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2.- DISPOSICIONES PRELIMINARES |
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2.1.- De los oferentes
Podrán participar en esta licitación las personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras que realicen sus
ofertas a través del sistema de información www.mercadopublico.cl. Del mismo modo podrán participar en
el presente proceso, las personas naturales y/o jurídicas que decidan asociarse a través de la unión temporal
de proveedores, regulada en el artículo 67 bis del Decreto Nº 250 del 2004 del Ministerio de Hacienda, que
aprueba el reglamento de la Ley Nº 19.886.
Tratándose de personas naturales o jurídicas extranjeras, deberán al momento de contratar contar con
agencia y domicilio en Chile, con un representante con mandato y poder suficiente para contratar a nombre
del mandante, y para responder de las obligaciones que emanen del contrato respectivo, de acuerdo a la
normativa vigente, y sin perjuicio de las normas que sobre el particular establezcan tratados o convenios
internacionales vigentes suscritos por Chile y por el país de origen de dicha persona natural o jurídica.
Para estos efectos, la documentación que deberá exigirse a las empresas extranjeras, se hará conforme a lo
dispuesto en la ley N°20711, en caso de ser ello procedente.
En cuanto a la aplicabilidad de los Tratados Internacionales a los que se hace alusión en este apartado, será
pertinente en la medida que tales instrumentos hayan sido suscritos y ratificados por Chile.
Todo Proponente u Oferente interesado en presentar Oferta deberá estudiar cuidadosamente las Bases
Administrativas y Técnicas, debiendo informarse de todas las condiciones que de alguna manera afecten el
costo de los bienes y/o servicios ofertados, tales como permisos que deben obtenerse, leyes o reglamentos
que puedan ser aplicables, entre otros. Cualquier omisión por parte del Oferente, será a su propio riesgo y
sólo él será responsable de los errores u omisiones en que incurra. El Proponente sufragará todos los costos
relacionados con la preparación y presentación de su oferta. El Hospital no será responsable en caso alguno
de dichos costos, cualquiera sea el resultado de la Licitación.
2.2.- Unión temporal de los proveedores
Se entenderá como unión temporal de proveedores, si dos o más proveedores se unen para el efecto de
participar en un proceso de compra, deberán establecer, en el documento que formaliza la unión, a lo
menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad y el
nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes.
Cuando se trate de adquisiciones inferiores a 1.000 UTM, el representante de la unión temporal de
proveedores deberá adjuntar al momento de ofertar, el documento público o privado que da cuenta del
acuerdo para participar de esta forma.
Para contrataciones iguales o superiores al monto indicado, y sin perjuicio del resto de las disposiciones
legales y reglamentarias que resulten aplicables, el acuerdo en que conste la unión temporal deberá
materializarse por escritura pública, como documento para contratar, sin que sea necesario constituir una
sociedad.Si la Entidad exige la inscripción en el Registro de Proveedores para suscribir el contrato, cada proveedor de
dicha unión temporal deberá inscribirse.
Al momento de la presentación de las ofertas, los integrantes de la Unión determinarán qué antecedentes
presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique
ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los
integrantes de la misma.
La vigencia de esta unión temporal de proveedores no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado.
2.3.- Inhabilidades para participar en la Licitación y/o Contratar
No podrán participar como oferentes, ni contratar con el estado, las personas naturales o jurídicas,
nacionales o extranjeras, afectos a alguna de las prohibiciones, inhabilidades o incompatibilidades para
contratar con órganos y organismos de la Administración del Estado, contempladas en los incisos 1º y 6º
respectivamente del artículo 4º de la Ley Nº 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro
y Prestación de Servicios y su normativa complementaria.
Tampoco podrán contratar quienes hayan sido condenados, a esta inhabilidad, por el Tribunal de Defensa de
la Libre Competencia en conformidad con lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 26, letra d), del DFL
N° 1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fijó el texto refundido,
coordinado y sistematizado del DL N° 211, de 1973, que fijó normas para la defensa de la libre competencia.
Tampoco podrán participar como oferentes funcionarios del mismo organismo, cualquiera sea su calidad
jurídica, ni sus cónyuges o convivientes civiles ni demás personas unidas a ellos por vínculos de parentesco
en segundo grado de consanguinidad o afinidad, ni sociedades en que ellos sean parte o sean beneficiarios
finales. Estas y otras prohibiciones se encuentran reguladas en el Artículo 35 quáter, de la ley N°21.634, que
moderniza la Ley N°19.886, sobre Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de
Servicios.
Tampoco podrán participar aquellos interesados que se encuentren afectos a la inhabilidad para contratar
con el estado, a que se refiere el artículo 33 de la Ley N° 21.595 de Delitos Económicos.
Tratándose de personas jurídicas, además, no deben haber sido condenadas a pena de prohibición de
celebrar actos y contratos con organismos del Estado, de conformidad con la Ley N° 20.393, que establece la
Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas en los Delitos de Lavado de Activos, Financiamiento del
Terrorismo y Delitos de Cohecho que Indica.
Tratándose de la unión temporal de proveedores, cualquiera de las causales de inhabilidad para la
presentación de las ofertas, para la formulación de la propuesta o para la suscripción de la convención,
establecidas en la legislación vigente, afectarán a cada integrante de la Unión individualmente considerado.
En caso de afectar una causal de inhabilidad a algún integrante de la Unión, ésta deberá decidir si continuará
con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o se
desiste de su participación en el respectivo proceso.
Todo lo anterior, aun cuando, cumplan con los requisitos técnicos establecidos en las presentes bases de
Licitación.
2.4.- Aceptación del contenido de las bases
Los oferentes por el sólo hecho de presentarse a la Licitación aceptan y se entenderán en cabal
conocimiento de estas Bases, así como también de las características de la provisión de los bienes que se
requieren y de las Modificaciones de Bases y aclaraciones publicadas en su oportunidad, por el solo hecho
de presentar sus ofertas, por lo que se declaran conformes con ellas y no tienen reservas ni observaciones
que formular, debiendo ajustarse a ellas en todo momento.
2.5.- Presentación de documentos
El idioma español regirá para todo el proceso de Licitación, para todos los documentos asociados y aquellos
que posteriormente origine la materialización de la adjudicación.
Todos los antecedentes y formularios deberán ser anexados a la respectiva oferta presentada en idioma
español, en formatos digitales utilizando para estos efectos Word (como procesador de textos), Excel
(planilla electrónica) e imágenes digitalizadas en formatos PDF.
Para estos efectos, la documentación que deberá exigirse a las empresas extranjeras, se hará conforme a lo
dispuesto en la ley N°20711, en caso de ser ello procedente.
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3.- ANTECEDENTES QUE RIGEN EL PROCESO DE COMPRA |
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Junto a la Ley N° 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y
al Decreto N° 250 de fecha 09 de marzo de 2004, del Ministerio de Hacienda y sus modificaciones, forman parte integrante de los documentos de la presente licitación los que a continuación se señalan, los cuales
regirán de forma obligatoria y complementaria, y en caso de discrepancia prevalecerán en el orden de
prelación que se indica:
• Las presentes Bases Administrativas, Bases Técnicas, Anexos y sus modificaciones
• Las Respuestas y/o Aclaraciones realizadas en esta licitación.
• Los antecedentes económicos, técnicos y administrativos presentados por el oferente adjudicado.
• Ley 20.584, que Regula Los Derechos y Deberes que tienen las Personas en relación con acciones
vinculadas a su atención de salud.
• Normas de Derecho Público
• Normas de Derecho Privado
Lo anterior, es sin perjuicio de la facultad interpretativa de la Contraloría General de la República y del
Tribunal de Contrataciones Públicas.
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4.- DEFINICIÓN DE TÉRMINOS |
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Se aplicarán en las presentes Bases Administrativas, Bases Técnicas y en los Anexos, los términos y
definiciones establecidos en la Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y
Prestación de Servicios y en el Decreto N° 250 de 2004 del Ministerio de Hacienda que aprueba el
Reglamento de la Ley 19.886, y sus modificaciones, más los que a continuación se indican:
• Hospital Clínico Metropolitano La Florida Dra. Eloísa Díaz Insunza u Hospital La Florida u Hospital o
HLF: Establecimiento asistencial de alta complejidad, RUT 65.075.485-9, ubicado en Av. Froilán Roa Nº
6542, comuna La Florida, Santiago de Chile.
• Días Hábiles: Son todos los días de la semana, excepto los sábados, domingos y festivos.
• Días Corridos: Son los días de la semana que se computan uno a uno en forma correlativa. Salvo que se
exprese lo contrario, los plazos de días señalados en las presentes bases de licitación podrán ser de días
corridos. En todos los casos, el plazo de cierre para la recepción de ofertas no podrá vencer en días
inhábiles ni en un día lunes o en un día siguiente a un día inhábil, antes de las quince horas. Todos los
plazos de días que se haga mención en las presentes bases se entenderán que han de ser completos y
correrán además hasta la media noche del último día del plazo. Lo anterior, salvo en aquellos casos en
que se indique hora exacta, y siempre y cuando se respeten los plazos mínimos legales establecidos por
el ordenamiento jurídico
• Insumos o Dispositivo de uso Médico: La Ley Nº 19.497, Art. 101 del Código Sanitario, define como
artículo de uso médico a: “Los instrumentos, aparatos, dispositivos y otros artículos o elementos
destinados al diagnóstico, prevención y tratamiento de enfermedades de seres humanos, así como al
reemplazo o modificación de sus anatomías y que no correspondan a las sustancias descritas en los
artículos 97. 98 y 99 de este código”. La norma ISO 10993-1/1992, define a un artículo de uso médico
como: “Cualquier instrumento, aparato, material u otros artículos, incluyendo software, usados solos o
en combinación, definidos por el fabricante para ser usados en seres humanos solos o con el propósito
de: Diagnóstico, prevención, seguimiento, tratamiento o alivio de una enfermedad daño o discapacidad;
Investigación, reemplazo o modificación de la anatomía o de un proceso fisiológico; Regulación de la
concepción y cuya acción principal prevista en el cuerpo humano, no se alcance por medios
farmacológicos, inmunológicos o metabólicos, aunque puedan concurrir tales medios a su función”.
• Comodato: El art. 2174 del Código Civil chileno define el comodato en los siguientes términos: “El
comodato o préstamo de uso es un contrato en que una de las partes entrega a la otra gratuitamente
una especie, mueble o raíz, para que haga uso de ella, y con cargo de restituir la misma especie después
de terminado el uso.
• Mantención Preventiva: Corresponde a la verificación en terreno del funcionamiento del equipo, por
parte de un técnico especialista de la empresa proveedora, sobre la base de protocolos definidos y cuya
finalidad es adelantarse a posibles desperfectos o fallas que ocasionen mayores costos o mayores
tiempos de detención de funcionamiento del equipo.
• Mantención Correctiva: Corresponde a la verificación en terreno del funcionamiento del equipo, por
parte de un técnico especialista de la empresa proveedora, sobre la base que este se origina a partir de
la detección de una falla del mismo por parte de usuario y que tiene como objetivo la reparación de los
equipos de manera de corregir sus desperfectos.
• Programa de Mantención: Corresponde a la programación en calendario y para la ejecución de los
protocolos de mantención preventiva y se expresa en periodos o frecuencia.
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5.- DISPOSICIONES GENERALES |
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5.1-Comunicaciones
Cualquier comunicación que deba realizar el Hospital a los proponentes, la publicará en el portal
www.mercadopublico.cl. Así mismo, cualquier comunicación que los proponentes requieran realizar al
Hospital deberá ser a través de igual medio.
5.2.- Consultas a los Antecedentes de la Licitación.
El oferente que tenga dudas respecto de la licitación debe efectuar sus consultas única y exclusivamente a
través del Foro del Sistema de Información y de acuerdo al plazo del numeral 5.4 de las presentes bases. No
se atenderá ni aceptará ningún tipo de consulta por otro medio.
Las consultas que se reciban pasada esa fecha, no obtendrán respuesta.
En las consultas, se deberá indicar la página y punto de las bases y/o el número del anexo objeto de la
consulta.
Se considerará que estas aclaraciones formarán parte integral de las bases y por tanto se presumen
conocidas y su aplicación obligatoria para todos los oferentes.
El conocimiento del contenido de las aclaraciones emanadas del Hospital La Florida, es de exclusiva
responsabilidad de los oferentes.
5.3.- Entrega de Respuestas y Aclaraciones a los Antecedentes de la Licitación
Las respuestas a las consultas se publicarán en www.mercadopublico.cl en un solo documento, a todos los
proponentes que participen en la licitación, en el plazo señalado en el numeral 5.4 de las presentes bases.
Se considerará que estas aclaraciones formarán parte integral de las bases y por tanto se presumen
conocidas y su aplicación obligatoria para todos los oferentes.
El conocimiento del contenido de las aclaraciones emanadas del Hospital La Florida, es de exclusiva
responsabilidad de los oferentes.
5.4.- Cronograma de la Licitación
Para los efectos de esta licitación se establece el siguiente cronograma:
Publicación de Bases
de Licitación
Las Bases se encontrarán publicadas durante treinta días corridos, desde la
fecha que se suban al portal www.mercadopublico.cl hasta el día de cierre de
las ofertas.
Consultas de las Bases El oferente podrá hacer consultas sobre las Bases de Licitación, hasta las 23:59
horas del décimo día corrido contado desde la publicación de éstas y sólo a
través de www.mercadopublico.cl.
Respuestas y
Aclaraciones
Se dará respuesta a las consultas de las Bases, el vigésimo día corrido contado
desde la publicación de Bases, a través de www.mercadopublico.cl
Si el vigésimo día fuere sábado, domingo o festivo, el plazo se extenderá hasta
el primer día hábil siguiente.
Cierre de recepción de
las ofertas
Los oferentes podrán presentar sus ofertas hasta el trigésimo día corrido
contado desde la publicación de bases hasta las 16 horas, a través de
www.mercadopublico.cl, De acuerdo con lo preceptuado en el inciso
penúltimo del artículo 25 del decreto N° 250, de 2004, no podrá vencer en días
inhábiles o en un día lunes o en un día siguiente a un día inhábil antes de las
15:00 hrs.
Si el trigésimo día fuere sábado, domingo o festivo, el plazo se extenderá hasta
el primer día hábil siguiente.
Apertura de las
ofertas
El acto de Apertura se efectuará a través de www.mercadopublico.cl. La
apertura se realizará desde las 16:01 hrs de la fecha del cierre de las ofertas y
hasta los cinco días hábiles siguientes al cierre.
Evaluación de
admisibilidad
La evaluación de admisibilidad se realizará en la apertura de las ofertas y
consistirá en la revisión de todos los documentos y anexos obligatorios
publicados por los oferentes, exigidos en bases de licitación, junto a la
verificación de la entrega física o electrónica del documento en garantía de la
seriedad de la oferta (si se ha solicitado en el proceso licitatorio). Todo, sin
perjuicio ni limitación a que, con posterioridad, pueda detectarse una causal de
inadmisibilidad en la presentación de algún oferente durante la etapa de evaluación Administrativa, Técnica y Económica.
