CESIÓN DEL CONTRATO |
El adjudicatario no podrá ceder ni transferir en forma alguna, sea total o parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen con ocasión de la presente licitación y del contrato que en definitiva se suscriba, salvo que norma legal especial permita las referidas cesiones.
Lo anterior es sin perjuicio que los documentos justificativos de los créditos que emanen de estos contratos puedan transferirse a acuerdo a las normas de derecho común.
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AUMENTO DE LAS PRESTACIONES |
El INE podrá aumentar la cantidad de las prestaciones originalmente contratadas, a través de un acto administrativo, las cuales no podrán exceder al 30% del valor total de la presente contratación.
De producirse el aumento de las prestaciones, el oferente deberá mantener el mismo precio por metro cuadrado indicado en su oferta original (Anexo N° 4). En el mismo sentido, se deberá solicitar el aumento de la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato en el porcentaje que corresponda.
A su vez, el INE podrá disminuir la cantidad de prestaciones originalmente contratadas, las cuales no podrán superar el 30% del valor total de la contratación.
Se deja constancia que los montos nominales de la oferta económica no estarán afectos a reajuste alguno.
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CONFIDENCIALIDAD Y RESERVA |
El proveedor contratado se obliga a mantener confidencialidad respecto de todos los documentos y antecedentes de Instituto Nacional de Estadísticas, que conozca en el marco de la ejecución del contrato.
Las obligaciones señaladas en esta cláusula se extenderán hasta un año después de concluido el contrato.
Los contratantes se obligarán a adoptar todas las medidas necesarias para que sus dependientes o prestadores de servicios mantengan la confidencialidad acordada.
El proveedor contratado se obliga asimismo a respetar el principio del secreto estadístico consagrado en la Ley N.º 17.374, artículos 29° y 30°, Orgánica del Instituto Nacional de Estadística.
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PACTO DE INTEGRIDAD |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del Código del Trabajo.
Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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NORMAS LABORALES |
El adjudicatario, en su calidad de empleador, será responsable exclusivo del cumplimiento íntegro y oportuno de las normas del Código del Trabajo y leyes complementarias, leyes sociales, de previsión, de seguros, de enfermedades profesionales, de accidentes del trabajo y demás pertinentes respecto de sus trabajadores y/o integrantes de sus respectivos equipos de trabajo.
En consecuencia, el adjudicatario será responsable, en forma exclusiva, y sin que la enumeración sea taxativa, del pago oportuno de las remuneraciones, honorarios, indemnizaciones, desahucios, gratificaciones, gastos de movilización, beneficios y, en general, de toda suma de dinero que, por cualquier concepto, deba pagarse a sus trabajadores y/o integrantes de sus respectivos equipos de trabajo.
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CONTINUIDAD DEL PERSONAL |
El INE exigirá que durante el desarrollo y vigencia del contrato exista continuidad del personal designado para la prestación de cada servicio.
De acuerdo con lo anterior, en caso de requerirlo durante la vigencia del contrato, el proveedor adjudicado podrá solicitar al INE, a través de su contraparte técnica, el cambio de personal, teniendo en consideración realizarlo con anticipación suficiente para no discontinuar el servicio y de acuerdo con lo establecido en este artículo.
Si por algún motivo externo o ajeno a la gestión del proveedor adjudicado, como, por ejemplo, jubilación, muerte, incapacidad médica, renuncia, entre otros, fuere necesario sustituir al personal que presta el servicio, el proveedor deberá proponer oportunamente un cambio en la nómina de los trabajadores.
Para la solicitud y aprobación de cambio de personal deberán considerarse, a lo menos, los siguientes elementos:
a) La criticidad del proyecto y de la etapa de este en la que esté involucrado el personal.
b) El nuevo personal que se proponga incorporar debe cumplir, al menos, con los mismos requisitos y competencias que cumplía el personal aprobado en el proceso licitatorio.
