1.- FECHA DE SUSCRIPCIÓN E INICIO DEL CONTRATO
Una vez adjudicada la Licitación y publicada en www.mercadopublico.cl, el adjudicatario seleccionado deberá firmar el contrato que elabore el Servicio dentro del plazo 15 días hábiles, contados desde la publicación de la adjudicación en el Portal del www.mercadopublico.cl, el cual será redactado por el Servicio tomando como base el texto de las presentes Bases de Licitación, y los gastos en que se incurra con ocasión de la suscripción del mismo serán de cargo exclusivo del adjudicatario.
En el mismo plazo de 15 días hábiles, deberá hacer llegar, además, la garantía por cumplimiento de contrato y obligaciones laborales y Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales emitido por la Dirección del Trabajo, en caso de ser procedente. Solo en casos excepcionales, por razones de fuerza mayor, previamente autorizado por resolución del jefe de la unidad operativa respectiva, se podrá aumentar el plazo para suscribir el contrato hasta en 5 días hábiles más.
En el caso que el adjudicatario haya ofertado a través de la Unión Temporal de Proveedores, deberá, previo a la firma del contrato, entregar el acuerdo en que conste la unión temporal de proveedores, materializado a través de una escritura pública, con vigencia no inferior a la del contrato adjudicado.
La no presentación de todos estos documentos se entenderá como un desistimiento de su oferta, lo que facultará al Servicio para adjudicar al segundo mejor oferente, si lo hubiere (Art. 71 del Decreto 250), siempre y cuando dicha oferta sea conveniente a los intereses del Servicio. En forma complementaria se procederá a informar en plataforma de mercado público el desistimiento de la adjudicación por parte del proveedor y se hará efectivo el cobro de la garantía por seriedad de la oferta, según corresponda.
En el evento que el oferente seleccionado se encuentre incorporado en algún registro por incumplimientos laborales o de remuneraciones, o bien no acompañe los referidos certificados en el momento correspondiente, no podrá contratar con el Estado mientras no subsane el incumplimiento que la afecte, conforme a lo dispuesto en la ley N.º 21.289, sobre Presupuesto de la Nación para el año 2021.
Conforme al inciso cuarto del artículo Nº 16 de la ley Nº 19.886, y artículo Nº 66 de su Reglamento, se requerirá del Proveedor a quien se le adjudique la propuesta, su inscripción en el Registro de Contratistas y Proveedores (www.chileproveedores.cl) a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública al momento de la suscripción del contrato.
El contrato será suscrito en el plazo antes señalado por el Director Nacional o el Jefe de la Unidad Operativa, según corresponda, y el adjudicatario/a o representante(s) legal del adjudicatario/a. El contrato será firmado en tres (03) originales, uno de los cuales quedará en manos del Adjudicatario/a y los otros dos en poder de CONADI.
El contrato comenzará a regir al día siguiente de la fecha en que se publica en el portal www.mercadopublico.cl la resolución que lo aprueba, lo cual se entenderá como suficiente notificación al ejecutor o contratista, para efectos de comenzar ejecutar el contrato respectivo.
2 VIGENCIA Y RENOVACION DE CONTRATO
El contrato se cursará por un plazo de 5 meses, a contar del día hábil siguiente de publicada en el portal www.mercadopublico.cl, la Resolución aprobatoria del Contrato totalmente tramitada, pudiendo ser prorrogado por una sola vez hasta por 12 meses más, por razones fundadas y siempre que se cumplan las siguientes consideraciones:
- Exista visación de la unidad licitante, en la medida que se estime por informe fundado que acredite que la necesidad de continuar con el requerimiento se mantiene y resulta por tanto imprescindible seguir con el contrato.
- Que el adjudicatario cuente con la capacidad técnica para continuar con los servicios, conforme los resultados de los informes de evaluación, mínimo uno cada doce meses, tenga nota promedio igual o superior a 5,5 (cinco como cinco).
- Que se disponga del financiamiento correspondiente y que el proveedor acepte prorrogar en las condiciones que establezcan las presentes bases.
- Que se autorice la prórroga por Resolución fundada.
En caso de prórroga se deberá canjear la garantía por otra que cubra el nuevo monto y período.
