Licitación ID: 757-172-LE24
[GABSUB] JORNADA DE CAPACITACIÓN REGISTRO POBLACIONAL Y REGISTRO HOSPITALARIO DE CANCER A NIVEL NACIONAL 10 AL 14 DE DICIEMBRE
Responsable de esta licitación: SUBSECRETARIA DE SALUD PUBLICA
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 47
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Productos o servicios
1
Producción de eventos 1 Unidad
Cod: 80141607
JORNADA DE CAPACITACIÓN REGISTRO POBLACIONAL Y REGISTRO HOSPITALARIO DE CANCER A NIVEL NACIONAL 10 AL 14 DE DICIEMBRE  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
[GABSUB] JORNADA DE CAPACITACIÓN REGISTRO POBLACIONAL Y REGISTRO HOSPITALARIO DE CANCER A NIVEL NACIONAL 10 AL 14 DE DICIEMBRE
Estado:
Adjudicada
Descripción:
E102RT9 Fortalecer las competencias y capacidades de los referentes de Registros Poblacionales y Hospitalarios de Cáncer a nivel nacional, como parte del Plan de Vigilancia Epidemiológica del Cáncer del Departamento de Epidemiología, en el ámbito fortalecimiento técnico del Recurso Humano.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Subsecretaría de Salud Pública
R.U.T.:
61.601.000-k
Dirección:
Mac-Iver 541
Comuna:
Santiago Centro
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 06-12-2024 12:00:00
Fecha de Publicación: 29-11-2024 11:41:10
Fecha inicio de preguntas: 29-11-2024 12:01:00
Fecha final de preguntas: 02-12-2024 15:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 04-12-2024 12:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 06-12-2024 12:00:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 06-12-2024 12:00:00
Fecha de Adjudicación: 10-12-2024 19:31:37
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Anexos en formato word
2.- VER ADJUNTOS
Documentos Técnicos
1.- VER ADJUNTOS
 
Documentos Económicos
1.- VER ADJUNTOS
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Cantidad de jornadas realizadas en los últimos 3 a De acuerdo a lo señalado Artículo 21°: Notas y criterios de evaluación de las presentes bases de licitación adjuntas. 25%
2 Cumplimiento de Requisitos Formales De acuerdo a lo señalado Artículo 21°: Notas y criterios de evaluación de las presentes bases de licitación adjuntas. 3%
3 Cumplimiento del Pacto de Integridad De acuerdo a lo señalado Artículo 21°: Notas y criterios de evaluación de las presentes bases de licitación adjuntas. 2%
4 Precio De acuerdo a lo señalado Artículo 21°: Notas y criterios de evaluación de las presentes bases de licitación adjuntas. 45%
5 Experiencia De acuerdo a lo señalado Artículo 21°: Notas y criterios de evaluación de las presentes bases de licitación adjuntas. 15%
6 Uso de menaje reutilizable De acuerdo a lo señalado Artículo 21°: Notas y criterios de evaluación de las presentes bases de licitación adjuntas. 10%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: No hay información
Monto Total Estimado: 15000000
Justificación del monto estimado E102RT9
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Angélica Castro
e-mail de responsable de pago: acastro@minsal.cl
Nombre de responsable de contrato: Erica Silva
e-mail de responsable de contrato: esilva@minsal.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-02-25740236-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
I.- BASES ADMINISTRATIVAS
1.- Antecedentes y Disposiciones Generales de la Licitación.


Artículo 1°: Antecedentes. -
La forma de la presente licitación pública corresponde a aquellas contrataciones superiores a 100 UTM e inferiores a 1000 UTM.


Al efecto, el Monto máximo a licitar asciende a la suma total de $15.000.000.- (Quince millones de pesos).




Artículo 2°: Bases. -
Estas bases de licitación, en adelante e indistintamente las “Bases”, se encuentran conformadas por los siguientes cuerpos o apartados normativos:
I.- Bases Administrativas.
II.- Bases Económicas.
III.- Bases Técnicas.
IV.- Anexos: 
Anexo Nº1: “Calendario de la Licitación”.
Anexo Nº2-A: “Identificación del Oferente Persona Natural”.
Anexo Nº2-B: “Identificación del Oferente Persona Jurídica”.
Anexo Nº3: “Cumplimiento Pacto de Integridad”.
Anexo Nº4: Formato de “Oferta Económica”.


Artículo 3°: Normativa y orden de precedencia de los documentos. -
Sin perjuicio de la normativa legal vigente, esta licitación, y contrato respectivo a que pudiere dar lugar, se regirán por los siguientes documentos, cuyo orden de precedencia, en caso de existir discrepancia entre ellos, será el que a continuación se indica: 
a) Las presentes Bases Administrativas, Económicas, Técnicas, y los respectivos Anexos.
b) El contrato y sus anexos respectivos.
c) La Propuesta, con todos sus documentos anexos.


Artículo 4°: Definiciones. -
Para la correcta interpretación de las presentes Bases, de los documentos de la licitación y del contrato que se celebre, se convienen las siguientes abreviaciones y definiciones:


MINISTERIO: Ministerio de Salud.


Ministra: Ministra de Salud.


Subsecretaría: Subsecretaría de Salud Pública.


Subsecretaria: Subsecretaria de Salud Pública.


Licitación Pública: Procedimiento administrativo de carácter concursal mediante el cual el MINISTERIO realiza un llamado público, convocando a los interesados para que, sujetándose a las presentes Bases, formulen propuestas, de entre las cuales seleccionará y aceptará la más conveniente.


Sistema de Información: Sistema de Información de Compras y Contratación Pública de la Administración, a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública (www.mercadopublico.cl).


Registro de Proveedores: Registro electrónico oficial de Proveedores del Estado, a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública (www.chileproveedores.cl). 


Bases: Las presentes Bases Administrativas, Económicas y Técnicas, y Anexos, que contienen el conjunto de requisitos, condiciones y especificaciones, establecidos por el MINISTERIO, que describen los bienes y/o servicios a contratar y regulan el proceso de licitación y el contrato definitivo. 


Bases Administrativas: Cuerpo o apartado de las Bases que contienen, de manera general y/o particular, las etapas, plazos, mecanismos de consulta y/o aclaraciones, criterios de evaluación, mecanismos de adjudicación, modalidades de evaluación, cláusulas del contrato definitivo, y demás aspectos administrativos del proceso de licitación.


Bases Económicas: Cuerpo o apartado normativo de las Bases que establecen las condiciones económicas de la licitación y del contrato a que dé lugar.


Bases Técnicas: Cuerpo o apartado normativo de las Bases que contiene de manera general y/o particular las especificaciones, descripciones, requisitos y demás características del bien o servicio a contratar. 


Proponente u Oferente: Proveedor que participa en el proceso de licitación mediante la presentación de una propuesta, en la forma y condiciones establecidas en estas Bases.


