- ANTECEDENTES:
Con fecha 9 de diciembre de 2020, CONADI e INDAP suscribieron un Convenio de Transferencia y Colaboración, cuyo principal objetivo es la construcción y habilitación de pozo profundos y la correspondiente asesoría legal para la inscripción de las aguas de los proyectos que se gestionen en el marco del citado Convenio, los cuales van dirigidos a usuarios(as) de INDAP que revisten la calidad de indígenas de acuerdo a lo dispuesto en la Ley Nº 18.910 Orgánica de INDAP y la Ley Nº 19.253 que Establece normas sobre protección, fomento y desarrollo de los indígenas y crea la CONADI, respectivamente.
En dicho acuerdo CONADI encomienda en forma completa a INDAP la gestión y ejecución de la iniciativa denominada “Convenio de Transferencia y Colaboración entre la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena y el Instituto de Desarrollo Agropecuario, en adelante, el Convenio CONADI-INDAP” y establece que corresponde a INDAP el proponer los mecanismos necesarios para la correcta implementación y ejecución del convenio.
Ante lo anteriormente expresado, se hace fundamental para concretar los objetivos del Convenio CONADI-INDAP, la ejecución y/o habilitación de pozo profundos para personas naturales indígenas, comunidades indígenas o parte de ellas que, además sean usuarios de INDAP.
- CONSIDERACIONES GENERALES:
Las presentes especificaciones, estipulan las condiciones de instalación de faena, construcción, pruebas e informes, para la construcción y habilitación de obras de captación de aguas subterráneas (pozos profundos, norias y/o punteras, según corresponda) y respectivas pruebas de bombeo, en el marco del CONVENIO DE TRANSFERENCIA Y COLABORACIÓN ENTRE LA CORPORACIÓN NACIONAL DE DESARROLLO INDÍGENA Y EL INSTITUTO DE DESARROLLO AGROPECUARIO.
Las obras deberán ejecutarse de acuerdo con las presentes Especificaciones Técnicas y a los Reglamentos e Instrucciones que imparta INDAP. Las presentes especificaciones técnicas rigen para todas las partidas del proyecto, salvo indicación explícita en el proceso de licitación de obras.
“La Empresa” acatará todas las normas chilenas referentes a seguridad en la construcción, en particular las siguientes:
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NCh 348 Of.1999
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Cierros provisionales – Requisitos generales de seguridad.
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NCh 349 Of. 1999
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Construcción – Disposiciones de seguridad en excavaciones.
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NCh 436 Of. 2000
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Prevención de accidentes del trabajo. Disposiciones generales.
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NCh 438 Of. 1951
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Protecciones de uso personal.
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Asimismo, “la Empresa” deberá dar fiel cumplimiento a todas las leyes vigentes en el territorio nacional, que intervengan en el proyecto como, por ejemplo, normas de seguridad laboral, ley del tránsito, etc. “La Empresa” asumirá la responsabilidad total por las consecuencias derivadas de un eventual incumplimiento legal.
Además, serán de cargo de “la Empresa” los daños que se produzcan a terceros, tanto por la acción de excavaciones, depósitos de escombros y materiales, así como por inundaciones durante el desarrollo de las obras y pruebas de bombeo.
En el “anexo Nº 3” INDAP, entrega al Contratista estudios geofísicos del punto a perforar, que indican la ubicación y características físicas preliminares de las captaciones de agua a construir (pozos profundos, norias y/o punteras). No obstante, si iniciado los trabajos “la Empresa” determina la necesidad de realizar algún tipo de modificación, respaldada mediante análisis en terreno de la logística, de las características topográficas, hidrológicas y/o geológicas del sector, observaciones y mediciones realizadas durante la perforación, e información adicional de que disponga, podrá proponer modificaciones y fijar las características definitivas de la obra, propuesta que debe ser sometida al criterio técnico y aprobación de la contraparte técnica de INDAP.
En el mismo sentido, es importante señalar que INDAP entenderá que “la Empresa” no ha realizado debidamente las obras y trabajos indicados en las presentes bases, si como resultado de ello se obtiene un caudal menor a 0,1 l/s por captación de aguas subterráneas se procederá de acuerdo a lo establecido en las bases administrativas sobre sanciones y multas.
Todas las obras, así como el suministro de equipos, materiales y realización de mediciones, serán de cargo de “la Empresa”.
“La Empresa” deberá mantener todos los equipos y elementos necesarios en perfectas condiciones del trabajo. En caso de que durante algunas de las faenas el equipo fuera considerado inadecuado por la Inspección técnica de la obra, realizada por funcionarios/as de INDAP, a juzgar por los resultados obtenidos, “la Empresa” será notificada por escrito, debiendo paralizar la obra sin cargo para INDAP y en el plazo máximo de 10 días corridos remplazar el equipo inadecuado, por otro que satisfaga ampliamente las expectativas de funcionarias o funcionarios de INDAP que realicen la inspección técnica de la obra.
Hay que tener presente que el atraso en la entrega de cualquier antecedente de terreno será motivo para que funcionarias o funcionarios de INDAP que realicen la inspección técnica de la obra paralice ésta, con cargo “la Empresa”, por todo el tiempo que dure dicho atraso.
“La Empresa” deberá incluir en las partidas definidas en los capítulos pertinentes, todos los factores de costos, entre otros: suministro de materiales, equipos de trabajo, etc., para efectuar la construcción, instalación, montaje, pruebas y puesta en marcha de las obras.
Todos los elementos que suministre “la Empresa” serán nuevos, de primer uso y calidad aceptada por la contraparte técnica previa aprobación del ITO de INDAP que realicen la inspección técnica de la obra.
En caso de discrepancia entre documentos del proyecto se considera lo siguiente: Las Bases Técnicas priman sobre lo indicado en el “anexo Nº 3”.
Las cubicaciones señaladas en el “anexo Nº 3” tienen carácter referencial, por lo que “la Empresa” deberá realizar su propia cubicación, a fin de cotizar correctamente las obras e instalaciones proyectadas.
2.1 Modificaciones en el proyecto.
Cualquier solicitud de modificación a las especificaciones técnicas contenidas en el “anexo Nº3”, en cuanto al tipo, calidad y forma de materiales a suministrar, será resuelta por la Inspección técnica de INDAP, quien se pronunciará respecto de la aceptación o no de la modificación, siempre y cuando ello no signifique una alteración importante y/o completa del proyecto y, no generen un menoscabo de la calidad de la obra.
