Licitación ID: 750301-4-LE23
ADQUISICION EQUIPAMIENTO Y MOBILIARIO TELESALUD
Responsable de esta licitación: CORP.MUNICIPAL GABRIEL GONZALEZ VIDELA DE LA SERENA, Área Salud
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 238
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Productos o servicios
1
Notebook, laptop o computador portátil excepto Tablet PC 1 Unidad
Cod: 43211503
ADQUISICION DE EQUIPAMIENTO COMPUTACIONAL SEGUN ANEXO N°1  

2
Mobiliario 1 Unidad
Cod: 56101532
ADQUISICION DE MOBILIARIO DE OFICINA SEGUN ANEXO N°2  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
ADQUISICION EQUIPAMIENTO Y MOBILIARIO TELESALUD
Estado:
Adjudicada
Descripción:
ADQUISICIÓN EQUIPAMIENTO COMPUTACIONAL Y MOBILIARIO DE OFICINA PARA CENTROS DE SALUD COMUNA DE LA SERENA, CONVENIO APOYO A LA GESTION LOCAL AGL TELESALUD
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
El contrato se formalizará con la orden de compra
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
CORP.MUNICIPAL GABRIEL GONZALEZ VIDELA DE LA SERENA
Unidad de compra:
Área Salud
R.U.T.:
70.892.100-9
Dirección:
Ánima de Diego 550
Comuna:
La Serena
Región en que se genera la licitación:
Región de Coquimbo
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 04-12-2023 15:00:00
Fecha de Publicación: 28-11-2023 15:01:54
Fecha inicio de preguntas: 29-11-2023 15:00:00
Fecha final de preguntas: 30-11-2023 17:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 01-12-2023 17:30:00
Fecha de acto de apertura técnica: 05-12-2023 15:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 05-12-2023 15:01:00
Fecha de Adjudicación: 20-12-2023 10:33:27
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- ANTECEDENTES QUE SE REQUIEREN Y QUE DEBEN PUBLICARSE EN LA PLATAFORMA MERCADO PÚBLICO www.mercadopublico.cl La oferta administrativa deberá contar con los siguientes documentos: FORMULARIO N.º 1: Identificación Oferente. FORMULARIO N.º 2: Declaración de Aceptación de Bases. Declaración Jurada simple de aceptación de las bases que regulan la propuesta y de conocimiento de las características del terreno. FORMULARIO N°3A (Persona Jurídica) En caso de personas jurídicas, debe adjuntar Certificado de vigencia de la sociedad del Registro de Comercio con 60 días máximo desde su fecha de emisión y Certificado que acredite la personería del representante legal FORMULARIO N°3B (Persona Natural) En caso de persona Natural debe adjuntar copia simple de la Cédula de Identidad.
Documentos Técnicos
1.- 10.3. OFERTA TÉCNICO – ECONÓMICA ANTECEDENTES QUE SE REQUIEREN Y QUE DEBEN PUBLICARSE EN LA PLATAFORMA MERCADO PÚBLICO www.mercadopublico.cl FORMULARIO N° 5: Especificaciones Técnicas y Garantía del equipamiento y mobiliario, los oferentes deberán ingresar su oferta a través del portal www.mercadopublico.cl la oferta deberá incluir las especificaciones técnicas, deberán ser igual, equivalente o superior a las características requeridas y el tiempo de garantía de cada producto.
