Licitación ID: 745915-17-LE24
Suministro de alimentos perecibles y no perecible
Responsable de esta licitación: CORP.MUNICIPAL GABRIEL GONZALEZ VIDELA DE LA SERENA
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 395
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Productos o servicios
1
Servicios de suministro de alimentos 1 Global
Cod: 93131608
La Corporación Municipal Gabriel González Videla, a través del Departamento de Educación requiere contar con el servicio de provisión de insumos tanto perecibles como no perecibles para los talleres de gastronomía de los liceos técnicos profesionales que  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Suministro de alimentos perecibles y no perecible
Estado:
Desierta (o art. 3 ó 9 Ley 19.886)
Descripción:
La Corporación Municipal Gabriel González Videla, a través del Departamento de Educación requiere contar con el servicio de provisión de insumos tanto perecibles como no perecibles para los talleres de gastronomía de los liceos técnicos profesionales que dependen de la Corporación Municipal de Gabriel González Videla. Los establecimientos que cursan la carrera técnica profesional de gastronomía, y que pueden solicitar insumos perecibles y no perecibles, como material de enseñanza para los talleres, son los siguientes: El proveedor deberá contar con ubicación geográfica local, considerando que la entrega de los productos perecibles debe estar en óptimas condiciones. Los productos perecibles no podrán tener fecha de caducidad mayor menor a 30 días.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
El contrato se formalizará con la orden de compra
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Área Administración Educación
R.U.T.:
70.892.100-9
Dirección:
Ánima de Diego 550
Comuna:
La Serena
Región en que se genera la licitación:
Región de Coquimbo
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 10-06-2024 15:01:00
Fecha de Publicación: 27-05-2024 16:38:57
Fecha inicio de preguntas: 28-05-2024 9:00:00
Fecha final de preguntas: 30-05-2024 12:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 03-06-2024 16:30:00
Fecha de acto de apertura técnica: 11-06-2024 9:00:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 11-06-2024 9:00:00
Fecha de Adjudicación: 21-06-2024 16:30:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- ANTECEDENTES QUE SE REQUIEREN Y QUE DEBEN PUBLICARSE EN LA PLATAFORMA MERCADO PÚBLICO www.mercadopublico.cl La oferta administrativa deberá contar con los siguientes documentos: FORMULARIO Nº 1: Identificación Oferente y Programa de Integridad: El oferente deberá indicar si cuenta con un programa de integridad implementado, y si éste es conocido por su personal trabajador, debiendo adjuntar respaldo tanto del programa, como en su caso de haber efectuado la difusión a su personal, mediante documentos tales como: comunicado interno, mail masivo, folletos, otros. FORMULARIO Nº2: Declaración de Aceptación de Bases, Condiciones de la Propuesta y Pacto de Integridad. Declaración Jurada simple de aceptación de las bases que regulan la propuesta. En caso de personas jurídicas, se debe incluir: - Certificado de vigencia de la sociedad con 60 días corridos máximo desde su fecha de emisión. - Certificado que acredite la personería del representante legal con plazo de 60 días corridos máximo desde su fecha de emisión (Certificado de vigencia de poder del Registro de Comercio o Certificado Estatuto actualizado del registro de empresa en un día del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo). En caso de persona Natural, se debe adjuntar copia simple de la Cédula de Identidad. Los proponentes que oferten bajo la modalidad de UTP y todos los integrantes de éstas, deberán acompañar adicionalmente al Formato 2, copia simple de cédula de identidad de todos sus integrantes; por otra parte, si los miembros de las UTP obedecen a personas jurídicas, deberá acompañar certificado de vigencia de la sociedad con 60 días máximo desde su fecha de emisión, Certificado que acredite la personería del representante legal, y copia del RUT de las empresas. FORMULARIO Nº3: Declaración de Habilitación. Declaración Jurada simple de no encontrarse dentro de las inhabilidades establecidas en Art. 4 de la ley Nº 19.886, sobre contratos administrativos de suministros y prestaciones de servicios. Se deberá adjuntar el Formulario N° 3 y/o el formato entregado por www.mercadopúblico.cl al momento de ingresar la oferta, aceptándose ambos formularios para la admisibilidad de la oferta. FORMULARIO N°4: Declaración Jurada Simple, que dé cuenta si registra o no saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años.