3.- GARANTIAS Y MULTAS
3.1 GARANTÍA POR BUEN CUMPLIMIENTO DE CONTRATO Y OBLIGACIONES LABORALES.
Quien se adjudique la licitación, y junto con la suscripción del contrato, o dentro de los 10 días hábiles siguientes a la notificación de adjudicación por el portal www.mercadopublico.cl, deberá entregar un Documento (Boleta bancaria o vale vista o póliza de seguro electrónica o póliza de seguro tradicional pagadero al primer requerimiento) u otro instrumento que asegure el cobro del mismo de manera rápida y efectiva, deberá ser pagadera a la vista y tener el carácter de IRREVOCABLE, la cual garantice el Buen Cumplimiento de Contrato y Obligaciones Laborales, a nombre de la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena, RUT 72.396.000-2, por un monto equivalente al 10% del precio neto contratado del servicio requerido o producto contratado.
El plazo de vigencia o vencimiento de la garantía será de a lo menos 60 DÍAS HÁBILES, después de terminado el contrato.
La Garantía de Fiel Cumplimiento y obligaciones laborales debe ser entregada en el plazo señalado y debe venir en sobre cerrado y dirigido al encargado(a) de la Unidad Operativa respectiva, a excepción de la Dirección Nacional, en que va dirigida al jefe de la Unidad de Convenio 169, Sr. Wilibaldo Andrés Ojeda González, a la dirección ubicada en calle Vicuña Mackenna N°399 de la comuna de Temuco, o vía correo electrónico a wojeda@gov.cl. En caso que el documento no permita la incorporación de glosa de manera electrónica, el adjudicatario deberá incorporar glosa escrita al reverso del documento o anexar Declaración jurada Simple, donde especifique tomador, n° documento, banco, monto, beneficiario y glosa. El plazo máximo para entregar esta garantía será al momento de suscribir el contrato.
En aquellos casos en que la CONADI autorice una prórroga en la ejecución del contrato, el ejecutor deberá presentar una nueva Garantía de Fiel Cumplimiento y Obligaciones Laborales con iguales características.
Luego de terminado el plazo del contrato y vencida la garantía, se procederá a la devolución dentro el plazo de 30 días corridos, sin perjuicio de lo establecido en el punto de las MULTAS.
Glosa: Para garantizar el Fiel Cumplimiento de Contrato y obligaciones laborales del servicio denominado “Elaboración de los planes de administración y manejo en el ECMPO Manqueche, comuna de Tirúa, Región del Biobío”.
Si por alguna razón no puede consignar esta glosa, se entenderá para todos los efectos que el documento entregado es para cumplir con esta exigencia.
Déjase expresamente establecido que el Servicio no dará curso al pago de ninguna factura, si no se ha recibido la garantía señalada.
NO SE ACEPTARÁ CHEQUE, LETRA DE CAMBIO O PAGARÉ, COMO GARANTÍA.
De haber atraso o postergación en la entrega del total, puesta en marcha o renovación, deberá reemplazar esta garantía por otra que cubra el nuevo período con vencimiento IGUAL AL PERIODO DEL CONTRATO, más 60 días hábiles, de carácter IRREVOCABLE y pagadera al día.
En el caso de cobro de la garantía, derivado del incumplimiento de cualquiera de las obligaciones que imponen las presentes bases de licitación o de las señaladas en el respectivo contrato, el proveedor deberá reponer la garantía por igual monto y por el mismo plazo de vigencia que la que reemplaza, dentro de 5 días hábiles siguientes, contados desde el cobro de la misma, bajo sanción de término anticipado del contrato sin derecho a indemnización alguna.
En caso de prórroga o renovación de contrato la garantía deberá cambiarse por otra de las mismas características, con vencimiento 60 días hábiles después del nuevo vencimiento del contrato.
3.3 GARANTIA DE ANTICIPO
En el evento que las Bases permitan la entrega de anticipos al proveedor, la unidad operativa de la CONADI deberá exigir una garantía de anticipo por el 100% de los recursos anticipados. En este caso se permitirán los mismos instrumentos establecidos al regular la garantía por buen cumplimiento de contrato y obligaciones laborales.
La devolución de la garantía por anticipo se efectuará dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde la recepción conforme por parte de la Entidad, de los bienes o servicios que el proveedor haya suministrado con cargo al respectivo anticipo.
La garantía de anticipo es un requisito previo al otorgamiento del anticipo, debe venir en sobre cerrado y dirigido al dirigido al encargado(a) de la Unidad Operativa respectiva, a excepción de la Dirección Nacional, en que va dirigida al jefe de la Unidad de Convenio 169, Sr. Wilibaldo Andrés Ojeda González, a la dirección ubicada en calle Vicuña Mackenna N°399 de la comuna de Temuco, o vía correo electrónico a wojeda@gov.cl.. En caso que el documento no permita la incorporación de glosa de manera electrónica, el adjudicatario deberá incorporar glosa escrita al reverso del documento.
El plazo máximo para entregar esta garantía será al momento de suscribir el contrato.
