Licitación ID: 741-53-LE19
Serv Aumento Potencia Eléctrica y Climatización
Responsable de esta licitación: INSTITUTO DE DESARROLLO AGROPECUARIO
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 6
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Productos o servicios
1
Instalación o servicio de sistemas de energía eléctrica 1 Unidad no definida
Cod: 72102201
CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE “AUMENTO DE POTENCIA ELÉCTRICA Y MEJORAMIENTO DE SISTEMAS DE CLIMATIZACIÓN DE DIFERENTES OFICINAS DE INDAP – REGIÓN DE LA ARAUCANÍA  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Serv Aumento Potencia Eléctrica y Climatización
Estado:
Adjudicada
Descripción:
El objetivo de la Licitación es la contratación de un oferente para los servicios de “Aumento de Potencia Eléctrica y Mejoramiento de Sistemas de Climatización de diferentes Oficinas de INDAP – Región de la Araucanía”
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Unidad de Compra – Región de la Araucanía
R.U.T.:
61.307.000-1
Dirección:
Bilbao 931
Comuna:
Temuco
Región en que se genera la licitación:
Región de la Araucanía
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 29-10-2019 18:00:00
Fecha de Publicación: 18-10-2019 17:48:00
Fecha inicio de preguntas: 18-10-2019 19:00:00
Fecha final de preguntas: 23-10-2019 16:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 28-10-2019 17:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 29-10-2019 18:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 29-10-2019 18:01:00
Fecha de Adjudicación: 06-11-2019 15:04:05
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Documentos Administrativos
1.- De acuerdo a lo indicado en el Numeral 5 de las bases administrativas
Documentos Técnicos
1.- De acuerdo a lo indicado en el Numeral 5 de las bases administrativas
 
Documentos Económicos
1.- De acuerdo a lo indicado en el Numeral 5 de las bases administrativas
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Documento que dé cuenta de iniciación de actividades.
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
- I18n entry not found: Certificado de Vigencia de la Sociedad
- I18n entry not found: Copia simple de la Escritura Pública de Constitución de la Sociedad y de todas sus modificaciones, si las hubiere.
- I18n entry not found: Las sociedades acogidas a la Ley 20.659, que simplifica la constitución, modificación y disolución de las sociedades comerciales deberán acreditar su constitución con indicación de su(s) representante(s) legal(es) con los siguientes certificados
- I18n entry not found: Documento que dé cuenta de iniciación de actividades
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Experiencia de los Oferentes De acuerdo al numeral 9 de las bases administrativas 15%
2 Plazo de Entrega De acuerdo al numeral 9 de las bases administrativas 40%
3 Precio X= Precio mínimo ofertado * 100 /Precio Oferta X 25%
4 Propuesta Técnica del Oferente para la Prestación De acuerdo al numeral 9 de las bases administrativas 20%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: 31.02.004
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Duración de Contrato Contrato de Ejecución en el Tiempo
Tiempo del Contrato 2 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: juan jose alvear
e-mail de responsable de pago: jalvear@indap.cl
Nombre de responsable de contrato: silvia acuña vera
e-mail de responsable de contrato: sacuna@indap.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-45-2506001-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
Se prohíbe la subcontratación en los términos establecidos en el artículo 183 A y siguientes del Código del Trabajo. INDAP no será solidariamente responsable de las obligaciones laborales y previsionales de dar que afecten a los contratistas.
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Instituto de Desarrollo Agropecuario
Fecha de vencimiento: 30-06-2020
Monto: 10 %
Descripción: La Garantía de Fiel, Oportuno y Cabal Cumplimiento del Contrato debe asegurar el cobro de la misma, de manera rápida y efectiva, de acuerdo a lo previsto en el artículo 68 del reglamento de la Ley de Compras Públicas, entre las que se cuentan: - Boleta Bancaria a la vista e irrevocable. - Póliza de Seguro a la vista e irrevocable. - Certificado de Fianza a la vista e irrevocable. - Vale a la Vista. Ésta garantía de fiel cumplimiento de contrato se podrá acompañar tanto en formato físico como electrónico, a opción del oferente. En caso que se entregue como garantía un Vale a la Vista, éste deberá venir acompañado de un documento simple, en donde indique la glosa, plazo de vigencia e identificación del oferente. Esta garantía se otorgará para caucionar el cumplimiento de todas las obligaciones que se imponen al oferente seleccionado en el contrato y en la propuesta presentada, pudiendo ser ejecutada unilateralmente por la vía administrativa por INDAP, si procede alguna de las causales estipuladas en las Bases de Licitación, a través de la dictación de la correspondiente Resolución Fundada. El oferente seleccionado podrá ser sancionado por INDAP con el cobro de la garantía de fiel, oportuno y cabal cumplimiento del contrato, en los siguientes casos: • El no cumplimiento en forma reiterada de los servicios exigidos en el contrato. • Por haber sido sometido a un procedimiento concursal de liquidación o encontrarse en estado de notoria insolvencia del oferente seleccionado, a menos que se mejoren las cauciones entregadas. • El incumplimiento de una instrucción técnica. • Cuando el oferente seleccionado no cumpla el pago de las obligaciones laborales y sociales de su personal de acuerdo a lo estipulado en el artículo 4°, Inciso 2° de la Ley de compras. En caso de cobro de la garantía de fiel, oportuno y cabal cumplimiento del contrato por parte de INDAP, derivado del incumplimiento de las obligaciones que éste impone, se pondrá término anticipado al contrato sin derecho a indemnización alguna.
Glosa: “Garantiza el fiel, oportuno y cabal cumplimiento de la contratación de los servicios de “Aumento de Potencia Eléctrica y Mejoramiento de Sistemas de Climatización de diferentes Oficinas de INDAP – Región de la Araucanía”.
Forma y oportunidad de restitución: Esta garantía será devuelta, si procediere, con posterioridad al término del contrato, previo cumplimiento de las obligaciones contractuales y extracontractuales entre las partes.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Resolución de Empates

