2.- DISPOSICIONES PRELIMINARES |
2.1.- De los oferentes
Podrán participar en esta licitación las personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras que realicen sus
ofertas a través del sistema de información www.mercadopublico.cl. Del mismo modo podrán participar en
el presente proceso, las personas naturales y/o jurídicas que decidan asociarse a través de la unión temporal
de proveedores, regulada en el artículo 67 bis del Decreto Nº 250 del 2004 del Ministerio de Hacienda, que
aprueba el reglamento de la Ley Nº 19.886.
Tratándose de personas naturales o jurídicas extranjeras, deberán al momento de contratar contar con
agencia y domicilio en Chile, con un representante con mandato y poder suficiente para contratar a nombre
del mandante, y para responder de las obligaciones que emanen del contrato respectivo, de acuerdo a la
normativa vigente, y sin perjuicio de las normas que sobre el particular establezcan tratados o convenios
internacionales vigentes suscritos por Chile y por el país de origen de dicha persona natural o jurídica.
Para estos efectos, la documentación que deberá exigirse a las empresas extranjeras, se hará conforme a lo
dispuesto en la ley N°20711, en caso de ser ello procedente.
En cuanto a la aplicabilidad de los Tratados Internacionales a los que se hace alusión en este apartado, será
pertinente en la medida que tales instrumentos hayan sido suscritos y ratificados por Chile.
Todo Proponente u Oferente interesado en presentar Oferta deberá estudiar cuidadosamente las Bases
Administrativas y Técnicas, debiendo informarse de todas las condiciones que de alguna manera afecten el
costo de los bienes y/o servicios ofertados, tales como permisos que deben obtenerse, leyes o reglamentos
que puedan ser aplicables, entre otros. Cualquier omisión por parte del Oferente, será a su propio riesgo y
sólo él será responsable de los errores u omisiones en que incurra. El Proponente sufragará todos los costos
relacionados con la preparación y presentación de su oferta. El Hospital no será responsable en caso alguno
de dichos costos, cualquiera sea el resultado de la Licitación.
2.2.- Unión temporal de los proveedores
Se entenderá como unión temporal de proveedores, si dos o más proveedores se unen para el efecto de
participar en un proceso de compra, deberán establecer, en el documento que formaliza la unión, a lo menos,
la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad y el
nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes.
Cuando se trate de adquisiciones inferiores a 1.000 UTM, el representante de la unión temporal de
proveedores deberá adjuntar al momento de ofertar, el documento público o privado que da cuenta del
acuerdo para participar de esta forma.
Para contrataciones iguales o superiores al monto indicado, y sin perjuicio del resto de las disposiciones legales
y reglamentarias que resulten aplicables, el acuerdo en que conste la unión temporal deberá materializarse
por escritura pública, como documento para contratar, sin que sea necesario constituir una sociedad.
Si la Entidad exige la inscripción en el Registro de Proveedores para suscribir el contrato, cada proveedor de
dicha unión temporal deberá inscribirse.
Al momento de la presentación de las ofertas, los integrantes de la Unión determinarán qué antecedentes
presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique
ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes
de la misma.
La vigencia de esta unión temporal de proveedores no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado.
2.3.- Inhabilidades para participar en la Licitación y/o Contratar
No podrán participar como oferentes, ni contratar con el estado, las personas naturales o jurídicas, nacionales
o extranjeras, afectos a alguna de las prohibiciones, inhabilidades o incompatibilidades para contratar con
órganos y organismos de la Administración del Estado, contempladas en los incisos 1º y 6º respectivamente
del artículo 4º de la Ley Nº 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de
Servicios y su normativa complementaria.
Tampoco podrán contratar quienes hayan sido condenados, a esta inhabilidad, por el Tribunal de Defensa de
la Libre Competencia en conformidad con lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 26, letra d), del DFL
N° 1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fijó el texto refundido, coordinado
y sistematizado del DL N° 211, de 1973, que fijó normas para la defensa de la libre competencia.
tampoco podrán participar como oferentes funcionarios del mismo organismo, cualquiera sea su calidad
jurídica, ni sus cónyuges o convivientes civiles ni demás personas unidas a ellos por vínculos de parentesco en
segundo grado de consanguinidad o afinidad, ni sociedades en que ellos sean parte o sean beneficiarios
finales. Estas y otras prohibiciones se encuentran reguladas en el Artículo 35 quáter, de la ley N°21.634, que
moderniza la Ley N°19.886, sobre Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de
Servicios.
Tampoco podrán participar aquellos interesados que se encuentren afectos a la inhabilidad para contratar
con el estado, a que se refiere el artículo 33 de la Ley N° 21.595 de Delitos Económicos.
Tratándose de personas jurídicas, además, no deben haber sido condenadas a pena de prohibición de celebrar
actos y contratos con organismos del Estado, de conformidad con la Ley N° 20.393, que establece la
Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas en los Delitos de Lavado de Activos, Financiamiento del
Terrorismo y Delitos de Cohecho que Indica.
Tratándose de la unión temporal de proveedores, cualquiera de las causales de inhabilidad para la
presentación de las ofertas, para la formulación de la propuesta o para la suscripción de la convención,
establecidas en la legislación vigente, afectarán a cada integrante de la Unión individualmente considerado.
En caso de afectar una causal de inhabilidad a algún integrante de la Unión, ésta deberá decidir si continuará
con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o se
desiste de su participación en el respectivo proceso.
Todo lo anterior, aun cuando, cumplan con los requisitos técnicos establecidos en las presentes bases de
Licitación.
2.4.- Aceptación del contenido de las bases
Los oferentes por el sólo hecho de presentarse a la Licitación aceptan y se entenderán en cabal conocimiento
de estas Bases, así como también de las características de la provisión de los bienes que se requieren y de las
Modificaciones de Bases y aclaraciones publicadas en su oportunidad, por el solo hecho de presentar sus
ofertas, por lo que se declaran conformes con ellas y no tienen reservas ni observaciones que formular,
debiendo ajustarse a ellas en todo momento.
2.5.- Presentación de documentos
El idioma español regirá para todo el proceso de Licitación, para todos los documentos asociados y aquellos
que posteriormente origine la materialización de la adjudicación.
Todos los antecedentes y formularios deberán ser anexados a la respectiva oferta presentada en idioma
español, en formatos digitales utilizando para estos efectos Word (como procesador de textos), Excel (planilla
electrónica) e imágenes digitalizadas en formatos PDF.
Para estos efectos, la documentación que deberá exigirse a las empresas extranjeras, se hará conforme a lo
dispuesto en la ley N°20711, en caso de ser ello procedente.
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3.- ANTECEDENTES QUE RIGEN EL PROCESO DE COMPRA |
Junto a la Ley N° 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y al Decreto N° 250 de fecha 09 de marzo de 2004, del Ministerio de Hacienda y sus modificaciones, forman parte integrante de los documentos de la presente licitación los que a continuación se señalan, los cuales regirán de forma obligatoria y complementaria, y en caso de discrepancia prevalecerán en el orden de prelación que se indica:
• Las presentes Bases Administrativas, Bases Técnicas, Anexos y sus modificaciones
• Las Respuestas y/o Aclaraciones realizadas en esta licitación.
• Los antecedentes económicos, técnicos y administrativos presentados por el oferente adjudicado.
• Ley 20.584, que Regula Los Derechos y Deberes que tienen las Personas en relación con acciones
vinculadas a su atención de salud.
• Normas de Derecho Público
• Normas de Derecho Privado
Lo anterior, es sin perjuicio de la facultad interpretativa de la Contraloría General de la República y del Tribunal de Contrataciones Públicas.
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4.- DEFINICIÓN DE TÉRMINOS |
Se aplicarán en las presentes Bases Administrativas, Bases Técnicas y en los Anexos, los términos y definiciones
establecidos en la Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de
Servicios y en el Decreto N° 250 de 2004 del Ministerio de Hacienda que aprueba el Reglamento de la Ley
19.886, y sus modificaciones, más los que a continuación se indican:
• Hospital Clínico Metropolitano La Florida Dra. Eloísa Díaz Insunza Hospital La Florida u Hospital o HLF:
Establecimiento asistencial de alta complejidad, RUT 65.075.485-9, ubicado en Av. Froilán Roa N.º 6542,
comuna La Florida, Santiago de Chile.
• Días Hábiles: Son todos los días de la semana, excepto los sábados, domingos y festivos.
• Días Corridos: Son los días de la semana que se computan uno a uno en forma correlativa. Salvo que se
exprese lo contrario, los plazos de días señalados en las presentes bases de licitación podrán ser de días
corridos. En todos los casos, el plazo de cierre para la recepción de ofertas no podrá vencer en días
inhábiles ni en un día lunes o en un día siguiente a un día inhábil, antes de las quince horas. Todos los
plazos de días que se haga mención en las presentes bases se entenderán que han de ser completos y
correrán además hasta la media noche del último día del plazo. Lo anterior, salvo en aquellos casos en que
se indique hora exacta, y siempre y cuando se respeten los plazos mínimos legales establecidos por el
ordenamiento jurídico
• Insumos o Dispositivo de uso Médico: La Ley Nº 19.497, Art. 101 del Código Sanitario, define como artículo
de uso médico a: “Los instrumentos, aparatos, dispositivos y otros artículos o elementos destinados al
diagnóstico, prevención y tratamiento de enfermedades de seres humanos, así como al reemplazo o
modificación de sus anatomías y que no correspondan a las sustancias descritas en los artículos 97. 98 y
99 de este código”. La norma ISO 10993-1/1992, define a un artículo de uso médico como: “Cualquier
instrumento, aparato, material u otros artículos, incluyendo software, usados solos o en combinación,
definidos por el fabricante para ser usados en seres humanos solos o con el propósito de: Diagnóstico,
prevención, seguimiento, tratamiento o alivio de una enfermedad daño o discapacidad; Investigación,
reemplazo o modificación de la anatomía o de un proceso fisiológico; Regulación de la concepción y cuya
acción principal prevista en el cuerpo humano, no se alcance por medios farmacológicos, inmunológicos o
metabólicos, aunque puedan concurrir tales medios a su función”.
• Accesorio: Artículo destinado específicamente por su fabricante para ser utilizado en forma conjunta con
un dispositivo médico, para que éste pueda ser usado de acuerdo a su uso previsto.
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5.- DISPOSICIONES GENERALES |
5.1-Comunicaciones
Cualquier comunicación que deba realizar el Hospital a los proponentes, la publicará en el portal
www.mercadopublico.cl. Así mismo, cualquier comunicación que los proponentes requieran realizar al Hospital deberá ser a través de igual medio.
5.2.- Consultas a los Antecedentes de la Licitación.
El oferente que tenga dudas respecto de la licitación debe efectuar sus consultas única y exclusivamente a
través del Foro del Sistema de Información y de acuerdo al plazo del numeral 5.4 de las presentes bases. No
se atenderá ni aceptará ningún tipo de consulta por otro medio.
Las consultas que se reciban pasada esa fecha, no obtendrán respuesta.
En las consultas, se deberá indicar la página y punto de las bases y/o el número del anexo objeto de la consulta.
Se considerará que estas aclaraciones formarán parte integral de las bases y por tanto se presumen conocidas
y su aplicación obligatoria para todos los oferentes.
El conocimiento del contenido de las aclaraciones emanadas del Hospital La Florida, es de exclusiva
responsabilidad de los oferentes.
5.3.- Entrega de Respuestas y Aclaraciones a los Antecedentes de la Licitación
Las respuestas a las consultas se publicarán en www.mercadopublico.cl en un solo documento, a todos los
proponentes que participen en la licitación, en el plazo señalado en el numeral 5.4 de las presentes bases.
Se considerará que estas aclaraciones formarán parte integral de las bases y por tanto se presumen conocidas
y su aplicación obligatoria para todos los oferentes.
El conocimiento del contenido de las aclaraciones emanadas del Hospital La Florida, es de exclusiva
responsabilidad de los oferentes.
5.4.- Cronograma de la Licitación
Para los efectos de esta licitación se establece el siguiente cronograma:
Publicación de Bases
de Licitación
Las Bases se encontrarán publicadas durante treinta días corridos, desde la
fecha que se suban al portal www.mercadopublico.cl hasta el día de cierre de las
ofertas.
Consultas de las Bases El oferente podrá hacer consultas sobre las Bases de Licitación, hasta las 23:59
horas del décimo día corrido contado desde la publicación de éstas y sólo a
través de www.mercadopublico.cl.
Respuestas y
Aclaraciones
Se dará respuesta a las consultas de las Bases, el vigésimo día corrido contado
desde la publicación de Bases, a través de www.mercadopublico.cl
Si el vigésimo día fuere sábado, domingo o festivo, el plazo se extenderá hasta
el primer día hábil siguiente.
Cierre de recepción de
las ofertas
Los oferentes podrán presentar sus ofertas hasta el trigésimo día corrido
contado desde la publicación de bases hasta las 16 horas, a través de
www.mercadopublico.cl, De acuerdo con lo preceptuado en el inciso penúltimo
del artículo 25 del decreto N° 250, de 2004, no podrá vencer en días inhábiles o
en un día lunes o en un día siguiente a un día inhábil antes de las 15:00 hrs.
Si el trigésimo día fuere sábado, domingo o festivo, el plazo se extenderá hasta
el primer día hábil siguiente.
Apertura de las ofertas El acto de Apertura se efectuará a través de www.mercadopublico.cl. La apertura
se realizará desde las 16:01 hrs de la fecha del cierre de las ofertas y hasta los
cinco días hábiles siguientes al cierre.
Evaluación de
admisibilidad
La evaluación de admisibilidad se realizará en la apertura de las ofertas y
consistirá en la revisión de todos los documentos y anexos obligatorios
publicados por los oferentes, exigidos en bases de licitación, junto a la
verificación de la entrega física o electrónica del documento en garantía de la
seriedad de la oferta (si se ha solicitado en el proceso licitatorio). Todo, sin
perjuicio ni limitación a que, con posterioridad, pueda detectarse una causal de
inadmisibilidad en la presentación de algún oferente durante la etapa de
evaluación Administrativa, Técnica y Económica.
Evaluación
Administrativa,
Técnica y Económica
de las Ofertas
La evaluación Administrativa, Técnica y Económica de las ofertas se realizará
desde el día hábil siguiente de la evaluación de admisibilidad y no podrá exceder
de diez días hábiles.
Adjudicación La adjudicación de la Licitación se realizará dentro de los diez días hábiles
contados desde el término de la evaluación.
Suscripción del
contrato
El oferente adjudicado, cuando corresponda, estará obligado a firmar el
contrato, dentro de los 5 días hábiles siguientes al envío del contrato.
5.5.- Modalidad de Propuesta
Las propuestas se presentarán a través de www.mercadopublico.cl en pesos, con valores totales sin IVA., y
según cada ítem de accesorios. Además, se deberán presentar todos los anexos solicitados los cuales deberán
tener el producto requerido claramente identificado.
Los valores ofertados deberán incluir todos los gastos en los que incurra el adjudicatario hasta su total
recepción conforme, comprendiéndose entre ellos, por ejemplo, los relativos a capacitación, fletes incluidos,
derechos, patentes, legalización de documentos, etc.
Los oferentes podrán participar en uno o más ítems de accesorios.
En cada uno de los ítems de accesorios, los oferentes podrán presentar una sola oferta o bien una oferta
principal y otra alternativa.
5.6.- Ofertas Alternativas
Los proponentes podrán presentar una oferta alternativa, la que será estudiada por el Hospital como una
oferta más. La oferta alternativa deberá ser identificada en el Portal Mercado Público como “Oferta
Alternativa”.
5.7.- Validez de las Ofertas
Las ofertas deberán tener una validez mínima de 180 días corridos, contados desde la fecha de cierre de las
ofertas. La oferta cuyo período de validez sea menor al requerido, dará causa a declararla inadmisible. Si nada
señala la oferta, se entenderá que la oferta tiene una validez de 180 días corridos para todos los efectos. Lo
anterior, sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la totalidad de los antecedentes contenidos en la
oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley N° 19.886.
Vencido este plazo, y si no se hubiere realizado la adjudicación, el Hospital podrá solicitar a los proponentes
la prórroga de sus ofertas y garantías. Los proponentes podrán ratificar sus ofertas o retirarlas, formalizando
su decisión mediante comunicación escrita dirigida al director del Hospital y la entrega de nueva garantía la
cual deberá hacerse llegar a en oficinas de la Unidad de Licitaciones.
La comunicación se realizará a través de correo electrónico, al correo indicado por el oferente en el ANEXO
N°1. El oferente tendrá el plazo de 5 días hábiles para responder y entregar nueva garantía. De no recibir
respuesta se entenderá que el oferente no tiene interés en continuar.
Desde el día siguiente hábil contado de la comunicación del oferente de no perseverar en la propuesta, o
vencido el plazo de respuesta sin que el oferente se pronuncie al respecto, se pondrá a disposición de los
proponentes para su devolución la garantía a aquellos que no accedan a la prórroga.
5.8.- Garantía de Seriedad de la Oferta
El oferente garantizará la seriedad de su oferta mediante la entrega de una garantía por las propuestas
presentadas, siendo de su exclusiva responsabilidad que dicha garantía sea presentada conforme a las
siguientes especificaciones, en consecuencia, cualquier error u omisión en la mencionada garantía, dará causa
a declarar inadmisible la o las ofertas. Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la totalidad
de los antecedentes contenidos en la oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley N° 19.886.
Tipo de Documento Podrán ser presentados como documentos de caución, boletas de
garantía, vale vistas, certificados de fianza, póliza de garantía o cualquier
otro documento que cumpla con los siguientes requisitos
• Sea pagadero a la vista
• no sujeto a modalidad
• irrevocable
• Emitida a favor de Entidad Pública
Monto Mínimo $500.000 (quinientos mil pesos)
Beneficiario Hospital Clínico Metropolitano de La Florida Rut 65.075.485-9
Vigencia 180 días corridos a partir del momento del cierre de la recepción de
ofertas.
Glosa PARA GARANTIZAR LA SERIEDAD DE LA OFERTA LICITACION PÚBLICA
“ACCESORIOS DE MONITORES PARA EL HOSPITAL LA FLORIDA”. ID: 777304-XXLR24.”
(donde se señala XX, se debe reemplazar por el número de la licitación)
Si el documento a presentar, no permite, por su naturaleza, señalar la glosa en su
texto, esta deberá venir escrita al reverso o en acta adjunta adherida al
documento.
Forma y oportunidad
de
Entrega
El oferente o su representante deberá entregar físicamente la garantía a
profesional a cargo Sr. Anat Silva, en la Unidad de Licitaciones, ubicada en
dependencias del Ex CRS (CESFAM Provisorio de La Florida), Avenida Froilán Roa
6420, en horario de lunes a viernes, de 08:30 a 13:00 y de 14:30 a 16:00 horas,
antes del día y hora de cierre del proceso de recepción de ofertas en mercado
público. Las garantías deben entregarse en sobre cerrado dirigido a Sr. Anat silva,
Unidad de Licitaciones del Hospital La Florida, señalando en el sobre lo siguiente:
- GARANTIA SERIEDAD DE LA OFERTA ID: 777304-XX-LR24 (donde se señala XX, se
debe reemplazar por el número de la licitación)
- IDENTIFICACION DEL OFERENTE.
El oferente que necesite respaldar la entrega de su garantía deberá acompañar
una fotocopia del sobre que entrega. Esta fotocopia será timbrada por
profesional, indicando la fecha de su recepción y solo si se comprueba que el
documento físico viene en su interior.
Sin perjuicio de lo señalado anteriormente, la revisión del documento y requisitos
de admisibilidad solo se realizará en la apertura de las ofertas.
En caso de presentarse una Garantía en Formato Electrónico, deberán ser
presentadas en original junto a la oferta, antes del cierre de la recepción de las
ofertas en mercado público.
De no presentar la garantía en forma, lugar, día y hora señalados, la(s) oferta(s)
presentada(s) será(n) declarada(s) inadmisible(s). Esto último, sin perjuicio de las
garantías en formato electrónico que deben ajustarse, además, a las
disposiciones de la Ley N°19.799 sobre documentos electrónicos, firma
electrónica y servicios de certificación de dicha firma, que deberán acompañarse
juntamente con la oferta.
La garantía podrá ser tomada por el oferente o por un tercero a nombre de él.
Custodia Las garantías serán custodiadas por la Unidad de Tesorería del Hospital
de La Florida.
Se hace presente que en el edificio ubicado en Avenida Froilán Roa 6420, comuna La Florida, funcionan
distintas unidades del Hospital, por lo que será de exclusiva responsabilidad del proveedor entregar
correctamente la garantía, en caso que se entregue en un lugar distinto del indicado precedentemente, se
tendrá por no presentado el documento.
