Licitación ID: 741-7-LE22
Mantención Archivo documento mensajería INDAP
Responsable de esta licitación: INSTITUTO DE DESARROLLO AGROPECUARIO
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 6
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Servicio de mensajería 1 Unidad no definida
Cod: 78102205
Contratación del servicio de “Mantención Archivo Documentos Bodega Regional, soporte bodega de materiales de oficina, mensajería, correspondencia, para la Dirección Regional de la Araucanía”  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Mantención Archivo documento mensajería INDAP
Estado:
Adjudicada
Descripción:
Contratación del servicio de “Mantención Archivo Documentos Bodega Regional, soporte bodega de materiales de oficina, mensajería, correspondencia, para la Dirección Regional de la Araucanía”
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Unidad de Compra – Región de la Araucanía
R.U.T.:
61.307.000-1
Dirección:
Bilbao 931
Comuna:
Temuco
Región en que se genera la licitación:
Región de la Araucanía
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 04-04-2022 15:30:00
Fecha de Publicación: 21-03-2022 16:31:34
Fecha inicio de preguntas: 21-03-2022 16:36:00
Fecha final de preguntas: 24-03-2022 16:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 28-03-2022 16:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 04-04-2022 15:31:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 04-04-2022 15:31:00
Fecha de Adjudicación: 18-04-2022 16:40:05
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
Extensión automática del plazo de ofertas:

Se estableció para esta licitación que: "Si a la fecha de recepción de ofertas, se han recibido 2 o menos propuestas, el plazo de cierre se ampliará automáticamente en 2 días hábiles, por una sola vez, bajo las condiciones establecidas en el artículo 25, inciso octavo, del Reglamento de la ley 19.886."
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- • Curriculum Vitae
2.- • Carta de presentación que contenga la siguiente información: 1.- Nombre del oferente. 2.- Domicilio. 3.- Teléfono. 4.- Dirección de correo electrónico. 5.- RUT
3.- • Nómina de al menos una persona adicional como equipo de trabajo ante urgencia e imprevistos
4.- • Iniciación de actividades.
Documentos Técnicos
1.- Anexo N° 1 Oferta Técnica de acuerdo a Formato
 
Documentos Económicos
1.- Los oferentes deberán ingresar su Oferta Económica, indicando el MONTO TOTAL NETO de su propuesta, esto es, excluíos los impuestos. En caso que el oferente no pague impuestos por los servicios contratados deberá indicarlo expresamente en su propuesta, liberando a INDAP de toda responsabilidad en caso de error.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Recomendaciones De acuerdo a lo indicado en el numeral 10 y el Anexo 2 20%
2 Experiencia de los Oferentes De acuerdo a lo indicado en el numeral 10 y el Anexo 2 30%
3 Precio De acuerdo a lo indicado en el numeral 10 y el Anexo 2 50%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: 22.08.999
Monto Total Estimado: 12772000
Justificación del monto estimado de acuerdo a presupuesto disponible
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 24 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: juan José Alvear
e-mail de responsable de pago: jalvear@indap.cl
Nombre de responsable de contrato: Claudio Castillo
e-mail de responsable de contrato: ccastillo@indap.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-45-2506023-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Resolución de Empates

Se entenderá por empate cuando haya igualdad de puntaje entre dos o más propuestas una vez evaluada técnica y económicamente todas aquellas que hayan sido presentadas válidamente. Los criterios de desempate son los siguientes:

  • En primer lugar, se seleccionará aquel oferente que presente el menor costo en la propuesta económica de las ofertas.
  • En segundo lugar, a igualdad entre dos o más propuestas, bajo el criterio económico, se escogerá aquella propuesta que presente el mayor puntaje en el criterio capacidad técnica y experiencia presentada a través del Sistema Mercado Público.
  • En tercer lugar, en caso de persistir igualdad entre dos o más propuestas en base a los criterios 1 y 2, se seleccionará a aquel oferente que presente mayor puntaje en el criterio recomendaciones.
  • En cuarto lugar, en caso de persistir igualdad entre dos o más propuestas en base a los criterios señalados anteriormente, se seleccionará a aquel oferente que ingrese primero su oferta en la plataforma Mercado Público.
Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación

En caso que los oferentes no adjudicados en el proceso licitatorio deseen efectuar consultas respecto al resultado del proceso de adjudicación y de sus antecedentes anexos, éstas deberán ser dirigidas mediante correo electrónico a jalvear@indap.cl, el cual entregará la respuesta y/o aclaración respectiva en un plazo máximo de cinco (05) días hábiles posteriores al día de efectuada la consulta.

Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social

El oferente seleccionado deberá acreditar al momento de la suscripción del contrato el cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social, para esto deberá encontrarse en Estado Hábil en el Registro de Chileproveedores para contratar con Organismos Públicos.

 

Cabe señalar que a través del sistema Chileproveedores se realizará un control permanente de la habilidad que mantiene el oferente seleccionado durante la vigencia del contrato, en relación al cumplimiento de las causales definidas en el artículo 92 de inhabilidades e incompatibilidades establecidas en el Reglamento de la Ley Nro. 19.886 de compras y contrataciones públicas.
Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes
INDAP se reserva el derecho de requerir a los oferentes participantes información aclaratoria de sus propuestas, sin afectar su trato igualitario y que signifique nuevas exigencias o requisitos no contemplados inicialmente en las Bases de Licitación, de acuerdo a lo contemplado en el Artículo 40 del Reglamento de Compras y Contrataciones Públicas.
2. CARACTERÍSTICAS DE LA LICITACIÓN

Nombre Adquisición

Contratación del servicio de “Mantención Archivo Documentos Bodega Regional, soporte bodega de materiales de oficina, mensajería, correspondencia, para la Dirección Regional de la Araucanía”

Descripción

El objetivo de la Licitación apoyar las labores de los funcionarios de la Dirección Regional de INDAP.

Tipo de Compra

Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior 1.000 UTM

Moneda

Pesos Chilenos

Monto Total presupuesto disponible

$ 12.772.000 impuestos incluidos

Duración del Contrato

El contrato tendrá una duración de 24 meses

Etapa del proceso de Apertura

En una sola etapa

3. PRESUPUESTO Y FORMA DE PAGO AL OFERENTE ADJUDICADO

Presupuesto Disponible

$ 12.772.000 impuestos incluidos

Forma de Pago

Los pagos se realizarán de forma mensual, los primeros 12 días del mes siguiente contra boleta o factura presentada a la Jefe de la Unidad Administración y Finanzas.

Aprobación de pago

Aprobación Jefe de la Unidad de Administración y Finanzas de la Orden de Compra y factura y/o boleta respectiva.