Glosa : Para garantizar el Adecuado y Correcto uso del anticipo del Contrato de la licitación pública denominada “Elaboración de los planes de administración y manejo en el ECMPO Manqueche, comuna de Tirúa, Región del Biobío” .
Forma y oportunidad de restitución: La entrega debe ser efectuada por única vez, conjuntamente con la solicitud de anticipo, expresando el o los productos contra los cuales procede el pago y de los que se solicita anticipo.
El anticipo no podrá ser superior al 30% del monto total pactado, salvo que se trate de contratos adjudicados en zonas de difícil o dispendioso acceso, lo que deberá ser previamente calificado por la unidad licitante, evento en el cual se podrán anticipar hasta el 60% del precio ofertado, en este último caso estas circunstancias deberán haber sido consideradas también en las Bases técnicas.
3.4 MULTAS:
Cada vez que el contratista incurra en los incumplimientos definidos en las presentes bases, la unidad operativa licitante de la CONADI aplicará administrativamente multas, salvo que sea debido a casos de fuerza mayor o caso fortuito, los que deberán ser justificados por el contratista o proveedor ante la Corporación.
La CONADI aplicará multas en los siguientes casos:
a) Multas por no cumplimiento de plazo de inicio o por no prestación oportuna de servicios, de acuerdo al plazo ofertado y convenido.
b) Por cada día corrido de atraso en la puesta en marcha del servicio, se cobrará una multa de 0,5 UTM (la unidad licitante definirá el monto).
c) El monto de la UTM que se utilizará para este cálculo será el del Mes que se presenta el incumplimiento.
d) Si el atraso es mayor a 20 días hábiles, a contar del incumplimiento en el plazo, se podrá poner término anticipado al contrato, independiente de las multas y cobros de garantías según corresponda.
e) Multas por otras causas señaladas en las bases técnicas.
En todo caso, si el adjudicatario comprueba que los atrasos o las deficiencias obedecen a problemas de fuerza mayor o caso fortuito, no imputable a su desempeño, el Servicio podrá dejar sin efecto la sanción.
PROCEDIMIENTO:
Una vez detectada la falta por la contraparte técnica del contrato, ésta informará al ejecutor mediante oficio, para que, dentro de 5 días hábiles, presente sus descargos frente al eventual incumplimiento.
Efectuado los descargos o sin ellos, la unidad que generó la contratación, elaborará un informe y calculará el monto de la multa y previa visación del Depto. o unidad de Administración y Finanzas, remitirá todos los antecedentes junto a la respectiva propuesta a la Fiscalía o a la Unidad Jurídica del Servicio para aprobación jurídica, y la dictación de la Resolución fundada por el jefe del servicio o de la unidad operativa, la que deberá ser notificada al ejecutor mediante correo electrónico indicado por éste y/o carta certificada.
Si transcurrido el plazo para interponer los recursos administrativos que procedan, el ejecutor no ejerce este derecho, la resolución queda firme y se debe proceder al cobro de la multa.
Interpuesto el recurso, la contraparte técnica remitirá los antecedentes a Fiscalía o unidad jurídica, la que podrá solicitar informes u otros antecedentes para resolver mediante Resolución fundada del jefe del servicio de la unidad operativa. Rechazados los recursos, se procederá al cobro de las multas.
Las multas se pagarán con cheque nominativo o mediante depósito o transferencia electrónica, dentro de los 30 días siguientes de tenidas a firme, a nombre de la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena, RUT 72.396.000-2, cuenta corriente N°62909142933, Restos CONADI.
Si pasados treinta días de la notificación de la multa ésta no es pagada, se deducirá el monto de la factura(s) pendiente(s) y si no se alcanzara a cubrir, se ejecutará la garantía por cumplimiento de contrato. En este caso, el proveedor deberá reponer dicha garantía en las mismas condiciones que la original dentro del plazo de 5 días hábiles de ejecutada.
Las multas las aplicará la Dirección o jefatura de la unidad operativa licitante de la CONADI a requerimiento de la contraparte técnica del Fondo o unidad licitante, con todos los antecedentes del caso que le haga llegar la contraparte técnica del contrato.
Con todo, el monto total de las multas a aplicar, no podrá superar el 30% del precio total contratado, de superar ese monto se pondrá término del contrato.
La contraparte técnica del contrato será responsable de requerir la aplicación de las multas a la jefatura de la unidad operática licitante, para lo cual adjuntará todos los documentos que sustenten las medidas.
No se dará curso al pago de ninguna factura si hay pago de multa pendiente.