Documentos Técnicos
1.- FORMULARIO N°5: Oferta Técnica: El oferente deberá completar toda la información requerida. Patente Comercial vigente a la fecha del acto de apertura indicado en el artículo 4 de las presentes Bases Administrativas.
 
Documentos Económicos
1.- En el caso que un oferente que presente más de una oferta, solo se considerará para el proceso de evaluación y adjudicación, aquella oferta de menor valor y que se ajuste a las especificaciones técnicas solicitadas: FORMULARIO N°6: Presupuesto unitario detallado, en formato Word y Excel (Este último se publica para dar facilidad en el ingreso de los valores). Para efectos de la evaluación se considerarán cualquiera de los dos, siempre y cuando se completen y oferten la totalidad de los productos. Nota 1: Todos y cada uno de los documentos señalados en el numeral 10.3 y 10.4, deben ser subidos a la plataforma de www.mercadopublico.cl, firmado en el lugar que corresponda Nota 2: En caso de no subir los formularios señalados en el numeral 10.2, se podrá pedir acompañar formularios faltantes, o aclarar el presentado, y en caso de no cumplir con la solicitud, se evaluará con puntaje mínimo según criterio de evaluación “cumplimiento de requisitos formales” conforme a la letra D) del numeral 15.3 de las bases.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Ubicación geográfica Ubicación geográfica Puntaje Proveedor Local (La Serena/Coquimbo) 100 Proveedor de otra ciudad 10 20%
2 Precio Corresponde al monto total ofertado indicado en el Formulario de Propuesta Económica N°6, que deberá ser coincidente con la oferta presentada en portal www.mercadopublico.cl.Se evaluará con el mayor puntaje la oferta más conveniente. Las demás ofertas serán evaluadas de acuerdo a la siguiente formula: Pje Oi = (Oe/Oi) * 100 Donde : Pje Oi : Puntaje obtenido por oferente i Oe : Oferta más conveniente Oi : Oferta del oferente i X 40%
3 Plazo de Entrega Corresponde al plazo de entrega ofertado por la empresa en formulario N°5 “Oferta Técnica”. El plazo de entrega ofertado debe considerar la entrega semanal de los alimentos en cada Establecimiento. Descripción Puntaje Entre 8 a 12 horas hábiles 100 puntos Entre 13 a 24 horas 50 puntos Entre 25 a 48 horas 10 puntos 25%
4 Cumplimiento de requisitos formales Descripción Puntaje Proveedores que presenten la totalidad de los documentos solicitados. 100 puntos Proveedores que haya presentado la totalidad de los antecedentes hasta el cierre de la Licitación, pero que deban realizar una segunda presentación de los formatos, donde se hayan detectado errores menores de llenado o aclarar documentos adjuntos. 50 puntos Proveedores que no presentaron uno o más documentos requeridos en el numeral 10.2, antes del cierre de recepción de ofertas y que no sean esenciales. 0 puntos 10%
5 Cumplimiento programa de integridad El programa de integridad de una empresa u organización se entiende como un conjunto de instrumentos o herramientas que fomentan entre sus integrantes un comportamiento apegado a determinados valores que contribuyan a instalar estándares de integridad, fortaleciendo una conciencia ética que permita combatir la corrupción. Para la asignación de puntaje en este criterio, se considerará la declaración prestada por el Oferente en el Formulario N°1 sobre este punto. El oferente deberá respaldar dicha información acompañando el Programa, y en su caso de su difusión a través de un comunicado interno, correo masivo, etc. Descripción Puntaje Oferente cuenta y adjunta programa de integridad implementado, siendo este conocido por los trabajadores. (adjuntar documento que acredite medio de difusión del programa) 100 Oferente cuenta y adjunta programa de integridad implementado, pero no es conocido por los trabajadores. 50 Oferente no cuenta con programa de integridad implementado 0 Si el pr 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: Área Administración Educación Subvención General
Monto Total Estimado: 30000000
Justificación del monto estimado La Corporación Municipal Gabriel González Videla, a través del Departamento de Educación requiere contar con el servicio de provisión de insumos tanto perecibles como no perecibles para los talleres de gastronomía de los liceos técnicos profesionales que
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Rocio Vasquez
e-mail de responsable de pago: rocio.vasquez@corporacionlaserena.cl
Nombre de responsable de contrato: Sandra Castro Carvajal