En caso de ser necesarias modificaciones de diseño durante el desarrollo de la obra, éstas deberán ser consultadas a funcionarias(os) de INDAP y podrán ser ejecutadas cuando éste las haya aprobado.
Será obligación de “la Empresa” entregar al final de la obra los planos y/o esquemas, memorias de cálculo y otros escritos actualizados de acuerdo como haya quedado realmente ejecutada la obra. No se hará Recepción Provisoria mientras ello no se haya cumplido. La forma y presentación de estos documentos técnicos será de acuerdo con lo establecido por funcionarias(os) de INDAP.
2.2 Interferencias con otros servicios existentes.
Antes de iniciar las obras, el oferente deberá verificar conjuntamente con ITO de INDAP, la existencia de construcciones, postes, canalizaciones y otros ductos que interfieren con las obras, con el fin de que se tomen oportunamente las medidas necesarias para evitar accidentes o interrupciones de servicios no programadas. Esta verificación se realizará durante la visita a terreno, donde se definirá la ubicación definitiva de la obra.
“La Empresa” deberá reponer por su cuenta toda alteración transitoria para la construcción de las obras.
En el “anexo Nº 3” se presenta información detallada de las instalaciones existentes. No obstante, “la Empresa” deberá verificar en terreno dichos antecedentes, siendo de su cargo y responsabilidad la rotura y reposición de cualquier servicio durante la construcción de la obra, incluso si no se informa en el “anexo Nº 3”.
2.3 Inspección técnica de las obras.
Los ITO de INDAP en terreno deberán, entre otras funciones, formular todas las observaciones que le merezcan la ejecución de las faenas, la calidad de los suministros, y cualquiera otra que estime necesaria, interpretar los planos y especificaciones del proyecto, verificar la correcta dimensión y ubicación de los elementos proyectados en su materialización en obra, hacer ensayar los elementos elaborados en obra, verificar la protección de los materiales, equipos y demás elementos de la construcción, requerir el cumplimiento de las medidas de seguridad personal y de las instalaciones, controlar el cumplimiento de la programación de la obra y velar por el orden y limpieza de los terrenos de trabajo.
En consecuencia, los ITO de INDAP estarán facultados, entre otras atribuciones, para velar por el cumplimiento de las bases administrativas y especificaciones técnicas.
Las funcionarias o funcionarios de INDAP tendrán como responsabilidad velar porque la construcción se efectúe de acuerdo con las especificaciones y planos del proyecto. Por su parte, será responsabilidad de “la Empresa” facilitar la labor de las funcionarias o funcionarios de INDAP en terreno.
2.4 Archivo fotográfico.
El oferente seleccionado deberá entregar a la inspección técnica de INDAP, fotografías del sector donde se ejecutarán las obras, antes y después de ejecutadas éstas, con el objetivo de verificar que al término de la construcción se recupere, a lo menos, la condición original de éste.
Asimismo, el oferente seleccionado elaborará un archivo fotográfico que muestre las principales actividades realizadas durante la obra, así como de las piezas especiales instaladas.
2.5 Permisos y derechos.
Serán de cargo y responsabilidad del oferente seleccionado la tramitación de permisos, pagos de derechos municipales y a otras instituciones que intervengan en la realización de las obras, si fuese necesario. Serán de su responsabilidad los inconvenientes que se pudiesen presentar por no cumplir con estos requisitos.
2.6 Instalación de faena.
Se considera como parte de los gastos generales del oferente seleccionado, la preparación, transporte e instalación de toda la maquinaria, equipos y herramientas necesarias para la instalación de faena, incluyendo habilitación de caminos para el acceso hasta el lugar de perforación, si fuese necesario el cierre provisorio del recinto del pozo profundo/noria/puntera(s), bodega y campamento y, todos los permisos requeridos en caso de necesitar ingresar al área en que se emplazará la obra de captación a través de terrenos privados. Además, deberá contemplar la remoción o aislamiento de las líneas de tensión, árboles o cualquier otro elemento, para la correcta ejecución de las obras.
Será responsabilidad de “la Empresa”, ejecutar todas las obras provisorias necesarias y tomar las medidas adecuadas, para evitar cualquier accidente que pudiera afectar a los integrantes de las familias, animales y bienes, producto de cualquier obra asociada a la construcción del pozo profundo/noria/puntera(s). En especial deberá prestar atención en la zona circundante a la construcción de la obra de captación de agua, pues normalmente es habitada por familias.
La inspección técnica de INDAP podrá fiscalizar los equipos y la instalación de faena, previo al inicio de los trabajos de perforación, debiendo verificar que se cumpla con el método de perforación, y que la maquinaria tenga la capacidad suficiente para alcanzar la profundidad y el diámetro especificado.
2.7 Levante de faena.
Se considera como parte de los gastos generales de “la Empresa”, el levantamiento de la faena y la limpieza del terreno, entregándose en condiciones similares a las recibidas. Se deberán reparar caminos, cercos y cualquier instalación intervenida que hayan sufrido algún daño, a causa de los trabajos ejecutados por las obras contratadas.
Finalizada las obras, “la Empresa” deberá presentar una carta firmada por el usuario o usuaria, en la cual éste manifieste que, durante la ejecución de las obras, no se causó ningún perjuicio o daño en su terreno y si ello ocurrió, éstos fueron subsanados oportunamente.
- EJECUCIÓN DEL POZO PROFUNDO:
3.1. Perforación del pozo profundo.
En este ítem se incluye el suministro, transporte, uso, manipulación, extracción y entubamiento y faenas de rescate de cañerías y/o herramientas de perforación, transporte de los equipos, instalación de fuerza motriz, costo horario maquinaria y la perforación del pozo profundo, etc. INDAP no suministrará cañerías ni elementos, lo que se supondrán serán de propiedad de “la Empresa”. En este ítem se considera también el llevar al día los cuadros de control de sondaje y remitirlos semanalmente a INDAP.
El método de perforación de cada pozo profundo, será el especificado en el “anexo Nº 3”.
De igual manera, el diámetro y la profundidad de perforación de cada pozo profundo, serán los indicados en “anexo Nº 3”. No obstante, el diámetro de perforación será determinado de tal manera que el diámetro mínimo de la cañería de entubación definitiva sea de 6 pulgadas. No se aceptará perforar con un diámetro inferior al establecido hasta la profundidad especificada.
Asimismo, la profundidad mínima del pozo profundo será lo indicado en el “anexo Nº 3”.
