Licitación ID: 757-31-LE26
[DES] servicio producción integral 4 jornadas
Responsable de esta licitación: SUBSECRETARIA DE SALUD PUBLICA
Fecha de Cierre: 30-06-2026 15:01:00
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 48
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
Faltan 11 días para que cierre esta licitación.
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Productos o servicios
1
Centros de conferencias 4 Unidad
Cod: 90111601
Jornada para la implementación de Sistema de Comando de Incidentes del Ministerio de Salud  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
[DES] servicio producción integral 4 jornadas
Estado:
Publicada
Descripción:
Contratación del servicio integral para la “jornada para la implementación de Sistema de Comando de Incidentes del Ministerio de Salud”, a realizarse los días 08 y 9 de julio de 2026; 12 y 13 de Agosto; 2 y 3 de Septiembre y 21 y 22 de Octubre de 2026
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
El contrato se formalizará con la orden de compra
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Subsecretaría de Salud Pública
R.U.T.:
61.601.000-k
Dirección:
Mac-Iver 541
Comuna:
Santiago Centro
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 30-06-2026 15:01:00
Fecha de Publicación: 18-06-2026 15:56:58
Fecha inicio de preguntas: 18-06-2026 18:00:00
Fecha final de preguntas: 22-06-2026 16:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 24-06-2026 16:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 30-06-2026 15:02:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 30-06-2026 15:02:00
Fecha de Adjudicación: 06-07-2026 23:59:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- ver bases adjuntas
2.- se adjuntan anexos en formato editable
Documentos Técnicos
1.- ver bases adjuntas
 
Documentos Económicos
1.- ver bases adjuntas
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Presentación de Requisitos Formales De acuerdo a lo señalado Artículo 21°: Notas y criterios de evaluación de las presentes bases de licitación adjuntas 3%
2 Precio De acuerdo a lo señalado Artículo 21°: Notas y criterios de evaluación de las presentes bases de licitación adjuntas. 60%
3 Experiencia De acuerdo a lo señalado Artículo 21°: Notas y criterios de evaluación de las presentes bases de licitación adjuntas. 35%
4 Pacto de Integridad De acuerdo a lo señalado Artículo 21°: Notas y criterios de evaluación de las presentes bases de licitación adjuntas 2%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: No hay información
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 4 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Angelica Castro
e-mail de responsable de pago: acastro@minsal.cl
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
En caso de que el Proveedor adjudicado no quiera o no pueda cumplir con lo adquirido o existan observaciones al proceso de adjudicación, la Subsecretaría podrá Re adjudicar el proceso licitatorio, al segundo mejor evaluado, de acuerdo con el Informe de Evaluación elaborado por la comisión de evaluación.
Bases Administrativas
.- BASES ADMINISTRATIVAS


1.- Antecedentes y Disposiciones Generales de la Licitación.


Artículo 1°: Antecedentes. -


El Ministerio de Salud, en adelante “el Ministerio”, llama a licitación pública para la adquisición del servicio de producción integral de 4 jornadas de 2 días cada una como parte de las acciones para la implementación de Sistema de Comando de Incidentes en el sector salud, el cual tiene por finalidad fortalecer la capacidad de gestión de emergencias mediante la generación de competencias y comprensión del Sistema de Comando de Incidentes con el fin de mejorar la preparación y respuesta ante emergencias sanitarias.
La forma de la presente Licitación Pública corresponde a aquellas contrataciones iguales o superiores a 100 UTM y menores a 1000 UTM, estableciéndose como presupuesto máximo $ 18.500.000.-, impuestos y comisiones incluidas.


Artículo 2°: Bases. -


Estas bases de licitación, en adelante e indistintamente las “Bases”, se encuentran conformadas por los siguientes cuerpos o apartados normativos: 
I.- Bases Administrativas.
II.- Condiciones Económicas.
III.- Bases Técnicas.
IV.- Anexos: 
Anexo Nº1: Calendario de la Licitación.
Anexo Nº2-A: Identificación del Oferente Persona Natural.
Anexo Nº2-B: Identificación del Oferente Persona Jurídica.
Anexo Nº3: Formato de Oferta Económica.
Anexo Nº4-A: Carta Declaración de Responsabilidad Persona Natural.
Anexo Nº4-B: Carta Declaración de Responsabilidad Persona Jurídica.
Anexo N°5: Experiencia.
Anexo N°6: Cumplimiento Programa de Integridad.


Artículo 3°: Normativa y orden de precedencia de los documentos. -


Sin perjuicio de la normativa legal vigente, esta licitación, y contrato respectivo a que pudiere dar lugar, se regirán por los siguientes documentos, cuyo orden de precedencia, en caso de existir discrepancia entre ellos, será el que a continuación se indica: 
a) Las presentes Bases Administrativas, Económicas, Técnicas, y los respectivos Anexos.
b) El contrato y sus anexos respectivos.
c) La Propuesta, con todos sus documentos anexos.
d) Consultas, Respuestas y aclaraciones.