Si se presenta más de una oferta a concurso por un mismo oferente (oferta principal y oferta alternativa),
este solo deberá presentar una garantía por ambas ofertas publicadas.
5.9.- Devolución y Cobro de la Garantía de Seriedad de la Oferta
Las garantías de seriedad de la oferta se podrán hacer efectivas administrativamente, en los siguientes casos:
• Si el oferente en cualquier instancia desiste de su oferta.
• Si el proponente retira su oferta o se comprueba por el director o por la Comisión de Evaluación, la falsedad
de la información presentada, por cualquier medio que resulte procedente.
• Si una vez aceptada la oferta, el adjudicatario no acompaña el correspondiente documento de garantía de
fiel y oportuno cumplimiento del contrato dentro del plazo establecido en las presentes bases.
• Si el adjudicatario no se inscribe dentro del plazo establecido al efecto, en el Registro Electrónico
Oficial de Contratistas de la Administración “Chileproveedores” en forma previa a la subscripción del contrato.
• Si el adjudicatario no firma el contrato y/o no acompaña la documentación necesaria para la suscripción del
mismo.
Para el cobro de la Garantía de Seriedad de la Oferta, se aplicará el mismo procedimiento utilizado para el
cobro de multas, según lo establecido en estas Bases de Licitación.
La devolución de las garantías de seriedad de la oferta, de aquellos proponentes cuyas ofertas hayan sido
declaradas inadmisibles o desestimadas, se efectuará dentro del plazo de 10 días hábiles, contados desde la notificación de la Resolución que dé cuenta de la inadmisibilidad o adjudicación, salvo respecto del oferente
que hubiere obtenido el segundo lugar en el ranking de evaluación, ya que para resguardar una posible
readjudicación, su garantía será devuelta una vez suscrito el contrato.
Respecto del oferente adjudicado, su garantía de seriedad de la oferta, será devuelta una vez que éste
entregue la garantía de fiel cumplimiento del contrato.
Para hacer la entrega material del documento, y dado que estos documentos se encuentran en resguardo y
custodia de la Subdirección de Finanzas del HLF, el oferente deberá solicitar la devolución de la Garantía a
través de correo electrónico al responsable de la licitación, indicando tipo de documento e identificación del
proceso.
Una vez liberada la garantía desde la Unidad de Finanzas, el profesional a cargo de la licitación, informará al
oferente, mediante correo electrónico, la fecha y horario disponible para el retiro de la garantía.
La devolución de garantía se hará efectiva poniendo a disposición del proveedor el documento para su retiro
desde las dependencias del HLF.
Para el retiro se deberá cumplir con los siguientes requisitos:
Si retira Representante Legal deberá presentar:
• Representación Legal de la empresa
• Fotocopia de Cédula de Identidad por ambas partes
Si retira otra persona, deberá presentar:
• Poder Notarial Especial (para retiro de garantía, identificando documento que retira)
• Fotocopia de Cédula de identidad por ambas partes del representante legal
• Fotocopia de Cédula de Identidad de la persona que retira
5.10.- Modificación de las Bases
En cualquier momento, antes del cierre de recepción de ofertas, el Hospital podrá introducir modificaciones
a los documentos de licitación por medio de un acto administrativo publicado a través del portal electrónico
www.mercadopublico.cl, si estima que ello resulta esencial para los fines y/o correcto desarrollo del proceso
licitatorio, dicho acto se encuentra sujeto al trámite de toma de razón, conforme con lo dispuesto en el punto
10.4 del artículo 10, de la resolución N°7, de 2019 y N°14 de 2022, de la Contraloría General.
En caso de que lo anterior ocurra, el Hospital La Florida podrá otorgar un plazo prudencial a los oferentes para
que puedan conocer y adecuar sus ofertas a las modificaciones introducidas, pudiendo modificar la fecha de
cierre para estos efectos, lo cual será informado por el portal Mercado Público junto con las modificaciones,
una vez que el acto administrativo que las aprueba se encuentre totalmente tramitado.
En el evento de modificarse la fecha de cierre, el plazo para ofertar se ampliará en la cantidad de días que se
señale en www.mercadopublico.cl.
Es exclusiva responsabilidad del Proponente la revisión del Portal, con el objeto de informarse sobre lo
expuesto en este punto y en el punto 5.3. Así mismo, es obligación del oferente, una vez cerrada la
presentación de ofertas, revisar el Foro Inverso y responder las aclaraciones que se le soliciten por esta vía.
5.11.- Pacto De Integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el
presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en
el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos
integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea
considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los
siguientes compromisos:
1. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios,
dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación
con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que
eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que
pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la
posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
2. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que
tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta
o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o
naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas.
3. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para
efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la
veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
4. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas
costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
5. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en
las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
6. El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación,
así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
7. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria,
con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la
posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
8. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones
anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o
asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o
indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose
plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades
individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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6.- DE LAS PROPUESTAS |
Es responsabilidad de los oferentes presentar sus propuestas en tiempo y forma, es decir, en el plazo fijado
en el numeral 5.4 y con toda la información requerida en las presentes bases, de manera tal que permita una
evaluación objetiva, certera, entendible y transparente de todas y cada una de ellas.
Los archivos, documentos y/o anexos, que constituyan la oferta y que deben publicarse en el portal
www.mercadopublico.cl por el oferente, deben ingresarse al portal con el nombre asignado en estas bases,
de modo que sean fácilmente identificables para el evaluador, ejemplo: Anexo Nº02 Declaración Jurada.
Debe respetarse dicha fórmula de nomenclatura y el formato electrónico de cada anexo, a fin de facilitar la
identificación de los documentos y el proceso de evaluación, es decir deberá incorporarse con la mencionada
formula de nomenclatura y en el formato electrónico en el que originalmente figura el anexo (Excel, Word u
otro).
Los anexos Nº01 y 02 se deben presentar uno por cada oferente, es decir, si un oferente presenta oferta
alternativa, no es necesario ingresarlos por cada una de las ofertas.
La no presentación de cualquiera de los Anexos señalados como OBLIGATORIOS, hará inadmisible la oferta.
Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la totalidad de los antecedentes contenidos en la
oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley N° 19.886.
Los antecedentes solicitados en la presente licitación deben subirse a las carpetas disponibles del proceso en
www.mercadopublico.cl, agrupadas según se señala a continuación:
CARPETA ADMINISTRATIVA.
ANEXO NOMBRE ANEXO DESCRIPCIÓN ANEXO
01 PRESENTACIÓN DEL
OFERENTE
Documento en el cual el oferente indica información básica y esencial
respecto de su identificación. Debe adjuntarse en la carpeta administrativa
con el nombre: Anexo N°01 Presentación Del Oferente.
02 DECLARACIÓN
JURADA
Documento en el cual el oferente declara cumplir con las disposiciones
generales de la Ley de Compras y su respectivo Reglamento para ofertar y
contratar con el Estado. Debe adjuntarse en la carpeta administrativa con el
nombre: Anexo N°02 Declaración Jurada Del Oferente.
Por contener este documento la Declaración Jurada exigida para ofertar,
este anexo se considera un ANEXO OBLIGATORIO, por tanto, su no
presentación hará inadmisible la oferta. Lo anterior, sin perjuicio de que se
efectuará la revisión de la totalidad de los antecedentes contenidos en la
oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley N° 19.886.
No están obligados a presentar este Anexo N°02 Declaración Jurada,
aquellos oferentes que estén inscritos y en estado hábil en el portal
www.chileproveedores.cl y que posean en este registro publicado la
declaración para ofertar exigida por la normativa vigente y por estas bases,
a la fecha del cierre de las ofertas.
Además, los oferentes deben identificarse y acreditar su existencia, para ello deberá acompañar los siguientes
documentos en la Carpeta Administrativa:
• Si es persona natural:
- Imagen digitalizada de la cédula nacional de identidad.
• Si es persona jurídica:
El oferente deberá acreditar la vigencia de la sociedad, y para ello deberá presentar uno de los siguientes
documentos:
▪ Imagen digitalizada del certificado de vigencia de la sociedad oferente de data no superior a tres (3)
meses contados desde la presentación de la oferta, emitido por el Conservador de Bienes Raíces.
▪ Imagen digitalizada de la escritura pública de constitución de la sociedad y de todas sus modificaciones
vigentes.
▪ Imagen digitalizada del certificado de vigencia emitido por el Ministerio de Economía, Fomento y
Turismo para aquellas empresas creadas bajo el régimen establecido por la Ley N° 20.659, de data no
superior a tres (3) meses contados desde la presentación de la oferta.
El oferente deberá acreditar la vigencia de poderes del Representante Legal de la Sociedad, y para ello deberá
presentar la imagen digitalizada del RUT del oferente y de la cédula de identidad de su representante legal y
uno de los siguientes documentos:
▪ Imagen digitalizada del certificado de vigencia de poderes del representante legal del oferente, de data
no superior a tres (3) meses contados desde la presentación de la oferta, emitido por el Conservador
de Bienes Raíces.
▪ Imagen digitalizada del certificado de vigencia de la sociedad oferente de data no superior a tres (3)
meses contados desde la presentación de la oferta, emitido por el Conservador de Bienes Raíces, en
que consten los poderes otorgados al representante legal de la empresa.
▪ Imagen digitalizada del certificado de estatuto actualizado emitido por el Ministerio de Economía,
Fomento y Turismo para aquellas empresas creadas bajo el régimen establecido por la Ley N° 20.659,
de data no superior a tres (3) meses contados desde la presentación de la oferta.
No están obligados a acreditar su existencia y vigencia aquellos oferentes que estén inscritos y en estado hábil
en el portal www.chileproveedores.cl a la fecha del cierre de las ofertas cuyos respaldos e información para
acreditar su existencia y vigencia, se encuentren ya publicados en dicho portal.
CARPETA TÉCNICA
ANEXO NOMBRE ANEXO DESCRIPCIÓN ANEXO
03 LISTADO DE
ACCESORIOS
Documento Excel en el cual el oferente debe indicar el documento de
respaldo, nombre y número donde se encuentra toda la información
solicitada respecto de los accesorios ofertados.
Para acreditar dicha información, debe adjuntar todos los documentos,
fotografías y/o certificados que respalden su información, según los
requerimientos de las presentes bases.
El proponente deberá descargar archivo Excel “Anexo N°03 listado de
accesorios” publicado en el portal www.mercadopublico.cl. y completar
con la información señalada según cumpla o no con los requisitos
solicitados.
Las propuestas que no cumplan o no logren acreditar alguno de los
requisitos OBLIGATORIOS, serán declaradas inadmisibles y no serán
evaluadas.
Una vez completada la tabla Excel con la información requerida, debe
adjuntarse en la carpeta técnica con el nombre: Anexo N°03 listado de
accesorios.
ANEXO OBLIGATORIO, por tanto, su no presentación hará inadmisible la
oferta. Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la
totalidad de los antecedentes contenidos en la oferta, de acuerdo al artículo
9 de la Ley N° 19.886.
04 PLAZO DE ENTREGA
Documento en que se debe indicar por el proveedor el plazo máximo para
la entrega, de acuerdo a las Bases Administrativas y demás documentos que
forman parte de la licitación.
Se establece que el límite base para el tiempo de entrega es de 1 día (es
decir tiempo mínimo), cualquier otro inferior, se considerará con igual
puntaje a dicho límite de referencia, es decir se debe ofertar desde 1 día en
adelante. En caso de presentar un rango de entrega, se evaluará basándose
en el mayor periodo de tiempo especificado (a modo de ejemplo: si oferta
señala entrega entre 2 a 5 días, se evaluará como si se hubiera ofertado 5
días de entrega).
El plazo de entrega se deberá expresar en días corridos. Si el proveedor no
señala expresamente el/lo(s) plazo(s) en su oferta o señala en su oferta un
plazo de días hábiles, su oferta será declarada inadmisible.
Si el proveedor no señala expresamente en su oferta si son días hábiles o
corridos, se entenderán que son días corridos, para todo efecto.
El plazo ofertado se entiende comenzará, a partir de la fecha de la
aceptación de la Orden de Compra emitida por el Hospital en el portal
www.mercadopublico.cl. El proveedor deberá aceptar la Orden de compra
en el plazo de 24 horas desde su publicación. Vencidas las 24 horas sin
respuesta en el portal, se entenderá que la Orden de compra ha sido
aceptada tácitamente por el proveedor, comenzando a correr los plazos de
entrega. Todo, sin perjuicio, de lo señalado en la cláusula de estas bases,
sobre El Pago.
Una vez completados los datos, debe adjuntarse el documento en la carpeta
técnica con el nombre: “Anexo N°04 Plazo de Entrega”
ANEXO OBLIGATORIO, por tanto, su no presentación hará inadmisible la
oferta. Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la
totalidad de los antecedentes contenidos en la oferta, de acuerdo al artículo
9 de la Ley N° 19.886.
05
CERTIFICADO
COMPORTAMIENTO
CONTRACTUAL
ANTERIOR
Documentos que indican la identificación de los clientes/contratos con los
que tenga o haya tenido contratos del mismo rubro y envergadura de los
accesorios requeridos en la presente licitación y que certifican que el
oferente ha tenido un comportamiento contractual intachable.
Para estos efectos se considerarán del mismo rubro, contratos referidos a
la venta de los mismos accesorios requeridos en esta adquisición y de la
misma marca ofertada y se considerará de la misma envergadura cuando
los contratos se hayan celebrado con instituciones de salud público o
privada. Si no concurren estas dos condiciones en conjunto, el certificado
no será considerado en la Evaluación.
Los Certificados de Comportamiento Contractual Anterior, deberán
presentarse firmados por la persona facultada para ello de la respectiva
empresa o institución, identificándose en el mismo como tal y con el timbre
de la Institución que adquirió los accesorios. No serán considerados para la
evaluación los Certificados de Comportamiento Contractual Anterior
emitidos por el propio oferente, por las entidades del grupo empresarial al
que pertenece la empresa o sociedad oferente o por las personas jurídicas
que tengan, respecto de la empresa o sociedad oferente, la calidad de
matriz, coligante, filial o coligada, en conformidad a las definiciones
contenidas en la Ley N° 18.046.
El Hospital se encontrará facultado para confirmar los antecedentes
entregados, contactando a las respectivas Instituciones que hayan otorgado
dichas certificaciones.
Si se presentan certificaciones del propio Hospital La Florida, solo serán
consideradas a evaluación las emitidas por la Unidad de Gestión de
Contratos del Hospital.
En consecuencia, los antecedentes y clientes/contrato del oferente, que
no puedan ser acreditados o confirmados a través de la presentación y revisión de estos certificados, se entenderán como no presentados, para
efectos de la evaluación.
Para la Evaluación se considerará sólo la presentación hasta un máximo de
6 certificados de clientes distintos, que hayan adquirido los accesorios en
los últimos 24 Meses desde el cierre de recepción de las ofertas de este
proceso licitatorio.
Si el oferente presenta más de 6 certificados, sólo se considerarán los 6
certificados donde consten las contrataciones de fechas más recientes.
Estos certificados deben adjuntarse en la carpeta técnica con el nombre:
“Anexo N°05 Certificado Comportamiento Contractual Anterior”.
06
ÓRDENES DE
COMPRA
Anexo en el cual el proveedor deberá ingresar las órdenes de compra:
• Para organismos de salud pública, órdenes de compra de Mercado
Publico aceptadas por el oferente y donde conste expresamente
su recepción conforme.
• Para organismos de salud privada, orden de compra y factura
correspondiente.
Se deberá acreditar experiencia en venta del mismo bien y/o servicio
ofertado dentro de los 24 meses anteriores al cierre de recepción de las
ofertas de este proceso licitatorio.
Se deberán adjuntar las órdenes de compra en la carpeta técnica con el
nombre Anexo N°06 “Órdenes de compra”
08
DECLARACIÓN
JURADA
PROGRAMA DE
INTEGRIDAD CON
APLICACIÓN DE
CÓDIGO ÉTICA
PARA
PROVEEDORES
(DIRECTIVA N°31
CHILECOMPRA)
Documento que declara la aplicación de programas de integridad de Código
de ética para proveedores, correspondiente a la Directiva N°31
ChileCompra, por el proveedor y sus trabajadores. Si no se presenta este
anexo, o se presenta sin firma, se entenderá que no conoce ni aplica
programas de integridad y/o políticas contenidas en Código de ética para
proveedores, por tanto, su oferta no será evaluada en este criterio de
evaluación.
Anexo N°08 Declaración jurada programa de integridad con aplicación de
código ética para proveedores (Directiva N°31 ChileCompra).
CARPETA ECONÓMICA
ANEXO NOMBRE ANEXO DESCRIPCIÓN ANEXO
07 CARTA OFERTA
Documento donde se oferta el valor unitario y total, sin IVA y en pesos
chilenos, por ítem del producto ofertado, incluidos todos los gastos en los que
incurra el adjudicatario hasta su total recepción conforme, comprendiéndose
entre ellos por ejemplo los relativos a capacitación, fletes incluidos, derechos,
patentes, etc.
Una vez completado el documento, debe adjuntarse en la carpeta Económica
con el nombre: Anexo N°07 Carta Oferta.
El oferente deberá asegurarse que los valores contenidos en los documentos
que conforman la oferta, sean iguales a los valores ingresados en el campo
correspondiente en el portal www.mercadopublico.cl. En caso de existir
discrepancias entre el valor indicado en el anexo y el valor ingresado en el
portal, prevalecerá la oferta subida en cada línea de producto a
www.mercadopublico.cl.
Se establece expresamente que si la oferta del proveedor es de $1 en
Mercado Público, su oferta será declarada inadmisible.
ANEXO OBLIGATORIO, por tanto, su no presentación hará inadmisible la
oferta. Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la totalidad
de los antecedentes contenidos en la oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley
N° 19.886.
Si falta alguno de los anexos OBLIGATORIOS o no se logra acreditar su contenido, la oferta será inadmisible.
Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la totalidad de los antecedentes contenidos en la oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley N° 19.886.
6.1.- Carácter de los Documentos
Cada oferta deberá cumplir con todos los requisitos de admisibilidad administrativa, técnica y económica, sin embargo, es dable señalar que en esta Licitación podrán existir los siguientes documentos:
• DOCUMENTO “ANEXO”: Anexo numerado que se debe completar o no, según corresponda y cuyo
contenido se deberá acreditar cuando así se indique, con los respectivos documentos de respaldo
adjuntos en cada carpeta de su oferta.
• DOCUMENTO “RESPALDO”: Documento que se pide acompañar en la oferta para respaldar y/o
acreditar algún requerimiento solicitado en un anexo o en bases.
Estos documentos de respaldo podrán ser entre otros: fotos, boucher, fichas técnicas, certificados,
declaraciones, contratos, órdenes de compras, catálogos, etc., según se solicite en cada caso.
Los documentos Anexos o respaldos podrán tener carácter de obligatorios o no.
Según lo anterior, los documentos, anexos o respaldos, se pueden clasificar en “esencial” o “subsanable”, según el siguiente detalle:
a.1 Documento Esencial: Son aquellos que no admiten corrección, enmienda, rectificación o subsanación, por ende, si alguna de las propuestas no cumple con la presentación conforme y/o el correcto llenado del
documento, sea anexo o respaldo, según se solicita en estas bases, la oferta será inadmisible. Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la totalidad de los antecedentes contenidos en la oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley N° 19.886.
Se entenderán Documentos, anexos o respaldos esenciales los siguientes:
▪ Anexo N°02 Declaración Jurada.
▪ Anexo N°04 Plazo de entrega.
▪ Anexo N°07 Carta Oferta.
▪ Garantía de Seriedad de la Oferta señalada en punto 5.8 de Bases Administrativas de Licitación.
a.2 Documento Subsanable: Son aquellos documentos que, presentados, adolecen de defectos de forma o
errores no esenciales o de tipeo, que obedecen a una justa causa de error u omisión o aquellos documentos
que no se hayan adjuntado por omisión a la oferta.
Los oferentes podrán enmendar sus omisiones u errores, dentro de un plazo de 24 o 48 horas según explicite el Hospital La Florida, contado desde su requerimiento, mediante el foro inverso del proceso licitatorio y a
través de www.mercadopúblico.cl., y según lo señalado en el punto 8.2.1. de estas bases.
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7.- APERTURA DE LAS PROPUESTAS |
La apertura electrónica de las propuestas que se hayan ingresado en el portal www.mercadopublico.cl. Se
efectuará de acuerdo al calendario de plazos del numeral 5.4, debiendo levantarse acta de lo obrado.
Se realizará en ella, la revisión de los requisitos de admisibilidad esencial dejando constancia de los oferentes
que no cumplan con dichos requisitos en la Apertura Electrónica que se publica en www.mercadopublico.cl.