Se entenderá por empate cuando haya igualdad de puntaje entre dos o más propuestas una vez evaluada técnica y económicamente todas aquellas que hayan sido presentadas válidamente. Los criterios de desempate son los siguientes:

  • En primer lugar, se seleccionará aquel oferente que presente el mayor puntaje técnico en el proceso de evaluación de las propuestas.
  • En segundo lugar, a igualdad entre dos o más propuestas, bajo el criterio técnico se escogerá aquella propuesta que presente el menor costo en la propuesta económica presentada a través del Sistema Mercado Público.
  • En tercer lugar, en caso de persistir igualdad entre dos o más propuestas en base a los criterios 1 y 2, se seleccionará a aquel oferente que presente mayor puntaje en tiempo acreditado (experiencia) en prestación de servicios en el sector público.
  • En cuarto lugar, en caso de persistir igualdad entre dos o más propuestas en base a los criterios señalados anteriormente, se seleccionará a aquel oferente que ingrese primero su oferta en la plataforma Mercado Público.

Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación

En caso que los oferentes no adjudicados en el proceso licitatorio, deseen efectuar consultas respecto al resultado del proceso de adjudicación y de sus antecedentes anexos, éstas deberán ser dirigidas mediante correo electrónico a jalvear@indap.cl, el cual entregará la respuesta y/o aclaración respectiva en un plazo máximo de cinco (05) días hábiles posteriores al día de efectuada la consulta.

Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social

El oferente seleccionado deberá acreditar al momento de la suscripción del contrato el cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social. Para esto deberá encontrarse en Estado Hábil en el Registro de Chileproveedores para contratar con Organismos Públicos.

Cabe señalar que a través del sistema Chileproveedores se realizará un control permanente de la habilidad que mantienen los oferentes seleccionados durante la vigencia del contrato, en relación al cumplimiento de las causales definidas en el artículo 92 de inhabilidades e incompatibilidades establecidas en el reglamento de la Ley Nro. 19.886 de compras y contrataciones públicas.

Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes

Los oferentes deberán constatar que el envío de su oferta a través del portal electrónico de compras públicas haya sido realizado con éxito, incluyendo todos los anexos y documentos solicitados en las Bases de Licitación, para ello se debe verificar el posterior despliegue automático del “Comprobante de envío de Oferta” que se entrega en dicho sistema, el cual puede ser impreso por el proponente para su resguardo.

