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Resolución de empates |
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12.9. PUNTUACIÓN Y RESOLUCIÓN DE EMPATES
La comisión de evaluación evaluará la Oferta Técnica y la Oferta Económica de conformidad a los criterios y pautas de evaluación que se establecen en las Bases Técnicas. Los/as integrantes de la Comisión se deberán reunir a evaluar y calificar individualmente las ofertas presentadas, aplicando para ello, los criterios de evaluación. El puntaje final de cada oferta, se determinará mediante los criterios de evaluación y sus respectivas ponderaciones, que se señalan en la Bases Técnicas. Culminada la evaluación, se elaborará un Informe Final que contendrá los puntajes de las Ofertas evaluadas. El puntaje mínimo para adjudicar será de un 60 sobre un total de 100.
Es responsabilidad de la Comisión hacer una evaluación completa tanto de los aspectos formales como de fondo, que se deben cumplir por los oferentes, consignando sus conclusiones en el informe que al efecto evacue.
Si como resultado del proceso de evaluación resultare igualdad de puntaje, se preferirá adjudicar a aquella oferta que tenga mejor puntaje en la evaluación técnica y en caso de persistir la igualdad, se dará preferencia a aquella que haya obtenido mejor evaluación en el criterio técnico de mayor ponderación. En caso de perseverar el empate, se preferirá a aquella propuesta que haya obtenido mejor puntaje en la evaluación económica.
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Adjudicación |
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12.10.01. ADJUDICACIÓN
Una vez culminada la etapa de evaluación, el Comité propondrá fundadamente al director nacional CONADI, la propuesta a adjudicar, de aquel(a) oferente que haya obtenido el mayor puntaje en la evaluación, tanto técnica como financiera. El acta deberá detallar, a lo menos, los siguientes aspectos:
1. Identificar la licitación, individualizar las personas que conforman el Comité, fecha y hora de constitución del Comité;
2. Las ofertas que fueron aceptadas o rechazadas al momento de la apertura y las razones para dicho rechazo;
3. Los criterios y ponderaciones de evaluación utilizados en la revisión de las ofertas;
4. Las ofertas que, fruto de la evaluación, se deben declarar inadmisibles, por no cumplir con los requisitos establecidos en las bases, especificando los requisitos incumplidos;
5. La asignación de puntajes en cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes;
6. La designación expresa del Oferente adjudicado, indicándose el puntaje final de éste como del resto de los(as) oferentes no seleccionados(as);
7. La propuesta de adjudicación, dirigida a la autoridad facultada para adoptar la decisión;
8. La firma de los(as) integrantes del Comité.
El acta será redactada por el funcionario(a) que designe el presidente de la Comisión.
La adjudicación se realizará a través de una Resolución del Director Nacional de CONADI o quien lo subrogue, en un plazo de 15 días aproximados contados desde la fecha de cierre de la Licitación, se notificará por escrito al adjudicatario(a), mediante el portal www.mercadopublico.cl, de conformidad al artículo 6º del DS 250, entendiéndose notificada, luego de transcurridas 24 horas desde que dicho acto se publique en el portal, señalando en dicha Resolución el día y hora en que deberá concurrir a las Oficinas de CONADI para la suscripción del contrato y la entrega de los antecedentes pertinentes, según corresponda.
El Oferente adjudicado(a) deberá hacer entrega en CONADI de la garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del servicio hasta un día antes de suscripción del respectivo contrato de prestación de servicios. Igualmente deberá acompañar dentro del mismo plazo, los documentos que se le soliciten y aquellos señalados en las presentes bases para su contratación, si corresponde.
Si no se cumple con lo solicitado o se desiste de firmar el contrato, se hará efectiva la garantía de seriedad de la oferta y se dejará sin efecto la adjudicación.
En el caso que el Oferente adjudicado(a) no se encuentre inscrito(a) en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración, www.chileproveedores.cl estará obligado a inscribirse dentro del plazo de 15 días hábiles, contados desde la adjudicación.
En caso de no cumplirse con la fecha indicada de adjudicación, establecida en las presentes bases de licitación, se publicará una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl informando las razones del atraso.
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Readjudicación |
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12.10.02. CLÁUSULA DE READJUDICACIÓN
1.Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta.
2. no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, 3. no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases.
4. no cumpla con los requisitos para contratar establecidos en las presentes bases, o sea inhábil para contratar de acuerdo con los términos de la Ley 19.886 y su Reglamento, CONADI podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación, mediante la correspondiente Resolución.
En el caso de que el adjudicatario sea una UTP y alguno de sus integrantes estuviese afecto a la citada inhabilidad del artículo 4°, inciso 6°, de la Ley 19.886, la UTP deberá informar por escrito, dentro del plazo de 5 días hábiles, si se desiste o si decide igualmente ejecutar el contrato adjudicado, con la integración del resto de sus miembros, siempre que estos fuesen hábiles. En el evento de no informar lo anterior o de manifestar su intención de desistirse, la licitación será readjudicada al siguiente oferente mejor evaluado, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación, mediante la correspondiente Resolución.
Luego del retiro de alguno de sus miembros, la UTP debe continuar funcionando con al menos 2 integrantes. Si la integración no cumple con el mínimo recién indicado, o el integrante de la UTP que se retira es alguno de los que hubiese reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta, ésta deberá ser dejada sin efecto, debiendo la licitación ser readjudicada al siguiente mejor evaluado, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación, mediante la correspondiente Resolución.
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PACTO DE INTEGRIDAD |
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El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en esta licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
2.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
3.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
4.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
5.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
6.- El oferente se obliga y acepta asumir las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
7.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
8.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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