La perforación deberá quedar lo suficientemente recta y vertical para permitir que la entubación no quede con desviaciones. Para esto, en presencia de la inspección técnica “La Empresa” deberá descender la bomba hasta la máxima profundidad y luego levantarla hasta la superficie. De no darse la verticalidad solicitada, “La Empresa” deberá abandonar la perforación y ejecutar a su costo un nuevo pozo profundo cercano, que cumpla con lo especificado y que el lugar tenga la aprobación de la inspección técnica de INDAP.
Durante la perforación no podrá introducirse en el pozo profundo que se está perforando, ningún material extraño que pueda comprometer la productividad o las características sanitarias del mismo.
“La Empresa” deberá tomar muestras de suelo por cada metro de profundidad o en cada cambio de material. La información obtenida de observar estas muestras de suelo deberá utilizarse para crear el perfil estratigráfico del pozo profundo, que contendrá una descripción cualitativa del tipo de suelo por estratos.
La oferta, además de la perforación propiamente tal, deberá considerar los controles de sondaje, elaboración de estratigrafía y envío oportuno de todos estos antecedentes a INDAP.
3.2. Entubación.
Este ítem considera de cargo de “la Empresa” el suministro, transporte y colocación de la tubería que revestirá definitivamente el pozo profundo. El material y diámetro para considerar en cada pozo profundo, será el especificado en el “anexo Nº3”. No obstante, a continuación, se especifican los dos tipos de materiales considerados:
3.2.1. Tubería ciega y ranurada.
3.2.1.1. Tubería de acero.
Si las especificaciones señaladas en “anexo Nº 3” así lo indican, la entubación definitiva será en cañería de acero carbono de diámetro interior de 6 pulgadas y espesor 6,35 mm según ASTM A-53; deberá ser nueva, sin uso, con extremos biselados para soldar a tope. La cañería de acero podrá ser inspeccionada por funcionarias o funcionarios de INDAP antes de ser colocada y rechazada en caso de que se detecten imperfecciones en ésta, o suciedad, la que podrá ser limpiada. Una vez finalizada la construcción del pozo profundo, la cañería deberá sobresalir 0,50 m sobre el sello sanitario de hormigón. Esta dimensión podrá ser incrementada por instrucción de funcionarias o funcionarios de INDAP, cuando las condiciones de inundación del terreno así lo ameriten.
Para la soldadura de los tubos, “la Empresa” deberá esperar a lo menos 30 minutos para lograr un enfriado natural antes de ser manipuladas, evitando la cristalización de las soldaduras.
Las ranuras de la tubería que permitirán el ingreso del agua desde los reservorios al pozo profundo, deberán posicionarse en los estratos donde haya presencia del recurso hídrico (información obtenida de la prospección geofísica siendo comprobada en la perforación). En ningún caso el largo total del acero ranurado debiese ser inferior al 30% de la profundidad total del pozo profundo, salvo que las condiciones hidrogeológicas lo ameriten y la inspección técnica de INDAP lo autorice. Los tramos con tubo ranurado no deben ubicarse frente o cerca de la posición de la bomba.
3.2.1.2. Tubería de PVC.
Si las especificaciones señaladas en “anexo Nº 3” así lo indican, la entubación definitiva será en cañería de PVC PN10 de diámetro interior 6 pulgadas, además de ser nueva y sin uso. La unión entre tuberías será de tipo anger (con anillo de goma).
Las ranuras de la tubería que permitirán el ingreso del agua al pozo profundo deberán posicionarse en los estratos donde haya presencia de recurso hídrico (información obtenida de la prospección geofísica siendo comprobada en la perforación). En ningún caso el largo total de la tubería ranurada debiese ser inferior al 30% de la profundidad total del pozo profundo, salvo que las condiciones hidrogeológicas lo ameriten y la Inspección técnica de INDAP lo autorice. Los tramos con tubo ranurado no deben ubicarse frente o cerca de la posición de la bomba.
Una vez finalizada la construcción del pozo profundo, la cañería deberá sobresalir 0,50 metros sobre el sello sanitario de hormigón. Esta dimensión podrá ser incrementada por instrucción de funcionarias o funcionarios de INDAP, cuando las condiciones de inundación del terreno así lo ameriten.
3.2.2. Sello de fondo.
Se considera la colocación de un sello en el fondo del pozo profundo, con las mismas características del material de la entubación en cuanto a calidad, el cual debe ir soldado, en el caso de entubación en acero y hormigón en caso de PVC.
3.3. Habilitación de sistema filtrante.
Dependiendo del método de perforación que se indique para cada pozo profundo en “anexo Nº 3”, se deberá considerar la instalación de un sistema filtrante entre la zona de perforación y la entubación definitiva. El espesor del anillo filtrante deberá ser de 7 a 20 centímetros, dependiendo de la profundidad del pozo profundo y de la regularidad de la perforación.
El material pétreo debe ser fluvial, de cantos redondeados, de tamaño entre 3 y 10 mm de espesor, libre de impurezas y finos tales como arcillas, limos o material orgánico. No obstante, de acuerdo a las características del suelo encontrado durante la perforación del pozo profundo, “la Empresa” podrá proponer el sistema captante más adecuado en cuanto a dimensiones y tipo de material, así como el espesor del anillo filtrante, lo cual debe ser aprobado por funcionarias o funcionarios de INDAP.
Este ítem considera el suministro, transporte e instalación de material pétreo, en cantidad, calidad y granulometría adecuada.
3.4. Desarrollo.
El ítem contempla la maquinaría y herramientas necesarias y el personal idóneo, para remover los sedimentos que se encuentren en la zona de las rejillas. El desarrollo se realizará mediante aire comprimido o airlift, método embolo-buzo, u otro compatible con el método de perforación, siempre respetando lo establecido en la norma NCh 777/2:2000.
El método propuesto por “la Empresa”, deberá ser aprobado por la inspección técnica de INDAP. Se deberán obtener embanques finales inferiores a 10 centímetros, lo que deberá ser constatado y aprobado por la inspección técnica de INDAP. El desarrollo se realizará hasta obtener agua cristalina y libre de arena.
3.5. Desinfección.
El ítem contempla el material, equipos y personal necesario para realizar la desinfección del pozo profundo, la cual se realizará una vez concluido el desarrollo del pozo profundo y previo a la realización de las pruebas de bombeo.
Para la desinfección se empleará hipoclorito de sodio concentrado al 10% o superior, en la cantidad necesaria para que el agua contenida en el interior de la tubería del pozo profundo logre una concentración de 50 mg/l (50 ppm) de cloro residual en el agua, durante un periodo mínimo de 24 horas.