Las únicas ofertas válidas serán las presentadas a través del portal electrónico de compras públicas. No se aceptarán ofertas que se presenten por un medio distinto al establecido en las Bases. Será responsabilidad de los oferentes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus ofertas.
Pacto de integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
Condiciones y Aclaraciones de la Licitación
El oferente participante deberá examinar todas las instrucciones, condiciones y especificaciones que figuran en estas Bases de Licitación, las cuales constituyen la única fuente de información para la preparación de la propuesta. Si el oferente omite suministrar toda la información requerida en los documentos de licitación, o presenta una propuesta que no se ajuste en todos los aspectos a estos documentos, el riesgo será de su cargo, y el resultado será el rechazo de la misma. Cualquier oferente puede solicitar aclaraciones sobre estas Bases de Licitación, tanto de carácter técnico como de índole administrativo, mediante comunicación escrita a INDAP, vía Foro del Sistema Mercado Público en el plazo indicado en el numeral 3 de las presentes Bases Administrativas de Licitación. INDAP dará respuesta en forma general, sin identificar su origen, a las solicitudes que reciba dentro de los plazos indicados en esta licitación, a través de su publicación en el Sistema Mercado Público. Las respuestas señaladas serán parte integrante de las presentes Bases de Licitación, siendo responsabilidad de cada interesado tomar el debido conocimiento de las mismas. Con todo, INDAP se reserva el derecho de no contestar aquellas consultas que a su juicio sean inconducentes o no correspondan directamente al proceso licitatorio. INDAP podrá efectuar a iniciativa propia, aclaraciones a las Bases de Licitación, para precisar el alcance, complementar o interpretar algún elemento de su contenido que, a su juicio, no haya quedado suficientemente claro y dificulte la obtención de buenas propuestas. Estas aclaraciones se harán llegar en la misma forma y oportunidad que las respuestas a las consultas. En el caso que estas aclaraciones impliquen modificar las presentes Bases de Licitación, estas serán aprobadas mediante la correspondiente Resolución Fundada. Se entenderá que cualquier aclaración, así como las respuestas a las preguntas formuladas por los oferentes contribuye a determinar el alcance y sentido de las Bases de Licitación y, en tal condición, deberán ser consideradas por los oferentes en la preparación de sus propuestas. Los plazos que se establecen en estas Bases de Licitación, para las distintas etapas del proceso de presentación de propuestas y selección son inamovibles. Estos plazos sólo podrán ser modificados por decisión de INDAP y comunicados vía Sistema Mercado Público a todos los oferentes participantes con la debida antelación, dentro de los plazos que establece el Reglamento. INDAP podrá modificar las presentes Bases de Licitación hasta antes del día de cierre de presentación de las propuestas, por Resolución Fundada y dada a conocer oportunamente a los oferentes a través del Sistema www.mercadopublico.cl. Además, dicha modificación deberá ser sancionada mediante el correspondiente acto administrativo. El solo hecho de la presentación de la propuesta significa la aceptación por parte del oferente de las presentes Bases de Licitación y de los antecedentes que la acompañan.
Notificación de la adjudicación
INDAP adjudicará la presente licitación a un solo oferente por línea de producto, por lo que el mayor puntaje de la aplicación de los criterios de evaluación, y que cumpla con todos los requisitos exigidos en estas Bases de Licitación. Determinado el oferente seleccionado dentro del plazo previsto en las Bases de Licitación, INDAP notificará vía Sistema Mercado Público al oferente seleccionado que su propuesta ha sido adjudicada. La adjudicación de esta licitación se realizará por Resolución Fundada del Director Regional de INDAP, en la que se especificarán los criterios de evaluación y puntajes que permitieron la adjudicación del oferente seleccionado y los antecedentes anexos del proceso de evaluación y selección de las propuestas. Dicha Resolución se dictará en el plazo señalado en el Calendario de Actividades del proceso. Esta Resolución se publicará en el Sistema Mercado Público, a fin de que los oferentes participantes tomen conocimiento de la misma. Idéntico procedimiento se observará, en caso que la licitación se declare desierta. El oferente seleccionado quedará sometido al estricto cumplimiento de las obligaciones establecidas que se deriven de estas Bases de Licitación y de la presentación de su oferta.