Evaluación
Administrativa,
Técnica y Económica
de las Ofertas
La evaluación Administrativa, Técnica y Económica de las ofertas se realizará
desde el día hábil siguiente de la evaluación de admisibilidad y no podrá
exceder de diez días hábiles.
Adjudicación La adjudicación de la Licitación se realizará dentro de los diez días hábiles
contados desde el término de la evaluación.
Suscripción del
contrato
El oferente adjudicado, cuando corresponda, estará obligado a firmar el
contrato, dentro de los cinco días hábiles siguientes al envío del contrato.
5.5.- Modalidad de Propuesta
Las propuestas se presentarán a través de www.mercadopublico.cl en pesos, con valores unitarios sin IVA, y
según las cantidades solicitadas por líneas de productos. Además, se deberán presentar todos los anexos
solicitados los cuales deberán tener el producto requerido claramente identificado.
Los valores ofertados deberán incluir todos los gastos en los que incurra el adjudicatario hasta su total
recepción conforme, comprendiéndose entre ellos, por ejemplo, los relativos a capacitación, fletes incluidos,
derechos, patentes, legalización de documentos, etc.
Todas las líneas licitadas deberán ser ofertadas en conjunto, con la finalidad de facilitar la administración
del contrato, asegurando que éste se cumpla de forma eficiente y efectiva, buscando la optimización del
proceso contractual en todas sus etapas, y de esta forma, mejorar el desempeño operacional, reduciendo,
además, los costos asociados a la administración del contrato, de lo contrario, la oferta será declarada
inadmisible. Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la totalidad de los antecedentes
contenidos en la oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley N° 19.886.
Los oferentes podrán presentar para una sola oferta o bien una oferta principal y otra alternativa.
5.6.- Ofertas Alternativas
Los proponentes podrán presentar una oferta alternativa, la que será estudiada por el Hospital como una
oferta más. La oferta alternativa deberá ser identificada en el Portal Mercado Público como “Oferta
Alternativa”.
5.7.- Validez de las Ofertas
Las ofertas deberán tener una validez mínima de 180 días corridos, contados desde la fecha de cierre de las
ofertas. La oferta cuyo período de validez sea menor al requerido, dará causa a declararla inadmisible. Si
nada señala la oferta, se entenderá que la oferta tiene una validez de 180 días corridos para todos los
efectos. Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la totalidad de los antecedentes
contenidos en la oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley N° 19.886.
Vencido este plazo, y si no se hubiere realizado la adjudicación, el Hospital podrá solicitar a los proponentes
la prórroga de sus ofertas y garantías. Los proponentes podrán ratificar sus ofertas o retirarlas, formalizando
su decisión mediante comunicación escrita dirigida al Director del Hospital y la entrega de nueva garantía la
cual deberá hacerse llegar a en oficinas de la Unidad de Licitaciones.
La comunicación se realizará a través de correo electrónico, al correo indicado por el oferente en el ANEXO
N°1. El oferente tendrá el plazo de 5 días hábiles para responder y entregar nueva garantía. De no recibir
respuesta se entenderá que el oferente no tiene interés en continuar.
Desde el día siguiente hábil contado de la comunicación del oferente de no perseverar en la propuesta, o
vencido el plazo de respuesta sin que el oferente se pronuncie al respecto, se pondrá a disposición de los
proponentes para su devolución la garantía a aquellos que no accedan a la prórroga.
5.8.- Garantía de Seriedad de la Oferta
El oferente garantizará la seriedad de su oferta mediante la entrega de una garantía por las propuestas
presentadas, siendo de su exclusiva responsabilidad que dicha garantía sea presentada conforme a las
siguientes especificaciones, en consecuencia, cualquier error u omisión en la mencionada garantía, dará
causa a declarar inadmisible la o las ofertas. Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la
totalidad de los antecedentes contenidos en la oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley N° 19.886.
Tipo de Documento Podrán ser presentados como documentos de caución, boletas de
garantía, vale vistas, certificados de fianza, póliza de garantía o cualquier otro documento que cumpla con los siguientes requisitos
• Sea pagadero a la vista
• no sujeto a modalidad
• irrevocable
• Emitida a favor de Entidad Pública
Monto Mínimo $500.000 (quinientos mil pesos)
Beneficiario Hospital Clínico Metropolitano de La Florida Rut 65.075.485-9
Vigencia 180 días corridos a partir del momento del cierre de la recepción de
ofertas.
Glosa PARA GARANTIZAR LA SERIEDAD DE LA OFERTA LICITACIÓN PÚBLICA “INSUMOS
CON BOMBAS DE INFUSIÓN EN COMODATO PARA EL HOSPITAL LA FLORIDA”.
ID: 777304-XX-LR24.”
(donde se señala XX, se debe reemplazar por el número de la licitación)
Si el documento a presentar, no permite, por su naturaleza, señalar la glosa en su
texto, esta deberá venir escrita al reverso o en acta adjunta adherida al
documento.
Forma y oportunidad
de
Entrega
El oferente o su representante deberá:
SI SE TRATA DE ENTREGA GARANTÍA FISICA
Entregar físicamente la garantía a profesional a cargo Sr. Anat Silva, en la Unidad
de Licitaciones, ubicada en dependencias del Ex CRS (CESFAM Provisorio de La
Florida), Avenida Froilán Roa 6420, en horario de lunes a viernes, de 08:30 a
13:00 y de 14:30 a 16:00 horas, antes del día y hora de cierre del proceso de
recepción de ofertas en mercado público. Las garantías deben entregarse en
sobre cerrado dirigido a señor Anat Silva, Unidad de Licitaciones del Hospital La
Florida, señalando en el sobre lo siguiente:
- GARANTÍA SERIEDAD DE LA OFERTA ID: 777304-XX-LR24 (donde se señala XX, se
debe reemplazar por el número de la licitación)
- IDENTIFICACIÓN DEL OFERENTE.
El oferente que necesite respaldar la entrega de su garantía deberá acompañar
una fotocopia del sobre que entrega. Esta fotocopia será timbrada por
profesional, indicando la fecha de su recepción y solo si se comprueba que el
documento físico viene en su interior.
Sin perjuicio de lo señalado anteriormente, la revisión del documento y requisitos
de admisibilidad solo se realizará en la apertura de las ofertas.
SI SE TRATA DE ENTREGA GARANTÍA ELECTRONICA
En caso que el proveedor caucione su oferta a través de una Garantía en Formato
Electrónico, deberá adjuntar dicha garantía a su oferta en portal Mercado público
(no será necesario, en este caso, la entrega material del documento), antes del
cierre de la recepción de ofertas.
PARA AMBOS TIPOS DE GARANTÍA:
De no presentar la garantía en forma, lugar, día y hora señalados, la(s) oferta(s)
presentada(s) será(n) declarada(s) inadmisible(s). Esto último, sin perjuicio de las
garantías en formato electrónico que deben ajustarse, además, a las
disposiciones de la Ley N°19.799 sobre documentos electrónicos, firma
electrónica y servicios de certificación de dicha firma, que deberán acompañarse
juntamente con la oferta.
La garantía podrá ser tomada por el oferente o por un tercero a nombre de él.
Custodia Las garantías serán custodiadas por la Unidad de Tesorería del Hospital
de La Florida.
Se hace presente que en el edificio ubicado en Avenida Froilán Roa 6420, comuna La Florida, funcionan
distintas unidades del Hospital, por lo que será de exclusiva responsabilidad del proveedor entregar correctamente la garantía, en caso que se entregue en un lugar distinto del indicado precedentemente, se
tendrá por no presentado el documento.
Si se presenta más de una oferta a concurso por un mismo oferente (oferta principal y oferta alternativa),
este solo deberá presentar una garantía por ambas ofertas publicadas.
5.9.- Devolución y Cobro de la Garantía de Seriedad de la Oferta
Las garantías de seriedad de la oferta se podrán hacer efectivas administrativamente, en los siguientes
casos:
• Si el oferente en cualquier instancia desiste de su oferta.
• Si el proponente retira su oferta o se comprueba por el director o por la Comisión de Evaluación, la
falsedad de la información presentada, por cualquier medio que resulte procedente.
• Si una vez aceptada la oferta, el adjudicatario no acompaña el correspondiente documento de garantía de
fiel y oportuno cumplimiento del contrato dentro del plazo establecido en las presentes bases.
• Si el adjudicatario no se inscribe dentro del plazo establecido al efecto, en el Registro Electrónico
Oficial de Contratistas de la Administración “Chileproveedores” en forma previa a la subscripción del
contrato.
• Si el adjudicatario no firma el contrato y/o no acompaña la documentación necesaria para la suscripción
del mismo.
Para el cobro de la Garantía de Seriedad de la Oferta, se aplicará el mismo procedimiento utilizado para el
cobro de multas, según lo establecido en estas Bases de Licitación.
Las garantías de seriedad de la oferta, de aquellos proponentes cuyas ofertas hayan sido declaradas
inadmisibles o desestimadas, estará a disposición del proveedor para su retiro, dentro del plazo de 10 días
hábiles, contados desde la notificación de la Resolución que dé cuenta de la inadmisibilidad o adjudicación,
salvo respecto del oferente que hubiere obtenido el segundo lugar en el ranking de evaluación, ya que para
resguardar una posible readjudicación, su garantía será devuelta una vez suscrito el contrato.
Respecto del oferente adjudicado, su garantía de seriedad de la oferta, será devuelta una vez que éste
entregue la garantía de fiel cumplimiento del contrato.
PROCEDIMIENTO DE DEVOLUCIÓN MATERIAL DE GARANTÍA:
Para hacer la entrega material del documento, y dado que estos documentos se encuentran en resguardo y
custodia del Departamento de Finanzas del HLF, el oferente deberá solicitar la devolución de la Garantía a
través de correo electrónico dirigido al profesional responsable de la licitación, indicando tipo de documento
e identificación del proceso.
El profesional a cargo, será encargado de solicitar la liberación del documento desde el departamento de
finanzas y una vez en su poder, contactará al proveedor para que este pueda hacer retiro del documento de
manera presencial.
El profesional a cargo de la licitación, informará al oferente, mediante correo electrónico, indicado por el
proveedor en anexo 01, el lugar, la fecha y horario disponible para el retiro de la garantía.
La devolución de garantía se hará efectiva poniendo a disposición del proveedor el documento para su retiro
desde las dependencias del HLF.
Para el retiro el proveedor deberá cumplir con los siguientes requisitos:
Si retira Representante Legal deberá presentar:
• Representación Legal de la empresa
• Fotocopia de Cédula de Identidad por ambas partes
Si retira otra persona, deberá presentar:
• Poder Notarial Especial (para retiro de garantía, identificando documento que retira)
• Fotocopia de Cédula de identidad por ambas partes del representante legal
• Fotocopia de Cédula de Identidad de la persona que retira
5.10.- Modificación de las Bases
En cualquier momento, antes del cierre de recepción de ofertas, el Hospital podrá introducir modificaciones
a los documentos de licitación por medio de un acto administrativo publicado a través del portal electrónico
www.mercadopublico.cl, si estima que ello resulta esencial para los fines y/o correcto desarrollo del proceso
licitatorio, dicho acto se encuentra sujeto al trámite de toma de razón, conforme con lo dispuesto en el
punto 10.4 del artículo 10, de la resolución N°7, de 2019 y N°14 de 2022, de la Contraloría General.
En caso de que lo anterior ocurra, el Hospital La Florida podrá otorgar un plazo prudencial a los oferentes
para que puedan conocer y adecuar sus ofertas a las modificaciones introducidas, pudiendo, modificar la fecha de cierre para estos efectos, lo cual será informado por el portal Mercado Público junto con las
modificaciones, una vez que el acto administrativo que las aprueba se encuentre totalmente tramitado.
En el evento de modificarse la fecha de cierre, el plazo para ofertar se ampliará en la cantidad de días que se
señale en www.mercadopublico.cl.
Es exclusiva responsabilidad del Proponente la revisión del Portal, con el objeto de informarse sobre lo
expuesto en este punto y en el punto 5.3. Así mismo, es obligación del oferente, una vez cerrada la
presentación de ofertas, revisar el Foro Inverso y responder las aclaraciones que se le soliciten por esta vía.
5.11.- Pacto De Integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el
presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas
en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos
integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea
considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los
siguientes compromisos:
1. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios,
dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación
con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que
eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que
pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la
posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
2. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que
tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta
o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o
naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas.
3. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para
efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la
veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
4. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas
costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
5. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en
las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
6. El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de
licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
7. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria,
con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la
posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
8. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones
anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes
y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o
indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas,
haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las
responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos
correspondientes.
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6.- DE LAS PROPUESTAS |
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Es responsabilidad de los oferentes presentar sus propuestas en tiempo y forma, es decir, en el plazo fijado
en el numeral 5.4 y con toda la información requerida en las presentes bases, de manera tal que permita
una evaluación objetiva, certera, entendible y transparente de todas y cada una de ellas.
Los archivos, documentos y/o anexos, que constituyan la oferta y que deben publicarse en el portal
www.mercadopublico.cl por el oferente, deben ingresarse al portal con el nombre asignado en estas bases,
de modo que sean fácilmente identificables para el evaluador, ejemplo: Anexo Nº02 Declaración Jurada.
Debe respetarse dicha fórmula de nomenclatura y el formato electrónico de cada anexo, a fin de facilitar la
identificación de los documentos y el proceso de evaluación, es decir deberá incorporarse con la
mencionada formula de nomenclatura y en el formato electrónico en el que originalmente figura el anexo
(Excel, Word u otro).
Los anexos Nº01 y 02 se deben presentar uno por cada oferente, es decir, si un oferente presenta oferta
alternativa, no es necesario ingresarlos por cada una de las ofertas.La no presentación de cualquiera de los Anexos señalados como OBLIGATORIOS, hará inadmisible la
oferta. Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la totalidad de los antecedentes
contenidos en la oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley N° 19.886.
Los antecedentes solicitados en la presente licitación deben subirse a las carpetas disponibles del proceso
en www.mercadopublico.cl, agrupadas según se señala a continuación:
CARPETA ADMINISTRATIVA.
ANEXO NOMBRE ANEXO DESCRIPCIÓN ANEXO
01 PRESENTACIÓN DEL
OFERENTE
Documento en el cual el oferente indica información básica y esencial
respecto de su identificación. Debe adjuntarse en la carpeta administrativa
con el nombre: Anexo N°01 Presentación Del Oferente.
