Licitación ID: 765-5-LE24
Planes de administración y manejo ECMPO Chaullín
Responsable de esta licitación: CORP NACIONAL DE DESARROLLO INDIGENA, CORP NACIONAL DE DESARROLLO INDIGENA
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 8
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Productos o servicios
1
Servicios de administración del ecosistema marino 1 Unidad
Cod: 70161702
Elaboración de los planes de administración y manejo del ECMPO Chaullín, comuna de Quellón, Región de Los Lagos  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Planes de administración y manejo ECMPO Chaullín
Estado:
Adjudicada
Descripción:
Elaborar, en conjunto con la comunidad indígena asignataria del ECMPO Chaullín, los planes de administración y manejo de dicho espacio, dando cumplimiento a lo estipulado en el artículo 11 de la ley 20.249 y en el artículo 10 de su Reglamento DS 134 de 2008.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
CORP NACIONAL DE DESARROLLO INDIGENA
Unidad de compra:
CORP NACIONAL DE DESARROLLO INDIGENA
R.U.T.:
72.396.000-2
Dirección:
Vicuña Mackenna N° 399
Comuna:
Temuco
Región en que se genera la licitación:
Región de la Araucanía
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 23-04-2024 9:30:00
Fecha de Publicación: 05-04-2024 17:09:46
Fecha inicio de preguntas: 05-04-2024 18:00:00
Fecha final de preguntas: 10-04-2024 19:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 12-04-2024 20:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 23-04-2024 9:31:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 23-04-2024 9:31:00
Fecha de Adjudicación: 26-04-2024 11:45:12
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- • Anexo N° 1. Identificación del Oferente y Aceptación de las Bases. Firmado por el oferente y/o representante legal, y/o apoderado común de UTP. En el evento que no conste en el portal, se requiere copia simple de cédula nacional de identidad vigente del oferente y/o representante legal y/o de cada integrante o representante legal del integrante de la UTP. En el evento que el oferente sea una persona jurídica y no conste en el portal, se requiere, además, copia de escritura pública donde conste la personería del Representante Legal de la misma (actualizada). • Presentación de oferta técnica y económica, la oferta económica no debe exceder el monto disponible de la licitación.
2.- • Anexo 2. Declaración Jurada simple, inhabilidades y lavado de activos. Cuando el Oferente sea Unión Temporal de Proveedores (UTP) deberá presentar una Declaración por cada integrante de la UTP, o por el representante legal de cada integrante, según sea el caso. • Boleta de Garantía Seriedad de Oferta cuando se solicite.
3.- • Acuerdo para la creación de la UTP (Unión Temporal de Proveedores). Cuando se trate de adquisiciones inferiores a 1.000 UTM, el representante de la unión temporal de proveedores deberá adjuntar al momento de ofertar, el documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma. Para contrataciones iguales o superiores al monto indicado, y sin perjuicio del resto de las disposiciones legales y reglamentarias que resulten aplicables, el acuerdo en que conste la unión temporal deberá materializarse por escritura pública, como documento para contratar, sin que sea necesario constituir una sociedad. Art. 67 bis DS 250.
Documentos Técnicos
1.- • Anexo N° 3. Formato Oferta Técnica. Formato para la presentación de la propuesta técnica. Debe presentarse firmada por el oferente, y/o el Representante Legal, y/o apoderado común de UTP. El oferente debe indicar con detalle las características y descripción de lo ofertado, debiendo cumplir, como mínimo, con las especificaciones indicadas en las Bases Técnicas.
 
2.- • Anexo N° 5. CV Equipo. (Si fuere procedente) Formato para la presentación del Currículum Vitae, se debe adjuntar para cada integrante del equipo propuesto por el oferente. CV se deberá entregar firmado por el respectivo profesional y subir escaneado.
 
3.- • Anexo N° 6. Carta Compromiso Jornada Laboral. Formato para la presentación de carta de compromiso para cada integrante del equipo que garantice la Jornada Laboral en la cual se compromete a trabajar en la presente licitación, se debe presentar debidamente firmada por el correspondiente integrante del equipo de trabajo.
 
4.- • Anexo 6 Bis. Programa Integridad.
 
5.- La no presentación del Anexo N° 3, debidamente llenado y firmado por parte del oferente, impedirá considerar su oferta en el proceso de evaluación. La no presentación de los documentos N° 5 y N° 6 debidamente firmados, impedirá considerar al respectivo integrante del equipo en el proceso de evaluación. • Adjuntar en una carpeta o archivo consolidado, los documentos que acreditan la experiencia del oferente/consultor(a). No se considerará la experiencia pública y/o privada si no se encuentra respaldada con certificados extendidos por entes públicos; tratándose de la acreditación de la experiencia en actividades privadas, además del certificado, se deberá adjuntar copia del contrato, copia de la factura, orden de compra o boleta de honorarios, emitida por el ente mandante. No se considerará en la evaluación la experiencia de la consultora y de su equipo profesional, que no se encuentre respaldada con Certificados de Experiencia y tratándose de la experiencia privada adjuntando además los documentos indicados en las presentes Bases. • Adjuntar en una carpeta o archivo consolidado, los documentos que acreditan experiencia expuesta en el CV, para cada integrante del equipo, Copia de Cédula de Identidad, así como Certificados de Título y Postgrado. No se considerarán los antecedentes de quienes no acrediten profesión y experiencia. • Adjuntar en una carpeta o archivo consolidado, el compromiso de tenencia de oficinas, equipo y/o equipamiento. En el caso de ser adjudicado deberá acreditarse la tenencia al momento de firmar el contrato.
 
Documentos Económicos
1.- • Anexo N° 4. Oferta Económica. Formato para la presentación de la Oferta Económica. Debe presentarse firmada por el Oferente o Representante Legal, debe subirse el documento escaneado. La propuesta económica deberá expresarse en pesos chilenos, con todas sus cifras y por el monto correspondiente a la prestación completa del bien o servicio requerido para esta Licitación. Esta cantidad debe incluir todo impuesto o retención legal y no podrá incluir reajuste alguno. En ningún caso, se aceptará que a la cantidad ofertada se agregue la frase "más impuesto" o "más IVA". La propuesta económica deberá contener el detalle de la distribución de recursos por ítem y productos. De igual forma, deberá considerarse que los costos asociados tengan directa relación y sean coherentes con los productos y etapas contempladas en las Bases Técnicas.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Propuesta económica Detalles Anexo N°8 20%
2 Propuesta técnica Detalles Anexo N°8 80%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: CONADI, Unidad de Convenio 169.
Monto Total Estimado: 35000000
Justificación del monto estimado Según número de beneficiarios: 1 comunidad indígena asignatarias del ECMPO, integradas por 43 socios y 15 familias; socios y usuarios que serán identificados en el plan de administración del ECMPO.
Contrato con Renovación: NO
Observaciones sin observaciones.
Tiempo del Contrato 7 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Antonio Madrid Meschi
e-mail de responsable de pago: amadrid@conadi.gov.cl
Nombre de responsable de contrato: Andrea Nadeau Martínez
e-mail de responsable de contrato: anadeau@conadi.gov.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-45-2207593-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
Se prohíbe subcontratar la ejecución de los productos solicitados.
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Corporación Nacional de Desarrollo Indígena.
Fecha de vencimiento: 15-01-2025
Monto: 5 %
Descripción: Quien se adjudique la licitación, y junto con la suscripción del contrato, o dentro de los 10 días hábiles siguientes a la notificación de adjudicación por el portal www.mercadopublico.cl, deberá entregar un Documento (Boleta bancaria o vale vista o póliza de seguro electrónica o póliza de seguro tradicional pagadero al primer requerimiento) u otro instrumento que asegure el cobro del mismo de manera rápida y efectiva, deberá ser pagadera a la vista y tener el carácter de IRREVOCABLE, la cual garantice el Buen Cumplimiento de Contrato y Obligaciones Laborales, a nombre de la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena, RUT 72.396.000-2, por un monto equivalente al 5% del precio total del servicio requerido o producto contratado. El plazo de vigencia o vencimiento de la garantía será de a lo menos 60 DÍAS HÁBILES, después de terminado el contrato. La Garantía de Fiel Cumplimiento y obligaciones laborales debe ser entregada en el plazo señalado y debe venir en sobre cerrado y dirigido al encargado de la Unidad de Convenio 169 de la Dirección Nacional de la CONADI, Sr. Antonio Madrid Meschi, a la dirección ubicada en calle Vicuña Mackenna N°399, comuna de Temuco, o vía correo electrónico a amadrid@conadi.gov.cl. En caso que el documento no permita la incorporación de glosa de manera electrónica, el adjudicatario deberá incorporar glosa escrita al reverso del documento o anexar Declaración jurada Simple, donde especifique tomador, n° documento, banco, monto, beneficiario y glosa. El plazo máximo para entregar esta garantía será al momento de suscribir el contrato. En aquellos casos en que la CONADI autorice una prórroga en la ejecución del contrato, el ejecutor deberá presentar una nueva Garantía de Fiel Cumplimiento y Obligaciones Laborales con iguales características.
Glosa: Garantiza Seriedad de la Oferta LICITACION Elaboración de los planes de administración y manejo del ECMPO Chaullin, comuna de Quellón, Región de Los Lagos ID 765-5-LE24
Forma y oportunidad de restitución: Luego de terminado el plazo del contrato y vencida la garantía, se procederá a la devolución dentro el plazo de 30 días corridos, sin perjuicio de lo establecido en el punto de las MULTAS.
   
Beneficiario: Corporación Nacional de Desarrollo Indígena.
Fecha de vencimiento: 02-12-2024
Monto: 100 Peso Chileno
Descripción: Quien se adjudique el contrato podrá solicitar un anticipo. Si ese fuera el caso, la Unidad de Convenio 169 exigirá una garantía por el 100% de los recursos anticipados. En este caso se permitirán los mismos instrumentos establecidos al regular la garantía por buen cumplimiento de contrato y obligaciones laborales. La garantía de anticipo es un requisito previo al otorgamiento del anticipo, debe venir en sobre cerrado y dirigido Al Sr. Antonio Madrid Meschi, encargado de la Unidad de Convenio 169, ubicada en Vicuña Mackenna N°399, comuna de Temuco, o vía correo electrónico a amadrid@conadi.gov.cl. En caso que el documento no permita la incorporación de glosa de manera electrónica, el adjudicatario deberá incorporar glosa escrita al reverso del documento. Entrega de Garantía: La garantía deberá ser entregada, conjuntamente con la solicitud de anticipo, expresando el o los productos contra los cuales procede el pago y de los que se solicita anticipo. El anticipo no podrá ser superior al 30% del monto total pactado, salvo que se trate de contratos adjudicados en zonas de difícil o dispendioso acceso, lo que deberá ser previamente calificado por la unidad licitante, evento en el cual se podrán anticipar hasta el 60% del precio ofertado, en este último caso estas circunstancias deberán haber sido consideradas también en las Bases técnicas.
Glosa: Para garantizar el Adecuado y Correcto uso del anticipo del Contrato de la licitación pública “Elaboración de los planes de administración y manejo del ECMPO Chaullin, comuna de Quellón, Región de Los Lagos ID 765-5-LE24” ID 765-5-LE24
Forma y oportunidad de restitución: Forma y oportunidad de restitución: La devolución de la garantía por anticipo se efectuará dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde la recepción conforme por parte de la Entidad, de los bienes o servicios que el proveedor haya suministrado con cargo al respectivo anticipo. No se aplicará dicho procedimiento de devolución en los casos de pólizas de seguros y/o fianzas, que, por tratarse de documentos no reembolsables de naturaleza digital, no requieren de devolución, bastando la sola suscripción y aprobación del finiquito correspondiente para entender por liberada la correspondiente garantía.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
1.- RECEPCIÓN DE LAS OFERTAS

Todo el procedimiento se realizará mediante el Sistema de Información de Compras Públicas www.mercadopublico.cl dentro del plazo señalado, por lo que una vez expirado dicho plazo no se aceptará propuesta alguna.

Salvo que ocurriese alguna indisponibilidad técnica de la plataforma, en tal circunstancia, se permitirá excepcionalmente, la presentación de ofertas fuera del sistema, para lo cual el oferente deberá hacer llegar su propuesta en formato impreso (a la Oficina de Partes de la Unidad licitante) junto con el Certificado que acredite la indisponibilidad del Sistema de la Dirección de ChileCompra, dentro de los plazos que establece el Reglamento de la ley N° 19.886.

En el caso de los antecedentes que se suban al portal www.mercadopublico.cl, como el Anexo N° 1, Anexo N° 2, Anexo N° 3, Anexo N° 4, Anexo N° 5, Anexo N° 6, Anexo N° 6 bis y Anexo N° 7, así como los certificados de experiencia, deben presentarse firmados.

2.- CUADRO RESUMEN DE PRESENTACIÓN DE OFERTA

ANTECEDENTES ADMINISTRATIVOS

Documento

Indicaciones

Según Formato

Identificación del Oferente

Documento debe estar debidamente llenado y firmado, dado que estos antecedentes servirán de base para contratación, devolución de garantías, seguimiento posterior, según corresponda.

Anexo N° 1.

Declaración Jurada Persona Natural o Jurídica

Según corresponda a persona natural o jurídica.

Cuando el Oferente sea Unión Temporal de Proveedores (UTP) deberá presentar una Declaración por cada integrante de la UTP, o por el representante legal de cada integrante, según sea el caso.