Una vez verificado el cumplimiento de los oferentes, de los requisitos exigidos en las presentes bases de
licitación y confeccionada la correspondiente Acta de Apertura, se procederá a la evaluación administrativa,
técnica y económica de los oferentes y sus ofertas, por parte de la Comisión Evaluadora, designada por el
Hospital en las presentes bases.
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8.- DE LA EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS |
8.1.- Comisión de Evaluación
La Comisión de Evaluación podrá estar integrada por las siguientes personas o sus subrogantes legales
1. Subdirector Administrativo.
2. Jefatura de Abastecimiento.
3. Jefatura Gestión de Contratos.
4. Jefatura de Finanzas
5. Referente/s Técnico/s.
En caso de ausencia o inhabilidad de uno o más de los miembros de la comisión de evaluación, ocupará su
lugar el subrogante respectivo, o el funcionario que designe la autoridad en su caso, con la finalidad que la
comisión sesione con la totalidad de los miembros que la integran.
En el caso de no ser posible la subrogancia, se reemplazará al integrante de la comisión a través de resolución
fundada, por funcionario que, revista las mismas calidades, todo, sin perjuicio de que su composición sea
informada en el portal www.mercadopublico.cl, una vez dictado el acto administrativo, correspondiente
conforme al inciso final del artículo 37 del decreto N°250, de 2004.
En el evento que la comisión este excepcionalmente integrada por personas ajenas a la administración y en
un número inferior a los funcionarios públicos, tal como lo previene el inciso cuarto del artículo 37 del
mencionado reglamento, su designación deberá ser fundada.
Las autoridades y funcionarios, así como los contratados a honorarios o las personas ajenas a la
administración, (en los casos en que excepcionalmente participen en procedimientos de contratación),
deberán abstenerse de participar en la evaluación y distintas etapas de los procedimientos de contratación,
cuando exista cualquier circunstancia que les reste imparcialidad. Para ello, previa evaluación, cada uno de
sus integrantes, firmará una Declaración Jurada de no tener Conflicto de Interés.
En caso de que alguno de los integrantes esté contratado a honorarios o se trate de personas ajenas a la
administración, estos solo tendrán derecho a voz, debiendo siempre la Comisión estar conformada por
mayoría simple de miembros a contrata.
La comisión revisará, las ofertas recepcionadas e inscritas en el Acta de Apertura, la Comisión de Evaluación
dará inicio al proceso de evaluación de las ofertas formuladas.
La Comisión de Evaluación, podrá ser asesorada por una Comisión Técnica compuesta por un máximo de 3
profesionales de las áreas correspondientes al proceso en análisis.
La comisión de Evaluación será presidida según el siguiente orden de prelación:
1. Subdirector Administrativo.
2. Jefatura de Abastecimiento.
3. Jefatura Gestión de Contratos.
4. Jefatura de Finanzas
La comisión podrá sesionar con un mínimo de 3 de sus integrantes en los días y horas citadas para los efectos
de evaluación. Las decisiones se tomarán conforme la metodología de evaluación indicada en el punto 8.3.
8.2.- Examen de Antecedentes
La Comisión de evaluación verificará los Antecedentes presentados por los oferentes e informará al director,
quien en virtud de lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley Nº 19.886, podrá declarar, mediante resolución
fundada, inadmisible aquellas ofertas que no cumplan los requisitos establecidos en las bases.
El Hospital Clínico Metropolitano La Florida se reserva el derecho de declarar inadmisible las ofertas cuando
no cumplieren con los requisitos exigidos en las presentes Bases.
A su vez, el Hospital declarará desierta la licitación cuando no se presenten ofertas, o bien, cuando éstas no
resulten convenientes a sus intereses. En todos los casos, los oferentes no tendrán derecho a indemnización
alguna por estas circunstancias.
La decisión de inadmisibilidad o de declaración de desierta, se efectuará por resolución fundada, que será
publicada en www.mercadopublico.cl.
8.2.1.-Aclaración y complementación de antecedentes en FORO INVERSO de www.mercadopublico.cl
• Errores u omisiones en documentos presentados
El Hospital La Florida de conformidad con el artículo 40 inciso 1º del Decreto Nº 250 que aprueba el
reglamento de la Ley Nº 19.886, podrá solicitar a los oferentes aclaraciones o que salven errores u omisiones
formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes
una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios
de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, informándose debidamente dicha solicitud al
resto de los oferentes a través del Portal Mercado Público.
• Omisión de documentos
El Hospital La Florida de conformidad con el artículo 40 inciso 2° del Decreto Nº 250, podrá permitir la
presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de
efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el
vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.
El plazo que tendrán los oferentes, en ambos casos, ya sea para subsanar documentos presentados o adjuntar
documentos omitidos para dar cumplimiento a lo solicitado por el mandante, no podrá ser superior a 24 o 48
horas, según defina el Hospital, contadas desde la fecha de publicación en el FORO INVERSO de
www.mercadopublico.cl, de la solicitud por parte del Hospital.
Si la aclaración solicitada o el documento omitido no se presenta dentro del plazo asignado, se asumirá que
el requisito en duda no se cumple y la oferta recibirá el puntaje correspondiente establecido en el criterio
“cumplimiento de requisitos formales”.
8.3.- Metodología de Evaluación
La evaluación se hará asignando puntuación según los rangos que se indican, a los aspectos que se detallan;
la oferta que logre la puntuación más alta, será propuesta para adjudicación.
La evaluación de las propuestas será realizada por la Comisión de Evaluación conforme a los criterios de
evaluación, analizando los antecedentes admisibles aportados por los oferentes a través del Portal
www.mercadopublico.cl.
Se ponderarán los puntajes obtenidos, estableciéndose un ranking, del cual se seleccionará la oferta que
obtenga el mayor puntaje y que cumpla de mejor forma los intereses del Hospital.
En el caso de tratarse de un proceso cuya adjudicación se realice por la totalidad de líneas o ítems licitados a
un solo proveedor, el resultado final de la evaluación se obtendrá de la sumatoria de puntajes finales de todos
los ítems ofertados en su conjunto, siendo la oferta ganadora la que obtenga el mayor puntaje de dicha
sumatoria.
Se elaborará el Acta de Evaluación según el análisis realizado para cada uno de los criterios evaluados.
8.3.1 Mecanismos de Evaluación:
La obtención de los puntajes de los requerimientos para cada evaluación podrá ser del tipo tabulación,
dicotómico o porcentual.
a) Mecanismo de Tabulación:
Para el caso de evaluación a través de tabulación, se asignará un puntaje por tramo, requisito o característica
indicada según orden de importancia, el resultado será ponderado según el porcentaje asignado al criterio.
b) Mecanismo Dicotómico:
Para el caso del puntaje dicotómico, el cumplimiento del requerimiento significará la obtención del puntaje
máximo y en caso contrario, el puntaje obtenido será cero.
c) Mecanismo Porcentual:
Para el caso del puntaje porcentual, este se obtendrá dependiendo de si se aplica el criterio del mayor valor
o menor valor, donde la fórmula de cálculo para cada caso es la siguiente:
c.1) Criterio Mayor Valor:
𝐶𝑟𝑖𝑡𝑒𝑟𝑖𝑜 𝑀𝑎𝑦𝑜𝑟 𝑉𝑎𝑙𝑜𝑟: (
𝑉𝑎𝑙𝑜𝑟 𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑑𝑜
𝑀𝑎𝑦𝑜𝑟 𝑉𝑎𝑙𝑜𝑟 𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑑𝑜) 𝑥 (𝑃𝑢𝑛𝑡𝑎𝑗𝑒 𝑑𝑒𝑙 𝑅𝑒𝑞𝑢𝑒𝑟𝑖𝑚𝑖𝑒𝑛𝑡𝑜)
El oferente obtendrá el puntaje máximo del requisito evaluado toda vez que su valor ofertado sea igual al
mayor valor ofertado, del conjunto de las ofertas. Cada valor ofertado distinto al mayor valor ofertado, en
consecuencia, generará un puntaje menor para el requerimiento en evaluación.
c.2) Criterio Menor Valor :
𝐶𝑟𝑖𝑡𝑒𝑟𝑖𝑜 𝑀𝑒𝑛𝑜𝑟 𝑉𝑎𝑙𝑜𝑟: (
𝑀𝑒𝑛𝑜𝑟 𝑉𝑎𝑙𝑜𝑟 𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑑𝑜
𝑉𝑎𝑙𝑜𝑟 𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑑𝑜 ) 𝑥 (𝑃𝑢𝑛𝑡𝑎𝑗𝑒 𝑑𝑒𝑙 𝑅𝑒𝑞𝑢𝑒𝑟𝑖𝑚𝑖𝑒𝑛𝑡𝑜)
El oferente obtendrá el puntaje máximo del requerimiento evaluado, toda vez que su valor ofertado sea igual
al menor valor ofertado, del conjunto de las ofertas. Cada valor ofertado distinto al menor valor ofertado, en
consecuencia, generará un puntaje menor para el requerimiento en evaluación.
8.4.- Criterios de Evaluación
Se evaluará conforme a los criterios de evaluación, que a continuación se indican, sin afectar los principios de
igualdad de los mismos y con estricta sujeción a las bases, de acuerdo a las ponderaciones que se señalan:
CRITERIOS PODERACIÓN
FACTORES
PUNTAJE
MAXIMO
Cumplimiento de Requisitos Formales 1% 100
Programas de integridad con aplicación de código de
ética para proveedores del Estado 1% 100
Autorización de fábrica 10% 100
Experiencia oferente 5% 100
Comportamiento contractual anterior 5% 100
Plazo de Entrega 13% 100
Tiempo de Garantía Técnica 5% 100
Evaluación económica 60% 100
8.4.1 Cumplimiento de los Requisitos Formales de las Ofertas (1%)
Se evaluará el cumplimiento formal de los requisitos administrativos, técnicos y económicos, a través del
mecanismo de Tabulación, asignándose el siguiente puntaje:
TRAMO, REQUISITO O CARACTERISTICA PUNTAJE
Presenta oferta con todos los documentos requisitos administrativos, técnicos, económicos
y anexos solicitados, en tiempo y forma.
100
Presenta oferta con todos los documentos, requisitos administrativos, técnicos, económicos
y anexos solicitados, pero se debe pedir subsanar o enmendar elementos de tipo
subsanables a través de foro inverso y proveedor corrige y/o subsana en tiempo y forma.
50
Presenta oferta con todos los documentos, requisitos administrativos, técnicos, económicos
y anexos solicitados, pero se debe pedir subsanar o enmendar elementos de tipo
subsanables a través de foro inverso y proveedor NO corrige o subsana en tiempo y forma.
0
8.4.2 Programas de integridad con aplicación de código de ética para proveedores del Estado (1%)
Corresponde a programas de integridad relacionadas a la contratación pública con aplicación del código de
ética para proveedores dentro de la empresa y por parte de sus trabajadores, situación debidamente
acreditada, a través de declaración jurada del proveedor (anexo 08), donde se señala expresamente como
política de su empresa dicho programa de integridad con aplicación del código de ética para proveedores
(Directiva N°31 de ChileCompra).
Si el oferente es una UTP se deberán adjuntar las declaraciones juradas por cada uno de sus integrantes.
De no ser presentadas las declaraciones juradas, se entenderá que no cuentan con estas políticas ni aplican
código de ética para proveedores, otorgándoles 0 puntos en este criterio.
Para este criterio se aplicará el mecanismo dicotómico, según la siguiente tabla y el anexo N°08:
REQUERIMIENTO PUNTAJE
Aplica programa de integridad con código de ética para proveedores (Directiva N°31
ChileCompra) en sus contrataciones con el estado. 100
NO aplica programa de integridad con código de ética para proveedores (Directiva N°31
ChileCompra) en sus contrataciones con el estado, o no logra acreditar. 0
8.4.3 Autorización de fábrica (10%)
Se evaluará a través del mecanismo de Tabulación y de acuerdo a la siguiente Pauta de Evaluación:
REQUERIMIENTO PUNTAJE FORMA DE ACREDITAR
Autorización de Fábrica (Documento en donde el oferente
certifica estar autorización por la fábrica para realizar
comercialización del accesorio para el equipo asociado a
la marca en Chile. La autorización de fábrica, no puede ser,
en ningún caso, generado por el mismo proveedor, a
excepción de que el proveedor sea fabricante de la marca)
100 Adjuntar Certificado Vigente
No cuenta o no logra acreditar 0 N/A
8.4.4 Experiencia del oferente (5%)
Este criterio se evaluará a través del mecanismo de Tabulación, en base a lo siguiente:
Se medirá y acreditará la experiencia del oferente tanto en el sector público como en el privado, con la
evaluación de órdenes de Compra, según lo siguiente:
Experiencia en sector público: con la presentación de “Órdenes de Compra de Mercado Público aceptadas y
con recepción conforme ” que hayan presentado los oferentes, adjuntas en la carpeta Técnica, estos
documentos deben indicar los clientes/contratos con los que tenga o haya tenido contratos del mismo rubro
y envergadura de los productos requeridos en la presente licitación, emitidas en el portal de mercado público,
aceptadas por el oferente y donde conste expresamente su recepción conforme, que acreditan la experiencia
del proveedor en la venta de los bienes y/o servicios requeridos.
Experiencia en Sector Privado: con la presentación de “Órdenes de Compra con su correspondiente factura”
que hayan presentado los oferentes, adjuntas en la carpeta Técnica, estos documentos deben indicar los
clientes/contratos con los que tenga o haya tenido contratos del mismo rubro y envergadura de los bienes
y/o servicios requeridos en la presente licitación.
Para ambos tipos de experiencia se considerarán del mismo rubro, las Ordenes de compras de MP y las
Ordenes de compras con sus respectivas facturas, referidas a la venta de los mismos bienes y/o servicios
requeridos en esta adquisición y se considerará de la misma envergadura cuando dichos contratos se hayan
celebrado con organismos de salud públicos o privados.
Si no concurren estas dos condiciones en conjunto, las Orden de Compra de Mercado Público o las Ordenes
de compras con sus facturas, no serán consideradas como antecedente para la Evaluación.
Las órdenes de compra tanto de mercado público como del sector privado, deberán presentarse una por cada
cliente/contrato. Si presenta más de una orden de compra emitida por la misma Institución Pública o Privada,
solo será considerada la Orden de Compra de fecha más actual.
El Hospital se encontrará facultado para confirmar los antecedentes entregados revisando el portal mercado
público y SII de ser necesario, contactando a las respectivas Instituciones y empresas que hayan emitido dichas
órdenes.
En consecuencia, los antecedentes y clientes/contratos del oferente, que no puedan ser acreditados o
confirmados a través de la presentación y revisión de estas Órdenes de Compra de Mercado Público que no
cuenten con Recepción conforme, o las Órdenes de compra de sector privado que no se presenten junto a su
correspondiente factura, se entenderán como no presentadas, para efectos de la evaluación.
Para la Evaluación se considerará sólo la presentación hasta un máximo de 6 órdenes de compra de
clientes/contratos distintos que hayan adquirido los mismos servicios en los últimos 24 meses anteriores al
cierre de recepción de las ofertas de este proceso licitatorio.
Si el oferente presenta más de 6 órdenes de compra, solo se considerarán las 6 órdenes de compra donde
consten las contrataciones de fechas más recientes.
REQUERIMIENTO PUNTAJE
Presenta órdenes de compra de 6 clientes 100
Presenta órdenes de compra de 5 clientes 80
Presenta órdenes de compra de 4 clientes 60
Presenta órdenes de compra de 3 clientes 40
Presenta órdenes de compra de 2 clientes 20
Presenta órdenes de compra de 1 clientes 10
No presenta órdenes de compra 0
8.4.5 Comportamiento Contractual Anterior (5%)
Este Factor se evaluará a través del mecanismo de Tabulación, en base a lo siguiente:
Se medirá el comportamiento contractual anterior del oferente con la evaluación del documento Anexo N°05,
“Certificado Comportamiento Contractual Anterior”, suscrito por clientes/contratos con los que tenga o haya
tenido contratos del mismo rubro y envergadura de los accesorios requeridos en la presente licitación que
declaren la conducta intachable del oferente sin multas, sanciones ni término anticipado de contrato Para estos efectos se considerarán del mismo rubro, contratos referidos a la venta de los mismos accesorios
requeridos en esta adquisición y de la misma marca ofertada y se considerará de la misma envergadura
cuando los contratos se hayan celebrado con instituciones de salud público o privada. Si no concurren estas
dos condiciones en conjunto, el certificado no será considerado en la Evaluación.
Los Certificados de Comportamiento Contractual Anterior, deberán presentarse firmados por la persona
facultada para ello de la respectiva empresa o institución, identificándose en el mismo como tal y con el timbre
de la Institución que adquirió el accesorio. No serán considerados para la evaluación los Certificados de
Comportamiento Contractual Anterior emitidos por el propio oferente, por las entidades del grupo
empresarial al que pertenece la empresa o sociedad oferente o por las personas jurídicas que tengan, respecto
de la empresa o sociedad oferente, la calidad de matriz, coligante, filial o coligada, en conformidad a las
definiciones contenidas en la Ley N° 18.046.
El Hospital se encontrará facultado para confirmar los antecedentes entregados, contactando a las respectivas
Instituciones que hayan otorgado dichas certificaciones.
En consecuencia, los antecedentes y clientes/contratos del oferente, que no puedan ser acreditados o
confirmados a través de la presentación y revisión de estos certificados, se entenderán como no
presentados, para efectos de la evaluación.
Para la Evaluación se considerará sólo la presentación hasta un máximo de 6 certificados de clientes/contratos
distintos, que hayan adquirido los accesorios en los últimos 24 Meses desde el cierre de recepción de las
ofertas de este proceso licitatorio.
Si el oferente presenta más de 6 certificados, sólo se considerarán los 6 certificados donde consten las
contrataciones de fechas más recientes.
Estos certificados deben adjuntarse en la carpeta técnica con el nombre: “Anexo N°05 Certificado
Comportamiento Contractual Anterior”.
REQUERIMIENTO PUNTAJE
Presenta Certificados de 6 clientes 100
Presenta Certificados de 5 clientes 80
Presenta Certificados de 4 clientes 60
Presenta Certificados de 3 clientes 40
Presenta Certificados de 2 clientes 20
Presenta Certificados de 1 clientes 10
No presenta certificados o estos no pueden ser
corroborados con la entidad emisora 0
8.4.6 Plazo de Entrega (13%)
El criterio de evaluación Plazo de Entrega se evaluará con el mecanismo Porcentual del Menor Valor, según lo
siguiente:
REQUERIMIENTO PUNTAJE
MÁXIMO
Plazo de Entrega (Anexo N°04) 100
𝑀𝑒𝑛𝑜𝑟 𝑃𝑙𝑎𝑧𝑜: (
𝑀𝑒𝑛𝑜𝑟 𝑃𝑙𝑎𝑧𝑜 𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑑𝑜
𝑃𝑙𝑎𝑧𝑜 𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑑𝑜 ) 𝑥 100
El proponente debe informar el plazo que tardará en entregar el producto adjudicado en su Anexo Nº04. Se
establece que el límite base para el tiempo de entrega es de 1 día (es decir tiempo mínimo), cualquier otro
inferior, se considerará con igual puntaje a dicho límite de referencia, es decir se debe ofertar desde 1 día en
adelante. En caso de presentar un rango de entrega, se evaluará basándose en el mayor período de tiempo
especificado (a modo de ejemplo: si oferta señala como plazo de entrega entre 2 a 5 días, se evaluará como
si se hubiera ofertado 5 días de entrega).
El plazo de entrega se deberá expresar en días corridos. Si el proveedor señala en su oferta días hábiles, su
oferta será declarada inadmisible. Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la totalidad de
los antecedentes contenidos en la oferta, de acuerdo al artículo 9
Si el proveedor no señala expresamente en su oferta si son días hábiles o corridos, se entenderán que son días
corridos, para todo efecto.
El plazo ofertado se entiende comenzará a correr a partir de la fecha de la aceptación de la Orden de Compra
emitida por el Hospital en el portal www.mercadopublico.cl. (En www.mercadopublico.cl el proveedor deberá
aceptar la Orden de Compra en el plazo de 24 horas desde su publicación. Vencidas las 24 horas sin respuesta
en el portal, se entenderá que la Orden de compra ha sido aceptada tácitamente por el proveedor,
comenzando a correr los plazos de entrega). Todo, sin perjuicio, de lo señalado en la cláusula de bases, sobre
El Pago.
8.4.7 Tiempo de Garantía Técnica (5%)
Este factor se evaluará a través del mecanismo de mayor valor, en base a lo siguiente:
El periodo de garantía técnica de los accesorios, no podrá ser, en ningún caso, menor a 03 meses.