 
Documentos Económicos
1.- 10.3. OFERTA TÉCNICO – ECONÓMICA ANTECEDENTES QUE SE REQUIEREN Y QUE DEBEN PUBLICARSE EN LA PLATAFORMA MERCADO PÚBLICO www.mercadopublico.cl FORMULARIO N° 4: Oferta económica los oferentes deberán ingresar su oferta a través del portal www.mercadopublico.cl el valor neto. La oferta económica deberá incluir el valor del flete hasta la entrega en Bodega de Salud ubicada en plaza España s/n, La Serena. La oferta debe incluir el plazo de entrega en días hábiles.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Precio Se evaluará con el mayor puntaje la oferta más conveniente. Si todas las ofertas son mayores al presupuesto referencial, se considerará el monto referencial como el más conveniente. Las demás ofertas serán evaluadas de acuerdo a la siguiente formula. Pje Oi = (Oe/Oi)* 100 Donde: Pje Oi : Puntaje obtenido por oferente i Oe : Oferta más conveniente Oi : Oferta del oferente i 40%
2 Plazo de Entrega Se evaluará con el mayor puntaje la oferta más conveniente respecto al plazo. Las demás ofertas serán evaluadas de acuerdo a la siguiente formula: Pje Oi = (Oe/Oi)* 100 Donde: Pje Oi : Puntaje obtenido por oferente i Oe : Oferta más conveniente (menor plazo de entrega) Oi : Oferta del oferente 20%
3 Comportamiento contractual anterior I. Se evaluará con 100 puntos al Proveedor que no registra reclamos en Mercado Público durante los últimos 24 meses. II. Se evaluará con 50 puntos si el proveedor registra entre 1 y 4 reclamos en Mercado Público durante los últimos 24 meses. III. Se evaluará con 0 puntos si el proveedor registra más de 5 reclamos en Mercado Público durante los últimos 24 meses. 10%
4 Cumplimiento de los requisitos i. Se evaluará con 100 puntos a quien presente la totalidad de los documentos solicitados. ii. Se evaluará con 50 puntos, a los proponentes que hayan presentado la totalidad de los antecedentes hasta el cierre de la Licitación, pero que deban realizar una segunda presentación de los formatos, donde se hayan detectado errores menores de llenado o aclarar documentos adjuntos. iii. Se evaluará con 0 puntos a aquellos oferentes que no presentaron uno o más documentos requeridos en el artículo 10.2 y 10.3 antes del cierre de recepción de ofertas y que no sean esenciales. 10%
5 GARANTÍA DEL PRODUCTO Para la evaluación de este criterio se considerará el documento relativo a garantía que el oferente adjunte formulario N°5, respecto de la entrega de garantías por sobre los seis meses legales. Se recuerda que todos los productos y servicios nuevos tienen una garantía legal de 6 meses desde que se reciben, conforme a la Ley N°19.496, lo que significa que las entidades compradoras podrán elegir entre exigir la Devolución del dinero, Cambio de producto o Reparación gratuita. 1. Oferta hasta 2 años = 100 puntos. 2. Oferta entre 1 año y 1 año y 11 meses = 50 puntos. 3. Oferta entre 6 meses y 11 meses = 10 puntos. 4. Oferta inferior a 6 meses = 0 puntos. 20%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: CONVENIO APOYO A LA GESTION LOCAL AGL TELESALUD
Monto Total Estimado: 17200000
Contrato con Renovación: NO
Observaciones LINEA DETALLE DE COMPRA DESCRIPCIÓN MONTO ESTIMADO 1 Adquisición de Equipamiento Computacional Adquisición Equipamiento Anexo 1 11.800.000.- 2 Adquisición mobiliaria de oficina Adquisición Mobiliario de Oficina Anexo 2 5.400.000.-
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: DEPARTAMENTO DE FINANZAS
e-mail de responsable de pago: francisco.velasquez@corporacionlaserena.cl
Nombre de responsable de contrato: RODRIGO FERNANDEZ ZUMARAN
e-mail de responsable de contrato: rodrigo.fernandez@corporacionlaserena.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-51-2544182-182
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Corporación Municipal Gabriel González Videla, Región de Coquimbo
Fecha de vencimiento: 20-07-2024
Monto: 5 %
Descripción: No hay información
Glosa: “ADQUISICIÓN EQUIPAMIENTO COMPUTACIONAL Y MOBILIARIO DE OFICINA PARA CENTROS DE SALUD COMUNA DE LA SERENA”
Forma y oportunidad de restitución: Comprobado que cumple con los requisitos de emisión establecidos en las bases de licitación, el Departamento Jurídico remitirá el documento a custodia a la Unidad de Tesorería del Departamento de Finanzas de la corporación.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
La Corporación, en caso de que el proveedor adjudicado se rehúse a suscribir el contrato, o aceptar la orden de compra, no cumpla con los requisitos para contratar establecidos en las presentes ofertas, se desista de su oferta o sea inhábil para contratar de acuerdo a la Ley N° 19.886 y su Reglamento, podrá adjudicar al oferente que le siga en puntaje de acuerdo a la evaluación de las propuestas y así sucesivamente.
READJUDICACIÓN
La Corporación, en caso de que el proveedor adjudicado se rehúse a suscribir el contrato, o aceptar la orden de compra, no cumpla con los requisitos para contratar establecidos en las presentes ofertas, se desista de su oferta o sea inhábil para contratar de acuerdo a la Ley N° 19.886 y su Reglamento, podrá adjudicar al oferente que le siga en puntaje de acuerdo a la evaluación de las propuestas y así sucesivamente.