Artículo 4°: Definiciones. -
Para la correcta interpretación de las presentes Bases, de los documentos de la licitación y del contrato que se celebre, se convienen las siguientes abreviaciones y definiciones, sin perjuicio de aquellas contenidas en el DS N° 661, de 2024, del Ministerio de Hacienda, sobre Reglamento de la ley N° 19.886:
Ministerio: Ministerio de Salud.
Ministro: Ministro/a de Salud.
Subsecretaría: Subsecretaría de Salud Pública.
Subsecretaria/o: Subsecretario/a de Salud Pública.
Condiciones Económicas: Cuerpo o apartado normativo de las Bases que establecen los aspectos económicos de la licitación y del contrato a que dé lugar.
Proponente u Oferente: Proveedor que participa en el proceso de licitación mediante la presentación de una propuesta, en la forma y condiciones establecidas en estas Bases.
Propuesta: La Propuesta se encuentra conformada por la siguiente documentación: 
a. Los Antecedentes del Oferente: que corresponden a aquellos que se encuentran establecidos en la letra a) del artículo 13º de las presentes Bases.
b. La Oferta Técnica: que es elaborada y presentada por el proponente cumpliendo con los contenidos establecidos en la letra b) del artículo 13º de estas Bases.
c. La Oferta Económica: que es elaborada y presentada por el proponente conforme con lo establecido en la letra c) del artículo 13º de estas Bases. 
d. Las garantías requeridas.
e. Todos los documentos anexos solicitados según propuesta y tipo de oferente.
Contraparte Técnica: División, Departamento o unidad del MINISTERIO encargada de coordinar el proceso de licitación y de actuar como interlocutor con el o los proponentes y el Ejecutor, en todo lo relacionado con materias técnicas y administrativas propias de la licitación y del contrato definitivo.
Proveedor, Ejecutor o Contratista: Adjudicatario que, en virtud del contrato respectivo, contrae la obligación de suministrar los bienes y/o prestar los servicios materia de la licitación de acuerdo a las presentes Bases y demás documentos que determine el MINISTERIO.
Encargado Técnico: Profesional o especialista designado por el Adjudicatario para actuar como interlocutor válido del mismo ante el MINISTERIO en todos los asuntos técnicos relativos a la prestación de los bienes y/o servicios contratados.
Artículo 5°: Plazos de la licitación. -
La presente licitación se desarrollará conforme a los plazos que para sus diversas etapas se establezcan en el Anexo Nº1, “Calendario de la Licitación”.
Para los efectos de esta licitación todos los plazos establecidos en estas Bases y los fijados en el contrato serán de días corridos salvo que expresamente se indique que serán de días hábiles. No obstante, cuando el vencimiento de un plazo se produzca un sábado, domingo o festivo se entenderá que dicho plazo vence el día hábil siguiente. 
Cuando haya indisponibilidad técnica del Sistema de Información, circunstancia que deberá ser ratificada por la Dirección de Compras y Contratación Pública, los plazos contemplados en el Anexo N°1 “Calendario de la Licitación” no se suspenderán ni interrumpirán y se estará en todo a lo dispuesto en los artículos 45 y 115 del reglamento de la ley N° 19.886, aprobado por decreto supremo N° 661, de 2024, del Ministerio de Hacienda. 
Artículo 6°: Domicilio y Jurisdicción. -
Para los efectos de esta licitación, los oferentes fijan domicilio en la comuna y ciudad de Santiago y se someten a la jurisdicción de sus Tribunales de Justicia, sin perjuicio de la competencia que le corresponda al Tribunal de Contratación Pública y a la Contraloría General de la República. 
Artículo 7°: Notificaciones. -
Todas las notificaciones que hayan de efectuarse con ocasión del presente proceso de licitación se entenderán realizadas luego de las 24 horas transcurridas desde que el MINISTERIO publique en el Sistema de Información el documento, acto o resolución objeto de la notificación.
Artículo 8°: Aspectos Económicos de la Propuesta. -
La Propuesta es a suma alzada, sin reajustes ni intereses, y los montos serán fijados por los proponentes. El pago se efectuará en conformidad a lo establecido en las respectivas Condiciones Económicas, contenidas en el Apartado II de las presentes Bases.
2.- Llamado a Licitación, entrega de Bases y participantes.


Artículo 9°: Llamado a licitación y entrega de Bases. -
El llamado a propuesta se publicará en el Sistema de Información. Asimismo, las Bases que rigen la presente licitación se encontrarán a disposición de los interesados en el Sistema de Información a partir del día de la publicación del llamado a licitación.
Artículo 10°: Requisitos de los participantes. -
Podrán participar en la licitación las personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras, que acrediten su idoneidad técnica según la normativa vigente y cumplan con los demás requisitos mínimos establecidos en las presentes Bases.
No pueden participar en el proceso aquellos que dentro de los dos años anteriores a la formulación de la propuesta hayan sido condenados por delitos concursales establecidos en el Código Penal, de conformidad con lo previsto en el inciso primero del artículo 4º de la ley Nº 19.886.
Quedarán excluidos quienes, al momento de la presentación de la oferta, hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, dentro de los anteriores dos años.
Por el hecho de participar en el presente proceso de licitación, se entiende que los proponentes conocen y aceptan las condiciones de las presentes Bases administrativas y técnicas, sin perjuicio de la Carta Declaración de Responsabilidad requerida para estos efectos como requisito de admisibilidad.
El MINISTERIO no suscribirá contrato con sus funcionarios directivos, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni con sociedades de personas de las que aquéllos o éstas formen parte, ni con sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquéllos o éstas sean accionistas, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas. Para estos efectos, se entiende por funcionarios directivos hasta el nivel de Jefatura de Departamento, o su equivalente inclusive.
Además, en el marco de la implementación del Sistema de Prevención de Lavado de Activos (LA), Delitos funcionarios (DF) y Financiamiento del Terrorismo (FT), por el sólo hecho de participar en esta Licitación, el proponente declara:
i. No haber incurrido o realizado alguna de las conductas que configuren una operación prohibida en la Ley N°19.913 que crea la Unidad de Análisis Financiero y modifica diversas disposiciones en materia de lavado y blanqueo de activos.
ii. Conocer, aceptar y cumplir todas las normas en relación con la formulación y cumplimiento del sistema de prevención de LA/DF/FT.
iii. Que tomará los resguardos necesarios para asegurarse de no incurrir en una operación prohibida o en conductas que contraríen lo definido en el sistema de LA/DF/FT.
iv. Que reportará al Ministerio, cualquier violación a las leyes o al contrato celebrado, cualquier operación prohibida o pago dudoso, y cualquier situación que pueda afectar el cumplimiento del Sistema de Prevención de LA/DF/FT.
v. Que cooperará de buena fe, a cualquier solicitud de investigación que lleve a cabo la institución pública, ante el conocimiento de operaciones prohibidas, pagos o conductas sospechosas, y cualquier acción que infrinja el Sistema de Prevención de LA/DF/FT.
vi. Que informará inmediatamente conocida, al funcionario responsable, cualquier conducta sospechosa del personal de la institución o de sus propios trabajadores, que puedan generar o incrementar los riesgos de comisión de delitos de LA/DF/FT.”


En caso de Unión Temporal de Proveedores, las causales de inhabilidad para la presentación de ofertas, para la formulación de la propuesta o para la suscripción del contrato que resulte del presente proceso de licitación establecidas en la normativa vigente, afectarán a cada integrante de la Unión Temporal de Proveedores individualmente considerado. En caso de concurrir una causal de inhabilidad respecto de alguno de los integrantes de la unión, ésta deberá decidir y comunicar si continuará con el presente proceso concursal con los restantes integrantes no inhábiles o se desiste de su participación en el respectivo proceso. 
La omisión, adulteración o falsificación física o ideológica de cualquiera de los documentos o antecedentes requeridos en las Bases, será causal suficiente para rechazar de plano y sin más trámite la oferta presentada, sin perjuicio de la facultad de la Institución de hacer efectiva las responsabilidades que de ello pudieran derivar y, en particular, se facultará al MINISTERIO para el cobro de las garantías que existieren en su poder.
Las autoridades y los funcionarios, independientemente de su calidad jurídica, deberán abstenerse de intervenir en procedimientos de contratación pública o ejecución contractual en los que puedan tener interés, tendiendo en consideración los motivos de abstención señalados en el artículo 35 quinquies, de la ley N° 19.886 y otras leyes.
Artículo 11°: Consultas, aclaraciones y modificaciones. -
Los proponentes podrán formular consultas o solicitar aclaraciones respecto de las presentes Bases, las que deberán ser realizadas a través del Foro del Sistema de Información dentro del plazo establecido en el Anexo N°1 “Calendario de la Licitación”.
No serán admitidas las consultas o aclaraciones formuladas fuera de plazo o por un conducto diferente al señalado.
La Subsecretaría, realizará las aclaraciones a las Bases comunicando las respuestas a través del Sistema de Información en el plazo establecido en el Anexo N°1 “Calendario de la Licitación”, sin indicación del autor de la o las consultas.
Las aclaraciones, derivadas de este proceso de consultas, formarán parte integrante de las Bases, teniéndose por conocidas y aceptadas por todos los participantes aun cuando el oferente no las hubiere solicitado, por lo que los proponentes no podrán alegar desconocimiento de estas.
Hasta el vencimiento del plazo para la publicación de las respuestas, el MINISTERIO podrá efectuar las aclaraciones a las Bases que estime pertinentes. 