Plazos de Ejecución, Aprobación y Término del Contrato
Vigencia del Contrato: Hasta el 31 de Diciembre de 2019, a contar de la total tramitación del acto administrativo que aprueba el contrato respectivo. Renovación del Contrato: No procede renovación para este contrato. Termino del Contrato: Si a juicio de INDAP y por causa fundada, no es conveniente continuar con el desarrollo del contrato, considerando los resultados de las etapas previas, se le podrá dar término anticipado mediante carta certificada remitida a la otra parte, con a lo menos 10 días corridos de anticipación a dicha fecha de término, cancelando sólo el valor de los productos que haya suministrado. Las causales de dicho término se deberán circunscribir a las indicadas en el contrato respectivo. Modificación de Contrato: INDAP podrá modificar de común acuerdo con el oferente seleccionado el contrato ya suscrito si así lo requiere, siempre que existan circunstancias fundadas de ejecución y que dichos cambios no se refieran a cláusulas esenciales del mismo. Además, será aprobado mediante el correspondiente acto administrativo.
Sanciones y Multas
En caso de incumplimiento de cualquiera de las obligaciones contraídas por el oferente seleccionado en virtud de lo solicitado a través de las Bases Administrativas y Técnicas, sea respecto de la ejecución de los servicios requeridos por la Institución, falta de calidad técnica de los mismos, disconformidad con las especificaciones técnicas pactadas, no respuestas a observaciones realizadas en los plazos solicitados, entre otros puntos, INDAP aplicará multas conforme a lo descrito en cuadro siguiente, sin perjuicio de la facultad de hacer efectiva la garantía de fiel, oportuno y cabal cumplimiento del contrato y ejercer los derechos que le correspondan para obtener la reparación, íntegra, oportuna y completa de los daños y perjuicios que se le causare a INDAP. La aplicación de la o las multa(s) se realizará de acuerdo a los siguientes criterios: Multas por atrasos de entrega de los servicios: Descripción de Gradualidad Descuento Porcentual de la Cuota Involucrada 1 a 3 días hábiles de atraso: 5%. 4 a 7 días hábiles de atraso: 10%. 8 a 10 días hábiles de atraso: 15%. Dentro de los 2 días hábiles siguientes al vencimiento del plazo de 10 días hábiles por atraso en la entrega de los servicios pactados, y de no existir respuesta alguna de solución por parte del oferente seleccionado, se podrá dar término anticipado al contrato respectivo. Multas por incumplimiento que no sean el atraso de entrega de los servicios. Descripción de Gradualidad Descuento Porcentual de la Cuota Involucrada Primera Notificación de Incumplimiento: 5%. Segunda Notificación de Incumplimiento (No hay respuesta a Primera Notificación). Plazo de Espera de 3 días hábiles posteriores a Primera Notificación: 10%. Tercera Notificación de Incumplimiento (No hay respuesta a Primera ni Segunda Notificación). Plazo de Espera 5 días hábiles posteriores a Primera Notificación: 15%. En el caso de transcurrir más de 2 días hábiles después de vencido el plazo de la 3ª notificación por incumplimiento que no sea el atraso de entrega de los productos, y de no existir respuesta alguna de solución por parte del oferente seleccionado, INDAP aplicará las multas establecidas y descontadas del pago correspondiente. La aplicación de las multas se hará por vía administrativa, mediante notificación escrita de la contraparte técnica del INDAP al oferente seleccionado del hecho que motiva la aplicación de la misma. El oferente seleccionado tendrá un plazo de 5 días hábiles para efectuar sus descargos a la contraparte técnica de INDAP, contados desde la notificación de los cargos efectuados. Si estos fuesen rechazados tendrá un plazo de 5 días hábiles desde la notificación del rechazo para interponer un recurso ante la Dirección Nacional de INDAP. Si el oferente seleccionado no presenta descargos se procederá a aplicar la multa correspondiente. Cabe señalar que la multa se podrá deducir del pago que INDAP deba efectuar, el cual no podrá superar el 30% del monto total de la adquisición.
Término del Contrato
