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Resolución de Empates |
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Se entenderá por empate cuando haya igualdad de puntaje entre dos o más propuestas una vez evaluadas técnica y económicamente todas aquellas que hayan sido presentadas válidamente. Los criterios de desempate son los siguientes:
a) Primero se seleccionará la propuesta que tenga mayor puntaje en el criterio 1.1 Coherencia de la propuesta metodológica.
b) Segundo se escogerá aquella propuesta que haya ingresado primero en la plataforma Mercado Público.
Como resultado de su evaluación, la Comisión Evaluadora emitirá un informe técnico y económico, recomendando la adjudicación al oferente que haya presentado la propuesta más ventajosa, considerando los criterios de evaluación con sus correspondientes puntajes y ponderaciones, establecidos en estas bases y en el Reglamento de la Ley N° 19.886; y/o la sugerencia de declarar inadmisibles las propuestas que no hayan cumplido los requisitos establecidos; o la proposición de declarar desierto el proceso licitatorio, en el caso que no se presenten propuestas o éstas no fuesen convenientes a los intereses de INDAP. En cualquier caso, tanto la adjudicación como la declaración de inadmisibilidad y la declaración de licitación desierta, deben ser aprobadas por Resolución fundada.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
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En caso que los oferentes no adjudicados en el proceso licitatorio deseen efectuar consultas respecto al resultado del proceso de adjudicación y de sus antecedentes anexos, éstas deberán ser dirigidas mediante correo electrónico a gllanquitru@indap.cl, el cual entregará la respuesta y/o aclaración respectiva en un plazo máximo de cinco (5) días hábiles posteriores al día de efectuada la consulta.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
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En virtud del Artículo 40 del Reglamento de la Ley N° 19.886, INDAP podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información.
De la misma forma, INDAP podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que no se trate de los documentos exigidos como requisito de admisibilidad en el numeral precedente y que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.
Para estos efectos, INDAP informará a través del Sistema de Información de la omisión de los respectivos antecedentes o certificaciones, en cuyo momento comenzará a correr el plazo máximo de 48 horas para que el oferente proceda a hacer la corrección de estas omisiones, presentando lo que corresponda a través del mismo Sistema.
Esta situación será considerada en la pauta de evaluación establecida en las presentes bases de licitación, asignando puntaje 0 (cero) en el criterio administrativo.
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2. CARACTERÍSTICAS DE LA LICITACIÓN |
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Nombre adquisición
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Adquisición de Servicio de Capacitación Actividades de Cursos y Giras Técnicas Para Usuarios Del Programa De Desarrollo Territorial Indígena PDTI INDAP-CONADI, En Contrato Con Entidades Ejecutoras Privadas, Región de La Araucanía.
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Descripción
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Adquisición de capacitaciones y acciones formativas a usuarios del programa de desarrollo territorial indígena
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Tipo de compra
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Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior
1.000 UTM: Licitación de Adjudicación Múltiple.
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Moneda
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Pesos chilenos
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Monto total presupuesto referencial disponible (impuestos incluidos, si corresponde)
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$10.160.000
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Duración de los servicios
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Dependerá de los Cursos y Gira Ofertada
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Etapa del proceso de apertura
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En una sola etapa
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4. INSTANCIA DE PREGUNTAS Y MODIFICACIONES A LAS BASES |
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5. CONDICIONES Y ACLARACIONES DE LA LICITACIÓN |
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El oferente participante deberá examinar todas las instrucciones, condiciones y especificaciones que figuran en estas bases de licitación, las cuales constituyen la única fuente de información para la preparación de la propuesta. Si el oferente omite suministrar toda la información requerida en los documentos de licitación, o presenta una propuesta que no se ajuste en todos los aspectos a estos documentos, el riesgo será de su cargo.
Cualquier oferente puede solicitar aclaraciones sobre estas bases de licitación, tanto de carácter técnico como de índole administrativo, mediante comunicación escrita a INDAP, vía Sistema Mercado Público, en el plazo de preguntas indicado en el numeral 3 de las presentes bases administrativas de licitación. INDAP dará respuesta en forma general, sin identificar su origen, dentro de los plazos indicados, a través de su publicación en el Sistema Mercado Público.
Las respuestas señaladas serán parte integrante de las presentes bases de licitación, siendo responsabilidad de cada interesado tomar el debido conocimiento de las mismas. Con todo, INDAP se reserva el derecho de no contestar aquellas consultas que a su juicio sean inconducentes o no correspondan directamente al proceso licitatorio.
INDAP podrá efectuar a iniciativa propia, aclaraciones a las bases de licitación, para precisar el alcance, complementar o interpretar algún elemento de su contenido que, a su juicio, no haya quedado suficientemente claro y dificulte la obtención de buenas propuestas. Estas aclaraciones se harán llegar en la misma forma y oportunidad que las respuestas a las consultas. En el caso que estas aclaraciones impliquen modificar las presentes bases de licitación, dicha modificación deberá ser aprobada mediante la correspondiente Resolución fundada, sometida a la misma tramitación administrativa que la Resolución que haya aprobado las bases de licitación.
Se entenderá que cualquier aclaración, así como las respuestas a las preguntas formuladas por los oferentes, contribuyen a determinar el alcance y sentido de las bases de licitación y, en tal condición, deberán ser consideradas por los oferentes en la preparación de sus propuestas.
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8. REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD |
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Para que las ofertas presentadas puedan pasar a la etapa de evaluación, primeramente, deberán cumplir con los siguientes requisitos de admisibilidad:
- Presentar la garantía de seriedad de la oferta
- Anexo 1: Formulario de Identificación del Oferente, conforme a anexo.
- Anexo 2: Experiencia del Oferente
- Anexo 3: Propuesta Técnica
- Anexo 4. Propuesta económica
En el caso que no se dé cumplimiento a una o más de las exigencias señaladas anteriormente, la oferta presentada será declarada inadmisible, debido a que se trata de requisitos de carácter obligatorio. Lo anterior, tiene por objeto salvaguardar el principio de igualdad entre los oferentes, así como el principio de eficiencia procedimental y económica.
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9. PROCEDIMIENTO DE EVALUACION |
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El puntaje mínimo para ser seleccionado debe ser igual o mayor a 2.8 puntos, por lo que la propuesta que obtenga menos de 2.8 puntos ponderados, no podrá ser adjudicada por no cumplir con los requisitos mínimos establecidos en las presentes bases, lo que será debidamente consignado en el informe final de la comisión evaluadora. Sin perjuicio de lo anterior, en caso que el proceso deba declararse desierto debido a que ninguna de las ofertas presentadas haya alcanzado el puntaje mínimo, éstas serán consideradas inadmisibles para los efectos del artículo 10, numeral 7, letra l del Reglamento de la Ley N° 19.886.
Para la evaluación se utilizarán los antecedentes que los oferentes participantes entreguen a INDAP y que se especifican en los distintos puntos de estas bases de licitación. Las propuestas serán evaluadas técnica y económicamente por un equipo interno, en calidad de comisión evaluadora, en base a los siguientes criterios:
- De la evaluación de las ofertas
La evaluación de las ofertas considera los siguientes criterios de evaluación:
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CRITERIOS DE EVALUACIÓN
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PUNTAJES
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PONDERACIÓN
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Características, Experiencia y Capacidad del Oferente
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1 a 4
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30%
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Coherencia propuesta técnica
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1 a 4
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40%
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Propuesta Económica
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1 a 4
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20%
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Administrativa:
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1 a 4
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10%
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TOTAL
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100%
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A continuación, se detalla la forma de calificación de cada criterio de evaluación señalado en la tabla anterior, donde el puntaje máximo es 4 y el mínimo es 1:
a) Características, Experiencia, Capacidad del Oferente (30%):
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Criterio
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Puntaje
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4
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3
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2
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1
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Características del Oferente. Años experiencia previa del oferente en la ejecución ejecución de giras y días de campo para la pequeña agricultura, de preferencia a usuarios pertenecientes a pueblos originarios.