02 DECLARACIÓN
JURADA
Documento en el cual el oferente declara cumplir con las disposiciones
generales de la Ley de Compras y su respectivo Reglamento para ofertar y
contratar con el Estado. Debe adjuntarse en la carpeta administrativa con el
nombre: Anexo N°02 Declaración Jurada Del Oferente.
Por contener este documento la Declaración Jurada exigida para ofertar,
este anexo se considera un ANEXO OBLIGATORIO, por tanto, su no
presentación hará inadmisible la oferta. Lo anterior, sin perjuicio de que se
efectuará la revisión de la totalidad de los antecedentes contenidos en la
oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley N° 19.886.
No están obligados a presentar este Anexo N°02 Declaración Jurada,
aquellos oferentes que estén inscritos y en estado hábil en el portal
www.chileproveedores.cl y que posean en este registro publicado la
declaración para ofertar exigida por la normativa vigente y por estas bases,
a la fecha del cierre de las ofertas.
Además, los oferentes deben identificarse y acreditar su existencia, para ello deberá acompañar los
siguientes documentos en la Carpeta Administrativa:
• Si es persona natural:
- Imagen digitalizada de la cédula nacional de identidad.
• Si es persona jurídica:
El oferente deberá acreditar la vigencia de la sociedad, y para ello deberá presentar uno de los siguientes
documentos:
▪ Imagen digitalizada del certificado de vigencia de la sociedad oferente de data no superior a tres (3)
meses contados desde la presentación de la oferta, emitido por el Conservador de Bienes Raíces.
▪ Imagen digitalizada de la escritura pública de constitución de la sociedad y de todas sus
modificaciones vigentes.
▪ Imagen digitalizada del certificado de vigencia emitido por el Ministerio de Economía, Fomento y
Turismo para aquellas empresas creadas bajo el régimen establecido por la Ley N° 20.659, de data no
superior a tres (3) meses contados desde la presentación de la oferta.
El oferente deberá acreditar la vigencia de poderes del Representante Legal de la Sociedad, y para ello
deberá presentar la imagen digitalizada del RUT del oferente y de la cédula de identidad de su
representante legal y uno de los siguientes documentos:
▪ Imagen digitalizada del certificado de vigencia de poderes del representante legal del oferente, de
data no superior a tres (3) meses contados desde la presentación de la oferta, emitido por el
Conservador de Bienes Raíces.
▪ Imagen digitalizada del certificado de vigencia de la sociedad oferente de data no superior a tres (3)
meses contados desde la presentación de la oferta, emitido por el Conservador de Bienes Raíces, en
que consten los poderes otorgados al representante legal de la empresa.
▪ Imagen digitalizada del certificado de estatuto actualizado emitido por el Ministerio de Economía,
Fomento y Turismo para aquellas empresas creadas bajo el régimen establecido por la Ley N° 20.659,
de data no superior a tres (3) meses contados desde la presentación de la oferta.
No están obligados a acreditar su existencia y vigencia aquellos oferentes que estén inscritos y en estado
hábil en el portal www.chileproveedores.cl a la fecha del cierre de las ofertas cuyos respaldos e información
para acreditar su existencia y vigencia, se encuentren ya publicados en dicho portal.CARPETA TÉCNICA
ANEXO NOMBRE ANEXO DESCRIPCIÓN ANEXO
03 ESPECIFICACIONES
TÉCNICAS
Documento Excel en el cual el oferente debe indicar si cumple con la
información técnica respecto del bien y/o servicio ofertado.
Para acreditar si cumple o no el requisito técnico, debe adjuntar todos los
documentos, fotografías y/o certificados que respalden su información,
según los requerimientos de las presentes bases.
El proponente deberá descargar archivo Excel “Anexo N°03 Especificaciones
Técnicas” publicado en el portal www.mercadopublico.cl. y completar con la
información señalada según cumpla o no las características solicitadas.
Las propuestas que no cumplan o no logren acreditar alguno de los requisitos
técnicos OBLIGATORIOS, serán declaradas inadmisibles y no serán evaluadas.
Una vez completada la tabla Excel con la información requerida, debe
adjuntarse en la carpeta técnica con el nombre: Anexo N°03 Especificaciones
Técnicas.
ANEXO OBLIGATORIO, por tanto, su no presentación hará inadmisible la
oferta. Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la
totalidad de los antecedentes contenidos en la oferta, de acuerdo al artículo
9 de la Ley N° 19.886.
04 PLAZOS DE
ENTREGA
Documento en que se debe indicar por el proveedor el plazo máximo para la
entrega de los insumos y para las bombas en comodato, de acuerdo a las
Bases Administrativas y demás documentos que forman parte de la licitación.
a) Plazo de entrega de insumos:
Se establece que el límite base para el tiempo de entrega de los insumos es
de 1 día (es decir tiempo mínimo), cualquier otro inferior, se considerará con
igual puntaje a dicho límite de referencia, es decir se debe ofertar desde 1 día
en adelante.
En caso de presentar un rango de entrega, se evaluará basándose en el
mayor periodo de tiempo especificado (a modo de ejemplo: si oferta señala
entrega entre 2 a 5 días, se evaluará como si se hubiera ofertado 5 días de
entrega).
El plazo de entrega se deberá expresar en días corridos. Si el proveedor no
señala expresamente el/lo(s) plazo(s) en su oferta o señala en su oferta un
plazo de días hábiles, su oferta será declarada inadmisible.
Si el proveedor no señala expresamente en su oferta si son días hábiles o
corridos, se entenderán que son días corridos, para todo efecto.
El plazo ofertado para los insumos, se entiende comenzará, a partir de la
fecha de la aceptación de la Orden de Compra emitida por el Hospital en el
portal www.mercadopublico.cl. El proveedor deberá aceptar la Orden de
compra en el plazo de 24 horas desde su publicación. Vencidas las 24 horas
sin respuesta en el portal, se entenderá que la Orden de compra ha sido
aceptada tácitamente por el proveedor, comenzando a correr los plazos de
entrega. Todo, sin perjuicio, de lo señalado en la cláusula de estas bases,
sobre El Pago.
b) Plazo de entrega bombas en comodato:
Se establece que el límite base para el tiempo de entrega de las bombas en
comodato, es de 1 día (es decir tiempo mínimo), cualquier otro inferior, se
considerará con igual puntaje a dicho límite de referencia, es decir se debe
ofertar desde 1 día en adelante. En caso de presentar un rango de entrega, se
evaluará basándose en el mayor periodo de tiempo especificado (a modo de
ejemplo: si oferta señala entrega entre 2 a 5 días, se evaluará como si se
hubiera ofertado 5 días de entrega).
Se establece que el límite máximo en tiempo de entrega es de 45 días
corridos. Cualquier plazo de entrega que supere los 45 días corridos, hará inadmisible la oferta.
El plazo de entrega de las bombas en comodato se deberá expresar en días
corridos.
Si el proveedor no señala expresamente el/los plazos, en su oferta o señala
en su oferta un plazo de días hábiles, su oferta será declarada inadmisible.
Si el proveedor no señala expresamente en su oferta si son días hábiles o
corridos, se entenderán que son días corridos, para todo efecto.
El plazo de entrega de las bombas en comodato comenzará a partir de la
fecha de la aceptación de la Orden de Compra emitida por el Hospital en el
portal www.mercadopublico.cl. El proveedor deberá aceptar la Orden de
compra en el plazo de 24 horas desde su publicación. Vencidas las 24 horas
sin respuesta en el portal, se entenderá que la Orden de compra ha sido
aceptada tácitamente por el proveedor, comenzando a correr los plazos de
entrega.
c) Plazo puesta en marcha y capacitación de las bombas:
Se establece que el límite base para el tiempo puesta en marcha y
capacitación de las bombas en comodato es de 1 día (es decir tiempo
mínimo), cualquier otro inferior, se considerará con igual puntaje a dicho
límite de referencia, es decir se debe ofertar desde 1 día en adelante. En caso
de presentar un rango de entrega, se evaluará basándose en el mayor
periodo de tiempo especificado (a modo de ejemplo: si oferta señala como
plazo de entrega entre 2 a 5 días, se evaluará como si se hubiera ofertado 5
días de entrega).
El plazo de Puesta en Marcha y capacitación de las bombas, se deberá
expresar en días corridos. Si el proveedor señala en su oferta días hábiles, su
oferta será declarada inadmisible. Lo anterior, sin perjuicio de que se
efectuará la revisión de la totalidad de los antecedentes contenidos en la
oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley N° 19.886.
Si el proveedor no señala expresamente en su oferta si son días hábiles o
corridos, se entenderán que son días corridos, para todo efecto.
• El plazo ofertado para la Puesta en Marcha y capacitación,
comprende la instalación, pruebas funcionamiento y capacitación, si
procede, de las bombas en comodato.
• El Plazo puesta en marcha y capacitación, comenzará a regir una vez
concluido el plazo ofertado de entrega de los equipos.
Una vez completados los datos en este anexo, debe adjuntarse el documento
en la carpeta técnica con el nombre: “Anexo N° 04 Plazo de Entrega”
ANEXO OBLIGATORIO, por tanto, su no presentación hará inadmisible la
oferta. Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la
totalidad de los antecedentes contenidos en la oferta, de acuerdo al artículo
9 de la Ley N° 19.886.
05
DECLARACIÓN
JURADA
PROGRAMA DE
INTEGRIDAD CON
APLICACIÓN DE
CÓDIGO ÉTICA
PARA
PROVEEDORES
(DIRECTIVA N°31
CHILECOMPRA)
Documento que declara la aplicación de programas de integridad de Código
de ética para proveedores, correspondiente a la Directiva N°31 ChileCompra,
por el proveedor y sus trabajadores. Si no se presenta este anexo, o se
presenta sin firma, se entenderá que no conoce ni aplica programas de
integridad y/o políticas contenidas en Código de ética para proveedores, por
tanto, su oferta no será evaluada en este criterio de evaluación.
Anexo N°08 Declaración jurada programa de integridad con aplicación de
código ética para proveedores (Directiva N°31 ChileCompra).
CARPETA ECONÓMICA
ANEXO NOMBRE ANEXO DESCRIPCIÓN ANEXO
Documento donde se oferta el valor unitario y total, sin IVA y en pesos
chilenos, por línea de bien ofertado, incluidos todos los gastos en los que06 CARTA OFERTA
incurra el adjudicatario hasta su total recepción conforme, comprendiéndose
entre ellos por ejemplo los relativos a capacitación, fletes incluidos, derechos,
patentes, etc.
Una vez completado el documento, debe adjuntarse en la carpeta Económica
con el nombre: Anexo N°06 Carta Oferta.
El oferente deberá asegurarse que los valores contenidos en los documentos
que conforman la oferta, sean iguales a los valores ingresados en el campo
correspondiente en el portal www.mercadopublico.cl. En caso de existir
discrepancias entre el valor indicado en el anexo y el valor ingresado en el
portal, prevalecerá la oferta subida en cada línea de producto a
www.mercadopublico.cl. Se establece expresamente que si la oferta del
proveedor es de $1 en Mercado Público, su oferta será declarada inadmisible.
ANEXO OBLIGATORIO, por tanto, su no presentación hará inadmisible la
oferta. Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la totalidad
de los antecedentes contenidos en la oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley
N° 19.886.
Si falta alguno de los anexos OBLIGATORIOS o no se logra acreditar su contenido, la oferta será
inadmisible. Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la totalidad de los antecedentes
contenidos en la oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley N° 19.886.
6.1.- Carácter de los Documentos
Cada oferta deberá cumplir con todos los requisitos de admisibilidad administrativa, técnica y económica,
sin embargo, es dable señalar que en esta Licitación podrán existir los siguientes documentos:
• DOCUMENTO “ANEXO”: Anexo numerado que se debe completar o no, según corresponda y cuyo
contenido se deberá acreditar cuando así se indique, con los respectivos documentos de respaldo
adjuntos en cada carpeta de su oferta.
• DOCUMENTO “RESPALDO”: Documento que se pide acompañar en la oferta para respaldar y/o
acreditar algún requerimiento solicitado en un anexo o en bases.
Estos documentos de respaldo podrán ser entre otros: fotos, boucher, fichas técnicas, certificados,
declaraciones, contratos, órdenes de compras, catálogos, etc., según se solicite en cada caso.
Los documentos Anexos o respaldos podrán tener carácter de obligatorios o no.
Según lo anterior, los documentos, anexos o respaldos, se pueden clasificar en “esencial” o “subsanable”,
según el siguiente detalle:
a.1 Documento Esencial: Son aquellos que no admiten corrección, enmienda, rectificación o subsanación,
por ende, si alguna de las propuestas no cumple con la presentación conforme y/o el correcto llenado del
documento, sea anexo o respaldo, según se solicita en estas bases, la oferta será inadmisible. Lo anterior, sin
perjuicio de que se efectuará la revisión de la totalidad de los antecedentes contenidos en la oferta, de
acuerdo al artículo 9 de la Ley N° 19.886.
Se entenderán Documentos, anexos o respaldos esenciales los siguientes:
▪ Anexo N°02 Declaración Jurada.
▪ Anexo N°04 Plazos de entrega.
▪ Anexo N°06 Carta Oferta.
▪ Garantía de Seriedad de la Oferta.
a.2 Documento Subsanable: Son aquellos documentos que, presentados, adolecen de defectos de forma o
errores no esenciales o de tipeo, que obedecen a una justa causa de error u omisión o aquellos documentos
no obligatorios que no se hayan adjuntado por omisión a la oferta.
Los oferentes podrán enmendar sus omisiones u errores, dentro de un plazo de 24 o 48 horas según
explicite el Hospital La Florida, contado desde su requerimiento, mediante el foro inverso del proceso
licitatorio y a través de www.mercadopúblico.cl., y según lo señalado en el punto 8.2.1. de estas bases.
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7.- APERTURA DE LAS PROPUESTAS |
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La apertura electrónica de las propuestas que se hayan ingresado en el portal www.mercadopublico.cl. Se
efectuará de acuerdo al calendario de plazos del numeral 5.4, debiendo levantarse acta de lo obrado. Se realizará en ella, la revisión de los requisitos de admisibilidad esencial dejando constancia de los
oferentes que no cumplan con dichos requisitos en la Apertura Electrónica que se publica en
www.mercadopublico.cl.
Una vez verificado el cumplimiento de los oferentes, de los requisitos exigidos en las presentes bases de
licitación y confeccionada la correspondiente Acta de Apertura, se procederá a la evaluación administrativa,
técnica y económica de los oferentes y sus ofertas, por parte de la Comisión Evaluadora, designada por el
Hospital en las presentes bases.