Asimismo, y hasta antes del cierre de recepción de ofertas, el MINISTERIO podrá modificar las presentes Bases si estima que ello resulta esencial para los fines y/o correcto desarrollo del proceso licitatorio. Toda modificación deberá cumplir con las mismas formalidades del acto administrativo que regule el proceso de licitación, y contemplar un plazo prudencial para que los proponentes puedan conocer y adecuar sus ofertas a las modificaciones introducidas. Lo anterior sin perjuicio de que la realización de dichas modificaciones sea comunicada a los proponentes a través del Sistema de Información.


3.- Presentación y Contenido de las Propuestas.


Artículo 12°: Presentación de las Propuestas. -
Cada proponente podrá presentar una Propuesta por la totalidad de los servicios requeridos.
La entrega de las Propuestas, esto es, de la documentación correspondiente a las letras a), b) y c) del artículo 13º, deberá efectuarse a través del Sistema de Información en el plazo previsto para la presentación de ofertas indicado en el Anexo N°1 “Calendario de Licitación”. 


En el caso de los proponentes inscritos en el Registro de Proveedores que no cuenten con servicio de digitalización de documentación, deberán entregar los antecedentes señalados en la letra a) del artículo 13º debidamente digitalizados como anexos a su propuesta técnica a través Sistema de Información.

Artículo 13°: Contenido de la Propuesta. -
El contenido de la Propuesta será el siguiente:  
a) Antecedentes del oferente y otros documentos.
a.1) Proponente Persona Natural debe acompañar:


1. Formato Completo de Identificación del Oferente, contenido en el Anexo Nº2-A de las presentes Bases.
2. Declaración Jurada Simple, la cual puede ser ingresada desde la plataforma www.mercadopublico.cl 
3. Fotocopia simple de la cédula de identidad del proponente.


a.2) Proponente Persona Jurídica debe acompañar:


1. Formato Completo de identificación del Oferente, contenido en el Anexo Nº2-B de las presentes Bases.
2. Declaración Jurada Simple, la cual puede ser ingresada desde la plataforma www.mercadopublico.cl. 
3. Fotocopia simple de la cédula de identidad del (o los) representante(s) legal(es).
4. Fotocopia simple de la escritura pública o acto administrativo, según corresponda, en la que conste la personería del (o los) representa (s) legal (es) del proponente. 
5. Fotocopia simple del RUT del proponente.


a.3) Otros antecedentes aplicables para ambos tipos de oferentes.


En el caso de Unión Temporal de Proveedores se deberá acompañar el instrumento en que se formaliza la unión el cual, a lo menos, debe establecer la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con el MINISTERIO y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes. La vigencia de esta unión temporal de proveedores no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado. Sin perjuicio de las demás disposiciones legales y reglamentarias que resulten aplicables, el acuerdo en que conste la unión temporal deberá materializarse según lo prescrito en el artículo 180 del D.S. N°661/2024.


b) Oferta Técnica
La propuesta técnica se deberá presentar conforme a lo establecido en las respectivas Bases Técnicas, señaladas en el apartado III de las presentes Bases. Debe contemplar descripción detallada de los servicios a entregar.
c) Oferta Económica.  
La oferta económica se deberá presentar de acuerdo con lo establecido en las respectivas Condiciones Económicas contenidas en el apartado II de las presentes Bases y en el formato correspondiente al Anexo N°3 de estas Bases.
4.- Admisibilidad de las Propuestas.


Artículo 14°: Admisibilidad de las Propuestas. -
Es requisito para participar en esta licitación, y para la aceptación de la propuesta, cumplir con las exigencias establecidas en el artículo 10º de estas Bases y presentar, en la forma y plazos señalados en los artículos 12º y 13º todos los antecedentes técnicos exigidos en las presentes Bases.
Conforme con lo anterior, serán estimadas como causales de exclusión o eliminación de las propuestas, las siguientes: 


Que el proponente no cumpla con alguna de las exigencias establecidas en el artículo 10º de las presentes Bases.
Que la propuesta no haya sido entregada conforme a lo exigido en el artículo 12º de las presentes Bases.
Que la propuesta no comprenda toda la documentación exigida en la letra b) del artículo 13º de las presentes Bases.


Las Ofertas deberán cumplir con todos los requisitos técnicos establecidos en estas bases, entendiéndose que éstos son requisitos técnicos esenciales para poder participar de este proceso licitatorio. Las ofertas que no cumplan con estos requisitos serán declaradas inadmisibles y por tanto no serán consideradas en la evaluación. 
Será responsabilidad de los oferentes proporcionar con su oferta todos los antecedentes relevantes para que en la evaluación técnica se puedan analizar y ponderar adecuadamente todos los elementos y componentes que integren las respectivas ofertas.
Las propuestas que no cumplan alguno de los requisitos conforme lo establecido en el inciso precedente, serán declaradas inadmisibles de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 9 de la ley Nº 19.886. Todo lo anterior, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 15º siguiente.
No será causal de inadmisibilidad la omisión de documentos administrativos o antecedentes que estuvieren disponibles y vigentes en el Registro de proveedores, en el portal www.mercadopublico.cl.
Artículo 15°: Errores u omisiones formales. -
En virtud del Artículo 56 del Decreto N°661 del Ministerio de Hacienda del año 2024, durante la etapa de evaluación la Subsecretaría podrá solicitar a los oferentes:
       1.  Salvar los errores u omisiones formales en que ha incurrido. No se considerará error formal errores en el precio de la oferta.
    2.  La presentación de certificaciones o antecedentes que hayan omitido presentar al momento de efectuarla la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas; y,
    3.  La presentación de certificaciones o antecedentes que se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación de éstas.
Las rectificaciones de los errores u omisiones detectados y que se solicitan y permiten salvar o subsanar a los oferentes no podrán conferirles a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información.
En estos casos, la Subsecretaría comunicará al oferente las omisiones detectadas a través del Sistema de Información y le concederá un plazo fatal de dos días para que las subsane. Si los instrumentos agregados evitan la inadmisibilidad de la oferta respectiva, esta deberá calificarse con el puntaje mínimo en el criterio “Cumplimiento de Requisitos de Presentación” o “Presentación y completitud de Antecedentes” descrito en el Artículo 21º de las presentes Bases.
Tratándose de oferentes inscritos en el Registro de Proveedores, no será causal de inadmisibilidad la omisión de documentos administrativos o antecedentes que pudiesen encontrarse en el Registro.