Pacto de integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
CAUSALES DE RECHAZO DE LAS OFERTAS
Las causales de rechazo de las ofertas al momento de la apertura serán las siguientes: a. Si no se publican los formularios N°2 y N°4 señalados en el numeral 10.2 y 10.3 de las B.A.G. b. Si no se publican las especificaciones o ficha técnica con las características mínimas requeridas, pudiendo ser equivalentes o superior a las características requeridas, y las garantías del producto según formulario N°5, señaladas en el numeral 10.3 de las B.A.G c. Si la empresa no oferta la totalidad del equipamiento y mobiliario de oficina solicitado en los anexos N°1 y N°2. d. Cuando las ofertas no resulten convenientes a sus intereses o cambien las condiciones administrativas, presupuestarias o prioridades corporativas. e. Cuando las ofertas superan el presupuesto establecido en el numeral 1.1 de las BAG.
COMISIÓN DE EVALUACIÓN
Para efectos de la evaluación de las propuestas, la Corporación, mediante comisión designada en la presente Resolución, evaluará las Propuesta ofertadas en Mercado Público, realizando su labor en conformidad a las atribuciones contenidas en este capítulo y demás normas de estas Bases. Los miembros de la Comisión deberán Suscribir en el Acta de Evaluación una declaración jurada, en la que expresen no tener conflicto de interés con los potenciales oferentes de la respectiva licitación, su compromiso a no aceptar donativos de terceros (oferentes o no) mientras integre la Comisión Evaluadora. En el caso que, el conflicto de interés con algún proponente solo se visualice al momento de la apertura, deberá desde ese momento abstenerse de participar del proceso y poner en conocimiento inmediatamente a su superior jerárquico. El deber de abstención aplica a funcionarios de planta, contrata y a honorarios. Ocurrida la situación anterior, por acto administrativo, se deberá nombrar un nuevo integrante que reemplace al que se inhabilita. La Comisión de Evaluación tendrá por objetivo la selección, estudio y evaluación detallada de los documentos exigidos en las Bases Administrativas respecto de la Oferta Administrativa, Técnica y Económica; emitirá un informe con las calificaciones obtenidas de cada proponente y las propuestas técnicamente aprobadas, y las que son rechazadas por los motivos que señale dicha comisión, de acuerdo al procedimiento establecido en las presentes Bases Administrativas y emitirá un informe de proposición de adjudicación. Pudiendo esta comisión Evaluadora solicitar informe al Área Jurídica de la CGGV, respecto de materias de orden legal. La comisión evaluadora tendrá la facultad de comprobar la veracidad de la información contenida en la documentación presentada por cada oferente, por el medio que estime conveniente, además de requerir apoyo profesional en el ámbito que encuentre necesario. Toda información que se demuestre sea falsa, alterada o maliciosamente incompleta y que altere el principio de igualdad de los oferentes, entregada en los Documentos Anexos u otros que la Comisión de Evaluación requiera, será estimada fraudulenta, siendo causal de eliminación del Oferentes del proceso de licitación. En virtud del principio de igualdad de trato, de legalidad y de estricta sujeción a las bases, el evaluador o los miembros de la comisión evaluadora no sostendrán reuniones con oferentes, lobistas o gestores de intereses particulares ni recibirán donativos, durante el proceso de evaluación de ofertas, salvo en el caso de actividades previamente contempladas dentro del procedimiento licitatorio y que hayan sido definidas en las bases. Lo anterior considerando lo establecido en la Ley 20.730 que Regula el Lobby y su Reglamento, lo señalado en el Artículo 39 del Reglamento de la Ley de Compras Públicas, y teniendo presente que el sentido de la función del evaluador y de las comisiones evaluadoras es garantizar imparcialidad y competencia en la evaluación de ofertas.