Facturación y Pago a Unión Temporal de Proveedores (UTP)

Para el proceso de pago en caso que postule algún oferente como UTP, se define que el pago se efectuará al proveedor adjudicado, el cual se señala claramente en la Orden de Compra y en el respectivo Contrato firmado por ambas partes, por lo que no se podrá pagar al proveedor de la UTP que no sea el adjudicado en el sistema Mercado Público.

Observación

El pago será efectuado dentro de un período máximo de 30 días corridos, contados desde el ingreso del documento de cobro respectivo en Oficina de Partes de la Institución, y se realizará a través de transferencia electrónica, para lo cual el oferente deberá adjuntar los antecedentes para efectuar la operación, tales como: número de cuenta corriente, Banco, RUT de la empresa, razón social, mail y número telefónico de la persona encargada de recibir el comprobante de depósito efectuado.

5. INSTANCIA DE PREGUNTAS Y MODIFICACIONES A LAS BASES

Preguntas y Respuestas

Los interesados en participar en la presente licitación, podrán formular consultas y solicitar aclaraciones dentro de los plazos señalados en el numeral 4 “Etapas y plazos” de las presentes Bases. Las preguntas deberán efectuarse a través del Sistema Mercado Público www.mercadopublico.cl. INDAP pondrá las respuestas en conocimiento de todos los interesados, a través de su publicación, dentro del plazo señalado en el referido numeral 4 “Etapas y plazos”.

Modificación a las Bases

INDAP podrá modificar las presentes Bases y sus anexos, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por uno de los oferentes, durante el proceso de la propuesta, hasta antes del cierre de recepción de ofertas, considerando un plazo prudencial para que los oferentes adecúen sus ofertas. Las modificaciones que se lleven a cabo serán aprobadas mediante el acto administrativo correspondiente y serán informadas a través del sitio www.mercadopublico.cl.

Estas modificaciones formarán parte integrante de las Bases.

6. CONDICIONES Y ACLARACIONES DE LA LICITACIÓN

El oferente participante deberá examinar todas las instrucciones, condiciones y especificaciones que figuran en estas Bases de Licitación, las cuales constituyen la única fuente de información para la preparación de la propuesta. Si el oferente omite suministrar toda la información requerida en los documentos de licitación, o presenta una propuesta que no se ajuste en todos los aspectos a estos documentos, el riesgo será de su cargo, y el resultado será el rechazo de la misma.

Cualquier oferente puede solicitar aclaraciones sobre estas Bases de Licitación, tanto de carácter técnico como de índole administrativo, mediante comunicación escrita a INDAP, vía Sistema Mercado Público en el plazo indicado en el numeral 4 de las presentes Bases Administrativas de Licitación. INDAP dará respuesta en forma general, sin identificar su origen, a las solicitudes que reciba dentro de los plazos indicados en esta licitación, a través de su publicación en el Sistema Mercado Público.

Las respuestas señaladas serán parte integrante de las presentes Bases de Licitación, siendo responsabilidad de cada interesado tomar el debido conocimiento de las mismas. Con todo, INDAP se reserva el derecho de no contestar aquellas consultas que a su juicio sean inconducentes o no correspondan directamente al proceso licitatorio.

INDAP podrá efectuar a iniciativa propia, aclaraciones a las Bases de Licitación, para precisar el alcance, complementar o interpretar algún elemento de su contenido que, a su juicio, no haya quedado suficientemente claro y dificulte la obtención de buenas propuestas. Estas aclaraciones se harán llegar en la misma forma y oportunidad que las respuestas a las consultas. En el caso que estas aclaraciones impliquen modificar las presentes Bases de Licitación, dicha modificación deberá ser aprobada mediante la correspondiente Resolución fundada, sometida a la misma tramitación administrativa que la Resolución que haya aprobado las Bases de Licitación.

Se entenderá que cualquier aclaración, así como las respuestas a las preguntas formuladas por los oferentes contribuye a determinar el alcance y sentido de las Bases de Licitación y, en tal condición, deberán ser consideradas por los oferentes en la preparación de sus propuestas.

7. INSTRUCCIONES PARA LA PRESENTACIÓN DE OFERTAS

El oferente participante deberá ingresar en el portal www.mercadopublico.cl los siguientes antecedentes:

Anexos Administrativos y  Técnicos

  • Curriculum Vitae
  • Carta de presentación que contenga la siguiente información:

1.- Nombre del oferente.

2.- Domicilio.

3.- Teléfono.

4.- Dirección de correo electrónico.

5.- RUT

  • Nómina de al menos una persona adicional como equipo de trabajo ante urgencia e imprevistos.
  • Iniciación de actividades.

Anexo Técnico

Anexo N° 1 Oferta Técnica de acuerdo a Formato

Anexos Económicos

Los oferentes deberán ingresar su Oferta Económica, indicando el MONTO TOTAL NETO de su propuesta, esto es, excluíos los impuestos.

En caso que el oferente no pague impuestos por los servicios contratados deberá indicarlo expresamente en su propuesta, liberando a INDAP de toda responsabilidad en caso de error.

Vigencia de las Ofertas

Las ofertas deben tener una vigencia mínima de 90 días corridos.

 

 

Observaciones

- Para participar en la presente Licitación, los oferentes no deben encontrarse dentro de los casos de impedimentos e inhabilidades establecidos en la Ley, específicamente:

- Ley N° 19.886, artículo 4°, incisos 1° y 7°.

- Decreto N° 250 de 2004, Reglamento de la Ley N° 19.886, artículo 22°, número 9.

- Ley N° 19.728.

- Ley N° 20.393, artículos 8° y 10°.

            - Decreto Ley N° 211 de 1973, artículo 26°, letra d.

- Lo anterior se acreditará mediante la declaración simple que deben presentar los interesados en participar en la presente licitación, conforme el Anexo N° 1 de estas Bases, sin perjuicio de las facultades de INDAP de verificar esta información, en cualquier momento, en los registros pertinentes (Mercado Publico).

- Los oferentes deberán financiar todos los costos relacionados con la preparación y presentación de su oferta, por lo que INDAP, no será responsable en caso alguno de ellos.

- Los oferentes deberán constatar que el envío de su oferta a través del portal electrónico de compras públicas haya sido realizado con éxito, incluyendo todos los anexos y documentos solicitados en las Bases de Licitación, para ello se debe verificar el posterior despliegue automático del “Comprobante de envío de Oferta” que se entrega en dicho sistema, el cual puede ser impreso por el proponente para su resguardo.

