para término anticipado de contrato por incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el “oferente seleccionado”, el cual se establece a continuación.
Procedimiento para término anticipado de contrato por incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el “oferente seleccionado”
- INDAP notificará al “oferente seleccionado” el término anticipado de contrato mediante carta certificada, indicando el incumplimiento de que se trata y el plazo que tiene el “oferente seleccionado” para deducir su reclamo, si procediere.
- El “oferente seleccionado” podrá reclamar a INDAP, dentro del quinto (5°) día hábil contado desde la notificación anteriormente indicada, mediante solicitud escrita enviada a través de carta certificada, la que deberá ser fundada.
- INDAP resolverá la reclamación presentada por el “oferente seleccionado”, dentro del quinto (5°) día hábil, acogiendo los fundamentos presentados, o bien, rechazándolos y dando por terminado el contrato, lo que deberá ser notificado al “oferente seleccionado” mediante carta certificada y resolución correspondiente.
Fuerza mayor y caso fortuito
₋ Las partes no serán responsables en caso de incumplimiento tardío de las obligaciones contractuales debido a hechos independientes de su voluntad, considerados como fuerza mayor o caso fortuito, en los términos señalados en el Artículo 45 del Código Civil Chileno.
₋ Si el “oferente seleccionado” se ve impedido de cumplir con sus obligaciones contractuales por un evento considerado caso fortuito o fuerza mayor, deberá notificar de ese hecho a INDAP por escrito y en un plazo no superior a cinco (5) días hábiles desde iniciado u ocurrido el hecho que lo ocasiona, y solicitar prórroga para el cumplimiento de la obligación afectada.
₋ La notificación de solicitud de prórroga deberá presentarse acompañada de un informe en el que consten los hechos considerados caso fortuito o fuerza mayor, los cuales deberán estar debidamente fundados, indicando la incidencia que dicha situación tendría en el cumplimiento de los plazos establecidos.
₋ La calificación de la fuerza mayor o caso fortuito, será resuelta por INDAP, mediante resolución fundada sobre la base de los antecedentes que, oportunamente, le proporcione el “oferente seleccionado” y/o aquellos otros que obtenga de terceros, o sean de conocimiento público.
₋ En cualquier caso, si el “oferente seleccionado” no pudiere cumplir con sus obligaciones, procurará atenuar los daños y cumplirá con ellas tan pronto como finalicen los hechos que dieron lugar al caso fortuito o a la causa de fuerza mayor.
₋ Si la causa de caso fortuito o fuerza mayor impidiera al “oferente seleccionado” cumplir con las obligaciones asumidas por más de treinta (30) días, el Contrato se resolverá de pleno derecho.
INDAP podrá, además, dar cuenta de tales hechos a la Dirección de Compras y Contratación Pública, para los efectos de que el oferente sea suspendido o eliminado, según corresponda, del Registro Electrónico Oficial de Proveedores de la Administración, de conformidad a los Artículos 92°, 93°, 95° y 96° del Reglamento de la Ley N° 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministros y Prestación de Servicios.
Para efectos de terminar anticipadamente el contrato por alguna de estas causales, se aplicará previamente el Procedimiento para término anticipado de contrato por incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el “oferente seleccionado”, establecido precedentemente.
Con todo, la Institución se reserva el derecho a poner término anticipado al contrato en forma unilateral, sí así lo estipulare, por razones de buen Servicio, dando aviso al contratante a través de carta certificada con 60 días de antelación, pagando sólo lo comprometido hasta el mes que se determine como último mes de servicio prestado
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15. SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN |
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ACCESO A LA INFORMACIÓN: “El oferente seleccionado” solo tendrá acceso a la información institucional relevante que sea necesaria para prestar el servicio para el que ha sido contratado, lo que será determinado y documentado por el Encargado de Seguridad de la Información Institucional.
OBLIGACIONES Y CONFIDENCIALIDAD: “El oferente seleccionado” estará obligado a cumplir con la normativa de seguridad de la información de INDAP, de acuerdo a las políticas y procedimientos establecidos, incluida la Resolución Exenta N° 000417, de la Dirección Nacional de 2012, que aprueba la Política de Seguridad de la Información Institucional y la Resolución Exenta N° 140417, de la Dirección Nacional de 2012, que Establece infracciones al Sistema de Seguridad de la Información. Asimismo, “El oferente seleccionado” deberá mantener la confidencialidad de la información personal que pueda llegar a conocer sobre los funcionarios o beneficiarios de INDAP, así como también de procedimientos, ideas, productos, servicios, procesos y nombres de personas, instituciones y empresas que utilizan los productos y servicios de INDAP. De esta forma, “El oferente seleccionado” no podrá, sin el consentimiento expreso manifestado por escrito por INDAP, usar para el beneficio propio o de cualquier otra persona, empresa o corporación, divulgar, publicar o comunicar cualquier secreto o información confidencial, que pudo haber adquirido o pueda adquirir o conocer en razón de este contrato.