Propuesta: La Propuesta se encuentra conformada por la siguiente documentación: 
a) Los Antecedentes del Oferente: que corresponden a aquellos que se encuentran establecidos en la letra a) del artículo 13º de las presentes Bases.
b) La Oferta Técnica: que es elaborada y presentada por el proponente cumpliendo con los contenidos establecidos en la letra b) del artículo 13º de estas Bases.
c) La Oferta Económica: que es elaborada y presentada por el proponente conforme con lo establecido en la letra c) del artículo 13º de estas Bases. 


Forman parte también de la respectiva Propuesta los siguientes documentos:
1. Las presentes Bases.
2. Las Aclaraciones derivadas del procedimiento de consulta contemplado en las Bases. Estas aclaraciones se considerarán parte integrante de las Bases.


Contraparte Técnica: Jefe/a de Departamento de Gestión de Riesgo en emergencias y Desastres.


Adjudicatario: Oferente cuya Propuesta, presentada dentro del marco del proceso de licitación, es seleccionada y aceptada para la suscripción del contrato definitivo. 


Contrato: Contrato que celebra la Subsecretaría y el proponente cuya Propuesta ha sido seleccionada y aceptada dentro del proceso de licitación. 


Proveedor, Ejecutor o Contratista: Adjudicatario que, en virtud del contrato respectivo, contrae la obligación de suministrar los bienes y/o prestar los servicios materia de la licitación de acuerdo a las presentes Bases y demás documentos que determine el MINISTERIO.


Encargado Técnico: Profesional o especialista designado por el Adjudicatario para actuar como interlocutor válido del mismo ante el MINISTERIO en todos los asuntos técnicos relativos a la prestación de los bienes y/o servicios contratados. 


Artículo 5°: Plazos de la licitación. -
La presente licitación se desarrollará conforme a los plazos que para sus diversas etapas se establezcan en el Anexo Nº1, “Calendario de la Licitación”.


Para los efectos de esta licitación todos los plazos establecidos en estas Bases y los fijados en el contrato serán de días corridos salvo que expresamente se indique que serán de días hábiles. No obstante, cuando el vencimiento de un plazo se produzca un sábado, domingo o festivo se entenderá que dicho plazo vence el día hábil siguiente. 


Cuando haya indisponibilidad técnica del Sistema de Información, circunstancia que deberá ser ratificada por la Dirección de Compras y Contratación Pública, los plazos contemplados en el Anexo N°1 “Calendario de la Licitación” no se suspenderán ni interrumpirán y se estará en todo a lo dispuesto en los artículos 30 y 62 del reglamento de la ley N° 19.886, aprobado por decreto supremo N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda.  


Artículo 6°: Domicilio y Jurisdicción. -
Para los efectos de esta licitación, los oferentes fijan domicilio en la comuna y ciudad de Santiago y se someten a la jurisdicción de sus Tribunales de Justicia.


Artículo 7°: Notificaciones. -
Todas las notificaciones que hayan de efectuarse con ocasión del presente proceso de licitación se entenderán realizadas luego de las 24 horas transcurridas desde que el MINISTERIO publique en el Sistema de Información el documento, acto o resolución objeto de la notificación.


Artículo 8°: Condiciones económicas de la Propuesta. -
La Propuesta es a suma alzada, sin reajustes ni intereses, y los montos serán fijados por los proponentes. El pago se efectuará en conformidad a lo establecido en las respectivas Bases Económicas, contenidas en el Apartado II de las presentes Bases.


2.- Llamado a Licitación, entrega de Bases y participantes.


Artículo 9°: Llamado a licitación y entrega de Bases.-
El llamado a propuesta se publicará en el Sistema de Información. Asimismo, las Bases que rigen la presente licitación se encontrarán a disposición de los interesados en el Sistema de Información a partir del día de la publicación del llamado a licitación.


Artículo 10°: Requisitos de los participantes. -
Podrán participar en la licitación las personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras, que acrediten su idoneidad técnica según la normativa vigente y cumplan con los demás requisitos mínimos establecidos en las presentes Bases.


Por el hecho de participar en el presente proceso de licitación, se entiende que los proponentes conocen y aceptan las condiciones de las presentes Bases administrativas y técnicas, sin perjuicio de la Carta Declaración de Responsabilidad requerida para estos efectos como requisito de admisibilidad.


El MINISTERIO no suscribirá contrato con sus funcionarios directivos, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni con sociedades de personas de las que aquéllos o éstas formen parte, ni con sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquéllos o éstas sean accionistas, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas. Para estos efectos, se entiende por funcionarios directivos hasta el nivel de Jefe de Departamento, o su equivalente inclusive.


Quedarán excluidos quienes, al momento de la presentación de la oferta, hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, dentro de los anteriores dos años.


En caso de Unión Temporal de Proveedores, las causales de inhabilidad para la presentación de las ofertas, para la formulación de la propuesta o para la suscripción de la convención, establecidas en la legislación vigente, afectarán a cada integrante de la Unión individualmente considerado. En caso de afectar una causal de inhabilidad a algún integrante de la Unión, ésta deberá decidir si continuará con el presente procedimiento de contratación con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso.


Además, en el marco de la implementación del Sistema de Prevención de Lavado de Activos (LA), Delitos Funcionarios (DF) y Financiamiento del Terrorismo (FT), por el sólo hecho de participar en esta Licitación, el proponente declara:
a) No haber incurrido o realizado alguna de las conductas que configuren una operación prohibida en la Ley N°19.913 que crea la Unidad de Análisis Financiero y modifica diversas disposiciones en materia de lavado y blanqueo de activos.
b) Conocer, aceptar y cumplir todas las normas en relación a la formulación y cumplimiento del sistema de prevención de LA/DF/FT.
c) Que tomará los resguardos necesarios para asegurarse de no incurrir en una operación prohibida o en conductas que contraríen lo definido en el sistema de LA/DF/FT.
d) Que reportará al Ministerio, cualquier violación a las leyes o al contrato celebrado, cualquier operación prohibida o pago dudoso, y cualquier situación que pueda afectar el cumplimiento del Sistema de Prevención de LA/DF/FT.
e) Que cooperará de buena fe, a cualquier solicitud de investigación que lleve a cabo la institución pública, ante el conocimiento de operaciones prohibidas, pagos o conductas sospechosas, y cualquier acción que infrinja el Sistema de Prevención de LA/DF/FT.
f) Que informará inmediatamente conocida, al funcionario responsable, cualquier conducta sospechosa del personal de la institución o de sus propios trabajadores, que puedan generar o incrementar los riesgos de comisión de delitos de LA/DF/FT.


La omisión, adulteración o falsificación física o ideológica de cualquiera de los documentos o antecedentes requeridos en las Bases, será causal suficiente para rechazar de plano y sin más trámite la oferta presentada, sin perjuicio de la facultad de la Institución de hacer efectiva las responsabilidades que de ello pudieran derivar y, en particular, se facultará al MINISTERIO para el cobro de las garantías que existieren en su poder.