- Las únicas ofertas válidas serán las presentadas a través del portal electrónico de compras públicas. No se aceptarán ofertas que se presenten por un medio distinto al establecido en las Bases. Será responsabilidad de los oferentes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus ofertas.

8. GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA

No se solicita de acuerdo a lo establecido en el artículo 31 del DS 250 reglamento de Compras públicas

9. REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD

En el evento que un oferente al momento de la Apertura Electrónica no presente la documentación y/o alguno de los anexos exigidos en estas Bases de Licitación, contará con un plazo máximo de 48 horas, a contar de la fecha de la notificación de la falta de antecedentes que INDAP deje en el Sistema de Información, para presentarlos a través del mismo Sistema, siempre que dicha documentación se haya producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 40 del Reglamento de la Ley N° 19.886. Esta situación será considerada en la tabla de definición de rangos y asignación de puntajes establecida en las presentes Bases de Licitación, asignando puntaje 0 (cero) en el factor a evaluar.

Transcurrido el plazo antes señalado y ante la no presentación de cualquiera de los antecedentes indicados en el presente párrafo, o éstos presenten errores o no se subsanen las observaciones o se presenten otros errores, será causal para que se declare inadmisible la oferta del licitante, mediante resolución fundada debidamente tramitada.

Sin perjuicio de lo anterior, no existirá esta posibilidad respecto de los siguientes antecedentes:

  • Carta de presentación
  • Curriculum Vitae
  • Anexo N° 1 " Oferta Técnica"

En el caso que se omita la presentación de estos antecedentes, la oferta será excluida del proceso de evaluación y será declarada inadmisible, debido a que se trata de antecedentes de carácter excluyente. Por tal motivo, su presentación no será considerada en la tabla de definición de rangos y asignación de puntajes establecida en las presentes Bases de Licitación. Lo anterior, tiene por objeto salvaguardar el principio de igualdad entre los oferentes; así como el principio de eficiencia procedimental y económica.

10. PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN

Para la evaluación se utilizarán los antecedentes que los oferentes participantes entreguen a INDAP y que se especifican en los distintos puntos de estas Bases de Licitación. Las propuestas serán evaluadas técnica y económicamente por un equipo interno, en calidad de Comisión Evaluadora, integrada por 3 funcionarios de la unidad de administración y finanzas, INDAP Región de la Araucanía, designados por la jefatura de dicha unidad, más un abogado de la Unidad Jurídica que actuará como ministro de fe en base a los siguientes criterios:

 

En primer lugar, se analizará el cumplimiento de las exigencias formales y de contenidos establecidos en las Bases de Licitación, es decir, si todos los documentos y antecedentes exigidos efectivamente han sido aportados y si el contenido de la propuesta corresponde a lo solicitado. No procede estipular la calificación de éstos, sino que simplemente constatar la existencia de cada uno de los antecedentes exigidos en las Bases de Licitación, toda vez que la no presentación de uno, cualquiera que sea, ameritará necesariamente la exclusión inmediata de la oferta del proceso de licitación.

 

En segundo lugar, se procederá con la evaluación técnica y económica, considerando los criterios definidos para la licitación en curso. Respecto a la evaluación técnica, cada una de las propuestas de los oferentes se evaluará considerando la tabla de definición de rangos y asignación de puntajes establecida en el Anexo N° 2.

 

Mecanismos de resolución de empates

 

Se entenderá por empate cuando haya igualdad de puntaje entre dos o más propuestas una vez evaluada técnica y económicamente todas aquellas que hayan sido presentadas válidamente. Los criterios de desempate son los siguientes:

  • En primer lugar, se seleccionará aquel oferente que presente el menor costo en la propuesta económica de las ofertas.
  • En segundo lugar, a igualdad entre dos o más propuestas, bajo el criterio económico, se escogerá aquella propuesta que presente el mayor puntaje en el criterio capacidad técnica y experiencia presentada a través del Sistema Mercado Público.
  • En tercer lugar, en caso de persistir igualdad entre dos o más propuestas en base a los criterios 1 y 2, se seleccionará a aquel oferente que presente mayor puntaje en el criterio recomendaciones.
  • En cuarto lugar, en caso de persistir igualdad entre dos o más propuestas en base a los criterios señalados anteriormente, se seleccionará a aquel oferente que ingrese primero su oferta en la plataforma Mercado Público.

 

 

INDAP se reserva el derecho de requerir a los oferentes participantes información aclaratoria de sus propuestas, sin afectar su trato igualitario y que signifique nuevas exigencias o requisitos no contemplados inicialmente en las Bases de Licitación, de acuerdo a lo contemplado en el Artículo 40 del Reglamento de Compras y Contrataciones Públicas.

 

Como resultado de su evaluación, la Comisión Evaluadora emitirá un informe técnico y económico, proponiendo al Director Regional de INDAP Araucanía la recomendación de adjudicación al oferente que haya presentado la propuesta más ventajosa, considerando los criterios de evaluación con sus correspondientes puntajes y ponderaciones, establecidos en estas Bases y en el Reglamento de la Ley N° 19.886; y/o la sugerencia de declarar inadmisibles las propuestas que no hayan cumplido los requisitos establecidos en las Bases de Licitación; o la proposición de declarar desierto el proceso licitatorio, en el caso que no se presenten propuestas o éstas no fuesen convenientes a los intereses de INDAP. En cualquier caso, tanto la adjudicación como la declaración de inadmisibilidad y la declaración de licitación desierta, deben ser aprobadas por Resolución Fundada
11. ADJUDICACIÓN DE LA LICITACIÓN

INDAP adjudicará la presente licitación al oferente que obtenga el mayor puntaje de la aplicación de los criterios de evaluación, y que cumpla con todos los requisitos exigidos en estas Bases de Licitación. Determinado el oferente seleccionado dentro del plazo previsto en las Bases de Licitación, INDAP notificará vía Sistema Mercado Público a dicho oferente que su propuesta ha sido aceptada. El oferente seleccionado quedará sometido al estricto cumplimiento de las obligaciones que se derivan de estas Bases de Licitación y de la presentación de su oferta.

La adjudicación de esta licitación se realizará por Resolución fundada del Director Regional de INDAP, en la que se especificarán los criterios de evaluación y puntajes que permitieron la adjudicación del oferente seleccionado y los antecedentes anexos del proceso de evaluación y selección de las propuestas. Dicha Resolución se dictará en el plazo señalado en el Calendario de Actividades del proceso licitatorio.

