4. PROGRAMA DE INTEGRIDAD Y ÉTICA EMPRESARIAL (5%):
Para este criterio, se evaluará si el oferente posee un programa de integridad y ética empresarial que sea conocido y aplicado por su personal. Se entenderá por programas de integridad y ética empresarial cualquier sistema de gestión que tenga como objetivo prevenir y si resulta necesario, identificar y sancionar las infracciones de leyes, regulaciones, códigos o procedimientos internos que tienen lugar en una organización, promoviendo una cultura de cumplimiento de las normas vinculadas a integridad, ética empresarial, probidad y conflictos de intereses, entre otros.
De acuerdo con lo señalado, la asignación de puntajes en este criterio se realizará de acuerdo con lo siguiente:
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TRAMO
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PUNTOS
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Posee un programa de integridad y ética empresarial que sea conocido y aplicado por su personal.
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100
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No posee un programa de integridad y ética empresarial que sea conocido y aplicado por su personal, no informa o no presenta.
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0
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Nota: En caso de no adjuntar el programa y/o no acompañar antecedentes que acrediten el hecho de que es conocido y aplicado por el personal, obtendrá 0 puntos en este criterio.