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>5 años
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Entre >3 y ≤5 años
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Entre 1 y ≤ 3 años
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Experiencia menor a 1 año o bien no acredita experiencia
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b) Coherencia propuesta técnica (40%)
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Criterio
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Puntaje
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4: Adecuado
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3: Medianamente Adecuado
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2: Suficientemente adecuado
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1: Inadecuado
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Coherencia la propuesta técnica: se evalúa el contenido de la propuesta técnica y metodológica, el detalle todos los servicios ofertados (movilización, alimentación, alojamiento, materiales necesarios)
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Adecuado: aborda 100% de los productos y requerimientos solicitados en las bases técnicas
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Medianamente Adecuado: aborda entre el 80% al 99% de los productos y requerimientos solicitados en las bases técnicas
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Suficientemente adecuado: aborda entre el 61% al 79% de los productos y requerimientos solicitados en las bases técnicas
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Inadecuado: aborda menos del 60% de los productos y requerimientos solicitados en las bases técnicas
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c) Propuesta Económica (20%)
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CRITERIO PORPUESTA ECONÓMICA
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Parámetros
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Puntaje
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Ponderación
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((Precio Ofertado) /(Precio presupuesto)) x 100 =
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15%
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Si el resultado es entre 75 y 100
(La oferta económica es igual o menor hasta en un 15% del presupuesto de referencia)
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4
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Si el resultado es entre 101 y 110
(La oferta económica es superior hasta en un 15% del presupuesto de referencia)
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3
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Si el resultado es entre 111 y 120
(La oferta económica es superior hasta en un 15% del presupuesto de referencia)
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2
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Si el resultado es entre 121 y 130
(La oferta económica es superior a un 15% y hasta en un 30% del presupuesto de referencia)
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1
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d) Propuesta Administrativa Cumplimiento de contratación inclusiva (10%)
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Factores a evaluar
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Parámetros
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Puntaje
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Ponderación
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CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES
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El oferente cumple con todos los requisitos formales requeridos para la presentación de la propuesta, dentro del periodo de recepción de ofertas y antes de la fecha de cierre.
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4
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5%
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El oferente no cumple con todos los requisitos formales requeridos para la presentación de la propuesta, dentro del periodo de recepción de ofertas y antes de la fecha de cierre.
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0
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CUMPLIMIENTO DE CONTRATACIÓN INCLUSIVA
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El oferente fomenta la inclusión laboral de personas en situación de discapacidad (debe adjuntar contrato de trabajo del/de los trabajadores en situación de discapacidad e inscripción en Registro Nacional de Discapacidad o certificación del COMPIN).
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4
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5%
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El oferente no fomenta la inclusión laboral de personas en situación de discapacidad.
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0
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ERRORES U OMISIONES DETECTADOS DURANTE LA EVALUACION
En virtud del Artículo 40 del Reglamento de la Ley N° 19.886, INDAP podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información.
De la misma forma, INDAP podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que no se trate de los documentos exigidos como requisito de admisibilidad en el numeral precedente y que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.
Para estos efectos, INDAP informará a través del Sistema de Información de la omisión de los respectivos antecedentes o certificaciones, en cuyo momento comenzará a correr el plazo máximo de 48 horas para que el oferente proceda a hacer la corrección de estas omisiones, presentando lo que corresponda a través del mismo Sistema.
Esta situación será considerada en la pauta de evaluación establecida en las presentes bases de licitación, asignando puntaje 0 (cero) en el criterio administrativo.
MECANISMO DE RESOLUCION DE EMPATES
Se entenderá por empate cuando haya igualdad de puntaje entre dos o más propuestas una vez evaluadas técnica y económicamente todas aquellas que hayan sido presentadas válidamente. Los criterios de desempate son los siguientes:
a) Primero se seleccionará la propuesta que tenga mayor puntaje en el criterio 1.1 Coherencia de la propuesta metodológica.
b) Segundo se escogerá aquella propuesta que haya ingresado primero en la plataforma Mercado Público.
Como resultado de su evaluación, la Comisión Evaluadora emitirá un informe técnico y económico, recomendando la adjudicación al oferente que haya presentado la propuesta más ventajosa, considerando los criterios de evaluación con sus correspondientes puntajes y ponderaciones, establecidos en estas bases y en el Reglamento de la Ley N° 19.886; y/o la sugerencia de declarar inadmisibles las propuestas que no hayan cumplido los requisitos establecidos; o la proposición de declarar desierto el proceso licitatorio, en el caso que no se presenten propuestas o éstas no fuesen convenientes a los intereses de INDAP. En cualquier caso, tanto la adjudicación como la declaración de inadmisibilidad y la declaración de licitación desierta, deben ser aprobadas por Resolución fundada.
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10. ADJUDICACIÓN DE LA LICITACION |
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INDAP adjudicará la presente licitación al oferente que obtenga el mayor puntaje de la aplicación de los criterios de evaluación, y que cumpla con todos los requisitos exigidos en estas bases de licitación. Determinado el oferente seleccionado, INDAP notificará vía Sistema Mercado Público a dicho oferente que su propuesta ha sido aceptada. El oferente seleccionado quedará sometido al estricto cumplimiento de las obligaciones que se derivan de estas bases de licitación y de la presentación de su oferta.
La adjudicación de esta licitación se realizará por Resolución fundada de la autoridad competente de INDAP, en la que se especificarán los criterios de evaluación y puntajes que permitieron la adjudicación del oferente seleccionado y los antecedentes anexos del proceso de evaluación y selección de las propuestas. Dicha Resolución se dictará en el plazo señalado en el Calendario de actividades del proceso licitatorio.
Esta Resolución, junto a los anexos mencionados en el párrafo anterior, se publicarán oportunamente en el Sistema Mercado Público, a fin de que los oferentes participantes tomen conocimiento de los criterios de evaluación que hayan permitido al adjudicatario obtener la calificación de oferta más conveniente. Asimismo, se publicará la resolución fundada que declare la inadmisibilidad y/o la declaración de desierto del proceso.
En caso de que no sea posible realizar la adjudicación dentro del plazo señalado en estas bases de licitación, INDAP informará en el Sistema Mercado Público las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicará un nuevo plazo para la adjudicación.
INDAP no podrá adjudicar la licitación a oferentes que se encuentren inhabilitados para contratar con las Entidades Públicas u ofertas que no emanen de quien tiene poder suficiente para efectuarlas representando al respectivo oferente, sin perjuicio de la ratificación posterior que se realice en conformidad a la ley.
RE-ADJUDICACION
En caso que el oferente originalmente seleccionado se rehúse a suscribir el contrato y/o aceptar la orden de compra a que se refiere el inciso primero del artículo 63 del Reglamento de la Ley N° 19.886; o no entregue la garantía de fiel cumplimiento de contrato; o se desista de su oferta; o sea inhábil para contratar con el Estado de acuerdo a los términos de la Ley N° 19.886 y su Reglamento; o no cumpliese con las demás condiciones y requisitos establecidos en estas bases para la suscripción de contrato, INDAP podrá, junto con dejar sin efecto la adjudicación original, adjudicar la licitación al oferente que le siga en puntaje de acuerdo a la evaluación de las propuestas, quien deberá cumplir con las exigencias establecidas en las bases de licitación, y así sucesivamente entre los oferentes evaluados por orden de puntaje obtenido, hasta llegar al tercer lugar si fuese necesario, o declararla desierta.