e-mail de responsable de contrato: sandra.castro@corporacionlaserena.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-9-96990375-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Corporación Municipal Gabriel González Videla de La Serena
Fecha de vencimiento: 03-03-2025
Monto: 5 %
Descripción: En virtud de lo que dispone el Artículo 71° del Reglamento de la Ley de Compras Públicas N°19.886, la empresa adjudicataria al momento de ser notificada de la adjudicación y previo al envío de la orden de compra deberá hacer entrega de la garantía de Fiel Cumplimiento y Correcta ejecución del contrato de manera electrónica o física, según se indica a continuación: Su glosa debe decir: “Garantía de fiel cumplimiento y correcta ejecución del contrato “SERVICIO DE SUMINISTRO DE ALIMENTOS PERECIBLES Y NO PERECIBLES PARA ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES DE LA CORPORACIÓN GABRIEL GONZÁLEZ VIDELA DE LA SERENA”, la que deberá ser extendida a favor de la Corporación Gabriel González Videla, Región de Coquimbo, R.U.T. N°70.892.100-9, por un monto equivalente al 5% del valor del Contrato, cuyo objetivo es garantizar el fiel cumplimiento de las obligaciones del contrato, pago de multas, y de pago de obligaciones laborales y previsionales con los trabajadores del contratante y multas. Las garantías deberán cubrir el plazo hasta el 31 de diciembre de 2024 más 60 días corridos. El plazo ofertado se contabiliza a partir del día siguiente a la fecha de la aceptación de la Orden de Compra. Si no se ha entregado la Garantía exigida en el presente numeral de las Bases, la CGGV, si así lo determina, quedará facultada para dejar sin efecto la adjudicación y readjudicar al oferente que obtuvo el segundo lugar; si éste desistiera de su oferta y rechaza la adjudicación, se readjudicará al oferente que obtuvo el tercer lugar en el Informe de Evaluación. La CGGV hará efectiva la garantía, en los siguientes casos: • Por las deudas previsionales o laborales de los trabajadores del adjudicatario. También se procederá a ejercer el derecho de retención sobre dicha garantía, y proceder a su cobro, conforme al artículo 183-C del Código del Trabajo. • Cuando existan multas o sanciones no pagadas por el adjudicatario, conforme al artículo 26 de las presentes Bases. • Por las causales de término anticipado de la relación contractual, establecidas en el artículo 28 de las presentes Bases. • Si el proponente no acepta de orden de compra, dentro del plazo estipulado en las presentes Bases. Si en el curso del proyecto se introdujeren aumentos y/o modificaciones, deberán también rendirse garantías sobre ellos, en el porcentaje indicado y sobre el monto de estas partidas adicionales, con vigencia igual al plazo de ejecución más 60 días corridos, sumado a la modificación de plazo aprobada. La garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato se devolverá al adjudicatario una vez concluido la relación contractual y término de vigencia de dicha garantía, a entera conformidad de los servicios contratados, resguardando el cumplimiento en el pago de obligaciones laborales y previsionales de los trabajadores por parte del proveedor. También se hará entrega a solicitud, por escrito del Proveedor posterior a los 60 días de concluido el contrato, siempre que haya dado fiel y oportuno cumplimiento del mismo. Las garantías deberán ser retiradas en Unidad de Tesorería dependiente del Departamento de Finanzas, ubicada en calle Anima de Diego N°550, La Serena, previa coordinación con dicha Unidad. El Oferente será responsable de mantener vigente las garantías de “Fiel Cumplimiento de Contrato y Correcta Ejecución del Contrato”, si éste aumenta su plazo, si se registraran retrasos en el término del proyecto o si, por cualquier otra causa, expirare su vigencia. En el evento que dicho documento corresponda a una póliza de seguro, esta deberá ser pagadera a primer requerimiento y a la vista. Además, siendo una póliza o certificado de fianza, se deberá dejar establecido expresamente el monto en pesos, independientemente que sea tomada en UF. De conformidad a lo dispuesto en el artículo 42 del reglamento de la Ley N°19.886, cuando el precio de la oferta presentada por un interesado sea menor al 50% del precio presentado por el proponente que le sigue, y se verifique por parte del Licitante que los costos de dicha oferta son inconsistentes económicamente, la CGGV podrá, a través de una resolución fundada, adjudicar a la primera oferta solicitando una ampliación de las garantías de fiel cumplimiento, hasta por la diferencia del precio con la proposición que sigue.