Si el proveedor oferta una garantía técnica menor a 3 meses, su oferta será declarada inadmisible. Lo anterior,
sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la totalidad de los antecedentes contenidos en la oferta, de
acuerdo al artículo 9 de la Ley N° 19.886.
REQUERIMIENTO PUNTAJE MÁXIMO
Mayor Valor Ofertado 100
𝐶𝑟𝑖𝑡𝑒𝑟𝑖𝑜 𝑀𝑎𝑦𝑜𝑟 𝑉𝑎𝑙𝑜𝑟: (
𝑉𝑎𝑙𝑜𝑟 𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑑𝑜
𝑀𝑎𝑦𝑜𝑟 𝑉𝑎𝑙𝑜𝑟 𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑑𝑜) 𝑥 (𝑃𝑢𝑛𝑡𝑎𝑗𝑒 𝑑𝑒𝑙 𝑅𝑒𝑞𝑢𝑒𝑟𝑖𝑚𝑖𝑒𝑛𝑡𝑜)
8.4.8 Evaluación económica (60%)
La evaluación económica considerará el valor total neto por el ítem solicitado, el cual se debe ingresar en
Anexo Nº07 Carta Oferta:
REQUERIMIENTO PUNTAJE MÁXIMO
Menor Valor Ofertado 100
Se establece que el puntaje que se obtenga en el total de la oferta por cada accesorio será el que se someterá
al cálculo según el menor valor ofertado, lo cual permitirá establecer la mejor condición económica para la
adjudicación.
El valor ofertado de cada línea se debe ajustar al monto estimado señalado en bases técnicas.
𝑀𝑒𝑛𝑜𝑟 𝑃𝑟𝑒𝑐𝑖𝑜: (
𝑀𝑒𝑛𝑜𝑟 𝑃𝑟𝑒𝑐𝑖𝑜 𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑑𝑜
𝑃𝑟𝑒𝑐𝑖𝑜 𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑑𝑜 ) 𝑥 100
Se establece expresamente que si la oferta del proveedor es de $1 en Mercado Público, su oferta será
declarada inadmisible.
8.5.- Situación de Empate:
En caso de que dos o más ofertas obtengan igual puntaje total, se resolverá el empate según los siguientes
criterios:
a) se seleccionará aquella oferta que presente el mejor puntaje en el criterio plazo de entrega.
b) Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que presente el mejor puntaje en el criterio
experiencia oferente.
c) Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que presente el mejor puntaje en el criterio
Autorización de fábrica.
d) Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que presente el mejor puntaje en el criterio Tiempo
de Garantía Técnica.
e) Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que presente el mejor puntaje en el criterio
Comportamiento Contractual anterior.
f) Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que presente el puntaje más alto en el criterio
Evaluación económica.
g) Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que presente el mejor puntaje en el criterio de
Programas de integridad con aplicación de código de ética para proveedores del Estado.
h) Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que presente el mejor puntaje en el criterio de
cumplimiento de requisitos formales.
i) Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que fuese ingresada primero, según la fecha y hora
en el portal Mercado Publico
8.6.- Acta de Evaluación
La Comisión de Evaluación elaborará el "Informe o Acta Final de Evaluación" el cual contendrá:
• La identificación de los integrantes de la Comisión de Evaluación que asistieron a evaluar.
• La identificación de los asesores expertos invitados a la Evaluación, si es que existieron.
• La identificación de las ofertas que no cumplieron alguno de los requerimientos obligatorios de bases,
siendo rechazadas sus ofertas en la apertura, quedando por lo tanto fuera de evaluación y aquellas que
fueron evaluadas pero se determinó de igual manera que no cumplieron alguno de los requerimientos
obligatorios de bases, por tanto se deben proponer junto a las rechazadas, para ser declaradas
inadmisibles por la autoridad y la información detallada sobre cuál o cuáles requerimientos no fueron
cumplidos por todas estas ofertas.
• Un cuadro comparativo de las propuestas con las respectivas puntuaciones parciales obtenidas en cada
uno de los criterios de evaluación, así como también un resumen de la Evaluación realizada con
especificación del puntaje final.
• Un análisis final de evaluación y/o las observaciones, si proceden.
• Cuando no se hayan presentado ofertas, la constancia de esta situación para declarar Desierto el proceso.
• Los fundamentos de declarar desierto el proceso en base a ofertas presentadas y evaluadas que no
resulten convenientes para los intereses del establecimiento.
• La recomendación o propuesta final, a la autoridad competente, de adjudicación del oferente mejor
evaluado o de declarar desierto el proceso, según sea el caso, fundada en razones objetivas y no
discriminatorias.
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9.- DE LA ADJUDICACION DE LA PROPUESTA |
9.1.- Criterios de Adjudicación
La Adjudicación se hará por ítem de accesorios, de acuerdo a la compatibilidad con los monitores, pudiendo un oferente adjudicarse más de un ítem de accesorios a la vez.
Se adjudicará cada ítem a aquel proponente cuya oferta en ese ítems de accesorios haya sido evaluada como la más ventajosa para los intereses de la institución, considerando los criterios de evaluación establecidos en las presentes Bases y conforme las facultades y prerrogativas establecidas en la normativa sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios.
9.2.- Comunicación de la Adjudicación
El Hospital Clínico Metropolitano La Florida adjudicará la oferta mediante acto administrativo, el cual tendrá plena vigencia una vez que se encuentre totalmente tramitado y notificado al adjudicatario y al resto de los oferentes a través de www.mercadopublico.cl. En dicho acto administrativo, se especificarán los criterios de evaluación aplicados, de acuerdo a lo establecido en las presentes Bases.
Si no se adjudicase en el plazo indicado en el punto 5.4 de estas Bases, se avisará a través del Portal las razones de ello, indicando un nuevo plazo para la adjudicación o la decisión de declarar desierto.
9.3.- Peticiones o Reclamos del Proponente Adjudicado
Adjudicada la propuesta, no podrá el proponente formular petición o reclamo de ninguna especie fundado en el desconocimiento de estas Bases Administrativas, de las Bases Técnicas y los anexos y sus modificaciones;
las cuales se entienden plenamente conocidas y aceptadas por el solo hecho de presentación de su oferta.
9.4.- De la Readjudicación
El Hospital Clínico Metropolitano La Florida podrá readjudicar la licitación, dentro de los 60 días corridos desde la publicación, al oferente que siga en orden de prelación de acuerdo con el puntaje total obtenido, dejando sin efecto la adjudicación previa, en los siguientes casos:
1.-Si el adjudicatario desiste de su oferta.
2.-Si el adjudicatario se desiste de firmar el contrato o rechaza la orden de compra emitida en el portal mercadopublico.cl
3.-Si el adjudicatario no entrega garantía de fiel y oportuno cumplimiento o cualquier otro documento
solicitado para la firma del contrato en tiempo y forma.
4.-Si el Oferente adjudicado es inhábil para contratar con el estado en los términos del artículo cuarto, incisos 1° y 6° de la Ley 19.886, o según lo establecido en el inciso segundo del artículo 26, letra d), del DFL N° 1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción sobre condena establecida por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, o lo dispuesto en la Ley N° 20.393 Sobre Responsabilidad Penal de Personas
Jurídicas condenadas por delitos de Cohecho , Lavado de Activos y Financiamiento al Terrorismo o no proporciona los documentos que sean requeridos para verificar dicha condición o le sobreviene una
inhabilidad.
Sin perjuicio de lo anterior, el Hospital podrá elegir si adjudica a la segunda oferta mejor evaluada o desertar el proceso, para efectuar un nuevo llamado a licitación, emitiéndose para cada caso la respectiva resolución.
9.5.- Revocación de la Licitación
Si se ha detectado una ilegalidad en y durante el proceso o aconteciere durante su tramitación un hecho
considerado como Imprevisto, Caso Fortuito o Fuerza mayor, que haga imposible e improcedente adjudicar
la Licitación, el Hospital Clínico Metropolitano La Florida, podrá realizar la revocación de esta, previo acto administrativo que justifique tal situación, sin perjuicio de otras causales específicas de las normas especiales vigentes, aplicables a los actos del Estado.
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10.- DEL CONTRATO |
De acuerdo a lo estipulado en el Artículo 63° del Reglamento de la ley N° 19.886 aprobado por el decreto Nº
250/2004 del Ministerio de Hacienda, la formalización del contrato en este proceso se llevará a cabo según lo
siguiente:
a) La firma de un contrato escrito será obligatoria en esta adquisición para los oferentes que
adjudiquen un monto total igual o mayor a 100 UTM, ya sea por la adjudicación de una o varias
líneas. Además, deberá presentar la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, de acuerdo a lo
estipulado en el punto 10.8 de estas Bases.
b) Para los oferentes que adjudiquen un monto entre 50 y 99 UTM, su contratación se formalizará a
través de la emisión y aceptación de la correspondiente Orden de Compra, más la presentación de
la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, de acuerdo a lo estipulado en el punto 10.8 de estas
Bases.
c) Para los oferentes que adjudiquen montos inferiores a 50 UTM, su contratación se formalizará a
través de la emisión y aceptación de la correspondiente Orden de Compra.
10.1.- Entrega de Documentación y Antecedentes para la formalización del contrato.
El adjudicatario deberá hacer llegar toda la documentación necesaria para la suscripción definitiva de su
contrato y/o la correspondiente emisión de la Orden de Compra, según corresponda, a la Unidad de Contratos
del Departamento de Comercialización del Hospital, dentro de los 5 días hábiles siguientes a la adjudicación y
según el siguiente detalle:
• Garantía de Fiel y oportuno cumplimiento: Solo el proveedor adjudicado cuyo contrato sea igual o
superior a 50 UTM debe presentar garantía o caución para asegurar el fiel y oportuno cumplimiento de
contrato según monto y glosa, de acuerdo a lo establecido en numeral 10 de las presentes Bases.
• Acreditación poderes del representante legal: El proveedor adjudicado en el caso que fuera persona
jurídica, deberá acreditar la vigencia de los poderes del representante legal a través de certificado de
vigencia de poderes emitido por el Registro de Comercio o por la institución que corresponda, de data
no superior a 3 meses contados desde la fecha en que deba suscribir el contrato escrito.
• Declaraciones juradas: El oferente adjudicado, deberá presentar las siguientes declaraciones juradas:
• Anexo N°02 Declaración Jurada Simple: en formato físico firmada por el representante legal de la
empresa o la persona natural, según corresponda, en la cual se consigna que no se encuentra unido por
los vínculos de parentesco descritos en la letra B) del artículo 54 de la ley 18.575, que no se encuentra
afecto a las inhabilidades establecidas en el artículo 4° de la ley Nº19.886, Que no se encuentra afecto a
ninguna de las prohibiciones que se encuentran reguladas en el Artículo 35 quáter, de la ley N°21.634,
que moderniza la Ley N°19.886, sobre Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación
de Servicio, tampoco podrán participar aquellos interesados que se encuentren afectos a la inhabilidad
para contratar con el estado, a que se refiere el artículo 33 de la Ley N° 21.595 de Delitos Económicos y
que tratándose de personas jurídicas, además, no ha sido condenado a pena de prohibición de celebrar
actos y contratos con Organismos del Estado, de conformidad con la ley Nº20.393.
a) Si el contrato es igual o superior a 1000 UTM y el adjudicado es una unión temporal de proveedores:
Los oferentes adjudicados que se unan de esta forma, deberán presentar la Escritura Pública que
materialice la unión temporal de proveedores. Dicho documento deberá establecer la solidaridad entre
las miembros de la unión temporal de proveedores y el nombramiento de un representante o apoderado
común con poderes suficientes, además de tener una vigencia que no podrá ser inferior a la vigencia del
contrato que se adjudica mediante el proceso licitatorio, incluyendo las renovaciones del mismo si
existiesen, conforme a lo regulado en el art. 67 bis, del Reglamento de la ley N°19.886 aprobado por el
decreto Nº 250/2004 del Ministerio de Hacienda.
• Cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales: El proponente adjudicado deberá presentar
un certificado en que se acredite el cumplimiento de las obligaciones laborales y cotizaciones
previsionales por parte del proveedor adjudicado para con sus trabajadores, éste deberá ser emitido por
la Inspección del Trabajo o por empresas autorizadas para extender este tipo de certificados. En caso de
que el certificado arroje deudas o saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones previsionales, los
primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas
obligaciones, debiendo el oferente adjudicado acreditar que la totalidad de las obligaciones se
encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato. El incumplimiento de
esta obligación, como, asimismo, la falta de presentación de dicho certificado habilitará al Hospital, para
poner término al contrato y podrá llamar a una nueva licitación, sin que el oferente adjudicado pueda
participar en este nuevo proceso.
10.2. - Inscripción en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores Del Estado.
El proveedor al momento de adjudicar y contratar deberá estar inscrito en el registro nacional
www.chileproveedores.cl. Si al momento de adjudicar el proveedor no se encuentra inscrito en este registro,
tendrá un plazo excepcional de 10 días hábiles contados desde la notificación de la adjudicación para
inscribirse, sin perjuicio de lo anterior, deberá hacer entrega de todos los demás antecedentes según lo
dispuesto en párrafo primero del numeral 10.1
La no inscripción en Chileproveedores o la no entrega de cualquiera de los documentos y antecedentes ya
señalados, configurará causal suficiente para dejar sin efecto la resolución de adjudicación respectiva. En tal
caso se procederá al cobro de la garantía de seriedad de la oferta correspondiente (si se ha solicitado en el
proceso licitatorio), pudiendo el Hospital readjudicar al 2º mejor oferente evaluado, el que deberá acreditar
las mismas exigencias de los párrafos anteriores, o bien, declarar desierta la licitación, cuando la 2da mejor
oferta evaluada no resulte conveniente a sus intereses, en conformidad al artículo Nº 9 de la Ley N° 19.886.
Será responsabilidad del adjudicatario cumplir en tiempo y forma, con todas las exigencias antes descritas.
10.3 Suscripción Del Contrato y Aceptación De La Orden De Compra:
10.3.a Firma de contrato:
Una vez adjudicada la Licitación, cuando proceda, se hará llegar al adjudicatario el documento de contrato vía
correo electrónico, al correo informado por el proveedor en el Anexo N°01 de su oferta. El oferente adjudicado
estará obligado a firmar y devolver contrato firmado en 3 copias en formato físico, en sobre cerrado a nombre
de Unidad de Contratos del Hospital La Florida, indicándose la siguiente referencia “CONTRATO ID 777304-
XX-LR24 (donde XX, se debe reemplazar por el número de la licitación), El sobre deberá ser entregado en
secretaria de Comercialización del Hospital, dentro del plazo estipulado en el numeral 5.4. de las bases.
10.3.b Resolución que aprueba contrato: Una vez firmado y devuelto el contrato por el proveedor, se
procederá a firmar por la autoridad competente del Hospital y se dictará la correspondiente Resolución que aprueba dicho contrato, Dicho acto estará sujeto al trámite de toma de razón, conforme con lo dispuesto en el punto 12.1 del artículo 12, de la resolución N°7, de 2019 y N°14 de 2022 de la Contraloría General.
10.3.c Emisión de Orden de compra: se emitirá la 1era de varias sucesivas y/o única orden de compra
respectiva, según sea el caso, a través del sistema de información www.mercadopublico.cl.
Sin perjuicio de lo anterior, y por razones de buen servicio, se podrá emitir, excepcionalmente, y en los casos que proceda la suscripción de contrato escrito, la orden de compra antes de la completa tramitación de la Resolución que aprueba el Contrato. Sin perjuicio de que esta, debe encontrarse totalmente tramitada al
momento de pagar dicha Orden de compra.
10.3.d Aceptación de la Orden de compra por el proveedor: El proveedor deberá aceptar la Orden de compra en el plazo de 24 horas desde su publicación en el sistema de información www.mercadopublico.cl. Vencidas
las 24 horas sin respuesta en el portal, se entenderá que la Orden de compra ha sido aceptada tácitamente
por el proveedor, comenzando a correr los plazos de entrega y cumplimiento de todas las obligaciones del
contrato.
Todo, sin perjuicio, de que, para el pago de factura, esta Orden de compra deberá encontrarse aceptada
expresamente en el sistema de información y con recepción Conforme, aceptación y recepción, sin la cual el pago no se llevará a cabo.
El proveedor no podrá imponer un monto mínimo de despacho para aceptar la Orden de Compra.
10.4.- Contenido del Contrato
El contrato escrito, cuando proceda, contendrá todas y cada una de las cláusulas necesarias para su efectivo cumplimiento, especificará el objeto, precio, plazo de entrega definido por el adjudicatario en su oferta, además señalará la forma de recepción de los bienes y/o servicios, garantía técnica, modalidad de pago, entre otras.
Se comprende dentro del objeto de la obligación del adjudicatario, todo lo señalado en su oferta, incluyéndose
las capacitaciones necesarias para el correcto, adecuado y útil uso del bien, si procede y la entrega de las
licencias, de todo tipo, incluyendo las intelectuales e industriales, que del caso correspondan, para el uso
correcto, útil y adecuado del bien.
El incumplimiento de lo ofertado será considerado incumplimiento grave de las obligaciones contraídas en el
contrato y podrá dar origen a su término y al cobro de la respectiva garantía, sin perjuicio de las acciones
legales correspondientes que pueda ejercer el Servicio.
Las cláusulas del respectivo contrato serán aplicables tanto a las obligaciones principales, como las
obligaciones accesorias y complementarias y se cumplirán del modo natural que a ellas correspondieren.
El adjudicatario será empleador único y exclusivo de su personal y por lo tanto, directamente responsable
ante las autoridades administrativas y del trabajo, Tribunales de Justicia, organismos previsionales, y en
general ante cualquier tercero, del cumplimiento fiel y oportuno de todas las obligaciones laborales y
previsionales que le correspondan en dicha calidad y en general de todas y cada una de las obligaciones que
nacen del contrato de trabajo, y de aquellas establecidas por el Código del Trabajo. No existiendo vínculo
laboral alguno entre el Hospital y el adjudicatario ni con sus trabajadores. El Hospital podrá requerir en todo
momento, información relativa al cumplimento de las obligaciones laborales y previsionales que le asisten al
empleador respecto de sus trabajadores, y especialmente respecto de aquellos que estén involucrados directa
o indirectamente en las prestaciones de que trata la presente licitación y el respectivo contrato.
10.5.- Vigencia y Duración del Contrato
El contrato que se celebre comenzará a regir a contar de la total tramitación del acto administrativo que lo
apruebe, o desde la aceptación de la respectiva Orden de Compra, según corresponda, salvo en aquellos
casos en los cuales, por razones de buen servicio, y mediante resolución fundada, las prestaciones contenidas
en el contrato escrito, deban iniciarse desde el momento de su suscripción, sin perjuicio, de que no proceda
pago alguno antes de la total tramitación del acto administrativo que lo aprueba.
La duración del contrato será de 24 meses o hasta que se alcance el monto total máximo adjudicado, lo que
ocurra primero.
10.6.- Renovación del Contrato
Para este contrato no será considerada la renovación.
10.7.- Modificación Del Contrato
Mediante Resolución fundada, el HLF podrá modificar el contrato en cualquiera de las situaciones que se
señalan a continuación:
a) Mutuo acuerdo entre los contratantes, sin que pueda alterarse la aplicación de los principios de estricta
sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, ni que pueda aumentarse el monto del contrato más allá
del 30% del monto originalmente pactado.
b) Si así lo exigiera el interés público o la seguridad nacional.
c) Las demás causales establecidas en el artículo 77 del reglamento de la Ley 19.886.
Dicha modificación, deberá aprobarse mediante acto administrativo totalmente tramitado, según lo
dispuesto, entre otros, en el dictamen N° 34.713, del 2015.
10.8.- Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato
Junto a la firma del Contrato y para cautelar el cumplimiento de la correcta ejecución del mismo, el
adjudicatario deberá entregar una caución o garantía, siendo de su exclusiva responsabilidad que dicha caución
o garantía sea presentada conforme a las especificaciones que a continuación se indican.
Tipo de Documento Podrán ser presentados como documentos de caución, boletas de garantía,
vale vistas, certificados de fianza, póliza de garantía o cualquier otro
documento que cumpla con los siguientes requisitos
• Sea pagadero a la vista
• no sujeto a modalidad
• irrevocable
• Emitida a favor de Entidad Pública
Monto 10% de monto total adjudicado con IVA incluido en pesos chilenos
Beneficiario Hospital Clínico Metropolitano La Florida; Rut: 65.075.485-9
Vigencia 24 meses más 120 días hábiles, a contar de la adjudicación.