5.- Apertura Electrónica.


Artículo 16°: Apertura Electrónica. -
La apertura electrónica de la o las propuestas presentadas a través del Sistema de Información, se realizará en la fecha prevista a tal efecto en el Anexo N°1 “Calendario de Licitación”.
6.- Validez de las Propuestas.


Artículo 17°: Validez de las Propuestas. -
Las ofertas tendrán una validez de 60 días contados desde la fecha de apertura electrónica de la propuesta.
7.- Admisibilidad, evaluación y calificación de las ofertas.


Artículo 18°: Comisión de Evaluación. –


El análisis y evaluación de las ofertas estarán a cargo de una Comisión de Evaluación, designada para estos efectos, mediante el acto administrativo respectivo que apruebe las presentes Bases, e integrada por los siguientes miembros que a continuación se mencionan, o quienes se encuentren subrogando el cargo al momento de la evaluación:
a) Jefatura de la División de Emergencias Sanitarias de MINSAL o quien lo subrogue.
b) Profesional de la División de Emergencias Sanitarias de MINSAL.
c) Profesional de la División de Finanzas y Administración Interna.
 Corresponderá especialmente a la Comisión de Evaluación: 
1. Verificar la admisibilidad de las propuestas en conformidad a lo previsto en el artículo 14º de las presentes Bases.
2. Realizar el proceso de evaluación de las ofertas y antecedentes, de acuerdo con los criterios de evaluación definidos en las Bases.
3. Elaborar el Informe de Evaluación, refiriéndose a las siguientes materias, conforme al Artículo 57 del Reglamento de la Ley de Compras:
- Los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas.
- Las ofertas que deben declararse inadmisibles por no ajustarse a los requerimientos señalados en las Bases de Licitación, la Ley de Compras o su reglamento; o por corresponder a empresas relacionadas o pertenecientes a un mismo grupo empresarial, en conformidad al artículo 60 del Reglamento de la Ley de Compras.
- La proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien, cuando la comisión evaluadora determinare que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses de la Entidad licitante.
- La asignación de puntajes a las ofertas, por cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación.
- La proposición de adjudicación, dirigida a la autoridad facultada para adoptar la decisión final.
Todos los miembros integrantes de la comisión evaluadora deben realizar:
- Su declaración de patrimonio e intereses, en la forma que se dispone en la Ley Nº 20.880, sobre probidad en la función pública y prevención de los conflictos de intereses 
- Una declaración en el sentido de no tener conflicto de intereses en relación con la licitación y a sus proponentes.


Artículo 19°: Examen de Admisibilidad de las Propuestas. -
Corresponderá a la Comisión de Evaluación verificar, en primer término, la admisibilidad de las propuestas presentadas conforme a lo establecido en el artículo 14º de las presentes Bases.


Artículo 20°: Comisión de Evaluación y Evaluación de las Ofertas. -
La Comisión de Evaluación realizará el proceso de evaluación sólo respecto de aquellas propuestas que hayan sido calificadas como admisibles.
La evaluación se efectuará considerando en su análisis todos los antecedentes exigidos a los oferentes, sean estos de carácter técnico, legal y/o económico. 
Durante el proceso de evaluación, la Subsecretaría podrá solicitar a los oferentes las aclaraciones a sus propuestas que estime necesarias para una correcta evaluación de estas, las que deberán ser canalizadas e informadas al resto de los oferentes a través del Sistema de Información. Del mismo modo, la Subsecretaría podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones a dichos vicios u omisiones no confiera a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las Bases y de igualdad de los oferentes. Con excepción de las situaciones precedentemente descritas, durante el período de evaluación los oferentes no podrán mantener contacto alguno con el MINISTERIO.

Artículo 21°: Notas y criterios de evaluación. -
Se establecen los siguientes criterios de evaluación y selección de las propuestas, con sus respectivos porcentajes de ponderación:

:

 

Criterios de Evaluación

Ponderación

Descripción

Precio

60%

Oferta económica

Experiencia

35%

Demostrable mediante cantidad de eventos similares realizados en los últimos 5 años.

Presentación de Requisitos Formales

3%

Se evaluará si el proponente, al momento de presentar su propuesta, adjunta los antecedentes completos requeridos en las Bases del proceso.

Pacto de Integridad

2%

Se considerará el cumplimiento del presente factor a través del anexo N°3

 

Criterio de Evaluación

Precio ($)

Medio De Verificación

Ponderación

60%

Oferta económica 

Puntaje Máximo

Nota: 7.0

Fórmula de Cálculo

Precio mínimo ofertado *7 / Precio ofertado

 

 

Criterio de Evaluación

Experiencia

Medio de Verificación

Ponderación

35%

Eventos similares realizados en los últimos 5 años, respaldados mediante órdenes de compra, contratos, facturas, válidamente emitidos.

Puntaje Máximo

Nota 7.0

Fórmula de Cálculo

 

 

Criterio

Nota

Entre 10 y 14 eventos similares realizados en los últimos 5 años

7.0

Entre 1 y 9 eventos similares realizados en los últimos 5 años

5.0

Sin experiencia /no informa o no presenta

0.0

 

Criterio de Evaluación

%

Evaluación

Nota

Medio De Verificación

Presentación de Requisitos Formales

3%

El oferente cumple los requisitos formales en su propuesta

7.0

Se considerará la completitud de la oferta en relación con los antecedentes requeridos en estos términos de referencia. En tal sentido, cuando el proveedor cumpla con todos los requisitos formales antecedentes o certificaciones requeridos al momento de presentar la oferta, obtendrá el puntaje máximo en este criterio. En caso contrario, y aun cuando los haya acompañado con posterioridad en virtud del artículo 56 del reglamento de la ley N° 19.886 y dentro del plazo definido para acompañar dichos antecedentes, obtendrá el puntaje mínimo en este criterio.

El oferente no cumple con alguno de los requisitos formales en su propuesta

0.0

 

 

Criterio de Evaluación

%

Evaluación

Nota

Medio De Verificación

Pacto de Integridad

2%

Si el oferente cuenta con un programa de integridad o de Compliance conocido por su personal

7,0

Para acreditar el cumplimiento del presente factor, las empresas deberán acompañar en su oferta de acuerdo con lo solicitado en el anexo Nº 6, el documento que identifican como Programa de Integridad o de Compliancia.

Cuando se trate de la unión temporal de proveedores, solo se asignará puntaje cuando todos los integrantes de la UTP cuenten con el programa de integridad implementado y conocido sus respaldos de verificación.

Si el oferente NO cuenta con un programa de integridad o de Compliance conocido por su personal o no entrega respaldos de verificación

1,0

 

En el evento de que dos (2) o más propuestas obtengan el mismo puntaje y queden ubicadas en el primer lugar del orden de elegibilidad, se seguirá el siguiente procedimiento, en el orden señalado:

1° Precio.