Las autoridades y los funcionarios, independientemente de su calidad jurídica, deberán abstenerse de intervenir en procedimientos de contratación pública o ejecución contractual en los que puedan tener interés, tendiendo en consideración los motivos de abstención señalados en el artículo 35 quinquies, de la ley N° 21.634, de 2023, que moderniza la ley N° 19886 y otras leyes.




Artículo 11°: Consultas, aclaraciones y modificaciones. -
Los proponentes podrán formular consultas o solicitar aclaraciones respecto de las presentes Bases, las que deberán ser realizadas a través del Foro del Sistema de Información dentro del plazo establecido en el Anexo N°1 “Calendario de la Licitación”.


No serán admitidas las consultas o aclaraciones formuladas fuera de plazo o por un conducto diferente al señalado.


La Subsecretaría, realizará las aclaraciones a las Bases comunicando las respuestas a través del Sistema de Información en el plazo establecido en el Anexo N°1 “Calendario de la Licitación”, sin indicación del autor de la o las consultas.


Las aclaraciones, derivadas de este proceso de consultas, formarán parte integrante de las Bases, teniéndose por conocidas y aceptadas por todos los participantes aun cuando el oferente no las hubiere solicitado, por lo que los proponentes no podrán alegar desconocimiento de las mismas.


Hasta el vencimiento del plazo para la publicación de las respuestas, el MINISTERIO podrá efectuar las aclaraciones a las Bases que estime pertinentes. 


Asimismo, y hasta antes del cierre de recepción de ofertas, el MINISTERIO podrá modificar las presentes Bases si estima que ello resulta esencial para los fines y/o correcto desarrollo del proceso licitatorio. Toda modificación deberá cumplir con las mismas formalidades del acto administrativo que regule el proceso de licitación y contemplar un plazo prudencial para que los proponentes puedan conocer y adecuar sus ofertas a las modificaciones introducidas. Lo anterior sin perjuicio de que la realización de dichas modificaciones sea comunicada a los proponentes a través del Sistema de Información.


3.- Presentación y Contenido de las Propuestas.


Artículo 12°:   Presentación de las Propuestas. -
Cada proponente podrá presentar solo una Propuesta.
La entrega de las Propuestas, esto es, de la documentación correspondiente a las letras a), b) y c) del artículo 13º, deberá efectuarse a través del Sistema de Información en el plazo previsto para la presentación de ofertas indicado en el Anexo N°1 “Calendario de Licitación. 


En el caso de los proponentes no inscritos en el Registro de Proveedores o que no cuenten con servicio de digitalización de documentación, deberán entregar los antecedentes señalados en la letra a) del artículo 13º debidamente digitalizados como anexos a su propuesta técnica a través Sistema de Información.


Artículo 13°: Contenido de la Propuesta.-
El contenido de la Propuesta será el siguiente:  

a) Antecedentes del oferente y otros documentos.


a.1) Proponente Persona Natural debe acompañar:

1. Formato Completo de Identificación del Oferente, contenido en el Anexo Nº2-A de las presentes Bases.


2. Declaración Jurada para ofertar que suscriben electrónicamente los proveedores al participar en un proceso de compra pública en www.mercadopublico.cl.




a.2) Proponente Persona Jurídica debe acompañar:


1. Formato Completo de identificación del Oferente, contenido en el Anexo Nº2-B de las presentes Bases.
2. Declaración Jurada para ofertar que suscriben electrónicamente los proveedores al participar en un proceso de compra pública en www.mercadopublico.cl
3. Fotocopia simple del RUT del proponente.
 


b) Oferta Técnica.


La propuesta técnica se deberá presentar conforme a lo establecido en las respectivas Bases Técnicas, señaladas en el Art. 41º de las presentes Bases.


Proveedor debe asegurar que el servicio estará disponible el 29 de agosto del presente año. Salón habilitado costo cero con streaming (0.00 CLP), coffe y almuerzos.


c) Oferta Económica.


La oferta económica se deberá presentar de acuerdo con lo establecido en las respectivas Bases Económicas y en el formato correspondiente al Anexo N°4.




4.- Admisibilidad de las Propuestas.


Artículo 14°: Admisibilidad de las Propuestas. -
Es requisito para participar en esta licitación, y para la aceptación de la propuesta, cumplir con las exigencias establecidas en el artículo 10º de estas Bases y presentar, en la forma y plazos señalados en los artículos 12º y 13º, todos los antecedentes exigidos en las presentes Bases.


Conforme con lo anterior, serán estimadas como causales de exclusión o eliminación de las propuestas, las siguientes: 


Que el proponente no cumpla con alguna de las exigencias establecidas en el artículo 10º de las presentes Bases.
Que la propuesta no haya sido entregada conforme a lo exigido en el artículo 12º de las presentes Bases.


Que la propuesta no comprenda toda la documentación exigida en el artículo 13º de las presentes Bases.


Que el monto de la oferta no supere el presupuesto informado.


Las propuestas que no cumplan alguno de los requisitos conforme lo establecido en el inciso precedente, serán declaradas inadmisibles de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 9 de la ley Nº 19.886. Todo lo anterior sin perjuicio de lo establecido en el artículo 15º siguiente.


Artículo 15°: Errores u omisiones formales. -
La Subsecretaría podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información.


La Subsecretaría podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.  En estos casos, la Subsecretaría a través del Sistema de Información comunicará al oferente las omisiones detectadas y le concederá un plazo fatal de tres días para que las subsane. Si los instrumentos agregados evitan la inadmisibilidad de la oferta respectiva, esta deberá calificarse con cero puntos en el criterio “Cumplimiento de Requisitos de Presentación” o “Presentación y completitud de Antecedentes” descrito en el artículo 22 de estas Bases”.


Tratándose de oferentes inscritos en el Registro electrónico de Proveedores del Estado, no será causal de inadmisibilidad la omisión de documentos administrativos o antecedentes que estuvieren disponibles y vigentes en el portal www.mercadopublico.cl.




5.- Apertura Electrónica.


Artículo 16°: Apertura Electrónica. -
La apertura electrónica de la o las propuestas presentadas a través del Sistema de Información se realizará en la fecha prevista a tal efecto en el Anexo N°1 “Calendario de Licitación”.


6.- Validez de las Propuestas.


Artículo 17°: Validez de las Propuestas. -
Las ofertas tendrán una validez de 60 días contados desde la fecha de apertura electrónica de las propuestas.


7.- Admisibilidad, evaluación y calificación de las ofertas.


Artículo 18°: Comisión de Evaluación. -
El análisis y evaluación de las ofertas estarán a cargo de una Comisión de Evaluación, designada para estos efectos, mediante el acto administrativo respectivo que apruebe las presentes Bases, e integrada por los siguientes miembros que a continuación se mencionan, o quienes se encuentren subrogando el cargo al momento de la evaluación:


a) Coordinador Administrativo Gabinete de Ministra.
b) Profesional del Depto. Gestión de Riesgos de Emergencias y Desastres.
c) Representante de la División de Finanzas y Administración Interna, DIFAI.