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8.- DE LA EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS |
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8.1.- Comisión de Evaluación
La Comisión de Evaluación podrá estar integrada por las siguientes personas o sus subrogantes legales:
1. Subdirector Administrativo.
2. Jefatura de Abastecimiento.
3. Jefatura Gestión de Contratos.
4. Jefatura de Finanzas.
5. Referente/s Técnico/s.
En caso de ausencia o inhabilidad de uno o más de los miembros de la comisión de evaluación, ocupará su
lugar el subrogante respectivo, o el funcionario que designe la autoridad en su caso, con la finalidad que la
comisión sesione con la totalidad de los miembros que la integran.
En el caso de no ser posible la subrogancia, se reemplazará al integrante de la comisión a través de
resolución fundada, por funcionario que, revista las mismas calidades, todo, sin perjuicio de que su
composición sea informada en el portal www.mercadopublico.cl, una vez dictado el acto administrativo,
correspondiente conforme al inciso final del artículo 37 del decreto N°250, de 2004.
En el evento que la comisión este excepcionalmente integrada por personas ajenas a la administración y en
un número inferior a los funcionarios públicos, tal como lo previene el inciso cuarto del artículo 37 del
mencionado reglamento, su designación deberá ser fundada.
Las autoridades y funcionarios, así como los contratados a honorarios o las personas ajenas a la
administración, (en los casos en que excepcionalmente participen en procedimientos de contratación),
deberán abstenerse de participar en la evaluación y distintas etapas de los procedimientos de contratación,
cuando exista cualquier circunstancia que les reste imparcialidad. Para ello, previa evaluación, cada uno de
sus integrantes, firmará una Declaración Jurada de no tener Conflicto de Interés.
En caso de que alguno de los integrantes esté contratado a honorarios o se trate de personas ajenas a la
administración, estos solo tendrán derecho a voz, debiendo siempre la Comisión estar conformada por
mayoría simple de miembros a contrata.
La comisión revisará, las ofertas recepcionadas e inscritas en el Acta de Apertura, la Comisión de Evaluación
dará inicio al proceso de evaluación de las ofertas formuladas.
La Comisión de Evaluación, podrá ser asesorada por una Comisión Técnica compuesta por un máximo de 3
profesionales de las áreas correspondientes al proceso en análisis.
La comisión de Evaluación será presidida según el siguiente orden de prelación:
1. Subdirector Administrativo.
2. Jefatura de Abastecimiento.
3. Jefatura Gestión de Contratos.
4. Jefatura de Finanzas.
La comisión deberá sesionar en los días y horas citadas para los efectos de evaluación. Las decisiones se
tomarán conforme la metodología de evaluación indicada en el punto 8.3.
8.2.- Examen de Antecedentes
La Comisión de evaluación verificará los Antecedentes presentados por los oferentes e informará al director,
quien en virtud de lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley Nº 19.886, podrá declarar, mediante resolución
fundada, inadmisible aquellas ofertas que no cumplan los requisitos establecidos en las bases.
El Hospital Clínico Metropolitano La Florida se reserva el derecho de declarar inadmisible las ofertas cuando
no cumplieren con los requisitos exigidos en las presentes Bases. A su vez, el Hospital declarará desierta la licitación cuando no se presenten ofertas, o bien, cuando éstas no
resulten convenientes a sus intereses. En todos los casos, los oferentes no tendrán derecho a indemnización
alguna por estas circunstancias.
La decisión de inadmisibilidad o de declaración de desierta, se efectuará por resolución fundada, que será
publicada en www.mercadopublico.cl.
8.2.1.-Aclaración y complementación de antecedentes en FORO INVERSO de www.mercadopublico.cl
• Errores u omisiones en documentos presentados
El Hospital La Florida de conformidad con el artículo 40 inciso 1º del Decreto Nº 250 que aprueba el
reglamento de la Ley Nº 19.886, podrá solicitar a los oferentes aclaraciones o que salven errores u
omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos
oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten
los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, informándose debidamente
dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Portal Mercado Público.
• Omisión de documentos
El Hospital La Florida de conformidad con el artículo 40 inciso 2° del Decreto Nº 250, podrá permitir la
presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de
efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con
anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el
vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.
El plazo que tendrán los oferentes, en ambos casos, ya sea para subsanar documentos presentados o
adjuntar documentos omitidos para dar cumplimiento a lo solicitado por el mandante, no podrá ser superior
a 24 o 48 horas, según defina el Hospital, contadas desde la fecha de publicación en el FORO INVERSO de
www.mercadopublico.cl, de la solicitud por parte del Hospital.
Si la aclaración solicitada o el documento omitido no se presenta dentro del plazo asignado, se asumirá que
el requisito en duda no se cumple y la oferta recibirá el puntaje correspondiente establecido en el criterio
“cumplimiento de requisitos formales”.
8.3.- Metodología de Evaluación
La evaluación se hará asignando puntuación según los rangos que se indican, a los aspectos que se detallan;
la oferta que logre la puntuación más alta, será propuesta para adjudicación.
La evaluación de las propuestas será realizada por la Comisión de Evaluación conforme a los criterios de
evaluación, analizando los antecedentes admisibles aportados por los oferentes a través del Portal
www.mercadopublico.cl.
Se ponderarán los puntajes obtenidos, estableciéndose un ranking, del cual se seleccionará la oferta que
obtenga el mayor puntaje y que cumpla de mejor forma los intereses del Hospital.
En el caso de tratarse de un proceso cuya adjudicación se realice por la totalidad de líneas o ítems
licitados a un solo proveedor, el resultado final de la evaluación se obtendrá de la sumatoria de puntajes
finales de todos los ítems ofertados en su conjunto, siendo la oferta ganadora la que obtenga el mayor
puntaje de dicha sumatoria.
Se elaborará el Acta de Evaluación según el análisis realizado para cada uno de los criterios evaluados.
8.3.1 Mecanismos de Evaluación:
La obtención de los puntajes de los requerimientos para cada evaluación podrá ser del tipo tabulación,
dicotómico o porcentual.
a) Mecanismo de Tabulación:
Para el caso de evaluación a través de tabulación, se asignará un puntaje por tramo, requisito o
característica indicada según orden de importancia, el resultado será ponderado según el porcentaje
asignado al criterio.
b) Mecanismo Dicotómico:
Para el caso del puntaje dicotómico, el cumplimiento del requerimiento significará la obtención del puntaje
máximo y en caso contrario, el puntaje obtenido será cero.
c) Mecanismo Porcentual:
Para el caso del puntaje porcentual, este se obtendrá dependiendo de si se aplica el criterio del mayor valor
o menor valor, donde la fórmula de cálculo para cada caso es la siguiente:
c.1) Criterio Mayor Valor:
El oferente obtendrá el puntaje máximo del requisito evaluado toda vez que su valor ofertado sea igual al
mayor valor ofertado, del conjunto de las ofertas. Cada valor ofertado distinto al mayor valor ofertado, en
consecuencia, generará un puntaje menor para el requerimiento en evaluación.
c.2) Criterio Menor Valor :
El oferente obtendrá el puntaje máximo del requerimiento evaluado, toda vez que su valor ofertado sea
igual al menor valor ofertado, del conjunto de las ofertas. Cada valor ofertado distinto al menor valor
ofertado, en consecuencia, generará un puntaje menor para el requerimiento en evaluación.
8.4.- Criterios de Evaluación
Se evaluará conforme a los criterios de evaluación, que a continuación se indican, sin afectar los principios
de igualdad de los mismos y con estricta sujeción a las bases, de acuerdo a las ponderaciones que se
señalan:
CRITERIOS PONDERACIÓN FACTORES PODERACIÓN
FACTORES SUBFACTOR PONDERACIÓN
SUBFACTOR
PUNTAJE
MAXIMO
Cumplimiento
de Requisitos
Formales
1% 100
Programas de
integridad con
aplicación de
código de
ética para
proveedores
del Estado
1% 100
Criterio
Técnico 48%
Certificaciones 50%
Certificación
insumos
50% 100
Certificación
bombas 50% 100
Comportamiento
contractual
anterior
20% 100
Plazos de
Entrega 30%
Plazo de
entrega de
insumos 50% 100
Plazo entrega
de bombas en
comodato 25% 100
Plazo de
puesta en
marcha y
capacitación
de las
bombas en
comodato
25% 100
Criterio
Económico 50% 100
8.4.1 Cumplimiento de los Requisitos Formales de las Ofertas (1%)
Se evaluará el cumplimiento formal de los requisitos administrativos, técnicos y económicos, a través del
mecanismo de Tabulación, asignándose el siguiente puntaje:
TRAMO, REQUISITO O CARACTERISTICA PUNTAJE
Presenta oferta con todos los documentos requisitos administrativos, técnicos, económicos
y anexos solicitados, en tiempo y forma.
100
Presenta oferta con todos los documentos, requisitos administrativos, técnicos, económicos
y anexos solicitados, pero se debe pedir subsanar o enmendar elementos de tipo
50 subsanables a través de foro inverso y proveedor corrige y/o subsana en tiempo y forma.
Presenta oferta con todos los documentos, requisitos administrativos, técnicos, económicos
y anexos solicitados, pero se debe pedir subsanar o enmendar elementos de tipo
subsanables a través de foro inverso y proveedor NO corrige o subsana en tiempo y forma.
0
8.4.2. Programas de integridad con aplicación de código de ética para proveedores del Estado (1%)
Corresponde a programas de integridad relacionadas a la contratación pública con aplicación del código de
ética para proveedores dentro de la empresa y por parte de sus trabajadores, situación debidamente
acreditada, a través de declaración jurada del proveedor (anexo 05), donde se señala expresamente como
política de su empresa dicho programa de integridad con aplicación del código de ética para proveedores
(Directiva N°31 de ChileCompra).
Si el oferente es una UTP se deberán adjuntar las declaraciones juradas por cada uno de sus integrantes.
De no ser presentadas las declaraciones juradas, se entenderá que no cuentan con estas políticas ni aplican
código de ética para proveedores, otorgándoles 0 puntos en este criterio.
Para este criterio se aplicará el mecanismo dicotómico, según la siguiente tabla y el anexo N°05:
REQUERIMIENTO PUNTAJE
Aplica programa de integridad con código de ética para proveedores (Directiva N°31
ChileCompra) en sus contrataciones con el estado. 100
NO aplica programa de integridad con código de ética para proveedores (Directiva N°31
ChileCompra) en sus contrataciones con el estado, o no logra acreditar. 0
8.4.3 Criterio Técnico (48%)
Se evaluará el criterio de evaluación técnico a través de la sumatoria de la evaluación de los factores
“Certificaciones”50%, “Comportamiento contractual anterior”20% y “Plazos de Entrega ”30%.
8.4.3.1. Certificaciones (50%)
Se evaluará el factor certificaciones a través de la sumatoria de la evaluación de los subfactores
“certificación insumos”50% y “certificación bombas”50%.
8.4.3.1.1 Certificación insumos (50%)
Se evaluará a través del mecanismo de Tabulación y de acuerdo a la siguiente Pauta de Evaluación:
REQUERIMIENTO PUNTAJE FORMA DE ACREDITAR
Insumo cuenta con Certificación CE y/o FDA 50 Adjuntar Certificado
Insumo cuenta con Certificación ISO 13485 50 Adjuntar Certificado
No cuenta con certificaciones o no logra acreditar 0
N/A
8.4.3.1.2 Certificación bombas (50%)
Se evaluará a través del mecanismo de Tabulación y de acuerdo a la siguiente Pauta de Evaluación:
REQUERIMIENTO PUNTAJE FORMA DE ACREDITAR
Certificación 60601-2-24 25 Adjuntar Certificado
Certificación IP 22 25 Adjuntar Certificado
Certificación FDA/CE 25 Adjuntar Certificado
Certificación IEC /EN 60601-1 25 Adjuntar Certificado
No cuenta con certificaciones o no logra acreditar 0
N/A8.4.3.2. Comportamiento Contractual Anterior (20%)
Este criterio se evaluará a través del mecanismo dicotómico, en base a lo siguiente:
Sistema Se medirá el comportamiento contractual anterior del oferente en base al registro de
comportamiento en de información Mercado Público y/o Chileproveedores realizado por las instituciones
públicas con las cuales este haya contratado, según el registro de comportamiento contractual anterior de
Chile Proveedores y/o Mercado Público.
8.4.3.3. Plazo de Entrega (20%)
El factor de evaluación Plazo de Entrega se evaluará a través de la sumatoria de los subfactores “Plazo de
entrega de Insumos” (50%), “Plazo de entrega bombas en comodato” (25%) y “Plazo Puesta en Marcha y
capacitación bombas en Comodato” (25%), de acuerdo a la siguiente tabla y formula:
FACTOR SUBFACTORES
Plazo de entrega
Plazo de entrega de Insumos (50%)) + Plazo de entrega bombas
en comodato (25%) + Plazo Puesta en Marcha y capacitación
bombas en Comodato (25%)
Para la evaluación de estos subfactores se utilizará el mecanismo Porcentual del Menor Valor, según lo
siguiente:
8.4.3.3.1. “Plazo entrega insumo” (50%)
El proponente debe informar el plazo en su Anexo Nº 04.
Se establece que el límite base para el tiempo de entrega de los Insumos es de 1 día (es decir tiempo
mínimo), cualquier otro inferior, se considerará con igual puntaje a dicho límite de referencia, es decir se
debe ofertar desde 1 día en adelante. En caso de presentar un rango de entrega, se evaluará basándose en
el mayor periodo de tiempo especificado (a modo de ejemplo: si oferta señala como plazo de entrega entre
2 a 5 días, se evaluará como si se hubiera ofertado 5 días de entrega).
El plazo de entrega se deberá expresar en días corridos. Si el proveedor señala en su oferta días hábiles, su
oferta será declarada inadmisible. Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la totalidad de
los antecedentes contenidos en la oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley N° 19.886.
Si el proveedor no señala expresamente en su oferta si son días hábiles o corridos, se entenderán que son
días corridos, para todo efecto.
El plazo ofertado para la entrega de los insumos, se entiende comenzará a correr a partir de la fecha de la
aceptación de la Orden de Compra emitida por el Hospital en el portal www.mercadopublico.cl. (En
www.mercadopublico.cl el proveedor deberá aceptar la Orden de Compra en el plazo de 24 horas desde su
publicación. Vencidas las 24 horas sin respuesta en el portal, se entenderá que la Orden de compra ha sido
aceptada tácitamente por el proveedor, comenzando a correr los plazos de entrega). Todo, sin perjuicio, de
lo señalado en la cláusula de estas bases, sobre El Pago.
Mecanismo Menor Valor Plazo de Entrega
*Plazo ofertado = plazo entrega insumo
8.4.3.3.2. “Plazo entrega bombas en comodato” (25%)
El proponente debe informar el plazo en su Anexo Nº04.
Se establece que el límite base para el tiempo de entrega es de 1 día (es decir tiempo mínimo), cualquier
otro inferior, se considerará con igual puntaje a dicho límite de referencia, es decir se debe ofertar desde 1día en adelante. En caso de presentar un rango de entrega, se evaluará basándose en el mayor período de
tiempo especificado (a modo de ejemplo: si oferta señala como plazo de entrega entre 2 a 5 días, se
evaluará como si se hubiera ofertado 5 días de entrega).