Glosa Garantizar el Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato “ACCESORIOS DE
MONITORES PARA EL HOSPITAL LA FLORIDA” ID 777304-XX-LR24. (donde
se señala XX reemplazar por el número de la Licitación)
Si el documento a presentar, no permite, por su naturaleza, señalar la glosa
en su texto, esta deberá venir escrita al reverso o en acta adjunta adherida
al documento.
Forma y oportunidad de
Entrega Física
El oferente o su representante deberá entregar físicamente la garantía en
secretaría de Comercialización ubicada en dependencias del Hospital La
Florida (primer piso), Avenida Froilán Roa 6542, en horario de lunes a
viernes, de 08:30 a 13:00 y de 14:30 a 16:00 horas, dentro de los 5 días
hábiles desde la adjudicación.
La garantía debe entregarse en sobre cerrado dirigido a la Unidad de
Contratos del Hospital La Florida, señalando en el sobre lo siguiente:
GARANTIA DE FIEL OPORTUNO CUMPLIMIENTO ID: 777304-XXLR24 (donde se señala XX, se debe reemplazar por el número de la
licitación)
IDENTIFICACION DEL OFERENTE
La garantía podrá otorgarse mediante uno o varios instrumentos
financieros de la misma naturaleza, que en conjunto representen el monto
o porcentaje a caucionar y entregarse de forma física o electrónicamente.
El oferente que necesite respaldar la entrega de su garantía deberá
acompañar una fotocopia del sobre que entrega. Esta fotocopia será
timbrada por profesional, indicando la fecha de su recepción y solo si se
comprueba que el documento físico viene en su interior.
Sin perjuicio de lo señalado anteriormente, la revisión del documento y
cumplimiento de requisitos formales, solo se verificará por la Unidad de
Contratos
En caso de presentarse una Garantía en Formato Electrónico, deberán ser
enviadas al correo: garantiahlf@redsalud.gov.cl, antes del del vencimiento
del plazo de 5 días hábiles desde la adjudicación, indicando en el asunto del
correo el ID de la Licitación y el nombre del Oferente.
De no presentar dicha garantía en forma, lugar, día y hora señalados, la
oferta adjudicada se entenderá desistida.
Esto último, sin perjuicio de las garantías en formato electrónico que,
además, deben ajustarse a las disposiciones de la Ley N°19.799 sobre
documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de
dicha firma, que deberán acompañarse conjuntamente con la oferta.
En el caso de que la garantía entregada contenga errores, se solicitará
corregir dentro de los 5 días hábiles siguientes, so pena de no firmarse el
contrato respectivo.
La no entrega de esta Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento, dará lugar
al cobro de la Garantía de Seriedad de la Oferta (si se ha solicitado en el
proceso licitatorio) y el Hospital podrá readjudicar la Licitación o declarar
Desierto el proceso.
La garantía podrá ser tomada por el oferente o por un tercero a nombre
de él.
Custodia Las garantías serán custodiadas por la Unidad de Tesorería del Hospital.
Se hace presente que en el Departamento de comercialización ubicado en dependencias del Hospital La
Florida (primer piso), Avenida Froilán Roa 6542, funcionan distintas unidades del Hospital, por lo que será
de exclusiva responsabilidad del proveedor entregar correctamente la garantía, en caso de que se entregue
en un lugar distinto del indicado precedentemente, se tendrá por no presentado el documento.
En caso de que el Hospital determine necesario aumentar el contrato, el adjudicatario deberá renovar la
garantía de fiel y oportuno cumplimiento, conforme al nuevo plazo y monto que se estime para estos efectos.
La garantía original será devuelta una vez que se haya entregado la nueva garantía.
10.8.1.- Aumento de Garantía
Cuando el precio de la oferta presentada por un Oferente sea menor al 50% del precio presentado por el
Oferente que le sigue, y se verifique por parte de la Entidad Licitante que los costos de dicha oferta son
inconsistentes económicamente, la Entidad Licitante podrá a través de una resolución fundada, adjudicar esa
oferta, solicitándole una ampliación de las garantías de fiel cumplimiento, hasta por la diferencia del precio
con la oferta que le sigue.
10.9.- Devolución y Cobro de la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato
La garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato se podrá hacer efectiva, en caso de incumplimiento
por parte del proveedor de cualquiera de las obligaciones del Contrato, sin perjuicio de las multas que
corresponda aplicar.
Para el cobro de la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento, se aplicará el mismo procedimiento utilizado
para el cobro de multas, según lo establecido en estas Bases de Licitación.
La devolución de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato se efectuará dentro del plazo de 10
días hábiles contado desde el término del contrato, y una vez acreditado que se han cumplido todas las
obligaciones de dicho contrato, mediante Certificación de Conformidad, suscrito por el Jefe de la Unidad de
Contratos o quien lo subrogue, para tal efecto, al término del convenio.
Un representante de la empresa debidamente individualizado con poder especial ante notario podrá solicitar
la devolución ante el Responsable de Contrato de la Unidad de Contratos del Hospital, caso en el que se
comunicará a la Unidad de Tesorería.
10.10. Resciliación Del Contrato por Mutuo Acuerdo.
Las partes podrán poner término al contrato de común acuerdo, en forma anticipada, suscribiendo el
documento respectivo.
10.11.- Prohibición De Cesión
El adjudicatario no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente los derechos y obligaciones
establecidos para esta adquisición y contratación. En lo referido a la cesión de los instrumentos y títulos de
crédito que surjan del contrato, se estará a los artículos 74 y 75 del Decreto N°250 de 2004 del Ministerio de
Hacienda que aprueba Reglamento de la ley N°19.886 de Bases de Contratos Administrativos de Suministro y
Prestación de Servicios, particularmente al hecho que se notifique oportunamente dicho contrato o cesión y
no existan obligaciones o multas pendientes.
10.12.- Subcontratación
Queda prohibida la subcontratación de los bienes y/o servicios contratados. Lo anterior salvo en los casos de
transporte y/o distribución.
10.13.-Reajustabilidad de los Precios
El precio adjudicado será reajustado anualmente, según variación experimentada por el índice de precios al
consumidor (IPC) de los últimos 12 meses anteriores a la fecha del reajuste.
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11.-DE LA ENTREGA |
11.1.- De la Entrega
El plazo de entrega de los accesorios será el ofertado por el proponente en Anexo N°04 Plazo de Entrega,
dicho plazo se contabiliza a partir de la aceptación de la orden de compra a través del portal Mercado Publico
según lo establecido en estas bases. El oferente adjudicado, deberá entregar los accesorios por cada orden de
compra emitida, en la Unidad de Equipos Médicos del Hospital La Florida.
Se debe acompañar a la entrega la Orden de compra aceptada y la respectiva Guía de despacho. No se
aceptarán copias de Facturas.
La guía de despacho deberá contener los datos de identificación de la Orden de Compra, nombre del producto,
modelo, identificación del proveedor, el número de lote/serie y fecha de vencimiento de los productos. En
aquellos casos, que, atendida su naturaleza, uso o materiales, no les sea asignada una fecha de vencimiento
por parte de su fabricante o que ésta se indique como indefinida, el Referente Técnico Administrador del
Contrato podrá registrar en su lugar alguna fecha a su elección, conforme a lo establecido en la Norma Técnica
N°226 del Ministerio de Salud.
Sin perjuicio de la cantidad de consumo total estimado en la presente licitación para cada accesorio, los
requerimientos de entrega de los productos podrán ser realizados a través de la emisión de una sola Orden de compra por dicho total o a través de la emisión de varias órdenes de compra sucesivas, según la necesidad
del Hospital durante toda la vigencia del contrato.
En caso de que el accesorio no cumpla con las condiciones mínimas para garantizar que se encuentra en
condiciones de ser utilizado, como por ejemplo producto distinto del solicitado, envases o sellos alterados o
dañados, temperatura inadecuada, material del envase, condiciones de traslado que afecten el producto, no
compatibilidad con el equipo correspondiente, etc., el producto será devuelto total o parcialmente, debiendo
el adjudicatario realizar una nueva entrega dentro de las 24 horas siguientes, según lo establecido en las Bases
Técnicas sobre Política de Canje obligatoria. Todo, sin perjuicio de las sanciones y multas que se puedan aplicar
por incumplimiento por atraso en la nueva entrega.
El proveedor no podrá imponer un monto ni cantidad mínima de despacho.
11.2.- Ampliación del plazo de entrega
El plazo de entrega podrá ser ampliado de oficio por el Hospital. La solicitud de aumento de plazo que pudiese
realizar el Hospital, se realizará mediante comunicación formal al proponente a través de correo electrónico
señalado en el Anexo N°01 por el proveedor, con antelación a la fecha de entrega ofertada.
Si el plazo de entrega comprometido por el oferente no es respetado por una causa imputable a éste, el
adjudicatario deberá asumir, junto a la aplicación de la correspondiente multa, el costo que eventualmente
se pueda producir con ocasión de ello.
Con todo, el adjudicatario podrá a través de Carta dirigida al director del Hospital enviada por correo
electrónico a la jefatura de la Unidad de Contratos del Hospital antes del vencimiento de la fecha de entrega,
solicitar la ampliación de dicho plazo, pudiendo invocar solo como causal la fuerza mayor o caso fortuito.
Dicha solicitud deberá acompañarse de todos los documentos o respaldos que acrediten la causal invocada.
La autoridad competente, calificará la causal y resolverá sobre su aprobación o rechazo. Con todo, esta ampliación no deberá irrogar un mayor costo para el Hospital.
La alegación de caso fortuito o fuerza mayor deberá ser probada en los términos de la legislación civil, y En caso de rechazo se aplicará la multa respectiva.
En caso de aumento de plazo, se emitirá la Resolución respectiva, la que será sometida al procedimiento
administrativo que corresponda.
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12.- MULTAS Y SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO DE CONTRATO |
12.1.- Término Anticipado Del Contrato
El Hospital podrá, previa calificación de las circunstancias y emisión de resolución fundada de su Director,
poner administrativamente término al contrato, en forma anticipada, unilateral e inmediata, en caso de
incumplimiento del contrato celebrado, considerándose como causales de dicho término, las indicadas en el
artículo Nº13 de la Ley Nº19.886, en el artículo Nº77 del Decreto Nº250 de 2004 que contiene el Reglamento
de la Ley N°19.886, además de las siguientes causales específicas:
a) La aplicación de dos o más multas dentro un plazo de tres (3) meses, durante la vigencia del contrato,
cualquiera sea su fuente, de las enumeradas en el punto 12.3, o por la acumulación de multas cuyo
monto total sea igual o superior al 30% del monto del contrato.
b) El incumplimiento de la política de canje por causa imputable al proveedor.
c) Cambio o modificación unilateral por parte del Proveedor del precio ofertado, del producto,
condiciones de su oferta, calidad, u otra condición establecida en la oferta adjudicada y aceptada por
la Entidad.
d) Realización de actividades que pongan en riesgo al establecimiento y/o a sus funcionarios.
e) Si el proveedor cae en quiebre de stock y no soluciona la entrega Por más de 30 días corridos.
f) Incurrir en falsedad en la documentación presentada relativa al producto adjudicado.
g) Si el proveedor fuere declarado en quiebra o cayera en estado de notoria insolvencia.
h) Si falleciese el proveedor o se disolviese la empresa o perdiere su personalidad jurídica. En tal evento,
se procederá a efectuar la liquidación del contrato determinando las obligaciones que quedasen.
i) Si el adjudicatario cede o transfiere total o parcialmente los derechos y obligaciones que nacen de la
presente licitación, y en especial los establecidos en el contrato definitivo, salvo que una norma legal
especial permita la cesión de derechos y obligaciones. Lo anterior, es sin perjuicio que los
documentos justificativos de los créditos que emanen de estos contratos podrán transferirse de
acuerdo con las normas del derecho común.
j) Si la persona jurídica ha sido condenada penalmente de conformidad a la Ley Nº20.393.
k) Si el adjudicatario subcontrata total o parcialmente el contrato, de manera distinta o contraviniendo
lo indicado en bases sobre la materia.
l) Si el adjudicatario durante la vigencia del contrato es condenado por prácticas antisindicales o
infracción a los derechos fundamentales del trabajador, ejecutoriada o que cause ejecutoria dicha
condena.
m) Las demás causales que se establezcan en la Ley Nº19.886 y su normativa reglamentaria.
Terminado que sea en forma anticipada el contrato, siempre que se haya debido a responsabilidad del
proveedor, el Hospital queda facultado para hacer efectiva la Boleta de Fiel y oportuno Cumplimiento de
Contrato, sin que el adjudicatario tenga derecho a indemnización alguna.
12.2.- Amonestación.
Constituye un documento firmado por las partes, que deja constancia de cualquier falta menor y objetiva,
cometida por el adjudicatario, y que, en atención a su importancia, no está afecta a cobros pecuniarios, salvo
que exista acumulación según se describe más adelante.
12.3.- Multas
El Hospital La Florida podrá, previa calificación de las circunstancias y resolución fundada del Director del
Hospital, aplicar y cobrar multas al adjudicatario por incumplimiento de sus obligaciones contractuales, por el
monto que se indica, y con un tope máximo de un 30% del total del contrato.
a) Entrega fuera de plazo: Se aplicará una multa de 1 UTM por cada día de atraso en la entrega efectiva de
los productos, vencido sea el plazo ofertado por el proveedor.
Se entenderá por fecha de entrega efectiva del producto la fecha anotada en la Guía de Despacho por el
funcionario de bodega del Hospital la Florida.
b) Garantía Técnica y Política de Canje: El oferente, una vez solicitado el cambio del accesorio, estará
obligado a entregar el nuevo producto dentro del plazo de 24 horas, so pena de aplicarse una multa
equivalente a 1 UTM por cada día de atraso que supere dichas 24 horas. Todo lo anterior, sin perjuicio de
hacerse efectivo el cobro de la garantía fiel cumplimiento del contrato.
c) Entrega incompleta: Se aplicará una multa equivalente 1 UTM, por entrega incompleta de los productos
solicitados, ya sea que no venga la cantidad requerida o bien falte algunos de sus componentes,
accesorios o piezas, considerando la oferta adjudicada y lo solicitado por el Hospital en sus bases para el
uso correcto del bien adquirido.
d) Si producto presenta Quiebre de stock superior a 10 días corridos, se deberá cancelar la OC emitida
aplicándose una multa de 3 UTM al proveedor. Hospital tendrá la facultad de adquirir los accesorios a
terceros, suspendiendo por este hecho las recepciones de los accesorios al proveedor hasta que se le
emita una nueva orden de compra en virtud de su contratación.
e) Aplicación de 2 amonestaciones en 2 meses calendario, se aplicará una multa de 0,5 UTM
El valor de la UTM será el que corresponde al mes en que se emita la resolución de aplicación de multa.
12.4 Registro de comportamiento
El proveedor que sea sancionado durante la vigencia del contrato, por aplicación de amonestaciones, multa(s),
cobro de garantías o por causal imputable de término anticipado de contrato, será ingresado a los siguientes
registros:
• Registro de Chileproveedores y
• Registro interno del Hospital Registro de Proveedores sancionados, que lleva la Unidad de Contratos del
Hospital, para estos efectos.
La información en ellos registrada podrá ser utilizar en la evaluación del proveedor en futuros procesos de
adquisición que lleve a cabo el Hospital y en cuyas bases se incorpore como herramienta para medir el
correspondiente Criterio de Comportamiento Contractual Anterior.
12.5 Procedimiento de Aplicación de sanciones, multas y/o Término Anticipado de Contrato.
La determinación de una situación o condición que diere lugar a la aplicación de una sanción, multa y/o
termino anticipado de contrato, se originará a partir de un informe que emane desde el Referente Técnico
administrador del contrato, dirigido a la Unidad de contratos del Departamento de Comercialización. Recibido
el informe, ésta evaluará si la situación es de aquellas consideradas como causales para la aplicación de una sanción, multa y/o termino anticipado de contrato según Bases y tratándose de multas calculará los montos
a pagar.
Tratándose de las sanciones o multas, la Unidad de gestión de Contratos notificará al adjudicatario, a través
del módulo de sanciones del aplicativo de gestión de contratos dispuesto en www.mercadopublico.cl , por
escrito a través de correo electrónico, al correo indicado por el proveedor en anexo 01 de su oferta, del
informe emanado por el Referente Técnico Administrador de contrato/ o por ella y la causal que origina la
sanción o Multa y si se trata de la aplicación de Multa , el monto a pagar, a fin de que el proveedor manifieste
sus descargos acompañando todos los antecedentes que estime pertinente dentro del término de 5 días
hábiles desde dicha notificación, a través del módulo gestión de contratos.
En el caso del término anticipado del contrato, la Unidad de gestión de Contratos notificará al adjudicatario,
a través de carta certificada a la dirección indicada por el proveedor en el anexo 01 de su oferta, del informe
emanado por el Referente Técnico Administrador de contrato/ o por ella y la causal que origina el término
anticipado de contrato, a fin de que el proveedor manifieste sus descargos acompañando todos los
antecedentes que estime pertinente dentro del término de 5 días hábiles desde dicha notificación.
Una vez vencido el plazo sin presentar descargos, el Hospital dictará la respectiva resolución aplicando la
medida y detallando las circunstancias fácticas que hicieron procedente dicha sanción.
Si el adjudicatario hubiera presentado descargos en tiempo y forma, el Hospital tendrá un plazo de 30 días
hábiles a contar de la recepción de los mismos para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente. Al respecto,
el rechazo total o parcial de los descargos del proveedor deberá formalizarle a través de una resolución
fundada del Hospital, en el cual deberá detallarse el contenido y las características de la sanción, Multa o el
término anticipado de contrato según corresponda y si se trata de la aplicación de Multa, el monto a pagar.
La indicada resolución deberá notificarse al proveedor adjudicado mediante carta certificada remitida por la
Unidad de Gestión de Contratos al proveedor a la dirección indicada en el Anexo N°1 e informarse en el
módulo de sanciones del portal www.mercadopublico.cl
Las notificaciones por carta certificada se entenderán practicadas a contar del tercer día siguiente a su
recepción en la oficina de correos que corresponda. Contra la resolución que aplique la medida respectiva
procederán los recursos establecidos en la Ley N°19.880, Ley de Bases de Procedimientos Administrativos que
rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
La entidad compradora tendrá la obligación de registrar las medidas indicadas en la presente clausula a través
del módulo de gestión de contratos dispuesto en plataforma www.mercadopublico.cl.
12.6. El pago de la multa podrá ser cobrado
a) Directamente al adjudicatario quien deberá pagar dentro de los 10 días corridos desde su notificación, o
b) Se podrá retener su monto al momento del pago de las facturas pendientes. En este caso, se descontarán
administrativamente del pago de las facturas que no hayan sido pagadas por el Hospital. Serán descontadas
del pago, no de la factura, es decir, el proveedor deberá facturar por el total sin descontar las multas que se
le aplicasen. Estas serán descontadas al momento de girar el pago respectivo por parte de la Unidad
Financiera, o
c) Con todo, de no hacer pago directo el proveedor o de no existir facturas pendientes por pagar, se podrá
hacer el cobro de las multas haciendo efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento, sin más trámite.
12.7 Procedimiento para interponer recurso
El proveedor dispondrá de un plazo de cinco días hábiles, contados desde la notificación mediante carta
certificada de la resolución fundada, remitida por la Unidad de gestión de Contratos al proveedor a la dirección
indicada en el Anexo N°01, para impugnar dicho acto administrativo, debiendo acompañar todos los
antecedentes que justifiquen eliminar, modificar o reemplazar la respectiva sanción, mediante un escrito o
carta ante la autoridad máxima del servicio por la sanción aplicada. Esta presentación se debe realizar
mediante carta certificada o con entrega presencial en la Oficina de Partes del Hospital. El Hospital tendrá un plazo no superior a 30 días hábiles para resolver el citado recurso. Mientras se encuentre pendiente la
resolución de recurso de reposición, no se hará efectiva la respectiva sanción.
La resolución que acoja el recurso podrá modificar, reemplazar a dejar sin efecto el acto impugnado. Ahora bien, en el caso de multas, que sean finalmente cursadas, sea total o parcialmente, ésta se hará efectiva mediante el cobro directo en un plazo máximo de 20 días, debiendo pagar en un plazo de hasta 10 días una vez notificado el cobro, o bien, se hará efectivo a través del cobro de la o las garantías de fiel cumplimiento, según cuál sea el caso.
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13.- DE LA GARANTIA TÉCNICA DE LOS BIENES ADJUDICADOS |
El proveedor debe especificar en el anexo 03 “listado de accesorio”, los meses de garantía técnica ofertado,
por línea de producto, los cuales en ningún caso podrán ser menor a 03 meses.