Para realizar este procedimiento, el personal deberá usar elementos de seguridad tales como: máscara anti gas, delantal, guantes y cualquier otro accesorio necesario para su protección frente al uso del cloro. Para el vaciado del hipoclorito en el interior del pozo profundo, se utilizará embudo y manguera de polietileno. A fin de que el desinfectante se distribuya homogéneamente, se agitará con pistón u otra herramienta idónea.
Todos los residuos que resulten de este procedimiento deben ser recogidos, acondicionados y dispuestos, de acuerdo a las disposiciones medioambientales vigentes. La inspección técnica de INDAP deberá aprobar el procedimiento realizado.
3.6. Sello sanitario y tapa.
El ítem considera la confección de un sello sanitario de hormigón de dosificación de 170 kg. de cemento/m3 en el tramo superior que tiene contacto con la superficie, con el objeto de impedir la infiltración de contaminantes en la zona próxima al pozo profundo.
El sello se construirá en el espacio anular comprendido entre la tubería de impulsión de Acero o PVC y la pared del pozo profundo perforado. Las dimensiones del sello son las indicadas en esquema de “anexo Nº 4.1”.
Se contempla además una tapa para el extremo exterior de la tubería, que contendrá orificios para el paso de la cañería de descarga de la bomba, cables eléctricos y línea de aire. El material a considerar, será el utilizado en la tubería de habilitación (PVC o Acero).
3.7. Pruebas de bombeo.
“La Empresa” deberá informar a la inspección técnica de INDAP, vía correo electrónico, con al menos 48 horas de anticipación, del inicio de las pruebas de bombeo.
Se considera el suministro, instalación, uso y levante posterior, de un equipo de motobomba sumergible adecuado para realizar las pruebas.
Las pruebas de bombeo se deberán realizar conforme a lo establecido en el “Manual de Normas y Procedimientos para la Administración de Recursos Hídricos – DGA” y, a las siguientes indicaciones:
3.7.1. Equipo motobomba y accesorios.
El equipo deberá ser seleccionado con el fin de obtener el máximo caudal posible. La capacidad de la bomba debe ser a lo menos 30% superior al caudal máximo esperado. La profundidad de instalación de la bomba será definida de acuerdo con las características constructivas del pozo profundo, a la ubicación de la zona captante (tubería ranurada) y a los niveles de la napa.
Para el funcionamiento de la bomba, se deberá contar con un grupo electrógeno, con capacidad acorde a los requisitos de potencia de la bomba, siendo el combustible y lubricantes del grupo electrógeno, de cargo de “la Empresa”.
Para realizar las pruebas de bombeo, “la Empresa” deberá además contar con los siguientes accesorios:
- Válvula reguladora de caudal.
- Estabilización de flujo entre la válvula reguladora y el medidor.
- Medidor de caudal inserto en la tubería (si no lo hubiera, realizar mediciones volumétricas de caudal en forma constante; es decir, cada una hora, a fin de verificar y regular el caudal de bombeo, si es necesario).
- Pozómetro en buen estado. No se aceptarán pozómetros artesanales o “hechizos”. El instrumento se bajará a través de la línea de aire del pozo profundo.
- Reloj cronómetro.
- Iluminación del lugar durante las mediciones nocturnas.
Con el objeto de no alterar las condiciones hidráulicas de las pruebas, en lo posible el agua bombeada se descargará a 50 metros de distancia del pozo profundo, en dirección a una cota menor y siempre resguardando que el agua no se devuelva al pozo. Además, se deberá evitar provocar inconvenientes con la descarga, a las personas y casas que se ubiquen en las cercanías.
3.7.2. Frecuencia de medición.
En la siguiente Tabla se indican las frecuencias de mediciones de niveles para cada prueba:
Tabla N°1: Frecuencia de Registro de Niveles.
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Intervalo tiempo (min)
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Frecuencia (min)
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0 -10
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1
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10 - 20
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2
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20 – 60
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5
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60 – 120
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10
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120 - 240
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15
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240 - 1440
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30
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3.7.3. Pruebas de bombeo de gasto variable (2 caudales).
Se contemplan los gastos de personal, combustible, lubricantes y uso de herramientas e instrumentos durante el desarrollo de las pruebas de bombeo a caudal variable. Se incluyen las mediciones y anotaciones de tiempo, caudal y nivel de agua, de acuerdo con formato presentado en “anexo Nº 5”.
Se consideran pruebas de bombeo para dos (2) caudales progresivos crecientes, de duración mínima de 2 horas para cada una.
El primer caudal deberá ser superior al ofertado, y el segundo corresponderá al máximo posible de extraer a criterio de La Empresa. No obstante, los caudales a considerar deberán ser acordados previamente con la inspección técnica de INDAP.
Durante cada prueba se debe mantener un caudal constante según lo exige la norma. Cualquier variación mayor al 5% de error, sería condición necesaria para repetir la prueba.
Se deberá medir la recuperación del pozo profundo, hasta su nivel inicial (nivel estático) o durante un tiempo igual al tiempo de bombeo. Todo lo anterior deberá ser ejecutado con anterioridad del inicio de la prueba de gasto constante.
3.7.4. Pruebas de bombeo de gasto constante.
Se contemplan los gastos de personal, combustible, lubricantes y uso de herramientas e instrumentos durante el desarrollo de la prueba de bombeo a caudal constante. Se incluyen las mediciones y anotaciones de tiempo, caudal y nivel de agua, de acuerdo con formato presentado en “anexo Nº 5”.
La prueba de bombeo de gasto constante se realizará para un caudal correspondiente al 90% del caudal máximo obtenido en las pruebas de Gasto Variable. Tendrá una duración de 24 horas como mínimo, y con un tiempo de estabilización de niveles de por lo menos 180 minutos.
Se requerirá la estabilización de niveles o una clara tendencia a ello; esto último, definido por un descenso menor o igual a dos centímetros por hora, durante las últimas tres horas de bombeo.
Durante cada prueba se debe mantener un caudal constante según lo exige la norma. Cualquier variación mayor al 5% de error, sería condición necesaria para repetir la prueba.
Los datos informados según formato de “anexo Nº 5” deberán ser aprobados por la inspección técnica de INDAP.
3.8. Informe de construcción de pozos profundos.
Al término de la faena, “la Empresa” deberá entregar un informe de construcción y habilitación del pozo profundo, el cual debe ser firmado por un profesional idóneo. Este informe debe contener a lo menos:
- Ubicación del pozo profundo, en el sistema de coordenadas Universal Transversal de Mercator (UTM), basadas en el Sistema Geodésico Mundial de 1984 (WGS84, sigla en inglés) y el HUSO (Huso 18 o 19, según su ubicación).