Se establece que el límite máximo en tiempo de entrega es de 45 días corridos. Cualquier plazo de entrega
que supere los 45 días corridos, hará inadmisible la oferta.
El plazo de entrega se deberá expresar en días corridos. Si el proveedor señala en su oferta días hábiles, su
oferta será declarada inadmisible. Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la totalidad de
los antecedentes contenidos en la oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley N° 19.886.
Si el proveedor no señala expresamente en su oferta si son días hábiles o corridos, se entenderán que son
días corridos, para todo efecto.
El plazo ofertado se entiende comenzará a correr a partir de la fecha de la aceptación de la primera Orden
de Compra emitida por el Hospital en el portal www.mercadopublico.cl. (En www.mercadopublico.cl el
proveedor deberá aceptar la Orden de Compra en el plazo de 24 horas desde su publicación. Vencidas las 24
horas sin respuesta en el portal, se entenderá que la Orden de compra ha sido aceptada tácitamente por el
proveedor, comenzando a correr los plazos de entrega), donde se deberá entregar la totalidad de los
equipos requeridos. Todo, sin perjuicio, de lo señalado en la cláusula de bases, sobre El Pago.
Mecanismo menor valor plazo de entrega de las bombas en comodato
*Plazo ofertado = plazo entrega bombas
8.4.3.3.3. “Plazo puesta en marcha y capacitación bombas en comodato” (25%)
El proponente debe informar el plazo de puesta en marcha y capacitación en su Anexo Nº 04.
Se establece que el límite base para el tiempo puesta en marcha y capacitación de las bombas en comodato
es de 1 día (es decir tiempo mínimo), cualquier otro inferior, se considerará con igual puntaje a dicho límite
de referencia, es decir se debe ofertar desde 1 día en adelante. En caso de presentar un rango de entrega, se
evaluará basándose en el mayor periodo de tiempo especificado (a modo de ejemplo: si oferta señala como
plazo de entrega entre 2 a 5 días, se evaluará como si se hubiera ofertado 5 días de entrega).
El plazo de Puesta en Marcha y capacitación, se deberá expresar en días corridos. Si el proveedor señala en
su oferta días hábiles, su oferta será declarada inadmisible. Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará la
revisión de la totalidad de los antecedentes contenidos en la oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley N°
19.886.
Si el proveedor no señala expresamente en su oferta si son días hábiles o corridos, se entenderán que son
días corridos, para todo efecto.
• El plazo ofertado para la Puesta en Marcha y capacitación, comprende la instalación, pruebas
funcionamiento y capacitación, si procede, para las bombas en comodato.
• El Plazo de Instalación, pruebas de funcionamiento y capacitación, comenzará a regir una vez
concluido el plazo ofertado de entrega de las bombas.
Mecanismo menor valor plazo puesta en marcha y capacitación de las bombas en comodato
*Plazo ofertado = plazo puesta en marcha y capacitación
8.4.4. Criterio Económico (50%)
La evaluación económica considerará el valor unitario neto para cada insumo solicitado, el cual se debe
ingresar en Anexo Nº07 Carta Oferta:
REQUERIMIENTO PUNTAJE MÁXIMO
Menor Valor Ofertado 100 Se establece que el puntaje que se obtenga en el total de la oferta por cada insumo será el que se someterá
al cálculo según el menor valor ofertado, lo cual permitirá establecer la mejor condición económica para la
adjudicación.
El valor ofertado de cada línea se debe ajustar al monto estimado señalado en bases técnicas.
Se establece expresamente que si la oferta del proveedor es de $1 en Mercado Público, su oferta será
declarada inadmisible.
8.5.- Situación de Empate:
En caso de que dos o más ofertas obtengan igual puntaje total, se resolverá el empate según los siguientes
criterios:
a) Se seleccionará aquella oferta que presente el mejor puntaje en criterio técnico.
b) Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que presente el mejor puntaje en el factor
Certificaciones.
c) Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que presente el mejor puntaje en el factor plazos
de entrega.
d) Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que presente el mejor puntaje en el factor
Comportamiento Contractual anterior.
e) Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que presente el puntaje más alto en el criterio
económico.
f) Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que presente el mejor puntaje en el criterio de
Programas de integridad con aplicación de código de ética para proveedores del Estado.
g) Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que presente el mejor puntaje en el criterio de
cumplimiento de requisitos formales.
h) Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que fuese ingresada primero, según la fecha y
hora en el portal Mercado Publico.
8.6.- Acta de Evaluación
La Comisión de Evaluación elaborará el "Informe o Acta Final de Evaluación" el cual contendrá:
• La identificación de los integrantes de la Comisión de Evaluación que asistieron a evaluar.
• La identificación de los asesores expertos invitados a la Evaluación, si es que existieron.
• La identificación de las ofertas que no cumplieron alguno de los requerimientos obligatorios de bases,
siendo rechazadas sus ofertas en la apertura, quedando por lo tanto fuera de evaluación y aquellas que
fueron evaluadas pero se determinó de igual manera que no cumplieron alguno de los requerimientos
obligatorios de bases, por tanto se deben proponer junto a las rechazadas, para ser declaradas
inadmisibles por la autoridad y la información detallada sobre cuál o cuáles requerimientos no fueron
cumplidos por todas estas ofertas.
• Un cuadro comparativo de las propuestas con las respectivas puntuaciones parciales obtenidas en cada
uno de los criterios de evaluación, así como también un resumen de la Evaluación realizada con
especificación del puntaje final.
• Un análisis final de evaluación y/o las observaciones, si proceden.
• Cuando no se hayan presentado ofertas, la constancia de esta situación para declarar Desierto el
proceso.
• Los fundamentos de declarar desierto el proceso en base a ofertas presentadas y evaluadas que no
resulten convenientes para los intereses del establecimiento.
• La recomendación o propuesta final, a la autoridad competente, de adjudicación del oferente mejor
evaluado o de declarar desierto el proceso, según sea el caso, fundada en razones objetivas y no
discriminatorias.
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9.- DE LA ADJUDICACION DE LA PROPUESTA |
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9.1.- Criterios de Adjudicación
La adjudicación se hará por todos los ítems licitados a un solo proveedor con la finalidad de facilitar la
administración del contrato, asegurando que éste se cumpla de forma eficiente y efectiva, buscando la
optimización del proceso contractual en todas sus etapas, y de esta forma, mejorar el desempeño operacional, reduciendo, además, los costos asociados a la administración del contrato, de lo contrario, la
oferta será declarada inadmisible.
Se adjudicará a aquel proponente cuya oferta haya sido evaluada como la más ventajosa para los intereses
de la institución, considerando los criterios de evaluación establecidos en las presentes Bases y conforme las
facultades y prerrogativas establecidas en la normativa sobre contratos administrativos de suministro y
prestación de servicios.
9.2.- Comunicación de la Adjudicación
El Hospital Clínico Metropolitano La Florida adjudicará la oferta mediante acto administrativo, el cual tendrá
plena vigencia una vez que se encuentre totalmente tramitado y notificado al adjudicatario y al resto de los
oferentes a través de www.mercadopublico.cl. En dicho acto administrativo, se especificarán los criterios de
evaluación aplicados, de acuerdo a lo establecido en las presentes Bases.
Si no se adjudicase en el plazo indicado en el punto 5.4 de estas Bases, se avisará a través del Portal las
razones de ello, indicando un nuevo plazo para la adjudicación o la decisión de declarar desierto.
9.3.- Peticiones o Reclamos del Proponente Adjudicado
Adjudicada la propuesta, no podrá el proponente formular petición o reclamo de ninguna especie fundado
en el desconocimiento de estas Bases Administrativas, de las Bases Técnicas y los anexos y sus
modificaciones; las cuales se entienden plenamente conocidas y aceptadas por el solo hecho de
presentación de su oferta.
9.4.- De la Readjudicación
El Hospital Clínico Metropolitano La Florida podrá readjudicar la licitación, dentro de los 60 días corridos
desde la publicación, al oferente que siga en orden de prelación de acuerdo con el puntaje total obtenido,
dejando sin efecto la adjudicación previa, en los siguientes casos:
1.-Si el adjudicatario desiste de su oferta.
2.-Si el adjudicatario se desiste de firmar el contrato o rechaza la orden de compra emitida en el portal
mercadopublico.cl
3.-Si el adjudicatario no entrega garantía de fiel y oportuno cumplimiento o cualquier otro documento
solicitado para la firma del contrato en tiempo y forma.
4.-Si el Oferente adjudicado es inhábil para contratar con el estado en los términos del artículo cuarto,
incisos 1° y 6° de la Ley 19.886, o según lo establecido en el inciso segundo del artículo 26, letra d), del DFL
N° 1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción sobre condena establecida por el
Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, o lo dispuesto en la Ley N° 20.393 Sobre Responsabilidad
Penal de Personas Jurídicas condenadas por delitos de Cohecho , Lavado de Activos y Financiamiento al
Terrorismo o no proporciona los documentos que sean requeridos para verificar dicha condición o le
sobreviene una inhabilidad.
Sin perjuicio de lo anterior, el Hospital podrá elegir si adjudica a la segunda oferta mejor evaluada o desertar
el proceso, para efectuar un nuevo llamado a licitación, emitiéndose para cada caso la respectiva resolución.
9.5.- Revocación de la Licitación
Si se ha detectado una ilegalidad en y durante el proceso o aconteciere durante su tramitación un hecho
considerado como Imprevisto, Caso Fortuito o Fuerza mayor, que haga imposible e improcedente adjudicar
la Licitación, el Hospital Clínico Metropolitano La Florida, podrá realizar la revocación de esta, previo acto
administrativo que justifique tal situación, sin perjuicio de otras causales específicas de las normas
especiales vigentes, aplicables a los actos del Estado.
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10.- DEL CONTRATO |
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De acuerdo a lo estipulado en el Artículo 63° del Reglamento de la ley N° 19.886 aprobado por el decreto Nº
250/2004 del Ministerio de Hacienda, la formalización del contrato en este proceso se llevará a cabo según
lo siguiente:
a) La firma de un contrato escrito será obligatoria en esta adquisición para los oferentes que
adjudiquen un monto total igual o mayor a 100 UTM, ya sea por la adjudicación de una o varias
líneas. Además, deberá presentar la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, de acuerdo a lo
estipulado en el punto 10.8 de estas Bases.
b) Para los oferentes que adjudiquen un monto entre 50 y 99 UTM, su contratación se formalizará a
través de la emisión y aceptación de la correspondiente Orden de Compra, más la presentación de
la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, de acuerdo a lo estipulado en el punto 10.8 de estas
Bases.
c) Para los oferentes que adjudiquen montos inferiores a 50 UTM, su contratación se formalizará a
través de la emisión y aceptación de la correspondiente Orden de Compra.
10.1.- Entrega de Documentación y Antecedentes para la formalización del contrato.
El adjudicatario deberá hacer llegar toda la documentación necesaria para la suscripción definitiva de su
contrato y/o la correspondiente emisión de la Orden de Compra, según corresponda, a la Unidad de Gestión
de Contratos del Departamento de Abastecimiento del Hospital, dentro de los 5 días hábiles siguientes a la
adjudicación y según el siguiente detalle:
• Garantía de Fiel y oportuno cumplimiento: Solo el proveedor adjudicado cuyo contrato sea igual o
superior a 50 UTM debe presentar garantía o caución para asegurar el fiel y oportuno cumplimiento de
contrato según monto y glosa, de acuerdo a lo establecido en numeral 10 de las presentes Bases.
• Acreditación poderes del representante legal: El proveedor adjudicado en el caso que fuera persona
jurídica, deberá acreditar la vigencia de los poderes del representante legal a través de certificado de
vigencia de poderes emitido por el Registro de Comercio o por la institución que corresponda, de data
no superior a 3 meses contados desde la fecha en que deba suscribir el contrato escrito.
• Declaraciones juradas: El oferente adjudicado, deberá presentar las siguientes declaraciones juradas:
Anexo N°02 Declaración Jurada Simple: En formato físico firmada por el representante legal de la
empresa o la persona natural, según corresponda, en la cual se consigna que no se encuentra unido
por los vínculos de parentesco descritos en la letra B) del artículo 54 de la ley 18.575, que no se
encuentra afecto a las inhabilidades establecidas en el artículo 4° de la ley Nº19.886, Que no se
encuentra afecto a ninguna de las prohibiciones que se encuentran reguladas en el Artículo 35 quáter,
de la ley N°21.634, que moderniza la Ley N°19.886, sobre Bases sobre Contratos Administrativos de
Suministro y Prestación de Servicio, tampoco podrán participar aquellos interesados que se encuentren
afectos a la inhabilidad para contratar con el estado, a que se refiere el artículo 33 de la Ley N° 21.595
de Delitos Económicos y que tratándose de personas jurídicas y que tratándose de personas
jurídicas, además, no ha sido condenado a pena de prohibición de celebrar actos y contratos con
Organismos del Estado, de conformidad con la ley Nº20.393.
a) Si el contrato es igual o superior a 1000 UTM y el adjudicado es una unión temporal de proveedores:
Los oferentes adjudicados que se unan de esta forma, deberán presentar la Escritura Pública que
materialice la unión temporal de proveedores. Dicho documento deberá establecer la solidaridad entre
las miembros de la unión temporal de proveedores y el nombramiento de un representante o
apoderado común con poderes suficientes, además de tener una vigencia que no podrá ser inferior a la
vigencia del contrato que se adjudica mediante el proceso licitatorio, incluyendo las renovaciones del
mismo si existiesen, conforme a lo regulado en el art. 67 bis, del Reglamento de la ley N°19.886
aprobado por el decreto Nº 250/2004 del Ministerio de Hacienda
• Cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales: El proponente adjudicado deberá presentar
un certificado en que se acredite el cumplimiento de las obligaciones laborales y cotizaciones
previsionales por parte del proveedor adjudicado para con sus trabajadores, éste deberá ser emitido
por la Inspección del Trabajo o por empresas autorizadas para extender este tipo de certificados. En
caso de que el certificado arroje deudas o saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones
previsionales, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al
pago de dichas obligaciones, debiendo el oferente adjudicado acreditar que la totalidad de las
obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato. El
incumplimiento de esta obligación, como, asimismo, la falta de presentación de dicho certificado
habilitará al Hospital, para poner término al contrato y podrá llamar a una nueva licitación, sin que el
oferente adjudicado pueda participar en este nuevo proceso.10.2. - Inscripción en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores Del Estado.
