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DEL PRESUPUESTO PARA LA LICITACIÓN |
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Esta licitación contempla un total de 4 líneas, las cuales se encuentran descritas en la siguiente tabla, por lo tanto, cada oferente puede postular, al número de líneas, que de acuerdo a sus competencias pueda abarcar.
Líneas Unidades Servicio Monto Máximo por cada Alta Monto total disponible
Línea de producto 1 -172 unidades
172 Altas odontológicas integrales con prótesis para mujeres $280.278 $48.207.816
Línea de producto 2 -172 unidades 172 Altas odontológicas integrales con prótesis para mujeres $280.278 $48.207.816
Línea de producto 3 -57 unidades
57 Altas odontológicas integrales sin prótesis para mujeres $130.308 $7.427.556
Línea de producto 4 -122 unidades
122 Altas odontológicas integrales con prótesis para hombres $280.278 $34.193.916
Línea de producto 5 -29 unidades
29 Altas odontológicas integrales sin prótesis para hombres $130.308 $3.778.932
Aquellas ofertas que superen los montos máximos disponibles por cada alta. - serán declaradas inadmisibles
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NORMATIVA DE LA LICITACIÓN |
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La presente licitación deberá ejecutarse en estricto cumplimiento a toda la normativa vigente sobre la materia, y en especial a lo señalado en los siguientes cuerpos legales y documentos. En caso de existir discrepancia entre los distintos documentos de la licitación y/o relación contractual se debe resolver en forma armónica de acuerdo a los siguientes antecedentes:
a) Bases administrativas, Especificaciones Técnicas, Anexos, Formularios y modificaciones a las Bases si las hubiere.
b) Las respuestas y las aclaraciones de la presente Licitación.
c) Oferta Económica.
d) Contrato suscrito entre la Corporación Municipal Gabriel González Videla en su calidad de adjudicante y el adjudicatario o ejecutor.
e) La Ley N°19.886 y su Reglamento.
f) La Ley N°19.880.
g) Resolución Afecta N°43 de fecha 15 de mayo de 2025 del Servicio de Salud de Coquimbo, mediante la cual se aprueba el convenio de fecha 7 de mayo de 2025 para el Programa Estrategias de Salud Bucal 2025 La Serena.
Todos los documentos antes mencionados formarán un todo integrado y se complementan recíprocamente, en forma tal, que se considera parte de la relación contractual, cualquier obligación que aparezca en uno u otro de los documentos señalados.
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CAUSAL DE INADMISIBILIDAD DE LAS OFERTAS EN LA APERTURA |
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Serán declaradas inadmisibles, las ofertas que no ingresen, en el portal mercado público el formulario N°6, señalado en el numeral 12.4 de las presentes Bases, o sí éste se encuentra incompleto.
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CAUSALES DE RECHAZO DE LAS OFERTAS EN LA EVALUACIÓN. |
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Las causales de rechazo de las ofertas en el proceso de evaluación:
a) Si no se publica y presenta de manera completa el formulario N°4 señalado en el numeral 12.3 de las Bases.
b) Si no se publica y presenta de manera completa el formulario N°5 señalado en el numeral 12.3 de las Bases.
c) Si no publica los documentos técnicos solicitados en el numeral 12.3 de las Bases.
d) Si el valor del examen supera el máximo disponible del valor unitario de las altas odontológicas señalado en el numeral 4.5 de las bases administrativas.
e) Cuando las ofertas no resulten convenientes a sus intereses o cambien las condiciones administrativas, presupuestarias o prioridades de la Corporación.
f) Aquella oferta u ofertas simultáneas, que se presenten en la licitación, respecto de un mismo bien o servicio por parte de empresas pertenecientes al mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley de Compras.
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VIGENCIA Y PLAZO DEL CONTRATO |
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El contrato comenzará a regir a partir de la Resolución que lo aprueba, y cuya vigencia será hasta el 31 de diciembre de 2025 y deberán cumplir con el 100% de la línea de producto adjudicado. Es decir, haber enviado a través de correo de coordinadora del departamento respectivo, todo lo especificado en el punto anterior.
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SUPERVISIÓN DE LA RELACIÓN CONTRACTUAL |
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La Supervisión de la relación contractual se realizará por intermedio de un profesional dependiente del Departamento de Salud para lo cual el adjudicatario, quedará obligado a dar todas las facilidades que se requiera.
El supervisor velará por la correcta ejecución de la relación contractual y tendrá a cargo, entre otras, las funciones que se indican a continuación:
a) Supervisar y controlar el servicio solicitado, velando por el estricto cumplimiento del contrato.
b) Colaborar y asistir al adjudicatario, en el ámbito de sus competencias.
c) Autorizar o denegar la certificación conforme.
d) Validar la factura, según conformidad y validación del servicio.
e) Requerir la aplicación de multas, en los casos que corresponda.
f) Requerir la modificación de la relación contractual, si fuere procedente.
g) Requerir el término anticipado de la relación contractual, si correspondiere y,
h) En general, adoptar todas las medidas que estime necesarias para el correcto, cabal y oportuno cumplimiento de la relación contractual.
Con todo, cuando el responsable de la supervisión detecte deficiencias en la prestación del servicio, podrá solicitar al adjudicatario que implemente “acciones correctivas inmediatas” con objeto de asegurar que el servicio se preste en los términos previstos en las bases administrativas, bases técnicas y en la relación contractual. Dichas acciones deberán ser implementadas en el plazo indicado por el Supervisor, al momento de su detección.
En caso de que el adjudicatario no implemente las acciones correctivas dentro del plazo que se otorgue al efecto, la Corporación podrá aplicar las sanciones y/o multas correspondientes.
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