Licitación ID: 759-19-LE23
SERVICIO DE AUDITORÍA PARA LA EVALUACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUERIMIENTOS DE INFRAESTRUCTURA PERSONAL Y EQUIPAMIENTO DE LOS CENTROS DE MEDIACIÓN FAMILIAR CONTRATADOS POR EL MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Responsable de esta licitación: SUBSECRETARIA DEL MINISTERIO DE JUSTICIA, Ministerio de justicia - Subsecretaría de Justicia
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 6
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Productos o servicios
1
Servicios de auditoria gubernamentales 1 Unidad
Cod: 93151607
SERVICIO DE AUDITORÍA PARA LA EVALUACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUERIMIENTOS DE INFRAESTRUCTURA PERSONAL Y EQUIPAMIENTO DE LOS CENTROS DE MEDIACIÓN FAMILIAR CONTRATADOS POR EL MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
SERVICIO DE AUDITORÍA PARA LA EVALUACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUERIMIENTOS DE INFRAESTRUCTURA PERSONAL Y EQUIPAMIENTO DE LOS CENTROS DE MEDIACIÓN FAMILIAR CONTRATADOS POR EL MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Estado:
Adjudicada
Descripción:
el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos está encargado de administrar el Sistema Nacional de Mediación Familiar Licitado, y por tanto, debe velar porque el servicio de mediación familiar se preste con estándares adecuados, de calidad y de conformidad a las especificaciones establecidas en la Resolución N° 53, de 2021, de la Subsecretaría de Justicia, que aprobó las Bases Tipo Administrativas y Técnicas, Anexos y Contrato Tipo, para la Contratación de Servicios de Mediación Familiar, lo que implica la necesidad de trabajar permanentemente en el diseño de estrategias que permitan otorgar mejores condiciones a quienes acceden al servicio en todo el país.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
SUBSECRETARIA DEL MINISTERIO DE JUSTICIA
Unidad de compra:
Ministerio de justicia - Subsecretaría de Justicia
R.U.T.:
61.001.000-8
Dirección:
Moneda 1155
Comuna:
Santiago Centro
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 21-08-2023 15:01:00
Fecha de Publicación: 21-07-2023 12:46:00
Fecha inicio de preguntas: 21-07-2023 13:01:00
Fecha final de preguntas: 03-08-2023 15:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 11-08-2023 23:59:00
Fecha de acto de apertura técnica: 21-08-2023 15:02:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 21-08-2023 15:02:00
Fecha de Adjudicación: 23-10-2023 15:39:26
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
Fecha estimada de Formalización de la Contratación 19-10-2023 23:59:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- ANEXO Nº 1 IDENTIFICACIÓN DEL OFERENTE Y DECLARACIÓN JURADA Según Resolución Exenta N°1465, de 20 de julio de 2023.
2.- ANEXO Nº 2 DECLARACIÓN JURADA SIMPLE PARA INTEGRANTES DE UTP INCOMPATIBILIDADES E INHABILIDADES PARA PRESENTAR OFERTAS Según Resolución Exenta N°1465, de 20 de julio de 2023.
3.- ANEXO Nº 6 DECLARACIÓN JURADA SIMPLE CRITERIO RELATIVO A MATERIAS DE ALTO IMPACTO SOCIAL Según Resolución Exenta N°1465, de 20 de julio de 2023.
4.- ANEXO Nº 8 DECLARACIÓN JURADA SIMPLEINHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES PARA CONTRATAR Según Resolución Exenta N°1465, de 20 de julio de 2023.
5.- ANEXO Nº 9 DECLARACIÓN JURADA IDENTIFICACIÓN DE LOS SOCIOS Y ACCIONISTAS PRINCIPALES Según Resolución Exenta N°1465, de 20 de julio de 2023.
6.- ANEXO Nº 10 CENTROS DE MEDIACIÓN FAMILIAR POR REGIÓN Según Resolución Exenta N°1465, de 20 de julio de 2023.
7.- ANEXO Nº 11 REQUERIMIENTOS DE INFRAESTRUCTURA POR JORNADA Según Resolución Exenta N°1465, de 20 de julio de 2023.
Documentos Técnicos
1.- ANEXO Nº 4 EXPERIENCIA DEL OFERENTE Según Resolución Exenta N°1465, de 20 de julio de 2023.
 
2.- ANEXO Nº 5 EXPERIENCIA DEL EQUIPO DE TRABAJO Según Resolución Exenta N°1465, de 20 de julio de 2023.
 
3.- ANEXO Nº 7 CONTENIDO DE LA METODOLOGÍA DE OFERTA TÉCNICA Según Resolución Exenta N°1465, de 20 de julio de 2023.
 