Esta Resolución, junto a los anexos mencionados en el párrafo anterior, se publicarán oportunamente en el Sistema Mercado Público, a fin de que los oferentes participantes tomen conocimiento de los criterios de evaluación que hayan permitido al adjudicatario obtener la calificación de oferta más conveniente. Asimismo, se publicará la resolución fundada que declare la inadmisibilidad y/o la declaración de desierto del proceso.

En caso de que no sea posible realizar la adjudicación dentro del plazo señalado en estas Bases de Licitación, INDAP informará en el Sistema Mercado Público las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicará un nuevo plazo para la adjudicación.

INDAP no podrá adjudicar la licitación a una oferta que no cumpla con las condiciones y requisitos establecidos en estas Bases. En consecuencia, no podrán adjudicarse ofertas de Oferentes que se encuentren inhabilitados para contratar con las Entidades Públicas u ofertas que no emanen de quien tiene poder suficiente para efectuarlas representando al respectivo Oferente, sin perjuicio de la ratificación posterior que se realice en conformidad a la ley.

Si el adjudicatario se desistiere de firmar el contrato, o de aceptar la orden de compra a que se refiere el inciso primero del artículo 63 del Reglamento de la Ley N° 19.886, o no cumpliese con las demás condiciones y requisitos establecidos en estas Bases para la suscripción o aceptación de los referidos documentos, INDAP podrá, junto con dejar sin efecto la adjudicación original, adjudicar la licitación al Oferente que le seguía en puntaje, dentro del plazo de 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original.

12. ANTECEDENTES LEGALES PARA LA SUSCRIPCIÓN DE CONTRATO

El plazo para la suscripción del contrato es de 30 días hábiles contados desde la fecha de la Resolución que aprueba la adjudicación.

PERSONA NATURAL

Debe encontrarse inscrito y en estado hábil en Chileproveedores.

Fotocopia de su cédula de identidad.

PERSONA JURÍDICA

Las sociedades acogidas a la Ley N° 20.659 que simplifica la constitución, modificación y disolución de las sociedades comerciales deberán acreditar su constitución con indicación de su(s) representante(s) legal(es) con los siguientes certificados:

-      Certificado de Vigencia

-      Certificado de estatutos actualizados.

-      Certificado de anotaciones en su caso.

Los certificados correspondientes pueden ser obtenidos desde el portal www.tuempresaenundia.cl

Debe encontrarse inscrito y en estado hábil en Chileproveedores.

Copia de la Escritura en que conste la personería del representante Legal.

Certificado de Vigencia de la Sociedad expedido por el Conservador de Comercio, cuya vigencia no deberá ser mayor a 60 días corridos.

Copia de la Escritura Pública de Constitución de la Sociedad y de sus modificaciones, si las hubiere.

UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES (UTP)

La Unión Temporal de Proveedores, estará conformada por personas naturales y/o jurídicas. Para tal efecto, los integrantes deberán suscribir un documento que formalice la unión, el cual deberá materializarse por escritura pública, de acuerdo a lo establecido en el artículo 67 bis del Decreto Supremo N° 250 que aprueba el Reglamento de la Ley N° 19.886. La UTP deberá autorizar a un representante legal común para que ejerza a su nombre todos los derechos y cumplan todas las obligaciones de la Unión Temporal de Proveedores frente a INDAP respecto al servicio a contratar que refieren las presentes Bases de licitación. No obstante, todos los socios serán responsables solidariamente del cumplimiento de las obligaciones que surjan del servicio a contratar. 

 

Las causales de inhabilidad contempladas en las presentes Bases y en la legislación vigente, para la presentación de las ofertas, formulación de propuestas o para la suscripción del contrato, afectarán a cada uno de los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores, individualmente considerados. 

 

Para la presentación de las Ofertas la Unión Temporal de Proveedores deberá cumplir con las siguientes reglas especiales y acompañar los siguientes antecedentes:

 

a. Presentar un Anexo en que todos y cada uno de los oferentes integrantes de la Unión Temporal de Proveedores, deberá designar entre sus miembros, a un representante común, con facultades suficientes para actuar en el proceso licitatorio en representación de todos ellos.

b.   Cada uno de los participantes de la Unión Temporal de Proveedores deberán presentar el Anexo N° 1 Declaración jurada.

c. Al momento de la presentación de ofertas, los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores determinarán los antecedentes que presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar u omitir información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de ésta. En el caso que uno de los miembros de la Unión sea inhábil y ésta decidiera excluirlo del presente proceso, y continuar con su propuesta, se excluirán asimismo los antecedentes que el participante inhábil hubiese presentado para la evaluación. 

 

En caso de ser adjudicada la presente licitación a una Unión Temporal de proveedores, ésta deberá cumplir y acompañar los siguientes antecedentes: 

a. La Unión Temporal de Proveedores obligará de manera solidaria a sus integrantes, como consecuencia de lo cual, el Instituto de Desarrollo Agropecuario podrá exigir a cualquiera de sus miembros, indistintamente, el cumplimiento total de las obligaciones contratadas, cualquiera sea su naturaleza. 

b. Al momento de contratar, todos los miembros de la Unión Temporal de Proveedores deberán encontrarse inscritos en el Portal de ChileProveedores en el plazo indicado en las presentes bases.

c. La vigencia de la Unión Temporal de Proveedores deberá ser, a lo menos equivalente a la vigencia del contrato derivado de la presente licitación, incluyendo la renovación que se contemple en virtud de lo dispuesto en el artículo 12 del Reglamento de Compras y Contrataciones Públicas.

 

Las Uniones Temporales de Proveedores deberán cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 67 bis del Decreto N° 250, el que fue incorporado  conforme a lo establecido en el Decreto N° 1410, de 2015, que modifica el Decreto Supremo N° 250, de 2004, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 19.886, de Bases sobre Compras y Contrataciones Públicas.

OBSERVACIONES

Si el oferente seleccionado se encuentra Inscrito en los Registros del Sistema Chileproveedores con la información requerida en las presentes Bases de Licitación, quedará exento de la presentación de dichos antecedentes en soporte papel, salvo en los casos que se refiere a documentación no incluida en dicho Registro.

 

Se deja constancia que para celebrar el contrato, el oferente seleccionado deberá estar inscrito en el Registro de Chileproveedores y sólo deberá presentar la documentación señalada en el numeral 7 de las Bases Administrativas de Licitación en el caso que no estén disponibles o la información publicada en tal registro tenga una vigencia que exceda los 60 días corridos, en los casos que así se solicita. La no entrega oportuna y fidedigna de dichos documentos permitirá a INDAP hacer uso de la facultad de readjudicación al segundo oferente mejor evaluado.

13. GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
No se requiere de acuerdo a lo indicado en el artículo 68 del reglamento de compras
14. PLAZOS DE EJECUCIÓN, APROBACIÓN Y TÉRMINO DEL CONTRATO

Vigencia del Contrato

24 meses, a contar de la total tramitación del acto administrativo que apruebe el contrato,  o hasta el término del presupuesto disponible para la contratación de los servicios, lo que ocurra primero.

Renovación

El contrato no podrá renovarse

Término del Contrato

El contrato podrá terminarse por la llegada del plazo estipulado para su ejecución, o bien por la total utilización del presupuesto asignado para esta contratación, o bien podrá terminarse anticipadamente por las causales establecidas en el punto 15. ‘Término anticipado de Contrato’ de las presentes Bases de Licitación.

Modificación de Contrato

INDAP podrá modificar de común acuerdo con el oferente seleccionado el contrato ya suscrito si así lo requiere.

Las modificaciones al contrato podrán efectuarse con la finalidad de lograr un mejor cumplimiento de los objetivos del contrato o de hacerse cargo de situaciones imprevistas, ocurridas durante la ejecución del contrato y que incidan en su normal desarrollo. Las modificaciones deberán ser requeridas y aprobadas por la contraparte técnica de INDAP y podrán afectar el precio del contrato en hasta un 20% de su valor total.

En todo caso, las modificaciones del contrato siempre deberán constar en un instrumento suscrito por ambas partes, el que deberá ser aprobado mediante la correspondiente Resolución fundada, sometida a la misma tramitación administrativa que la Resolución que haya aprobado el contrato.

Readjudicación

INDAP podrá, en caso que el oferente originalmente seleccionado rehúse suscribir el contrato, no entregue la garantía de fiel, oportuno y cabal cumplimiento del mismo, se desista de su oferta, o sea inhábil para contratar con el Estado de acuerdo a los términos de la Ley Nro. 19.886 y su Reglamento, adjudicar al oferente que le siga en puntaje de acuerdo a la evaluación de las propuestas, quien deberá cumplir con las exigencias establecidas en las Bases de Licitación, y así sucesivamente entre los oferentes evaluados por orden de puntaje obtenido, hasta llegar al tercer lugar si fuese necesario, o declararla desierta.

Subcontratación

No se prohíbe la subcontratación en los términos establecidos en el artículo 183 A y siguientes del Código del Trabajo.

INDAP no será solidariamente responsable de las obligaciones laborales y previsionales de dar que afecten a los contratistas en favor de los trabajadores de éstos, incluidas las eventuales indemnizaciones legales que correspondan por término de la relación laboral, ya que INDAP hará ejercicio de los derechos de información y retención que le otorga la Ley N° 20.123/2006. Por lo anterior, el contratista tendrá la obligación de informar a INDAP sobre el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que le correspondan respecto a sus trabajadores. El monto y estado de cumplimiento de dichas obligaciones laborales y previsionales deberá ser acreditado mediante certificados emitidos por la respectiva Inspección del Trabajo, o bien por medios idóneos que garanticen la veracidad de dicho monto y estado de cumplimiento, de acuerdo a lo establecido por el Ministerio del Trabajo y Previsión Social. En el caso que el contratista no acredite oportunamente el cumplimiento íntegro de las obligaciones laborales y previsionales en la forma señalada, INDAP podrá retener de las obligaciones que tenga a favor, el monto adeudado, el que estará obligado a pagar a los trabajadores o institución previsional acreedora, según corresponda.

15. TÉRMINO ANTICIPADO DE CONTRATO

El contrato podrá terminarse anticipadamente, de conformidad a lo establecido en el artículo 13 de la Ley N° 19.886 y el artículo 77 del Reglamento de la Ley N° 19.886, por las siguientes causas:

  1. La Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
  2. El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por “la Empresa”.
  3. El estado de notoria insolvencia de “la Empresa”, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
  4. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
  5. Las demás que se establezcan en las respectivas bases de la licitación o en el contrato; estableciéndose en el presente las siguientes causas que pudieran ocurrir o revelarse durante toda la vigencia del contrato:

E.1. Si el oferente seleccionado perdiere las certificaciones y autorizaciones necesarias para funcionar en el giro de su actividad, decretada por autoridad competente.

E.2. Si el oferente seleccionado falleciera o se disolviera la entidad contratada. En ambos casos se procederá a efectuar la liquidación del contrato.

E.3. Haber sido condenado el oferente seleccionado por crimen o simple delito.

E.4. Haber sido condenado el oferente seleccionado como consecuencia de incumplimiento de un contrato celebrado con alguna entidad regida por la Ley N° 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministros y Prestación de Servicios, y siempre que no hayan transcurrido dos años a contar desde la fecha de la sentencia.

E.5. Haber sido suspendido el oferente seleccionado o haber sido eliminado del Registro de Proveedores, a través de una resolución fundada de la Dirección de Compras Públicas.

E.6. Si el oferente seleccionado se encontrara en Estado Inhábil para suscribir contratos con Organismos Públicos del Estado, de acuerdo al reporte entregado por el Sistema Chileproveedores.

E.7. Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores, o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del periodo de ejecución del presente contrato, con un máximo de seis meses.

E.8. Si los resultados obtenidos de la prestación de los servicios no son los esperados, por lo que continuar con su desarrollo perjudica a INDAP. En este caso, INDAP podrá dar término anticipado al contrato, por causa fundada, mediante carta certificada comunicada a la otra parte, con a lo menos ´10 días corridos de anticipación a dicha fecha de término, cancelando a “la Empresa” el valor de lo recibido.

El término anticipado de contrato por cualquiera de las causales aquí establecidas deberá ser formalizado mediante acto administrativo fundado, debidamente tramitado, el que deberá establecer, si correspondiere, el monto que INDAP deba pagar a “la Empresa” por los servicios efectivamente prestados hasta antes de la causal que le pone término al contrato, así como los productos o documentos que “la Empresa” deba entregar a INDAP.

Lo establecido en esta cláusula, es sin perjuicio de las acciones que INDAP pueda ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos, con la correspondiente indemnización de perjuicios.

Cuando se ponga término anticipado al contrato por las causales indicadas en las letras B, C y E precedentes (salvo la letra E.8), “la Empresa” no tendrá derecho a indemnización alguna, sin perjuicio del cobro de las multas adeudadas.

Se entenderá como incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por “la Empresa” (letra B precedente), entre otras, las siguientes acciones, que serán siempre certificadas por la contraparte técnica de INDAP:

        La negativa, sin causa justificada, de prestar cualquiera de los servicios a los que se hubiere comprometido en su oferta, que sean procedentes.