2° Experiencia.

 

En caso de persistir dicho empate, se elegirá la primera oferta ingresada en el portal de la Dirección de Compras y Contratación Pública

Artículo 22°: Informe de Evaluación. - 
La Comisión de Evaluación deberá confeccionar un Informe de Evaluación en el cual deberá estar contenida la siguiente información: 
1. Verificación de admisibilidad de los proponentes: Se deberá dejar constancia del cumplimiento por parte de cada proponente de la presentación en tiempo y forma de las propuestas. En el evento de detectarse alguna causal de exclusión se deberá dejar constancia de ello.
2. Los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas
3. La asignación de puntajes para cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación.
4. Análisis particular de las propuestas.
5. Cuadro de todas las propuestas participantes consideradas por orden del puntaje total obtenido.
6. Análisis final de evaluación y de observaciones. 
7. Proposición fundada dirigida a la Subsecretaria de Salud Pública, de adjudicación de la licitación a alguno de los proponentes; o la proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien, cuando la comisión evaluadora juzgare que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses de la Entidad Licitante. 


El Informe de Evaluación elaborado por la Comisión de Evaluación deberá ser suscrito por todos sus integrantes y entregado a la a la Oficina de Compras, dentro del plazo señalado en el Anexo N°1 “Calendario de Licitación” para la elaboración del respectivo acto administrativo de adjudicación. Además, para este efecto, la Comisión de Evaluación deberá remitir una declaración en el sentido de no tener conflicto de intereses en relación con la licitación y a sus proponentes. 


8.- Adjudicación de la Licitación.


Artículo 23°: Adjudicación. -
La presente licitación sólo podrá ser adjudicada a un solo oferente, por el servicio licitado.
De las propuestas seleccionadas, la Subsecretaría decidirá la adjudicación en conformidad a la nota o puntaje que arroje la aplicación de los criterios de evaluación, que en definitiva es la oferta que estime más conveniente a sus intereses, aun cuando no sea la de menor precio. La oferta más conveniente será aquella que obtenga la más alta calificación en base a los criterios de evaluación contemplados en el artículo 21° de las presentes Bases.


Asimismo, la Subsecretaría se reserva el derecho de adjudicar un número mayor o menor de bienes y/o servicios que los indicados en las Bases Técnicas, en función de sus necesidades y disponibilidades presupuestarias.


La adjudicación de la propuesta se hará por resolución de la Subsecretaría. Los participantes serán notificados de la adjudicación en conformidad a lo dispuesto en el artículo 7º de las presentes Bases. 
Cuando la adjudicación no se realice por causas no imputables al MINISTERIO dentro del plazo señalado en el Anexo N°1 “Calendario de Licitación”, la entidad licitante informará en el Sistema de Información las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicará un nuevo plazo para la adjudicación. En efecto, si el MINISTERIO no adjudicare en el tiempo indicado por la complejidad de las ofertas y/o la falta de antecedentes, como únicas causales para estos efectos, informará de esta circunstancia dentro de las 48 horas previas a la fecha de adjudicación, señalando claramente las razones mencionadas que han impedido llevar con normalidad el proceso, e indicará un nuevo plazo de adjudicación que no excederá de 10 días hábiles contados desde la fecha en que debió realizarse la adjudicación original. De esta manera, dispuesto un nuevo plazo de adjudicación, se entenderá ampliado el plazo siguiente de cada etapa del calendario señalado en el Sistema de Información, debiéndose sumar el número de días correspondiente. Todo este proceso será informado exclusivamente a través del Sistema de Información y se entenderá notificado de acuerdo con el artículo 9 del reglamento de la ley Nº 19.886.
Además, en el mismo acto, el MINISTERIO podrá solicitar a los proponentes la prórroga de las propuestas y la renovación de las boletas bancarias de garantías de seriedad de éstas. Si alguno de los proponentes no accediere a la solicitud, su propuesta no será considerada en la licitación, en cuyo caso la Subsecretaría, devolverá las boletas respectivas en el plazo de cinco días, contado desde su vencimiento.
En caso de que el Proveedor adjudicado no quiera o no pueda cumplir con lo adquirido o existan observaciones al proceso de adjudicación, la Subsecretaría podrá Re adjudicar el proceso licitatorio, al segundo mejor evaluado, de acuerdo con el Informe de Evaluación elaborado por la comisión de evaluación.
Ofertas riesgosas o temerarias:
Se entenderá que una oferta es riesgosa o temeraria cuando el precio de la oferta presentada por un oferente sea menor al 50% del precio presentado por el oferente que le sigue, y se verifique por parte de la Subsecretaría que los costos de dicha oferta son económicamente inconsistentes, la Subsecretaría podrá, a través de una resolución fundada, adjudicar esa oferta, solicitándole una garantía de fiel cumplimiento. El monto de esta garantía deberá corresponder al cinco por ciento neto del valor resultante entre la diferencia entre el precio de este oferente y el precio ofertado por el que le siga en su calificación económica. 
Para declarar la inadmisibilidad por ofertas temerarias o riesgosas, la Entidad deberá previamente analizar la viabilidad de la oferta de acuerdo con lo señalado en el Artículo 61 del reglamento de la Ley 19.886.
Artículo 24°: Inadmisibilidad de propuestas y declaración desierta de Licitación. -
La Subsecretaría declarará inadmisibles las ofertas cuando éstas no cumplieren los requisitos establecidos en las presentes Bases. Las propuestas rechazadas lo serán en forma permanente y definitiva.
Asimismo, declarará inadmisible una o más ofertas cuando se presenten en un procedimiento de contratación, ofertas simultáneas respecto de un mismo bien o servicio por parte de empresas pertenecientes al mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí.
En el evento de no presentarse proponentes se procederá a declarar desierto el proceso de licitación.
La Subsecretaría se reserva el derecho de declarar desierta la presente licitación cuando la oferta u ofertas presentadas, no obstante cumplir con lo exigido en las presentes Bases, no resulten convenientes a sus intereses, de conformidad a lo establecido en el artículo 9 de la ley Nº 19.886.
Tanto la declaración de inadmisibilidad como la de desierta se realizarán mediante resolución fundada.
De todo lo anterior se notificará a los proponentes en conformidad a lo dispuesto en el artículo 7º de las presentes Bases. 
9.- Del Contrato.