PRESENTACIÓN DE ANTECEDENTES OMITIDOS POR LO OFERENTES
Los encargados de evaluar podrán aceptar ofertas que presenten defectos de forma, omisión o errores menores, siempre que éstos no sean sobre cuestiones de fondo, ni su corrección altere el monto de su oferta, ni atente contra el proceso de licitación y el principio de igualdad de los oferentes. Podrán permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes hayan sido emitidos o tengan fecha anterior al plazo de cierre de recepción de ofertas. Para ello se les especificará un plazo breve y fatal, a través del foro inverso disponible en la plataforma www.mercadopublico.cl. En estos casos se les asignará un menor puntaje a las ofertas que no cumplieron dentro del plazo, en el criterio de evaluación Cumplimiento de Requisitos Formales. La presentación de antecedentes debe realizarse en un plazo máximo de 48 horas hábiles, desde la notificación a través del sistema de información Mercado Público www.mercadopúblico.cl
ADJUDICACION
La presente licitación se adjudicará mediante resolución del Secretario General o quién lo subrogue, la que será publicada en la página www.mercadopublico.cl. Si el Adjudicatario no se encuentra inscrito en el Registro Nacional de Proveedores del Estado antes de firmar el contrato, estará obligado a hacerlo dentro de un plazo no superior a 15 días corridos desde la adjudicación. En caso contrario, se adjudicará la licitación al oferente que hubiere obtenido el mayor puntaje siguiente. La CMGGV se reserva el derecho de adjudicar respecto de cualquiera de las ofertas presentadas, solo en la medida de que haya obtenido el mayor puntaje - aun cuando no sea la de más bajo costo – y siempre que cumpla con las Bases y se adecue a los intereses de la Institución, o de declarar inadmisibles las ofertas cuando éstas no cumplieren los requisitos establecidos en las bases; y desierta cuando no se presentaran ofertas, o bien, cuando estas no resulten convenientes a sus intereses; en todos los casos, por resolución fundada. La adjudicación de la propuesta se efectuará mediante Resolución a más tardar a los 30 días corridos, contados desde el cierre de la recepción de las ofertas, y se entenderá notificada luego de transcurridas 24 horas, desde que la CMGGV la publique en la página web www.mercadopublico.cl. En el caso de no ser publicada la Resolución de Adjudicación dentro del plazo señalado en el párrafo anterior, la CMGGV publicará en la plataforma de la Dirección de Chilecompra, www.mercadopublico.cl, una nueva fecha, fundamentando el atraso. Una vez publicada la adjudicación en el sistema de información www.mercadopublico.cl, los proveedores tendrán 2 días hábiles para realizar consultas del proceso de adjudicación, al correo electrónico licitaciones@corporacionlaserena.cl, colocando en el asunto el número de ID de la licitación consultada, y a su vez la CGGV tendrá 2 días hábiles para contestar las preguntas. Si el adjudicatario no formaliza su propuesta, por cualquier motivo, causa o circunstancia, por una causa imputable a él, la CMGGV procederá a readjudicar la licitación a la siguiente propuesta mejor evaluada, según el informe emitido por la Comisión de Evaluación. En cuyo caso, se procederá a ejecutar el cobro de la garantía de seriedad de la oferta, cuando corresponda. Si existiese el retiro de alguno de los integrantes de una UTP, la misma deberá continuar funcionando con al menos 2 integrantes. Si la integración no cumple con el mínimo señalado recientemente, y otras características objeto de evaluación de la oferta, esta deberá ser dejada sin efecto, debiendo la licitación ser readjudicada al siguiente oferente mejor evaluado. De acuerdo a lo señalado en el inciso final del artículo 66 del Reglamento de la Ley N° 19.886, la CMGGV exigirá al adjudicatario, para poder suscribir el contrato definitivo, su inscripción en el Registro de Proveedores, otorgando un plazo de 5 días hábiles, contados desde la notificación de la adjudicación. En caso de no hacerlo, se procederá a la readjudicación de la licitación. En el caso que fuese una UTP, cada integrante de la misma, deberá estar inscrito en el Registro de Proveedores. La CMGGV se reserva el derecho de poder exigir al adjudicatario extranjero, la obligación de otorgar y constituir, al momento de la adjudicación, mandato con poder suficiente o la constitución de sociedad de nacionalidad chilena o agencia de la extranjera, según corresponda, con la cual se celebrará el contrato y cuyo objeto deberá comprender la ejecución de dicho contrato.
ACLARACIÓN A LAS OFERTAS - FORO INVERSO
La Comisión podrá solicitar a los oferentes a través del foro disponible en el Portal y dentro del período de evaluación, aclaraciones de errores u omisiones detectados durante la evaluación siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores. El uso de esta potestad no podrá suponer en ningún caso la presentación extemporánea de antecedentes exigidos expresamente en estas Bases.