Glosa: Garantía de fiel cumplimiento y correcta ejecución del contrato “SERVICIO DE SUMINISTRO DE ALIMENTOS PERECIBLES Y NO PERECIBLES PARA ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES DE LA CORPORACIÓN GABRIEL GONZÁLEZ VIDELA DE LA SERENA
Forma y oportunidad de restitución: La garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato se devolverá al adjudicatario una vez concluido la relación contractual y término de vigencia de dicha garantía, a entera conformidad de los servicios contratados, resguardando el cumplimiento en el pago de obligaciones laborales y previsionales de los trabajadores por parte del proveedor. También se hará entrega a solicitud, por escrito del Proveedor posterior a los 60 días de concluido el contrato, siempre que haya dado fiel y oportuno cumplimiento del mismo.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
La CGGV, en caso de que el proveedor adjudicado se rehúse a suscribir el contrato, no entregue la garantía de fiel cumplimiento en el plazo establecido para estos efectos, no cumpla con los requisitos para contratar establecidos en las presentes ofertas, se desista de su oferta o sea inhábil para contratar de acuerdo a la Ley N°19.886 y su Reglamento, podrá adjudicar al oferente que le siga en puntaje de acuerdo a la evaluación de las propuestas y así sucesivamente.
Pacto de integridad

El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:

i.          El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del Código del Trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo con los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.

ii.         El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de el o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.

iii.         El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas.

iv.        El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar su veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia.

v.         El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, probidad y transparencia en el presente proceso licitatorio.

vi.        El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.

vii.        El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.

viii.       El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados, dependientes, asesores y/o agentes y, en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.

COMISION EVALUADORA
Para efectos de la evaluación de las propuestas el Secretario General de la CGGV, mediante la Resolución respectiva, designará a tres funcionarios de la CGGV para evaluar las Propuestas ofertadas en Mercado Público, realizando su labor en conformidad a las atribuciones contenidas en este capítulo y demás normas pertinentes. Los miembros de la Comisión deberán suscribir en el Acta de Evaluación una declaración jurada, en la que expresen no tener conflicto de interés con los potenciales oferentes de la respectiva licitación, su compromiso a no aceptar donativos de terceros (oferentes o no) mientras integre la Comisión Evaluadora. En el caso que, el conflicto de interés con algún proponente solo se visualice al momento de la apertura, deberá desde ese momento abstenerse de participar del proceso y poner en conocimiento inmediatamente a su superior jerárquico. El deber de abstención aplica a funcionarios contratados bajo la modalidad de código del trabajo. Ocurrida la situación anterior, por acto administrativo, se deberá nombrar un nuevo integrante que reemplaza al que se inhabilita. La Comisión de Evaluación tendrá por objetivo la selección, estudio y evaluación detallada de los documentos exigidos en las Bases Administrativas respecto de la Oferta Administrativa, Técnica y