La integración de la Comisión de Evaluación se publicará en el Sistema de Información de contratación pública. Corresponderá especialmente a la Comisión de Evaluación: 


1. Verificar la admisibilidad de las propuestas en conformidad a lo previsto en los artículos 13º y 14º de las presentes Bases.
2. Realizar el proceso de evaluación de las ofertas y antecedentes.
3. Elaborar el Informe de Evaluación sobre las ofertas que mejor cumplan los requerimientos exigidos y ser las más convenientes a los intereses de la Subsecretaría, o bien la proposición fundada de declarar desierta la licitación.


Artículo 19°: Examen de Admisibilidad de las Propuestas.-
Corresponderá a la Comisión de Evaluación verificar, en primer término, la admisibilidad de las propuestas presentadas conforme a lo establecido en los artículos 13º y 14º de las presentes Bases.


Artículo 20°: Comisión de Evaluación y Evaluación de las Ofertas.-
La Comisión de Evaluación realizará el proceso de evaluación sólo respecto de aquellas propuestas que hayan sido calificadas como admisibles.


La evaluación se efectuará considerando en su análisis todos los antecedentes exigidos a los oferentes, sean estos de carácter técnico, legal y/o económico. 


Durante el proceso de evaluación la Subsecretaría podrá solicitar a los oferentes las aclaraciones a sus propuestas que estime necesarias para una correcta evaluación de estas, las que deberán ser canalizadas e informadas al resto de los oferentes a través del Sistema de Información. Del mismo modo, la Subsecretaría, podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones a dichos vicios u omisiones no confiera a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las Bases y de igualdad de los oferentes. Con excepción de las situaciones precedentemente descritas, durante el período de evaluación los oferentes no podrán mantener contacto alguno con el MINISTERIO.




Artículo 21°: Notas y criterios de evaluación. -
Se establecen los siguientes criterios de evaluación y selección de las propuestas, con sus respectivos porcentajes de ponderación

Criterios de Evaluación

Ponderación

Descripción

Precio

50%

Oferta económica

Experiencia

20%

Oferta técnica  

Cantidad de jornadas realizadas en los últimos 3 años

25%

Oferta técnica 

Cumplimiento de Requisitos Formales

3%

Se considerará el cumplimiento en tiempo y forma en la entrega y presentación de los antecedentes completos requeridos en las Bases del proceso.

Cumplimiento del Pacto de Integridad

2%

Se considerará el cumplimiento del Pacto de Integridad.


CRITERIO DE EVALUACIÓN 

PRECIO

MEDIO DE VERIFICACIÓN

Ponderación

50%

Oferta Económica

Puntaje Máximo

Nota 7.0

 

Fórmula de Cálculo

Precio mínimo ofertado*7/Precio ofertado

 


 

CRITERIO DE EVALUACIÓN

AÑOS DE EXPERIENCIA

MEDIO DE VERIFICACIÓN

Ponderación

20%

Oferta técnica

Descripción

 

Puntaje Máximo

Nota 7.0

Fórmula de Cálculo

Nota

Nota

Más de 7 años

7

Más de 3 años 1 mes y 6 años con 11 meses    

5

Más de 1 año 1 mes y 3 años

3

Menos 1 año

1

 

 

 

CRITERIO DE EVALUACIÓN

Cantidad de Jornadas realizadas en los últimos 3 años

MEDIO DE VERIFICACIÓN

Ponderación

25%

Oferta técnica

Descripción

 

Puntaje Máximo

Nota 7.0

Fórmula de Cálculo

Nota

Nota

Ha realizado 7 o más jornadas

7

Ha realizado entre 4 y 6 jornadas

5

Ha realizado entre 1 y 3 jornadas

3

No ha realizado jornadas

1

*Nota: si el proveedor obtiene menos de nota 4 en este criterio no podrá ser adjudicado.

 

 

 

CRITERIO DE EVALUACIÓN

CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES

MEDIO DE VERIFICACIÓN

Ponderación

3%

Se considerará el cumplimiento en tiempo y forma en la entrega y presentación de los antecedentes completos requeridos en las Bases del proceso.

Puntaje Máximo

Nota 7.0

Formula de calculo

Nota

 

Cumple con los requisitos formales dentro de plazo.

Nota 7

Cumple con los requisitos formales en plazo extendido.

Nota 4

No cumple con los requisitos formales

Nota 0

 

 

Criterio de Evaluación

Pacto de integridad

Medio de Verificación

Ponderación

2 %

Para acreditar el cumplimiento del presente factor, las empresas deberán acompañar en su oferta de acuerdo con lo solicitado en el anexo Nº 3, el documento que identifican como Programa de Integridad o de Compliance.

Cuando se trate de la unión temporal de proveedores, solo se asignará puntaje cuando todos los integrantes de la UTP cuenten con el programa de integridad implementado y conocido sus respaldos de verificación.

Formula de calculo

Nota

 

Cumple con los requisitos formales dentro de plazo.

Nota 7

Cumple con los requisitos formales en plazo extendido.

Nota 4

No cumple con los requisitos formales

Nota 0

 En el evento de que dos (2) o más propuestas obtengan el mismo puntaje y queden ubicadas en el primer lugar del orden de elegibilidad, se seguirá el siguiente procedimiento, en el orden señalado:


En caso de producirse empate, la adjudicación se decidirá a favor de la oferta mejor evaluada en el criterio de “Precio”. Si el empate persiste, la adjudicación se decidirá a favor de la oferta con mayor puntuación en el criterio “Cantidad de jornadas realizadas en los últimos 3 años”. Y si continúa el empate se decidirá a favor de la oferta con mayor puntuación en el criterio “Años de experiencia”.



Artículo 22°: Informe de Evaluación. - 
La Comisión de Evaluación deberá confeccionar un Informe de Evaluación en el cual deberá estar contenida la siguiente información: 


1. Verificación de admisibilidad de los proponentes: Se deberá dejar constancia del cumplimiento por parte de cada proponente de la presentación en tiempo y forma de las propuestas. En el evento de detectarse alguna causal de exclusión se deberá dejar constancia de ello.
2. Análisis particular de las propuestas.
3. Cuadro de todas las propuestas participantes consideradas por orden del puntaje total obtenido.
4. Análisis final de evaluación y de observaciones. 
5. Proposición fundada de adjudicación de la licitación a alguno de los proponentes.


El Informe de Evaluación elaborado por la Comisión de Evaluación deberá ser suscrito por todos sus integrantes y entregado a la Subsecretaria a más tardar al quinto día hábil siguiente al de la apertura de las propuestas presentadas. 


La decisión de adjudicación de la Subsecretaria será remitida, conjuntamente con el Informe de Evaluación, a la División Jurídica para la elaboración del respectivo acto administrativo de adjudicación. Además, para este efecto, la Comisión de Evaluación deberá remitir a dicha División la totalidad de las propuestas presentadas y sus antecedentes respectivos.


8.- Adjudicación de la Licitación.