Anexo Nº 2.

Acuerdo para la creación de la UTP (Unión Temporal de Proveedores)

En caso que, el oferente realice una Unión Temporal de Proveedores, debe adjuntar Acuerdo para la creación de UTP, en el caso de las Licitaciones Públicas menores a 1.000 UTM. Este será uno de los Requisitos de Admisibilidad para las UTP.

Este documento debe presentar al menos: La identificación de los integrantes, nombramiento de un apoderado con poder suficiente, declaración de responsabilidad solidaria de todos sus miembros, vigencia mínima de duración de contrato y eventual renovación.

(sin formato)

ANTECEDENTES TÉCNICOS

La no presentación de los Anexos N° 5 y/o N°6 debidamente llenado y firmado impedirá considerar al respectivo profesional en el proceso de evaluación.

La falta de documentos de acreditación impedirá considerar lo que corresponda en el o los criterios de evaluación respectivos.

Documento

Indicaciones

Según Formato

FORMATO OFERTA TÉCNICA

Formato para la presentación de la propuesta técnica. Debe presentarse firmada por el oferente y/o Representante Legal. El oferente debe indicar con detalle las características y descripción de lo ofertado, debiendo cumplir, como mínimo, con las especificaciones indicadas en las Bases Técnicas.

Adjuntar Carpeta consolidada con las respectivas acreditaciones de experiencia del oferente de los últimos 5 años.

No se considerará experiencia que no se encuentre respaldada con Certificados de Experiencia, de acuerdo a lo solicitado en las presentes Bases.

Anexo N° 3.

CV Equipo. Formato para la presentación del Currículum

Formato para la presentación del Currículum Vitae, se debe adjuntar para cada integrante del equipo propuesto por el oferente. No se considerará experiencia que no se encuentre respaldada con Certificados de Experiencia, de acuerdo a lo solicitado en las presentes Bases.

Adjuntar en carpeta consolidada por integrante del equipo:

  • Copia Cédula de identidad
  • Copia Autorizada de Certificados de Título de Pregrado, Postgrado y/o especializaciones.
  • Certificados que acrediten experiencia y otros documentos conforme a las bases técnicas.

Anexo N° 5        

Carta Compromiso Jornada Laboral

Formato para la presentación de carta de compromiso para cada integrante del equipo que garantice la Jornada Laboral en la cual se compromete a trabajar en la ejecución de los servicios contratados, debe presentarse debidamente firmada por el correspondiente integrante del equipo de trabajo y en una carpeta consolidada.

Anexo N° 6.

Programa de Integridad

Adjuntar declaración   señalando si cuenta con programa de integridad que sea conocido por su personal y adjuntarlo.

Anexo N° 6 Bis

Carta Gantt

Anexo N° 7

ANTECEDENTES ECONÓMICOS

La no presentación de este documento (Anexo N° 4) debidamente completado y firmado por parte del oferente impedirá considerar su oferta en el proceso de evaluación.

FORMATO PROPUESTA ECONÓMICA

Formato para la presentación de la Oferta Económica. Se debe presentar firmada por el Oferente o Representante Legal y/o apoderado común de UTP.

La propuesta económica deberá expresarse en pesos chilenos, con todas sus cifras y por el monto correspondiente a la prestación completa del servicio requerido para esta Licitación. Esta cantidad debe incluir todo impuesto o retención legal y no podrá incluir reajuste alguno. En ningún caso, se aceptará que en la cantidad ofertada se agregue la frase "más impuesto" o "más IVA".

La propuesta económica deberá contener el detalle de la distribución de recursos por ítem y/o productos. De igual forma, deberá considerarse que los costos asociados tengan directa relación y sean coherentes con los productos y etapas contempladas en las Bases Técnicas.

Anexo N° 4.

3 PACTO DE INTEGRIDAD

El oferente deberá declarar si posee o no un Programa de Integridad y si es conocido por su personal, entendiendo Programa de Integridad cualquier sistema de gestión que tenga como objetivo prevenir y si resulta necesario, identificar y sancionar las infracciones de leyes, regulaciones, códigos o procedimientos internos que tienen lugar en una organización, promoviendo una cultura de cumplimiento.  

 

A fin de comprobar su declaración se deberá adjuntar a la oferta el referido Programa de integridad. (Anexo N° 6 Bis) 

4.- CONSULTAS Y ACLARACIONES DE LOS DOCUMENTOS DE LA LICITACIÓN

Los oferentes que participen en la licitación podrán formular consultas exclusivamente a través del portal www.mercadopublico.cl, respecto de cualquiera de los puntos de estas bases, en los plazos establecidos en el portal. La CONADI, pondrá a disposición de los oferentes las aclaraciones que hubieren surgido con motivo de las consultas, informando de ello en el Portal www.mercado publico.cl, de acuerdo a las etapas y plazos dispuestos en las bases.

Sin perjuicio de lo anterior, la CONADI podrá efectuar para todos los oferentes, otras aclaraciones de cualquier naturaleza que estime pertinente hasta las 48 horas antes del cierre de la propuesta establecida en el portal, para que los proveedores puedan poseer toda información antes de la fecha límite de la presente licitación.

Todas las aclaraciones realizadas en el Portal son vinculantes para los oferentes y forman parte integrante de las presentes bases.

Será responsabilidad de los oferentes verificar la existencia de las aclaraciones a las bases de licitación, las cuales formarán parte de estas y del contrato que se celebre, y se entenderán conocidas por parte del oferente a quien se le adjudique la licitación. Las aclaraciones y/o respuestas emitidas por CONADI, formaran parte integrante de la presente licitación. 

Según lo estipulado en el Artículo 27 del Reglamento de la ley N° 19.886, los proveedores no pueden contactarse de ninguna otra forma con la CONADI o sus funcionarios, por motivo de la presente licitación, durante el transcurso del proceso, salvo lo establecido en las presentes Bases de Licitación.

5.- MODIFICACIÓN DE BASES

Toda modificación de las Bases se sujetará al mismo procedimiento a que está sometida la aprobación de las presentes bases, por tanto, dicha modificación deberá aprobarse mediante Resolución fundada y publicarse en el portal mercadopublico.cl. Junto con lo anterior, se deja establecido que las eventuales modificaciones solo serán procedentes hasta antes de cierre de la recepción de ofertas, considerándose un plazo de hasta 2 días hábiles antes de la fecha de cierre de la licitación para que los proveedores interesados puedan conocer y adecuar su oferta a las modificaciones, acorde con lo dispuesto por el artículo 19 del D.S. Nº 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios.

6.- APERTURA ELECTRÓNICA

Luego del cierre de la licitación en el portal, se procederá con la apertura electrónica de las ofertas presentadas. Será el jefe de la unidad operativa licitante, a sugerencia de la Comisión de Evaluación quien, determinará la admisibilidad de las ofertas, de acuerdo al artículo 40 bis del DS 250.-

Documentos de admisibilidad en esta etapa:

Se considerará los documentos y antecedentes de cada licitación para que las ofertas sean declaradas admisibles. Se considerarán como requisitos de admisibilidad los siguientes documentos:

ü  Anexo Nº1: Identificación del Proveedor.

ü  Anexo Nº2: Declaración Jurada simple, inhabilidades y lavado de activos.

ü  Anexo Nº3: Detalle de lo ofertado.

ü  Anexo N°4: Oferta económica.

ü  Cumplimiento punto 9 sobre Precio Referencial y Financiamiento que exige la postulación electrónica de la oferta en el ítem que corresponda en ficha electrónica del portal www.mercadopublico.cl. De no ofertar a la línea que corresponda en el portal, la oferta será declarada inadmisible.

ü  La escritura pública o privada del acuerdo de creación de la UTP.

ü  Se considerará además requisito de admisibilidad que el oferente presente el equipo mínimo exigido en las Bases Técnicas de Licitación.

El Comité de Admisibilidad y Evaluación analizará las ofertas aceptadas electrónicamente a fin de constatar si cumplen con lo establecido en estas Bases para su presentación. El incumplimiento de uno o más de estos requisitos, serán causal suficiente para declarar su inadmisibilidad.

De no acompañar los otros documentos en esta etapa, podrán ser solicitados de acuerdo a la facultad y cumpliendo los requisitos establecidos en el artículo 40 inciso 2 del DS 250, conforme se dispone en el punto siguiente, rebajándose el puntaje en factor “Cumplimiento de requisitos formales de presentación de ofertas”, y de no acompañarlos finalmente las ofertas serán declaradas inadmisibles.

7.- RECTIFICACIÓN DE ERRORES U OMISIONES FORMALES

De conformidad a lo establecido en el artículo 40 del Decreto Supremo N° 250 de Hacienda de 2004, que Aprueba el reglamento de la ley N° 19.886, el Comité de admisibilidad y evaluación podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información.

El plazo para dar cumplimiento a lo requerido no podrá ser superior a las 48 horas, las cuales se contarán desde que se envíe al oferente una comunicación en tal sentido mediante el portal www.mercadopublico.cl. De dicha solicitud se deberá informar a los demás oferentes, a través del sistema de información.

Esta situación será considerada por el Comité de Admisibilidad y Evaluación al momento de la evaluación de la respectiva oferta, bajo el criterio "Presentación de Antecedentes Formales Completos”. Para los efectos de la presente licitación, el comité podrá solicitar que se rectifiquen, enmienden o aclararen antecedentes formales.

8.- DE LA EVALUACION

La jefatura de la unidad operativa licitante de la CONADI designará, por Resolución Exenta, una Comisión integrada a lo menos, por tres funcionarios públicos, que se encargarán de analizar las diferentes Ofertas, para posteriormente proponer la adjudicación a los Oferentes cuya oferta consideren que mejor satisface a los intereses y necesidades de la Institución y por haber obtenido la mayor evaluación global, aceptando por tanto la oferta más ventajosa, considerando los criterios de evaluación, con sus correspondientes puntajes y ponderaciones, establecidas en las presentes Bases, lo que deberá ser declarado por resolución fundada.

En las licitaciones en las que la evaluación de las ofertas revista gran complejidad y en todas aquellas superiores a 1.000 UTM, las ofertas deberán ser evaluadas por una comisión de al menos tres funcionarios públicos, internos o externos al organismo respectivo, de manera de garantizar la imparcialidad y competencia entre los oferentes. Excepcionalmente, y de manera fundada, podrán integrar esta comisión personas ajenas a la administración y siempre en un número inferior a los funcionarios públicos que la integran. La unidad operativa licitante podrá proveer a la comisión evaluadora de la asesoría de expertos de reconocido prestigio en las materias técnicas a revisar en los procesos de licitación.

Esta Comisión podrá solicitar antecedentes aclaratorios a los Proveedores, para un mejor resolver, sin que esto signifique alteración la Oferta presentada, ni vulneración al principio de igualdad de los oferentes.

La jefatura de la unidad operativa licitante, declarará desierta la licitación cuando no se presenten ofertas, o bien, cuanto estas no resulten convenientes a sus intereses. O declarará inadmisible alguna o todas las ofertas, cuando éstas no cumplan los requisitos establecidos en las bases, conforme se dispone en el artículo 9 de la ley N° 19.886. Estas eventuales determinaciones se formalizarán en la correspondiente resolución Fundada.

Los miembros de la Comisión Evaluadora, no podrán tener conflictos de intereses con los Oferentes o sus representantes legales, de conformidad con la normativa vigente al momento de la evaluación conforme al art. 37 inciso final del D.S. N° 250/04, del Ministerio de Hacienda.

DEJASE ESTABLECIDO que los integrantes de comisión de evaluación designados de acuerdo a la ley N° 19.886, son SUJETOS PASIVOS en virtud de lo dispuesto en la ley N° 20.730, que regula el Lobby y las Gestiones que Representen Intereses Particulares ante las Autoridades y funcionarios, y al Decreto 71, de 2014, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que reglamenta la ley N° 20.730.

Conforme lo anterior, deberán llevar los registros que contempla dicha ley (Registro de audiencias y reuniones, de viajes y donativos, y de Lobbista y de gestores de Intereses) y cumplir con las demás obligaciones que la ley antes señalada establece.

Además, la integración de la comisión evaluadora se publicará en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública, de conformidad a lo establecido en el artículo 37 inciso final, del Decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el reglamento de la ley 19.886.

Para sesionar se requerirá de la asistencia de la mayoría absoluta de sus miembros.

Es responsabilidad de la Comisión hacer una evaluación completa tanto de los aspectos formales como de fondo que se deben cumplir por los oferentes, consignando sus conclusiones en el informe que al efecto evacúe. Los miembros de la comisión deberán adoptar las medidas que aseguren el correcto almacenamiento de los documentos que deben revisar en el ejercicio de sus funciones, y que las personas que no pertenecen a la comisión no tengan acceso a dichos documentos.

Los integrantes del comité de admisibilidad y evaluación se encuentran sujetos a las inhabilidades e incompatibilidades establecidas para los funcionarios públicos, y en la eventualidad que un miembro del Comité le afecte alguna inhabilidad o incompatibilidad, se deberá inhabilitar de inmediato, comunicando por escrito al presidente del Comité o dejando constancia en el acta de sesión del Comité.