NO DIVULGACIÓN: “El oferente seleccionado” estará obligado a mantener la información confidencial en estricta reserva y no revelar ningún dato de la información, relacionada o no, sin el consentimiento previo y escrito de INDAP. Para ello, “El oferente seleccionado” deberá instruir al personal que estará encargado de recibir la información confidencial de propiedad de INDAP, debiendo suscribir el correspondiente acuerdo de confidencialidad si fuere necesario, de su obligación de recibir, tratar y usar la información que reciban como confidencial y destinarla únicamente para los fines por los cuales se contratará el servicio. Asimismo, “El oferente seleccionado” podrá divulgar la información confidencial únicamente a las personas autorizadas para su recepción dentro de la organización; a tratar confidencialmente toda la información recibida directa o indirectamente de INDAP, y no utilizar ningún dato a un objeto distinto del contrato; y no manejar, usar, explotar, o divulgar la información confidencial a ninguna persona o entidad por ningún motivo en contravención a lo dispuesto en este instrumento.
PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES: “El oferente seleccionado” de acuerdo a lo establecido en la Ley N° 19.628, SOBRE PROTECCIÓN DE LA VIDA PRIVADA, deberá dar estricto cumplimiento a las leyes sobre protección de datos de carácter personal, asegurando su confidencialidad, Y a no transferirlos o cederlos, salvo en aquellos casos en que la legislación vigente así lo indique.
AUDITORÍA Y SUPERVISIÓN: INDAP, podrá auditar los procesos y servicios que el proveedor se obliga a realizar por este acto. La responsabilidad de administrar las relaciones con “El oferente seleccionado” se asigna al Encargado de Seguridad de la Información Institucional, quien debe monitorear y revisar regularmente los servicios definidos en el presente contrato. El monitoreo y revisión de los servicios debe garantizar que los términos y condiciones de seguridad de la información se respeten y que los incidentes y los problemas de seguridad de la información se gestionen correctamente. En caso de observarse deficiencias en la prestación de servicios, se deben tomar las medidas necesarias para corregir el problema. En caso de subsistir, será una causal de término anticipado del contrato.
GESTIÓN DE CAMBIOS: En caso de que las partes determinen realizar cambios a la provisión de servicios por parte del “El oferente seleccionado”, se deberán mantener o mejorar las políticas de seguridad de la información, así como los procedimientos y controles específicos, considerando la criticidad de la información del negocio, los sistemas y procesos involucrados y la reevaluación de los riesgos.
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16. PROPIEDAD INTELECTUAL |
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Se entenderá por “Propiedad Intelectual” todos aquellos procedimientos o métodos de elaboración, inventos o descubrimientos, patentes, modelos, diseños y dibujos industriales, secretos industriales o comerciales, nombres de dominio, obras, programas computacionales, datos, bases de datos, conocimientos, know-how, marcas comerciales y signos distintivos y, en general, cualquier bien material o inmaterial y/o derechos e intereses relacionados con la creación intelectual, estén o no protegidos bajo las leyes de propiedad intelectual y/o industrial.
“El oferente seleccionado” no podrá publicar, reproducir, adaptar, ejecutar o comunicar públicamente, comercializar, descompilar, manipular, entregar a terceros y/o utilizar o explotar la Propiedad Intelectual de INDAP, sino en los términos y en las condiciones que al efecto se han establecido por este instrumento.
Las partes acuerdan expresamente que la totalidad de los derechos de propiedad intelectual sobre toda recomendación, idea, técnica, know-how, diseño, metodología, software desarrollado por o para INDAP u otra información técnica, sobre el producto final o de alguna de sus etapas de desarrollo, corresponden a INDAP.
Asimismo, toda información que se genere como parte de la prestación de servicios de implantación, será propiedad de INDAP.
Toda la documentación que se genere como parte de la prestación de servicios, ya sea en formato Microsoft Word, PowerPoint, Excel, Project, Adobe PDF, etc., deberá presentarse exclusivamente con la imagen corporativa de INDAP.
Finalmente, el oferente seleccionado se obliga a no inscribir a su nombre cualquier proceso, etapa, proyecto o producto originado con ocasión o a causa del servicio contratado en cualquier Registro del país.