Artículo 23°: Adjudicación. -


De las propuestas seleccionadas, la Subsecretaría decidirá la adjudicación en conformidad a la nota o puntaje que arroje la aplicación de los criterios de evaluación que en definitiva es la oferta que estime más conveniente a sus intereses, aun cuando no sea la de menor precio. La oferta más conveniente será aquella que obtenga la más alta calificación en base a los criterios de evaluación contemplados en el artículo 22° de las presentes Bases.


Asimismo, la Subsecretaría se reserva el derecho de adjudicar un número mayor o menor de bienes y/o servicios que los indicados en las Bases Técnicas, en función de sus necesidades y disponibilidades presupuestarias.


Cuando el precio de la oferta presentada por un oferente sea menor al 50% del precio presentado por el oferente que le sigue, y se verifique por parte de la Subsecretaría que los costos de dicha oferta son económicamente inconsistentes, la Subsecretaría podrá, a través de una resolución fundada, adjudicar esa oferta. 

La adjudicación de la propuesta se hará por resolución de la Subsecretaría. 


Los participantes serán notificados de la adjudicación en conformidad a lo dispuesto en el artículo 7º de las presentes Bases. 


Cuando la adjudicación no se realice por causas no imputables al MINISTERIO dentro del plazo señalado en el Anexo N°1 “Calendario de Licitación”, la entidad licitante informará en el Sistema de Información las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicará un nuevo plazo para la adjudicación. En efecto, si el MINISTERIO no adjudicare en el tiempo indicado por la complejidad de las ofertas y/o la falta de antecedentes, como únicas causales para estos efectos, informará de esta circunstancia dentro de las 48 horas previas a la fecha de adjudicación, señalando claramente las razones mencionadas que han impedido llevar con normalidad el proceso, e indicará un nuevo plazo de adjudicación que no excederá de 10 días hábiles contados desde la fecha en que debió realizarse la adjudicación original. De esta manera, dispuesto un nuevo plazo de adjudicación, se entenderá ampliado el plazo siguiente de cada etapa del calendario señalado en el Sistema de Información, debiéndose sumar el número de días correspondiente. Todo este proceso será informado exclusivamente a través del Sistema de Información y se entenderá notificado de acuerdo con el artículo 6 del reglamento de la ley Nº 19.886.


En caso que el Proveedor adjudicado no quiera o no pueda cumplir con lo adquirido o existan observaciones al proceso de adjudicación, la Subsecretaría podrá readjudicar el proceso licitatorio, al segundo mejor evaluado, de acuerdo al Informe de Evaluación elaborado por la comisión de evaluación.


Artículo 24°: Inadmisibilidad de propuestas y declaración de desierta de Licitación. -
La Subsecretaría declarará inadmisibles las ofertas cuando éstas no cumplieren los requisitos establecidos en las presentes Bases. Las propuestas rechazadas lo serán en forma permanente y definitiva.


En el evento de no presentarse proponentes se procederá a declarar desierto el proceso de licitación.


La Subsecretaría se reserva el derecho de declarar desierta la presente licitación cuando la oferta u ofertas presentadas, no obstante cumplir con lo exigido en las presentes Bases, no resulten convenientes a sus intereses, de conformidad a lo establecido en el artículo 9 de la ley Nº 19.886.


Tanto la declaración de inadmisibilidad como la de desierta se realizarán mediante resolución fundada.


De todo lo anterior se notificará a los proponentes en conformidad a lo dispuesto en el artículo 7º de las presentes Bases. 


Artículo 25°: Antecedentes Requeridos para la contratación. -
Los siguientes antecedentes serán requeridos al respectivo adjudicatario, como requisito previo a la firma del contrato o a la emisión de la orden de compra, según sea el caso:


1. Si el adjudicatario es Persona Natural
- Debe encontrarse inscrito en estado "hábil" en el Registro de Proveedores.
- Debe presentar una Declaración Jurada disponible en el Registro de Proveedores suscrita por el adjudicatario, donde declare que no se encuentra afecto a ninguna de las inhabilidades contempladas en el inciso 6° del artículo 4° de la Ley 19.886.


- Debe acompañar Fotocopia simple de la cédula de identidad de la persona natural adjudicada, la que debe adjuntarse a través del Registro de Proveedores.


2. Si el adjudicatario no es Persona Natural
- Debe encontrarse inscrito en estado "hábil" en el Registro de Proveedores.


- Debe presentar un Certificado de vigencia del poder del representante legal, con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, otorgado por el Conservador de Bienes Raíces correspondiente o, en los casos que resulte procedente, cualquier otro antecedente que acredite la vigencia del poder del representante legal del oferente, a la época de presentación de la oferta. Este documento deberá adjuntarse a través del Registro de Proveedores.


- Debe presentar un Certificado de Vigencia de la Sociedad con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, o el antecedente que acredite la existencia jurídica del oferente. Este documento deberá adjuntarse a través del Registro de Proveedores.


- Debe presentar una Declaración Jurada disponible en el Registro de Proveedores, donde declare que el adjudicatario no se encuentra afecto a ninguna de las inhabilidades contempladas en el inciso 6° del artículo 4°, de la Ley 19.886. Esta declaración debe ser firmada por el representante legal de la persona jurídica o por quien tenga poder suficiente para representarla para estos efectos. Cuando resulte adjudicada una unión temporal de proveedores, dicha declaración deberá ser presentada por cada uno de sus integrantes. Tratándose exclusivamente de las personas jurídicas, no podrán contratar con organismos del Estado, aquellas que hayan sido condenadas por los delitos previstos en el artículo 27 de la ley N° 19.913, en el artículo 8° de la ley N° 18.314 y en los artículos 250 y 251 bis del Código Penal, a la pena de prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado. Lo anterior se verificará a través del Registro dispuesto por la ley N° 20.393, que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos de cohecho, lavado de activos y financiamiento del terrorismo.


Inscripción en el Registro de Proveedores
En caso de que el adjudicatario no se encuentre inscrito en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración deberá inscribirse dentro del plazo de 10 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución de adjudicación.


Si resulta adjudicada una unión temporal de proveedores, cada proveedor integrante de ésta deberá inscribirse en el Registro de Proveedores.


9.- Del Contrato.




Artículo 26°: Contrato. -


En virtud de lo establecido en el Artículo 63° del Decreto 250 del Ministerio de Hacienda, del año 2004, las adquisiciones entre 100 y 1.000 UTM, cuando se trate de bienes o servicios estándares de simple y objetiva especificación y se haya establecido así en las respectivas bases de licitación, podrán ser formalizadas mediante la emisión de una orden de compra y la aceptación de esta, por parte del proveedor.
Este es el caso de la presente licitación, al ser los servicios requeridos de simple y objetiva especificación, por lo que no será necesaria la suscripción de un contrato entre las partes y bastará la emisión de una orden de compra y la aceptación de ésta, para su formalización. 
Sin perjuicio de lo anterior, en estas Bases se entenderá por “contrato” al acuerdo regulado por las presentes bases, la propuesta del adjudicatario y las observaciones realizadas a esta propuesta por el Comité Evaluador, que comienza con la emisión de la orden de compra y su aceptación por parte del proveedor.
Resuelta la adjudicación de la licitación, el adjudicatario deberá cumplir con los siguientes requisitos: 


1. Encontrarse inscrito en el Registro de Proveedores. El adjudicatario tendrá hasta el vencimiento del plazo establecido en el presente Artículo para cumplir con este requisito.
2. Declaración jurada simple respecto al estado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales.