El proveedor al momento de adjudicar y contratar deberá estar inscrito en el registro nacional
www.chileproveedores.cl. Si al momento de adjudicar el proveedor no se encuentra inscrito en este
registro, tendrá un plazo excepcional de 10 días hábiles contados desde la notificación de la adjudicación
para inscribirse, sin perjuicio de lo anterior, deberá hacer entrega de todos los demás antecedentes según lo
dispuesto en párrafo primero del numeral 10.1
La no inscripción en Chileproveedores o la no entrega de cualquiera de los documentos y antecedentes ya
señalados, configurará causal suficiente para dejar sin efecto la resolución de adjudicación respectiva. En tal
caso se procederá al cobro de la garantía de seriedad de la oferta correspondiente (si se ha solicitado en el
proceso licitatorio), pudiendo el Hospital readjudicar al 2º mejor oferente evaluado, el que deberá acreditar
las mismas exigencias de los párrafos anteriores, o bien, declarar desierta la licitación, cuando la 2da mejor
oferta evaluada no resulte conveniente a sus intereses, en conformidad al artículo Nº 9 de la Ley N° 19.886.
Será responsabilidad del adjudicatario cumplir en tiempo y forma, con todas las exigencias antes descritas.
10.3 Suscripción Del Contrato y Aceptación De La Orden De Compra:
10.3.a Firma de contrato:
Una vez adjudicada la Licitación, cuando proceda, se hará llegar al adjudicatario el documento de contrato
vía correo electrónico, al correo informado por el proveedor en el Anexo N°01 de su oferta. El oferente
adjudicado estará obligado a firmar y devolver contrato firmado en 3 copias en formato físico, en sobre
cerrado a nombre de Unidad de Gestión de Contratos del Hospital La Florida, indicándose la siguiente
referencia “CONTRATO ID 777304-XX-LR24 (donde XX, se debe reemplazar por el número de la licitación), El
sobre deberá ser entregado en la unidad de Gestión de Contratos del Departamento de Abastecimiento del
Hospital, dentro del plazo estipulado en el numeral 5.4. de las bases.
10.3.b Resolución que aprueba contrato: Una vez firmado y devuelto el contrato por el proveedor, se
procederá a firmar por la autoridad competente del Hospital y se dictará la correspondiente Resolución que
aprueba dicho contrato. Dicho acto estará sujeto al trámite de toma de razón, conforme con lo dispuesto en
el punto 12.1 del artículo 12, de la resolución N°7, de 2019 y N°14 de 2022 de la Contraloría General.
La unidad de gestión de contratos deberá notificar vía correo electrónico, la firma de la resolución que
aprueba el contrato a:
• El proveedor adjudicado
• El RRTT de contratos
• Jefaturas de Abastecimiento
10.3.c Emisión de Orden de compra: se emitirá la 1era de varias sucesivas y/o única orden de compra
respectiva, según sea el caso, a través del sistema de información www.mercadopublico.cl.
En los casos que proceda la suscripción de contrato escrito, la orden de compra se podrá emitir solo una vez
completa la Resolución que aprueba dicho Contrato.
10.3.d Aceptación de la Orden de compra por el proveedor: El proveedor deberá aceptar la Orden de
compra en el plazo de 24 horas desde su publicación en el sistema de información www.mercadopublico.cl.
Vencidas las 24 horas sin respuesta en el portal, se entenderá que la Orden de compra ha sido aceptada
tácitamente por el proveedor, comenzando a correr los plazos de entrega y cumplimiento de todas las
obligaciones del contrato.
Todo, sin perjuicio, de que, para el pago de factura, esta Orden de compra deberá encontrarse aceptada
expresamente en el sistema de información y con recepción Conforme, aceptación y recepción, sin la cual el
pago no se llevará a cabo.
El proveedor no podrá imponer un monto mínimo de despacho para aceptar la Orden de Compra.
10.4.- Contenido del Contrato
El contrato escrito, cuando proceda, contendrá todas y cada una de las cláusulas necesarias para su efectivo
cumplimiento, especificará el objeto, precio, plazo de entrega definido por el adjudicatario en su oferta,
además señalará la forma de recepción de los bienes y/o servicios, garantía técnica, modalidad de pago,
entre otras.
Se comprende dentro del objeto de la obligación del adjudicatario, todo lo señalado en su oferta,
incluyéndose las capacitaciones necesarias para el correcto, adecuado y útil uso del bien, si procede y la
entrega de las licencias, de todo tipo, incluyendo las intelectuales e industriales, que del caso correspondan,
para el uso correcto, útil y adecuado del bien.El incumplimiento de lo ofertado será considerado incumplimiento grave de las obligaciones contraídas en el
contrato y podrá dar origen a su término y al cobro de la respectiva garantía, sin perjuicio de las acciones
legales correspondientes que pueda ejercer el Servicio.
Las cláusulas del respectivo contrato serán aplicables tanto a las obligaciones principales, como las
obligaciones accesorias y complementarias y se cumplirán del modo natural que a ellas correspondieren.
El adjudicatario será empleador único y exclusivo de su personal y por lo tanto, directamente responsable
ante las autoridades administrativas y del trabajo, Tribunales de Justicia, organismos previsionales, y en
general ante cualquier tercero, del cumplimiento fiel y oportuno de todas las obligaciones laborales y
previsionales que le correspondan en dicha calidad y en general de todas y cada una de las obligaciones que
nacen del contrato de trabajo, y de aquellas establecidas por el Código del Trabajo. No existiendo vínculo
laboral alguno entre el Hospital y el adjudicatario ni con sus trabajadores. El Hospital podrá requerir en todo
momento, información relativa al cumplimento de las obligaciones laborales y previsionales que le asisten al
empleador respecto de sus trabajadores, y especialmente respecto de aquellos que estén involucrados
directa o indirectamente en las prestaciones de que trata la presente licitación y el respectivo contrato.
10.5.- Vigencia y Duración del Contrato
El contrato que se celebre comenzará a regir a contar de la total tramitación del acto administrativo que lo
apruebe, o desde la aceptación de la respectiva Orden de Compra, según corresponda, salvo en aquellos
casos en los cuales, por razones de buen servicio, y mediante resolución fundada, las prestaciones
contenidas en el contrato escrito, deban iniciarse desde el momento de su suscripción, sin perjuicio, de que
no proceda pago alguno antes de la total tramitación del acto administrativo que lo aprueba.
La duración del contrato será de 48 meses o hasta que se alcance el monto total máximo adjudicado, lo que
ocurra primero.
Lo anterior debido al alto volumen de insumos y bombas en comodato solicitadas, evitar problemas de
gestión por la información que debe entregar el Hospital al proveedor adjudicado y la compatibilidad de
accesorios como cargadores, estaciones de carga, ajuste de rack.
10.6.- Renovación del Contrato
Para este contrato no será considerada la renovación.
10.7.- Modificación Del Contrato
Mediante Resolución fundada, el HLF podrá modificar el contrato en cualquiera de las situaciones que se
señalan a continuación:
a) Mutuo acuerdo entre los contratantes, sin que pueda alterarse la aplicación de los principios de estricta
sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, ni que pueda aumentarse el monto del contrato más allá
del 30% del monto originalmente pactado.
b) Si así lo exigiera el interés público o la seguridad nacional.
c) Las demás causales establecidas en el artículo 77 del reglamento de la Ley 19.886.
Dicha modificación, deberá aprobarse mediante acto administrativo totalmente tramitado, según lo
dispuesto, entre otros, en el dictamen N° 34.713, del 2015.
10.8.- Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato
Junto a la firma del Contrato y para cautelar el cumplimiento de la correcta ejecución del mismo, el
adjudicatario deberá entregar una caución o garantía, siendo de su exclusiva responsabilidad que dicha caución
o garantía sea presentada conforme a las especificaciones que a continuación se indican.
Tipo de Documento Podrán ser presentados como documentos de caución, boletas de
garantía, vale vistas, certificados de fianza, póliza de garantía o cualquier
otro documento que cumpla con los siguientes requisitos
• Sea pagadero a la vista
• no sujeto a modalidad
• irrevocable
• Emitida a favor de Entidad Pública
Monto 10% de monto total adjudicado con IVA incluido en pesos chilenos
Beneficiario Hospital Clínico Metropolitano La Florida; Rut: 65.075.485-9 Vigencia 48 meses más 120 días hábiles, a contar de la adjudicación.
El proveedor podrá entregar 1 documento de garantía por el total de 48
meses más 120 días hábiles o 3 documentos de forma parcializada, según
lo siguiente:
· Primera garantía con una vigencia de 24 meses desde la fecha de
adjudicación, por el 10 % del monto total adjudicado.
· Segunda garantía con una vigencia de 12 meses a contar del día
siguiente al vencimiento de la primera garantía, por el 10 % del valor
remanente del contrato a la fecha.
· Tercera garantía con una vigencia de 12 meses más 120 días a contar
del día siguiente al vencimiento de la segunda garantía, por el 10 % del
valor remanente del contrato a la fecha.
La entrega de los documentos de garantía, deberá hacerse antes de los 60
días hábiles anteriores al vencimiento del documento que se renueva,
salvo el primero que debe entregarse según lo establecido en el numeral
10.1 de las presentes bases. Una vez entregada la garantía renovada, se
hará devolución del documento de garantía anterior en un plazo de 10
días hábiles.
De no renovarse los documentos de garantía correspondientes dentro del
plazo establecido en el párrafo anterior, se dará por terminado el contrato
ejecutándose la garantía vigente.
Glosa Garantizar el Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato “INSUMOS CON
BOMBAS DE INFUSIÓN EN COMODATO PARA EL HOSPITAL LA FLORIDA”
ID 777304-XX-LR24. (donde se señala XX reemplazar por el número de la
Licitación)
Si el documento a presentar, no permite, por su naturaleza, señalar la
glosa en su texto, esta deberá venir escrita al reverso o en acta adjunta
adherida al documento.
Forma y oportunidad de
Entrega Física
El oferente o su representante deberá entregar físicamente la garantía en
la Unidad de Gestión de Contratos ubicada en dependencias del Hospital
La Florida (primer piso), Avenida Froilán Roa 6542, en horario de lunes a
viernes, de 08:30 a 13:00 y de 14:30 a 16:00 horas, dentro de los 5 días
hábiles desde la adjudicación.
La garantía debe entregarse en sobre cerrado dirigido a la Unidad de
Gestión de Contratos del Hospital La Florida, señalando en el sobre lo
siguiente:
GARANTIA DE FIEL OPORTUNO CUMPLIMIENTO ID: 777304-XXLR24 (donde se señala XX, se debe reemplazar por el número de
la licitación)
IDENTIFICACION DEL OFERENTE
La garantía podrá otorgarse mediante uno o varios instrumentos
financieros de la misma naturaleza, que en conjunto representen el
monto o porcentaje a caucionar y entregarse de forma física o
electrónicamente.
El oferente que necesite respaldar la entrega de su garantía deberá
acompañar una fotocopia del sobre que entrega. Esta fotocopia será
timbrada por profesional, indicando la fecha de su recepción y solo si se
comprueba que el documento físico viene en su interior.
Sin perjuicio de lo señalado anteriormente, la revisión del documento y
cumplimiento de requisitos formales, solo se verificará por la Unidad de
Gestión de Contratos.
En caso de presentarse una Garantía en Formato Electrónico, deberán ser
enviadas al correo: gabriela.herrera@hospitallaflorida.cl, antes del del
vencimiento del plazo de 5 días hábiles desde la adjudicación, indicando
en el asunto del correo el ID de la Licitación y el nombre del Oferente.De no presentar dicha garantía en forma, lugar, día y hora señalados, la
oferta adjudicada se entenderá desistida.
Esto último, sin perjuicio de las garantías en formato electrónico que,
además, deben ajustarse a las disposiciones de la Ley N°19.799 sobre
documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de
dicha firma, que deberán acompañarse conjuntamente con la oferta.
En el caso de que la garantía entregada contenga errores, se solicitará
corregir dentro de los 5 días hábiles siguientes, so pena de no firmarse el
contrato respectivo.
La no entrega de esta Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento, dará
lugar al cobro de la Garantía de Seriedad de la Oferta (si se ha solicitado
en el proceso licitatorio) y el Hospital podrá readjudicar la Licitación o
declarar Desierto el proceso.
La garantía podrá ser tomada por el oferente o por un tercero a nombre
de él.
Custodia Las garantías serán custodiadas por la Unidad de Tesorería del Hospital.Se hace presente que en la Unidad de Gestión de Contratos ubicado en dependencias del Hospital La
Florida (primer piso), Avenida Froilán Roa 6542, funcionan distintas unidades del Hospital, por lo que será
de exclusiva responsabilidad del proveedor entregar correctamente la garantía, en caso de que se
entregue en un lugar distinto del indicado precedentemente, se tendrá por no presentado el documento.
En caso de que el Hospital determine necesario aumentar el contrato, el adjudicatario deberá renovar la
garantía de fiel y oportuno cumplimiento, conforme al nuevo plazo y monto que se estime para estos
efectos. La garantía original será devuelta una vez que se haya entregado la nueva garantía.
10.8.1.- Aumento de Garantía
Cuando el precio de la oferta presentada por un Oferente sea menor al 50% del precio presentado por el
Oferente que le sigue, y se verifique por parte de la Entidad Licitante que los costos de dicha oferta son
inconsistentes económicamente, la Entidad Licitante podrá a través de una resolución fundada, adjudicar
esa oferta, solicitándole una ampliación de las garantías de fiel cumplimiento, hasta por la diferencia del
precio con la oferta que le sigue.
10.9.- Devolución y Cobro de la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato
La garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato se podrá hacer efectiva, en caso de incumplimiento
por parte del proveedor de cualquiera de las obligaciones del Contrato, sin perjuicio de las multas que
corresponda aplicar.
Para el cobro de la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento, se aplicará el mismo procedimiento utilizado
para el cobro de multas, según lo establecido en estas Bases de Licitación.
La devolución de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato se efectuará dentro del plazo de
10 días hábiles contado desde el término del contrato, y una vez acreditado que se han cumplido todas las
obligaciones de dicho contrato, mediante Certificación de Conformidad, suscrito por el Jefe de la Unidad de
Gestión de Contratos o quien lo subrogue, para tal efecto, al término del convenio.
Un representante de la empresa debidamente individualizado con poder especial ante notario podrá
solicitar la devolución ante el Responsable de Contrato de la Unidad de Gestión de Contratos del Hospital,
caso en el que se comunicará a la Unidad de Tesorería.
10.10. Resciliación Del Contrato por Mutuo Acuerdo.
Las partes podrán poner término al contrato de común acuerdo, en forma anticipada, suscribiendo el
documento respectivo.