Si el proveedor oferta una garantía técnica menor a 03 meses, su oferta será declarada inadmisible.
Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la totalidad de los antecedentes contenidos en la
oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley N° 19.886.
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14. - DE LA RECEPCION |
14.1 de la Recepción de los accesorios
El adjudicatario deberá entregar en la Unidad de Equipos Médicos del Hospital La Florida los productos
adquiridos, en los plazos comprometidos en anexo N°04 Plazo de Entrega.
El adjudicatario deberá establecer las condiciones de almacenamiento y de climatización que requieren los
productos durante bodegaje.
Para la Recepción de los productos en la Unidad de Equipos Médicos, el oferente deberá adjuntar los
siguientes documentos:
• Guía de despacho, identificándose en ella la Orden de Compra correspondiente.
• Copia de orden de compra Aceptada en Mercado Público.
La guía de despacho deberá contener los datos de identificación de la Orden de Compra, nombre del producto,
modelo, identificación del proveedor, el número de lote/serie y fecha de vencimiento de los productos. En
aquellos casos, que, atendida su naturaleza, uso o materiales, no les sea asignada una fecha de vencimiento
por parte de su fabricante o que ésta se indique como indefinida, el Referente Técnico Administrador del
Contrato podrá registrar en su lugar alguna fecha a su elección, conforme a lo establecido en la Norma Técnica
N°226 del Ministerio de Salud.
La Unidad de Equipos Médicos del Hospital, solo recibirá junto a la entrega de los productos, la guía de
despacho y la Orden de Compra, debiendo el adjudicatario, solo una vez realizada la recepción conforme,
emitir la factura correspondiente.
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15.- DE LA FACTURACIÓN |
El oferente por el sólo hecho de presentar su oferta renuncia a sus políticas de facturación y se somete al
requerimiento del Hospital, en consecuencia, no podrá imponer el oferente un monto mínimo de despacho
ni de facturación para ningún efecto.
El oferente solo podrá facturar la Orden de Compra aceptada, una vez que esta se encuentre con su recepción
conforme publicada en el portal mercadopublico.cl
En caso de que la factura presente algún error o no cuente la orden de compra respectiva con la recepción
conforme señalada anteriormente, el Hospital dispondrá de 08 días corridos para hacer las observaciones
correspondientes al adjudicatario o rechazarla. El proveedor dispondrá de 08 días corridos para subsanar si se
tratara de errores subsanables. La nueva factura o Nota de Crédito según sea el caso, sufrirá el mismo trámite
formal que el documento original, salvo que, por tratarse de una segunda tramitación, el plazo para su pago
será de 20 días hábiles desde su recepción conforme por parte del Hospital.
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16.- DEL PAGO |
La obligación de pago por parte del Hospital se perfecciona a partir de la comunicación que realice la Unidad
de Contratos del Departamento de Comercialización del Hospital al Departamento de Finanzas, previa
confirmación de los siguientes antecedentes:
a) Orden de Compra aceptada por el proveedor en el portal www.mercadopublico.cl
b) La recepción completa, conforme y sin observaciones en bodega de los bienes incluidos en la orden
de compra.
c) El acta de recepción conforme firmada por el Referente Técnico Administrador del contrato.
d) Formulario 30, Solicitud de Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales
e) La eventual aplicación de multas y sanciones.
f) Recepción en plataforma SAP del Hospital
g) Recepción conforme en la plataforma de Mercado Público, siendo esta última recepción en el portal,
la que dará origen a la facturación electrónica.
Para iniciar el proceso pago de manera correcta y oportuna, es fundamental que el adjudicatario haya
aceptado expresamente la orden de compra en la plataforma de mercado público.
El pago de facturas se realizará en 30 días corridos por Tesorería General de La República, desde la fecha de
la aceptación de la correspondiente factura.
La recepción conforme de los bienes y/o los servicios, conlleva la validación y emisión de OC lo cual se realizará
en 10 días hábiles. Lo anterior se funda en los plazos internos existentes, considerando los procesos
administrativos de la institución.
En caso que el adjudicatario registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social
con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, aplicará lo estipulado
en el artículo 4º de la Ley 19.886.
16.1.- Pagos con Trasferencias electrónicas.
La Tesorería General de la República está facultada para realizar pagos a través de transferencia electrónica a
los proveedores que completen de manera correcta la autorización notarial adjunta para pago con
transferencia electrónica.
Una vez completado, este mandato debe ser legalizado ante notario y posteriormente debe ser entregado en
Tesorería o Secretaria de Finanzas del Hospital de La Florida, ubicada en el tercer piso de la institución. Este
mandato una vez entregado, no puede ser modificado por el oferente durante la duración del contrato.
AUTORIZACIÓN NOTARIAL PARA PAGO CON TRANSFERENCIA ELECTRÓNICA
Yo, ____________________________________________, RUN: _________________________, en
calidad de representante legal de la empresa, ________________________________________________
R.U.T. _______________________________ ; autorizo al Hospital Clínico La Florida Dra. Eloísa Díaz
Insunza, para que pague con transferencia electrónica bancaria, documentos por cobrar que existan con
dicha entidad, en la cuenta que detallo a continuación:
Cta.Corriente Cta.Débito Cta.deAhorro Cta.Vista
NºCuenta:
Banco:
R.U.T. empresa:
Nombre empresa:
Mail confirmación de pago:
Firma Representante Legal
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17.- RESPECTO DE LA NORMATIVA DEL HOSPITAL LA FLORIDA Y DEBIDO CUIDADO A SUS BIENES |
Para la ejecución del contrato, el Hospital permitirá la entrada del personal del adjudicatario, debidamente acreditado, a las dependencias involucradas en la ejecución de éste. En tal caso, el personal del adjudicatario deberá solicitar acatar las medidas de resguardo y control de los recintos institucionales y el adjudicatario será responsable, y quedará obligado a la reparación o reposición, de cualquier desperfecto, daño o perdida que
puedan sufrir el inmueble del Hospital La Florida y/o los bienes muebles que lo guarnecen. Cabe hacer
presente, que el ingreso tanto el adjudicatario como su personal al Hospital La Florida, para efectos de ejecutar su contrato, estarán sujetos a protocolos de seguridad que deberá coordinar con el funcionario designado para tal efecto y que será oportunamente informado.
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18. ADMINISTRACIÓN Y FISCALIZACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO |
18.1 Administración por parte del Hospital
Con el objeto de coordinar y controlar el correcto cumplimiento del contrato, se designa a Sra. Erika Cortes
Tello, Jefatura de la Unidad de Equipos Médicos o quien sea titular del mismo cargo al momento de la
ejecución del contrato, o quien lo subrogue, en calidad de Referente Técnico Administrador del Contrato,
quien, junto a la Unidad de Contratos del Departamento de Comercialización del Hospital, tendrán las
siguientes responsabilidades:
Referente técnico administrador de contrato:
• Fiscalizar el estricto y oportuno cumplimiento de las obligaciones contractuales, en especial la calidad y
entrega oportuna de los bienes.
• Proponer la aplicación de multas, en caso de verificarse alguna de las infracciones consignadas en las
presentes bases, notificando la infracción o incumplimiento a través de un informe, a la Unidad de
Contratos.
Unidad de Contratos:
• Mantener actualizado un archivo con la totalidad de los antecedentes del contrato.
• Llevar registro de sanciones y multas aplicadas al proveedor.
• Llevar el control del consumo y ejecución del contrato hasta su término en cuanto a su precio total.
• Proveer el estado de recepción conforme e informar los descuentos y/o multas a que hubiere lugar, para
que se verifique el pago por parte de la Unidad de Finanzas.
• Revisar procedencia y autorizar la devolución de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato
o solicitar se haga efectiva, si procede.
En general, ambos deberán desarrollar todas las acciones referidas al control y gestión de las acciones que
faciliten la ejecución del contrato.
Sin perjuicio de lo anterior, se establece que el Hospital podrá modificar la designación del Referente Técnico
Administrador de Contrato, en cualquier momento durante la ejecución del contrato, de lo cual dará aviso
oportuno al proveedor vía correo electrónico.
18.2 Encargado del Contrato por parte del Proveedor
Por su parte, el adjudicatario deberá designar un Encargado de Contrato que se relacionará con el
Administrador del contrato para los efectos señalados y que deberá señalar en su anexo 1.
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19. LEY Nº20.584. |
Tanto el adjudicatario como su personal deberán en todo momento observar estrictamente la normativa que
establece la Ley Nº20.584, que Regula Los Derechos y Deberes que tienen las Personas en relación con
acciones vinculadas a su atención de salud.
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20. DEBER DE CONFIDENCIALIDAD |
Durante el desarrollo del contrato, como al término de éste, el adjudicatario y/o su personal no podrá divulgar
o hacer uso de la información a que haya tenido acceso con ocasión del mismo, constituyendo su infracción,
incumplimiento grave de su obligación de confidencialidad, facultando al Hospital La Florida para ejercer las
acciones judiciales que estime pertinentes para el resarcimiento de todos sus perjuicios. Lo anterior, teniendo
en especial consideración lo dispuesto en la Ley Nº19.628 de Protección de Datos de Carácter Personal.
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II. BASES TÉCNICAS |
1. OBJETIVO
El objetivo de las presentes bases técnicas es describir los aspectos técnicos que requiere la adquisición de
“ACCESORIOS DE MONITORES PARA EL HOSPITAL LA FLORIDA” que se van a adquirir mediante la presente
licitación.
2. ASPECTOS GENERALES
Los productos ofertados deben ajustarse exactamente a las características exigidas en bases. En caso de no
cumplir con los requerimientos obligatorios, se declarará inadmisible el Ítem ofertado, por no cumplir con los
requisitos especificados en las bases.
El oferente adjudicado debe mantener el stock suficiente de los accesorios contratados a fin de garantizar la
continuidad del servicio del Hospital, resguardando no caer en quiebres de stock.
De ocurrir tal situación, el oferente deberá adquirir dicho accesorio en otra empresa para cumplir con los
plazos ofertados. El producto adquirido en tales circunstancias debe ser de igual o superior calidad, debiendo
solicitar autorización previa al HLF. Este caso, tendrá costo cero para el Hospital y el recargo en el valor de los
accesorios será de exclusiva responsabilidad del oferente.
La falta de stock no elimina la obligación de entregar los accesorios dentro del plazo ofertado, ni exime de la
aplicación de multa por atraso en la entrega de productos. En el caso que el Oferente no pueda solucionar tal
situación de quiebre dentro de 10 días corridos, se aplicará la sanción establecida en bases.
Detalle de cantidades y montos estimados a adquirir:
ÍTEM SUB
ÍTEM
Código SAP Nombre Accesorio Equipo Marca Modelo
Cantidad
de
unidades
total
estimada
para 24
meses
Monto por
24 meses
de gasto
estimado
en UTM
VALOR
CON IVA
incluido
1
1.1 ACC107065
MANGUERA NIBP
MANGO PRESIÓN
MONITOR PANI / MONITOR
SIGNOS VITALES
MULTIPARÁMETROS
BIOLIGHT V6 / Q5 100
519 UTM
1.2 ACC107064
SENSOR SPO2
ADULTO
REUTILIZABLE DEDO
MONITOR PANI / MONITOR
SIGNOS VITALES
MULTIPARÁMETROS
BIOLIGHT V6 / Q5 60
1.3 EME109299 TRONCAL SPO2
MONITOR PANI / MONITOR
SIGNOS VITALES
MULTIPARÁMETROS
BIOLIGHT V6 / Q5 60
1.4 ACC110869 CABLE ECG 3
DERIVADAS
MONITOR SIGNOS VITALES
MULTIPARAMETROS BIOLIGHT Q5 60
1.5 ACC107079
SENSOR
TEMPERATURA
CUTANEO
REUTILIZABLE
MONITOR SIGNOS VITALES
MULTIPARAMETROS BIOLIGHT Q5 60
2
2.1
ACC108144
CABLE TRONCAL SPO2
MONITOR DESFIBRILADOR /
MONITOR
MULTIPARÁMETROS
MINDRAY
BENEHEARTH D6 /
BENEHEART D3 /
UMEC 10 / UMEC
12 / EPM 10M
/EPM 12 COMPAC
/ EPM 12M /
BENEVISION N17-
N1
300
2.2
ACC108195
MANGUERA PANI
CON CONECTOR
MONITOR DESFIBRILADOR /
MONITOR
MULTIPARÁMETROS
MINDRAY
BENEHEARTH D6 /
BENEHEART D3 /
UMEC 10 / UMEC
12 / EPM 10M
/EPM 12 COMPAC
/ EPM 12M /
300 BENEVISION N17-
N1
1.441 UTM
2.3
ACC107067
SENSOR SPO2
REUTILIZABLE TIPO
PINZA ADULTO
MONITOR DESFIBRILADOR /
MONITOR
MULTIPARAMETROS
MINDRAY
BENEHEARTH D6 /
BENEHEART D3 /
UMEC 10 / UMEC
12 / EPM 10M /
EPM 12 COMPAC /
EPM 12M /
BENEVISION N17-
N1
300
2.4
ACC107068
CABLE TERMINAL ECG
3 DERIVADAS
MONITOR DESFIBRILADOR /
MONITOR
MULTIPARAMETROS
MINDRAY
BENEHEARTH D6 /
BENEHEART D3 /
UMEC 10 / UMEC
12 / EPM 10M /
EPM 12 COMPAC /
EPM 12M /
BENEVISION N17-
N1
200
2.5
ACC107069
CABLE TRONCAL ECG
3/5 LEADS
MONITOR DESFIBRILADOR /
MONITOR
MULTIPARAMETROS
MINDRAY
BENEHEARTH D6 /
BENEHEART D3 /
UMEC 10 / UMEC
12 / EPM 10M /
EPM 12 COMPAC /
EPM 12M /
BENEVISION N17-
N1
200
2.6
ACC107072
CABLE TERMINAL ECG
5 DERIVADAS
MONITOR DESFIBRILADOR /
MONITOR
MULTIPARAMETROS
MINDRAY
BENEHEARTH D6 /
BENEHEART D3 /
UMEC 10 / UMEC
12 / EPM 10M /
EPM 12 COMPAC /
EPM 12M /
BENEVISION N17-
N1
60
2.7
ACC107082
SENSOR DE
TEMPERATURA
REUTILIZABLE
ADULTO PIEL O
MULTISITIO
MONITOR
MULTIPARAMETROS MINDRAY
UMEC 10 / UMEC
12 / EPM 10M /
EPM 12 COMPAC /
EPM 12M /
BENEVISON N17-
N1
200
2.8
ACC107083
SENSOR DE
TEMPERATURA
REUTILIZABLE
ADULTO
RECTAL/ESOFAGICA