El contrato respectivo, en este caso, la aceptación de la orden de compra respectiva deberá suscribirse dentro del plazo de diez días hábiles contado desde la fecha en que se notifique la adjudicación de la propuesta al adjudicatario conforme a lo establecido en el Artículo 7º de las presentes Bases.


Si el adjudicatario no concurre a suscribir el contrato, o bien, no aceptara la orden de compra respectiva, dentro del plazo señalado o si no cumple con alguno de los requisitos establecidos en este artículo, se entenderá ipso facto que aquél no acepta la adjudicación y declarar desierta la licitación, desestimada(s) la(s) propuesta(s) o bien adjudicar al oferente que le sigue en puntaje, de acuerdo a la evaluación realizada por la comisión designada para tales efectos, en conformidad al Informe de Evaluación respectivo. En este último caso, el nuevo adjudicatario deberá cumplir con los requisitos establecidos en este Artículo, dentro de los mismos plazos y en la forma y condiciones establecidas en las presentes Bases.


Artículo 27°: Precio del contrato y pagos. -
El precio de la contratación corresponderá efectivamente al ofertado por el proponente en los documentos adjuntados en la licitación, más los impuestos que correspondan.


El precio del contrato será sin reajustes, y se pagará conforme a lo establecido en las Bases Económicas contenidas en el Apartado II de las presentes Bases. 


Artículo 28°: Vigencia del Contrato. -
El plazo de duración será hasta que se entregue la totalidad del servicio y comenzará a regir a contar de la notificación al Proveedor de la total tramitación del acto administrativo que lo apruebe.


El Proveedor se entenderá notificado de lo anterior en conformidad con lo dispuesto en el artículo 7º de estas Bases. 


La vigencia del contrato se extenderá hasta el total cumplimiento de las obligaciones en él contraídas, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 35° de las presentes Bases.


Artículo 29°: Domicilio. -
Para todos los efectos del contrato, el Proveedor fijará su domicilio en la comuna y ciudad de Santiago.


Artículo 30°: Informes. -
Sin perjuicio de los informes periódicos que deba evacuar el Proveedor, éste deberá informar al MINISTERIO sobre cualquier aspecto de su trabajo cuando la Contraparte Técnica Ministerial lo requiera.


Artículo 31°: Encargado Técnico. -
El Proveedor designará un “Encargado Técnico” con dedicación permanente que lo representará ante la Subsecretaría para todos los efectos del contrato. Durante la ejecución del contrato, el “Encargado Técnico” será la única persona estimada como interlocutor válido del Proveedor.
La Contraparte Técnica Ministerial proporcionará al Proveedor la información disponible y asistencia que éste requiera para la adecuada prestación de las obligaciones objeto del contrato, de conformidad a lo establecido en las presentes Bases.


Artículo 32°: Cesión del contrato. -
El Proveedor no podrá, en caso alguno, ceder o transferir en forma alguna, total o parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de la presente licitación y, en especial, los establecidos en el contrato definitivo. La infracción de esta prohibición dará derecho al MINISTERIO para poner término anticipado al contrato, en forma inmediata, de conformidad a lo establecido en el artículo 35º de las presentes Bases. Lo anterior es sin perjuicio de la transferencia -que se pueda efectuar con arreglo a las normas del derecho común- de los documentos justificativos de los créditos que emanen del respectivo contrato.


Artículo 33°: Trabajadores del Proveedor y Subcontrataciones. -
El personal que contrate el Proveedor, con motivo de la ejecución o durante la vigencia del contrato no tendrá, en caso alguno, relación laboral, ni vínculo de subordinación y/o dependencia y/o funcionario con el MINISTERIO, sino que exclusivamente con el Proveedor. 


Durante la ejecución del contrato, el Proveedor sólo podrá efectuar las subcontrataciones que sean estimadas como indispensables para la realización de tareas específicas. Para proceder con estas subcontrataciones el Proveedor deberá solicitar, por escrito, autorización al MINISTERIO. Corresponderá a la Contraparte Técnica Ministerial calificar y resolver respecto de la subcontratación solicitada, emitiendo el respectivo informe sobre el particular. En todo caso, cualquiera sea el tipo de subcontratación, el Proveedor seguirá siendo el único responsable de las obligaciones contraídas en virtud del respectivo contrato suscrito con el MINISTERIO.


Sin perjuicio de todo lo anterior, y cada vez que el MINISTERIO así lo requiera, el Ejecutor estará obligado a informar respecto del estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que a este último le corresponda respecto a sus trabajadores, como asimismo de igual tipo de obligaciones que tengan los subcontratistas con sus trabajadores. El monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales deberá ser acreditado mediante certificados emitidos por la respectiva Inspección del Trabajo, o bien por aquellos medios idóneos reglamentados por el Ministerio del Trabajo y Previsión Social que garanticen la veracidad de dicho monto y estado de cumplimiento. En caso de que el Proveedor registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo el Proveedor acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. La Subsecretaría exigirá que el Proveedor proceda a dichos pagos y le presente los documentos que demuestren el total cumplimiento de la obligación. 


El incumplimiento del Proveedor de las obligaciones laborales y previsionales respecto de sus trabajadores será estimado como incumplimiento grave y facultará al MINISTERIO para poner término anticipado al contrato en conformidad con lo dispuesto en el artículo 35º de estas Bases. Lo anterior sin perjuicio de lo establecido en la ley Nº20.123.






10.- Multas y Sanciones.
Artículo 34°: Multas por atrasos. - 


El incumplimiento del Proveedor a los plazos establecidos en estas Bases y/o en el contrato definitivo para ejecutar sus obligaciones, incluyendo las consultas y aclaraciones y la Propuesta adjudicada, facultará al MINISTERIO para aplicar una multa equivalente al cinco por ciento del precio total de contrato por cada día corrido de atraso, hasta completar un 30% de dicho precio.


Las multas serán aplicables por atrasos del Ejecutor en cualquiera de las etapas de desarrollo del contrato y podrán descontarse del estado de pago.


Para aplicar una multa la Subsecretaría primero deberá notificar de ello al Ejecutor acompañando a dicha comunicación un informe suscrito por la Contraparte Técnica donde se dé cuenta detallada de los hechos en que se funda la decisión adoptada y se indique el monto de la sanción.
La notificación de lo anterior se efectuará por carta certificada enviada al domicilio que el Ejecutor declare en el contrato, entendiéndose que la misiva ha sido recibida al tercer día hábil de recibida por la oficina de correos.