        Aplicación de multas por un total acumulado equivalente al 20% del valor del contrato.

        Aplicación de multas superando los topes establecidos para cada una de ellas, esto es exceder los cuarenta (40) días hábiles de atraso o incumplir tres (3) obligaciones durante la vigencia del contrato.

Para efectos de terminar anticipadamente el contrato por la causal prevista en la letra B, se aplicará previamente el Procedimiento para término anticipado de contrato por incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por “la Empresa”, el cual se establece a continuación.

Procedimiento para término anticipado de contrato por incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por “la Empresa”

 

  1. INDAP notificará a “la Empresa” el término anticipado de contrato mediante carta certificada, indicando el incumplimiento de que se trata y el plazo que tiene “la Empresa” para deducir su reclamo, si procediere.
  2. “La Empresa” podrá reclamar a INDAP, dentro del quinto (5°) día hábil contado desde la notificación anteriormente indicada, mediante solicitud escrita enviada a través de carta certificada, la que deberá ser fundada.
  3. INDAP resolverá la reclamación presentada por “la Empresa”, dentro del quinto (5°) día hábil, acogiendo los fundamentos presentados, o bien, rechazándolos y dando por terminado el contrato, lo que deberá ser notificado a “la Empresa” mediante carta certificada y resolución correspondiente.

 

Fuerza mayor y caso fortuito

 

        Las partes no serán responsables en caso de incumplimiento tardío de las obligaciones contractuales debido a hechos independientes de su voluntad, considerados como fuerza mayor o caso fortuito, en los términos señalados en el Artículo 45 del Código Civil Chileno.

        Si “la Empresa” se ve impedida de cumplir con sus obligaciones contractuales por un evento considerado caso fortuito o fuerza mayor, deberá notificar de ese hecho a INDAP por escrito y en un plazo no superior a cinco (5) días hábiles desde iniciado u ocurrido el hecho que lo ocasiona, y solicitar prórroga para el cumplimiento de la obligación afectada.

        La notificación de solicitud de prórroga deberá presentarse acompañada de un informe en el que consten los hechos considerados caso fortuito o fuerza mayor, los cuales deberán estar debidamente fundados, indicando la incidencia que dicha situación tendría en el cumplimiento de los plazos establecidos.

        La calificación de la fuerza mayor o caso fortuito, será resuelta por INDAP, mediante resolución fundada sobre la base de los antecedentes que, oportunamente, le proporcione “la Empresa” y/o aquellos otros que obtenga de terceros, o sean de conocimiento público.

        En cualquier caso, si “la Empresa” no pudiere cumplir con sus obligaciones, procurará atenuar los daños y cumplirá con ellas tan pronto como finalicen los hechos que dieron lugar al caso fortuito o a la causa de fuerza mayor.

        Si la causa de caso fortuito o fuerza mayor impidiera a “la Empresa” cumplir con las obligaciones asumidas por más de treinta (30) días, el Contrato se resolverá de pleno derecho.

Término anticipado del contrato por INDAP a una UTP.

Sin perjuicio de las causales previamente establecidas en el presente numeral, son causales de término anticipado de contrato, para el caso de una UTP, las siguientes:

  • La constatación de que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. De verificarse tal circunstancia, se remitirán los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica.
  • Si uno de los integrantes de la UTP se retira de ésta, y dicho integrante reuniese una o más características objeto de evaluación de la oferta.
  • Ocultar información relevante para ejecutar el contrato, que afecte a cualquiera de sus miembros.
  • Inhabilidad sobreviniente de alguno de sus integrantes, en la medida que la UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados.
  • Disolución de la UTP.

INDAP podrá, además, dar cuenta de tales hechos a la Dirección de Compras y Contratación Pública, para los efectos de que el oferente sea suspendido o eliminado, según corresponda, del Registro Electrónico Oficial de Proveedores de la Administración, de conformidad a los Artículos 92°, 93°, 95° y 96° del Reglamento de la Ley N° 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministros y Prestación de Servicios.

Para efectos de terminar anticipadamente el contrato por alguna de estas causales, se aplicará previamente el Procedimiento para término anticipado de contrato por incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por “la Empresa”, establecido precedentemente.

16. SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN

ACCESO A LA INFORMACIÓN: “El oferente seleccionado” solo tendrá acceso a la información institucional relevante que sea necesaria para prestar el servicio para el que ha sido contratado, lo que será determinado y documentado por el Encargado de Seguridad de la Información Institucional.

OBLIGACIONES Y CONFIDENCIALIDAD: “El oferente seleccionado” estará obligado a  cumplir con la normativa de seguridad de la información de INDAP, de acuerdo a las políticas y procedimientos establecidos, incluida la Resolución Exenta N° 000417, de la Dirección Nacional de 2012, que aprueba la Política de Seguridad de la Información Institucional y la Resolución Exenta N° 140417, de la Dirección Nacional de 2012, que Establece infracciones al Sistema de Seguridad de la Información. Asimismo, “El oferente seleccionado” deberá mantener la confidencialidad de la información personal que pueda llegar a conocer sobre los funcionarios o beneficiarios de INDAP, así como también de procedimientos, ideas, productos, servicios, procesos y nombres de personas, instituciones y empresas que utilizan los productos y servicios de INDAP. De esta forma, “El oferente seleccionado” no podrá, sin el consentimiento expreso manifestado por escrito por INDAP, usar para el beneficio propio o de cualquier otra persona, empresa o corporación, divulgar, publicar o comunicar cualquier secreto o información confidencial, que pudo haber adquirido o pueda adquirir o conocer en razón de este contrato.

NO DIVULGACIÓN: “El oferente seleccionado” estará obligado a mantener la información confidencial en estricta reserva y no revelar ningún dato de la información, relacionada o no, sin el consentimiento previo y escrito de INDAP. Para ello, “El oferente seleccionado” deberá instruir al personal que estará encargado de recibir la información confidencial de propiedad de INDAP, debiendo suscribir el correspondiente acuerdo de confidencialidad si fuere necesario, de su obligación de recibir, tratar y usar la información que reciban como confidencial y destinarla únicamente para los fines por lo cuales se contratará el servicio. Asimismo, “El oferente seleccionado” podrá divulgar la información confidencial únicamente a las personas autorizadas para su recepción dentro de la organización; a tratar confidencialmente toda la información recibida directa o indirectamente de INDAP, y no utilizar ningún dato a un objeto distinto del contrato; y no manejar, usar, explotar, o divulgar la información confidencial a ninguna persona o entidad por ningún motivo en contravención a lo dispuesto en este instrumento.

PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES: “El oferente seleccionado” de acuerdo a lo establecido en la Ley N° 19.628, SOBRE PROTECCIÓN DE LA VIDA PRIVADA, deberá dar estricto cumplimiento a las leyes sobre protección de datos de carácter personal, asegurando su confidencialidad, Y a no transferirlos o cederlos, salvo en aquellos casos en que la legislación vigente así lo indique.

 

AUDITORÍA Y SUPERVISIÓN: INDAP, podrá auditar los procesos y servicios que el proveedor se obliga a realizar por este acto. La responsabilidad de administrar las relaciones con “El oferente seleccionado” se asigna al Encargado de Seguridad de la Información Institucional, quien debe monitorear y revisar regularmente los servicios definidos en el presente contrato. El monitoreo y revisión de los servicios debe garantizar que los términos y condiciones de seguridad de la información se respeten y que los incidentes y los problemas de seguridad de la información se gestionen correctamente. En caso de observarse deficiencias en la prestación de servicios, se deben tomar las medidas necesarias para corregir el problema. En caso de subsistir, será una causal de término anticipado del contrato.

 

GESTIÓN DE CAMBIOS: En caso de que las partes determinen realizar cambios a la provisión de servicios por parte del “El oferente seleccionado”, se deberán mantener o mejorar las políticas de seguridad de la información, así como los procedimientos y controles específicos, considerando la criticidad de la información del negocio, los sistemas y procesos involucrados y la reevaluación de los riesgos.

17. PROPIEDAD INTELECTUAL

Se entenderá por “Propiedad Intelectual” todos aquellos procedimientos o métodos de elaboración, inventos o descubrimientos, patentes, modelos, diseños y dibujos industriales, secretos industriales o comerciales, nombres de dominio, obras, programas computacionales, datos, bases de datos, conocimientos, know-how, marcas comerciales y signos distintivos y, en general, cualquier bien material o inmaterial y/o derechos e intereses relacionados con la creación intelectual, estén o no protegidos bajo las leyes de propiedad intelectual y/o industrial.

“El oferente seleccionado” no podrá publicar, reproducir, adaptar, ejecutar o comunicar públicamente, comercializar, descompilar, manipular, entregar a terceros y/o utilizar o explotar la Propiedad Intelectual de INDAP, sino en los términos y en las condiciones que al efecto se han establecido por este instrumento.

Las partes acuerdan expresamente que la totalidad de los derechos de propiedad intelectual sobre toda recomendación, idea, técnica, know-how, diseño, metodología, software desarrollado por o para INDAP u otra información técnica, sobre el producto final o de alguna de sus etapas de desarrollo, corresponden a INDAP.

Asimismo, toda información que se genere como parte de la prestación de servicios de implantación, será propiedad de INDAP.

Toda la documentación que se genere como parte de la prestación de servicios, ya sea en formato Microsoft Word, PowerPoint, Excel, Project, Adobe PDF, etc., deberá presentarse exclusivamente con la imagen corporativa de INDAP.

Finalmente, el oferente seleccionado se obliga a no inscribir a su nombre cualquier proceso, etapa, proyecto o producto originado con ocasión o a causa del servicio contratado en cualquier Registro del país.

Las partes declaran expresamente que los productos contratados y la propiedad intelectual pertenecen íntegramente a INDAP.

18. SANCIONES Y MULTAS

INDAP cobrará multas al oferente seleccionado, administrativamente, cuando éste no cumpla con lo estipulado en el contrato que se celebre una vez adjudicada la presente Licitación, siempre que se deba a causa imputable al oferente, en los siguientes términos:

Descripción de Gradualidad

Descuento Porcentual de la Cuota Involucrada

1 a 3 días hábiles de atraso.

5%

4 a 7 días hábiles de atraso.

10%

8 a 10 días hábiles de atraso.

15%

Dentro de los 2 días hábiles siguientes al vencimiento del plazo de 10 días hábiles por atraso en la entrega de los informes o productos pactados, y de no existir respuesta alguna de solución por parte del oferente seleccionado, se podrá dar término anticipado al contrato respectivo.

Multas por incumplimiento que no sean el atraso de entrega de los informes o productos

Descripción de Gradualidad

Descuento Porcentual de la Cuota Involucrada

Primera Notificación de Incumplimiento.

5%

Segunda Notificación de Incumplimiento (No hay respuesta a Primera Notificación). Plazo de Espera de 3 días hábiles posteriores a Primera Notificación.

10%

Tercera Notificación de Incumplimiento (No hay respuesta a Primera ni Segunda Notificación). Plazo de Espera 5 días hábiles posteriores a Primera Notificación.

15%

En el caso de transcurrir más de 2 días hábiles después de vencido el plazo de la 3ª notificación por incumplimiento que no sean el atraso de entrega de los informes o productos, y de no existir respuesta alguna de solución por parte del oferente seleccionado, se podrá dar término anticipado al contrato respectivo.

La aplicación de las multas se hará por vía administrativa, mediante notificación escrita de la contraparte técnica del INDAP al oferente seleccionado del hecho que motiva la aplicación de la misma. El oferente seleccionado tendrá un plazo de 5 días hábiles para efectuar sus descargos a la contraparte técnica de INDAP, contados desde la notificación de los cargos efectuados. Si estos fuesen rechazados tendrá un plazo de 5 días hábiles desde la notificación del rechazo para interponer un recurso ante la Dirección Nacional de INDAP. Si el oferente seleccionado no presenta descargos se procederá a aplicar la multa correspondiente. 

Cabe señalar que la multa se podrá deducir de cualquier pago que INDAP deba efectuar.

19. CONTRAPARTE TÉCNICA Y COORDINACIÓN CON INDAP:

INDAP se relacionará con el oferente seleccionado, tanto en los aspectos técnicos como operacionales y administrativos, a través del Jefe de la unidad de Administración y Finanzas o quien ésta designe para tales efectos, para efectuar las siguientes tareas y funciones:

  • Supervisar y controlar el desarrollo de los servicios contratados, velando por el estricto cumplimiento de sus objetivos y de los plazos acordados para su ejecución.
  • Analizar el avance y resultados de las diferentes actividades, revisando y aprobando los servicios, planteando a la empresa contratada las observaciones y/o recomendaciones que se estimen pertinentes.
  • Resolver cualquier problema o situación no prevista de acuerdo a los criterios y determinaciones estipuladas por INDAP.
  • Colaborar con la empresa seleccionada en al ámbito de sus competencias, como asimismo, poner a disposición de la misma las bases y normativas relativas a los programas seleccionados para los presentes servicios.
  • Además, facilitar el contacto con los funcionarios de las regiones y áreas de INDAP.