- Esquema que muestre la habilitación del pozo profundo, señalando cotas y medidas, materiales utilizados, ubicación de las ranuras, ubicación de la bomba, etc.
- Perfil esquemático del pozo profundo, con la descripción de la estratigrafía (tipo de suelo a diferentes profundidades) encontrado durante la perforación.
- Informe de pruebas de bombeo: Deberá indicar los equipos utilizados, especificaciones técnicas y modelos, registros en tablas (en formato de “anexo Nº 5”) y gráficos (curvas de agotamiento).
- Además, “la Empresa” deberá subir el informe a la plataforma Kobotoolbox (enlace regional) sin perjuicio del respaldo físico en soporte papel, del mismo.
- HABILITACIÓN DEFINITIVA Y OBRAS ANEXAS:
Este ítem contempla todas las obras necesarias para la habilitación del pozo profundo y ejecución de obras anexas. Se incluye el suministro, transporte, instalación y prueba de los equipos, válvulas, sensores, cañería de descarga y piezas especiales, necesarias para la habilitación definitiva del pozo profundo y construcción de obras anexas.
4.1. Equipo motobomba.
Se contempla la instalación de una bomba sumergible, la cual deberá tener la suficiente capacidad para obtener el caudal de la prueba de bombeo de gasto constante del pozo profundo. Dicho caudal deberá ser aprobado por la inspección técnica de INDAP.
Además, debe considerarse una presión de salida mínima (a nivel de terreno) de 10 m.c.a., para lo cual “la Empresa” deberá dejar instalado un manómetro. El montaje de la bomba se realizará de acuerdo a las instrucciones del fabricante.
La Empresa deberá entregar a la inspección técnica de INDAP, los manuales, folletos o información referente a la bomba que permita identificar marca, serie y su curva característica.
4.2. Línea de aire.
En el interior del pozo profundo se debe instalar una tubería de PVC PN10 de diámetro interior mínimo de 19 mm (¾ pulgadas), que debe extenderse desde la superficie del terreno hasta una profundidad que permita medir el nivel dinámico sin perturbaciones (sobre el nivel de la bomba).
Debe quedar instalada con un fácil acceso, de tal forma que permita introducir la sonda de medición (pozómetro) desde el exterior y estar provista de una tapa gorro con hilo (removible) de PVC, con el fin de impedir contaminación hacia el pozo.
4.3. Interconexiones hidráulicas y obras varias.
Se considera el suministro, instalación y prueba de las tuberías, piezas especiales e instrumentos, necesarios para la impulsión del agua hasta la superficie, asegurando una presión mínima de salida de 10 m.c.a. Se considera:
- Cañería de descarga de PVC PN10 de diámetro a determinar conjuntamente con la inspección técnica, dependiendo del caudal a elevar.
- Piezas especiales de PVC: codos y terminales.
- Válvulas de retención y de compuerta de dimensiones dependientes del caudal a extraer.
- Válvula ventosa.
- Medidor de caudal volumétrico de dimensiones dependientes del caudal a extraer, con estándares de calidad de un medidor de uso domiciliario. En la pre cordillera y zonas donde se registran heladas, deberá considerarse un sistema de protección.
- Machón(es) de hormigón, para el apoyo de la tubería de descarga, de acuerdo con lo indicado en el esquema de “anexo Nº 5”.
4.4. Obras eléctricas.
Este ítem comprende a la implementación del sistema eléctrico necesario para el adecuado funcionamiento de la bomba sumergible. Contempla conexión monofásica de 220 volts, cableado impermeable tipo cordón de 3X1, 5 mm2, el cual debe extenderse mediante postación, a una caja de control automático.
Esta caja deberá incluir al menos:
- Un disyuntor de control de aire.
- Un contacto de corriente alterna (Diferencial)
- Un termostato (térmico)
- Amperímetro.
- Automático.
- Voltímetro.
- Sistema de seguridad para cortar energía en caso de que el nivel dinámico llegue a la profundidad de la bomba.
Opcionalmente podrá instalarse: un disyuntor de control de aire.
La caja de control automático deberá además estar habilitada con una lámpara piloto y debe emplazarse a una altura mínima de 1,5 metros sobre el nivel de terreno.
Los postes deberán tener una altura de 5 metros, enterrados al menos un metro de profundidad, y la distancia entre cada unidad, no deberá ser mayor a 25 metros. Los detalles para cada caso se presentan en “anexo Nº 3”.
- EJECUCIÓN DE LA NORIA:
En este ítem se incluye el suministro, transporte, uso de maquinaria y equipos, instalación de fuerza motriz, costo horario maquinaria, etc., necesarios para la ejecución de la obra. INDAP no suministrará tuberías ni otros elementos requeridos, lo que se supondrán serán de propiedad de “la Empresa”.
5.1 Excavación.
Las características físicas de la Noria, tales como profundidad, diámetro y tipo de revestimiento, serán las especificadas en el “anexo Nº 3”.
Las excavaciones se deben ejecutar conforme con las normas chilenas Nch349 y Nch436, con condiciones que ofrezcan plena seguridad, de acuerdo al material excavado.
El método para realizar la excavación (manual o con retroexcavadora) dependerá de la profundidad de la noria y del tipo de suelo encontrado. “La Empresa” propondrá a la inspección técnica el método a utilizar, el cual deberá ser aprobado por esta última.
El diámetro de la excavación, deberá ser como mínimo 50 centímetros mayor al diámetro exterior del revestimiento de la noria, a objeto de instalar el sistema filtrante.
Durante la ejecución de la excavación, “la Empresa” deberá contar con el sistema de bombeo necesario para agotar la napa. Deberá tener especial cuidado con el lugar elegido para descargar el agua, evitando causar daños humanos y materiales.
“La Empresa” confeccionará un perfil estratigráfico de la excavación, incluyendo una descripción cualitativa de cada horizonte, para lo cual deberá tomar muestras de suelo por cada metro de profundidad, o en cada cambio de material.
5.2 Sistema filtrante.
Según sea el método de construcción de la captación, se implementará un sistema filtrante, correspondiente a una capa de 50 centímetros, de bolones seleccionados, libres de impurezas, finos o materia orgánica, instalado en todo el perímetro exterior, comprendido entre las paredes de la excavación y el revestimiento de la noria.
El fondo de la noria deberá llevar un filtro de grava de 50 centímetros de espesor.