Económica; emitirá un informe con las calificaciones obtenidas de cada proponente y las propuestas técnicamente aprobadas, y las que son rechazadas por los motivos que señale dicha comisión, de acuerdo al procedimiento establecido en las presentes Bases Administrativas y emitirá un informe de proposición de adjudicación. Pudiendo esta comisión Evaluadora solicitar informe al Área Jurídica de la CGGV, respecto de materias de orden legal. La comisión evaluadora tendrá la facultad de comprobar la veracidad de la información contenida en la documentación presentada por cada oferente, por el medio que estime conveniente, además de requerir apoyo profesional en el ámbito que estime necesario. Toda información que se demuestre sea falsa, alterada o maliciosamente incompleta y que altere el principio de igualdad de los oferentes, entregada en los Documentos Anexos u otros que la Comisión de Evaluación requiera, será estimada fraudulenta, siendo causal de eliminación del Oferentes del proceso de licitación. En virtud del principio de igualdad de trato, de legalidad y de estricta sujeción a las bases, el evaluador o los miembros de la comisión evaluadora no sostendrán reuniones con oferentes, lobistas o gestores de intereses particulares ni recibirán donativos, durante el proceso de evaluación de ofertas, salvo en el caso de actividades previamente contempladas dentro del procedimiento licitatorio y que hayan sido definidas en las bases. Lo anterior considerando lo establecido en la Ley 20.730 que Regula el Lobby y su Reglamento, lo señalado en el Artículo 39 del Reglamento de la Ley de Compras Públicas, y teniendo presente que el sentido de la función del evaluador y de las comisiones evaluadoras es garantizar imparcialidad y competencia en la evaluación de ofertas.
DE LA ADJUDICACIÓN
La CGGV adjudicará en un plazo no superior a la vigencia de la oferta, la cual le será notificada al proveedor adjudicado a través del Portal. Si el adjudicatario, no se encuentra inscrito en el Registro Nacional de Proveedores del Estado antes de la emisión de la orden de compra sujeta a la adjudicación en portal www.mercadopublico.cl, estará obligado a hacerlo dentro de un plazo no superior a 10 días corridos desde la adjudicación. En caso contrario se adjudicará la licitación al oferente que hubiere obtenido el mayor puntaje siguiente. Antes de la adjudicación, la CGGV se reserva el derecho a rechazar mediante declaración fundada todas las ofertas o dejar sin efecto el llamado a propuesta, sin tener por ello que indemnizar a los proponentes, sólo comunicando a estos los hechos que motivan su decisión. La CGGV dictará la Resolución de Adjudicación y posteriormente la publicará en el portal mercado público, con lo que informará a los oferentes en el portal, ya sea la aceptación o rechazo de la adjudicación. La CGGV deberá publicar en el Portal el Acta de Evaluación y la respectiva Resolución de Adjudicación. Se deja establecido en las presentes Bases que, de no cumplirse la fecha estimada de Adjudicación indicada en la Ficha de la respectiva Licitación en www.mercadopúblico.cl, se deberá indicar las razones que originan el incumplimiento del plazo para adjudicar en el sistema de información Mercado Público, justificando el motivo de su prolongación y a la vez proceder a la modificación de la fecha indicada en la respectiva Ficha de Licitación, dando cumplimiento a la Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y su Artículo 41 del Reglamento. La disponibilidad y autorización presupuestaria de la presente Licitación y adjudicación emana del presupuesto que establece el ítem al cual se imputará y deberá guardar concordancia con la Resolución que adjudica el servicio.