INDAP coordinará también un mínimo de reuniones que serán convenidas oportunamente y se realizaran durante la ejecución de los servicios contratados.

 

BASES TÉCNICAS

1.     Antecedentes Generales.

El Instituto de Desarrollo Agropecuario, INDAP, de acuerdo a lo dispuesto en la Ley Nª 18.910, y sus modificaciones, es un servicio funcionalmente descentralizado, de duración indefinida, con personalidad jurídica y patrimonio propio, con plena capacidad para adquirir, ejercer derechos y contraer obligaciones, sometido a la supervigilancia del Presidente de la República, a través del Ministerio de Agricultura. Su misión institucional es Apoyar el desarrollo y fortalecimiento del capital humano, financiero y productivo, de los funcionarios.

  1. Descripción General del Producto y/o Servicio a adquirir.

El oferente debe reunir las condiciones de un carácter afable, discreto y respetuoso que permitan la confianza de los funcionarios del Servicio, de manera, que el desarrollo del servicio sea expedito.

  1. Objetivos de la Adquisición del Producto y/o Servicio a adquirir.

Las propuestas deben presentarse sólo a través del Sistema www.MercadoPublico.cl, la documentación de respaldo debe ser presentada en la forma, plazos que se indica anteriormente.

La presente licitación se ubica en el tramo de licitaciones de un monto entre >100 y < 1.000 U.T.M.

En el Sistema www.MercadoPublico.cl, debe ser ingresado solo el VALOR TOTAL NETO; es decir, el valor total descontados los impuestos.

Se entiende que todos los participantes en la presente licitación aceptan expresamente el contenido de estas Bases, lo mismo que las aclaraciones de sus consultas, por el solo hecho de ingresar sus ofertas en el Sistema www.MercadoPublico.cl.

Todos los participantes en la presente licitación, por el solo hecho de ingresar sus ofertas en el Sistema www.MercadoPublico.cl, declaran que no se encuentran afectos a ninguna de las inhabilidades e incompatibilidades establecidas en los artículos 54 y 56 de la Ley N° 18.575; y artículo 5 de la Ley N° 19.886.

  1. Objetivos de la Adquisición del Servicio.

Apoyar la labor administrativa de los funcionarios en soporte de bodega de materiales de oficina, mensajería-reparto de correspondencia INDAP Región de La Araucanía, de la documentación que se genera día a día para las instituciones externas, como también a clientes internos del Servicio.

5.     Requerimientos específicos del producto y/o servicio a adquirir.

El oferente adjudicado deberá realizar la siguiente labor:

  • Mantención Archivo Documentos Bodega Regional, traslado y orden de los archivadores y cajas enviadas a Bodega Archivo para custodia y revisión, de la Dirección Regional y la distintas Unidades. 
  • Soporte en la entrega de materiales de oficina-Bodega Materiales- en cuanto a: preparar los pedidos de materiales de oficina solicitados por el sistema computacional por las Agencias Áreas y las Unidades de la Dirección Regional, cargar los pedidos de materiales en los vehículos institucionales de las Agencias de Áreas cuando sean retirados.
  • Reparto de correspondencia, desde la Oficina de Partes del Instituto a Servicios e Instituciones Públicas, Bancos, Isapres, Empresa CorreosChile y otros(as) cuando sea estrictamente necesario.
  • Retiro de correspondencia dirigida al Instituto cuando sea necesario de: Empresa Correos Chile, otros Servicios e Instituciones, para ser entregada Oficina de Partes Dirección Regional.
  • Distribución de correspondencia de la Oficina Partes a las distintas Unidades cuando sea estrictamente necesario.
  • Desarrollar cualquier otra labor auxiliar relacionada con los servicios contratados, de acuerdo a las circunstancias y necesidades del Instituto a requerimiento de la Jefa de Unidad de Finanzas y Administración.


ANEXO N° 1

OFERTA TÉCNICA.

  1. Listado de documentos que acrediten su experiencia EN LABORES RELACIONADAS CON LOS REQUERIMEINTOS DE ESTA LICITACIÓN, que pueden ser certificados indicando desde y hasta cuando con fecha actual, u otros documentos que reúna las mismas características. Los documentos que respaldan este listado deben adjuntarse a esta oferta.
  • Certificado de experiencia de la Institución N° 1
  • Certificado de experiencia de la Institución N° 2
  • Certificado de experiencia de la Institución n

  1. documentos, cartas o certificados, que den cuenta de la antigüedad del oferente en el rubro, otorgado y suscrito por el o los representantes de entidades a quienes han prestado o prestan servicios en la actualidad, cuando corresponda. Los documentos que respaldan este listado deben adjuntarse a esta oferta.
  • Certificado de experiencia de la Institución N° 1
  • Certificado de experiencia de la Institución N° 2
  • Certificado de experiencia de la Institución n

  1. Oferta Económica

Servicio mantención de Archivo, Bodega de materiales y Mensajería

Valor neto mensual de la propuesta

$

Impuestos

$

Valor total Mensual de la propuesta, equivalente al costo final a pagar por el la Totalidad del Servicio

$


ANEXO N° 2

TABLA DE DEFINICIÓN DE RANGOS Y ASIGNACN DE PUNTAJES

Criterios técnicos de evaluación

Ponderación

Criterio 1

Costo de la propuesta

50%

Criterio 2

Experiencia y capacidad de ejecución

30%

Criterio 3

Recomendaciones

20%

CRITERIO 1

Factores a evaluar

Parámetros

Puntaje

Ponderación

PRECIO

PUNTAJE = ((Precio mínimo Ofertado) /(Precio Ofertado)) x 100

X

50%

EXPERIENCIA DEL OFERENTE (1)

Igual o mayor a 5 Años

100

30

Entre 1 y 4 años

60

Menor a 1 año

30

Sin Experiencia

10

RECOMENDACIONES (2)

Más de 5 años con recomendaciones

100

20

Entre 2 y 5 años

60

Menos de 2 años

30

Sin experiencia

10

(1) Para evaluar este criterio los oferentes deberán adjuntar documentos que acrediten su experiencia EN LABORES RELACIONADAS CON LOS REQUERIMEINTOS DE ESTA LICITACIÓN, que pueden ser certificados indicando desde y hasta cuando con fecha actual, u otros documentos que reúna las mismas características

(2) Para evaluar este criterio se necesita que los oferentes adjunten documentos, cartas o certificados, que den cuenta de la antigüedad del oferente en el rubro, otorgado y suscrito por el o los representantes de entidades a quienes han prestado o prestan servicios en la actualidad, cuando corresponda


10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.