5.3 Revestimiento.
Se contempla el revestimiento de las paredes de la noria en piedra, concreto, tubos de concreto prefabricado y/o tubos de HDPE, según lo indicado en el “anexo Nº 3”.
No obstante, si a juicio de “la Empresa” se debiera usar un material diferente al especificado, dadas las características del suelo observadas durante la excavación, éste podrá proponer otra solución, la que deberá contar con la autorización de la inspección técnica de INDAP.
El revestimiento debe sobresalir 0.50 metros del nivel de terreno.
5.4 Limpieza y desinfección.
El ítem contempla el material, equipos y personal necesario para realizar la limpieza y desinfección de la noria, la cual se realizará previo a la realización de las pruebas de bombeo.
Para realizar la limpieza de los poros drenantes, se hará una vez extraída toda el agua y se debe dejar que se recupere el nivel estático.
Para la desinfección se empleará hipoclorito de sodio concentrado al 10% o superior, en la cantidad necesaria para que el agua contenida en el interior de la tubería del pozo profundo logre una concentración de 50 mg/l (50 ppm) de cloro residual en el agua.
Para realizar este procedimiento, el personal deberá usar elementos de seguridad tales como máscara anti gas, delantal, guantes y cualquier otro accesorio necesario para su protección frente al uso del cloro.
Se debe procurar que el desinfectante se distribuya homogéneamente dentro de la noria.
Todos los residuos que resulten de este procedimiento deben ser recogidos, acondicionados y dispuestos, de acuerdo con las disposiciones medioambientales vigentes.
La inspección técnica de INDAP deberá aprobar el procedimiento realizado.
5.5 Sello sanitario y tapa.
El ítem considera la confección de un sello sanitario, con el objeto de impedir la infiltración de contaminantes en la zona próxima a la noria. Este consiste en un anillo de hormigón H-5, que rodea el revestimiento de la noria. Las dimensiones del sello son las indicadas en esquema de “anexo Nº 4.2”.
El extremo superior del revestimiento de la noria, que se extiende 50 centímetros sobre la superficie del terreno, deberá llevar una tapa hermética de concreto, que impida el acceso de terceros, evite la contaminación de la napa y proteja de posibles accidentes. La tapa deberá tener las aberturas necesarias para el paso de la cañería de impulsión y de los cables eléctricos del equipo de bombeo, en caso de que este sea sumergible.
5.6 Pruebas de bombeo.
“La Empresa” deberá informar a la inspección técnica de INDAP, vía correo electrónico, con al menos 48 horas de anticipación, del inicio de las pruebas de bombeo.
Se considera el suministro, instalación, uso y levante posterior, de un equipo de motobomba adecuado para realizar las pruebas.
Para realizar las pruebas de bombeo para la noria, deben considerarse las exigencias indicadas en los puntos 3.7.1 y 3.7.2 del presente documento y en el “Manual de Normas y Procedimientos para la Administración de Recursos Hídricos – DGA”.
5.6.1 Pruebas de bombeo de gasto variable (2 caudales).
Se contemplan los gastos de personal, combustible, lubricantes y uso de herramientas e instrumentos durante el desarrollo de las pruebas de bombeo a caudal variable. Se incluyen las mediciones y anotaciones de tiempo, caudal y nivel de agua, de acuerdo con formato presentado en “anexo Nº 5”.
Se consideran pruebas de bombeo para dos (2) caudales progresivos crecientes, de duración mínima de 2 horas cada una.
El primer caudal deberá ser superior al ofertado, y el segundo corresponderá al máximo posible de extraer a criterio de La Empresa. No obstante, los caudales a considerar deberán ser acordados previamente con la inspección técnica de INDAP.
Durante cada prueba se debe mantener un caudal constante según lo exige la norma. Cualquier variación mayor al 5% de error, sería condición necesaria para repetir la prueba
Se deberá medir la recuperación de la noria, hasta su nivel inicial (nivel estático) o durante un tiempo igual al tiempo de bombeo.
Todo lo anterior deberá ser ejecutado antes del inicio de la prueba de gasto constante.
5.6.2 Prueba de bombeo de gasto constante.
Se contemplan los gastos de personal, combustible, lubricantes y uso de herramientas e instrumentos durante el desarrollo de la prueba de bombeo a caudal constante. Se incluyen las mediciones y anotaciones de tiempo, caudal y nivel de agua, de acuerdo a formato presentado en “anexo Nº 5”.
La prueba de bombeo de gasto constante se realizará para un caudal correspondiente al 90% del caudal máximo obtenido en las pruebas de Gasto Variable. No obstante, el caudal debe ser definido en conjunto con la inspección técnica de INDAP.
Se deberá lograr una estabilización del nivel de la napa, por lo menos durante 180 minutos.
Se requerirá la estabilización de niveles o una clara tendencia a ello, esto último, definido por un descenso menor o igual a dos centímetros por hora, durante las últimas tres horas de bombeo.
Si no es posible lograr la estabilización de niveles, se deberá hacer una prueba de agotamiento de la Noria, con medición completa del descenso y recuperación de niveles. Otra alternativa, consiste en realizar un test de porchet, según lo especificado, en el Manual de Normas y Procedimientos para la Administración de Recursos Hídricos – DGA”.
Durante cada prueba se debe mantener un caudal constante según lo exige la norma. Cualquier variación mayor al 5% de error, sería condición necesaria para repetir la prueba.
Los datos informados según formato de “anexo Nº 4” deberán ser aprobados por la inspección técnica de INDAP.
5.7 Informe de construcción de la noria.
Al término de la faena, “la Empresa” deberá entregar un informe de construcción y habilitación, el cual debe ser firmado por un profesional idóneo.
Este informe debe contener a lo menos:
- Ubicación de la noria, en el sistema de coordenadas Universal Transversal de Mercator (UTM), basadas en el Sistema Geodésico Mundial de 1984 (WGS84, sigla en inglés) y el HUSO (Huso 18 o 19, según su ubicación).
- Esquema que muestre la habilitación de la noria, señalando cotas y medidas, materiales utilizados, revestimiento, sistema filtrante, ubicación de la bomba, etc.
- Perfil esquemático de la noria, con la descripción de la estratigrafía (tipo de suelo a diferentes profundidades) encontrado durante la excavación.
- Informe de pruebas de bombeo que indique los equipos utilizados (especificando características, marca, modelo), registros en tablas y gráficos (curvas de agotamiento).
- Además, “la Empresa” deberá subir el informe a la plataforma Kobotoolbox, sin perjuicio del respaldo físico en soporte papel, del mismo.