DE LA RELACIÓN CONTRACTUAL
Para todos los efectos legales del contrato, las partes fijan su domicilio en la ciudad de La Serena y se someten a la jurisdicción de sus tribunales de justicia. La Adquisición se contratará por el sistema de Suma Alzada sin reajustes ni intereses de ningún tipo, entendiéndose que los valores totales serán exclusivamente aquellos indicados en el formulario de la Propuesta (Formulario N°6), expresado en moneda nacional. Tomando en consideración que el monto de lo requerido es menor a las 1000 UTM y el proyecto es una adquisición simple y objetiva especificación, la relación contractual se formalizará mediante la emisión de la orden de compra y la aceptación de ésta por parte del proveedor adjudicado, además se deberá de acompañar la garantía d fiel cumplimiento de contrato. La orden de compra deberá ser aceptada en el plazo máximo de 2 días corridos contados desde el envió de la orden de compra al proveedor. La relación contractual que surja con motivo de esta licitación comenzará a regir a contar de la fecha de la orden de compra aceptada y su vigencia se extenderá hasta el 31 de diciembre de 2024. Si el Oferente no cumple con el Artículo N° 4 de la ley N° 19.886 sobre contratos administrativos de suministros y prestación de servicios, no se podrá enviar la orden de compra al proveedor. Los plazos establecidos en la oferta del proveedor y formalizados por la orden de compra, comenzarán a regir a partir del día siguiente a la fecha de aceptación de la orden de compra por parte de la empresa adjudicada. En virtud de lo señalado en el artículo 63 del Reglamento de la Ley 19.886, de Bases sobre contrato administrativos de suministro y prestación de servicios, en caso que el proveedor no acepte la orden de compra dentro de los 2 días corridos desde el envío de ésta por parte de la CGGV, la Corporación podrá solicitar su rechazo, entendiéndose definitivamente rechazada una vez transcurridas 24 horas desde dicha solicitud y se procederá a readjudicar la licitación al próximo oferente que haya ponderado la siguiente mejor evaluación y así sucesivamente. Si por causa imputable al Adjudicatario no se puede emitir la Orden de compra dentro del plazo indicado en el párrafo segundo del numeral 17, la CGGV podrá readjudicar la propuesta al 2° lugar o llamar a una nueva propuesta pública o privada, sin perjuicio de hacer valer las acciones legales que procedan.
DEL PLAZO
El plazo de entrega de los alimentos perecibles y no perecibles, será el ofertado por la empresa proveedora y comenzará a regir a partir de la fecha de aceptación por parte de la empresa de la orden de compra emitida por la CGGV, este plazo será el mismo para todas las ordenes de compras que se emitan semanalmente. El plazo debe contemplar todo el proceso de adquisición y traslado, su envío, y posterior recepción conforme por parte de cada establecimiento, que deberá ser ofertado en horas hábiles. Será de responsabilidad del proveedor todo gasto que irrogue la ejecución del proyecto de adquisición incluido el transporte, carga y flete del producto. Si el producto presenta problemas de calidad, empaque, envase en mal estado, defectuoso o que no corresponda a lo ofertado, deberá ser cambiados por el proveedor en un periodo no superior a los 2 días hábiles. La entrega de los productos se realizará de forma semanal, estos se deben entregar con guía de despacho, según lo establecido en el artículo 25 de las presentes bases. El proveedor NO podrá realizar cambios de productos o de marcas, al momento de la entrega de la mercadería.
SUPERVISIÓN DEL CONTRATO
La Inspección y Supervisión del Contrato se realizará por intermedio de la Unidad Técnica dependiente del Departamento de Educación, para lo cual la empresa, quedará obligada a dar todas las facilidades que se requiera. El responsable de la supervisión velará por la correcta ejecución del contrato y tendrá a cargo, entre otras, las funciones que se indican a continuación: a) Supervisar y controlar la entrega del suministro de bienes, velando por el estricto cumplimiento del contrato. b) Colaborar y asistir al adjudicatario, en el ámbito de sus competencias. c) Autorizar o denegar la certificación conforme. d) Validar la factura, según conformidad y validación del servicio. e) Requerir la aplicación de multas, en los casos que corresponda. f) Requerir la modificación del contrato, si fuere procedente. g) Requerir el término anticipado del contrato, si correspondiere y, h) En general, adoptar todas las medidas que estime necesarias para el correcto, cabal y oportuno cumplimiento del contrato. Con todo, cuando el responsable de la supervisión detecte deficiencias en la entrega de los productos, podrá solicitar al adjudicatario que implemente “acciones correctivas inmediatas” con objeto de asegurar que el suministro se preste en los términos previstos en las bases administrativas, bases técnicas y en el contrato. En caso de que el adjudicatario no implemente las acciones correctivas dentro del plazo que se otorgue al efecto, la CGGV podrá aplicar las sanciones y/o multas correspondientes.