Se prohíbe la comunicación entre los participantes o interesados en el proceso de contratación una vez iniciado el procedimiento de contratación, o entre eventuales interesados o participantes en él y las personas que desempeñen funciones en el organismo licitante que participen del proceso de adjudicación, independientemente de su calidad jurídica, en lo referido directa o indirectamente a tal proceso, salvo que se realice a través del Sistema de Información y Gestión de Compras Públicas administrado por la Dirección de Compras y Contratación Pública y en la forma establecida en las bases de licitación, que asegure la participación e igualdad de todos los oferentes.

De conformidad a lo dispuesto por el artículo 35 quinquies de la ley N° 19.886, las autoridades y los funcionarios, independientemente de su calidad jurídica, deberán abstenerse de intervenir en procedimientos de contratación pública o ejecución contractual en los que puedan tener interés. Son motivos de abstención, en especial, aquellos a los que se refiere dicha disposición.

Por lo anterior, los contratos celebrados con infracción de lo dispuesto en el presente Capítulo VII de la ley N° 19.886 serán nulos, y el personal al que se refiere el artículo 12 bis de la mencionada ley que haya participado en su tramitación incurrirá en contravención al principio de probidad administrativa descrito en el numeral 6 del inciso primero del artículo 62 de la ley N° 18.575, orgánica constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, sin perjuicio de la responsabilidad civil y penal que les corresponda.

De conformidad al artículo 35 nonies, “Toda persona que tenga por función calificar o evaluar procesos de licitación pública o privada deberá suscribir una declaración jurada, por cada procedimiento de contratación, en la que declare expresamente la ausencia de conflictos de intereses y se obliguen a guardar confidencialidad sobre él.

Asimismo, toda persona contratada a honorarios que participe de las funciones señaladas en el inciso anterior, tendrá la calidad de agente público, por lo que estará sujeto a responsabilidad administrativa en el desempeño de ellas, sin perjuicio de la responsabilidad civil o penal que corresponda.”

Para lo anterior, deberán suscribir una “DECACIÓN DE AUSENCIA DE CONFLICTOS DE INTERESES Y DE CONFIDENCIALIDAD DE LA COMISIÓN EVALUADORA LICITACIÓN ID "765-5-LE24“Elaboración de los planes de administración y manejo del ECMPO Chaullin, comuna de Quellón, Región de Los Lagos”

Los miembros del comité evaluarán las ofertas con estricto apego a la pauta de evaluación establecida en las presentes bases y en forma individual.

El comité procederá a la evaluación de las ofertas de conformidad a lo dispuesto en la ley N°19.886 y en el D.S. N°250 de 2004, Reglamento de Compras Públicas, a las bases técnicas que establecen los criterios, lo establecido en la pauta de evaluación, en la cual se desarrollan los factores y sub-factores, establecidos en el Anexo N°8, dando cumplimiento además a lo instruido mediante la Circular N°9, de 2024, del Director Nacional de CONADI.

8.1.- PUNTUACIÓN Y RESOLUCIÓN DE EMPATES

La comisión de evaluación evaluará la Oferta Técnica y la Oferta Económica de conformidad a los criterios y pautas de evaluación que se establecen en las Bases Técnicas (Anexo N°8).

 

Los/as integrantes de la Comisión se deberán reunir a evaluar y calificar individualmente las ofertas presentadas, aplicando para ello los criterios de evaluación.

El puntaje final de cada oferta, se determinará mediante los criterios de evaluación y sus respectivas ponderaciones, que se señalan en la Bases Técnicas. Culminada la evaluación, se elaborará un Informe Final que contendrá los puntajes de las Ofertas evaluadas. El puntaje mínimo para adjudicar será de un 60 sobre un total de 100.

Es responsabilidad de la Comisión hacer una evaluación completa tanto de los aspectos formales como de fondo que se deben cumplir por los oferentes, consignando sus conclusiones en el informe que al efecto evacúe.

Si como resultado del proceso de evaluación resultare igualdad de puntaje, se preferirá adjudicar a aquella oferta que tenga mejor puntaje en la evaluación técnica y en caso de persistir la igualdad, se dará preferencia a aquella que haya obtenido mejor evaluación en el criterio técnico de mayor ponderación. En caso de perseverar el empate, se preferirá a aquella propuesta que haya obtenido mejor puntaje en la evaluación económica.

8.2.- DEL INFORME DE EVALUACIÓN

Será responsabilidad de la comisión de evaluación la confección del Informe de Evaluación respectivo, que deberá ajustarse de acuerdo a lo indicado en bases de licitación, debiendo este contener:

a. Identificación del proceso licitatorio, con referencia al acto administrativo aprobatorio de las Bases y al número de adquisición que lo identifica dentro del sistema de compras públicas.

b. Integrantes de la Comisión Evaluadora.

c. Indicación de oferentes que presentaron ofertas.

d. Examen de admisibilidad de las ofertas. Las ofertas que deben declararse inadmisibles por no cumplir con los requisitos establecidos en las bases, debiéndose especificar los requisitos incumplidos.

e. La proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien, cuando la comisión evaluadora juzgare que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses de la Entidad Licitante

f.  Los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas.

g. Constancia de haber recibido la garantía por seriedad de la oferta, cuando proceda.

  1. La asignación de puntajes para cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación.
  1. La proposición de adjudicación, dirigida a la autoridad facultada para adoptar la decisión final.

Asimismo, la carpeta con antecedentes de evaluación deberá contener los siguientes anexos:

  • Acta electrónica o Constancia de la Apertura de Ofertas a través del Sistema de Información.
  • Sistematización de las preguntas, respuestas y aclaraciones formuladas en el período contemplado al efecto, en las Bases.
  • Documentación que acredite la personería del representante legal de la empresa y fotocopia de su carnet de identidad, así como la acreditación de vigencia de la sociedad que se propone adjudicar. En el caso de personas naturales, solo acompañar fotocopia de su carnet de identidad.
  • Personas jurídicas que se hayan constituido en conformidad al sistema simplificado que contempla la ley N° 20.659, y el D.S. N° 45 de Economía de 2013 deberán acompañar: 

a) Certificado de Vigencia.

b) Certificado de Estatuto Actualizado

c) Certificado de Anotaciones.

Esta documentación no será necesaria en caso de estar publicada en www.chileproveedores.cl    

De esta manera, la Comisión emitirá su propuesta fundada, la que se remitirá a la jefatura de la unidad operativa de la CONADI a cargo de la licitación, quien adoptará la decisión final.

9.- ADJUDICACIÓN, INADMISIBILIDAD O DESERCIÓN

Adoptada la decisión por la jefatura de la unidad operativa licitante de la CONADI, se procederá a dictar la resolución de adjudicación, dentro del plazo de 20 días hábiles contados desde la fecha de cierre de la recepción de ofertas.

Cuando la adjudicación no se realice dentro del plazo señalado en las bases de licitación, el Servicio deberá informar en el Sistema de Información las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicar un nuevo plazo para la adjudicación.

La jefatura de la unidad operativa licitante, declarará desierta la licitación cuando no se presenten ofertas, o bien, cuanto estas no resulten convenientes a sus intereses o declarar inadmisibles alguna o todas las ofertas cuando éstas no cumplieren los requisitos establecidos en las bases, conforme se dispone en el artículo 9 de la ley N° 19.886. Estas eventuales determinaciones se formalizarán por la correspondiente resolución Fundada.

El resultado de la Propuesta se comunicará a todos los oferentes una vez cumplido el trámite administrativo de los antecedentes a través del Portal Mercado Público.

9.1.- CLÁUSULA DE READJUDICACIÓN

Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento de contrato, no firma el contrato o no acepta la orden de compra una vez transcurridas 24 horas desde dicha solicitud o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, no cumpla con los requisitos para contratar establecidos en las presentes bases, o sea inhábil para contratar de acuerdo con los términos de la ley N° 19.886 y su Reglamento, la CONADI podrá, dentro del plazo de 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original, junto con dejar sin efecto la adjudicación original, adjudicar la licitación al Oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación, mediante la correspondiente Resolución.

En el caso de que el adjudicatario sea una UTP y alguno de sus integrantes estuviese afecto a la citada inhabilidad del artículo 4°, inciso 6°, de la ley N° 19.886, la UTP deberá informar por escrito, dentro del plazo de 5 días hábiles, si se desiste o si decide igualmente ejecutar el contrato adjudicado, con la integración del resto de sus miembros, siempre que estos fuesen hábiles. En el evento de no informar lo anterior o de manifestar su intención de desistirse, la licitación será readjudicada al siguiente oferente mejor evaluado, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación, mediante la correspondiente Resolución.

Luego del retiro de alguno de sus miembros, la UTP debe continuar funcionando con al menos 2 integrantes. Si la integración no cumple con el mínimo recién indicado, o el integrante de la UTP que se retira es alguno de los que hubiese reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta, ésta deberá ser dejada sin efecto, debiendo la licitación ser readjudicada al siguiente mejor evaluado, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación, mediante la correspondiente Resolución.


9.2.- MECANISMO PARA SOLUCIÓN DE CONSULTAS RESPECTO A LA ADJUDICACIÓN

Las preguntas o consultas que surjan con ocasión de la adjudicación de la licitación deberán formularse dentro del plazo de 2 días (14.5), desde la fecha de publicación de la resolución de adjudicación en el portal mercado público, al encargado del proceso, Andrea Nadeau Martínez, a través de carta a la dirección Vicuña Mackenna N°399, ciudad de Temuco, o vía correo electrónico a anadeau@conadi.gov.cl. La respuesta será dada dentro del plazo de 48 horas (hábiles) desde la recepción formal de la pregunta o consulta.



10.- CONDICIONES DE CONTRATACION 10.1.- FECHA DE SUSCRIPCIÓN E INICIO DEL CONTRATO

Una vez adjudicada la Licitación y publicada en www.mercadopublico.cl, el adjudicatario seleccionado deberá firmar el contrato que elabore el Servicio dentro del plazo 10 días hábiles, contados desde la publicación de la adjudicación en el Portal del www.mercadopublico.cl, el cual será redactado por el Servicio tomando como base el texto de las presentes Bases de Licitación, y los gastos en que se incurra con ocasión de la suscripción del mismo serán de cargo exclusivo del adjudicatario.

En el mismo plazo, deberá hacer llegar, además, la garantía por cumplimiento de contrato y obligaciones laborales y Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales emitido por la Dirección del Trabajo, en caso de ser procedente. Solo en casos excepcionales, por razones de fuerza mayor, previamente autorizado por resolución del jefe de la unidad operativa respectiva, se podrá aumentar el plazo para suscribir el contrato hasta en 5 días hábiles más.

En el caso que el adjudicatario haya ofertado a través de la Unión Temporal de Proveedores, deberá previo a la firma del contrato entregar el acuerdo en que conste la unión temporal de proveedores, materializado a través de una escritura pública, con vigencia no inferior a la del contrato adjudicado, según lo establecido en el numeral once (11.-) de las presentes Bases.

La no presentación de todos estos documentos se entenderá como un desistimiento de su oferta, lo que facultará al Servicio para adjudicar al segundo mejor oferente, si lo hubiere (Art. 71 del Decreto 250), siempre y cuando dicha oferta sea conveniente a los intereses del Servicio. En forma complementaria se procederá a informar en plataforma de mercado público el desistimiento de la adjudicación por parte del proveedor y se hará efectivo el cobro de la garantía por seriedad de la oferta, según corresponda.

En el evento que el oferente seleccionado se encuentre incorporado en algún registro por incumplimientos laborales o de remuneraciones, o bien no acompañe los referidos certificados en el momento correspondiente, no podrá contratar con el Estado mientras no subsane el incumplimiento que la afecte, conforme a lo dispuesto en la ley N° 21.640, que aprueba el presupuesto del sector público correspondiente al año 2024.

Conforme al inciso cuarto del artículo Nº 16 de la ley Nº 19.886, y artículo Nº 66 de su Reglamento, se requerirá del Proveedor a quien se le adjudique la propuesta, su inscripción en el Registro de Contratistas y Proveedores (www.chileproveedores.cl) a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública al momento de la suscripción del contrato.

El contrato será suscrito en el plazo antes señalado por el Director Nacional o el Jefe de la Unidad Operativa, según corresponda, y el adjudicatario/a o representante(s) legal del adjudicatario/a. El contrato será firmado en tres (03) originales, uno de los cuales quedará en manos del Adjudicatario/a y los otros dos en poder de CONADI.

El contrato comenzará a regir al día siguiente de la fecha en que se publica en el portal www.mercadopublico.cl la resolución que lo aprueba, lo cual se entenderá como suficiente notificación al ejecutor o contratista, para efectos de comenzar ejecutar el contrato respectivo.

PARA LAS COMPRAS DE SERVICIOS y para otras adquisiciones en que sea procedente: al momento de iniciar los servicios, deberá presentar nómina del personal a contratar. Esta documentación quedará en la unidad operativa licitante de la CONADI dentro de los antecedentes de la licitación, deberá acompañar la siguiente documentación: Copia de Contrato de Trabajo firmado por ambas partes, y sus posteriores modificaciones; Copia de Certificado de Afiliación a AFP; Copia de Certificado de Afiliación a FONASA o ISAPRE. Dicha documentación deberá entregarse a más tardar dentro de los 15 días siguientes al inicio de la presente Compra de Servicios, en carpetas individuales por cada trabajador. En el caso de las nuevas contrataciones rigen los mismos plazos.