Las partes declaran expresamente que los productos contratados y la propiedad intelectual pertenecen íntegramente a INDAP.
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17. SANCIONES Y MULTAS |
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INDAP cobrará multas al oferente seleccionado, administrativamente, cuando éste no cumpla con lo estipulado en el contrato que se celebre una vez adjudicada la presente Licitación, siempre que se deba a causa imputable al oferente, en los siguientes términos:
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Descripción de Gradualidad
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Descuento Porcentual de la Cuota Involucrada
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1 a 3 días hábiles de atraso.
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5%
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4 a 7 días hábiles de atraso.
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10%
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8 a 10 días hábiles de atraso.
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15%
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Dentro de los 2 días hábiles siguientes al vencimiento del plazo de 10 días hábiles por atraso en la entrega de los informes o productos pactados, y de no existir respuesta alguna de solución por parte del oferente seleccionado, se podrá dar término anticipado al contrato respectivo.
Multas por incumplimiento que no sean el atraso de entrega de los informes o productos
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Descripción de Gradualidad
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Descuento Porcentual de la Cuota Involucrada
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Primera Notificación de Incumplimiento.
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5%
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Segunda Notificación de Incumplimiento (No hay respuesta a Primera Notificación). Plazo de Espera de 3 días hábiles posteriores a Primera Notificación.
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10%
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Tercera Notificación de Incumplimiento (No hay respuesta a Primera ni Segunda Notificación). Plazo de Espera 5 días hábiles posteriores a Primera Notificación.
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15%
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En el caso de transcurrir más de 2 días hábiles después de vencido el plazo de la 3ª notificación por incumplimiento que no sean el atraso de entrega de los informes o productos, y de no existir respuesta alguna de solución por parte del oferente seleccionado, se podrá dar término anticipado al contrato respectivo.
La aplicación de las multas se hará por vía administrativa, mediante notificación escrita de la contraparte técnica del INDAP al oferente seleccionado del hecho que motiva la aplicación de la misma. El oferente seleccionado tendrá un plazo de 5 días hábiles para efectuar sus descargos a la contraparte técnica de INDAP, contados desde la notificación de los cargos efectuados. Si estos fuesen rechazados tendrá un plazo de 5 días hábiles desde la notificación del rechazo para interponer un recurso ante la Dirección Nacional de INDAP. Si el oferente seleccionado no presenta descargos se procederá a aplicar la multa correspondiente.
Cabe señalar que la multa se podrá deducir de cualquier pago que INDAP deba efectuar.
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18. CONTRAPARTE TÉCNICA Y COORDINACIÓN CON INDAP |
INDAP se relacionará con el oferente seleccionado, tanto en los aspectos técnicos como operacionales y administrativos, a través de la Encargada de Bienestar de la Unidad de Personas de la Institución o quién el Jefe de la Unidad de Personas designe, para tales efectos. Entre sus tareas y funciones se contarán:
- Supervisar y controlar el desarrollo de los servicios contratados, velando por el estricto cumplimiento de sus objetivos y de los plazos acordados para su ejecución.
- Analizar el avance y resultados de las diferentes actividades, revisando y aprobando los servicios, planteando al oferente seleccionado las observaciones y/o recomendaciones que se estimen pertinentes.
- Resolver cualquier problema o situación no prevista de acuerdo a los criterios y determinaciones estipuladas por INDAP.
- Colaborar con el oferente seleccionado en al ámbito de sus competencias, como, asimismo, poner a disposición del mismo las bases y normativas relativas al programa seleccionado para los presentes servicios.
- Además, facilitar el contacto con los funcionarios de áreas de INDAP.
- Autorizar y visar los pagos programados según lo acordado en el contrato y la Resolución aprobatoria del mismo
INDAP coordinará también un mínimo de reuniones que serán convenidas oportunamente y se realizarán durante la ejecución de los servicios contratados
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BASES TÉCNICAS |
- Antecedentes Generales
El Instituto de Desarrollo Agropecuario, INDAP, de acuerdo a lo dispuesto en la Ley N° 18.910, modificada por Ley N° 19.213, es un servicio funcionalmente descentralizado, de duración indefinida, con personalidad jurídica y patrimonio propio, con plena capacidad para adquirir, ejercer derechos y contraer obligaciones, sometido a la supervigilancia del Presidente de la República, a través del Ministerio de Agricultura. Su misión institucional es “Contribuir al desarrollo económico sostenible y a la valoración de la Agricultura Familiar Campesina y sus organizaciones, mediante una acción de fomento tendiente a fortalecer el capital humano, socia, productivo, natural y cultural, de hombres, mujeres, jóvenes y pueblos originarios en los territorios”.