La solicitud de cambio de personal debe ser aprobada por el INE, quien se reserva el derecho de aceptar o rechazar la petición. En caso de rechazo, el proveedor adjudicado podrá proponer a otras personas, hasta que sea aceptado por el INE, siempre y cuando el tiempo involucrado en esta gestión no perjudique el cumplimiento de plazos del contrato. En todo caso, si el INE considera que estos cambios afectan la integridad y oportunidad del cumplimiento del contrato, le podrá poner término anticipado.
El proveedor adjudicado debe informar y entregar al INE, junto con la solicitud de cambio de nómina del personal y todos los antecedentes solicitados en las presentes bases para que el INE evalúe y apruebe la experiencia e idoneidad de la persona propuesta para conformar el equipo de trabajo.
El proveedor adjudicado debe esperar la aprobación de la solicitud, por correo electrónico, de parte del INE, antes de ejecutar el contrato con el o los nuevos trabajadores.
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COMPORTAMIENTO ÉTICO DEL PROVEEDOR |
El proveedor que preste los servicios deberá observar, durante toda la época de ejecución contractual, el más alto estándar ético exigible a los funcionarios públicos. Tales estándares de probidad deben entenderse equiparados a aquellos exigidos a los funcionarios de la Administración Pública, en conformidad con el Título III de la ley N.º 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
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LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO |
Para llevar a cabo la finalización de la relación contractual entre las partes, sea por término anticipado o no, el proveedor deberá:
a) Acordar un calendario de cierre con el INE, en donde se establezca un evento o plazo prudencial a partir del cual se entiende que el contrato entre en etapa de cierre.
b) Elaborar un protocolo de fin de contrato, que suscribirán ambas partes, y en donde se detallen todas las actividades a realizar y los responsables de cada una de ellas, para lograr un cierre de contrato ordenado.
c) Si el INE así lo requiere, el proveedor deberá prestar colaboración y participar en forma coordinada con aquélla en labores de migración de sistemas u otras similares a un nuevo proveedor.
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PROGRAMA DE SEGURIDAD Y PREVENCIÓN DE RIESGOS |
El oferente adjudicado deberá entregar a la Contraparte Técnica del INE, durante el primer mes de iniciado el servicio, un Programa de Prevención de Riesgos diseñado para el personal que se desempeñará en las dependencias del INE y adecuado a sus condiciones de trabajo.
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INTERPRETACIÓN E INFORMACIÓN |
Las presentes Bases Administrativas, las Bases Técnicas y el contrato respectivo se interpretarán en forma armónica, de manera que exista entre todos ellos la debida correspondencia. Todos los documentos relativos a la licitación se interpretarán siempre en el sentido de la más perfecta elaboración y ejecución de la propuesta, de acuerdo con las reglas de la ciencia y la técnica aplicables según sea el caso particular de que se trate. En caso de discrepancia en la interpretación de lo señalado, primará lo dispuesto en las Bases Técnicas o Administrativas por sobre lo establecido en la oferta de la empresa contratada.
Cualquier falta u omisión de los oferentes o adjudicatario en la obtención de información y estudio de los documentos relativos al proceso de licitación, no los exime de la responsabilidad de apreciar adecuadamente los costos necesarios para la elaboración y desarrollo de su propuesta o prestación del servicio. Por lo tanto, serán de su cargo todos los costos en que incurran para corregir faltas, errores, descuidos u omisiones resultantes de su análisis e interpretación de la información disponible o que se obtenga.
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FUERZA MAYOR |
No se harán valer las multas, la garantía de fiel y oportuno cumplimiento, ni la resolución por incumplimiento, o la terminación anticipada por incumplimiento grave de las obligaciones, si la demora o el incumplimiento del proveedor se deben a fuerza mayor o caso fortuito. Esta causal de incumplimiento deberá ser fehacientemente acreditada y comunicada por el proveedor adjudicado al INE dentro del plazo de 5 días hábiles de ocurrido el imprevisto, y será calificada por el INE dentro del plazo de 10 días hábiles.
En conformidad a lo establecido en el artículo 45 del Código Civil, “se llama fuerza mayor o caso fortuito el imprevisto a que no es posible resistir, como un naufragio, un terremoto, el apresamiento de enemigos, los actos de autoridad ejercidos por un funcionario público, etc.”
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