Una vez notificado, el Ejecutor tendrá un plazo de 5 días hábiles para formular sus descargos ante la Subsecretaria, quien resolverá dentro de los diez días hábiles siguientes a la fecha en que los descargos sean ingresados a través de la Oficina de Partes del MINISTERIO. De no formularse reparos a la decisión de aplicar multas o en caso de que el Ejecutor se allanare expresamente, la sanción deberá aplicarse sin más trámite.


Con todo, las multas aquí establecidas serán acumulables con las indemnizaciones que pudieren fijar los Tribunales de Justicia por los perjuicios causados por el incumplimiento de Proveedor en los mismos casos.


Se entenderá que el proveedor está en mora por el incumplimiento de los plazos establecidos sin que aquel haya cumplido cualquiera de las obligaciones pactadas, para lo cual no será necesario requerimiento judicial previo.


La aplicación de multas será sin perjuicio de la facultad del Ministerio de poner término anticipado al contrato en los casos previstos en él y en las presentes Bases.


11.- Terminación anticipada del contrato.


Artículo 35°: Terminación anticipada del contrato. -
Mediante resolución fundada, la Subsecretaría podrá poner término anticipado al contrato en cualquiera de las situaciones que se señalan a continuación:


a) Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
b) Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el Proveedor.
c) Estado de notoria insolvencia del Proveedor, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
d) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional, razones de ley o de la autoridad ministerial de salud, dictadas en caso de epidemias, pandemias u otras emergencias sanitarias en el país, que hagan imperiosa su inmediata terminación.
e) Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, de acuerdo a lo establecido en el artículo 33º de las presentes Bases.


Para los efectos de este contrato, se considerarán causales de incumplimiento grave imputables al Proveedor las siguientes:


Si es declarado en quiebra, solicita su quiebra, o inicia proposiciones de convenio con sus acreedores.
Si le son protestados documentos comerciales que se mantuvieren impagos por más de sesenta días o no fueren debidamente aclarados dentro de dicho plazo.
Si hay orden de ejecución y embargo, de todo o parte de sus bienes.
Si ha llegado a un arreglo de traspaso, de todo o parte de sus bienes, en favor de sus acreedores.
Si ha acordado llevar el contrato a un comité de inspección de sus acreedores.
En caso de término de giro, liquidación o disolución de la sociedad ejecutora. En tales eventos la entidad contratista tendrá la obligación de comunicar cualquiera de tales hechos al MINISTERIO, dentro del plazo de diez días contados desde el suceso respectivo.
Si el Proveedor o alguno de los socios del Proveedor fuera condenado por delito que merezca pena aflictiva, o tratándose de una sociedad anónima, lo fuese alguno de los directores o gerente.
Si se verificare cualquier otro incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el Proveedor. Se estimarán como tales, sin que en ningún caso se estime como una enumeración taxativa, las siguientes situaciones: incumplimiento que impida o dificulte notoriamente la correcta y oportuna ejecución de las prestaciones objeto del contrato; inobservancia o vulneración de la prohibición establecida en el artículo 32º de las presentes Bases; aplicación de multas que excedan del 15% del precio del contrato. 


Todo lo anterior sin perjuicio de las demás acciones legales que le pudieren corresponder al MINISTERIO en contra del Proveedor.



II.- BASES ECONÓMICAS
12. Condiciones Económicas.


Artículo 36°: Monto de la oferta económica. -
La propuesta económica se ingresará a través del Sistema de Información, ofertándose el valor neto por el bien y/o servicio licitado. Este valor, se expresará en moneda nacional y deberá incluir traslados y cualquier otro rubro, con excepción de los impuestos, que incida en el mismo.  


Si bien la oferta económica ingresada a través del Sistema de Información será la única estimada como válida en el proceso de licitación, el oferente deberá cumplir con lo exigido en la letra c) del artículo 13º, y presentar su oferta económica de acuerdo al formato contenido en el Anexo N°4 de estas Bases. En caso de existir una discrepancia entre la cifra indicada electrónicamente en el Sistema de Información y en el Anexo señalado, se entenderá como válido el valor indicado en dicho Anexo para los efectos de la evaluación y eventual adjudicación. 


Artículo 37°: Condiciones de pago.-


El pago se realizará una vez finalizado el servicio en una cuota por el total. Previa validación por parte de la jefatura del Departamento de Promoción de la Salud y Participación Ciudadana.   
Es requisito para el pago que el proveedor emita factura por los servicios prestados. No se podrán recibir boletas de honorarios por estos servicios, de acuerdo a lo señalado en la Ley N° 21.516 de Presupuestos del Sector Público para el año 2023


Dicho pago se efectuará a 30 días, de acuerdo a lo establecido en el artículo 79 bis del Decreto 250 y una vez obtenida la plena conformidad del bien o servicio contratado, contra el envío de la factura mediante la plataforma de Servicio de Impuestos Internos, dispuesta para tales efectos, sin necesidad de enviar copia en papel ni a través de correo electrónico,


La factura deberá contener en su glosa al menos N° de Orden de compra, descripción del Servicio y para efectos del pago debe señalar N° de cuenta corriente, banco y contacto para concretar la transferencia. (No enviar documentos en sobre cerrado).

III.-BASES TÉCNICAS
13.- Antecedentes.


Artículo 38°: Antecedentes. -


El Ministerio de Salud requiere hacer frente a los desafíos que presenta el cambio climático, transitar hacia un desarrollo bajo en emisiones de gases de efecto invernadero y otros forzantes climáticos, hasta alcanzar y mantener la neutralidad de emisiones de gases de efecto invernadero al año 2050, adaptarse al cambio climático, reduciendo la vulnerabilidad y aumentando la resiliencia a los efectos adversos del cambio climático, y dar cumplimiento a los compromisos internacionales asumidos por el Estado de Chile en la materia.


Esta actividad es organizada por el Departamento de Gestión de Riesgos de Emergencias y Desastres del Ministerio de Salud cuyo objetivo es entregar a equipos de las regiones (SEREMIs y Servicios de Salud) herramientas para la sensibilización e implementación del Plan de Adaptación de Cambio Climático mandatado por la Ley Marco de Cambio Climático 21455


14.- Objetivos.


Artículo 39°: Objetivo. -


OBJETIVO GENERAL:

JORNADA PLAN DE SECTORIAL DE ADAPTACIÓN A CAMBIO CLIMÁTICO, 29 AGOSTO 2024.


15.- Inicio y plazo para la prestación de los bienes y/o servicios.


Artículo 40°: Inicio y plazo para la prestación de los bienes y/o servicios. -
El plazo total para la prestación de los bienes y/o servicios será hasta que se entregue la totalidad del servicio, contados desde la entrada en vigencia del contrato conforme a lo dispuesto en el artículo 28° de las presentes Bases. 


Para tales efectos, se entenderá notificado luego de transcurridas 24 horas desde que el MINISTERIO publique en el Sistema de Información el documento o resolución objeto de notificación. En caso de no poder realizarse la publicación del acto aprobatorio del contrato en el Sistema de Información, el MINISTERIO deberá remitir al oferente adjudicado copia del Acto administrativo aprobatorio del contrato mediante carta certificada, entendiéndose en tal caso notificado el oferente al tercer día hábil siguiente a la recepción en la oficina de correos de la referida carta.