5.8 Equipo de bombeo.
Se contempla la instalación de una bomba, la cual deberá tener la suficiente potencia para obtener el caudal de diseño de la noria.
Dicho caudal deberá ser aprobado por la inspección técnica de INDAP. Además, debe considerarse una presión de salida mínima (a nivel de terreno) de 10 m.c.a.
El montaje de la bomba se realizará de acuerdo a las instrucciones del fabricante.
De acuerdo a las características de la noria (profundidad), se consideran tres alternativas de equipo de bombeo:
- Bomba centrífuga de eje horizontal, de baja potencia (0,5 a 1.5 HP), con motor eléctrico monofásico, instalada a nivel de superficie del terreno.
- Bomba centrífuga de eje horizontal, de baja potencia (0,5 a 1.5 HP), con motor eléctrico monofásico, instalada en el interior de la noria, sobre el nivel de la napa, con sistema de izamiento.
- Bomba sumergible, instalada en el interior de la noria.
Solo si existe conexión trifásica, se podrá instalar motor eléctrico trifásico.
No obstante, el tipo de bomba a elegir para cada caso será la indicada en el “anexo Nº 3”.
De igual forma, la Inspección técnica de INDAP deberá aprobar la bomba seleccionada por “la Empresa”.
En caso de instalarse una bomba a nivel de la superficie, deberá quedar resguardada de las inclemencias del tiempo y el vandalismo, en una caseta de 1,5 m X 1,5 m y 2 m de alto (anexo N° 4.4).
5.9 Interconexiones hidráulicas.
Se considera el suministro, instalación y prueba de las tuberías y piezas especiales, necesarias para la impulsión del agua desde la noria.
Dependiendo del tipo de bomba a instalar, se considera: cañería de aspiración, válvula de pie, curvas y terminales, válvula de retención, válvula de corte, filtro de malla y cañería de impulsión.
En el “anexo Nº 4.2” se presenta un esquema de la habilitación de la noria.
- EJECUCIÓN DE PUNTERA(S):
En este ítem se incluye el suministro, transporte y uso de maquinaria y equipos, instalación de fuerza motriz, costo horario maquinaria, etc., necesarios para la ejecución de la obra.
Se considera el suministro, transporte e instalación de la(s) puntera(s) de captación con la(s) cañerías alargadoras y fittings correspondientes. La cantidad de unidades a instalar en cada caso (una o más punteras), se especifica en “anexo Nº 3”.
INDAP no suministrará tuberías ni otros elementos requeridos, lo que se supondrán serán de propiedad de “la Empresa”.
6.1. Perforación.
En la perforación del terreno para instalar la puntera o grupo de punteras, se contemplan los siguientes métodos:
- Barrenado del suelo con calador mediante rotación.
- Inyección de agua a alta presión (usado en suelos de grano fino).
- Perforación mediante roto percusión (útil para suelos duros).
“La Empresa” podrá proponer el método a usar, el cual deberá ser autorizado por la inspección técnica de INDAP.
El diámetro de la perforación debe ser el apropiado para instalar la tubería de encamisado de 4 pulgadas de diámetro.
Sin embargo, para efecto de cubicar el material excavado, se considera una perforación de 8 pulgadas de diámetro.
“La Empresa” realizará un perfil estratigráfico de la perforación, incluyendo una descripción cualitativa de cada horizonte, para lo cual deberá tomar muestras de suelo por cada metro de profundidad o en cada cambio de material.
6.2. Materiales y dimensiones.
La longitud y diámetro de la(s) puntera(s), será(n) las indicadas en “anexo Nº 3”. No obstante, se considera un encamisado ranurado en PVC PN10 de 4 pulgadas de diámetro, tubería de succión de PVC PN10 de 2 pulgadas de diámetro y una longitud mínima de 2 metros de ranurado, a instalar en el extremo inferior de la(s) unidad(es), según se indica en esquema de “anexo Nº 4”.
La longitud del ranurado, así como el slot, serán propuestos por “la Empresa”, de acuerdo al material encontrado durante la perforación y al nivel de la napa, los cuales deberán ser autorizados por la inspección técnica de INDAP.
Se deberá instalar un piezómetro aledaño a la(s) puntera(s), que se materializará en tubería de PVC PN10 de diámetro mínimo 1 pulgada, y de profundidad similar a la de la(s) puntera(s), de tal forma que permita ingresar un equipo de medición de niveles de la napa (piezómetro).
En “anexo Nº 4” se presenta un esquema de habilitación de la puntera.
6.3. Sistema filtrante.
Se contempla la implementación de un sistema filtrante en todo el perímetro exterior, comprendido entre las paredes de la excavación y el encamisado de la(s) puntera(s).
El material pétreo debe ser fluvial, de cantos redondeados, de tamaño entre 3 y 10 mm de espesor, libre de impurezas y finos tales como arcillas, limos o material orgánico. No obstante, de acuerdo a las características del suelo encontrado durante la perforación la (s) puntera (s), “la Empresa” podrá proponer el sistema filtrante más adecuado en cuanto a dimensiones y tipo de material, lo cual debe ser aprobado por funcionarias o funcionarios de INDAP.
6.4. Desarrollo.
Se deberá desarrollar cada puntera con sobre bombeo “corta-para”, o el método que “la Empresa” estime más adecuado, a objeto de estabilizar el terreno alrededor de la rejilla y extraer todo el material fino.
El desarrollo se realizará hasta obtener agua cristalina y libre de arena.
Se informará a la inspección técnica de INDAP, las horas de desarrollo efectivamente realizadas.
6.5. Pruebas de bombeo.
“La Empresa” deberá informar a la inspección técnica de INDAP, vía correo electrónico, con al menos 48 horas de anticipación, del inicio de las pruebas de bombeo.
Se considera el suministro, instalación, uso y levante posterior, de un equipo de motobomba adecuado para realizar las pruebas.
Para realizar las pruebas de bombeo para las punteras, deben considerarse las exigencias indicadas en los puntos 3.7.1 y 3.7.2 del presente documento y en el “Manual de Normas y Procedimientos para la Administración de Recursos Hídricos – DGA”
6.5.1. Pruebas de bombeo de gasto variable (2 caudales).
Se consideran pruebas de bombeo para dos (2) caudales progresivos crecientes, de duración mínima de 2 horas. El primer caudal deberá ser superior al ofertado, y el segundo corresponderá al máximo posible de extraer a criterio de La Empresa. No obstante, los caudales a considerar deberán ser acordados previamente con la inspección técnica de INDAP.