De acuerdo al artículo 63 del Reglamento de Compras Públicas, las adquisiciones de bienes y servicios regidas por la ley Nº 19.886 menores a 100 UTM podrán formalizarse mediante la emisión de la orden de compra y la aceptación de ésta por parte del proveedor, para lo cual se considerará como plazo de inicio del contrato el día hábil siguiente de la aceptación de la orden de compra por parte del proveedor en un plazo no superior a 48 horas desde emitida la orden de compra. De la misma forma podrán formalizarse las adquisiciones superiores a ese monto e inferiores a 1.000 UTM, cuando se trate de bienes o servicios estándar de simple y objetiva especificación y se haya establecido así en las respectivas bases de licitación.

En el evento que una orden de compra no haya sido aceptada, la CONADI podrá solicitar su rechazo, entendiéndose definitivamente rechazada una vez transcurridas 24 horas desde dicha solicitud, pudiendo re-adjudicar según sea el caso.

El plazo de validez de las ofertas será de 60 días corridos, salvo que las Bases establezcan algo distinto. Si el Adjudicatario se niega a cumplir con su oferta, y a suscribir el correspondiente contrato definitivo, será responsable por el incumplimiento de conformidad a lo establecido en la Ley de Compras y en el Reglamento.

La no presentación de todos estos documentos se entenderá como un desistimiento de su oferta, lo que facultará al Servicio para adjudicar al segundo mejor oferente, si lo hubiere (Art. 71 del Decreto 250), siempre y cuando dicha oferta sea conveniente a los intereses del Servicio. En forma complementaria se procederá a informar en plataforma de mercado público el desistimiento de la adjudicación por parte del proveedor y se hará efectivo el cobro de la garantía por seriedad de la oferta, según corresponda.

En el evento que el oferente seleccionado se encuentre incorporado en algún registro por incumplimientos laborales o de remuneraciones, o bien no acompañe los referidos certificados en el momento correspondiente, no podrá contratar con el Estado mientras no subsane el incumplimiento que la afecte, conforme a lo dispuesto en la ley N° 21.640, que aprueba el presupuesto del sector público correspondiente al año 2024.

Conforme al inciso cuarto del artículo Nº 16 de la ley Nº 19.886, y artículo Nº 66 de su Reglamento, se requerirá del Proveedor a quien se le adjudique la propuesta, su inscripción en el Registro de Contratistas y Proveedores (www.chileproveedores.cl) a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública al momento de la suscripción del contrato.

En el caso que el adjudicatario haya ofertado a través de la Unión Temporal de Proveedores, previo a la emisión de la orden de compra y su aceptación deberá entregar el acuerdo en que conste la unión temporal de proveedores, materializado a través de una escritura pública o privada, según corresponda, con vigencia no inferior a la del contrato adjudicado, según lo establecido en el numeral once (11.-) de las presentes Bases.

10.2.- DESISTIMIENTO.

El oferente adjudicado, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de la publicación de la resolución de adjudicación, al momento de suscribir el contrato definitivo, deberá entregar los antecedentes solicitados para la suscripción del mismo y la garantía de fiel cumplimiento de contrato, si es requerida.

La no presentación de estos se entenderá como desistimiento de su oferta, lo que facultará a re adjudicar al segundo mejor oferente, si hubiera, siempre y cuando, dicha oferta sea conveniente a los intereses del servicio (art. 71 del DS 250). En forma complementaria se podrá aplicar las sanciones que correspondan y se procederá a informar en plataforma de mercado público el desistimiento por parte del proveedor.

10.3.- VIGENCIA Y RENOVACION DE CONTRATO

El contrato se cursará por un plazo de siete meses, de conformidad a lo dispuesto en sus bases administrativas y técnicas, contados a contar del día hábil siguiente de publicada en el portal www.mercadopublico.cl, la Resolución aprobatoria del Contrato totalmente tramitada, pudiendo ser prorrogado  hasta por 7 meses como máximo por razones fundadas y siempre que se cumplan las siguientes consideraciones (art. 12 DS 250).

  • Exista visación de la unidad licitante, en la medida que se estime por informe fundado que acredite que la necesidad de continuar con el requerimiento se mantiene y resulta por tanto imprescindible seguir con el contrato.
  • Que el adjudicatario cuente con la capacidad técnica para continuar con los servicios, conforme los resultados de los informes de evaluación, mínimo uno cada doce meses, tenga nota promedio igual o superior a 3,5 (tres comas cinco).
  • Que se disponga del financiamiento correspondiente y que el proveedor acepte prorrogar en las condiciones que establezcan las presentes bases.
  • Que se autorice la prórroga por Resolución fundada.

 

En caso de prórroga se deberá canjear la garantía por otra que cubra el nuevo monto y período.

 


10.4.- GARANTIAS Y MULTAS 10.4.1. GARANTÍA FIEL CUMPLIMIENTO DE CONTRATO Y OBLIGACIONES LABORALES.

Quien se adjudique la licitación, y junto con la suscripción del contrato, o dentro de los 10 días hábiles siguientes a la notificación de adjudicación por el portal www.mercadopublico.cl, deberá entregar un Documento (Boleta bancaria o vale vista o póliza de seguro electrónica o póliza de seguro tradicional pagadero al primer requerimiento) u otro instrumento que asegure el cobro del mismo de manera  rápida y efectiva, deberá  ser pagadera a la vista y tener el carácter de IRREVOCABLE, la cual garantice el Buen Cumplimiento de Contrato y Obligaciones Laborales, a nombre de la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena, RUT 72.396.000-2, por un monto equivalente al 5% del precio total del servicio requerido.

El plazo de vigencia o vencimiento de la garantía será de a lo menos 60 DÍAS HÁBILES, después de terminado el contrato.

La Garantía de Fiel Cumplimiento y obligaciones laborales debe ser entregada en el plazo señalado y debe venir en sobre cerrado y dirigido al encargado(a) de la Unidad de Convenio 169 de la Dirección Nacional de la CONADI, Sr. Antonio Madrid Meschi, a la dirección Vicuña Mackenna N°399, comuna de Temuco, o vía correo electrónico a amadrid@conadi.gov.cl. En caso que el documento no permita la incorporación de glosa de manera electrónica, el adjudicatario deberá incorporar glosa escrita al reverso del documento o anexar Declaración jurada Simple, donde especifique tomador, n° documento, banco, monto, beneficiario y glosa.

El plazo máximo para entregar esta garantía será al momento de suscribir el contrato.

En aquellos casos en que la CONADI autorice una prórroga en la ejecución del contrato, el ejecutor deberá presentar una nueva Garantía de Fiel Cumplimiento y Obligaciones Laborales con iguales características, con vencimiento 60 días hábiles después del nuevo vencimiento del contrato.

Luego de terminado el plazo del contrato y vencida la garantía, se procederá a la devolución dentro el plazo de 30 días corridos, sin perjuicio de lo establecido en el punto de las MULTAS.

Glosa: Para garantizar el Fiel y oportuno Cumplimiento de Contrato y obligaciones laborales de la contratación del servicio denominado “Elaboración de los planes de administración y manejo del ECMPO Chaullin, comuna de Quellón, Región de Los Lagos” ID 765-5-LE24.

Si por alguna razón no puede consignar esta glosa, se entenderá para todos los efectos que el documento entregado es para cumplir con esta exigencia.

Dejase expresamente establecido que el Servicio no dará curso al pago de ninguna factura, si no cuenta con la garantía de fiel cumplimiento de contrato vigente.

NO SE ACEPTARÁ CHEQUE, LETRA DE CAMBIO O PAGARÉ, COMO GARANTÍA.

De haber atraso o postergación en la entrega del total, puesta en marcha o renovación, deberá reemplazar esta garantía por otra que cubra el nuevo período con vencimiento IGUAL AL PERIODO DEL CONTRATO, más 60 días hábiles, de carácter IRREVOCABLE y pagadera al día.

En el caso de cobro de la garantía, derivado del incumplimiento de cualquiera de las obligaciones que imponen las presentes bases de licitación o de las señaladas en el respectivo contrato, el proveedor deberá reponer la garantía por igual monto y por el mismo plazo de vigencia que la que reemplaza, dentro de 5 días hábiles siguientes, contados desde el cobro de la misma, bajo sanción de término anticipado del contrato sin derecho a indemnización alguna.

COBRO DE GARANTÍA POR TERMINO ANTICIPADO DE CONTRATO: En caso de término anticipado total de contrato, se hará efectivo el cobro de garantía de fiel cumplimiento de contrato.


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10.4.2.- GARANTIA DE ANTICIPO

Quien se adjudique el contrato podrá solicitar un anticipo. Si ese fuera el caso, la Unidad de Convenio 169  exigirá una garantía por el 100% de los recursos anticipados. En este caso se permitirán los mismos instrumentos establecidos al regular la garantía por buen cumplimiento de contrato y obligaciones laborales.

La garantía de anticipo es un requisito previo al otorgamiento del anticipo, debe venir en sobre cerrado y dirigido Al Sr. Antonio Madrid Meschi, encargado de la Unidad de Convenio 169, ubicada en Vicuña Mackenna N°399, comuna de Temuco, o vía correo electrónico a amadrid@conadi.gov.cl. En caso que el documento no permita la incorporación de glosa de manera electrónica, el adjudicatario deberá incorporar glosa escrita al reverso del documento.

Glosa: Para garantizar el Adecuado y Correcto uso del anticipo del Contrato de la licitación pública “Elaboración de los planes de administración y manejo del ECMPO Chaullin, comuna de Quellón, Región de Los Lagos” ID 765-5-LE24.

Entrega de Garantía: La garantía deberá ser entregada, conjuntamente con la solicitud de anticipo, expresando el o los productos contra los cuales procede el pago y de los que se solicita anticipo.

El anticipo no podrá ser superior al 30% del monto total pactado, salvo que se trate de contratos adjudicados en zonas de difícil o dispendioso acceso, lo que deberá ser previamente calificado por la unidad licitante, evento en el cual se podrán anticipar hasta el 60% del precio ofertado, en este último caso estas circunstancias deberán haber sido consideradas también en las Bases técnicas.

Forma y oportunidad de restitución: La devolución de la garantía por anticipo se efectuará dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde la recepción conforme por parte de la Entidad, de los bienes o servicios que el proveedor haya suministrado con cargo al respectivo anticipo. No se aplicará dicho procedimiento de devolución en los casos de pólizas de seguros y/o fianzas, que, por tratarse de documentos no reembolsables de naturaleza digital, no requieren de devolución, bastando la sola suscripción y aprobación del finiquito correspondiente para entender por liberada la correspondiente garantía.


10.5.- MULTAS:

Cada vez que el contratista incurra en los incumplimientos definidos en las presentes bases, la unidad operativa licitante de la CONADI aplicará administrativamente multas, salvo que sea debido a casos de fuerza mayor o caso fortuito, los que deberán ser justificados por el contratista o proveedor ante la Corporación.

La CONADI aplicará multas en los siguientes casos:

a)  Multas por no cumplimiento de plazo de inicio o por no prestación oportuna de servicios, de acuerdo al plazo ofertado y convenido.

b)  Por cada día corrido de atraso en la puesta en marcha del servicio o en la entrega del bien o producto adquirido, se cobrará una multa de 0,5 UTM.

c)  El monto de la UTM que se utilizará para este cálculo será el del Mes que se presenta el incumplimiento.

d)  Si el atraso es mayor a 20 días hábiles, a contar del incumplimiento en el plazo, se podrá poner término anticipado al contrato, independiente de las multas y cobros de garantías según corresponda.

e)  Multas por otras causas señaladas en las bases técnicas.

En todo caso, si el adjudicatario comprueba que los atrasos o las deficiencias obedecen a problemas de fuerza mayor o caso fortuito, no imputable a su desempeño, el Servicio podrá dejar sin efecto la sanción.

PROCEDIMIENTO:

 

Una vez detectada la falta por la contraparte técnica del contrato, ésta informará al ejecutor mediante oficio, para que, dentro de 5 días hábiles, presente sus descargos frente al eventual incumplimiento.

Efectuado los descargos o sin ellos, la unidad que generó la contratación, elaborará un informe y calculará el monto de la multa y previa visación del Depto. o unidad de Administración y Finanzas, remitirá todos los antecedentes junto a la respectiva propuesta a la Fiscalía o a la Unidad Jurídica del Servicio para aprobación jurídica, y la dictación de la Resolución fundada por el jefe del servicio o de la unidad operativa, la que deberá ser notificada al ejecutor mediante correo electrónico indicado por éste y/o carta certificada.

Si transcurrido el plazo para interponer los recursos administrativos que procedan, el ejecutor no ejerce este derecho, la resolución queda firme y se debe proceder al cobro de la multa.

Interpuesto el recurso, la contraparte técnica remitirá los antecedentes a Fiscalía o unidad jurídica, la que podrá solicitar informes u otros antecedentes para resolver mediante Resolución fundada del jefe del servicio de la unidad operativa. Rechazados los recursos, se procederá al cobro de las multas.

Las multas se pagarán mediante depósito o transferencia electrónica, dentro de los 30 días siguientes de tenidas a firme, a nombre de la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena, RUT N°72.396.000-2, cuenta corriente 62909142933, Restos CONADI.