Artículo 25°: Antecedentes Requeridos para la contratación. -
Los siguientes antecedentes serán requeridos al respectivo adjudicatario, como requisito previo a la firma del contrato o a la emisión de la orden de compra, según sea el caso:
1. Si el adjudicatario es Persona Natural
- Debe encontrarse inscrito en estado "hábil" en el Registro de Proveedores.
- Debe presentar una Declaración Jurada disponible en el Registro de Proveedores suscrita por el adjudicatario, donde declare que no se encuentra afecto a ninguna de las inhabilidades contempladas en el artículo 4°, de la Ley 19.886.
- Debe acompañar Fotocopia simple de la cédula de identidad de la persona natural adjudicada, la que debe adjuntarse a través del Registro de Proveedores.
2. Si el adjudicatario no es Persona Natural
- Debe encontrarse inscrito en estado "hábil" en el Registro de Proveedores.
- Debe presentar un Certificado de vigencia del poder del representante legal, con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, otorgado por el Conservador de Bienes Raíces correspondiente o, en los casos que resulte procedente, cualquier otro antecedente que acredite la vigencia del poder del representante legal del oferente, a la época de presentación de la oferta. Este documento deberá adjuntarse a través del Registro de Proveedores.
- Debe presentar un Certificado de Vigencia de la Sociedad con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, o el antecedente que acredite la existencia jurídica del oferente. Este documento deberá adjuntarse a través del Registro de Proveedores.
- Debe presentar una Declaración Jurada disponible en el Registro de Proveedores, donde declare que el adjudicatario no se encuentra afecto a ninguna de las inhabilidades contempladas en el artículo 4°, de la Ley 19.886. Esta declaración debe ser firmada por el representante legal de la persona jurídica o por quien tenga poder suficiente para representarla para estos efectos. Cuando resulte adjudicada una unión temporal de proveedores, dicha declaración deberá ser presentada por cada uno de sus integrantes. Tratándose exclusivamente de las personas jurídicas, no podrán contratar con organismos del Estado, aquellas que hayan sido condenadas por los delitos previstos en el artículo 27 de la ley N° 19.913, en el artículo 8° de la ley N° 18.314 y en los artículos 250 y 251 bis del Código Penal, a la pena de prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado. Lo anterior se verificará a través del Registro dispuesto por la ley N° 20.393, que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos de cohecho, lavado de activos y financiamiento del terrorismo.
Inscripción en el Registro de Proveedores
En caso de que el adjudicatario no se encuentre inscrito en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración deberá inscribirse dentro del plazo de 10 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución de adjudicación.
Si resulta adjudicada una unión temporal de proveedores, cada proveedor integrante de ésta deberá inscribirse en el Registro de Proveedores.
Artículo 26°: Contrato.-
En virtud del inciso N°1 del artículo N°117 del Decreto N°661 del Ministerio de Hacienda del año 2024, en las adquisiciones entre 100 y 1.000 UTM, cuando se trate de bienes o servicios de estándares de simple y objetiva especificación y se haya establecido así en las respectivas bases de licitación, podrán ser formalizadas mediante la emisión de una orden de compra y la aceptación de esta por parte del proveedor.
Este es el caso de la presente licitación, al ser los servicios requeridos de simple y objetiva especificación, por lo que no será necesaria la suscripción de un contrato entre las partes y bastará la emisión de una orden de compra y la aceptación de ésta, para su formalización. 
Sin perjuicio de lo anterior, en estas Bases se entenderá por “contrato” al acuerdo regulado por las presentes bases, la propuesta del adjudicatario y las observaciones realizadas a esta propuesta por el Comité Evaluador, que comienza con la emisión de la orden de compra y su aceptación por parte del proveedor.
Artículo 27°: Precio del contrato y pagos. -
El precio de la contratación corresponderá efectivamente al ofertado por el proponente en los documentos adjuntados en la licitación, más los impuestos que correspondan.
El precio del contrato será sin reajustes, y se pagará conforme a lo establecido en las Condiciones Económicas contenidas en el Apartado II de las presentes Bases. 
Artículo 28°: Vigencia del Contrato. -
El contrato comenzará a regir a contar de la Aceptación de la Orden de Compra por parte del proveedor.
El Proveedor se entenderá notificado de lo anterior en conformidad con lo dispuesto en el artículo 7º de estas Bases.
La vigencia del contrato se extenderá hasta el total cumplimiento de las obligaciones en él contraídas, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 35° de las presentes Bases.
Artículo 29°: Domicilio. -
Para todos los efectos del contrato, el Proveedor fijará su domicilio en la comuna y ciudad de Santiago.
Artículo 30°: Informes. -
Sin perjuicio de los informes periódicos que deba evacuar el Proveedor, éste deberá informar al MINISTERIO sobre cualquier aspecto de su trabajo cuando la Contraparte Técnica Ministerial lo requiera.
Artículo 31°: Encargado Técnico. -
El Proveedor designará un “Encargado Técnico” con dedicación permanente que lo representará ante la Subsecretaría para todos los efectos del contrato. Durante la ejecución del contrato, el “Encargado Técnico” será la única persona estimada como interlocutor válido del Proveedor.
La Contraparte Técnica Ministerial proporcionará al Proveedor la información disponible y asistencia que éste requiera para la adecuada prestación de las obligaciones objeto del contrato, de conformidad a lo establecido en las presentes Bases.


Artículo 32°: Cesión del contrato. -
El Proveedor no podrá, en caso alguno, ceder o transferir en forma alguna, total o parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de la presente licitación y, en especial, los establecidos en el contrato definitivo. La infracción de esta prohibición dará derecho al MINISTERIO para poner término anticipado al contrato, en forma inmediata, de conformidad a lo establecido en el artículo 35º de las presentes Bases. Lo anterior es sin perjuicio de la transferencia -que se pueda efectuar con arreglo a las normas del derecho común- de los documentos justificativos de los créditos que emanen del respectivo contrato.
Artículo 33°: Trabajadores del Proveedor y Subcontrataciones. -
El personal que contrate el Proveedor, con motivo de la ejecución o durante la vigencia del contrato no tendrá, en caso alguno, relación laboral, ni vínculo de subordinación y/o dependencia y/o funcionario con el MINISTERIO, sino que exclusivamente con el Proveedor. 
Durante la ejecución del contrato, el Proveedor sólo podrá efectuar las subcontrataciones parciales que sean estimadas como indispensables para la realización de tareas específicas. Para proceder con estas subcontrataciones el Proveedor deberá solicitar, por escrito, autorización al MINISTERIO. Corresponderá a la Contraparte Técnica Ministerial calificar y resolver respecto de la subcontratación solicitada, emitiendo el respectivo informe sobre el particular. En todo caso, cualquiera sea el tipo de subcontratación, el Proveedor seguirá siendo el único responsable de las obligaciones contraídas en virtud del respectivo contrato suscrito con el MINISTERIO.
Sin perjuicio de todo lo anterior, y cada vez que el MINISTERIO así lo requiera, el Ejecutor estará obligado a informar respecto del estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que a este último les corresponda respecto a sus trabajadores, como asimismo de igual tipo de obligaciones que tengan los subcontratistas con sus trabajadores. El monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales deberá ser acreditado mediante certificados emitidos por la respectiva Inspección del Trabajo, o bien por aquellos medios idóneos reglamentados por el Ministerio del Trabajo y Previsión Social que garanticen la veracidad de dicho monto y estado de cumplimiento. En caso de que el Proveedor registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo el Proveedor acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. La Subsecretaría exigirá que el Proveedor proceda a dichos pagos y le presente los documentos que demuestren el total cumplimiento de la obligación. 
El incumplimiento del Proveedor de las obligaciones laborales y previsionales respecto de sus trabajadores será estimado como incumplimiento grave y facultará al MINISTERIO para poner término anticipado al contrato en conformidad con lo dispuesto en el artículo 35º de estas Bases. Lo anterior sin perjuicio de lo establecido en la ley Nº 20.123.