MECANISMOS PARA SOLUCION DE CONSULTAS RESPECTO A LA ADJUDICACION
En caso que los oferentes no adjudicados en el proceso licitatorio deseen efectuar consultas respecto al resultado del proceso de adjudicación y de sus antecedentes anexos, éstas deberán ser dirigidas mediante correo electrónico a gllanquitru@indap.cl, el cual entregará la respuesta y/o aclaración respectiva en un plazo máximo de cinco (5) días hábiles posteriores al día de efectuada la consulta.
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11. FORMALIZACIÓN DE LA COMPRA. |
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La formalización de los servicios de harán mediante emisión de orden de compra o suscripción de contrato.
a.- EMISIÓN DE ORDEN DE COMPRA
Se aplicará para los montos cuya adjudicación sea menor a 100 UTM, independiente del número de líneas adjudicadas al oferente.
En conformidad con el artículo 63 del Reglamento de la Ley N° 19.886, las adquisiciones menores a 100 UTM podrán formalizarse mediante la emisión de la orden de compra y la aceptación de ésta por parte del proveedor.
Por lo anterior, se deja expresamente establecido que las adquisiciones serán formalizadas de dicha forma y no será necesaria la suscripción de un contrato entre las partes.
Posterior a la publicación de la adjudicación, INDAP emitirá la orden de compra respectiva, la cual acredita que surgen entre las partes, derechos y obligaciones que deben ser cumplidas en los términos que señalan las presentes bases de licitación.
Si la orden de compra no es aceptada por el oferente adjudicado en el plazo de 48 horas, INDAP podrá solicitar su rechazo, entendiéndose definitivamente rechazada una vez transcurridas 24 horas desde dicha solicitud.
El oferente que resultare adjudicado deberá encontrarse inscrito y en estado “hábil” en el Registro de Proveedores al momento de la emisión de la orden de compra; en caso contrario, deberá inscribirse dentro del plazo de 15 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución de adjudicación.
Tratándose de los adjudicatarios de una Unión Temporal de Proveedores, cada proveedor integrante de la unión temporal deberá inscribirse en el Registro de Proveedores, dentro del plazo de 15 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución de adjudicación.
b.- SUSCRIPCIÓN DE CONTRATO.
Se aplicará para los montos cuya adjudicación sea igual o mayor a 100 UTM, independiente del número de líneas adjudicadas al oferente.
ANTECEDENTES LEGALES PARA LA SUSCRIPCIÓN DE CONTRATO
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Si el oferente es persona natural
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- Fotocopia de su cédula de identidad.
- Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales, emitido por la Dirección del Trabajo con fecha posterior a la adjudicación.
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Acreditar en Registro de Proveedores
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Si el oferente es una persona jurídica
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- Certificado de vigencia de poder del representante legal, con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, otorgado por el Conservador correspondiente o, en los casos que resulte procedente, cualquier otro documento que acredite la vigencia del poder del representante legal del oferente, según los plazos de vigencia indicados.
- Certificado de vigencia de la Sociedad con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, o cualquier otro documento que acredite la existencia jurídica del oferente, manteniendo la misma vigencia anteriormente señalada.
- Copia de la escritura pública de constitución de la Sociedad y de sus modificaciones, si las hubiere.
- Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales, emitido por la Dirección del Trabajo con fecha posterior a la adjudicación.
Las sociedades acogidas a la Ley N° 20.659 que simplifica la constitución, modificación y disolución de las sociedades comerciales deberán acreditar su constitución con indicación de su(s) representante(s) legal(es) con los siguientes certificados:
- Certificado de vigencia
- Certificado de estatutos actualizados
- Certificado de anotaciones, en su caso
Los certificados correspondientes pueden ser obtenidos desde el portal www.tuempresaenundia.cl
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Acreditar en Registro de Proveedores
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Si el oferente es una UTP
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Las Uniones Temporales de Proveedores (UTP) deberán entregar los mismos documentos indicados precedentemente respecto de cada uno de sus integrantes y suscribir un documento que formalice la unión, el cual deberá formalizarse de acuerdo a lo establecido en el artículo 67 bis del Reglamento de la Ley N° 19.886.
La vigencia de la Unión Temporal de Proveedores deberá ser, a lo menos, equivalente a la vigencia del contrato derivado de la presente licitación, incluyendo la renovación que pudiera tener lugar, en virtud de lo dispuesto en el artículo 12 del Reglamento de la Ley N° 19.886.
Asimismo, los integrantes de la UTP deberán autorizar a un representante legal común para que ejerza a su nombre todos los derechos y cumpla todas las obligaciones de la Unión Temporal de Proveedores frente a INDAP respecto al servicio a contratar. No obstante, todos los integrantes serán responsables solidariamente del cumplimiento de las obligaciones que surjan del servicio a contratar, por lo que INDAP podrá exigir a cualquiera de sus miembros, indistintamente, el cumplimiento total de las obligaciones contratadas, cualquiera sea su naturaleza.
El apoderado de la UTP deberá tener poder suficiente, lo cual deberá constar en los documentos legales que se presenten y que respaldan la constitución de dicha figura, de acuerdo con el artículo 67 bis del Reglamento de la Ley N°19.886.
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Todos los oferentes
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Garantía de fiel cumplimiento de contrato.
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OBSERVACIONES
El plazo para la suscripción del contrato es de 15 días hábiles contados desde la fecha de la Resolución que aprueba la adjudicación.
Los antecedentes legales para poder ser contratado, sólo se requerirán respecto del adjudicatario y deberán estar disponibles en el Registro de Proveedores. No se aceptará la entrega de dichos antecedentes mediante la modalidad de soporte papel u otro medio magnético de almacenamiento.
Lo señalado en el párrafo precedente, no resultará aplicable a la garantía de fiel cumplimiento de contrato, la cual podrá ser entregada físicamente según lo regulado en estas bases de licitación.
Si el respectivo proveedor no entrega la totalidad de los antecedentes requeridos para ser contratado dentro del plazo fatal de 15 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución de adjudicación, o no suscribe el contrato en los plazos establecidos en estas bases, INDAP podrá proceder a la re-adjudicación, de acuerdo a lo establecido en las presentes bases.
En caso de que el adjudicatario no se encuentre inscrito en el Registro de Proveedores, deberá inscribirse dentro del plazo de 15 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución de adjudicación.
Tratándose de los adjudicatarios de una Unión Temporal de Proveedores, cada proveedor integrante de la unión temporal deberá inscribirse en el Registro de Proveedores, dentro del plazo de 15 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución de adjudicación.
Cabe señalar que, a través del Registro de Proveedores de Mercado Público, se realizará un control permanente de la habilidad que mantiene el oferente seleccionado durante la vigencia del contrato, en relación al cumplimiento de las causales definidas en el artículo 92 de inhabilidades e incompatibilidades establecidas en el Reglamento de la Ley N° 19.886.
- GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO DE CONTRATO
- Oferentes que se adjudiquen montos iguales o mayores a 100 UTM: corresponde al 10% del valor total del monto del contrato.
- Oferentes que se adjudiquen montos menores a 100 UTM: no requieren Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato, por ser bienes o servicios estándar de simple y objetiva especificación.
Solamente requerido para monto de adjudicación igual o mayor a 100 UTM.
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Monto de la garantía
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10% del monto total del contrato.
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Fecha de vencimiento de la garantía
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Sesenta (60) días posteriores a la fecha de término del contrato.
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Garantías válidas
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Se aceptará como garantía de fiel cumplimiento de contrato cualquier instrumento que asegure su cobro de manera rápida y efectiva, de acuerdo a lo estipulado en el artículo N° 68 del Reglamento de la Ley N° 19.886, el que deberá ser pagadero a la vista y tener el carácter de irrevocable, tales como:
- Boleta Bancaria
- Póliza de seguro de ejecución inmediata
- Certificado de Fianza
- Vale a la vista
En caso que se entregue como garantía un vale a la vista, éste deberá venir acompañado de un documento simple, en donde indique la glosa, plazo de vigencia e identificación del oferente.