Tanto en el caso de término de contrato, como en el caso de aplicación de multas por parte del Servicio, deberá dejarse constancia de ello ingresando los antecedentes correspondientes a los portales www.mercadopublico.cl y/o www.chileproveedores.cl según corresponda.
4 CONTRAPARTE TÉCNICA
La contraparte técnica del contrato por parte de la CONADI será el funcionario la Unidad licitante a cargo de la licitación, designado por su jefatura, quien estará a cargo de la correcta ejecución del contrato, que tendrá, entre otras, las funciones de:
a) Coordinar la 1era reunión para definir en detalle las actividades y productos requeridos.
b) Coordinar las reuniones técnicas y levantar actas en cada una de ellas, o en su defecto minuta de la reunión con lista de asistencia.
c) Dar visto bueno y recepción conforme, de los servicios contratados, mediante Informe Técnico firmado por el y su jefatura.
d) Recepcionar las facturas o documentos de pago que emita el proveedor y manifestar su conformidad o disconformidad con ella, según corresponda. Previo a la recepción conforme, deberá solicitar la aplicación de multas, cuando sea procedentes, e informar las ya aplicadas para su cobro.
e) Reunir los antecedentes de la Licitación para efectuar el correspondiente pago, de acuerdo a los productos entregados en cada Informe de Avance y a los requisitos exigidos para el pago.
f) Hacer seguimiento al proyecto, supervisar y controlar que se cumplan los plazos y los productos licitados y ofertados por el adjudicatario.
g) Demás funciones que encomienden las Bases.
Las reuniones de coordinación se establecerán de común acuerdo entre la contraparte técnica y el consultor(a) del proyecto para aprobar y sancionar el plan de trabajo. La primera reunión de trabajo, se deberá realizar en la oficina de la Unidad Operativa respectiva, a más tardar dentro de los 5 días hábiles siguientes a la fecha de entrada en vigencia del contrato respectivo.
La Unidad Técnica determinará el número de reuniones entre el equipo ejecutor y la contraparte técnica de la CONADI. Será de responsabilidad de la Contraparte técnica elaborar acta o minuta con lista de asistencia y archivarla en Carpeta Administrativa.
En el evento que el ejecutor realice reuniones y/o capacitaciones en las Unidades Operativas, será responsabilidad de éste realizar las actas o minutas con lista de asistencia y entregar como medio de verificación a Contraparte Técnica, junto a los Informes de Avance.
Además, el ejecutor debe realizar un breve reporte mensual del Estado de Ejecución de los trabajos, donde estipule los avances y las principales dificultades, mediante correo electrónico o minuta ingresada a través de oficina de partes de la Unidad Operativa, de manera de tener contacto permanente con la contraparte técnica. La contraparte técnica será responsable de informar todos los incumplimientos del consultor.
Los materiales y productos que se editen de la ejecución del proyecto deben señalar en forma explícita y manifiesta que son de propiedad de la CONADI, de conformidad a la legislación que regula la materia en nuestro ordenamiento jurídico, sus conclusiones y toda información recopilada por el consultor(a) así como los insumos que generó, no podrán difundirse salvo previa autorización de la CONADI.
5 EVALUACIÓN A APLICAR AL CONTRATO
Durante la vigencia del contrato, se efectuará una evaluación cada semestre o con la periodicidad que se establezca en las bases técnicas, por el servicio. Será realizada por el jefe del fondo o unidad licitante junto con la contraparte técnica del contrato, quienes enviarán esta evaluación al Dpto. o unidad de Administración y Finanzas de la unidad operativa de la CONADI, según corresponda. La evaluación se hará aplicando la siguiente pauta, a modo de ejemplo:
IDENTIFICACIÓN DE QUIEN EVALÚA:
PERIODO DE LA EVALUACIÓN:
FECHA DE LA EVALUACIÓN:
Factor
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Nota (de 1 a 7)
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Ponderación (%)
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Puntos
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Calidad del servicio general
Excelente. Sin observaciones en el periodo, nota 7
Regular, se hizo observaciones, formales, hasta dos veces en el periodo, nota 4
Deficiente: Se presentaron tres o más observaciones formales en el periodo, nota 1
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40
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Oportunidad en la entrega.
Excelente. Sin observaciones en el periodo, nota 7
Regular, se hizo observaciones, formales, hasta dos veces en el periodo, Se aplicó a multas, nota 4
Deficiente: Se presentaron tres o más observaciones formales en el periodo. Se aplicó multa, nota 1
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50
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Oportunidad y calidad de la facturación
Excelente. Sin observaciones en el periodo, nota 7
Regular, se hizo observaciones, formales, hasta dos veces en el periodo nota 4
Deficiente: Se presentaron tres o más observaciones formales en el periodo, nota 1
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10
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El servicio se considerará adecuado, si el puntaje promedio es de 5,5 como mínimo. Cada evaluación será notificada al proveedor, por escrito o vía e-mail, en el plazo adecuado. Este podrá presentar a la Dirección del Servicio su disconformidad a dicha evaluación, aportando los antecedentes o argumentos que estime dentro del plazo de cinco días desde la notificación.