Si pasado treinta días de la notificación de la multa ésta no es pagada, se deducirá el monto de la factura(s) pendiente(s) y si no se alcanzara a cubrir, se ejecutará la garantía por cumplimiento de contrato. En este caso, el proveedor deberá reponer dicha garantía en las mismas condiciones que la original dentro del plazo de 5 días hábiles de ejecutada. En todo caso, no se dará curso al pago de ninguna factura mientras no se pague la multa.

Si el atraso es mayor a 20 días hábiles, a contar del incumplimiento en el plazo ofrecido, se podrá poner término anticipado al contrato, independiente de las multas y cobros de garantías según corresponda previa solicitud e informe fundado del Coordinador del contrato. De no solicitar termino de contrato deberá emitir informe fundado con las razones del por qué no solicita término de contrato.

El cobro de la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, por incumplimiento del mismo, basado en el no de pago de las multas, se realizará indistintamente del cobro de las correspondientes multas, por lo que procederá realizar ambos cobros. Si pasado 30 días de la notificación de la multa esta no es pagada, se hará efectiva la garantía y el adjudicatario deberá reponer dicha garantía en las mismas condiciones que la original dentro del plazo de 5 días hábiles de ejecutada.     

Las multas las aplicará la Dirección o jefatura de la unidad operativa licitante de la CONADI a requerimiento de la contraparte técnica del Fondo o unidad licitante, con todos los antecedentes del caso que le haga llegar la contraparte técnica del contrato.

Con todo, el monto total de las multas a aplicar, no podrá superar el 30% del precio total contratado, (para los 12 meses) de superar ese monto se podrá poner término del contrato.

La contraparte técnica del contrato será responsable de requerir la aplicación de las multas a la jefatura de la unidad operática licitante, para lo cual adjuntará todos los documentos que sustenten las medidas.

Tanto en el caso de término de contrato, como en el caso de aplicación de multas por parte del Servicio, deberá dejarse constancia de ello ingresando los antecedentes correspondientes a los portales www.mercadopublico.cl y/o www.chileproveedores.cl según corresponda.


egún corresponda.
10.6.- CONTRAPARTE TÉCNICA

La contraparte técnica del contrato por parte de la CONADI será doña Andrea Nadeau Martínez, profesional de la unidad de convenio 169 de la CONADI, a cargo de la licitación, quien estará a cargo de la correcta ejecución del contrato, que tendrá, entre otras, las funciones de:

a)    Coordinar la 1era reunión para definir en detalle las actividades y productos requeridos.

b)    Coordinar las reuniones técnicas y levantar actas en cada una de ellas, o en su defecto minuta de la reunión con lista de asistencia.

c)    Dar visto bueno y recepción conforme, de los servicios contratados, mediante Informe Técnico firmado por ella y su jefatura.

d)    Recepcionar las facturas o documentos de pago que emita el proveedor y manifestar su conformidad o disconformidad con ella, según corresponda. Previo a la recepción conforme, deberá solicitar la aplicación de multas, cuando sea procedentes, e informar las ya aplicadas para su cobro.

e)    Reunir los antecedentes de la Licitación para efectuar el correspondiente pago, de acuerdo a los productos entregados en cada Informe de Avance y a los requisitos exigidos para el pago.

f)     Hacer seguimiento al proyecto, supervisar y controlar que se cumplan los plazos y los productos licitados y ofertados por el adjudicatario.

g)    Demás funciones que encomienden las Bases.

Las reuniones de coordinación se establecerán de común acuerdo entre la contraparte técnica y el consultor(a) del proyecto para aprobar y sancionar el plan de trabajo. La primera reunión de trabajo, se deberá realizar en la oficina de la Unidad Operativa respectiva, dentro de los 5 días hábiles siguientes a la fecha de entrada en vigencia del contrato respectivo.

La Unidad Técnica determinará el número de reuniones entre el equipo ejecutor y la contraparte técnica de la CONADI. Será de responsabilidad de la Contraparte técnica elaborar acta o minuta con lista de asistencia y archivarla en Carpeta Administrativa.

En el evento que el ejecutor realice reuniones y/o capacitaciones en las Unidades Operativas, será responsabilidad de éste realizar las actas o minutas con lista de asistencia y entregar como medio de verificación a Contraparte Técnica, junto a los Informes de Avance.

Además, el ejecutor debe realizar un breve reporte quincenal del Estado de Ejecución de los trabajos, si así fuere requerido, donde estipule los avances y las principales dificultades, mediante correo electrónico o minuta ingresada a través de oficina de partes de la Unidad Operativa, de manera de tener contacto permanente con la contraparte técnica. La contraparte técnica será responsable de informar todos los incumplimientos del consultor.

Los materiales y productos que se editen de la ejecución del proyecto deben señalar en forma explícita y manifiesta que son de propiedad de la CONADI, de conformidad a la legislación que regula la materia en nuestro ordenamiento jurídico, sus conclusiones y toda información recopilada por el consultor(a) así como los insumos que generó, no podrán difundirse salvo previa autorización de la CONADI.


10.7.- EVALUACIÓN A APLICAR AL CONTRATO

Durante la vigencia del contrato, se efectuará una evaluación por cada etapa de ejecución del proyecto. Para dicho efecto se aplicarán los parámetros y factores establecidos en el Portal Mercado Público, gestión de contratos, pauta de evaluación, que establece:

IDENTIFICACIÓN DE QUIEN EVALÚA:

PERIODO DE LA EVALUACIÓN:

FECHA DE LA EVALUACIÓN:

 

Factor

Nota

(de 1 a 5)

Ponderación (%)

Puntos

Eficacia del Servicio.

¿Con que nota evaluaría la eficacia de los bienes y/o servicios entregados?

Eficacia nula: nota 1

Baja eficacia: nota 2

Eficacia media: nota 3

Mayormente eficaz: nota 4

Totalmente eficaz: nota 5

60%

Cumplimiento de oportunidad de entrega:

¿Con que nota evaluarías el cumplimiento de los plazos y/o horarios comprometidos del contrato?

Eficacia nula: nota1

Nulo: nota 2

Bajo: nota 3

Alto: nota 4

Total: nota 5

40%

NOTA FINAL

OBSERVACIONES

EFICACIA DEL SERVICIO

Nota 5: Bien o Servicio entregado o prestado cumple totalmente los objetivos de la contratación.  El desempeño del proveedor no presentó deficiencias.

Nota 4: Bien o Servicio entregado o prestado cumple en general con los objetivos de la contratación.  Se cumplen los objetivos relevantes, existiendo deficiencias menores.

 

Nota 3: Bien o Servicio entregado o prestado cumple parcialmente con los objetivos de la contratación.  El proveedor no cumplió algunos objetivos de importancia.

Nota 2: Bien o Servicio entregado o prestado cumple marginalmente con los objetivos de la contratación.  En general el proveedor no cumplió los objetivos de la contratación.

Nota 1: Bien o Servicio no cumple propósito institucional.  En términos de valor provisto, es equivalente a servicio no prestado.

CUMPLIMIENTO DE OPORTUNIDAD DE ENTREGA:

Nota 5: El Bien o servicio fue íntegramente entregado o prestado en las etapas requeridas.  Se cumplieron totalmente los plazos comprometidos.

Nota 4: Bien o Servicio entregado o prestado en su mayor parte con cumplimiento en la oportunidad/puntualidad de entrega.

Nota 3: Bien o Servicio entregado o prestado con cumplimiento medio en la oportunidad/puntualidad de entrega.

 

Nota 2: Bien o Servicio entregado o prestado con bajo nivel de cumplimiento en oportunidad/puntualidad de la entrega.

Nota 1: Bien o Servicio entregado o prestado sin cumplir lo requerido en cuanto a oportunidad /puntualidad de la entrega.

Finalizada la ejecución de la licitación, se procederá a establecer un promedio de las evaluaciones, la cual será ingresada al Portal Mercado Público, como nota de evaluación del consultor.

El servicio se considerará adecuado, si el puntaje promedio es de 3,5 como mínimo. Cada evaluación será notificada al proveedor, por escrito o vía e-mail, en el plazo adecuado. Este podrá presentar a la autoridad del Servicio su disconformidad a dicha evaluación, aportando los antecedentes o argumentos que estime dentro del plazo de cinco días desde la notificación.

10.8.- RESPONSABILIDAD PERSONAL DEL ADJUDICATARIO.

El adjudicatario será responsable de los daños y perjuicios que cause al Servicio o a terceras personas, con motivo de la ejecución de los trabajos por no ajustarse a lo estipulado en el contrato, por inobservancia de las instrucciones que por escrito le haya dado “el Servicio” o por violación a las leyes o reglamentos aplicables.

Se deja expresa constancia que la CONADI, no tendrá relación laboral y, por lo tanto, no asume obligación ni le cabrá responsabilidad respecto, del personal que el Proveedor contrate o destine para el otorgamiento de los servicios, materia de esta Propuesta Pública, especialmente en lo relacionado con aspectos laborales y previsionales, siendo tales obligaciones de exclusiva responsabilidad y cargo del aludido Proveedor, quien otorgará los servicios bajo su propia responsabilidad y riesgo.

El Adjudicatario se compromete a dar íntegro y cabal cumplimiento a las leyes y demás normas laborales y previsionales que afecten a los trabajadores que contrate, especialmente a las normas del Código del Trabajo, ley Nº 16.744 y otras análogas o similares.

En consecuencia, el Adjudicatario se obliga a dar íntegro y cabal cumplimiento a las leyes, reglamentos y demás disposiciones vigentes en Chile que rigen la actividad que desarrollará en virtud del Contrato que suscribirá en su oportunidad con este Servicio.

El Adjudicatario se compromete a dar íntegro y cabal cumplimiento a las leyes y demás normas laborales y previsionales que afecten a los trabajadores que contrate, especialmente a las normas del Código del Trabajo, ley Nº 16.744 y otras análogas o similares.

El Adjudicatario tomará todas y cada una de las medidas necesarias para evitar accidentes, daños y perjuicios a toda clase de personas y bienes, públicos o privados. El Adjudicatario será exclusiva y absolutamente responsable de los accidentes y de los daños y perjuicios que éste, o uno cualquiera de sus trabajadores, causen a terceros, de acuerdo a lo dispuesto en las disposiciones pertinentes del Código Civil.

10.9.- RECHAZO

La CONADI, por iniciativa propia, se reserva el derecho de rechazar los productos entregados, por defectos de calidad o por no corresponder a las especificaciones técnicas. En este caso, éstos se consideran como no entregados para todos los efectos legales, incurriendo el proveedor en incumplimiento del contrato respectivo. Por lo tanto, el Servicio, aplicará las sanciones y multas contempladas en las presentes Bases y ejercerá los derechos que le corresponden para obtener la reparación íntegra oportuna y total de los daños que se causaren.

10.10.- CONTRATO DE FACTORING O CESIÓN DE CRÉDITO

En el evento de celebrar un contrato de factoring o cesión de crédito, el proveedor deberá notificar al Servicio dentro del plazo de 48 horas, de su celebración. Asimismo, la contraparte técnica del contrato deberá adoptar las medidas pertinentes para que la simple recepción de una factura no implique la aceptación de su pago o recibo conforme, lo que corresponderá realizar al cursar conforme el respectivo estado de pago. Todo ello, sin perjuicio de las demás exigencias establecidas en la ley N° 19.983.

No será aceptada la factura y por ende no podrá cederse si existen obligaciones o multas pendientes. Además, el incumplimiento de la exigencia precitada configurará causal de incumplimiento grave para los efectos del término del contrato.

11.11.- SUBCONTRATACIÓN

(Artículo 76 DS 250) El proveedor podrá concertar con terceros la subcontratación parcial del contrato, sin perjuicio que la responsabilidad de su cumplimiento permanecerá en el contratista adjudicado.  Sin embargo, el Contratista no podrá subcontratar en los siguientes casos:

1.  Cuando lo dispongan las bases, en particular, por tratarse de servicios especiales, en donde se ha contratado en vista de la capacidad o idoneidad del Contratista.

2.  Cuando la persona del subcontratista, o sus socios o administradores, están afectas a alguna de las causales de inhabilidades e incompatibilidades establecidas en el artículo 92 del Reglamento.

10.12.- DERECHOS DE PATENTE Y PROPIEDAD INTELECTUAL LIBERACIÓN DE RESPONSABILIDAD AL SERVICIO

La información, documentos e informes que se generen como resultado de los servicios y/o productos objeto del contrato, serán de exclusiva propiedad de la CONADI, no pudiendo hacer uso de ellos el adjudicatario y/o los encargados del proyecto, consultores, profesionales o personal ligado al mismo sin autorización previa por escrito del Representante Autorizado de la CONADI. El adjudicatario liberará de toda responsabilidad a la CONADI en caso de acciones entabladas por terceros en razón de transgresiones a la propiedad intelectual, derechos de patente, marca registrada o diseños industriales, como consecuencia de la utilización de los productos adquiridos como resultado de esta licitación.

10.13.- DEL PAGO

Los pagos a los proveedores por los bienes y servicios adquiridos se hará en el número de cuotas que definan las bases técnicas, contra la entrega de productos, medios de verificación, informes de avance, entrega y aceptación conforme de la respectiva factura, una vez aprobado el informe parcial o la etapa que corresponda del bien o servicio adquirido, por  el encargado de la Unidad de Convenio 169, mediante Resolución Exenta, los pagos se realizarán de acuerdo al avance real de los trabajos encomendados. Con todo, para proceder a los mencionados pagos, se requerirá que previamente la respectiva unidad operativa licitante certifique, a través del Coordinador del Contrato, la recepción conforme de los bienes o servicios adquiridos por aquélla.