Esta garantía podrá ser tomada por un tercero a nombre del proponente.
La garantía se podrá acompañar tanto en formato físico como electrónico, a opción del oferente. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma, de acuerdo a lo estipulado en el artículo 31 del Reglamento de la Ley N° 19.886.
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Glosa
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" Garantiza el fiel, oportuno y cabal cumplimiento del Contrato de servicio de capacitaciones y acciones formativas del Programa de Desarrollo Territorial Indígena PDTI”
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A nombre de
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Instituto de Desarrollo Agropecuario
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RUT
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61.307.000-1
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Fecha de entrega
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Deberá presentarse al momento de la firma del contrato.
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Observaciones
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Esta garantía tiene por objeto resguardar el correcto cumplimiento de todas las obligaciones emanadas de la oferta y el contrato. En el caso de la prestación de servicios, esta garantía asegurará además el pago de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores del contratante.
La garantía será devuelta, si procediere, con posterioridad al término del servicio, previo cumplimiento de las obligaciones contractuales y extracontractuales entre las partes.
Todo gasto que irrogue la mantención de la garantía será de cargo del oferente seleccionado, quien es el responsable de realizar los trámites para mantenerla vigente por el período que cauciona. La garantía deberá ser renovada en caso de prórroga o renovación del contrato; el no cumplimiento de este trámite será motivo para que INDAP ponga término anticipado al contrato.
INDAP podrá efectuar el cobro de la garantía de fiel cumplimiento de contrato, mediante acto administrativo fundado y debidamente tramitado, por las causales indicadas en las letras B, C, E y F del numeral 16 de las presentes bases de licitación, haya procedido o no el término anticipado de contrato.
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PRESUPUESTO Y FORMA DE PAGO |
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Presupuesto referencial (impuestos incluidos, si corresponde)
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$10.160.000 PRESUPUESTO REFERENCIAL IMPUESTOS INCLUIDOS, QUE SE DESAGREGARÁ DE LA SIGUIENTE MANERA:
GIRA TECNICA EN RUBROS DE FRUTALES, HORTALIZAS, OVINOS Y MANEJO DE PRADERAS $10.160.000.-
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Forma de pago
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El pago será efectuado dentro de un período máximo de 30 días corridos, contados desde la fecha de recepción conforme de los productos adquiridos, mediante transferencia electrónica realizada por la Tesorería General de la República o el mecanismo vigente a la época del pago, lo cual será informado oportunamente por el INDAP.
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Aprobación de pago
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El proveedor deberá coordinar con la entidad ejecutora los plazos de ejecución de la capacitación (INDAP entregará contacto de las entidades ejecutoras que corresponda)
Una vez realizada la capacitación, el proveedor deberá entregar en la agencia de área de INDAP, correspondiente a la comuna de ejecución del curso, los siguientes documentos:
- Total, tramitación de la Orden de Compra.
- Informe técnico que dé cuenta de la ejecución de las capacitaciones. El cual deberá contener el objetivo de la actividad, los contenidos abordados, los servicios y materiales entregados, así como todos los elementos relevantes que den cuenta de la ejecución del servicio.
- Nóminas de participantes a las actividades con fecha, lugar y firma de los asistentes (documento a entregar debe ser en original) y cualquier otro medio que permita verificar la actividad realizada, tales como: fotografías, videos, impresos, página web, televisión.
- Manual de conocimientos, si corresponde.
- Listado entrega de insumos y materiales debidamente firmado por los usuarios.
El pago de INDAP se transferirá al proveedor, contra entrega conforme de la totalidad de los documentos indicados, lo cual debe constar en un Informe Técnico de INDAP que autorice el pago respectivo.
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Facturación
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Una vez autorizado el pago por la contraparte técnica de INDAP, ésta procederá a señalar al Departamento de Gestión de Abastecimiento que se puede hacer la recepción conforme de los servicios, para posteriormente indicar al oferente seleccionado que puede emitir y enviar el documento electrónico de cobro correspondiente, de manera de proceder al pago respectivo.
La empresa deberá remitir la factura junto a su archivo xml a la casilla de correo dipresrecepcion@custodium.com.
El pago será efectuado por parte de la Tesorería General de la República o el mecanismo vigente a la época del pago, lo cual será informado oportunamente por el INDAP., y se realizará preferentemente a través de transferencia electrónica, para lo cual el oferente deberá enviar por única vez, un correo electrónico a la casilla ccastillo@indap.cl, señalando los antecedentes para efectuar la operación, tales como: número de cuenta corriente, Banco, RUT, razón social, mail y número telefónico de la persona encargada de recibir el comprobante de transferencia. En caso de que no se envíen los antecedentes bancarios, el pago se realizará con cheque, el que se enviará por carta certificada a la dirección inscrita en servicios de impuestos internos.
En caso de que el oferente seleccionado emita boletas de honorarios, deberá remitir dicho documento junto a su archivo xml a la casilla de correo opartes@indap.cl.
En este caso, el pago será efectuado por parte de la Institución, dentro de un plazo máximo de 30 días corridos desde la fecha de recepción conforme de los servicios, para lo cual el oferente deberá enviar por única vez, un correo electrónico a la casilla ccastillo@indap.cl, señalando los antecedentes para efectuar la operación, tales como: número de cuenta corriente, Banco, RUT, razón social, mail y número telefónico de la persona encargada de recibir el comprobante de transferencia.
En caso que se adjudique a una UTP, ésta deberá emitir el documento tributario, el cual se señala claramente en la Orden de Compra.
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TÉRMINO ANTICIPADO DE CONTRATO |
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El contrato podrá terminarse anticipadamente, de conformidad a lo establecido en el artículo 13 de la Ley N° 19.886 y el artículo 77 del Reglamento de la Ley N° 19.886, por las siguientes causas:
- Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
- Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante.
- Estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
- Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
- Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
- Las demás que se establezcan en las respectivas bases de la licitación o en el contrato; estableciéndose en el presente las siguientes causas que pudieran ocurrir o revelarse durante toda la vigencia del contrato:
- Si el contratante perdiere las certificaciones y autorizaciones necesarias para funcionar en el giro de su actividad, decretada por autoridad competente.
- Si el contratante falleciera o se disolviera la entidad contratada. En ambos casos se procederá a efectuar la liquidación del contrato.
- Haber sido condenado el contratante por crimen o simple delito.
- Haber sido condenado el contratante, como consecuencia de incumplimiento de un contrato celebrado con alguna entidad regida por la Ley N° 19.886, y siempre que no hayan transcurrido dos años a contar desde la fecha de la sentencia.
- Haber sido suspendido el contratante o haber sido eliminado del Registro de Proveedores, a través de una resolución fundada de la Dirección de Compras Públicas.
- Si el contratante se encontrara en Estado Inhábil para suscribir contratos con Organismos Públicos del Estado, de acuerdo al reporte entregado por el Registro de Proveedores de Mercado Público.
- Si los resultados obtenidos de la prestación de los servicios no son los esperados, por lo que continuar con su desarrollo perjudica a INDAP.
El término anticipado de contrato por cualquiera de las causales aquí establecidas deberá ser formalizado mediante acto administrativo fundado, debidamente tramitado, el que deberá establecer, si correspondiere, el monto que INDAP deba pagar al contratante por los servicios efectivamente prestados hasta antes de la causal que le pone término al contrato, así como los productos o documentos que el contratante deba entregar a INDAP.
Lo establecido en este numeral es sin perjuicio de las acciones que INDAP pueda ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos, con la correspondiente indemnización de perjuicios
Procedimiento para término anticipado de contrato (letra A)
Para efectos de terminar anticipadamente el contrato por la causal prevista en la letra A, cualquiera de las partes enviará a la otra, mediante correo electrónico, el documento que da cuenta de las razones de la resciliación, firmado por el representante legal respectivo. La parte receptora del documento de resciliación podrá suscribirlo sin más trámite, o bien hacer las modificaciones que estime pertinentes, en cuyo caso deberá remitirlo a la parte que inició el procedimiento, para su suscripción.