DEL PRECIO Y FORMA DE PAGO
25.1. Del precio El precio ofertado, debe ser en pesos chilenos, con IVA, incluyendo todos los costos que pudieran afectar al producto, ya sea por el empaquetado, transporte, carga, descarga, entre otros. Los precios de los alimentos no tendrán reajuste, por lo cual tendrán que mantener su valor durante la totalidad del periodo que abarque la vigencia del contrato. El valor que se obtenga de multiplicar el precio ofertado de los productos, indicado en el formulario N°6, a requerir por las cantidades solicitadas por parte de los establecimientos, será lo que se pagará al adjudicatario, por cada orden de compra emitida. 25.2 De la forma de pago Los pagos se realizarán de manera mensual, de acuerdo a la solicitado por cada establecimiento, de la siguiente forma: El procedimiento para realizar el pago del contrato será de la siguiente forma: a) La empresa deberá realizar la entrega de los alimentos de forma semanal con la guía de despacho correspondiente y orden de compra aceptada. b) El supervisor del contrato realizará la recepción según se establece en el numeral 22 “Entrega de Productos” y enviará a la Unidad de Adquisiciones de la CGGV todos los antecedentes que respaldan la contratación y la recepción de los productos. c) La empresa, podrá facturar sólo una vez que haya dado cumplimiento a todas las obligaciones de la relación contractual, con recepción conforme por parte de la CGGV y visto bueno del Departamento de Educación. El plazo de pago es de 30 días desde ingresada la factura a la CGGV. La empresa proveedora deberá facturar mensualmente, independiente de los descuentos por aplicación de multas que haya cursado la Unidad Técnica si es que las hubiere. Los montos de las multas se harán efectivos en el pago de la factura. La Factura, deberá ser extendida a nombre de la Corporación Municipal Gabriel González Videla Rut 70.892.100-9, dirección calle Ánima de Diego N°550, La Serena y deberá indicar claramente en el detalle de su glosa lo siguiente: • Nombre • Detalle de los productos entregados • N° de la Licitación adjudicada • N° de la Orden de Compra. La factura debe ser enviada al correo electrónico marcela.gomez@corporacionlaserena.cl, cc: Ivonne.tapia@corporacionlaserena.cl La facturación deberá realizarse a nombre de la Corporación Municipal Gabriel González Videla, en el global total de lo solicitado por los establecimientos. Cada factura debe señalar el periodo de solicitud de insumos, además presentar el subtotal por Establecimiento. Como respaldo complementario de la factura el proveedor deberá presentar un detalle de los insumos entregados por Establecimiento mensual con firma y timbre de la Dirección del establecimiento.
SANCIONES Y MULTAS
El valor de las multas no podrá exceder del 10% del valor del contrato DESCRIPCIÓN VALOR MULTA MENSUAL (cada oportunidad) Si el oferente no cumple con los plazos de entrega de los alimentos 1 UTM Para hacer efectivo dicho descuento, la unidad técnica del Departamento de Educación emitirá un documento solicitando la rebaja correspondiente, debiendo el oferente realizar el descuento en la facturación del mes que correspondiese. Antes de la aplicación de la sanción se notificará al proveedor mediante correo electrónico, entregándole un plazo de 5 días corridos para que presente sus descargos por el mismo medio y dirigido al Sr. Secretario General. La respuesta a estos descargos por parte de la CGGV se entregará en un plazo de 10 días hábiles. Cuando los descargos no sean aceptados, se elaborará la Resolución que aplica la sanción. Cuando los descargos sean aceptados se procederá a la tramitación normal del pago correspondiente. Se considerarán como causales válidas de descargos las relacionadas con caso fortuito o fuerza mayor. Si el proveedor no utiliza su derecho para evacuar sus descargos, se procederá a aplicar la sanción. Además, se informará al sistema de contratación pública el incumplimiento a través de un caso ingresado en Reclamos y en el Comportamiento Contractual de la ficha del proveedor y se adjuntará la Resolución de sanción a la licitación. Sin perjuicio de lo anterior se notificará al proveedor de la sanción aplicada, a través del correo electrónico informado en la plataforma del portal www.mercadopublico.cl Cuando se incurra en una causal de aplicación de sanción los plazos de pago comprometidos podrían verse afectados, dado los tiempos que se consideran para efectos de notificación, apelación y respuesta.