Para el pago de cada cuota, se requerirá que previamente la contraparte técnica de la CONADI emita el Informe Técnico, que apruebe la entrega de productos y el cumplimiento de todos los requisitos legales para proceder al pago. Posterior a la emisión del informe técnico, el ejecutor deberá emitir la  factura correspondiente, laque deberá ser aceptada por la contraparte técnica de la CONADI, posteriormente procederá a realizar el  pago  en un plazo máximo de 30 días corridos siguientes a la recepción conforme de la factura o del respectivo instrumento tributario de cobro, según Resolución exenta aprueba informe y ordena pago de la cuota correspondiente.

En caso de caso fortuito o fuerza mayor, o contingencias externas a la consultora, que impida al ejecutor entregar algún informe de avance en la fecha estimada en el contrato, y en pos de la entrega de productos de la calidad solicitada, se podrá de mutuo acuerdo, entre la CONADI y el EJECUTOR, y previo Informe de la contraparte técnica que fundamente la situación, modificar las fechas de entrega de los productos asociados a los Informes de Avance, sin modificar los productos totales ni el monto de la presente licitación y dentro del plazo originalmente estipulado para la ejecución del estudio. Se puede solicitar prórroga en la entrega de los productos de avance por única vez, para lo cual se deberá presentar una propuesta con las modificaciones solicitadas y sin que ello signifique aumentar el plazo del contrato.

Esta propuesta se realizará mediante una carta dirigida a la jefatura de la Unidad operativa Licitante, previo al vencimiento de la fecha de entrega, adjuntando las modificaciones propuestas y justificadas (mediante correos electrónicos u otros medios de verificación). Luego de lo cual, se procederá a realizar una modificación de contrato, el cual una vez firmado, se aprobará mediante el acto administrativo correspondiente. Cabe destacar que la no entrega de los productos e informes de avance en las nuevas fechas pactadas, constituirá incumplimiento grave de contrato.

Los Informes de Avance y Final, medios de verificación y facturas deberán ser ingresadas a la Unidad de Convenio 169 y dirigida al Sr. Antonio Madrid Meschi, Vicuña Mackenna 399 Temuco o al correo electrónico amadrid@conadi.gov.cl C.C a anadeau@conadi.gov.cl.

En el caso de una UTP, será el representante de la misma, indicado en el documento de su constitución, quien deberá emitir la boleta o factura respectiva para cursar los pagos que generen la ejecución contractual.


10.14.- DE LA FACTURACIÓN Y PAGO

El pago lo hará la Tesorería General de la República mediante transferencia electrónica, previa recepción conforme por parte de la contraparte técnica. Cada factura o documento tributario se pagará dentro de los 30 días corridos contados desde la fecha de emisión.

Para proceder al pago, el proveedor, posterior a la aprobación o recepción conforme de los productos o servicios por parte de la contraparte técnica del contrato de la CONADI, deberá emitir y entregar la factura electrónica o documento tributario de acuerdo a lo adjudicado y a las órdenes de compra emitidas, en la forma establecida por el Servicio de Impuestos Internos, haciendo referencia en el campo respectivo, el número de la Orden de Compra de Mercado Público.

La factura debe ser emitidas a:

Razón Social: Corporación Nacional de Desarrollo Indígena

Rut: 72.396.000-2

Giro Comercial: Servicio Público

Dirección: Vicuña Mackenna N°399, comuna de Temuco, Región de La Araucanía.

Las facturas deben emitirse al crédito a 30 días plazo.

PARA AUTORIZAR CADA PAGO EN LAS LICITACIONES DE COMPRAS DE SERVICIOS y en todas aquellas en que sea procedente, será obligatorio que el proveedor en cada pago mensual presente, junto con la entrega de la factura o documento tributario posterior a la recepción conforme de los servicios desde la CONADI, adjunte el Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y previsionales emitido por la Inspección del Trabajo en que conste que ha cumplido con todas las exigencias legales laborales y previsionales con el personal que ha prestado servicios en el mes anterior al que está facturando (Ley de subcontratación) y un listado con todos los trabajadores que trabajaron el mes respectivo. En el caso de los prestadores de servicios a honorarios, una Declaración Jurada ante Notario del miembro del equipo que señale haber recibido el pago de sus honorarios y el formulario N°29, según corresponda.

La no presentación de los documentos señalados, autoriza al Servicio para retener de los estados de pagos las cantidades adeudadas o el valor que estime necesario para cubrir dichas deudas, o hacer efectiva la garantía.

El proveedor debe informar los datos necesarios para realizar la transferencia bancaria a la contraparte técnica del contrato y a su jefatura a través de correo electrónico, estos deben corresponder a la persona a quien se emitió la Orden de Compra.

Déjese expresamente establecido que el Servicio no dará curso al pago de ninguna factura o documento tributario, si no se ha recibido la GARANTÍA POR BUEN CUMPLIMIENTO DE CONTRATO Y OBLIGACIONES LABORALES y si hubiere multa pendiente de pago. Tampoco si no existe recepción conforme.

Nuestro Servicio opera bajo dos importantes modalidades de trabajo, en el marco de la modernización del Estado, las cuales tienen como objetivo, cumplir con la aceptación formal de la Factura dentro del plazo legal de ocho días y el pago oportuno.

Estas modalidades corresponden básicamente al devengo automático y pago centralizado a través de Tesorería General de la República, TGR, en este contexto, en la relación contractual se debe considerar lo siguiente:

1.- Esta modalidad implica la aceptación formal de la Factura dentro del plazo legal de ocho días, motivo por el cual y considerando los tiempos de traslado, recepción e ingreso de mercadería apuntan hacia la utilización en forma preferente de despacho de los bienes con Guía de Despacho, para posteriormente efectuar la emisión de la factura solamente una vez realizada la recepción conforme de los Bienes (incluido la instalación, capacitación y puesta en marcha, según corresponda).

2.- En el caso de contratos de servicios, y con la finalidad de que no sea rechazada la Factura por no contar con la recepción conforme dentro de los 8 días, será imprescindible que se haga llegar en una primera instancia, el estado de pago, a la contraparte técnica del contrato, que debe indicar el periodo al cual corresponde el cobro del servicio, el detalle del servicio prestado y el monto por el cual será facturado. Una vez que el estado de pago sea validado sin observaciones se le solicitará al proveedor la emisión de la Factura.

3.- Esta instrucción trae consigo, el uso de un sistema establecido por la Dirección de presupuesto (DIPRES), que recepcionará las facturas emitidas a nuestro Servicio, para hacer más expedita la tramitación de las mismas. Dicho sistema considera las siguientes validaciones que se realizarán de forma automática, sobre las cuales deberá tener especial atención de cumplir, ya que darse alguno de los casos señalados, las facturas serán reclamadas.

Las facturas serán rechazadas automáticamente si:

  1. No se indica correctamente la Orden de Compra, OC, de acuerdo al formato de Mercado Público y en el campo habilitado en el sistema de facturación electrónica del Servicio de Impuestos Internos.
  2. Traer OC errónea o no es aceptada por el proveedor en Mercado Público.
  3. No enviar el archivo xml de la factura a la casilla de intercambio conadirecepcion@custodium.com dentro de 72 horas en la forma establecida por el Servicio de Impuestos Internos.
  4. Por facturar un valor mayor al disponible en la Orden de Compra.

La revisión de los pagos podrá ser consultada por el proveedor en la página de Tesorería General de la República; www.tgr.cl en modulo CONSULTA PAGO PROVEEDORES DEL ESTADO.

Recibido el documento tributario en ACEPTA, (administrador)/adquisiciones/funcionario responsable lo envía, mediante correo electrónico, al Fondo, Programa, Unidad o Departamento requirente, quien debe (gestionar) manifestar su conformidad/o rechazo con los productos/servicios recibidos, en el plazo máximo de 6 días de emitido el documento tributario.

De conformidad al manual de gestión de abastecimiento de la CONADI, el responsable de la recepción del bien o servicio debe expresar su:

  • Conformidad mediante su firma en el mismo documento tributario, mediante certificado de recepción conforme, o bien junto a un memo conductor o por correo electrónico.
  • Disconformidad mediante memo o correo electrónico, indicando si rechazo corresponde a reclamo por contenido documento, reclamo por falta parcial productos/servicios, reclamo por falta total productos/servicios, otras que a futuro defina plataforma ACEPTA, puede indicar mayores detalles si es pertinente. Informa situación mediante correo electrónico al Proveedor.

En caso de Disconformidad y acorde a información recibida, adquisiciones/administrador SGDT, rechaza documento tributario en SGDTE/SII.

En caso de conformidad, recibido el documento pertinente, la unidad de adquisiciones/funcionario responsable ejecutar recursos, gestiona Recepción Conforme orden de compra en portal del Mercado Público.

10.15.- PLAZO DE ENTREGA DE PRODUCTOS

Los trabajos deberán realizarse y/o los productos deberán ser entregados en el plazo ofertado por el adjudicatario y establecido en el contrato y/o bases, en caso de existir solo orden de compra, el que será de días corridos, y se contarán a partir de la fecha en que sea notificada la resolución que apruebe el respectivo contrato, o en que se emita y acepte la orden de compra. En este tiempo el ejecutor deberá hacer entrega de todos los productos, bienes y/o servicios que se indican en la presente licitación, según Bases Técnicas.

En todo caso, el plazo no podrá ser superior al plazo de duración o vigencia del contrato.



10.16.- AMPLIACIÓN DEL PLAZO DE EJECUCIÓN Y MULTAS POR ATRASO

El plazo para la ejecución del contrato se podrá ampliar a solicitud del ejecutor formulada antes del vencimiento del mismo, siempre que existan razones fundadas para ello, lo que será calificado por la contraparte técnica y el jefe del fondo o unidad respectivo, y aprobado por resolución del Director Nacional o del Jefe de la Unidad Operativa respectiva, según corresponda. Solo se admitirán las causales de fuerza mayor o caso fortuito, conforme las definiciones que establece el Código Civil y por el número de días que la causal haya generado un entorpecimiento.

 

La garantía de fiel cumplimiento que se encontrare vigente al momento de realizar el aumento del plazo, deberá renovarse, de manera que el vencimiento de la respectiva garantía se adecúe al nuevo plazo de término del contrato.  

La solicitud de aumento de plazo deberá ser requerida antes del vencimiento del plazo pactado, indicando las razones por las cuales se justifica la ampliación por el tiempo solicitado, conjuntamente con la entrega de las garantías ampliadas y que se adecuen a la vigencia del nuevo plazo de término de ejecución del servicio licitado. El plazo fijado para la entrega de los informes de avance y/o final será fatal y se aplicará multa por cada día de atraso equivalente a 1/1000 (uno por mil) del monto total del contrato o del estado de pago respectivo
10.17.- CAUSALES DE INCUMPLIMIENTO GRAVE

Se entenderán como causales de incumplimiento grave de las obligaciones del ejecutor o consultor, entre otras:

1.- Si el Consultor (a) no destina el número de personas profesionales y de apoyo indicado en la Oferta Técnica para que trabajen durante la ejecución del mismo o los recursos suficientes para el normal desarrollo de éste, o se atrase en las entregas programadas de informes y productos.

2.- Si la calidad del trabajo ejecutado no satisface las exigencias mínimas para los objetivos tenidos en consideración al pactar el Contrato. Se entenderá por calidad mínima, la relación del contenido de las actividades, los informes y productos con lo establecido en la Oferta Técnica.

3.- Si el Consultor(a) no inicia los trabajos oportunamente, según lo establecido en estas bases (a más tardar el día quinto contado desde la Resolución que aprueba contrato). También, habrá incumplimiento en caso que se paralice, sin causa justificada, la ejecución del proyecto o se evidencie un atraso en cada estado de pago superior al 20%.

4.- Si el Ejecutor/a retarda, incumple parcial o totalmente su obligación de entregar a CONADI los productos exigidos en esta Licitación pública y si no se observan los requerimientos técnicos o el cumplimiento es imperfecto u observado el informe de avance y/o final, son observados por más de tres veces, sin que se subsanen las observaciones y/o reparos.

5.- Otras que se establezcan en las bases.

El incumplimiento será calificado por el Director Nacional o el Jefe de la Unidad Operativa respectiva, según corresponda, previo Informe de la Unidad de Técnica, a sugerencia de la contraparte técnica del contrato.

10.18.- INTERPRETACIÓN DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS Y TÉCNICAS

Cualquier diferencia en la interpretación de estas Bases Administrativas será resuelta por el Servicio a través de Fiscalía o las Unidades Jurídicas de la unidad operativa respectiva, según corresponda, sin perjuicio de la facultad que pueda corresponder a la Contraloría General de la República.