10.- Multas y Sanciones.


Artículo 34°: Multas por atrasos. - 


El incumplimiento del Proveedor a los plazos establecidos en estas Bases y/o en el contrato definitivo para ejecutar sus obligaciones, incluyendo las consultas y aclaraciones y la Propuesta adjudicada, facultará al MINISTERIO para aplicar una multa equivalente al 0,5% del monto total del contrato con IVA incluido, por cada modificación a la oferta presentada, o la calidad ya sea en las condiciones físicas de sala, calidad de medios audiovisuales, alimentación u otro semejante que afecte directamente el desarrollo de la actividad según lo ofertado por el proponente, hasta completar un 10% de dicho precio.
Para aplicar una multa la Subsecretaría primero deberá notificar de ello al Ejecutor acompañando a dicha comunicación un informe suscrito por la Contraparte Técnica donde se dé cuenta detallada de los hechos en que se funda la decisión adoptada y se indique el monto de la sanción. 
La notificación de lo anterior se efectuará por carta certificada enviada al domicilio que el Ejecutor declare en el contrato, entendiéndose que la misiva ha sido recibida al tercer día hábil de recibida por la oficina de correos. 
Una vez notificado, el Ejecutor tendrá un plazo de cinco días hábiles para formular sus descargos ante el Subsecretario quién resolverá dentro de los diez días hábiles siguientes a la fecha en que los descargos sean ingresados a través de la Oficina de Partes del MINISTERIO. De no formularse reparos a la decisión de aplicar multas o en caso de que el Ejecutor se allanare expresamente, la sanción deberá aplicarse mediante resolución de la Subsecretaría la que podrá ser impugnada mediante el recurso de reposición regulado en la ley Nº 19.880.
Con todo, las multas aquí establecidas serán acumulables con las indemnizaciones que pudieren fijar los Tribunales de Justicia por los perjuicios causados por el incumplimiento del Proveedor en los mismos casos.
Se entenderá que el Proveedor está en mora por el incumplimiento de los plazos establecidos sin que aquél haya cumplido cualquiera de las obligaciones pactadas, para lo cual no será necesario requerimiento judicial previo.
La aplicación de multas será sin perjuicio de la facultad del Ministerio de poner término anticipado al contrato en los casos previstos en él y en las presentes bases
11.- Terminación anticipada del contrato.


Artículo 35°: Terminación anticipada del contrato. -


Mediante resolución fundada, la Subsecretaría podrá poner término anticipado al contrato en cualquiera de las situaciones que se señalan a continuación:


a) Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
b) Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el Proveedor.
c) Estado de notoria insolvencia del Proveedor, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
d) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional, razones de ley o de la autoridad ministerial de salud, dictadas en caso de epidemias, pandemias u otras emergencias sanitarias en el país, que hagan imperiosa su inmediata terminación.
e) Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, de acuerdo con lo establecido en el artículo 33 de las presentes Bases.
Para los efectos de este contrato, se considerarán causales de incumplimiento grave imputables al Proveedor las siguientes:
i. Si el proveedor, dentro de los dos años anteriores a la formulación de la propuesta, ha sido condenado por delitos concursales establecidos en el Código Penal, de conformidad con lo previsto en el inciso primero del artículo 4º de la ley Nº19.886.
ii. Si hay orden de ejecución y embargo, de todo o parte de sus bienes.
iii. Si ha llegado a un arreglo de traspaso, de todo o parte de sus bienes, en favor de sus acreedores.
iv. Si ha acordado llevar el contrato a un comité de inspección de sus acreedores.
v. Si el Proveedor o alguno de los socios del Proveedor fuera condenado por delito que merezca pena aflictiva, o tratándose de una sociedad anónima, lo fuese alguno de los directores o gerente.
f) Si se verificare cualquier otro incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el Proveedor. Se estimarán como tales, sin que en ningún caso se estime como una enumeración taxativa, las siguientes situaciones: incumplimiento que impida o dificulte notoriamente la correcta y oportuna ejecución de las prestaciones objeto del contrato; inobservancia o vulneración de la prohibición establecida en el artículo 34 de las presentes Bases; aplicación de multas que excedan del 10% del precio del contrato.
g) En caso de término de giro, liquidación o disolución de la sociedad ejecutora. En tales eventos la entidad contratista tendrá la obligación de comunicar cualquiera de tales hechos al MINISTERIO, dentro del plazo de diez días contados desde el suceso respectivo


Todo lo anterior sin perjuicio de las demás acciones legales que le pudieren corresponder al MINISTERIO en contra del Proveedor.


Bases Económicas
12. Aspectos económicos 


Artículo 36°: Monto de la oferta económica 
La propuesta económica se ingresará a través del Sistema de Información, ofertándose el valor neto por el bien y/o servicio licitado. Este valor, se expresará en moneda nacional y deberá incluir traslados y cualquier otro rubro, con excepción de los impuestos, que incida en el mismo.
Si bien la oferta económica ingresada a través del Sistema de Información será la única estimada como válida en el proceso de licitación, el oferente deberá cumplir con lo exigido en la letra c) del artículo 13º, y presentar su oferta económica de acuerdo con el formato contenido en el Anexo N°3 de estas Bases. En caso de existir una discrepancia entre la cifra indicada electrónicamente en el Sistema de Información y en el Anexo señalado, se entenderá como válido el valor indicado en dicho Sistema para los efectos de la evaluación y eventual adjudicación. 


Artículo 37°: Condiciones de pago. -   


El pago del precio se cursará previa certificación de cumplimiento emitido por la Jefatura de la División de Emergencias Sanitarias.
El pago se efectuará a 30 días, una vez obtenida la plena conformidad del bien o servicio contratado. 
Es requisito para el pago que el proveedor emita factura por los servicios prestados, y esta se envíe mediante la plataforma del Servicio de Impuestos Internos dispuesta para tales efectos, sin necesidad de enviar copia en papel ni a través de correo electrónico.
La factura deberá contener en su glosa al menos N° de Orden de compra, descripción del Servicio y para efectos del pago debe señalar N° de cuenta corriente, banco y contacto para concretar la transferencia. (No enviar documentos en sobre cerrado).
Cumpliéndose las condiciones señaladas en los párrafos precedentes, el MINISTERIO hará efectivo el pago dentro de los 30 días de recibida la factura o boleta.

Bases Técnicas
13.- Antecedentes.  