Para los casos en que el proveedor no hubiese aceptado formalmente la Orden de Compra, a través de www.mercadopublico.cl, y sin embargo haya entregado total o parcialmente los productos requeridos, se considerará que el plazo de entrega comenzará a partir del segundo día hábil de emitida la orden de compra.




16.- Descripción de los bienes y/o servicios requeridos.


Artículo 41°: Bienes y/o servicios requeridos, perfil del proveedor y otros. -


Se requiere Hotel cerca del Ministerio de Salud, Mac Iver 541:
Que provea de los siguientes servicios:
Salones (Costo $0) 
Jueves 29 Agosto: 60 personas.
1. Auditorio de hotel, capacidad 60 personas
i. Jueves 29 agosto
a. 60 personas
b. Mesas de trabajo (4 grupos de 15 personas)


 Para el día 29 de agosto se requiere:
i. coffee AM
ii. coffe PM
iii. Almuerzo
iv. Proyección, multimedia, amplificación
v. Sala
vi. Transmisión por Streaming para Zoom para interacción de equipos Asistentes con expositores.
vii. Internet banda ancha para mantener conexión
viii. 4 Computadores (1 por grupo de trabajo)


Alojamientos y cena
Servicios de alojamiento y cena para 32 personas el 28 de Agosto
Alojamiento en habitaciones dobles o triples
Cena
32 personas
Check In Miércoles 28 de Agosto
Check Out Jueves 29 de Agosto
Servicios de alojamiento y cena para 8 personas el 29 de Agosto
Alojamiento en habitaciones dobles o triples
Cena
8 personas
Check In Jueves 29 de Agosto
Check Out Viernes 30 de Agosto


Traslados
Pasajes Aereos ida y vuelta para participantes
Pasajes Aéreos para 11 participantes de las SEREMIs de las regiones (Arica y Parinacota, Tarapacá, Antofagasta, Atacama, Coquimbo, Biobio, Araucanía, Los Rios, Los Lagos, Aysen, Magallanes). Llegada el día 28 de Agosto y vuelta el 29 de Agosto (tarde noche), si no existen pasajes en esos horarios considerar pasajes el día 30 de Agosto a primera hora
Pasajes Aéreos para 17 participantes de los Servicios de Salud (Arica y Parinacota, Tarapacá, Antofagasta, Atacama, Coquimbo, Biobio, Concepción, Arauco, Talcahuano, Araucanía Norte, Araucanía Sur, Los Rios, Osorno, Chiloé, Reloncaví, Aysen, Magallanes). Llegada el día 28 de Agosto y vuelta el 29 de Agosto (tarde noche), si no existen pasajes en esos horarios considerar pasajes el día 30 de Agosto a primera hora


Pasajes Terrestres ida y vuelta para participantes
Pasajes Terrestres para 4 participantes de las SEREMIs de las regiones (Valparaíso/San Antonio, Viña/Quillota, Aconcagua, O’higgins, Maule Ñuble). Llegada el día 28 de Agosto y vuelta el 29 de Agosto (tarde noche).
Pasajes Aéreos para 6 participantes de los Servicios de Salud (Valparaíso, O’higgins, Maule Ñuble). Llegada el día 28 de Agosto y vuelta el 29 de Agosto (tarde noche)


Traslado Aeropuerto a Hotel y Hotel a Aeropuerto para participantes
Pasajes Aéreos para 11 participantes de las SEREMIs de las regiones (Arica y Parinacota, Tarapacá, Antofagasta, Atacama, Coquimbo, Biobio, Araucanía, Los Rios, Los Lagos, Aysen, Magallanes). Llegada el día 28 de Agosto y vuelta el 29 de Agosto (tarde noche)
Pasajes Aéreos para 17 participantes de los Servicios de Salud (Arica y Parinacota, Tarapacá, Antofagasta, Atacama, Coquimbo, Biobio, Concepción, Arauco, Talcahuano, Araucanía Norte, Araucanía Sur, Los Rios, Osorno, Chiloé, Reloncaví, Aysen, Magallanes). Llegada el día 28 de Agosto y vuelta el 29 de Agosto (tarde noche)






17.- Lugar y plazo de entrega de los bienes y/o servicios.


Artículo 42°: Lugar y plazo de entrega de los bienes y/o servicios. -


Los bienes y/o servicios contratados deberán ser entregados según especificaciones del artículo 41. Para el plazo de entrega de los bienes y/o servicios requeridos se estará a lo dispuesto en el artículo 40º y 41º de las presentes bases.




18.- Contraparte Técnica Ministerial.


Artículo 43°: Contraparte Técnica Ministerial. -
Será la Contraparte Técnica Ministerial el Coordinador Administrativo de gabinete de Ministra. Las comunicaciones entre el ejecutor y el Ministerio se realizarán preferentemente a través de correo electrónico de juan.leighton@minsal.cl.


Para fines de seguimiento de los bienes y/o servicios contratados, así como para velar por la correcta ejecución de las obligaciones del Proveedor, corresponderá a la Contraparte Técnica Ministerial, entre otros, efectuar las recepciones y realizar las validaciones, revisiones y aprobaciones de los productos propios de la licitación que corresponden a las fases definidas para este proyecto, y que serán entregados el Proveedor.


Al efecto, la Contraparte Técnica Ministerial podrá: 


1. Convocar al Ejecutor a reuniones periódicas para evaluar el avance y calidad de los bienes y/o servicios contratados.
2. Proporcionar al Ejecutor la información disponible y asistencia que requiera para el desarrollo de su trabajo.
3. Evaluar los informes entregados por el Ejecutor. Su aprobación o rechazo será comunicado al Ejecutor vía correo electrónico, con copia al Encargado Técnico designado por él. 
4. Emitir los Informes de Cumplimiento del Ejecutor.
5. Informar a la Subsecretaría respecto de cualquier incumplimiento del Ejecutor a las obligaciones asumidas por éste en virtud del contrato.


Las comunicaciones entre el Ejecutor y el MINISTERIO se realizarán preferentemente a través de correo electrónico dirigido a las contrapartes técnicas respectivas.




19. Condiciones y restricciones.  


Artículo 44°: Presentación de propuestas. -
La propuesta deberá referirse a la totalidad de los bienes y/o servicios que se licitan. No se aceptarán ofertas parciales. 


Artículo 45°: Propiedad, usos y restricciones de los bienes y/o servicios contratados. -
Los bienes y/o servicios que se produzcan en cumplimiento del contrato serán de propiedad exclusiva del MINISTERIO. En razón de lo anterior, es el MINISTERIO quien determina las formas de uso futuro de los mismos.


El Ejecutor no podrá difundir o reproducir, en cualquier forma o medio, total o parcialmente, el producto resultante del cumplimiento del contrato que se adjudique por la presente licitación pública.

10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.