Documentos Económicos
1.- ANEXO Nº 3 OFERTA ECONÓMICA DETALLADA Según Resolución Exenta N°1465, de 20 de julio de 2023.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Criterio Materias de Alto Impacto Social Según Resolución Exenta N°1465, de 20 de julio de 2023. 5%
2 Cumplimiento Requisitos Formales de Presentación d Según Resolución Exenta N°1465, de 20 de julio de 2023. 5%
3 Evaluación de la Oferta Técnica Según Resolución Exenta N°1465, de 20 de julio de 2023. 60%
4 Evaluación de la Oferta Económica Según Resolución Exenta N°1465, de 20 de julio de 2023. 30%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: No hay información
Monto Total Estimado: 60000000
Justificación del monto estimado Según Resolución Exenta N°1465, de 20 de julio de 2023.
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Según Resolución Exenta N°1465, de 20 de julio de 2023.
Tiempo del Contrato 6 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Yelka Coronado Lawson
e-mail de responsable de pago: ycoronado@minjusticia.cl
Nombre de responsable de contrato: Cristian González Herrera
e-mail de responsable de contrato: cgonzalez@minjusticia.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-2-26743566-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
El contratista deberá ejecutar los servicios contratados con personal propio. En la presente licitación no estará permitida la subcontratación de los servicios.
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Subsecretaría de Justicia R.U.T. N° 61.001.000-8
Fecha de vencimiento: 18-07-2024
Monto: 5 %
Descripción: En caso que la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato esté constituida por una Póliza de Seguro, además, ésta deberá ser de ejecución inmediata, sin liquidador, ni cláusula de arbitraje, emitida en Unidades de Fomento por una compañía aseguradora inscrita en la Comisión para el Mercado Financiero y deberá cubrir, ya sea a través de endoso o cláusula, el importe por las multas derivadas de incumplimientos a estas Bases de Licitación, o en su defecto, no deberá considerar en sus cláusulas la exclusión de dichos importes. En este caso, el adjudicatario deberá acreditar haber pagado la totalidad de la prima correspondiente al período de vigencia de la Póliza respectiva. No se aceptan cheques como instrumento de garantía. En caso que la garantía se otorgue físicamente, deberá entregarse en la Oficina de Partes del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, ubicada en calle Moneda N° 1.155, comuna y ciudad de Santiago. En caso que el documento se otorgue en forma electrónica, deberá ajustarse a la Ley N° 19.799 sobre Documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma y deberá ser enviado al correo electrónico comu_snm@minjusticia.cl En caso que la garantía presentada por el oferente no cumpla los requisitos indicados, pero aun así sea cobrable por la Subsecretaría, se procederá a la formalización de la contratación en el plazo estipulado, debiendo el contratista reemplazar la garantía dentro del plazo de 10 días hábiles, contados desde la notificación de esta circunstancia por parte de la Subsecretaría, bajo sanción de término anticipado del contrato. Dicha garantía podrá ser presentada a cobro cuando el contratado no cumpla con las obligaciones y/o los plazos que establecen las bases, la oferta correspondiente y/o el contrato respectivo, en cuyo caso la Subsecretaría queda, desde ya autorizada para su presentación a cobro, de acuerdo al procedimiento establecido en la cláusula sobre “Procedimiento de aplicación de multas, cobro de garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato y/o término anticipado”. En caso de cobrarse la garantía a consecuencia de una multa, el contratista deberá reponerla dentro del plazo de 10 días hábiles, procediendo en caso contrario el término anticipado de la contratación.
Glosa: En caso que el instrumento pueda contemplar glosa, deberá incluir la siguiente glosa: “Garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato del servicio: “Auditoría para la Evaluación del Cumplimiento de los Requerimientos de Infraestructura, Personal y Equipamiento de los Centros de Mediación Familiar Contratados por El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y el pago de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores.”
Forma y oportunidad de restitución: La garantía será devuelta una vez que transcurra el plazo de vigencia de la misma, y que la Contraparte Técnica de la Subsecretaría haya señalado, por escrito, su total conformidad con el servicio contratado, encontrándose además acreditado el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales de los trabajadores del contratista.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación

No aceptación de la adjudicación

Se entenderá que el oferente adjudicado no acepta la adjudicación en los siguientes casos:

-    No concurra a suscribir el contrato en el plazo señalado por la Subsecretaría, por causas imputables al proveedor.

-    Al momento de formalizar la contratación no tenga la calidad de “hábil” en el Registro de Proveedores de Mercado Público.

-    No entregue los documentos señalados precedentemente en los plazos establecidos al efecto por la Subsecretaría antes de la formalización de la contratación.

-    No entregue la garantía de fiel y oportuno cumplimiento, de acuerdo a lo señalado en las presentes bases de licitación.