10.11.- Prohibición De Cesión
El adjudicatario no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente los derechos y
obligaciones establecidos para esta adquisición y contratación. En lo referido a la cesión de los instrumentos
y títulos de crédito que surjan del contrato, se estará a los artículos 74 y 75 del Decreto N°250 de 2004 del
Ministerio de Hacienda que aprueba Reglamento de la ley N°19.886 de Bases de Contratos Administrativos
de Suministro y Prestación de Servicios, particularmente al hecho que se notifique oportunamente dicho
contrato o cesión y no existan obligaciones o multas pendientes.10.12.- Subcontratación
Queda prohibida la subcontratación de los bienes y/o servicios contratados. Lo anterior salvo en los casos de
transporte y/o distribución.
10.13.-Reajustabilidad de los Precios
El precio adjudicado será reajustado anualmente, según variación experimentada por el índice de precios al
consumidor (IPC) de los últimos 12 meses anteriores a la fecha del reajuste.
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11.-DE LA ENTREGA |
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11.1.- De la Entrega de los insumos
El plazo de entrega de los insumos será el ofertado por el proponente en Anexo N°04 Plazos de Entrega,
dicho plazo se contabiliza a partir de la aceptación de la orden de compra a través del portal Mercado
Publico según lo establecido en estas bases. El oferente adjudicado deberá entregar los insumos por cada
orden de compra emitida, en la bodega del Hospital en forma total.
Se debe acompañar a la entrega la Orden de compra aceptada y la respectiva Guía de despacho. No se
aceptarán copias de Facturas.
La guía de despacho deberá contener los datos de identificación de la Orden de Compra, el número de lote
y fecha de vencimiento de los productos.
Sin perjuicio de la cantidad de consumo total estimado en la presente licitación para cada insumo, los
requerimientos de entrega de los bienes podrán ser realizados a través de la emisión de una sola Orden de
compra por dicho total o a través de la emisión de varias órdenes de compra sucesivas, según la necesidad
del Hospital durante toda la vigencia del contrato.
En caso de que el bien no cumpla con las condiciones mínimas para garantizar que se encuentra en
condiciones de ser utilizado, como por ejemplo producto distinto del solicitado, envases o sellos alterados o
dañados, temperatura inadecuada, material del envase, condiciones de traslado que afecten el insumo,
etc., el bien será devuelto total o parcialmente, debiendo el adjudicatario realizar una nueva entrega dentro
de las 24 horas siguientes, según lo establecido en las Bases Técnicas sobre Política de Canje obligatoria.
Todo, sin perjuicio de las sanciones y multas que se puedan aplicar por incumplimiento por atraso en la
nueva entrega.
El proveedor no podrá imponer un monto ni cantidad mínima de despacho.
11.2.- De La Entrega y puesta en marcha de bombas
El plazo de entrega de las bombas en comodato será ofertado por el proponente en Anexo N° 04 Plazos de
entrega, dicho plazo comenzará a partir desde la aceptación de la orden de compra. Para realizar la entrega
se deberá coordinar con la Unidad de Equipos Médicos del Hospital y realizar la gestión de la documentación
adecuada.
El plazo de puesta en marcha contempla instalación de las bombas en comodato, pruebas de
funcionamiento y capacitación a funcionarios en uso y mantención de las bombas. Este plazo comenzará a
regir una vez concluido el plazo ofertado de entrega de los equipos.
En caso que el producto no posea las características o no haga cumplimiento de lo requerido, el equipo
será devuelto, debiendo el adjudicatario realizar una nueva entrega, dentro de un plazo máximo de 24
horas. En caso que no dé cumplimiento a lo antes indicado se aplicará la multa indicada en la cláusula de
multas.
11.3.- Ampliación del plazo de entrega
El plazo de entrega podrá ser ampliado de oficio por el Hospital. La solicitud de aumento de plazo que
pudiese realizar el Hospital, se realizará mediante comunicación formal al proponente a través de correo
electrónico señalado en el Anexo N°01 por el proveedor, con antelación a la fecha de entrega ofertada.
Si el plazo de entrega comprometido por el oferente no es respetado por una causa imputable a éste, el
adjudicatario deberá asumir, junto a la aplicación de la correspondiente multa, el costo que eventualmente
se pueda producir con ocasión de ello.
Con todo, el adjudicatario podrá a través de Carta dirigida al Director del Hospital enviada por correo
electrónico a la jefatura de la Unidad de Gestión de Contratos del Hospital antes del vencimiento de la fecha
de entrega, solicitar la ampliación de dicho plazo, pudiendo invocar solo como causal la fuerza mayor o caso
fortuito. Dicha solicitud deberá acompañarse de todos los documentos o respaldos que acrediten la causal
invocada.
La autoridad competente, calificará la causal y resolverá sobre su aprobación o rechazo. Con todo, esta
ampliación no deberá irrogar un mayor costo para el Hospital. La alegación de caso fortuito o fuerza mayor deberá ser probada en los términos de la legislación civil, y En
caso de rechazo se aplicará la multa respectiva.
En caso de aumento de plazo, se emitirá la Resolución respectiva, la que será sometida al procedimiento
administrativo que corresponda.
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12.- MULTAS Y SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO DE CONTRATO |
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12.1.- Término Anticipado Del Contrato
El Hospital podrá, previa calificación de las circunstancias y emisión de resolución fundada de su Director,
poner administrativamente término al contrato, en forma anticipada, unilateral e inmediata, en caso de
incumplimiento del contrato celebrado, considerándose como causales de dicho término, las indicadas en el
artículo Nº13 de la Ley Nº19.886, en el artículo Nº77 del Decreto Nº250 de 2004 que contiene el
Reglamento de la Ley N°19.886, además de las siguientes causales específicas:
a) La aplicación de dos o más multas dentro un plazo de tres (3) meses, durante la vigencia del
contrato, cualquiera sea su fuente, de las enumeradas en el punto 12.3, o por la acumulación de
multas cuyo monto total sea igual o superior al 30% del monto del contrato.
b) El incumplimiento de la política de canje por causa imputable al proveedor.
c) Cambio o modificación unilateral por parte del Proveedor del precio ofertado, del producto,
condiciones de su oferta, calidad, u otra condición establecida en la oferta adjudicada y aceptada
por la Entidad.
d) Realización de actividades que pongan en riesgo al establecimiento y/o a sus funcionarios.
e) Si el proveedor cae en quiebre de stock y no soluciona la entrega Por más de 30 días corridos.
f) Incurrir en falsedad en la documentación presentada relativa al producto adjudicado.
g) Si el proveedor fuere declarado en quiebra o cayera en estado de notoria insolvencia.
h) Si falleciese el proveedor o se disolviese la empresa o perdiere su personalidad jurídica. En tal
evento, se procederá a efectuar la liquidación del contrato determinando las obligaciones que
quedasen.
i) Si el adjudicatario cede o transfiere total o parcialmente los derechos y obligaciones que nacen de
la presente licitación, y en especial los establecidos en el contrato definitivo, salvo que una norma
legal especial permita la cesión de derechos y obligaciones. Lo anterior, es sin perjuicio que los
documentos justificativos de los créditos que emanen de estos contratos podrán transferirse de
acuerdo con las normas del derecho común.
j) Si la persona jurídica ha sido condenada penalmente de conformidad a la Ley Nº20.393.
k) Si el adjudicatario subcontrata total o parcialmente el contrato, de manera distinta o
contraviniendo lo indicado en bases sobre la materia.
l) Si el adjudicatario durante la vigencia del contrato es condenado por prácticas antisindicales o
infracción a los derechos fundamentales del trabajador, ejecutoriada o que cause ejecutoria dicha
condena.
m) Las demás causales que se establezcan en la Ley Nº19.886 y su normativa reglamentaria.
Terminado que sea en forma anticipada el contrato, siempre que se haya debido a responsabilidad del
proveedor, el Hospital queda facultado para hacer efectiva la Boleta de Fiel y oportuno Cumplimiento de
Contrato, sin que el adjudicatario tenga derecho a indemnización alguna.
12.2.- Amonestación.
Constituye un documento firmado por las partes, que deja constancia de cualquier falta menor y objetiva,
cometida por el adjudicatario, y que, en atención a su importancia, no está afecta a cobros pecuniarios,
salvo que exista acumulación según se describe más adelante.
12.3.- Multas
El Hospital La Florida podrá, previa calificación de las circunstancias y resolución fundada del Director del
Hospital, aplicar y cobrar multas al adjudicatario por incumplimiento de sus obligaciones contractuales, por
el monto que se indica, y con un tope máximo de un 30% del total del contrato.
a) Entrega fuera de plazo: Se aplicará una multa de 1 UTM por cada día de atraso en la entrega efectiva de
los bienes, vencido sea el plazo ofertado por el proveedor.
Se entenderá por fecha de entrega efectiva del bien la fecha anotada en la Guía de Despacho por el
funcionario de bodega del Hospital la Florida.
b) Garantía Técnica y Política de Canje: El oferente, una vez solicitado el cambio del insumo, estará
obligado a entregar los nuevos productos dentro del plazo de 24 horas, so pena de aplicarse una multaequivalente a 1 UTM por cada día de atraso que supere dichas 24 horas. Todo lo anterior, sin perjuicio
de hacerse efectivo el cobro de la garantía fiel cumplimiento del contrato.
c) Entrega incompleta: Se aplicará una multa equivalente 1 UTM, por entrega incompleta de los bienes
solicitados, ya sea que no venga la cantidad requerida o bien falte algunos de sus componentes,
accesorios o piezas, considerando la oferta adjudicada y lo solicitado por el Hospital en sus bases para el
uso correcto del bien adquirido.
d) Si producto presenta Quiebre de stock superior a 10 días corridos, se deberá cancelar la OC emitida
aplicándose una multa de 3 UTM al proveedor. Hospital tendrá la facultad de adquirir los insumos a
terceros, suspendiendo por este hecho las recepciones de los insumos al proveedor hasta que se le
emita una nueva orden de compra en virtud de su contratación.
e) Atraso en entrega de los equipos: Se aplicará una multa de 2 UTM por cada día de atraso en la entrega
de los equipos ofertados, tomando como base el plazo ofertado en la propuesta. Se entenderá como
entrega efectiva del equipo la fecha de la recepción conforme por parte de Equipos Médicos y Bodega
del Hospital, y dicho plazo comienza a contar desde la aceptación de la orden de compra.
f) Atraso en entrega puesta en marcha de los equipos: Se aplicará una multa de 2 UTM por cada día de
atraso en la puesta en marcha de los equipos ofertados, tomando como base el plazo ofertado en la
propuesta. Se entenderá como puesta en marcha efectiva del equipo la fecha de la recepción conforme
por parte de Equipos Médicos y Bodega del Hospital, y dicho plazo comienza a contar una vez concluido
el plazo ofertado de entrega de los equipos.
g) Continuidad del servicio: Si el equipo presenta falla o mal funcionamiento y se deba realizar el cambio
de este, el adjudicado tendrá 72 horas como plazo máximo para entregar un equipo en Back Up o
reestablecer el funcionamiento del equipo en mal estado. Se aplicará una multa de 2 UTM por cada día
de atraso en la sustitución de los equipos a contar de las 72 horas mencionadas.
h) Atraso en el mantenimiento preventivo y/o reposición de repuestos: Se aplicará una multa de 2 UTM
por cada día corrido de atraso en la mantención o reposición repuestos, implementos o accesorios
necesarios para la utilización de los insumos o el equipo, contados desde los 3 días pasados de la fecha
coordinada por el administrador del contrato del Hospital de La Florida hasta la efectiva mantención o
reposición anotada en un acta levantada para tal efecto por el funcionario del servicio designado a
recepcionar los bienes. No se consideran los días de atraso que sean responsabilidad total o compartida
con el Hospital de La Florida.
i) Atraso en respuesta atención Técnica remota: Se aplicará una multa de 1 UTM por cada hora de atraso
en respuesta a contar desde la solicitud de atención realizada por el funcionario designado para tales
efectos.
j) Atraso en la Capacitación: Se aplicará una multa de 1 UTM por cada día de atraso desde la fecha
ofertada por el proveedor dentro del plazo puesta en marcha en su anexo 04, para la realización de la
capacitación correspondiente.
k) Aplicación de 2 amonestaciones en 2 meses calendario, se aplicará una multa de 0,5 UTM
l) Atraso en la entrega del certificado de capacitación a funcionarios del HLF según clausula 7de las Bases
Técnicas. Se aplicará una multa de 1 UTM por certificado no entregado.
m) Se aplicará una multa de 5 UTM si el proveedor no cumple con el punto 6.5.- Upgrade técnico del
equipo de las bases técnicas.
El valor de la UTM será el que corresponde al mes en que se emita la resolución de aplicación de multa.
12.4 Registro de comportamiento
El proveedor que sea sancionado durante la vigencia del contrato, por aplicación de amonestaciones,
multa(s), cobro de garantías o por causal imputable de término anticipado de contrato, será ingresado a los
siguientes registros:
• Registro de Chileproveedores y• Registro interno del Hospital Registro de Proveedores sancionados, que lleva la Unidad de Gestión de
Contratos del Hospital, para estos efectos.
La información en ellos registrada podrá ser utilizar en la evaluación del proveedor en futuros procesos de
adquisición que lleve a cabo el Hospital y en cuyas bases se incorpore como herramienta para medir el
correspondiente Criterio de Comportamiento Contractual Anterior.
12.5 Procedimiento de Aplicación de sanciones, multas y/o Término Anticipado de Contrato.
La determinación de una situación o condición que diere lugar a la aplicación de una sanción, multa y/o
termino anticipado de contrato, se originará a partir de un informe que emane desde el Referente Técnico
administrador del contrato, dirigido a la Unidad de Gestión de contratos del Departamento de
Comercialización. Recibido el informe, ésta evaluará si la situación es de aquellas consideradas como
causales para la aplicación de una sanción, multa y/o termino anticipado de contrato según Bases y
tratándose de multas calculará los montos a pagar.
Tratándose de las sanciones o multas, la Unidad de gestión de Contratos notificará al adjudicatario, a través
del módulo de sanciones del aplicativo de gestión de contratos dispuesto en www.mercadopublico.cl , por
escrito a través de correo electrónico, al correo indicado por el proveedor en anexo 01 de su oferta, del
informe emanado por el Referente Técnico Administrador de contrato/ o por ella y la causal que origina la
sanción o Multa y si se trata de la aplicación de Multa , el monto a pagar, a fin de que el proveedor
manifieste sus descargos acompañando todos los antecedentes que estime pertinente dentro del término
de 5 días hábiles desde dicha notificación, a través del módulo gestión de contratos.
En el caso del término anticipado del contrato, la Unidad de gestión de Contratos notificará al adjudicatario,
a través de carta certificada a la dirección indicada por el proveedor en el anexo 01 de su oferta, del informe
emanado por el Referente Técnico Administrador de contrato/ o por ella y la causal que origina el término
anticipado de contrato, a fin de que el proveedor manifieste sus descargos acompañando todos los
antecedentes que estime pertinente dentro del término de 5 días hábiles desde dicha notificación.