Término del Contrato. Término por vencimiento del plazo El contrato terminará naturalmente una vez llegado el plazo estipulado. Término anticipado del contrato por INDAP. INDAP podrá poner término anticipado al presente contrato, sin derecho a indemnización alguna, por las siguientes causales: • Causales de incumplimientos de las obligaciones del contrato con las cuales se pondrá término anticipado al mismo y se procederá al cobro de la garantía de fiel, oportuno y cabal cumplimiento del mismo, entendiéndose por tal: a) Si el oferente seleccionado incumpliere gravemente las obligaciones previstas en las presentes Bases de Licitación o en el contrato, de acuerdo al informe emitido por la contraparte técnica designada por INDAP para tales efectos. b) Si el oferente seleccionado fuera sometido a un procedimiento concursal de liquidación, o se encontrare en estado de notoria insolvencia, o perdiere las certificaciones y autorizaciones necesarias para funcionar en el giro de su actividad, decretada por autoridad competente. c) Si el oferente seleccionado falleciera o se disolviera la entidad contratada. En ambos casos se procederá a efectuar la liquidación del contrato. d) Haber sido condenado el oferente seleccionado por crimen o simple delito. e) Haber sido condenado el oferente seleccionado como consecuencia de incumplimiento de un contrato celebrado con alguna entidad regida por la Ley N° 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministros y Prestación de Servicios, y siempre que no hayan transcurrido dos años a contar desde la fecha de la sentencia. f) Haber sido suspendido el oferente seleccionado o haber sido eliminado del Registro de Proveedores, a través de una resolución fundada de la Dirección de Compras Públicas. g) Si el oferente seleccionado se encontrara en Estado Inhábil para suscribir contratos con Organismo Públicos del Estado, de acuerdo al reporte entregado por el Sistema Chileproveedores. h) Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores, o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del periodo de ejecución del presente contrato, con un máximo de seis meses. • Causales de término anticipado del contrato no imputables a responsabilidad de las partes. En estos casos se procederá a efectuar su liquidación, pero no se aplicará la sanción del cobro de la garantía de fiel, oportuno y cabal cumplimiento del mismo, entendiéndose por tal: a) Resciliación o mutuo acuerdo entre las partes. b) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. c) Por caso fortuito o fuerza mayor. Sin perjuicio de lo señalado precedentemente, INDAP podrá, además, dar cuenta de tales hechos a la Dirección de Compras y Contratación Pública, para los efectos que el oferente sea suspendido o eliminado, según corresponda, del Registro Electrónico Oficial de Proveedores de la Administración, de conformidad a los Artículos 92°, 93°, 95° y 96° del Reglamento de la Ley N° 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministros y Prestación de Servicios. INDAP dispondrá de un plazo de 5 días hábiles desde ocurrida la causal para notificar por escrito al oferente seleccionado del incumplimiento que da lugar al término anticipado al contrato, acompañando los antecedentes que la respalden, luego de lo cual el oferente seleccionado dispondrá de un plazo de 5 días hábiles desde la recepción de la notificación para efectuar sus descargos de manera fundada. Si transcurrido dicho plazo el oferente seleccionado no efectuara descargos o éstos no fueren fundados, INDAP podrá dar por terminado el contrato.
Contraparte Técnica y Coordinación con INDAP
INDAP se relacionará con el o los oferentes seleccionados, tanto en los aspectos técnicos como operacionales y administrativos, a través del profesional que designe la Institución para dichos efectos.
Seguridad de la Información
ACCESO A LA INFORMACIÓN: “El oferente seleccionado” solo tendrá acceso a la información institucional relevante que sea necesaria para prestar el servicio para el que ha sido contratado, lo que será determinado y documentado por el Encargado de Seguridad de la Información Institucional. OBLIGACIONES Y CONFIDENCIALIDAD: “El oferente seleccionado” estará obligado a cumplir con la normativa de seguridad de la información de INDAP, de acuerdo a las políticas y procedimientos establecidos, incluida la Resolución Exenta N° 000417, de la Dirección Nacional de 2012, que aprueba la Política de Seguridad de la Información Institucional y la Resolución Exenta N° 140417, de la Dirección Nacional de 2012, que Establece infracciones al Sistema de Seguridad de la Información. Asimismo, “El oferente seleccionado” deberá mantener la confidencialidad de la información personal que pueda llegar a conocer sobre los funcionarios o beneficiarios de INDAP, así como también de procedimientos, ideas, productos, servicios, procesos y nombres de personas, instituciones y empresas que utilizan los productos y servicios de INDAP. De esta forma, “El oferente seleccionado” no podrá, sin el consentimiento expreso manifestado por escrito por INDAP, usar para el beneficio propio o de cualquier otra persona, empresa o corporación, divulgar, publicar o comunicar cualquier secreto o información confidencial, que pudo haber adquirido