La Comisión emitirá una proposición de adjudicación que recaerá en el oferente que, a su juicio, mejor cumpla con los requisitos administrativos, técnicos y económicos de la licitación, de acuerdo con los criterios de evaluación fijados en estas Bases. Para ello, informará a la autoridad competente el resultado de su trabajo en el Acta de Evaluación, en el que se adjuntarán todos los antecedentes que le permitan resolver sobre la propuesta más ventajosa o conveniente para el Gobierno Regional de Los Lagos.
Dicho acto administrativo deberá especificar los criterios de evaluación que, previamente establecidos en las Bases, hayan permitido al adjudicatario obtener la calificación de oferta más ventajosa o conveniente, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 41 del Reglamento de la Ley N° 19886, señalando las notas o puntajes que obtuvo en cada uno de ellos y las razones que justifican el puntaje otorgado.
En este orden, la entidad licitante podrá aceptar cualquier propuesta que, aplicando los criterios de evaluación, obtenga el puntaje más alto, aunque no sea la de menor precio, o no aceptar ninguna por no corresponder a los intereses del Gobierno Regional de Los Lagos, sin que los proponentes tengan derecho a indemnización alguna por este concepto.
La adjudicación se efectuará mediante el correspondiente acto administrativo, dentro del plazo establecido en el calendario contenido en el artículo 6 de las presentes Bases, notificando dicho acto administrativo mediante su publicación en el Portal.
El Gobierno Regional de Los Lagos, por motivos de necesidad o emergencia, podrá efectuar la adjudicación antes del plazo señalado en el artículo 6 de estas Bases, lo cual será informado a través del Sistema de Información. Si, al contrario, el Gobierno Regional de Los Lagos no pudiere efectuar la adjudicación dentro del plazo establecido, se informará al respecto por el mismo medio, indicando la nueva fecha para la adjudicación y las razones que justifican esta ampliación de plazo.
Los proponentes cuyas propuestas no fueren aceptadas, no tendrán por tal motivo derecho a indemnización alguna.
Asimismo, el Gobierno Regional de Los Lagos podrá declarar desierta la totalidad de la licitación si las ofertas no se ajustasen al precio estimado para este proceso, como también podrá declarar inadmisibles las ofertas en los demás casos indicados en las presentes Bases. La decisión del Gobierno Regional de declarar desierta la licitación o inadmisibles la totalidad de las ofertas se hará por resolución fundada y se notificará por medio de su publicación en el Portal.
El resultado de la licitación se comunicará a todos los oferentes, a través de la publicación en el Portal. Los oferentes podrán hacer consultas en relación a la adjudicación, en el plazo de un día hábil, a contar de la fecha de la publicación en el Portal de la resolución adjudicatoria.
Todas las respuestas serán publicadas y puestas en conocimiento de todos los oferentes, a través del Portal, en el plazo de dos días hábiles, contados desde el vencimiento del plazo indicado en el inciso anterior.