10.19.- MODIFICACION Y TÉRMINO ANTICIPADO DE CONTRATO Y COBRO GARANTIAS

Se deja expresa constancia que cada contrato que se genere de esta licitación, tiene el carácter de administrativo, y que por lo mismo podrá modificarse o terminarse anticipadamente por resolución fundada de la CONADI, como lo establece el art. 13 de la ley N° 19.886 por las siguientes causales, sin perjuicio de los casos señalados en las Bases técnicas:

a)  La resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.

b)  El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante.

c)  Que el Proveedor fuere declarado en quiebra o en estado de notoria insolvencia, lo que procederá en el evento que no se mejoren las caucionen entregadas o las existentes sean insuficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.

d)  Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.

e)  Que el proveedor se atrase más de 20 días hábiles según lo señalado el anexo 4 o plazo señalado en el punto de las multas, a menos que haya existido razones de fuerza mayor, así aceptadas por la Autoridad de la Unidad Operativa.

f)   En aquellos casos en que el monto calculado al aplicar la multa correspondiente supere el 30% del precio neto adjudicado, salvo que existan razones de fuerza mayor u otros motivos fundados y autorizados por la jefatura de la unidad operativa licitante. Esto, independiente de la multa que se la aplicará por atraso, si procede.

g)  Si el promedio de las calificaciones es inferior a nota 3.5, de acuerdo a lo establecido en las presentes bases.

h)  Registra saldos insolutos de remuneraciones o de honorarios, de las cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores.

i)   Disolución de la persona jurídica, y/o muerte del ejecutor, en caso de persona natural.

j)   Por el acontecimiento de un hecho fortuito o fuerza mayor, lo que será calificado por la CONADI.

k)  Las demás que se establezcan en las respectivas bases de la licitación o en el contrato. Dichas bases podrán establecer mecanismos de compensación y de indemnización a los contratantes.

l)   Otras causales de termino establecidas en el artículo 13 de la ley N° 19.886 y la ley N° 21.634.

   

La resolución de terminación o de modificación se deberá cumplir con lo establecido en el artículo Nº 79 del D.S. 250/04, del Ministerio de Hacienda, esto es, deberá ser fundada y publicarse oportunamente en el Sistema de Información a más tardar dentro de las 24 horas de dictada, dándosele traslado de 5 días hábiles al proveedor a fin de que manifieste sus descargos en relación al eventual incumplimiento.

Si la causa por la cual se da por terminado unilateralmente el contrato, es imputable al contratista, el Servicio hará efectiva la garantía del cumplimiento de contrato, como sanción y procederá a calificarlo con la nota mínima en el sistema que, para el efecto, tiene www.mercadopublico.cl

En contra de la Resolución que aplique dicha sanción de término anticipado, procederán los recursos contemplados en la ley N°19.880.- que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado, conforme a lo establecido en el artículo 79 ter del decreto N°250, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la ley N° 19.886.-

Tanto para el caso de multas ejecutoriadas como para el caso de término anticipado de contrato, el departamento o unidad de administración de la unidad operativa licitante informará al sistema chileproveedores.cl, como a mercadopúblico.cl estos hechos para los efectos del comportamiento contractual de proveedores.

10.20.- DEL TÉRMINO DE LA EJECUCIÓN Y CIERRE DEL PROYECTO

En la etapa de Término de la Ejecución, el Contratista o prestador debe entregar el Informe Final y una vez aprobado éste, el ejecutor debe emitir y entregar la respectiva factura. La Contraparte Técnica de la CONADI efectuará la revisión y estudio del Informe Final y de sus antecedentes dentro del plazo máximo de 10 días hábiles, contados desde la entrega de los informes, para luego pronunciarse sobre la conformidad o disconformidad de dichos informes finales. En caso que declare la disconformidad de los informes finales y su documentación, se podrán las observaciones en conocimiento del ejecutor o Contratista, a fin de que subsane las observaciones y dé las respuestas requeridas. Una vez entregados los referidos Informes Finales observados por parte del Consultor (a), la CONADI revisará la documentación y se pronunciará dentro del plazo indicado precedentemente, respecto de su conformidad o disconformidad.

10.21.- PROHIBICION DE USO DE RECURSOS EN ACTIVIDADES POLÍTICAS.

Se establece expresamente la prohibición de uso de recursos públicos de esta licitación para realizar o financiar actividades de carácter político, tales como, propaganda política en cualquier forma de difusión, promover o intervenir en campañas o ejecutar reuniones, o cualesquiera otras actuaciones con tal finalidad.

Ninguna persona o entidad financiada directa o indirectamente con recursos de CONADI, podrá realizar actos tendientes a/o cuyo fin sea el intervencionismo político en el contexto sociopolítico que se vive en el país.  



11.- DE LOS PLAZOS:

se entienden corridos, salvo mención expresa en orden a ser hábiles.

12.- DOMICILIO.
Para todos los efectos legales, se fija domicilio en la ciudad de Temuco y las partes que suscriban contrato se someten a la jurisdicción de sus tribunales.
BASES TÉCNICAS

1. ANTECEDENTES GENERALES.

TÍTULO

ANTECEDENTES GENERALES

Fondo

Unidad de Convenio 169

Año

2024

Programa

Programa de Consulta de los pueblos indígenas (24-01-599)

Componente

Ejecución directa de consultas a los pueblos indígenas.

U.T. responsable del Seguimiento

Unidad de Convenio 169

Plazo de ejecución

7 meses contados desde el día siguiente de la fecha de publicación en el portal de la resolución que aprueba el contrato.

1.1.   JUSTIFICACIÓN DEL PROYECTO.

El Espacio Costero Marino de los Pueblos Originarios Isla Chaullín, de la comuna de Quellón, Región de Los Lagos, solicitado el 29 de febrero de 2016 por la Comunidad Indígena Cerro Bajo de Chaullín (PJ 761), fue aprobado con modificación por la Comisión Regional de Uso del Borde Costero (CRUBC) de Los Lagos, mediante la Resolución Exenta N°1895 del 9 de noviembre de 2020, al amparo de la Ley N°20.249 y su reglamento (DS N°134/2008). Posteriormente, se publicó el Decreto Exento N°240, del 20 de Junio de 2023, del Ministerio de Defensa Nacional, Subsecretaría para las Fuerzas Armadas, que contiene la destinación marítima del ECMPO Isla Chaullín abarcando un total de 4.299,25 ha y contempla porciones de playa, terreno de playa, porción de agua y fondo.

A través de carta del 16 de junio de 2023, remitida mediante correo electrónico de la misma fecha, la Comunidad Indígena Cerro Bajo de Chaullín solicita al Director Nacional de CONADI financiamiento para la elaboración de los planes de administración y manejo del ECMPO Isla Chaullín.

Ante estas solicitudes, la CONADI, a través de la Unidad de Convenio 169, requiere la contratación del servicio denominado “Elaboración de los planes de administración y manejo del ECMPO Chaullín, comuna de Quellón, Región de Los Lagos”, cuyo objetivo principal es elaborar, en conjunto con la comunidad indígena asignataria, los planes de administración y manejo del ECMPO, así como todos los productos especificados en las bases técnicas de esta licitación. Todos estos productos deberán elaborarse de acuerdo a lo estipulado en el artículo 11° de la Ley N°20.249 y el artículo 12° de su Reglamento y, a su vez, deberán confeccionarse de conformidad con toda aquella normativa sectorial vigente que aplique a las distintas actividades que vayan a ser incorporadas dentro de los planes de administración del ECMPO.

Mapa referencial del ECMPO Chaullín:

Fuente: Visualizador de mapas de SUBPESCA

https://mapas.subpesca.cl/ideviewer/

2. COBERTURA.

TITULO

COBERTURA

Espacial

ECMPO Chaullin: El plano de la superficie del ECMPO se encuentran disponible en el visualizador de mapas de la SUBPESCA www.subpesca.cl

Temporal

 7 meses

3. OBJETIVOS

 TITULO

OBJETIVOS

General

Elaborar en conjunto con la comunidad indígena asignataria del ECMPO Chaullin, los planes de administración y manejo de recursos de dicho espacio, de modo de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 11° de la ley N°20.249 y los artículos 9° y 10° de su Reglamento. Para ello, debe remitirse a lo establecido en los tres articulados citados previamente, así como también, a lo señalado en la “Guía para la elaboración de planes de administración de SUBPESCA” y a lo dispuesto en el “Formulario de pesca de investigación en ECMPO de SUBPESCA”. Estos últimos documentos se encuentran disponibles en www.subpesca.cl.

Específicos

El Ejecutor, en conjunto con la asociación de comunidades indígenas asignataria del ECMPO Chaullin, deberá desarrollar los siguientes objetivos, de acuerdo con los productos esperados:

  1. Elaboración del Plan de Administración del ECMPO Chaullin, de conformidad con los requisitos señalados en el artículo 11° de la Ley N°20.249, el artículo 9° de su Reglamento y lo establecido en la "Guía de elaboración para planes de administración y manejo de los ECMPO" de SUBPESCA.
  2. Elaboración del Plan de Manejo del ECMPO Chaullin, de conformidad con los requisitos señalados en el artículo 11° de la Ley N°20.249, el artículo 10° de su Reglamento, lo establecido en la "Guía de elaboración para planes de administración y manejo de los ECMPO" de SUBPESCA y el "Formulario de solicitud de pesca de investigación en ECMPO para planes de manejo bentónicos" de SUBPESCA.
  3. Diseñar y aplicar un programa de capacitación sobre los usos incluidos en los planes de administración y manejo del ECMPO.

 

    

3.1. BENEFICIARIOS/ BENEFICIARIAS DEL PROYECTO.

El beneficiario directo del proyecto es la comunidad indígena Cerro Bajo de Chaullín (PJ 761): 43 socios y 15 familias.

Familias

Beneficiarios Directos

Beneficiarios Indirectos

Hombres

Mujeres

15

18

25

Integrantes de las familias que conforman la comunidad y todos aquellos usuarios no titulares del ECMPO (indígenas y no indígenas) que sean incluidos en el plan de administración.

  1. CARACTERÍSTICAS DEL TRABAJO A LICITAR.

TÍTULO

CARACTERÍSTICAS DEL TRABAJO A LICITAR

4.1. Bases Técnicas Específicas

La propuesta técnica debe ajustarse a los lineamientos de acción técnica del proyecto, de conformidad a sus antecedentes, actividades, procedimientos y objetivos establecidos en las presentes bases técnicas y administrativas.

  1. Capacitación: el Ejecutor debe desarrollar un programa de capacitación para los asignatarios del ECMPO, donde se aborden temáticas relacionadas con la normativa aplicable a los usos que formarán parte de los planes de administración y manejo del ECMPO. De forma complementaria, deberá incluir una capacitación donde se entreguen conocimientos y herramientas para la administración y gestión de un ECMPO. El detalle de estas capacitaciones será abordado de manera conjunta por el Ejecutor, las comunidades beneficiarias y la contraparte técnica de CONADI al comienzo de la ejecución de la licitación. Estas capacitaciones podrán ser aplicadas como talleres, charlas y/o presentaciones. Además, deberá elaborar un manual o ficha con los contenidos tratados en las capacitaciones para que quede a disposición de los socios y usuarios del ECMPO. 

  1. Plan de administración: realizar reuniones con la asociación de comunidades asignatarias del ECMPO Chaullin, utilizando metodologías participativas y con pertinencia cultural que logren convocar la mayor cantidad de socios y usuarios del ECMPO, recopilando así la información necesaria para desarrollar un plan de administración donde se identifiquen e incluyan las diferentes actividades a desarrollar dentro del ECMPO, con sus respectivas temporalidades o épocas de realización, además de la individualización de los socios y usuarios que realizarán dichas actividades, todo lo cual debe ser realizado según los requerimientos de las comunidades y con estricta sujeción a lo establecido en los artículos 11° de la Ley N°20.249 y 9° de su Reglamento, lo señalado en la “Guía de elaboración para planes de administración y manejo de los ECMPO” de SUBPESCA (disponible en www.subpesca.cl) y a toda la normativa que aplique a las actividades que sean incluidas en el plan de administración del espacio. Debe quedar claramente establecido, en los estatutos de la Asociación de comunidades, el mecanismo de administración que adoptarán para administrar el ECMPO: cómo se tomarán las decisiones y la forma en que se incluirá a los usuarios no titulares ya sean éstos personas naturales o jurídicas. 

Dentro de las actividades del Plan de Administración deberá agregar, además, si la solicitante realiza pesca de subsistencia en las condiciones establecidas en el Art, 140 bis de la Ley N° 21.132/2019.

En acuerdo con las comunidades solicitantes, deberá realizar, a lo menos, una instancia de reunión con los usuarios no titulares para darles a conocer el Plan de Administración.

Una de las primeras acciones que debe verificar el consultor adjudicado es que la solicitante haya ingresado solicitud a SUBPESCA de ampliación de plazo para la entrega del Plan de Administración, de acuerdo a lo especificado en el art. 11 de la Ley 20.249. Si no se ha realizado, deberá prestar la asesoría necesaria para ello.

  1. Plan de manejo: el Ejecutor deberá elaborar un plan de manejo de las especies hidrobiológicas que se encuentren en condiciones de ser explotadas de manera sustentable dentro del ECMPO, de conformidad con los requisitos establecidos en los artículos 11° de la Ley N°20.249 y 10° de su Reglamento, lo establecido en la “Guía de elaboración para planes de administración y manejo de los ECMPO” de SUBPESCA y el “Formulario de solicitud de pesca de investigación en ECMPO para planes de manejo bentónicos” de SUBPESCA. Los anexos 8 y 9 se encuentran disponibles en www.subpesca.cl.