En el caso de que se especifique construir una malla de punteras, constituida por 2 o más punteras, se deberá realizar una prueba de bombeo por cada unidad, para los dos caudales antes descritos, la cual tendrá una duración mínima de 2 horas.
Se contemplan los gastos de personal, combustible, lubricantes y uso de herramientas e instrumentos durante la ejecución de las pruebas de bombeo. Se incluyen las mediciones y anotaciones de tiempo, caudal y nivel de agua, de acuerdo con formato presentado en “anexo Nº 5”.
Los niveles serán medidos en la puntera de observación (piezómetro) y en aquellas se estén sin trabajar, si corresponde.
6.5.2. Prueba de bombeo de gasto constante.
La prueba de bombeo de gasto constante se realizará para un caudal correspondiente al 90% del caudal máximo obtenido en las pruebas de Gasto Variable. Tendrá una duración de 24 horas como mínimo, y con un tiempo de estabilización de niveles de por lo menos 180 minutos.
Se requerirá la estabilización de niveles o una clara tendencia a ello, esto último, definido por un descenso menor o igual a dos centímetros por hora, durante las últimas tres horas de bombeo.
En el caso de que se contemple la habilitación de más de una unidad, la prueba de gasto constante deberá realizarse para todas las unidades funcionando en forma conjunta.
Durante las pruebas de bombeo se deberán registrar los niveles en la puntera de observación (piezómetro).
Durante cada prueba se debe mantener un caudal constante según lo exige la norma. Cualquier variación mayor al 5% de error, sería condición necesaria para repetir la prueba.
Durante la prueba de gasto constante, se deberá controlar el posible arrastre de arena.
Los datos informados según formato de “anexo Nº 5” deberán ser aprobados por la inspección técnica.
6.6. Informe de construcción de la o las punteras.
Al término de la faena, “la Empresa” deberá entregar un informe de construcción, habilitación y calidad del agua de la(s) puntera(s), el cual debe ser firmado por un profesional idóneo.
Este informe debe contener a lo menos:
- Ubicación de cada puntera, si corresponde, en el sistema de coordenadas Universal Transversal de Mercator (UTM), basadas en el Sistema Geodésico Mundial de 1984 (WGS84, sigla en inglés) y el HUSO (Huso 18 o 19, según su ubicación).
- Esquema que muestre la habilitación de la(s) puntera(s), señalando cotas y medidas, materiales utilizados, ubicación de las ranuras, ubicación de la bomba, etc.
- Esquema de planta del emplazamiento de la(s) puntera(s), en caso de que se instale más de una unidad.
- Perfil esquemático de la(s) puntera(s), con la descripción de la estratigrafía (tipo de suelo a diferentes profundidades) encontrada durante la perforación.
- Informe de pruebas de bombeo: que indique los equipos utilizados (características, marca, modelo), registros en tablas y gráficos (curvas de agotamiento).
- Además, “la Empresa” deberá subir el informe a la plataforma Kobotoolbox, sin perjuicio del respaldo físico en soporte papel, del mismo.
6.7. Equipo de bombeo.
Se contempla la instalación de una bomba, la cual deberá tener la suficiente potencia para obtener el caudal de diseño de la(s) puntera(s). Dicho caudal deberá ser aprobado por la inspección técnica de INDAP.
Además, debe considerarse una presión de salida mínima (a nivel de terreno) de 10 m.c.a.
El montaje de la bomba se realizará de acuerdo con las instrucciones del fabricante.
La bomba deberá quedar resguardada de las inclemencias del tiempo y el vandalismo, en una caseta de 1,5 m X 1,5 m y 2 m de alto (anexo N° 4.4).
6.8. Interconexiones hidráulicas.
Se considera el suministro, instalación y prueba de las tuberías y piezas especiales, necesarias para la impulsión del agua, desde la(s) puntera(s) hasta la superficie, a una presión de salida de 10 m.c.a, como mínimo.
Se considera cañería de aspiración, válvula de pie, curvas y terminales, válvula de bola, cañería colectora y de impulsión, según se indica en esquema de “anexo Nº 4.3”.
- USO DE SOLUCIÓN FOTOVOLTAICO EN CORRIENTE CONTINUA (REGIDOS POR NORMATIVA SEC VIGENTE):
En aquellos lugares donde no hay acceso a energía eléctrica para el funcionamiento del equipo de bombeo, o los costos del uso de ésta sones muy onerosos, se contempla el uso de energía solar.
Se busca la materialización de un sistema de bombeo de tipo off grid, en corriente continua (C.C), que sea suficiente para abastecer por lo menos. La solución como mínimo debe contar con:
- Panel fotovoltaico, constituido por la cantidad adecuada de celdas fotovoltaicas, de acuerdo al requerimiento de energía del sistema.
- Un bastidor adecuado para intemperie, que aloje el panel fotovoltaico y la caja de Control, que a su vez contendrá los dispositivos de control del sistema. La caja debe ser capaz de prevenir robo de los dispositivos que almacena.
- Puesto que el implementar un sistema con baterías pudiese elevar los costos, se opta por la instalación de un estanque, que sea capaz de contener un mínimo de 2000 litros, instalado a una altura de a lo menos 5 metros sobre la superficie del terreno y montado en una estructura que lo sostenga de forma segura.
- El motor será de corriente continua (C.C), de imanes permanentes, con capacidad de bombear a lo menos, en un rango de 0,2 – 1 m3/hr (dependiendo la cantidad de radiación del día) y presión suficiente para elevar el agua desde la posición de la bomba hasta el estanque de acumulación, según cada caso.
- Se debe incluir un sensor de nivel de estanque, con el objeto de que el bombeo se detenga cuando el estanque se llene.
- Se debe incluir un sensor de nivel de pozo, con el objeto de prevenir que la bomba funcione “en seco”.
Así mismo, se debe cumplir con lo siguiente:
- Cotización con componentes nuevos y con certificación SEC (superintendencia de electricidad y combustibles).
- Ficha técnica de los paneles a instalar, los que deberán ser de igual modelo y marca para cada sistema instalado.
- Para estructuras de montaje, se deberá considerar la ocurrencia de sismos, nevazones y viento. Además, la vida útil de dichas estructuras debe ser equivalente a la vida útil de los paneles solares que sostendrán, en dicho contexto, se aceptará acero galvanizado o aluminio anodizado.
- Para la estructura de soporte para el estanque de acumulación de agua, se deberá considerar la ocurrencia de sismos, nevazones y viento.
- Adjuntar todas las características técnicas de los componentes del sistema, planillas de datos y manuales de funcionamiento.