6 RESPONSABILIDAD PERSONAL DEL ADJUDICATARIO.
El adjudicatario será responsable de los daños y perjuicios que cause al Servicio o a terceras personas, con motivo de la ejecución de los trabajos por no ajustarse a lo estipulado en el contrato, por inobservancia de las instrucciones que por escrito le haya dado “el Servicio” o por violación a las leyes o reglamentos aplicables.
Se deja expresa constancia que la CONADI, no tendrá relación laboral y, por lo tanto, no asume obligación ni le cabrá responsabilidad respecto, del personal que el Proveedor contrate o destine para el otorgamiento de los servicios, materia de esta Propuesta Pública, especialmente en lo relacionado con aspectos laborales y previsionales, siendo tales obligaciones de exclusiva responsabilidad y cargo del aludido Proveedor, quien otorgará los servicios bajo su propia responsabilidad y riesgo. El Adjudicatario se compromete a dar íntegro y cabal cumplimiento a las leyes y demás normas laborales y previsionales que afecten a los trabajadores que contrate, especialmente a las normas del Código del Trabajo, ley Nº 16.744 y otras análogas o similares.
En consecuencia, el Adjudicatario se obliga a dar íntegro y cabal cumplimiento a las leyes, reglamentos y demás disposiciones vigentes en Chile que rigen la actividad que desarrollará en virtud del Contrato que suscribirá en su oportunidad con este Servicio.
El Adjudicatario se compromete a dar íntegro y cabal cumplimiento a las leyes y demás normas laborales y previsionales que afecten a los trabajadores que contrate, especialmente a las normas del Código del Trabajo, ley Nº 16.744 y otras análogas o similares.
El Adjudicatario tomará todas y cada una de las medidas necesarias para evitar accidentes, daños y perjuicios a toda clase de personas y bienes, públicos o privados. El Adjudicatario será exclusiva y absolutamente responsable de los accidentes y de los daños y perjuicios que éste, o uno cualquiera de sus trabajadores, causen a terceros, de acuerdo a lo dispuesto en las disposiciones pertinentes del Código Civil.
15.7 7.RECHAZO
La CONADI, por iniciativa propia, se reserva el derecho de rechazar los productos entregados, por defectos de calidad o por no corresponder a las especificaciones técnicas. En este caso, éstos se consideran como no entregados para todos los efectos legales, incurriendo el proveedor en incumplimiento del contrato respectivo. Por lo tanto, el Servicio, aplicará las sanciones y multas contempladas en las presentes Bases y ejercerá los derechos que le corresponden para obtener la reparación íntegra oportuna y total de los daños que se causaren.
15.8 8 CONTRATO DE FACTORING O CESIÓN DE CRÉDITO
En el evento de celebrar un contrato de factoring o cesión de crédito, el proveedor deberá notificar al Servicio dentro del plazo de 48 horas, de su celebración. Asimismo, la contraparte técnica del contrato deberá adoptar las medidas pertinentes para que la simple recepción de una factura no implique la aceptación de su pago o recibo conforme, lo que corresponderá realizar al cursar conforme el respectivo estado de pago. Todo ello, sin perjuicio de las demás exigencias establecidas en la ley N° 19.983.
No será aceptada la factura y por ende no podrá cederse si existen obligaciones o multas pendientes. Además, el incumplimiento de la exigencia precitada configurará causal de incumplimiento grave para los efectos del término del contrato.
9 DERECHOS DE PATENTE Y PROPIEDAD INTELECTUAL LIBERACIÓN DE RESPONSABILIDAD AL SERVICIO
La información, documentos e informes que se generen como resultado de los servicios y/o productos objeto del contrato, serán de exclusiva propiedad de la CONADI, no pudiendo hacer uso de ellos el adjudicatario y/o los encargados del proyecto, consultores, profesionales o personal ligado al mismo sin autorización previa por escrito del Representante Autorizado de la CONADI. El adjudicatario liberará de toda responsabilidad a la CONADI en caso de acciones entabladas por terceros en razón de transgresiones a la propiedad intelectual, derechos de patente, marca registrada o diseños industriales, como consecuencia de la utilización de los productos adquiridos como resultado de esta licitación.