El documento de resciliación que en definitiva se suscriba por ambas partes, se adjuntará al acto administrativo que formalice el término anticipado y servirá de fundamento suficiente, debiendo además establecer, si correspondiere, el monto que INDAP deba pagar al contratante por los servicios efectivamente prestados hasta antes de la causal que le pone término al contrato, así como los productos o documentos que el contratante deba entregar a INDAP.
Procedimiento para término anticipado de contrato (letra D)
Para efectos de terminar anticipadamente el contrato por exigirlo el interés público o la seguridad nacional, INDAP enviará al contratante, vía correo electrónico, la carta de comunicación respectiva. Posteriormente, mediante acto administrativo debidamente tramitado, INDAP formalizará el término de contrato, adjuntado el documento oficial que dé cuenta de las razones que exigen dicho término, el que servirá de fundamento suficiente, debiendo además establecer, si correspondiere, el monto que INDAP deba pagar al contratante por los servicios efectivamente prestados hasta antes de la causal que le pone término al contrato, así como los productos o documentos que el contratante deba entregar a INDAP.
Procedimiento para término anticipado de contrato (letras B, C, E y F)
- INDAP notificará al contratante el eventual término anticipado de contrato mediante correo electrónico, indicando la causal de que se trata y que tiene un plazo de 5 días para deducir su reclamo, si procediere.
- El contratante podrá reclamar a INDAP, dentro del quinto (5°) día hábil contado desde la notificación anteriormente indicada, mediante solicitud escrita enviada a través de correo electrónico a la dirección gllanquitru@indap.cl, la que deberá ser fundada.
- INDAP resolverá la reclamación presentada por el contratante dentro del decimoquinto (15°) día hábil, acogiendo los fundamentos presentados, o bien rechazándolos y dando por terminado el contrato, lo que deberá ser aprobado mediante acto administrativo fundado, debidamente tramitado, y posteriormente notificado al contratante mediante correo electrónico, adjuntando la resolución fundada correspondiente.
- Se hace presente que contra la resolución que aprueba el término anticipado de contrato, proceden los recursos consagrados en la Ley N° 19.880, los que deberán interponerse dentro de los plazos legales, ante el Director Nacional de INDAP, sin perjuicio de que el contratante pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime oportuno.
Cuando se ponga término anticipado al contrato por las causales indicadas en las letras B, C, E y F:
- El contratante no tendrá derecho a indemnización alguna y se podrá proceder al cobro de la garantía de fiel cumplimiento de contrato, sin previa notificación ni cumplimiento de ningún otro requisito, sin perjuicio del cobro de las multas adeudadas.
- INDAP podrá dar cuenta de tales hechos a la Dirección de Compras y Contratación Pública, para los efectos de que el contratante sea suspendido o eliminado, según corresponda, del Registro Electrónico Oficial de Proveedores de la Administración, de conformidad a los artículos 92°, 93°, 95° y 96° del Reglamento de la Ley N° 19.886.
Se entenderá como incumplimiento grave de las obligaciones contraídas (letra B), entre otras, las siguientes acciones:
₋ La negativa, sin causa justificada, de prestar cualquiera de los servicios a los que se hubiere comprometido en su oferta.
₋ Aplicación de multas por un total acumulado equivalente al 30% del valor del contrato.
₋ Aplicación de multas superando los topes establecidos para cada una de ellas, esto es exceder los 40 días hábiles de atraso o incumplir 03 obligaciones durante la vigencia del contrato.
₋ No pago de las multas debidamente cursadas en el plazo establecido.
₋ No renovar la garantía de fiel cumplimiento en caso de renovación o prórroga del contrato.
₋ No reponer la garantía de fiel cumplimiento en caso de cobro de esta.
₋ Transgredir la prohibición de subcontratar, ceder, traspasar y/o transferir, total o parcialmente, a cualquier título, los derechos y obligaciones que se establezcan en el contrato.
Para el caso de las UTP, adicionalmente a las acciones precedentes, configuran incumplimiento grave de las obligaciones contraídas las siguientes:
₋ La constatación de que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. De verificarse tal circunstancia, se remitirán los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica.
₋ Si uno de los integrantes de la UTP se retira de ésta, y dicho integrante reuniese una o más características objeto de evaluación de la oferta.
₋ Ocultar información relevante para ejecutar el contrato, que afecte a cualquiera de sus miembros.
₋ Inhabilidad sobreviniente de alguno de sus integrantes, en la medida que la UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados.
₋ Disolución de la UTP.
Fuerza mayor y caso fortuito
₋ Las partes no serán responsables en caso de incumplimiento tardío de las obligaciones contractuales debido a hechos independientes de su voluntad, considerados como fuerza mayor o caso fortuito, en los términos señalados en el artículo 45 del Código Civil de Chile.
₋ Si el oferente seleccionado se ve impedido de cumplir con sus obligaciones contractuales por un evento considerado caso fortuito o fuerza mayor, deberá notificar de ese hecho a INDAP por escrito y en un plazo no superior a cinco (5) días hábiles desde iniciado u ocurrido el hecho que lo ocasiona, y solicitar prórroga para el cumplimiento de la obligación afectada.
₋ La notificación de solicitud de prórroga deberá presentarse acompañada de un informe en el que consten los hechos considerados caso fortuito o fuerza mayor, los cuales deberán estar debidamente fundados, indicando la incidencia que dicha situación tendría en el cumplimiento de los plazos establecidos.
₋ La calificación de la fuerza mayor o caso fortuito, será resuelta por INDAP, mediante resolución fundada sobre la base de los antecedentes que, oportunamente, le proporcione el oferente seleccionado y/o aquellos otros que obtenga de terceros, o sean de conocimiento público.
₋ En cualquier caso, si el oferente seleccionado no pudiere cumplir con sus obligaciones, procurará atenuar los daños y cumplirá con ellas tan pronto como finalicen los hechos que dieron lugar al caso fortuito o a la causa de fuerza mayor.
₋ Si la causa de caso fortuito o fuerza mayor impidiera al oferente seleccionado cumplir con las obligaciones asumidas por más de treinta (30) días, el contrato se resolverá de pleno derecho.
₋ Para efectos de terminar anticipadamente el contrato por fuerza mayor o caso fortuito, se aplicará previamente el Procedimiento para término anticipado de contrato establecido para las causales de las letras B, C, E y F, con el fin de dar cumplimiento al principio de contradictoriedad establecido en el artículo 10 de la Ley N° 19.880.
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SANCIONES Y MULTAS |
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INDAP podrá cobrar multas al contratante, administrativamente, cuando éste no cumpla con lo estipulado en el contrato que se celebre una vez adjudicada la presente licitación, siempre que se deba a causa imputable al contratante, en los siguientes términos:
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Descripción de Gradualidad
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Descuento Porcentual de la Cuota
Involucrada
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Primera Notificación de Incumplimiento.
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5%
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Segunda Notificación de Incumplimiento (No hay respuesta a Primera Notificación). Plazo de Espera de 3 días hábiles posteriores a Primera Notificación.
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10%
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Tercera Notificación de Incumplimiento (No hay respuesta a Primera ni Segunda Notificación). Plazo de Espera 5 días hábiles posteriores a Primera Notificación.
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15%
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En el caso de transcurrir más de 2 días hábiles después de vencido el plazo de la 3ª notificación por incumplimiento que no sean el atraso de entrega de los informes o productos, y de no existir respuesta alguna de solución por parte del oferente seleccionado, se podrá dar término anticipado al contrato respectivo.