Artículo 38°: Antecedentes. -


La jornada de implementación del Sistema de Comando de Incidentes en el sector salud se constituye como una actividad clave que permitirá favorecer el desarrollo de esta estrategia a nivel sectorial y que forma parte también de el plan de trabajo de la División en el marco de la implementación a nivel nacional.


En ese contexto, el producto requerido corresponde a la producción integral de 4 Jornadas para la implementación del Sistema de Comando de Incidentes, para un total de 30 personas cada jornada de 2 días cada jornada en la ciudad de Santiago.


14.- Objetivos.


Artículo 39°: Objetivos. 


Objetivo General: 
Contribuir a la implementación del Sistema de Comando de Incidentes en el sector salud para la gestion de emergencias y desastres.


Objetivos Específicos
Comprender el Sistema de Comando de Incidentes a través de metodologías dinámicas y participativas
Desarrollar habilidades en la utilización del Sistema de Comando de Incidentes como metodología para la gestion de emergencias.


15.- Inicio y plazo para la prestación de los bienes y/o servicios.


Artículo 40°: Inicio y plazo para la prestación de los bienes y/o servicios. -


El plazo total para la prestación de los bienes y/o servicios es al 22 de octubre inclusive, desde la entrada en vigencia del contrato conforme a lo dispuesto en el artículo 28° de las presentes Bases.
16.- Descripción de los bienes y/o servicios requeridos.


Artículo 41°: Bienes y/o servicios requeridos, perfil del proveedor y otros. -


1. Servicio requerido: 
Contratación del servicio integral para la “jornada para la implementación de Sistema de Comando de Incidentes del Ministerio de Salud”, a realizarse los días 08 y 9 de julio de 2026; 12 y 13 de Agosto; 2 y 3 de Septiembre y 21 y 22 de Octubre de 2026, organizada por la División de Emergencias Sanitarias del Ministerio de Salud.


2. Requerimientos del servicio


2.1 Infraestructura y locación


El proveedor deberá disponer de un salón con capacidad para 40 personas y que permita el montaje que se señala más abajo, en un hotel ubicado en las comunas de Santiago Centro o Providencia, Región Metropolitana, con cercanía a estación de Metro.
Se deberá considerar:
1 salón principal con capacidad de 30 personas y 1 sala secundaria con capacidad para 15 personas (en la segunda sala se podrá disponer del Coffee break)
Para la sala principal se debe considerar:
o Equipamiento audiovisual completo: amplificación, micrófonos, proyector (data show), notebook, impresora portátil y dispositivo pasar diapositivas, 1 Pizarras móviles, al menos 1 atril tipo rotafolio. 
o Montaje en forma de U de 12 mesas rectangulares, con 2 sillas cada una, dos mesas rectangulares con 3 sillas cada una al fondo o lateral en la sala, una mesa de preparación de material.  Para la sala principal
o Acceso a enchufes para trabajo con Notebook.
o Provisión de agua purificada sin gas en cada mesa durante toda la jornada. 
Para la sala secundaria se debe considerar
o Mesa rectangular o redonda con capacidad para 15 personas
o 1 Pizarra Movil 
o Mesa para disposición cofee break y material
Se debe considerar la opción de dejar material resguardado desde el día antes hasta el último día de cada jornada y una visita para revisión el día previo al inicio de la actividad a la sala y dejar preparada la sala y el material. 
Disponibilidad permanente de un encargado responsable de los aspectos técnicos, administrativos y logísticos del evento.


 2.2 Servicios de alimentación


Para todas las jornadas (08 y 9 de julio; 12 y 13 de Agosto; 2 y 3 de Septiembre y 21 y 22 de octubre), para un total de 30 personas, se deberá considerar:


a) Coffee break (10:15 hrs.):
Café en grano 
Leche con y sin lactosa 
Té e infusiones 
Agua sin gas 
Jugos naturales 
3 unidades de tapaditos por persona 
2 brochetas de frutas por persona y/o pastelería


b) Almuerzo (12:30 hrs.):
Servicio de almuerzo para 30 personas 
Consideración de restricciones alimentarias previamente informadas 


c) Coffee break (15:15 hrs.):
Café en grano 
Leche con y sin lactosa 
Té e infusiones 
Agua sin gas 
Jugos naturales 
Galletas


3. Perfil del proveedor


El proveedor deberá acreditar experiencia en la organización de eventos institucionales, seminarios o jornadas de carácter similar, incluyendo servicios integrales que contemplen logística y alimentación






17.- Lugar y plazo de entrega de los bienes y/o servicios.


Artículo 42: Lugar y plazo de entrega de los bienes y/o servicios. -
Los servicios contratados deberán ser entregados conforme a lo indicado en el artículo N°40 y 41 de las presentes bases administrativas.


18.- Contraparte Técnica Ministerial.


Artículo 43°: Contraparte Técnica Ministerial. -


La Contraparte Técnica Ministerial encargada de actuar como interlocutor con el adjudicado, en todo lo relacionado con materias técnicas propias de la contratación, será la jefatura de la División de Emergencias Sanitarias del Ministerio de Salud o quien designe, quien además deberá velar por la correcta ejecución de las obligaciones del adjudicado.
Para fines de seguimiento de los bienes y/o servicios contratados, así como para velar por la correcta ejecución de las obligaciones del Proveedor, corresponderá a la Contraparte Técnica Ministerial, entre otros, efectuar las recepciones y realizar las validaciones, revisiones y aprobaciones de los productos propios de la Licitación.
Las comunicaciones entre el Ejecutor y el MINISTERIO se realizarán preferentemente a través de correo electrónico dirigido a la contraparte técnica respectiva.
19. Condiciones y restricciones.  


Artículo 44°: Presentación de propuestas. -
Los oferentes deberán presentar su propuesta por todos los servicios licitados. No se aceptarán ofertas parciales.
Artículo 45°: Propiedad, usos y restricciones de los bienes y/o servicios contratados. -
Los bienes y/o servicios que se produzcan en cumplimiento del contrato serán de propiedad exclusiva del MINISTERIO. Debido a lo anterior, es el MINISTERIO quien determina las formas de uso futuro de los mismos.
El Ejecutor no podrá difundir o reproducir, en cualquier forma o medio, total o parcialmente, el producto resultante del cumplimiento del contrato que se adjudique por la presente licitación pública.

BASES ADJUNTAS
Es obligación de los oferentes, Estudiar, Analizar y Aceptar la totalidad de las cláusulas contenidas en las Bases de licitación adjuntas, sean estas, Administrativas, Técnicas y Económicas
ANEXOS:
Es obligación de los oferentes, completar y adjuntar la totalidad de los anexos requeridos en las presentes bases de licitación. Así como, será responsabilidad de los oferentes proporcionar con su oferta todos los antecedentes relevantes para que, en la evaluación, se puedan analizar y ponderar adecuadamente todos los elementos y componentes que integren las respectivas ofertas
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.