MONITOR
MULTIPARAMETROS MINDRAY
UMEC 10 / UMEC
12 / EPM 10M /
EPM 12 COMPAC /
EPM 12M /
BENEVISON N17-
N2
80
2.9
ACC000137
SENSOR SPO2
REUTILIZABLE TIPO
PINZA PEDIATRICO
MONITOR DESFIBRILADOR /
MONITOR
MULTIPARAMETROS
MINDRAY
BENEHEARTH D6 /
BENEHEART D3 /
UMEC 10 / UMEC
12 / EPM 10M /
EPM 12 COMPAC /
EPM 12M /
BENEVISION N17-
N1
60
2.10
ACC110774
MANGO DE PRESION
TALLA XS
MONITOR DESFIBRILADOR /
MONITOR
MULTIPARAMETROS
MINDRAY
BENEHEARTH D6 /
BENEHEART D3 /
UMEC 10 / UMEC
12 / EPM 10M /
EPM 12 COMPAC /
EPM 12M /
BENEVISION N17-
N1
60
2.11
ACC110775
MANGO DE PRESION
TALLA S
MONITOR DESFIBRILADOR /
MONITOR
MULTIPARAMETROS
MINDRAY
BENEHEARTH D6 /
BENEHEART D3 /
UMEC 10 / UMEC
12 / EPM 10M /
EPM 12 COMPAC /
EPM 12M /
BENEVISION N17-
N1
80
2.12
ACC110776
MANGO DE PRESION
TALLA M
MONITOR DESFIBRILADOR /
MONITOR
MULTIPARAMETROS
MINDRAY
BENEHEARTH D6 /
BENEHEART D3 /
UMEC 10 / UMEC
12 / EPM 10M /
EPM 12 COMPAC /
EPM 12M /
BENEVISION N17-N1
200 2.13
ACC110777
MANGO DE PRESION
TALLA L
MONITOR DESFIBRILADOR /
MONITOR
MULTIPARAMETROS
MINDRAY
BENEHEARTH D6 /
BENEHEART D3 /
UMEC 10 / UMEC
12 / EPM 10M /
EPM 12 COMPAC /
EPM 12M /
BENEVISION N17-
N1
100
2.14
ACC110813
CABLE PRESION
INVASIVA
COMPATIBLE CON
TRANSDUCTOR
BBRAUN
MONITOR DESFIBRILADOR /
MONITOR
MULTIPARAMETROS
MINDRAY
BENEHEARTH D6 /
BENEHEART D3 /
UMEC 10 / UMEC
12 / EPM 10M /
EPM 12 COMPAC /
EPM 12M /
BENEVISION N17-
N1
160
2.15 EME109346
CABLE GASTO
CARDIACO
MONITOR DESFIBRILADOR /
MONITOR
MULTIPARAMETROS
MINDRAY BENEVISION N17 8
2.16 ACC104421
CABLE SENSOR DE
TEMPERATURA PARA
MODULO E-PICCO
MONITOR DESFIBRILADOR /
MONITOR
MULTIPARAMETROS
MINDRAY BENEVISION N17 20
2.17
ACC110796
CABLE PRESION
INVASIVA,
COMPATIBLE CON
TRANSDUCTOR
BBRAUN
MONITOR DESFIBRILADOR /
MONITOR
MULTIPARAMETROS
MINDRAY BENEVISION N17 20
2.18 ACC104736
CABLE ECG DE 10
DERIVADAS
MONITOR
MULTIPARAMETROS MINDRAY BENEVISION N17 8
2.19
ACC107094
BRAZALETE
REUTILIZABLE
ADULTO OBESO 46-66
CM
MONITOR DESFIBRILADOR /
MONITOR
MULTIPARAMETROS
MINDRAY
BENEHEARTH D6 /
BENEHEART D3 /
UMEC 10 / UMEC
12 / EPM 10M /
EPM 12 COMPAC /
EPM 12M /
BENEVISION N17-
N1
48
3
3.1
ACC107105
CABLE ECG 3
DERIVADAS
NEONATAL
COMPLETO (INCLUYE
TRONCAL)
MONITOR SIGNOS VITALES SPACELABS
HEALTHCARE
ULTRAVIEW
SL2600 72
761 UTM
3.2 ACC000137 TRONCAL MANGO DE
PRESIÓN NEONATAL MONITOR SIGNOS VITALES SPACELABS
HEALTHCARE
ULTRAVIEW
SL2600 72
3.3 ACC000088
SENSOR SPO2
ADULTO
REUTILIZABLE
MONITOR SIGNOS VITALES SPACELABS
HEALTHCARE
ULTRAVIEW
SL2600 /
XPREZZON
160
3.4 ACC107074
TRONCAL SPO2
ADULTO MONITOR SIGNOS VITALES SPACELABS
HEALTHCARE
ULTRAVIEW
SL2600 /
XPREZZON
160
3.5 ACC104739
CABLE ECG 3
DERIVADAS ADULTO
COMPLETO (INCLUYE
TRONCAL)
MONITOR SIGNOS VITALES SPACELABS
HEALTHCARE
ULTRAVIEW
SL2600 /
XPREZZON
100
3.6 ACC107078
TRONCAL MANGO DE
PRESIÓN NO
INVASIVA
MONITOR SIGNOS VITALES SPACELABS
HEALTHCARE
ULTRAVIEW
SL2600 /
XPREZZON
100
3.7 ACC107104
MANGO DE PRESIÓN
ADULTO L
REUTILIZABLE
MONITOR SIGNOS VITALES SPACELABS
HEALTHCARE
ULTRAVIEW
SL2600 /
XPREZZON
48
3.8 ACC110779
SENSOR SPO2 DE
DEDO PEDIATRICO
REUTILIZABLE
MONITOR SIGNOS VITALES SPACELABS
HEALTHCARE
ULTRAVIEW
SL2600 /
XPREZZON
100
3.9 ACC110780
MANGO DE PRESION
ADULTO S
REUTILIZABLE
MONITOR SIGNOS VITALES SPACELABS
HEALTHCARE
ULTRAVIEW
SL2600 /
XPREZZON
60
3.10 ACC110781
MANGO DE PRESION
ADULTO M
REUTILIZABLE
MONITOR SIGNOS VITALES SPACELABS
HEALTHCARE
ULTRAVIEW
SL2600 /
XPREZZON
100
3.11
ACC110782
TRONCAL PRESION
INVASIVA
COMPATIBLE CON
TRANSDUCTOR
BBRAUN
MONITOR SIGNOS VITALES SPACELABS
HEALTHCARE
ULTRAVIEW
SL2600 /
XPREZZON
80
4
4.1 ACC110783 CABLE TRONCAL ECG MONITOR APNEA GETEMED VITAGUARD
VG2100 10
42 UTM
4.2 ACC104424 CABLE 3 DERIVADAS MONITOR APNEA GETEMED VITAGUARD
VG2100 10 5
5.1 EME109434 TRONCAL SPO2 MONITOR PANI + Oximetría
DE PULSO MEDIANA V102NA 20
136 UTM
5.2 ACC110784 SENSOR SPO2 MONITOR PANI + Oximetría
DE PULSO MEDIANA V102NA 20
5.3 ACC110785 SENSOR DE
TEMPERATURA
MONITOR PANI + Oximetría
DE PULSO MEDIANA V102NA 20
5.4 ACC107068 CABLE ECG 3
DERIVADAS
MONITOR PANI + Oximetría
DE PULSO MEDIANA V102NA 20
5.5 EME109434 TRONCAL ECG 3
DERIVADAS
MONITOR PANI + Oximetría
DE PULSO MEDIANA V102NA 20
5.6 ACC110786 CABLE SENSOR DE
TEMPERATURA
MONITOR PANI + Oximetría
DE PULSO MEDIANA V102NA 20
6
6.1 EME109434 TRONCAL PRESIÓN
NO INVASIVA
MONITOR MULTIPARÁMETRO
PEDIÁTRICO/NEONATAL CREATIVE PCS5000 10
37 UTM
6.2 EME109280 TRONCAL SPO2 MONITOR MULTIPARÁMETRO
PEDIÁTRICO/NEONATAL CREATIVE PCS5000 10
6.3 ACC110787 TRONCAL CABLE ECG MONITOR MULTIPARÁMETRO
PEDIÁTRICO/NEONATAL CREATIVE PCS5000 10
6.4 ACC107068 CABLE ECG 3
DERIVADAS
MONITOR MULTIPARÁMETRO
PEDIÁTRICO/NEONATAL CREATIVE PCS5000 10
6.5 ACC110788 SPO2 REUTILIZABLE
NEONATAL
MONITOR MULTIPARÁMETRO
PEDIÁTRICO/NEONATAL CREATIVE PCS5000 10
6.6 ACC110789
SPO2 MULTISITIO
REUTILIZABLE
PEDIATRICO
MONITOR MULTIPARÁMETRO
PEDIÁTRICO/NEONATAL CREATIVE PCS5000 10
7
7.1 EME109439 TRONCAL PRESIÓN
NO INVASIVA
MONITOR
MULTIPARÁMETROS EDAN IM70 20
1745 UTM
7.2 EME109438 TRONCAL SPO2 MONITOR
MULTIPARÁMETROS EDAN IM70 20
7.3 ACC110794 TRONCAL CABLE ECG MONITOR
MULTIPARÁMETROS EDAN IM70 20
7.4 ACC107068 CABLE ECG 3
DERIVADAS
MONITOR
MULTIPARÁMETROS EDAN IM70 20
7.5 ACC110790 SPO2 REUTILIZABLE
ADULTO
MONITOR
MULTIPARÁMETROS EDAN IM70 20
7.6 ACC110791 MANGO PRESIÓN
TALLA M
MONITOR
MULTIPARÁMETROS EDAN IM70 20
7.7 ACC110792 MANGO PRESIÓN
TALLA L
MONITOR
MULTIPARÁMETROS EDAN IM70 20
7.8 ACC110793 MANGO PRESION
TALLA S
MONITOR
MULTIPARÁMETROS EDAN IM70 10
7.9 ACC104421 CABLE SENSOR DE
TEMPERATURA
MONITOR
MULTIPARÁMETROS EDAN IM70 10
7.10 EME109439 TRONCAL PRESIÓN
NO INVASIVA
MONITOR
MULTIPARÁMETROS EDAN X12 40
7.11 EME109438 TRONCAL SPO2 MONITOR
MULTIPARÁMETROS EDAN X12 40
7.12 ACC110794 TRONCAL CABLE ECG MONITOR
MULTIPARÁMETROS EDAN X12 40
7.13 ACC107068 CABLE ECG 3
DERIVADAS
MONITOR
MULTIPARÁMETROS EDAN X12 40
7.14 ACC110790 SPO2 REUTILIZABLE
ADULTO
MONITOR
MULTIPARÁMETROS EDAN X12 40
7.15 ACC104421 CABLE SENSOR DE
TEMPERATURA
MONITOR
MULTIPARÁMETROS EDAN X12 40
7.16 ACC110796 CABLE PRESIÓN
INVASIVA
MONITOR
MULTIPARÁMETROS EDAN X12 40
7.17 ACC110793 MANGO PRESION
TALLA S
MONITOR
MULTIPARÁMETROS EDAN X12 40
7.18 ACC110791 MANGO PRESIÓN
TALLA M
MONITOR
MULTIPARÁMETROS EDAN X12 40
7.19 ACC110792 MANGO PRESIÓN
TALLA L
MONITOR
MULTIPARÁMETROS EDAN X12 40
8
8.1 EME109430 TRONCAL PRESIÓN
NO INVASIVA
MONITOR
MULTIPARÁMETROS NIHON KOHDEN LIFESCOPEVS 40
8.2 ACC107068 CABLE ECG 3
DERIVADAS
MONITOR
MULTIPARÁMETROS NIHON KOHDEN LIFESCOPEVS 40
8.3 ACC110797 SPO2 REUTILIZABLE
ADULTO
MONITOR
MULTIPARÁMETROS NIHON KOHDEN LIFESCOPEVS 40
8.4 ACC110798 MANGO PRESIÓN
TALLA M
MONITOR
MULTIPARÁMETROS NIHON KOHDEN LIFESCOPEVS 40
8.5 ACC104422 TRONCAL ECG MONITOR
MULTIPARÁMETROS NIHON KOHDEN LIFESCOPEVS 40
8.6 ACC110799 MANGO PRESIÓN
TALLA L
MONITOR
MULTIPARÁMETROS NIHON KOHDEN LIFESCOPEVS 40
8.7 ACC107105
CABLE ECG 3
DERIVADAS
COMPLETO
MONITOR DESFIBRILADOR NIHON KOHDEN TEC-5531E 16 480 UTM 8.8 ACC110797
SENSOR SPO2
ADULTO
REUTILIZABLE DEDO
MONITOR DESFIBRILADOR NIHON KOHDEN TEC-5531E 16
8.9 ACC104422 TRONCAL ECG MONITOR DESFIBRILADOR NIHON KOHDEN TEC-5531E 16
8.10 ACC107107
SENSOR SPO2
PEDIATRICO
REUTILIZABLE DEDO
MONITOR DESFIBRILADOR NIHON KOHDEN TEC-5531E 16
9
9.1 EME109441 TRONCAL PRESIÓN
NO INVASIVA MONITOR SIGNOS VITALES BISTOS BT-720 30
101 UTM
9.2 ACC110801 SPO2 REUTILIZABLE
ADULTO MONITOR SIGNOS VITALES BISTOS BT-720 30
9.3 ACC110802 SPO2 REUTILIZABLE
PEDIÁTRICO MONITOR SIGNOS VITALES BISTOS BT-720 30
9.4 ACC110803 MANGO PRESIÓN
TALLA M MONITOR SIGNOS VITALES BISTOS BT-720 30
9.5 ACC110804 MANGO PRESIÓN
TALLA L MONITOR SIGNOS VITALES BISTOS BT-720 30
10
10.1 ACC110805 SPO2 REUTILIZABLE
PEDIÁTRICO MONITOR SIGNOS VITALES CLINICON MINI M3T 10
31 UTM
10.2 ACC110806 SPO2 REUTILIZABLE
ADULTO MONITOR SIGNOS VITALES CLINICON MINI M3T 4
10.3 EME109441 TRONCAL PRESIÓN
NO INVASIVA MONITOR SIGNOS VITALES CLINICON MINI M3T 10
10.4 ACC110807 MANGO PRESIÓN
NEONATAL MONITOR SIGNOS VITALES CLINICON MINI M3T 10
10.5 ACC110808 MANGO PRESIÓN
PEDIÁTRICA MONITOR SIGNOS VITALES CLINICON MINI M3T 10
11
11.1 ACC107064
SENSOR SPO2
ADULTO
REUTILIZABLE DEDO
MONITOR SIGNOS VITALES PROGETTI S10 100
1.234 UTM
11.2 ACC107086
SENSOR SPO2
PEDIÁTRICO
REUTILIZABLE DEDO
MONITOR SIGNOS VITALES PROGETTI S10 100
11.3 EME109441 TRONCAL PRESIÓN
NO INVASIVA MONITOR SIGNOS VITALES PROGETTI S10 100
11.4 ACC110809 MANGO PRESIÓN
TALLA M MONITOR SIGNOS VITALES PROGETTI S10 100
11.5 ACC110808 MANGO PRESIÓN
PEDIÁTRICO MONITOR SIGNOS VITALES PROGETTI S10 100
11.6 ACC110810
TRONCAL COMPLETO
CON ECG 3
LATIGUILLOS
MONITOR SIGNOS VITALES PROGETTI S10 100
12
12.1 ACC110810 CABLE TRONCAL SPO2
MASIMO MONITOR SIGNOS VITALES DRAGER M540/C500 50
6.893 UTM
12.2 INS105382 MANGO PRESION
NEONATAL 1
MONITOR SIGNOS VITALES DRAGER M540/C500 50
12.3 INS105383 MANGO PRESION
NEONATAL 2
MONITOR SIGNOS VITALES DRAGER M540/C500 50
12.4 INS105384 MANGO PRESION
NEONATAL 3 MONITOR SIGNOS VITALES DRAGER M540/C500 50
12.5 INS105385 MANGO PRESION
NEONATAL 4
MONITOR SIGNOS VITALES DRAGER M540/C500 50
12.6 INS105386 MANGO PRESION
NEONATAL 5
MONITOR SIGNOS VITALES DRAGER M540/C500 50
12.7 ACC108178 CABLE DE PRESIÓN
INVASIVA MONITOR SIGNOS VITALES DRAGER M540/C500 50
12.8 ACC110812
CABLE DE
TEMPERATURA
PEDIÁTRICO
MONITOR SIGNOS VITALES DRAGER M540/C500 50
12.9 ACC104422 TRONCAL ECG MONITOR SIGNOS VITALES DRAGER M540/C500 50
12.10 EME109441 TRONCAL PRESIÓN
NO INVASIVA MONITOR SIGNOS VITALES DRAGER M540/C500 50
12.11
ACC110813
CABLES DE PRESION
INVASIVA, DEBEN SER
COMPATIBELS CON
TRANSDUCTOR
BBRAUN
MONITOR SIGNOS VITALES DRAGER M540/C500 50
12.12 ACC110814
TRONCAL PRESION
INVASIVA LARGO
MAYOR A 3 MTS.
MONITOR SIGNOS VITALES DRAGER M540/C500 50
12.13 ACC110814
TRONCAL PRESION
INVASIVA LARGO
MAYOR A 3 MTS.
MONITOR SIGNOS VITALES DRAGER KAPPA/DELTA 60
12.14 ACC110815 ADAPTADOR EN Y PAI,
10 PINES MONITOR SIGNOS VITALES DRAGER KAPPA/DELTA 60
12.15 ACC110816 ADAPTADOR EN Y PAI,
7 PINES MONITOR SIGNOS VITALES DRAGER KAPPA/DELTA 60
12.16 ACC108223 CABLE BIS PARA
MODULO MONITOR SIGNOS VITALES DRAGER KAPPA/DELTA 20 12.17 ACC108224 CABLE DE CATÉTER DE
CO MONITOR SIGNOS VITALES DRAGER KAPPA/DELTA 20
12.18
ACC108225
CABLE DE CONEXIÓN
DE POD, 3 M PARA
MODULO DE
CAPNOGRAFÍA
MONITOR SIGNOS VITALES DRAGER KAPPA/DELTA 20
12.19
ACC108225
CABLE DE CONEXIÓN,
CONECTA HEMOMED
POD A MOITOR, 3 M
PARA MODULO DE
PRESIÓN INVASIVA
MONITOR SIGNOS VITALES DRAGER KAPPA/DELTA 20
12.20 ACC110817 CABLE DE CONEXIÓN
PARA CO, 1M MONITOR SIGNOS VITALES DRAGER KAPPA/DELTA 20
12.21 ACC104699
CABLE DE ELECTRODO
EEG, CON CODIGO DE
COLORES, 9UDS
MONITOR SIGNOS VITALES DRAGER KAPPA/DELTA 20
12.22 ACC108227
CABLE DE TERMISTOR
DE CO
BAXTER/EDWARDS
MONITOR SIGNOS VITALES DRAGER KAPPA/DELTA 6
12.23
ACC108228
CABLE DE
TRANSDUCTOR DE
PRESIÓN PAI PARA
MEMSCAP
(CAPTO/SENSORNOR)
, 3,7 M
MONITOR SIGNOS VITALES DRAGER KAPPA/DELTA 10
12.24
ACC108229
CABLE EN Y,
REUTILIZABLE,
CONECTOR DE 7
PINES, PARA 2
SONDAS DE
TEMPERATURA
MONITOR SIGNOS VITALES DRAGER KAPPA/DELTA 60
12.25
ACC110818
CABLE
MULTIPARÁMETRO
MULTIMED® PLUS,
PARA ECG, RESP.,
SPO2 Y TEMP., 2,5 M
MONITOR SIGNOS VITALES DRAGER KAPPA/DELTA 100
12.26
ACC108230
CUBETA DE CO2,
DESECHABLE,
ADULTO, 10
UDS.PARA MODULO
DE CAPNOGRAFIA
MONITOR SIGNOS VITALES DRAGER KAPPA/DELTA 20
12.27
ACC000008
CABLE ECG, 5
DERIVACIONES,
CONECTOR DE UN
SOLOS PIN, IEC1
(CODIGO DE COLORES
EUROPEO ,1/1,5 M
MONITOR SIGNOS VITALES DRAGER KAPPA/DELTA 40
12.28
ACC110819
MANGUITO PANI,
DESECHABLE,
NEONATO, TAMAÑO,
3, 5, 8 - 10,9 CM, 10
UDS
MONITOR SIGNOS VITALES DRAGER KAPPA/DELTA 2
12.29
ACC000117
SONDA DE
TEMPERATURA
CUTÁNEA,
REUTILIZABLE, CON
CONECTOR DE 7
PINES, 1,5 M
MONITOR SIGNOS VITALES DRAGER KAPPA/DELTA 60
12.30
ACC108232
SENSOR PARA
MECÁNICA
RESPIRATORIA, FLUJO
Y CO2, DESECHABLE,
ADULTO/NIÑO, 10
UDS.
MONITOR SIGNOS VITALES DRAGER KAPPA/DELTA 2
12.31 ACC108233
SENSOR SPO2
ADHESIVO DRAGUER,
VINILO, DESECHABLE,
ADULTO, 24 UDS.
MONITOR SIGNOS VITALES DRAGER KAPPA/DELTA 2
12.32 ACC000092
SENSOR SPO2
MULTISITIO
NELLCOR® DURA-Y™,
REUTILIZABLE
MONITOR SIGNOS VITALES DRAGER KAPPA/DELTA 100
12.33 ACC108233
SENSOR SPO2
ADHESIVO DRAGUER,
VINILO, DESECHABLE,
NIÑO, 24 UDS
MONITOR SIGNOS VITALES DRAGER KAPPA/DELTA 2
12.34 ACC110820
CABLE TRONCAL SPO2
DRAGUER/NELLCOR
1,2M
MONITOR SIGNOS VITALES DRAGER KAPPA/DELTA 160
12.35 ACC108234 ADAPTADOR NBP,
(CAJA10) MONITOR SIGNOS VITALES DRAGER KAPPA/DELTA 4
12.36
ACC000004
CABLE ECG, 3
DERIVACIONES,
CONECTOR DE UN
SOLO PIN, IEC1
(CÓDIGO DE COLORES
EUROPEO), 1M
MONITOR SIGNOS VITALES DRAGER KAPPA/DELTA 160
12.37 ACC000046
MANGUITO PANI L,
REUTILIZABLE,
ADULTO GRANDE, 31 -
40 CM/40 CM
MONITOR SIGNOS VITALES DRAGER KAPPA/DELTA 60
12.38
ACC000047
MANGUITO PANI L+,
REUTILIZABLE,
ADULTO GRANDE,
LARGO, 31 - 40 CM/55
CM
MONITOR SIGNOS VITALES DRAGER KAPPA/DELTA 40
12.39 ACC000049
MANGUITO PANI M+,
REUTILIZABLE,
ADULTO, LARGO, 23 -
33 CM/43 CM
MONITOR SIGNOS VITALES DRAGER KAPPA/DELTA 160
12.40 ACC000050
MANGUITO PANI S,
REUTILIZABLE,
ADULTO PEQUEÑO,
17 - 25 CM/29CM
MONITOR SIGNOS VITALES DRAGER KAPPA/DELTA 10
12.41 ACC110821
MANGUITO PANI XL,
REUTILIZABLE,
MUSLO, 38 - 50
CM/50CM
MONITOR SIGNOS VITALES DRAGER KAPPA/DELTA 100
12.42 ACC110822
MANGUITO PANI XS,
REUTILIZABLE, NIÑO,
12-19 CM/ 19CM
MONITOR SIGNOS VITALES DRAGER KAPPA/DELTA 100
12.43 ACC104707
MANGUITO M,
REUTILIZABLE,
ADULTO, 23-33
CM/33 CM
MONITOR SIGNOS VITALES DRAGER KAPPA/DELTA 160
12.44 ACC000048
MANGUITO M
DESECHABLE,
ADULTO, 23-33
CM/33 CM, 10 UDS.
MONITOR SIGNOS VITALES DRAGER KAPPA/DELTA 4
12.45
ACC000054
MANGUITO PANI
M++, REUTILIZABLE,
ADULTO, EXTRA
LARGO, 23-33 CM/53
CM
MONITOR SIGNOS VITALES DRAGER KAPPA/DELTA 160
12.46 ACC000064
MANGUITO PANI XXS,
REUTILIZABLE, NIÑO
PEQUEÑO, 8-13
CM/13 CM
MONITOR SIGNOS VITALES DRAGER KAPPA/DELTA 100
12.47 ACC104709
SENSOR DE DEDO
SPO2 DRAGUER,
REUTILIZABLE
MONITOR SIGNOS VITALES DRAGER KAPPA/DELTA 160
12.48 ACC104710
SENSOR SPO2
ADHESIVO DRAGUER,
TELA, DESECHABLE,
BEBE, 24 UDS.