DEL TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
La CGGV, podrá́ poner término definitivo o suspender transitoriamente la adquisición de alimentos, en cualquier momento por causales ajenas a la responsabilidad del Proveedor, tales como emergencia nacional, instrucciones de entes fiscalizadores, u otro motivo de fuerza mayor, dando aviso por escrito a este con una debida anticipación. El termino anticipado del contrato se hará́ efectivo según lo siguiente: a) Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante. Se entenderá́ por incumplimiento grave la no ejecución o la ejecución parcial por parte del contratante de las obligaciones contractuales descritas en las presentes bases, sin que exista una causal que le exima de responsabilidad, y cuando dicho incumplimiento le genere a la CGGV perjuicio en el cumplimiento de sus funciones. b) Otras que se encuentren en las presentes bases y de las que no exista cumplimiento. c) Cuando el proveedor rechaza una orden de compra sin justificación que amerite dicho acto. d) Por disolución de la empresa adjudicada. e) Cuando el valor de las multas exceda del 10% del valor del contrato según lo indicado en el Artículo 26 de las presentes bases, esta situación se considerar como incumpliendo grave del contrato, dando lugar al termino anticipado de este y efectuando el cobro de la garantía del fiel cumplimiento depositada. f) Cuando el adjudicatario incurra en 5 o más multas, durante el periodo de contratación. g) Si el contratante, sus representantes, o el personal dependiente de aquél, no actuaren éticamente durante la ejecución del respectivo contrato, o propiciaren prácticas corruptas, tales como: - Dar u ofrecer obsequios, regalías u ofertas especiales al personal de la entidad licitante, que pudiere implicar un conflicto de intereses, presente o futuro, entre el adjudicatario y la CGGV. - Dar u ofrecer cualquier cosa de valor con el fin de influenciar la actuación de algún funcionario de esta Corporación, durante la relación contractual objeto de la presente licitación pública. - Tergiversar hechos, con el fin de influenciar decisiones de la CGGV. Antes de dar termino anticipado al contrato, se notificará al proveedor mediante correo electrónico, entregándole un plazo de 5 días hábiles para que presente su apelación por el mismo medio y dirigido al Sr. Secretario General. La respuesta a estos descargos por parte de la Corporación se entregará en un plazo de 15 días hábiles. Cuando los descargos no sean aceptados, se elaborará la resolución que autoriza y aprueba él termino de contrato. Si el proveedor no utiliza su derecho para evacuar sus descargos, se procederá́ a resciliar o terminar anticipadamente el contrato. Además, se informará al sistema de contratación pública el incumplimiento a través de un caso ingresado en Reclamos y en el Comportamiento Contractual de la ficha del proveedor y se adjuntará el decreto de sanción a la licitación. Sin perjuicio de lo anterior, se notificará al proveedor de la sanción aplicada, a través del correo electrónico informado en la plataforma del portal www.mercadopublico.cl. 28.1. Resciliación Corresponderá́ resciliar la relación contractual, cuando, de común acuerdo entre la Corporación y el Proveedor, decidan ponerle termino y liquidar anticipadamente el contrato sin forma de juicio. Con tal objeto, la parte interesada en resciliarlo, deberá́ formular una presentación por escrito a la otra parte y esta aceptarlo por el mismo medio. Se perfeccionará esta resciliación mediante la formalización del acuerdo respectivo, en virtud de lo señalado en el art. 13 de la ley 19.886 y artículo 77 de su reglamento. Asimismo, la relación contractual podrá́ terminar anticipadamente por razones de fuerza mayor sobreviniente o caso fortuito. El término de la contratación por los motivos anteriormente señalados, no dará́ derecho al proveedor a indemnización de ningún tipo.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.