En estos casos, la Subsecretaría podrá adjudicar la licitación al oferente que hubiere ocupado el segundo lugar en la evaluación y así sucesivamente, o bien, declarar desierta la licitación.


Mecanismo de Resolución de Empates

5. Mecanismos de resolución de empates

En caso que dos o más ofertas tengan igual puntaje final, la Comisión dirimirá el empate de acuerdo a los siguientes criterios, en estricto orden de aplicación:

1)  La propuesta que tenga mayor puntaje de evaluación de la oferta técnica.

2)  La propuesta que tenga mayor puntaje de evaluación de la oferta económica.

3)  La propuesta que tenga mayor puntaje en el factor “Experiencia del Equipo de trabajo”, contenido en los criterios de evaluación de la oferta técnica.

4)  La propuesta que hubiese ingresado primero.


Observaciones Posteriores a la Adjudicación
Los interesados podrán realizar consultas sobre la evaluación y/o adjudicación, mediante correo electrónico dirigido a comu_snm@minjusticia.cl dentro de 3 días hábiles, los que se contarán una vez transcurridas 24 horas desde la publicación de la Adjudicación en el portal, conforme lo señalado en el artículo 6 del D.S. N° 250 de 2004, del Ministerio de Hacienda. Las respuestas serán remitidas a través de correo electrónico dirigido al proveedor que hubiere formulado la consulta.
PAGO DE REMUNERACIONES O COTIZACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL
En caso que el adjudicatario registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores/as o con trabajadores/as contratados/as en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo el adjudicatario acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución de la contratación, con un máximo de seis meses. La Subsecretaría exigirá al contratista que proceda a dichos pagos, debiendo presentar este último los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación, a la mitad del período de ejecución de la contratación con un máximo de seis meses. El contratista también podrá presentar el Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales, otorgado por la Dirección del Trabajo. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del contratista, dará derecho a la Subsecretaría a poner término al contrato, de forma anticipada. En caso que al momento del pago sea necesario acreditar el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales se estará a lo dispuesto en la cláusula sobre la subcontratación.
Verificación de Antecedentes y Corrección de Errores u Omisiones.
Durante el proceso de evaluación, la Subsecretaría podrá requerir a los oferentes salvar los errores u omisiones formales detectados, siempre y cuando las rectificaciones de dichos errores u omisiones no les confieran a estos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del foro de la licitación disponible en el portal www.mercadopublico.cl. Asimismo, la Subsecretaría podrá requerir a los oferentes la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones, antecedentes o garantías se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación. Para estos efectos, se otorgará un plazo de 48 horas para que el oferente acompañe los antecedentes requeridos, que se contarán una vez transcurridas 24 horas desde la publicación del requerimiento en el portal, conforme lo señalado en el artículo 6 del D.S. N° 250 de 2004, del Ministerio de Hacienda. En estos casos, se asignará un menor puntaje en el criterio “Cumplimiento Requisitos Formales de Presentación de la Oferta” a aquellas propuestas que no cumplieron con todo lo requerido, dentro del plazo para presentación de ofertas.
EFECTOS DEL CONTRATO
27.1 PROPIEDAD INTELECTUAL El trabajo que desarrolle el contratista o sus dependientes con ocasión de la contratación, tales como productos, diagnósticos, diseños, informes, términos de referencia, resultados parciales y, en general, toda obra que se elabore en cumplimiento del respectivo contrato, serán de propiedad de la Subsecretaría, quien se reserva el derecho de disponer de ellos libremente, sin limitaciones de ninguna especie, no pudiendo el contratista realizar ningún acto respecto de ellos ajeno al contrato, sin autorización previa y expresa de la Subsecretaría. 27.2 CONFIDENCIALIDAD El contratista y su personal dependiente, deberán guardar estricto control y reserva sobre la información y documentos a los que tenga acceso tanto durante como posterioridad al desarrollo de la contratación y/o con ocasión de su desarrollo. Además, mediante la suscripción del Anexo N° 1 de las presentes bases se declara conocer y aceptar la política general de la información de la Subsecretaría de Justicia, y en caso de resultar adjudicado el proveedor asume el compromiso de tomar los resguardos necesarios para mantener la confidencialidad, integridad y disponibilidad de los datos, documentos e información general que sea objeto de intercambio, generación o tratamiento para el cumplimiento de la contratación. Cualquier documento al que haya accedido directa o indirectamente, a propósito de la ejecución de la contratación, deberá ser devuelto por el contratista al finalizar la ejecución del mismo. El contratista y su personal dependiente deberán garantizar el resguardo de la confidencialidad