LA RELACIÓN CONTRACTUAL
Para todos los efectos legales del contrato, las partes fijan su domicilio en la ciudad de La Serena se someten a la jurisdicción de sus tribunales de justicia. La Adquisición se contratará por el sistema de Suma Alzada sin reajustes ni intereses de ningún tipo, entendiéndose que los valores totales serán exclusivamente aquellos indicados en los formularios de la Propuesta (Formulario N°4), expresado en moneda nacional. Tomando en consideración que el monto de lo requerido es menor a las 1000 UTM y el proyecto es una adquisición simple y de objetiva especificación, la relación contractual se formalizará mediante la emisión de la orden de compra y la aceptación de ésta por parte del proveedor adjudicado. Si el Oferente no cumple con el Artículo N° 4 de la ley N° 19.886 sobre contratos administrativos de suministros y prestación de servicios, no se podrá enviar la orden de compra al proveedor. Los plazos establecidos en la oferta del proveedor y formalizados por la orden de compra, comenzarán a regir a partir del día siguiente a la fecha de aceptación de la orden de compra por parte de la empresa adjudicada. En virtud de lo señalado en el artículo 63 del Reglamento de la Ley 19.886, de Bases sobre contrato administrativos de suministro y prestación de servicios, en caso que el proveedor no acepte la orden de compra dentro de los 5 días hábiles desde el envío de ésta por parte de la CMGGV, la Corporación podrá solicitar su rechazo, entendiéndose definitivamente rechazada una vez transcurridas 24 horas desde dicha solicitud y se procederá a readjudicar la licitación al próximo oferente que haya ponderado la siguiente mejor evaluación y así sucesivamente. Si por causa imputable al Adjudicatario no se puede emitir la Orden de compra dentro del plazo indicado, la Corporación podrá readjudicar la propuesta al 2° lugar o llamar a una nueva propuesta pública o privada, sin perjuicio de hacer valer las acciones legales que procedan.
PLAZO
El plazo de entrega para la totalidad de los productos será el ofertado por la empresa proveedora y comenzará a regir a partir del día siguiente a la fecha de aceptación por parte de la empresa de la orden de compra emitida por la CMGGV. El plazo debe contemplar todo el proceso de adquisición y traslado, su envío, y posterior recepción conforme en la Bodega de Salud, que deberá ser ofertado en días hábiles. Será de responsabilidad del proveedor todo gasto que irrogue la ejecución del proyecto de adquisición incluido el transporte, carga y flete del producto. Si el producto presenta problemas de calidad, empaque, envase en mal estado, defectuoso o que no corresponda a lo ofertado, deberá ser cambiado por el proveedor en un periodo no superior 3 días hábiles
LAS MODIFICACIONES DE LA RELACIÓN CONTRACTUAL
En casos calificados, la unidad licitante o la unidad requirente podrá proponer modificaciones a la presente relación contractual con la anuencia del proveedor. El Secretario General (o quien lo delegue o lo subrogue), sobre la base de los antecedentes presentados, resolverá si proceden o no las modificaciones propuestas. En este caso se elaborará una Modificación de Contrato y Decreto Exento que autorice la modificación, por consiguiente, posteriormente se emitirá una orden de compra. En todo caso cuando se trate de una modificación en el monto ésta no podrá ser superior al 30% del monto originalmente pactado. De igual manera, se podrá modificar el contrato por las causales indicadas en el Artículo 77, del DS 250/2004, que aprueba el Reglamento de Compras Públicas.
LOS ESTADOS DE PAGOS
El proveedor adjudicado podrá facturar solo una vez que haya entregado conforme en Bodega de Salud la totalidad de los productos según orden compra emitida con la correspondiente guía de despacho. La empresa proveedora deberá facturar por la totalidad del precio adjudicado, independiente de los descuentos por aplicación de multas que haya cursado la Unidad de Adquisiciones si es que las hubiere. Los montos de las multas se harán efectivos en el pago de la factura. El estado de pago será confeccionado por la unidad de Adquisiciones del Departamento de Salud, una vez que le sea remitido desde bodega del departamento de salud la factura y la guía de despacho con firma y timbre del funcionario responsable de haber recepcionado el producto requerido según orden de compra. La Guía de despacho deberá consignar fecha de entrega de los equipamiento y mobiliario, orden de compra, plazo, precio, entre otros. Una vez recepcionada la documentación precedentemente expuesta, la unidad de Adquisiciones, procederá a tramitar el Estado de Pago para ser ingresado al Departamento de Finanzas. La Factura, deberá ser extendida a nombre de la Corporación Municipal Gabriel González Videla, Región de Coquimbo, R.U.T. N°70.892.100-9, dirección calle Anima de Diego N°550, La Serena y ésta debe ser ingresada a la Oficina de Partes