La aplicación de las multas se hará por vía administrativa, mediante notificación escrita de la contraparte técnica del INDAP al oferente seleccionado del hecho que motiva la aplicación de la misma. El oferente seleccionado tendrá un plazo de 5 días hábiles para efectuar sus descargos a la contraparte técnica de INDAP, contados desde la notificación de los cargos efectuados. Si estos fuesen rechazados tendrá un plazo de 5 días hábiles desde la notificación del rechazo para interponer un recurso ante la Dirección Nacional de INDAP. Si el oferente seleccionado no presenta descargos se procederá a aplicar la multa correspondiente.
Cabe señalar que la multa se podrá deducir de cualquier pago que INDAP deba efectuar.
En cualquier caso, las multas no podrán superar el 30% del monto total del contrato.
Procedimiento para la aplicación de multas
- INDAP notificará al contratante la eventual aplicación de multas mediante correo electrónico, indicando la(s) causa(s), el monto de la multa a que daría origen el incumplimiento y que tiene un plazo de 5 días para deducir su reclamo, si procediere.
- El contratante podrá reclamar a INDAP, dentro del quinto (5°) día hábil contado desde la notificación anteriormente indicada, para que deje sin efecto la multa o la rebaje, mediante solicitud escrita enviada a través de correo electrónico a la dirección abastecimiento@indap.cl, la que deberá ser fundada.
- INDAP resolverá la reclamación presentada por el contratante dentro del decimoquinto (15°) día hábil, acogiendo los fundamentos presentados, o bien rechazándolos y cursando la multa respectiva, lo que deberá ser aprobado mediante acto administrativo fundado, debidamente tramitado, y posteriormente notificado al contratante mediante correo electrónico, adjuntando la resolución fundada correspondiente.
- El pago de las multas que correspondan deberá ser efectuado dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la notificación de la resolución que aplica la multa, mediante un vale a la vista nominativo, transferencia electrónica o algún otro medio de pago que se determine.
- En caso que el contratante no pague la multa dentro del plazo establecido, facultará a INDAP para descontar el monto adeudado del estado de pago pendiente y/o para proceder al cobro de la garantía de fiel cumplimiento de contrato y/o para terminar anticipadamente el contrato, a elección de INDAP.
- Se hace presente que contra la resolución que aplica la multa, proceden los recursos consagrados en la Ley N° 19.880, los que deberán interponerse dentro de los plazos legales, ante el Director Nacional de INDAP, sin perjuicio de que el contratante pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime oportuno.
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CONTRAPARTE TÉCNICA Y COORDINACION CON INDAP |
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INDAP se relacionará con el contratante, tanto en los aspectos técnicos como operacionales y administrativos, a través de la Jefatura de Fomento quien ésta designe para tales efectos, para efectuar las siguientes tareas y funciones:
- Supervisar y controlar el desarrollo de los servicios contratados, velando por el estricto cumplimiento de sus objetivos y de los plazos acordados para su ejecución.
- Colaborar con el contratante en el ámbito de sus competencias, poniendo a su disposición lo necesario para la buena ejecución del contrato.
- Analizar el avance y resultados de las diferentes actividades, supervisando los servicios, planteando al contratante las observaciones y/o recomendaciones que se estime pertinentes.
- Resolver cualquier problema o situación no prevista de acuerdo a los criterios y determinaciones estipuladas por INDAP.
- Autorizar los pagos programados, debiendo corroborar el cumplimiento tanto de lo especificado en las bases técnicas de licitación, como de las obligaciones laborales y previsionales que correspondan respecto de los trabajadores del contratante.
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SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN |
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ACCESO A LA INFORMACIÓN: “El oferente seleccionado” solo tendrá acceso a la información institucional relevante que sea necesaria para prestar el servicio para el que ha sido contratado, lo que será determinado y documentado por el Encargado de Seguridad de la Información Institucional.
OBLIGACIONES Y CONFIDENCIALIDAD: “El oferente seleccionado” estará obligado a cumplir con la normativa de seguridad de la información de INDAP, de acuerdo a las políticas y procedimientos establecidos, incluida la Resolución Exenta N° 000417, de la Dirección Nacional de 2012, que aprueba la Política de Seguridad de la Información Institucional y la Resolución Exenta N° 140417, de la Dirección Nacional de 2012, que Establece infracciones al Sistema de Seguridad de la Información. Asimismo, “El oferente seleccionado” deberá mantener la confidencialidad de la información personal que pueda llegar a conocer sobre los funcionarios o beneficiarios de INDAP, así como también de procedimientos, ideas, productos, servicios, procesos y nombres de personas, instituciones y empresas que utilizan los productos y servicios de INDAP. De esta forma, “El oferente seleccionado” no podrá, sin el consentimiento expreso manifestado por escrito por INDAP, usar para el beneficio propio o de cualquier otra persona, empresa o corporación, divulgar, publicar o comunicar cualquier secreto o información confidencial, que pudo haber adquirido o pueda adquirir o conocer en razón de este contrato.
NO DIVULGACIÓN: “El oferente seleccionado” estará obligado a mantener la información confidencial en estricta reserva y no revelar ningún dato de la información, relacionada o no, sin el consentimiento previo y escrito de INDAP. Para ello, “El oferente seleccionado” deberá instruir al personal que estará encargado de recibir la información confidencial de propiedad de INDAP, debiendo suscribir el correspondiente acuerdo de confidencialidad si fuere necesario, de su obligación de recibir, tratar y usar la información que reciban como confidencial y destinarla únicamente para los fines por lo cuales se contratará el servicio. Asimismo, “El oferente seleccionado” podrá divulgar la información confidencial únicamente a las personas autorizadas para su recepción dentro de la organización; a tratar confidencialmente toda la información recibida directa o indirectamente de INDAP, y no utilizar ningún dato a un objeto distinto del contrato; y no manejar, usar, explotar, o divulgar la información confidencial a ninguna persona o entidad por ningún motivo en contravención a lo dispuesto en este instrumento.
PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES: “El oferente seleccionado” de acuerdo a lo establecido en la Ley N° 19.628, SOBRE PROTECCIÓN DE LA VIDA PRIVADA, deberá dar estricto cumplimiento a las leyes sobre protección de datos de carácter personal, asegurando su confidencialidad, Y a no transferirlos o cederlos, salvo en aquellos casos en que la legislación vigente así lo indique.
AUDITORÍA Y SUPERVISIÓN: INDAP, podrá auditar los procesos y servicios que el proveedor se obliga a realizar por este acto. La responsabilidad de administrar las relaciones con “El oferente seleccionado” se asigna al Encargado de Seguridad de la Información Institucional, quien debe monitorear y revisar regularmente los servicios definidos en el presente contrato. El monitoreo y revisión de los servicios debe garantizar que los términos y condiciones de seguridad de la información se respeten y que los incidentes y los problemas de seguridad de la información se gestionen correctamente. En caso de observarse deficiencias en la prestación de servicios, se deben tomar las medidas necesarias para corregir el problema. En caso de subsistir, será una causal de término anticipado del contrato.
GESTIÓN DE CAMBIOS: En caso de que las partes determinen realizar cambios a la provisión de servicios por parte del “El oferente seleccionado”, se deberán mantener o mejorar las políticas de seguridad de la información, así como los procedimientos y controles específicos, considerando la criticidad de la información del negocio, los sistemas y procesos involucrados y la reevaluación de los riesgos.
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PROPIEDAD INTELECTUAL |
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Se entenderá por “Propiedad Intelectual” todos aquellos procedimientos o métodos de elaboración, inventos o descubrimientos, patentes, modelos, diseños y dibujos industriales, secretos industriales o comerciales, nombres de dominio, obras, programas computacionales, datos, bases de datos, conocimientos, know-how, marcas comerciales y signos distintivos y, en general, cualquier bien material o inmaterial y/o derechos e intereses relacionados con la creación intelectual, estén o no protegidos bajo las leyes de propiedad intelectual y/o industrial.