o pueda adquirir o conocer en razón de este contrato. NO DIVULGACIÓN: “El oferente seleccionado” estará obligado a mantener la información confidencial en estricta reserva y no revelar ningún dato de la información, relacionada o no, sin el consentimiento previo y escrito de INDAP. Para ello, “El oferente seleccionado” deberá instruir al personal que estará encargado de recibir la información confidencial de propiedad de INDAP, debiendo suscribir el correspondiente acuerdo de confidencialidad si fuere necesario, de su obligación de recibir, tratar y usar la información que reciban como confidencial y destinarla únicamente para los fines por lo cuales se contratará el servicio. Asimismo, “El oferente seleccionado” podrá divulgar la información confidencial únicamente a las personas autorizadas para su recepción dentro de la organización; a tratar confidencialmente toda la información recibida directa o indirectamente de INDAP, y no utilizar ningún dato a un objeto distinto del contrato; y no manejar, usar, explotar, o divulgar la información confidencial a ninguna persona o entidad por ningún motivo en contravención a lo dispuesto en este instrumento. PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES: “El oferente seleccionado” de acuerdo a lo establecido en la Ley N° 19.628, SOBRE PROTECCIÓN DE LA VIDA PRIVADA, deberá dar estricto cumplimiento a las leyes sobre protección de datos de carácter personal, asegurando su confidencialidad, Y a no transferirlos o cederlos, salvo en aquellos casos en que la legislación vigente así lo indique. AUDITORÍA Y SUPERVISIÓN: INDAP, en caso podrá auditar los procesos y servicios que el proveedor se obliga a realizar por este acto. La responsabilidad de administrar las relaciones con “El oferente seleccionado” se asigna al Encargado de Seguridad de la Información Institucional, quien debe monitorear y revisar regularmente los servicios definidos en el presente contrato. El monitoreo y revisión de los servicios debe garantizar que los términos y condiciones de seguridad de la información se respeten y que los incidentes y los problemas de seguridad de la información se gestionen correctamente. En caso de observarse deficiencias en la prestación de servicios, se deben tomar las medidas necesarias para corregir el problema. En caso de subsistir, será una causal de término anticipado del contrato. GESTIÓN DE CAMBIOS: En caso de que las partes determinen realizar cambios a la provisión de servicios por parte del “El oferente seleccionado”, se deberán mantener o mejorar las políticas de seguridad de la información, así como los procedimientos y controles específicos, considerando la criticidad de la información del negocio, los sistemas y procesos involucrados y la reevaluación de los riesgos.
Propiedad intelectual
Se entenderá por “Propiedad Intelectual” todos aquellos procedimientos o métodos de elaboración, inventos o descubrimientos, patentes, modelos, diseños y dibujos industriales, secretos industriales o comerciales, nombres de dominio, obras, programas computacionales, datos, bases de datos, conocimientos, know-how, marcas comerciales y signos distintivos y, en general, cualquier bien material o inmaterial y/o derechos e intereses relacionados con la creación intelectual, estén o no protegidos bajo las leyes de propiedad intelectual y/o industrial. “El oferente seleccionado” no podrá publicar, reproducir, adaptar, ejecutar o comunicar públicamente, comercializar, descompilar, manipular, entregar a terceros y/o utilizar o explotarla, sino en los términos y en las condiciones que al efecto se han establecido por este instrumento. Las partes acuerdan expresamente que la totalidad de los derechos de propiedad intelectual sobre toda recomendación, idea, técnica, know-how, diseño, metodología, software desarrollado por o para INDAP u otra información técnica, sobre el producto final o de alguna de sus etapas de desarrollo, corresponden a INDAP. Asimismo, toda información que se genere como parte de la prestación de servicios de implantación, será propiedad de INDAP. Toda la documentación que se genere como parte de la prestación de servicios, ya sea en formato Microsoft Word, PowerPoint, Excel, Project, Adobe PDF, etc., deberá presentarse exclusivamente con la imagen corporativa de INDAP. Finalmente, “El oferente seleccionado” se obliga a no inscribir a su nombre cualquier proceso, etapa, proyecto o producto originado con ocasión o a causa del servicio contratado en cualquier Registro del país. Las partes declaran expresamente que los productos contratados y la propiedad intelectual pertenecen íntegramente a INDAP.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.