MONITOR SIGNOS VITALES DRAGER KAPPA/DELTA 2
12.49
ACC104711
SONDA DE
TEMPERATURA
UNIVERSAL,
REUTILIZABLE,
ADULTO, CONECTOR
DE 7 PINES, 3 M
MONITOR SIGNOS VITALES DRAGER KAPPA/DELTA 60
12.50
ACC110823
SONDA DE
TEMPERATURA
UNIVERSAL,
REUTILIZABLE, NIÑO,
CONECTOR DE 7
PINES, 1,5 M
MONITOR SIGNOS VITALES DRAGER KAPPA/DELTA 20
12.51 ACC108205
SONDA DE
TEMPERATURA
REUTILIZABLE
MONITOR SIGNOS VITALES DRAGER KAPPA/DELTA 40
12.52 ACC110824
CABLE TRONCAL PANI,
ADULTO, 3,7, PARA
MONITORES
INFINITY®
MONITOR SIGNOS VITALES DRAGER KAPPA/DELTA 160
12.53 ACC110825 CABLE TRONCAL SPO2
DRAGER/NELLCOR 3M MONITOR SIGNOS VITALES DRAGER KAPPA/DELTA 160
12.54 ACC108236
APTADOR DE VÍAS
RESPIRATORIAS MONITOR SIGNOS VITALES DRAGER KAPPA/DELTA 40 ETCO2, REUTILIZABLE,
ADULTO
12.55 ACC109710 CABLE INTERFAZ
PRESIÓN INVASIVA MONITOR SIGNOS VITALES DRAGER KAPPA/DELTA 120
12.56 ACC110826
CABLE INTERFAZ
PRESIÓN INVASIVA
(COMBITRANS)
MONITOR SIGNOS VITALES DRAGER KAPPA/DELTA 24
13
13.1 ACC107064
SENSOR SPO2
ADULTO
REUTILIZABLE DEDO
MONITOR PANI + OXIMETRIA
DE PULSO CRITICARE 506 DN EQUALITY 400
711 UTM
13.2 ACC110827
MANGO PRESIÓN
ADULTO
REUTILIZABLE TALLA S
MONITOR PANI + OXIMETRIA
DE PULSO CRITICARE 506 DN EQUALITY 100
13.3 ACC110828
MANGO PRESIÓN
ADULTO
REUTILIZABLE TALLA
M
MONITOR PANI + OXIMETRIA
DE PULSO CRITICARE 506 DN EQUALITY 200
13.4 ACC110829 SENSOR SPO2 MONITOR PANI + OXIMETRIA
DE PULSO CRITICARE 506 DN EQUALITY 40
13.5 ACC107089
MANGO PRESIÓN
ADULTO
REUTILIZABLE TALLA L
MONITOR PANI + OXIMETRIA
DE PULSO CRITICARE 506 DN EQUALITY 100
13.6 ACC107091
SENSOR SPO2
NEONATAL
REUTILIZABLE
MONITOR PANI + OXIMETRIA
DE PULSO CRITICARE 506 DN EQUALITY 60
13.7 ACC107091
SENSOR SPO2
PEDIATRICO
REUTILIZABLE DEDO
MONITOR PANI + OXIMETRIA
DE PULSO CRITICARE 506 DN EQUALITY 60
14 14 ACC107065
MANGUERA NIBP
PARA MANGO DE
PRESIÓN
MONITOR PANI + OXIMETRIA
DE PULSO
CRITICARE /
DATASCOPE
506 DN EQUALITY
/ DUO 400 279 UTM
15
15.1 ACC107085
SENSOR SPO2
ADULTO
REUTILIZABLE DEDO
MONITOR PANI + OXIMETRIA
DE PULSO DATASCOPE DUO 60
376 UTM
15.2 ACC107086
SENSOR SPO2
PEDIATRICO
REUTILIZABLE DEDO
MONITOR PANI + OXIMETRIA
DE PULSO DATASCOPE DUO 40
15.3 ACC110830
MANGO PRESIÓN
ADULTO
REUTILIZABLE TALLA S
MONITOR PANI + OXIMETRIA
DE PULSO DATASCOPE DUO 30
15.4 ACC110831
MANGO PRESIÓN
ADULTO
REUTILIZABLE TALLA
M
MONITOR PANI + OXIMETRIA
DE PULSO DATASCOPE DUO 40
15.5 ACC107092
MANGO PRESIÓN
ADULTO
REUTILIZABLE TALLA L
MONITOR PANI + OXIMETRIA
DE PULSO DATASCOPE DUO 15
15.6 ACC110832
SENSOR SPOR
NEONATAL
REUTILIZABE
MONITOR PANI + OXIMETRIA
DE PULSO DATASCOPE DUO 20
16
16.1 ACC110833
TRONCAL MANGO DE
PRESIÓN CON
CONECTOR
MONITOR SIGNOS VITALES PHILIPS MX600 / MX450 /
MX500 / MX550 240
678 UTM
16.2 ACC107068 CABLE ECG 3
DERIVADAS MONITOR SIGNOS VITALES PHILIPS MX600 / MX450 /
MX500 / MX550 192
16.3 ACC107075
SENSOR SPO2
ADULTO
REUTILIZABLE
MONITOR DESFIBRILADOR /
MONITOR SIGNOS VITALES PHILIPS
HEARSTART XL+ /
MX600 / MX450 /
MX500 / MX550
144
16.4 ACC107076 TRONCAL SPO2 (2 MT) MONITOR DESFIBRILADOR /
MONITOR SIGNOS VITALES PHILIPS
HEARSTART XL+ /
MX600 / MX450 /
MX500 / MX550
144
16.5 ACC107068
TRONCAL ECG 3
DERIVADAS
MONITOR DESFIBRILADOR /
MONITOR SIGNOS VITALES PHILIPS
HEARSTART XL+ /
MX600 / MX450 /
MX500 / MX550
120
16.6 ACC000006
CABLE ECG 3
DERIVADAS
COMPLETO
MONITOR SIGNOS VITALES PHILIPS MX600 / MX450 /
MX500 / MX550 120
16.7 ACC107084
TRONCAL ECG 5
DERIVADAS
MONITOR DESFIBRILADOR /
MONITOR SIGNOS VITALES PHILIPS
HEARSTART XL+ /
MX600 / MX450 /
MX500 / MX550
60
16.8 ACC107084 CABLE ECG 5
DERIVADAS MONITOR SIGNOS VITALES PHILIPS MX600 / MX450 /
MX500 / MX550 60
16.9 ACC107069 TRONCAL ECG DE 3/5
LATIGUILLOS MONITOR DESFIBRILADOR PHILIPS HEARSTART XL+ 48
16.10 ACC107096
SENSOR SPO2
NEONATAL
REUTILIZABLE
MONITOR DESFIBRILADOR /
MONITOR SIGNOS VITALES PHILIPS
HEARSTART XL+ /
MX600 / MX450 /
MX500 / MX550
48
16.11 ACC000101
SENSOR SPO2
PEDIÁTRICO
REUTILIZABLE
MONITOR DESFIBRILADOR /
MONITOR SIGNOS VITALES PHILIPS
HEARSTART XL+ /
MX600 / MX450 /
MX500 / MX550
48
16.12 ACC107098
CABLE ECG 5
DERIVADAS
COMPLETO
MONITOR SIGNOS VITALES PHILIPS MX600 / MX450 /
MX500 / MX550 40
16.13 EME109290
MANGO DE PRESIÓN S
REUTILIZABLE 1 VÍA
CON CONECTOR
(ADULTO LARGE)
MONITOR SIGNOS VITALES PHILIPS MX600 / MX450 /
MX500 / MX551 60
16.14 ACC110835
MANGO DE PRESIÓN
M REUTILIZABLE 1 VÍA
CON CONECTOR
(ADULTO LARGE)
MONITOR SIGNOS VITALES PHILIPS MX600 / MX450 /
MX500 / MX552 120
16.15 ACC107099
MANGO DE PRESIÓN
L REUTILIZABLE 1 VÍA
CON CONECTOR
(ADULTO LARGE)
MONITOR SIGNOS VITALES PHILIPS MX600 / MX450 /
MX500 / MX550 120
16.16 ACC104732 CABLE ECG 5
DERIVADAS PINZA MONITOR DESFIBRILADOR PHILIPS HEARSTART XL+ 24
16.17 ACC110836 CABLE PRESIÓN
INVASIVA MONITOR SIGNOS VITALES PHILIPS MX600 / MX450 /
MX500 / MX550 100
16.18 ACC107109
MANGO DE PRESIÓN
XL REUTILIZABLE 1 VÍA
CON CONECTOR
(PIERNA)
MONITOR SIGNOS VITALES PHILIPS MX600 / MX450 /
MX500 / MX550 40
17
17.1 ACC110837
CABLE PACIENTE
CONECTOR ROJO - RD
"SET" 3.6 MT APROX.
Oxímetro de Pulso Massimo Radical 7 30
367 UTM
17.2 ACC110838 Sensor Adhesivo neo
RD Oxímetro de Pulso Massimo Radical 7 30
17.3 ACC110839 Sensor Adhesivo neopt (-) 1 kg RD Oxímetro de Pulso Massimo Radical 7 30
17.4 ACC110840
Sensor reutilizable
adulto RAINBOW de 3
ft (SpO2 - SpCO -
SpMET) Conexión
directa
Oxímetro de Pulso Massimo Radical 7 30
17.5 ACC110841
Sensor reutilizable
pediátrico RAINBOW
de 3 ft (SpO2 - SpCO -
SpMET) conexión
directa
Oxímetro de Pulso Massimo Radical 7 30
17.6 ACC110842 Sensor reutilizable RD
DCI adulto
Monitor multiparamétrico o
de signos vitales u Oxímetro
de pulso
Massimo
Cualquier monitor
que tenga cable
troncal con
conexión RD y
oximetría
MASIMO
40
17.7 ACC110843 Sensor reutilizable RD
DCIP pediátrico
Monitor multiparamétrico o
de signos vitales u Oxímetro
de pulso
Massimo
Cualquier monitor
que tenga cable
troncal con
conexión RD y
oximetría
MASIMO
60
17.8 ACC110844 Sensor reutilizable RD
YI multisitio
Monitor multiparamétrico o
de signos vitales u Oxímetro
de pulso
Massimo
Cualquier monitor
que tenga cable
troncal con
conexión RD y
oximetría
MASIMO
60
17.9 ACC110839
Cable paciente
masimo SpaceLabs
conector RD- 3,6 mt
apróx.
Monitor multiparamétrico o
de signos vitales Masimo
Cable interfase
CONECTOR RD
compatible con
monitores
Spacelabs con
oximetría Masimo
20
17.10 ACC110846 Cable paciente RAD97
RD de 12 ft Oxímetro de Pulso Massimo RAD97 30
18
18.1 ACC110839
CABLE ADAPTADOR
DUAL PRESION
INVASIVA
Monitor Signos Vitales GE Healthcare B650 40
18.2 ACC104728
CABLE CASE A
MODULO CAM 14, 4,5
mt.
Test de esfuerzo GE Healthcare Case Cardiosoft 10
18.3 ACC110848
MODULO CAM 14
DIGITAL COMPACT Test de esfuerzo GE Healthcare Case Cardiosoft 10
18.4 ACC110849
CABLE DE INTERFAZ
CONECTOR GE
TRUSIGNAL
Monitor multiparamétrico o
de signos vitales GE Healthcare B155 20
1.190 UTM
18.5
ACC110850
CLASSIC CUF NEO N°1
3 a 6CM, DOBLE
TUBO, CONECTOR
LUER
Monitor Signos Vitales GE Healthcare B155 20
18.6 ACC110851
CLASSIC CUF NEO N°2
4 a 8CM, DOBLE
TUBO, CONECTOR
LUER
Monitor Signos Vitales GE Healthcare B155 20
18.7 ACC110852
CLASSIC CUF NEO N°3
6 a 11CM, DOBLE
TUBO, CONECTOR
LUER
Monitor Signos Vitales GE Healthcare B155 20
18.8 ACC110853
CLASSIC CUF NEO N°4
7 a 13CM, DOBLE
TUBO, CONECTOR
LUER
Monitor Signos Vitales GE Healthcare B155 20
18.9 ACC110854
CLASSIC CUF NEO N°5
8 a 15CM, DOBLE
TUBO, CONECTOR
LUER
Monitor Signos Vitales GE Healthcare B155 20
18.10 ACC110855
SENSOR DEDO
ADULTO/PEDIATRICO
TRUSIGNAL, 1 MT
Monitor multiparamétrico o
de signos vitales GE Healthcare B155 30
18.11 ACC110856
SENSOR MULTISITIO
SPO2 TRUSIGNAL
ADU/PED, 1m, (+)3 KG
Monitor multiparamétrico o
de signos vitales GE Healthcare B155 30
18.12 ACC110857
SENSOR OREJA
ADULTO/PEDIAT
TRUSIGNAL, 1 MT,
(+)10 KG
Monitor multiparamétrico o
de signos vitales GE Healthcare B155 30
18.13
ACC000108
SENSOR
TEMPERATURA
ESOFÁGICO-RECTAL
ADULTO, YSI 400,
REUSABLE, 3M,
DIÁMETRO:4MM
Monitor Signos Vitales GE Healthcare B155 16
18.14 ACC110858
SENSOR
TEMPERATURA
ESOFÁGICO-RECTAL
PEDIÁTRICO, YSI 400,
REUSABLE, 3M,
DIÁMETRO:3MM
Monitor Signos Vitales GE Healthcare B155 16
18.15 ACC110859
SENSOR
TEMPERATURA PIEL
ADU/PED, YSI 400,
REUSABLE, 3M
Monitor Signos Vitales GE Healthcare B155 16
18.16 ACC110860
TRAMPA DE AGUA DFEND PRO - DARK
STEEL BLUE
Monitor Signos Vitales GE Healthcare B155 16
18.17 ACC000005
CABLE ECG 3
TERMINALES
AGRUPADO GRABBER
74cm.
Monitor Signos Vitales / Eco
cardiógrafo GE Healthcare B650 / Vivid 7 /
Logiq S6 40
18.18 ACC104732
CABLE ECG 5
TERMINALES,
GRABBER 74cm
Monitor Signos Vitales / Eco
cardiógrafo GE Healthcare B650 / Vivid 7 /
Logiq S6 20
18.19 ACC110861
CABLE ECG
COMPLETO 3 DERIV.
GRABBER AHA 3.6m
Monitor Signos Vitales / Eco
cardiógrafo GE Healthcare B650 / Vivid 7 /
Logiq S6 40
18.20 ACC107095
CABLE TRONCAL ECG
3/5 TERMINALES
MARQUETTE 3.6M
Monitor Signos Vitales / Eco
cardiógrafo GE Healthcare B650 / Vivid 7 /
Logiq S6 40
18.21 ACC110862
DURA CUF ADULTO
ESTANDAR 23 A 33
CM, DOBLE TUBO,
CONECTOR SUBMIN
Monitor Signos Vitales GE Healthcare B650 40
18.22 ACC110863
DURA CUF ADULTO
GRANDE 31 A 40 CM,
DOBLE TUBO,
CONECTOR SUBMIN
Monitor Signos Vitales GE Healthcare B650 30
18.23 ACC110864
DURA CUF ADULTO
PEQUEÑO 17 A 25 CM,
DOBLE TUBO,
CONECTOR SUBMIN
Monitor Signos Vitales GE Healthcare B650 30
18.24 ACC110865
DURA CUF NIÑO 12 A
19 CM, DOBLE TUBO,
CONECTOR SUBMIN
Monitor Signos Vitales GE Healthcare B650 30
18.25 ACC110866
MANGUERA PANI
DOBLE TUBO,
conector SubMin,
3.6m, Gris
Monitor Signos Vitales GE Healthcare B650 30
18.26 ACC104751
MARCADOR DE
EVENTOS REMOTOS
COROMETRICS
Monitor Cardio fetal GE Healthcare COROMETRICS
172 20
18.27 ACC110867
TOCOTRANSDUCTOR
NAUTILUS, BOTON 8'
MIC
Monitor Cardio fetal GE Healthcare COROMETRICS
172 40
18.28 ACC110868
TRANSDUCTOR US
NAUTILUS, BOTON 8'
MIC
Monitor Cardio fetal GE Healthcare COROMETRICS
172 40
18.29 ACC000118
SONDA DE
TEMPERATURA
REUSABLE GIRAFFE
MIC
Cuna Radiante GE Healthcare Giraffe Warmer 30
18.30 ACC110869 CABLE PACIENTE GE -
RD 3.6 MT APROX.
Monitor multiparamétrico o
de signos vitales GE Healthcare
Cable interfase
CONECTOR RD
compatible con
monitores GE con
oximetría Masimo
30
18.31 ACC110870 CABLE ECG 10 LEAD
GRABBER AHA Electrocardiógrafo GE Healthcare
MAC 600-
MAC800-MAC
1200-MAC2000
10
19 19 ACC110871
CABLE HDMI MACHO
A HDMI MACHO 2
METROS
CENTRAL DE MONITOREO 20 9 UTM
Las cantidades totales que se adquirirán por el hospital en esta compra corresponden a un consumo estimado
de 24 meses.
Las cantidades de cada accesorio son estimadas y podrán variar según las necesidades del Hospital durante
toda la vigencia del contrato.
3. DE LOS ACCESORIOS
Los ACCESORIOS requeridos en esta adquisición deben cumplir además de la especificación técnica propia del
producto, establecida para cada uno de ellos en el Anexo N°03 publicado en el portal www.mercado publico.cl,
con todos y cada uno de los requerimientos señalados en estas Bases Administrativas y Técnicas.
El formato Excel ANEXO 03, de las especificaciones técnicas no podrá ser modificado y solo se deberán
contestar las preguntas allí expresadas. Si requiere entregar alguna explicación anexa de algún requerimiento
solicitado debe indicarlo en la columna Comentarios del oferente.
4. GARANTÍA TÉCNICA
El proveedor debe especificar en el anexo 03 “listado de accesorio”, los meses de garantía técnica ofertado,
por línea de producto, los cuales en ningún caso podrán ser menor a 03 meses.
Si el proveedor oferta una garantía técnica menor a 03 meses, su oferta será declarada inadmisible.
Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la totalidad de los antecedentes contenidos en la
oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley N° 19.886.
5. AUTORIZACIÓN DE FÁBRICA
Para los proveedores que cuenten con autorización de fábrica, se deberá adjuntar certificado acreditando,
por la fábrica, que se encuentra autorizado para realizar comercialización de los accesorios ofertados para la
marca de los equipos en Chile.
La autorización de fábrica, no puede ser, en ningún caso, generado por el mismo proveedor, a excepción de
que el proveedor sea fabricante de la marca.
6. FOTOGRAFÍA DE LOS ACCESORIOS
Se debe adjuntar, junto a la oferta, La fotografía de cada accesorio con la finalidad de revisar el cumplimiento
de compatibilidad con los equipos. Los aspectos técnicos a verificar con dicha fotografía son condiciones como
forma, numero de pines de conexión entre otras.
7. POLÍTICAS DE CANJE
El proponente que se adjudique se obliga ante el Hospital Clínico Metropolitano La Florida a cumplir con la
siguiente Política de Canje Obligatoria para los accesorios adquiridos:
Se deberá cambiar o canjear los accesorios, cuando ocurra algunas de las siguientes situaciones:
a. Cuando los accesorios no cumplan con las especificaciones requeridas en estas bases de licitación (no
compatibles con equipo correspondiente).
b. Cuando los accesorios se entreguen en empaques dañados y/o defectuosos.
c. Cuando se detecten accesorios adulterados o mal rotulados.
d. Cuando los accesorios entregados sean de distinta calidad, materiales, procedencia y/o marca a la
adjudicada.
e. Cuando los accesoriosfallen, se deterioren o rompan durante la garantía del producto, siempre y cuando
estas fallas no sean ocasionadas por mal uso del producto.
f. Cuando los accesorios no sean nuevos o tenga evidencia de uso
Las situaciones descritas podrán ser verificadas y notificadas, tanto por personal de bodega como por el
referente técnico administrador de contrato, haciéndose efectiva obligatoriamente la Política de Canje al
Proveedor.
Para hacer efectiva la política de cambio, personal del Hospital se comunicará con la persona encargada del
contrato por parte del proveedor para solicitar a través de correo electrónico indicado en anexo N°01, el
correspondiente cambio o canje dentro de las 24 hrs. siguientes a la solicitud, so pena de aplicarse la multa
establecida en la letra b) sobre multas de las Bases Administrativas.
8. STOCK CONTINUO
El oferente adjudicado debe mantener el stock suficiente de los accesorios contratados a fin de garantizar la
continuidad del servicio del Hospital La Florida, resguardando no caer en quiebres de stock.
De ocurrir tal situación, el oferente deberá dar aviso oportunamente y adquirir dicho insumo en otra empresa
para cumplir dentro de los 10 días corridos desde la fecha original de entrega.
El producto adquirido en tales circunstancias debe ser de igual o superior calidad, debiendo solicitar
autorización previa al Hospital la Florida a través de la Unidad de Contratos.
La adquisición a terceros por parte del proveedor tendrá costo cero para el Hospital y el recargo en el valor
de los insumos será de su exclusiva responsabilidad.
La falta de stock no elimina la obligación de entregar los insumos dentro del plazo ofertado, ni exime de la
aplicación de multa por atraso en la entrega de productos.
En el caso que el oferente no pueda solucionar tal situación de quiebre dentro de los 10 días corridos, se
deberá cancelar la orden de compra emitida, aplicándose la multa establecida en bases administrativas.
Asimismo, el Hospital tendrá la facultad de adquirir los insumos a terceros, suspendiendo por este hecho las
recepciones de los insumos al proveedor hasta que se emita una nueva orden de compra en virtud de su
contratación. Ahora bien, en caso de que el Hospital adquiera el insumo con un tercero producto del quiebre
de stock, el proveedor adjudicado deberá hacerse cargo de la diferencia de precio entre el monto ofertado en
la presente licitación y el precio pagado al tercero por el insumo y que esta adquisición pudiese ocasionar.
Dicha diferencia podrá ser cobrada en la forma prevista en el numeral 12.6 de las bases administrativas. Con todo y sin perjuicio de lo anterior, el gasto en que incurra el Hospital, en este caso, por la adquisición del insumo a tercero, deberá ser imputado y rebajado del ítem presupuestario asignado a la adjudicación de esta licitación.
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