“El oferente seleccionado” no podrá publicar, reproducir, adaptar, ejecutar o comunicar públicamente, comercializar, descompilar, manipular, entregar a terceros y/o utilizar o explotar la Propiedad Intelectual de INDAP, sino en los términos y en las condiciones que al efecto se han establecido por este instrumento. Las partes acuerdan expresamente que la totalidad de los derechos de propiedad intelectual sobre toda recomendación, idea, técnica, know-how, diseño, metodología, software desarrollado por o para INDAP u otra información técnica, sobre el producto final o de alguna de sus etapas de desarrollo, corresponden a INDAP.
Asimismo, toda información que se genere como parte de la prestación de servicios de implantación, será propiedad de INDAP. Toda la documentación que se genere como parte de la prestación de servicios, ya sea en formato Microsoft Word, PowerPoint, Excel, Project, Adobe PDF, etc., deberá presentarse exclusivamente con la imagen corporativa de INDAP.
Finalmente, el oferente seleccionado se obliga a no inscribir a su nombre cualquier proceso, etapa, proyecto o producto originado con ocasión o a causa del servicio contratado en cualquier Registro del país.
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II. BASES TÉCNICAS |
1. Antecedentes Generales.
El Instituto de Desarrollo Agropecuario, INDAP, de acuerdo a lo dispuesto en la Ley Nª 18.910, y sus modificaciones, es un servicio funcionalmente descentralizado, de duración indefinida, con personalidad jurídica y patrimonio propio, con plena capacidad para adquirir, ejercer derechos y contraer obligaciones, sometido a la supervigilancia del Presidente de la República, a través del Ministerio de Agricultura. Su misión institucional es “Apoyar el desarrollo de los pequeños productores y productoras agrícolas mediante acciones de fomento productivo, orientadas a la generación y fortalecimiento del capital humano, financiero y productivo, que contribuyan a la superación de la pobreza y a la sostenibilidad y competitividad de la agricultura nacional”.
Las propuestas deben presentarse sólo a través del Sistema www.MercadoPublico.cl, la documentación de respaldo debe ser presentada en la forma, plazos y lugares que más adelante se indica.
La presente licitación se ubica en el tramo de licitaciones entre 100 y 1.000 U.T.M.
En el Sistema www.MercadoPublico.cl, debe ser ingresado solo el VALOR NETO TOTAL de la totalidad de productos de la(s) línea(s) ofertada(s)
Se entiende que todos los participantes en la presente licitación aceptan expresamente el contenido de estas Bases, lo mismo que las aclaraciones de sus consultas, por el solo hecho de ingresar sus ofertas en el Sistema www.MercadoPublico.cl .
Todos los participantes en la presente licitación, por el solo hecho de ingresar sus ofertas en el Sistema www.MercadoPublico.cl, declaran que no se encuentran afectos a ninguna de las inhabilidades e incompatibilidades establecidas en los artículos 54 y 56 de la Ley N° 18.575; y artículo 5 de la Ley N° 19.886.
1.Descripción General del Producto y/o Servicio a adquirir.
El fondo para servicios de Capacitación y Acciones Formativas, está destinado a brindar servicios de capacitación y contratación de asesorías especializadas, charlas, giras técnicas, días de campo, talleres y establecimiento de unidades aprendizaje (demostrativas), u otras actividades complementarias en directo beneficio de los usuarios. Con este fondo, además se podrá financiar gastos asociados a este tipo de actividades como alimentación, traslado, insumos y materiales en directo beneficio de los usuarios de Programa.
Este Fondo podrá tener destinos diferenciados, según los requerimientos de los usuarios, en coherencia con sus Estrategias de Desarrollo. En este contexto, se requiere adquirir cursos de capacitación y actividades formativas, para usuarios del Programa de Desarrollo Territorial Indígena, en asesoría técnica con Entidades Privadas.
2.Requerimientos específicos del producto y/o servicio a adquirir.
Los Productos deben cumplir con las siguientes características indicadas en los recuadros a continuación:
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N°
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COMUNA
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ENTIDAD EJECUTORA
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UNIDAD OPERATIVA
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NOMBRE ACTIVIDAD
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N° USUARIOS INVOLUCRADOS
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HORAS CRONOLÓGICAS
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JORNADAS
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PRESUPUESTO REFERENCIAL
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1
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VILCUN
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COES CONSULTORES SPA
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ANTU MAPU
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2 GIRAS TECNICAS U.O. ANTU MAPU EN RUBROS DE FRUTALES, HORTALIZAS, OVINOS Y MANEJO DE PRADERAS.
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45 (Grupo 1: 30 usuarios, Grupo 2: 15 usuraios)
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36 (9 hrs por jornada)
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4 (2 jornada por cada grupo)
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10.160.000
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Las siguientes actividades forman parte del Plan Anual de Trabajo de cada una las Unidades Operativas, cuya Asesoría Técnica es ejecutada por distintas Entidades Privadas. Cada actividad se encuentra validada por los grupos de usuarios y aprobadas por las respectivas agencias de Áreas de INDAP.
Los oferentes deberán desarrollar su propuesta Técnica y Económica, basándose en los siguientes requerimientos, cuyo presupuesto estimado máximo se encuentra detallado a continuación:
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LINEA 2 GIRA TECNICA
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2 GIRAS TECNICAS U.O. ANTU MAPU EN RUBROS DE FRUTALES, HORTALIZAS, OVINOS Y MANEJO DE PRADERAS EN REGION DE LOS LAGOS
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DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD
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SE REALIZARAN DOS GIRAS TÉCNICAS A LA REGIÓN DE LOS LAGOS, PROVINCIA DE LLANQUIHUE. SE REALIZARAN PARA DOS GRUPOS DISTINTOS COMPUESTOS POR 30 AGRICULTORES (GRUPO 1) Y 15 AGRICULTORES (GRUPO 2). SE BUSCA QUE LOS AGRICULTORES TENGAN UN ACERCAMIENTO A SISTEMAS PRODUCTIVOS EN ZONAS DE CONDICIONES EDAFO CLIMÁTICAS MÁS FRÍAS, ADEMÁS, DE CONOCER QUE ES POSIBLE ESTABLECER CULTIVOS DE FRUTALES MENORES, HORTALIZAS, PAPAS Y MANEJO PREDIAL DEL GANADO OVINO. JUNTO A ELLO, SE BUSCA UNA EXPERIENCIA EXITOSA DE MERCADO CAMPESINO DE INDAP Y ES EN ESTA REGIÓN DONDE ENCONTRAMOS UNA EXPERIENCIA ASOCIATIVA SIGNIFICATIVA EN ESTA LÍNEA, LA CUAL SE QUIERE VISITAR PARA MEJORAR LAS FALENCIAS DEL MERCADO CAMPESINO DE LA U.O. SE ESPERA CONTAR CON ALOJAMIENTO POR UNA NOCHE EN LA CIUDAD DE PUERTO MONTT.
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CARACTERISTICAS DEL RELATOR
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INGENIERO AGRÓNOMO A CARGO DE LA DELEGACIÓN ( ENCARGADO DE LA GESTIÓN DE VISITAS, CAPTURA DE MATERIAL AUDIOVISUAL, ASESOR TÉCNICO EN TERRENO).
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ALIMENTACIÓN (SI/NO)
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SÍ, SERVICIOS DE ALIMENTACIÓN DURANTE TODO EL VIAJE (DESAYUNO, COLACIONES, ALMUERZO, CENA, PARA TODOS LOS PARTICIPANTES).