de la información señalada precedentemente también respecto de sus dependientes, reservándose la Subsecretaría el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan de acuerdo a la normativa vigente, y especialmente, de conformidad con lo establecido en la Ley N° 19.628, sobre Protección de la Vida Privada. La divulgación, por cualquier medio, de la información antes referida, ya sea por parte del contratista y/o de sus dependientes, durante la vigencia de la contratación, o después de su finalización, facultará a la Subsecretaría para entablar las acciones judiciales que correspondan, sin perjuicio de la responsabilidad solidaria que le atañe al contratista por los actos que hayan ejecutado sus empleados o dependientes y quienes resulten responsables. El incumplimiento de esta obligación podrá dar lugar al término anticipado de la convención y al cobro de la garantía de fiel cumplimiento del mismo, según determine la Subsecretaría. 27.3 INTERPRETACIÓN Y DOCUMENTOS INTEGRANTES El contrato, así como las Bases Administrativas y Técnicas que lo rigen se interpretarán en forma armónica, de manera que exista entre todos ellos la debida correspondencia. Las relaciones contractuales que se generen entre el proveedor adjudicado y la Subsecretaría se regirán por los siguientes documentos: i) Bases de licitación (administrativas y técnicas) y sus anexos. ii) Aclaraciones, respuestas y modificaciones a las Bases, si las hubiere. iii) Oferta. iv) Contrato definitivo suscrito entre las partes. v) Orden de compra. Todos los documentos antes mencionados forman un todo integrado y se complementan recíprocamente, especialmente respecto de las obligaciones que aparezcan en uno u otro. Sin embargo, lo indicado en las bases administrativas y técnicas prevalecerá respecto de lo señalado en los demás documentos. 27.4 SUBCONTRATACIÓN El contratista deberá ejecutar los servicios contratados con personal propio. En la presente licitación no estará permitida la subcontratación de los servicios. En todo caso, será el contratista o su continuador legal, el único responsable ante la Subsecretaría del cabal y oportuno cumplimiento del estudio o servicio contratado. La Subsecretaría no tendrá vinculación laboral o jurídica alguna con los empleados que trabajen para el proveedor contratado. En consecuencia, no será responsable de las remuneraciones, impuestos, imposiciones previsionales, seguros contra accidentes del trabajo o daños a terceros; todo lo cual será de exclusivo cargo y responsabilidad del contratista, liberando totalmente a la Subsecretaría de cualquier responsabilidad a este respecto. Conforme a lo dispuesto en el artículo 183-C del Código del Trabajo, la Subsecretaría podrá exigir en cualquier momento al contratista, que informe el estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales respecto de sus trabajadores [o de sus subcontratistas], mediante certificado de la Inspección del Trabajo respectiva, o bien por medios idóneos que garanticen la veracidad del monto y estado de cumplimiento, por ejemplo, mediante nóminas que contengan la individualización de aquellos trabajadores que intervengan en la prestación de los servicios, tales como las planillas que contengan el estado de pago de las mismas . Ello, con el propósito de hacer efectivo los derechos que le asisten a esta Subsecretaría de ser informada y de retención, consagrados en los incisos 2° y 3° de la aludida norma legal, en el marco de la responsabilidad subsidiaria derivada de dichas obligaciones de conformidad con el artículo 183-D del Código del Trabajo. En caso de UTP, lo aquí establecido se aplicará respecto de cada uno de sus integrantes. 27.5 CESIÓN DEL CONTRATO El contratista no podrá ceder ni transferir en forma alguna, sea total o parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen con ocasión de la presente licitación, y del contrato que en definitiva se suscriba, salvo que una norma legal especial permita las referidas cesiones. Lo anterior, sin perjuicio que los documentos justificativos de los créditos que emanen de estos contratos, puedan transferirse de acuerdo a las normas de derecho común. En el evento que el contratista ceda el crédito contenido en una factura electrónica, la cesión del crédito expresado en ella se pondrá en conocimiento del obligado al pago de aquella mediante su anotación en el Registro Público Electrónico de Transferencia de Créditos, administrado por el Servicio de Impuestos Internos. Además, el contratista deberá comunicar a la Subsecretaría de Justicia a través del correo electrónico facturas@minjusticia.cl, con copia a comu_snm@minjusticia.cl, la cesión del crédito contenido en una factura o boleta, a más tardar al día hábil siguiente al de la anotación de la cesión en el Registro Público Electrónico de Transferencia de Créditos. Esta Subsecretaría cumplirá con lo establecido en los contratos de factoring suscritos por el contratista, siempre que se le notifique oportunamente dicho contrato y no existan obligaciones o multas pendientes.
Estricta sujeción a las bases
Sin perjuicio de la presente publicación, siempre primará lo establecido en las bases de licitación aprobadas por Resolución Exenta N° 1465, de 20 de julio de 2023.