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De la Adjudicación |
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Se adjudicará la licitación al oferente que obtenga el mayor puntaje en la evaluación de las ofertas, siempre que dicha oferta obtenga, a lo menos, el mínimo de 51 puntos indicado en las Bases Técnicas, y que la Comisión Evaluadora determine que dicha oferta resulta conveniente a los intereses de la Subsecretaría.
La Subsecretaría adjudicará la licitación mediante resolución fundada, previa acta de evaluación de la licitación y propuesta de adjudicación, efectuada por la comisión evaluadora. Asimismo, podrá declarar desierta una licitación cuando no se presenten ofertas, o bien, cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses. En ambos casos, la declaración deberá ser por resolución fundada.
En caso de no cumplirse con la fecha de adjudicación señalada en el cronograma, la Subsecretaría establecerá una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl, informando las razones que justifiquen el incumplimiento del plazo.
Toda consulta respecto al proceso licitatorio podrá ser formulada mediante correo electrónico dirigido a la Subsecretaría, casilla comprasycontrataciones@economia.cl, solo después de adjudicada la licitación, dentro de los tres días hábiles siguientes a la adjudicación.
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De la Re adjudicación |
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En caso de que el adjudicatario no presente la documentación requerida dentro del plazo establecido en el cronograma o no acepte la orden de compra dentro del respectivo plazo, se le tendrá por desistido de su oferta; sin perjuicio de la facultad de la Subsecretaría para solicitar indemnización de perjuicios ante los tribunales competentes. En dicho caso, se readjudicará la licitación al proveedor que le siga en orden de prelación establecido por la Comisión Evaluadora o bien se procederá a declarar desierta la licitación, debido a no resultar las ofertas presentadas convenientes a los intereses del órgano contratante.
En caso de que el adjudicatario, persona natural o jurídica, o cada uno de los integrantes de las Unión Temporal de Proveedores, no esté inscrito en el registro electrónico oficial de la Administración, ChileProveedores, estará obligado a inscribirse dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde la publicación de la resolución de adjudicación. De no cumplir con el requisito mencionado, se le tendrá por desistido de su oferta, sin perjuicio de la facultad de la Subsecretaría para solicitar indemnización de perjuicio ante los tribunales competentes. En dicho caso se readjudicará la licitación al proveedor que le siga en orden de prelación establecido por la Comisión Evaluadora o bien procederá a declarar desierta la licitación, debido a no resultar las ofertas presentadas convenientes a los intereses del órgano contratante.
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Formalización del Contrato |
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Una vez adjudicada la licitación y notificado el oferente, y dado que la presente licitación trata de un servicio de simple y objetiva especificación, cuyo valor no es superior a 1.000 UTM, según dispone el artículo 22 del Reglamento de la Ley de Compras, situación corroborada por la contraparte técnica mediante correo electrónico; el contrato se perfeccionará mediante el envío de la orden de compra
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y la aceptación de ésta por parte del adjudicatario, el cual tendrá un plazo de dos (2) días hábiles para aceptarla, contados desde el envío. Con todo, no se realizará el envío de la orden de compra hasta que la encargada del proceso reciba a su entera satisfacción los antecedentes requeridos en las presentes bases, y el proveedor se encuentre inscrito en estado “hábil” en el portal ChileProveedores.
El adjudicatario no podrá incurrir en las incompatibilidades o prohibiciones para contratar con la Subsecretaría señaladas en el inciso sexto del artículo 4 de la Ley N° 19.886.
Para acreditar lo exigido en el párrafo anterior, el adjudicatario, sea persona natural o jurídica, chilenas o extranjeras, o los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores, deberán presentar las declaraciones juradas cuyos formatos se contienen en el anexo respectivo (6-A o 6-B), según lo señalado en el acápite siguiente “Antecedentes legales para contratar”.
Al momento de la emisión de la orden de compra, el adjudicatario debe estar inscrito y encontrarse hábil en el registro electrónico oficial de la Administración, ChileProveedores.
En el caso que el oferente adjudicado sea una Unión Temporal de Proveedores, cada integrante deberá estar inscrito y encontrarse hábil en el registro electrónico oficial de la Administración, ChileProveedores.
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solución de Empates |
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Si en la evaluación de la oferta se produjera un empate entre dos o más oferentes respecto de su evaluación final, se adjudicará al oferente que haya obtenido el mayor puntaje en la evaluación del Criterio “Evaluación Técnica”. En caso de que se mantenga la situación de empate, se establece como segundo mecanismo de desempate el mayor puntaje obtenido en el Criterio “Evaluación Económica” y como tercer mecanismo de desempate el mayor puntaje obtenido en el criterio “Buena Práctica Laboral”.
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Formalización del Contrato |
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Una vez adjudicada la licitación y notificado el oferente, y dado que la presente licitación trata de un servicio de simple y objetiva especificación, cuyo valor no es superior a 1.000 UTM, según dispone el artículo 22 del Reglamento de la Ley de Compras, situación corroborada por la contraparte técnica mediante correo electrónico; el contrato se perfeccionará mediante el envío de la orden de compra
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y la aceptación de ésta por parte del adjudicatario, el cual tendrá un plazo de dos (2) días hábiles para aceptarla, contados desde el envío. Con todo, no se realizará el envío de la orden de compra hasta que la encargada del proceso reciba a su entera satisfacción los antecedentes requeridos en las presentes bases, y el proveedor se encuentre inscrito en estado “hábil” en el portal ChileProveedores.
El adjudicatario no podrá incurrir en las incompatibilidades o prohibiciones para contratar con la Subsecretaría señaladas en el inciso sexto del artículo 4 de la Ley N° 19.886.
Para acreditar lo exigido en el párrafo anterior, el adjudicatario, sea persona natural o jurídica, chilenas o extranjeras, o los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores, deberán presentar las declaraciones juradas cuyos formatos se contienen en el anexo respectivo (6-A o 6-B), según lo señalado en el acápite siguiente “Antecedentes legales para contratar”.
Al momento de la emisión de la orden de compra, el adjudicatario debe estar inscrito y encontrarse hábil en el registro electrónico oficial de la Administración, ChileProveedores.
En el caso que el oferente adjudicado sea una Unión Temporal de Proveedores, cada integrante deberá estar inscrito
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