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MOVILIZACION (SI/NO)
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SI, SE NECESITA TRANSPORTE DEL AÑO 2013 EN ADELANTE, ASIENTOS CON CINTURON DE SEGURIDAD, AIRE ACONDICIONADO Y TODA SU DOCUMENTACIÓN AL DÍA. RECORRIDO PARA MOVILIZAR A LAS PERSONAS DESDE VILCUN HASTA LA PROVINCIA DE LLANQUIHUE, CON UN TOTAL DE 2542 KM IDA Y VUELTA
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ALOJAMIENTO (SI/NO)
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SI, SE REQUIERE DE ALOJAMIENTO EN LA CIUDAD DE PUERTO MONTT.
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INSUMOS/MATERIALES NECESARIOS PARA LA CAPACITACIÓN.
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LOS ADECUADOS PARA UNA GIRA ÓPTIMA.
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FECHA EJECUCIÓN DE LA ACTIVIDAD
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A CONVENIR CON ETIDAD EJECUTORA
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Para la movilización se requiere que cumpla con todos los requisitos legales para realizar transporte de pasajeros, tales como:
- Licencia de conducir clase apta para transporte de pasajeros
- Que el vehículo cuente con seguro de accidentes para pasajeros
- Revisión técnica y permiso de circulación al día
- Autorización de la SEREMI de transporte para el traslado de pasajeros, entre otras disposiciones legales vigentes
El gasto de combustible, alimentación y alojamiento de los conductores, así como gastos en peaje, serán de exclusiva responsabilidad de adjudicatario. En caso de panne por falla mecánica, el adjudicatario deberá reemplazar el vehículo en un plazo máximo de 24 horas, el cual deberá ser de las mismas características técnicas del vehículo ofertado, para así dar continuidad al servicio.
Si por causa mayor y justificada no existieran fechas disponibles para visitar algunos de los predios indicados en las líneas precedentes, el adjudicatario podrá proponer un lugar alternativo que cumpla con los objetivos y descripción de la actividad original, manteniendo la misma calidad de las prestaciones ofertadas. Todo lo anterior previa comunicación y autorización de INDAP.
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ANEXO Nº 1
Formulario identificación del oferente
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DATOS DE PERSONA NATURAL
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Nombre completo
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RUT
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Giro
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Profesión
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Dirección
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Calle: N°:
Ciudad: Comuna:
Región:
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Fono fijo
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Fono móvil
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Correo electrónico
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DATOS DE PERSONA JURIDICA/UTP
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Nombre completo/ razón social
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RUT
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Giro
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Dirección
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Calle: N°:
Ciudad: Comuna:
Región:
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Notaría y fecha de escritura pública de constitución de persona Jurídica.
Cláusula o numeral donde conste la personería y facultades.
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Fono fijo
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Fono móvil
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Correo electrónico
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DATOS DEL REPRESENTANTE LEGAL
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Nombre Completo
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Cédula de Identidad
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Cargo
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Profesión
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Dirección
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Calle: N°:
Ciudad: Comuna:
Región:
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Fono fijo/ móvil
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Correo electrónico
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- SI CUMPLE EL REQUISITO DE INCLUSIÓN, DEBERÁ INCORPORAR ALGUN VERIFICADOR QUE LO ACREDITE.
NOTA: Si son dos o más los representantes legales, se deberá indicar los datos de cada uno de ellos según el cuadro precedente y deberán firmar todos ellos.
______________________________________
Firma persona natural proponente o
Firma representante legal proponente
(Según corresponda
Fecha: ________________________
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ANEXO Nº 2
EXPERIENCIA DEL OFERENTE
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RESUMEN
(Principales habilidades y competencias vinculadas a la Propuesta a la que se presenta)
I.- DATOS GENERALES PERSONA NATURAL, JURÍDICA O UTP
Nombre Completo:
Rut:
Giro:
Dirección:
Teléfono fijo:
Teléfono móvil:
Correo electrónico:
II.- EXPERIENCIA LABORAL ACREDITADA Y RELEVANTE RELACIONADA CON LA PROPUESTA A LA QUE POSTULA
Describa proyectos o actividades que ha desarrollado en los últimos cinco años, y que dicen relación con su competencia para ejecutar este servicio. (La experiencia del oferente debe ser acreditada mediante un Certificado u otro medio de verificación, adjunto a la presente oferta técnica, la experiencia no acreditada no será considerada en el proceso de evaluación)
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Nombre de la Consultoría
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:
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Localización
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Duración total de la consultoría (en años)
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:
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Desde:
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Hasta :
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Nombre del Contratante
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:
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Correo electrónico y Teléfono del Contratante
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:
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Principales funciones:
Principales resultados o productos:
Cobertura y tipo de beneficiario:
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Repetir el Cuadro las veces que sea necesario.
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ANEXO Nº 3
PROPUESTA TÉCNICA
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En el presente documento se deberá presentar una descripción del trabajo a realizar en función de los requerimientos detallados, los cuales deberán estar en coherencia con las Normas vigentes, sus modificaciones y las Bases Técnicas de Licitación.
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6.1 ANTECEDENTES GENERALES DE LA PROPUESTA:
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6.2 OBJETIVOS (Dar cuenta de los objetivos generales y específicos):
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6.3 PROPUESTA METODOLÓGICA (Indicar en detalle la metodología que se utilizará para la ejecución del Servicio. La propuesta metodológica debe indicar los flujos de procesos, resultados, diseño de evaluación por parte de los participantes para recoger las percepciones sobre la metodología de la Gira y de los principales aprendizajes logrados, indicar los medios de verificación que se tendrán en consideración en la ejecución, así como otro elemento que el oferente considere relevante de incorporar):
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6.4. PROPUESTA TECNICA (la propuesta debe señalar la planificación, la logística, el equipamiento, servicios de alimentación y alojamiento, materiales e insumos, u otros necesarios que se utilizarán durante la implementación del servicio. Para la propuesta de movilización será obligatorio que el oferente señale los años de fabricación de los buses, la capacidad, las características tales como existencia de cinturones de seguridad, baño, aire acondicionado, etc.; documentación legal vigente: autorización ministerio de trasporte, permiso de circulación al día, seguro obligatorio de accidentes personales, certificado de revisión técnica al día, licencia de conducir profesional de los conductores al día A1; A2; A3)
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_____________________________________
Firma Oferente o Representante Legal
__________________, ______ de ________ de 2023
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ANEXO N°4
PROPUESTA ECONÓMICA
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LINEA
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N°
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COMUNA
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UNIDAD OPERATIVA
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NOMBRE ACTIVIDAD
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MARQUE CON UNA X
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VALOR NETO DE LA PROPUESTA
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IMPUESTO (SI CORRESPONDE)
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VALOR TOTAL D EL APROPUESTA
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VALOR DE REFERENCIA
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2
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1
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VILCUN
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ANTU MAPU
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GIRA TECNICA RUBROS DE FRUTALES, HORTALIZAS, OVINOS Y MANEJO DE PRADERAS.
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10.160.000
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3.- LLÁMESE a Licitación Pública a través del Sistema Mercado Público, para la Contratación De Entidad Ejecutora Para La Ejecución del Servicio de Capacitación Giras Técnicas Para Usuarios del Programa de Desarrollo Territorial Indígena PDTI INDAP-CONADI, En Contrato Con Entidades Ejecutoras Privadas, Región de La Araucanía.
4.-IMPUTESE el gasto que genere a la presente licitación ascendente a de $ 10.160.000 (Diez millones ciento sesenta mil pesos), se imputarán al Subtítulo 24, Ítem 01 Asignación 418, Código de actividad 164 del presupuesto vigente de Capacitaciones y Acciones Formativas para el año 2023 del presupuesto “Programa de Desarrollo Territorial Indígena – PDTI”.
5.- PUBLÍQUESE la presente resolución exenta en el Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contratación Pública, denominado www.mercadopublico.cl
ANÓTESE, PUBLÍQUESE EN EL SISTEMA DE INFORMACIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIÓN PÚBLICA, COMUNÍQUESE Y ARCHÍVESE.
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