- Objetivos de la Contratación
El objetivo del presente Contrato, es encargar al Prestador de Servicios, la ejecución del servicio de Administración, mantención, custodia, vigilancia, jardinería de 6 casas de vacaciones, cada una con 2 dormitorios, living comedor cocina y baño, ubicadas en calle Chincolef esquina calle Urbano Tapia, conformado por las cabañas Nº 4-5-6 y calle Coliñanco esquina calle Gabriela Mistral, cabañas Nº 1-2-3, y dos Bodegas, una de 45 mts2 la otra de 10 mts2. Sitios de 50 metros por 50 metros, todas ubicadas en la localidad de Lican Ray, comuna de Villarrica, región de La Araucanía.
- Requisitos de los postulantes
Los postulantes deberán reunir los siguientes requisitos para ser considerados en la evaluación de las propuestas:
El Prestador del servicio deberá reunir los siguientes requisitos:
- Ser Persona natural o jurídica
- Declarar que no le afectan inhabilidades e incompatibilidades administrativas establecidas en la Ley 18.575 de Probidad Administrativa.
- Disponibilidad inmediata para la prestación de los servicios requeridos en la localidad de Lican Ray desde el acto administrativo que aprueba el contrato hasta el 31 de octubre de 2023.
- Servicios Requeridos
Los servicios requeridos contemplan:
PERMANENTEMENTE
¨ Entregar personalmente las casas a los funcionarios que le fue asignada por el servicio de Bienestar según carta de asignación.
¨ Las casas deben encontrarse aseadas y en condiciones de ser ocupadas inmediatamente.
¨ Las casas y su equipamiento deben entregarse y recibirse obligatoriamente contra revisión y verificación física del inventario. La constancia de observaciones debe quedar estampada en el formulario INFORME ESTADIA con conocimiento y firma del usuario y empresario.
¨ Asear, regar, recinto, patio veredas, calle y jardines.
¨ Velar por el fiel cumplimiento del reglamento de uso de las casas, conocido por los funcionarios ocupantes y por el empresario administrador el que forma parte integra del presente contrato.
¨ Velar por la existencia permanente de gas, agua y electricidad, de todas las cabañas de INDAP IX Región.
¨ Realizar lavado, secado y planchado de las ropas de cama y de aseo. En ningún caso se aceptarán lavados de prendas que sean de los usuarios.
¨ Atender desperfectos de carpintería y/o gasfitería previamente comunicados a la Encargada.
¨ Avisar a la Encargada Sra. Janeth Inostroza Fariña o al Encargado de Bienestar de INDAP IX Región, en forma oportuna de cualquier imprevisto que suceda en las cabañas, debidos a falta de gas, agua, electricidad, daños en las casas, fallas de artefactos u otros.
¨ Atender con deferencia y oportunidad la recepción y entrega de cabañas.
¨ Remitir oportunamente al Encargado de Bienestar Regional los formularios de INFORME DE ESTADIA.
¨ Al Inicio y término de temporada efectuar Aseo completo: Limpiar vidrios paredes artefactos eléctricos, artefactos de cocina, lavar y desinfectar baños y papeleros, desinfectar con cloro baños y duchas, plumear cielos, cornisas muros.
¨ Cortar y desmalezar prados.
¨ Dar aviso por escrito de las anomalías que se observen y /o surjan durante su jornada laboral a la Encargada de Bienestar regional o al encargado de las casas vacacionales.
¨ Remitir en forma oportuna la correspondencia al servicio de Bienestar.
MENSUALMENTE
¨ Programar las necesidades de materiales de aseo, para la adecuada mantención de las cabañas.
¨ Limpiar canales de aguas lluvias.
Se deja constancia que la institución proveerá de los insumos y/o materiales de Aseo necesarios, para el correcto cumplimiento de las labores encomendadas.
Anexos
ANEXO N° 1
ANTECEDENTES DEL OFERENTE (Persona Natural)
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NOMBRE DEL OFERENTE
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RUT
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PROFESIÓN
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DOMICILIO PARTICULAR
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TELEFONO
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CORREO ELECTRÓNICO
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ANEXO Nº 1
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ANTECEDENTES DEL OFERENTE (Persona Jurídica)
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NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DEL OFERENTE
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RUT
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NOMBRE(S) DEL REPRESENTANTE(S) LEGAL(ES)
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RUT DEL REPRESENTARTE LEGAL
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DOMICILIO
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TELEFONO CELULAR
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COMUNA
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REGIÓN
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CORREO ELECTRÓNICO
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