El ejecutor debe realizar una solicitud de pesca de investigación para efectos de realizar el estudio de línea de base (ESBA) del ECMPO y posterior Plan de Manejo, según lo dispuesto en la “Guía de elaboración para planes de administración y manejo de los ECMPO” de SUBPESCA y en el “Formulario de solicitud de pesca de investigación en ECMPO para planes de manejo bentónicos” de SUBPESCA”. Al respecto, es importante hacer presente que ambos documentos (la guía y el formulario señalados) constituyen aspectos técnicos referenciales con los que la SUBPESCA aprobará o no el respectivo plan de manejo, motivo por el cual resulta indispensable su presentación y cumplimiento por parte del adjudicatario de la presente licitación. En tal sentido, dichos documentos serán considerados como parte integrante de estas bases técnicas.

En lo que respecta a la superficie del ESBA, es importante que sea determinada en conjunto con la comunidad indígena asignataria del ECMPO, teniendo en cuenta para ello la realidad local, social y ecosistémica del ECMPO. Es necesario contar con la aprobación por escrito de la comunidad indígena asignataria del ECMPO, sobre la superficie acordada para la realización del ESBA.

Según los datos obtenidos en el ESBA, se debe proponer un programa de explotación (Plan de Manejo) del ECMPO, considerando lo establecido en la “Guía de elaboración para planes de administración y manejo de los ECMPO” de SUBPESCA. Los resultados obtenidos en el estudio deben ser presentados a las comunidades beneficiarias.

Solicitudes de acción de manejo: presentar ante SUBPESCA las acciones de manejo acordadas con la comunidad indígena asignataria del ECMPO, según lo dispuesto en el punto anterior.

Ambos Planes deberán revisar, junto a las comunidades solicitantes, los acuerdos alcanzados en las siguientes instancias del proceso de tramitación de la Ley N°20.249 con otros actores que, eventualmente puedan ser incorporados como usuarios no titulares:

a)  Proceso de consulta para el establecimiento del ECMPO. Consultar las Actas de Consulta con la finalidad de plasmar en el plan de administración del ECMPO los acuerdos alcanzados con otros usuarios en esta instancia.

b)  Resolución del ECMPO por parte de la CRUBC: Consultar la resolución exenta de la Comisión Regional de Uso del Borde Costero, de la Región de Los Lagos, que aprueba el ECMPO Chaullin, y las Actas de la CRUBC correspondientes a este proceso, con el objeto de plasmar en el plan de administración del ECMPO los acuerdos alcanzados en esta instancia.

En caso de ser necesario, deberá presentar ante la SUBPESCA carta con solicitud de prórroga de plazo para la presentación del plan de administración.

Por último, el Ejecutor deberá elaborar un informe final, con todas las actividades realizadas durante la ejecución de la licitación y medios de verificación de éstas, tales como: listas de asistencia, registros fotográficos, actas de entrega u otras. Los Planes de administración y manejo elaborados en el marco de esta licitación, deberán ser presentados ante la SUBPESCA conforme a lo establecido en el punto 9 “Productos esperados” de estas bases técnicas, conforme al plazo legal establecido en la Ley N°20.249 para su presentación.

5. FORMATO DE LA PROPUESTA TÉCNICA.

Se debe presentar dando cumplimiento al punto 7 de las bases administrativas y anexo N° 3: Formato oferta técnica.

  1. REQUERIMIENTOS MINIMOS DE PERSONAL.

Para la adjudicación de la presente licitación, se requiere que el Oferente presente un equipo de trabajo que esté compuesto, como mínimo, por tres personas, a saber: al menos un profesional de las ciencias del mar, que acredite mediante certificados de experiencia, su participación en la elaboración de planes de manejo en ECMPOs y en AMERBs, un abogado, que cuente con experiencia en trabajo con comunidades indígenas, de preferencia en la temática ECMPO, y un profesional de las ciencias sociales, que cuente con experiencia en el trabajo con comunidades indígenas, de preferencia en la temática ECMPO.

  1. REQUERIMIENTOS INFRAESTRUCTURA Y/O EQUIPAMIENTO.

El oferente debe contar con el equipamiento necesario y suficiente para realizar el trabajo requerido en terreno, ya sea arrendado o propio. Entre otros deberá contar con: computadores portátiles, proyector, cámaras fotográficas y/o de video, equipo de buceo y otros para realizar el muestreo requerido cumpliendo con toda la normativa que aplica en esos casos.  

8. FORMATO PROPUESTA ECONÓMICA.

TITULO

FORMATO PROPUESTA ECONOMICA

Descripción

Las ofertas deberán ser puras y simples, se entenderán incluidos todos los impuestos y tributaciones que correspondan y la forma en que deberán expresarse los valores propuestos será la moneda nacional en cantidades y cifras enteras.

Deberá acompañarse un presupuesto detallado en el que se contemple el valor del trabajo en etapas, con ítems de actividades y productos definidos, útiles al cumplimiento de los objetivos. El valor total de la propuesta no podrá exceder la suma de $35.000.000 (treinta y cinco millones de pesos), incluido todo tipo de impuestos.

Se debe presentar dando cumplimiento a lo establecido en el punto 7.3 de las bases administrativas y en formato establecido en el anexo N°4.

Todos los documentos exigidos o requeridos por las bases, que se deban adjuntar a la propuesta, deben tener una fecha de emisión o autorización no mayor a dos años, a contar de la fecha de apertura de la propuesta.

9. PRODUCTOS ESPERADOS.

TITULO

PRODUCTOS ESPERADOS

Descripción

Producto 1: Programa de capacitación para los asignatarios del ECMPO Chaullin. El Ejecutor debe desarrollar un programa de capacitación para los asignatarios del ECMPO conforme a los contenidos detallados en los apartados 3 “Objetivos” y 4 “Características del trabajo a licitar” de estas bases técnicas.

Medio verificador: documento entregado en formato digital, que debe dar cuenta de forma resumida de las actividades llevadas a cabo por el Ejecutor. Deberán adjuntarse listas de asistencia, fotografías, o cualquier medio verificador que acredite la realización de la actividad respectiva - Manual o ficha con los contenidos tratados en las capacitaciones.

Producto 2: Plan de administración del ECMPO Chaullin, elaborado en conjunto con la comunidad indígena Cerro Bajo, de conformidad con lo establecido en el artículo 11° de la Ley N°20.249, el artículo 9° de su Reglamento, lo señalado en la “Guía de elaboración para planes de administración y manejo de los ECMPO” de SUBPESCA, materializando, a su vez, los acuerdos alcanzados en las etapas de la consulta y resolución del ECMPO por parte de la CRUBC, contempladas en el procedimiento de la Ley N°20.249.

Medio verificador: documento entregado en formato digital – Control de ingreso de SUBPESCA antes del 20 de Agosto de 2024.

Producto 3: Plan de manejo del ECMPO Chaullin, realizado de conformidad con el artículo 10° del reglamento de la Ley N°20.249, lo señalado en la “Guía de elaboración para planes de administración y manejo de los ECMPO” de SUBPESCA y lo establecido en el “Formulario de solicitud de pesca de investigación en ECMPO para planes de manejo bentónicos” de SUBPESCA.

Medio verificador: documento entregado en formato digital - Control de ingreso de SUBPESCA antes del 01 de Noviembre de 2024.

Además de cumplir con lo establecido en la Ley N° 20.249 y su Reglamento, con lo señalado en la “Guía de elaboración para planes de administración y manejo de los ECMPO” de SUBPESCA y con lo dispuesto en el “Formulario de solicitud de pesca de investigación en ECMPO para planes de manejo bentónicos” de SUBPESCA, todos los productos de esta licitación deben cumplir con la normativa sectorial vigente, según corresponda a cada actividad realizada por el Ejecutor.

Los productos finales, deberán ser entregados en conjunto con una carta suscrita por la o el representante legal de la asociación de comunidades indígenas asignataria del ECMPO, en la cual den cuenta del recibo conforme de los productos señalados en la oferta presentada por el Oferente que se adjudique la presente licitación.

La fecha límite para la entrega de los productos finales es el 15 de Noviembre del 2024.

INDICACIONES GENERALES

El ejecutor deberá señalar en su propuesta técnica la metodología de ejecución, los verificadores e indicadores correspondientes a cada producto y que se detallan en el punto 4 de las presentes bases técnicas de la licitación.

El Ejecutor deberá informar, mediante correo electrónico a la contraparte técnica de CONADI, al menos con una semana de anticipación, la realización de los muestreos referidos en el marco de la elaboración del producto N°2. El Ejecutor deberá generar informes bimensuales de avance, los cuales deben contener las actividades realizadas, logros, dificultades, medios de verificación de cumplimiento de dichos avances y actividades a realizar en el próximo mes según lo dispuesto en la carta Gantt.

10. CARTA GANTT.

TITULO

CARTA GANTT

Descripción

La propuesta técnica debe adjuntar una carta Gantt de acuerdo a los requerimientos de la presente licitación.

La carta Gantt deberá mostrar una relación temporizada de la dedicación prevista, respecto de las actividades o acciones planteadas a lo largo de un tiempo total determinado, para alcanzar la realización de los productos señalados en las presentes bases. Se ordena a partir de las etapas del proyecto, las actividades más significativas incluidas en las etapas, los indicadores de resultados que dan cuenta de la realización de las actividades y sus resultados, personal responsable de cada actividad y, plantea los medios de verificación que se utilizarán para corroborar su ejecución o cumplimiento.

Este documento será utilizado por la contraparte técnica de CONADI, en el seguimiento de las actividades propuestas por el ejecutor.

11. MODIFICACION DE ITEM O PRODUCTOS

TITULO

MODIFICACIÓN DE ITEM Y/O PRODUCTOS

Descripción

La CONADI, por razones justificadas podrá, con acuerdo del Ejecutor y a solicitud de las comunidades adjudicatarias del ECMPO o previo requerimiento de la CONADI, modificar alguno de los productos adicionales ofertados, previo informe fundado favorable de la Unidad de Convenio 169, siempre y cuando exista una equivalencia económica o superior entre los productos a modificar.

Dicha decisión es facultativa de la CONADI y debe ser fundada en criterios técnicos.

Lo anterior, no debe significar vulnerar las normas y principios de la contratación pública, tales como la igualdad de los oferentes.

 

12.- PROHIBICIÓN DE SUBCONTRATACIÓN.

Se prohíbe expresamente subcontratar la ejecución de los productos solicitados.

13.- FACTORES DE EVALUACION.

Los factores de evaluación son los siguientes, los cuales se encuentran desarrollados en el anexo N° 8 de las bases técnicas.

VARIABLE A EVALUAR

Puntaje máximo

PONDERACIÓN

a)   Propuesta técnica

80%

Experiencia del Oferente

100

20

Experiencia del equipo de trabajo

100

20

Calidad del servicio ofertado

100

30

Presentación de antecedentes formales completos

100

5

Pacto de integridad conocido por el personal del oferente

100

5

b)   Propuesta económica

20%

Precio de la oferta

100

20

TOTALES

100

La evaluación de las propuestas se realizará de conformidad a lo dispuesto en el Decreto N°250 de 2004, Reglamento de Compras Públicas y lo establecido en la pauta de evaluación, en la cual se desarrollan los factores y sub-factores, establecidos en el Anexo N°8.

14.- DEL PAGO.

El pago por los servicios contratados se realizará en dos cuotas, una vez entregados los productos correspondientes a cada una de ellas, revisados los informes y aprobados por la contraparte técnica y por el jefe de la unidad, según el siguiente detalle y productos finales o intermedios.

CUOTA

%

PRODUCTOS A ENTREGAR

1

60

Contra la entrega de los siguientes productos e informes que se pasan a detallar, y luego de la aprobación de ellos por parte de la contraparte técnica, el encargado de la unidad de Convenio 169 y de la jefatura del servicio: 

Producto Nº1 Programa de Capacitación: ejecutado totalmente, acompañando contenidos y listas de asistencia respectivas.

Del Producto N°2 Plan de Administración: un avance, el que se verificará mediante la entrega de actas de reuniones y un documento preliminar que contenga los usos a realizar y un borrador de los estatutos de la comunidad asignataria, los que deben contar con la aprobación de la comunidad indígena beneficiaria.

Del Producto N°3: Solicitud de pesca de investigación ingresada a SUBPESCA.

2

40

Contra la entrega y aprobación de los siguientes productos por parte de la contraparte técnica y del jefe de la unidad de Convenio 169: 

Del Producto N°2: Plan de administración ingresado a SUBPESCA

Del Producto N°3: Plan de Manejo ingresado a SUBPESCA

Informe Final: informe compilado de todas las acciones realizadas.

15.- METODOLOGÍA DE ASIGNACIÓN DE PUNTAJE

Cada evaluador asignará un puntaje a cada uno de los criterios y subcriterios de evaluación por cada oferente.

Cada evaluador sumará todos los puntajes ponderados de cada criterio para determinar el puntaje final de la Propuesta. Posteriormente se sumarán cada una de las evaluaciones y se promediará, proponiendo la adjudicación de la licitación al oferente que presente mayor puntaje.

16.- DERECHOS Y OBLIGACIONES

Tanto las presentes Bases como los Formularios de Postulación, constituyen los documentos oficiales de este proceso, sobre los cuales habrá que regirse para la presentación y posterior ejecución de los proyectos.

Por la sola postulación de una iniciativa a esta licitación, se entiende para todos los efectos legales, que la entidad postulante conoce y acepta el contenido íntegro del presente Instructivo - Base, así como los demás documentos que forman parte del mismo y acepta los resultados del proceso de Evaluación.