SANCIONES Y MULTAS
El valor de las multas no podrá exceder del 10% del valor del contrato. La acumulación de multas por un monto superior al 10% del total del contrato será causal de término del Contrato. Se establece el siguiente régimen de multas: a. Se establecerá una multa de uno por mil (1/1000) valor neto de la orden de compra, por cada día de atraso en la entrega del producto respecto al plazo contractual, cuyo inicio comienza a regir un día posterior a la aceptación de la Orden de Compra por parte del proveedor adjudicado. Se entenderá como atraso la diferencia en días hábiles que exista entre la fecha de la guía de despacho con firma y timbre del funcionario de bodega responsable de haber recepcionado el producto requerido según orden de compra y la fecha de término contada desde el día posterior a la Aceptación de la Orden de compra y el plazo estipulado en la oferta (formulario N°4) de la empresa adjudicada. b. Una sanción pecuniaria del 5% que se descontará del valor neto del monto contratado según orden de compra si la totalidad de los productos son entregados con deficiencia en el embalaje, en mal estado, o cuando no corresponde al producto ofertado, para lo cual, tendrá 3 días hábiles como plazo máximo para enmendar las situaciones expuestas en el presente punto, de lo contrario, se aplicará la mencionada multa al Estado de Pago. c. Las multas serán aplicadas e informadas por Resolución de la CMGGV, y se descontará del estado de pago respectivo. d. Las multas, podrán ser descontadas de cualquier factura pendiente o futura de pago, que la CMGGV adeude o adeudare al oferente adjudicado, multado. Sin perjuicio de la aplicación de multas, el proveedor deberá facturar la totalidad del precio del producto adquirido en el estado de pago. Antes de la aplicación de la sanción se notificará al proveedor mediante correo electrónico, entregándole un plazo de 5 días corridos para que presente sus descargos por el mismo medio y dirigido al Secretario General. La respuesta a estos descargos por parte de la Corporación se entregará en un plazo de 10 días hábiles. Cuando los descargos no sean aceptados, se elaborará el decreto que aplica la sanción. Cuando los descargos sean aceptados se procederá a la tramitación normal del pago correspondiente. Se considerarán como causales válidas de descargos las relacionadas con caso fortuito o fuerza mayor. Si el proveedor no utiliza su derecho para evacuar sus descargos, se procederá a aplicar la sanción. Además, se informará al sistema de contratación pública el incumplimiento a través de un caso ingresado en Reclamos, en el Comportamiento Contractual de la ficha del proveedor y se adjuntará el decreto de sanción a la licitación. Sin perjuicio de lo anterior se notificará al proveedor de la sanción aplicada, a través del correo electrónico informado en la plataforma del portal www.mercadopublico.cl Cuando se incurra en una causal de aplicación de sanción los plazos de pago comprometidos podrían verse afectados, dado los tiempos que se consideran para efectos de notificación, apelación y respuesta. Respecto del decreto que aplique la multa al proveedor, será procedente el recurso de reposición dispuesto en el artículo 59 de la Ley Nº 19.880, dentro de los plazos indicados en tal norma
TÉRMINO DE CONTRATO
La CMGGV, podrá poner término definitivo o suspender transitoriamente la adquisición de los productos en cualquier momento por causales ajenas a la responsabilidad del Proveedor, tales como emergencia nacional, instrucciones de entes fiscalizadores, u otro motivo de fuerza mayor, dando aviso por escrito a éste con una debida anticipación. Antes de dar término anticipado al contrato, ya sea por acuerdo entre las partes o de forma unilateral, según se detalla en los artículos 20.1 y 20.2, se notificará al proveedor mediante correo electrónico, entregándole un plazo de 5 días hábiles para que presente su apelación por el mismo medio y dirigido al Secretario General. La respuesta a estos descargos por parte de la Corporación se entregará en un plazo de 10 días hábiles. Cuando los descargos no sean aceptados, se elaborará el decreto que autoriza y aprueba el término de contrato. Si el proveedor no utiliza su derecho para evacuar sus descargos, se procederá a resciliar o terminar anticipadamente el contrato. Además, se informará al sistema de contratación pública el incumplimiento a través de un caso ingresado en Reclamos, en el Comportamiento Contractual de la ficha del proveedor y se adjuntará el decreto de sanción a la licitación. Sin perjuicio de lo anterior se notificará al proveedor de la sanción aplicada, a través del correo electrónico informado en la plataforma del portal www.mercadopublico.cl
OPERACIÓN CON FACTORING
Podrán ceder sus créditos, de acuerdo a las normas del derecho común.