Una vez vencido el plazo sin presentar descargos, el Hospital dictará la respectiva resolución aplicando la
medida y detallando las circunstancias fácticas que hicieron procedente dicha sanción.
Si el adjudicatario hubiera presentado descargos en tiempo y forma, el Hospital tendrá un plazo de 30 días
hábiles a contar de la recepción de los mismos para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente. Al
respecto, el rechazo total o parcial de los descargos del proveedor deberá formalizarle a través de una
resolución fundada del Hospital, en el cual deberá detallarse el contenido y las características de la sanción,
Multa o el término anticipado de contrato según corresponda y si se trata de la aplicación de Multa, el
monto a pagar.
La indicada resolución deberá notificarse al proveedor adjudicado mediante carta certificada remitida por la
Unidad de Gestión de Contratos al proveedor a la dirección indicada en el Anexo N°1 e informarse en el
módulo de sanciones del portal www.mercadopublico.cl
Las notificaciones por carta certificada se entenderán practicadas a contar del tercer día siguiente a su
recepción en la oficina de correos que corresponda. Contra la resolución que aplique la medida respectiva
procederán los recursos establecidos en la Ley N°19.880, Ley de Bases de Procedimientos Administrativos
que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
La entidad compradora tendrá la obligación de registrar las medidas indicadas en la presente clausula a
través del módulo de gestión de contratos dispuesto en plataforma www.mercadopublico.cl.
12.6. El pago de la multa podrá ser cobrado
a) Directamente al adjudicatario quien deberá pagar dentro de los 10 días corridos desde su notificación, o
b) Se podrá descontar del estado de pago correspondiente. En este caso, se descontará del pago, no de la
factura, es decir, el proveedor deberá facturar por el total sin descontar las multas que se le aplicasen. Estas
serán descontadas al momento de girar el pago respectivo por parte de la Unidad Financiera, o
c) Con todo, de no hacer pago directo el proveedor o de no existir estado de pago pendiente, se podrá hacer
el cobro de las multas haciendo efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento, sin más trámite.
12.7 Procedimiento para interponer recursoEl proveedor dispondrá de un plazo de cinco días hábiles, contados desde la notificación mediante carta
certificada de la resolución fundada, remitida por la Unidad de gestión de Contratos al proveedor a la
dirección indicada en el Anexo N°01, para impugnar dicho acto administrativo, debiendo acompañar todos
los antecedentes que justifiquen eliminar, modificar o reemplazar la respectiva sanción, mediante un escrito
o carta ante la autoridad máxima del servicio por la sanción aplicada. Esta presentación se debe realizar
mediante carta certificada o con entrega presencial en la Oficina de Partes del Hospital. El Hospital tendrá
un plazo no superior a 30 días hábiles para resolver el citado recurso. Mientras se encuentre pendiente la
resolución de recurso de reposición, no se hará efectiva la respectiva sanción.
La resolución que acoja el recurso podrá modificar, reemplazar a dejar sin efecto el acto impugnado. Ahora
bien, en el caso de multas, que sean finalmente cursadas, sea total o parcialmente, ésta se hará efectiva
mediante el cobro directo en un plazo máximo de 20 días, debiendo pagar en un plazo de hasta 10 días una
vez notificado el cobro, o bien, se hará efectivo a través del cobro de la o las garantías de fiel cumplimiento,
según cuál sea el caso
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13.- DE LA GARANTIA TÉCNICA DE LOS BIENES ADJUDICADOS |
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El oferente se obliga a mantener una garantía técnica de los productos, por sobre la garantía obligatoria
legal, según lo establecido en la normativa vigente para esta materia durante toda la vigencia del Contrato
más 120 días hábiles.
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14. - DE LA RECEPCION |
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14.1 de la Recepción de los Insumos
El adjudicatario deberá entregar en bodega del Hospital los bienes adquiridos, en los plazos comprometidos
en anexo N°04 Plazos de Entrega.
El adjudicatario deberá establecer las condiciones de almacenamiento y de climatización que requieren los
bienes durante bodegaje.
Para la Recepción de los bienes en Laboratorio, el oferente deberá adjuntar los siguientes documentos:
• Guía de despacho, identificándose en ella la Orden de Compra correspondiente.
• Copia de orden de compra Aceptada en Mercado Público.
La guía de despacho deberá contener los datos de identificación de la Orden de Compra, el número de lote y
fecha de vencimiento de los productos.
El Laboratorio del Hospital, solo recibirá junto a la entrega de los productos, la guía de despacho y la Orden
de Compra, debiendo el adjudicatario, solo una vez realizada la recepción conforme, emitir la factura
correspondiente.
14.2.- De La Recepción De Las Bombas
14.2.1 Recepción de bombas en comodato
El proponente deberá indicar en su oferta las condiciones de almacenamiento y de climatización que
requieran los equipos durante bodegaje del producto, para el caso que éste no pueda ser instalado en su
lugar de destino tan pronto arribe al Hospital.
Desde la contratación, el Hospital La Florida informará al adjudicatario el procedimiento a seguir para la
recepción de las bombas, así como los interlocutores válidos (del Hospital y de la Concesionaria) para dichos
procesos, si procede, debiendo tanto el adjudicatario como su personal, adecuarse al procedimiento.
Para la presente licitación, las entregas de las bombas en comodato deben ser coordinadas con la Unidad de
Bodega del Hospital La Florida, unidad que verificará la recepción provisoria y definitiva.
14.2.2 Recepción Provisoria
Para la recepción provisoria se acordará fecha y hora, acto en el cual se verificará el cumplimiento de sus
características generales y particulares en relación al estado de entrega. Si todo está conforme, se levantará
un Acta de Recepción Provisoria, que será firmado por un representante del Hospital de La Florida un
representante del proveedor. Cualquier procedimiento diferente de lo expuesto liberará de responsabilidad
al Hospital de La Florida, frente a cualquier daño o pérdida que pueda sufrir el equipo. El adjudicatario
deberá entregar los equipos con guía de despacho, no con factura.
14.2.3 Recepción Definitiva
La recepción definitiva de las bombas se realizará una vez que se hayan realizado de manera conforme la
instalación, capacitación, pruebas de aceptación y puesta en marcha de los equipos en el plazo ofertado
Anexo 04. Cabe hacer presente que las pruebas de aceptación (uso y funcionamiento de los equipos para los insumos
adquiridos), deberán realizarse en las dependencias del Hospital La Florida, con los equipos, implementos y
accesorios necesarios para la utilización de cada bomba.
En el caso de las capacitaciones, estas se podrán realizar en las dependencias del Hospital La Florida o del
adjudicatario, a elección del Hospital de La Florida, no obstante, si por causas no imputables al proveedor no
pueden efectuarse las capacitaciones en el plazo ofertado (Anexo 04 Plazos de Entrega), el equipo podrá ser
igualmente recepcionado, acordándose un nuevo plazo para las capacitaciones, las que de todas formas
deberán efectuar antes del término del contrato.
El Acta de Recepción Definitiva contendrá una mención expresa de la conformidad total del equipo en
comodato y su individualización, indicando nombre, lote, marca, modelo y n° de serie del equipo,
implementos y realización de las pruebas de aceptación y de la capacitación, o del hecho de dejarse ésta
última pendiente y la nueva fecha de su realización. Cualquier procedimiento diferente de lo expuesto
liberará de responsabilidad al Hospital, frente a cualquier daño o pérdida que pueda sufrir el equipo.
El acta de recepción conforme no se extenderá sino hasta la completa recepción del producto en los
términos y condiciones requeridas
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15.- DE LA FACTURACIÓN |
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El oferente por el sólo hecho de presentar su oferta renuncia a sus políticas de facturación y se somete al
requerimiento del Hospital, en consecuencia, no podrá imponer el oferente un monto mínimo de despacho
ni de facturación para ningún efecto.
El oferente solo podrá facturar la Orden de Compra aceptada, una vez que esta se encuentre con su
recepción conforme publicada en el portal mercadopublico.cl
En caso de que la factura presente algún error o no cuente la orden de compra respectiva con la recepción
conforme señalada anteriormente, el Hospital dispondrá de 08 días corridos para hacer las observaciones
correspondientes al adjudicatario o rechazarla. El proveedor dispondrá de 08 días corridos para subsanar si
se tratara de errores subsanables. La nueva factura o Nota de Crédito según sea el caso, sufrirá el mismo
trámite formal que el documento original, salvo que, por tratarse de una segunda tramitación, el plazo para
su pago será de 20 días hábiles desde su recepción conforme por parte del Hospital.
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16.- DEL PAGO |
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La obligación de pago por parte del Hospital se perfecciona a partir de la comunicación que realice la Unidad
de Gestión de Contratos del Departamento de Abastecimiento del Hospital al Departamento de Finanzas,
previa confirmación de los siguientes antecedentes:
a) Orden de Compra aceptada por el proveedor en el portal www.mercadopublico.cl
b) La recepción completa, conforme y sin observaciones en bodega de los bienes incluidos en la orden
de compra.
c) El acta de recepción conforme firmada por el Referente Técnico Administrador del contrato.
d) Formulario 30, Solicitud de Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales
e) La eventual aplicación de multas y sanciones.
f) Recepción en plataforma SAP del Hospital
g) Recepción conforme en la plataforma de Mercado Público, siendo esta última recepción en el
portal, la que dará origen a la facturación electrónica.
Para iniciar el proceso pago de manera correcta y oportuna, es fundamental que el adjudicatario haya
aceptado expresamente la orden de compra en la plataforma de mercado público.
El pago de facturas se realizará en 30 días corridos por Tesorería General de La República, desde la fecha de
la aceptación de la correspondiente factura.
La recepción conforme de los bienes y/o los servicios, conlleva la validación y emisión de OC lo cual se
realizará en 10 días hábiles. Lo anterior se funda en los plazos internos existentes, considerando los procesos
administrativos de la institución.
En caso que el adjudicatario registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social
con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, aplicará lo estipulado
en el artículo 4º de la Ley 19.886.
16.1.- Pagos con Trasferencias electrónicas. La Tesorería General de la República, está facultada para realizar pagos a través de transferencia electrónica
a los proveedores que completen de manera correcta la autorización notarial adjunta para pago con
transferencia electrónica.
Una vez completado, este mandato debe ser legalizado ante notario y posteriormente debe ser entregado
en Tesorería o Secretaria de Finanzas del Hospital de La Florida, ubicada en el tercer piso de la institución.
Este mandato una vez entregado, no puede ser modificado por el oferente durante la duración del contrato.
AUTORIZACIÓN NOTARIAL PARA PAGO CON TRANSFERENCIA ELECTRÓNICA
Yo, ____________________________________________, RUN: _________________________, en
calidad de representante legal de la empresa, ________________________________________________
R.U.T. _______________________________ ; autorizo al Hospital Clínico La Florida Dra. Eloísa Díaz
Insunza, para que pague con transferencia electrónica bancaria, documentos por cobrar que existan con
dicha entidad, en la cuenta que detallo a continuación:
Cta.Corriente Cta.Débito Cta.deAhorro Cta.Vista
NºCuenta:
Banco:
R.U.T. empresa:
Nombre empresa:
Mail confirmación de pago:
Firma Representante Legal
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17.- RESPETO DE LA NORMATIVA DEL HOSPITAL LA FLORIDA Y DEBIDO CUIDADO A SUS BIENES |
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Para la ejecución del contrato, el Hospital permitirá la entrada del personal del adjudicatario, debidamente
acreditado, a las dependencias involucradas en la ejecución de éste. En tal caso, el personal del adjudicatario
deberá solicitar acatar las medidas de resguardo y control de los recintos institucionales y el adjudicatario
será responsable, y quedará obligado a la reparación o reposición, de cualquier desperfecto, daño o perdida
que puedan sufrir el inmueble del Hospital La Florida y/o los bienes muebles que lo guarnecen. Cabe hacer
presente, que el ingreso tanto el adjudicatario como su personal al Hospital La Florida, para efectos de
ejecutar su contrato, estarán sujetos a protocolos de seguridad que deberá coordinar con el funcionario
designado para tal efecto y que será oportunamente informado.
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18. ADMINISTRACIÓN Y FISCALIZACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. |
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18.1 Administración por parte del Hospital
Con el objeto de coordinar y controlar el correcto cumplimiento del contrato, se designa a Andres Berrios,
Jefe Unidad de Logística y Sra. Erika Cortés Tello, Jefa Unidad de Equipos Médicos, o quien sea titular del
mismo cargo al momento de la ejecución del contrato, o quien lo subrogue, en calidad de Referente Técnico
del Contrato, quien, junto a la Unidad de Gestión de Contratos del Departamento de Abastecimiento del
Hospital, tendrán las siguientes responsabilidades:
Referente técnico de contrato:
• Fiscalizar el estricto y oportuno cumplimiento de las obligaciones contractuales, en especial la calidad y
entrega oportuna de los bienes.
• Proponer la aplicación de multas, en caso de verificarse alguna de las infracciones consignadas en las
presentes bases, notificando la infracción o incumplimiento a través de un informe, a la Unidad de
Contratos.Unidad de Contratos:
• Mantener actualizado un archivo con la totalidad de los antecedentes del contrato.
• Llevar registro de sanciones y multas aplicadas al proveedor.
• Llevar el control del consumo y ejecución del contrato hasta su término en cuanto a su precio total.
• Proveer el estado de recepción conforme e informar los descuentos y/o multas a que hubiere lugar, para
que se verifique el pago por parte de la Unidad de Finanzas.
• Revisar procedencia y autorizar la devolución de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato
o solicitar se haga efectiva, si procede.
En general, ambos deberán desarrollar todas las acciones referidas al control y gestión de las acciones que
faciliten la ejecución del contrato.
Sin perjuicio de lo anterior, se establece que el Hospital podrá modificar la designación del Referente
Técnico Administrador de Contrato, en cualquier momento durante la ejecución del contrato, de lo cual dará
aviso oportuno al proveedor vía correo electrónico.
18.2 Encargado del Contrato por parte del Proveedor
Por su parte, el adjudicatario deberá designar un Encargado de Contrato que se relacionará con el
Administrador del contrato para los efectos señalados y que deberá señalar en su anexo 1.
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19. LEY Nº20.584. |
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Tanto el adjudicatario como su personal deberán en todo momento observar estrictamente la normativa
que establece la Ley Nº20.584, que Regula Los Derechos y Deberes que tienen las Personas en relación con
acciones vinculadas a su atención de salud
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20. DEBER DE CONFIDENCIALIDAD |
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Durante el desarrollo del contrato, como al término de éste, el adjudicatario y/o su personal no podrá
divulgar o hacer uso de la información a que haya tenido acceso con ocasión del mismo, constituyendo su
infracción, incumplimiento grave de su obligación de confidencialidad, facultando al Hospital La Florida para
ejercer las acciones judiciales que estime pertinentes para el resarcimiento de todos sus perjuicios. Lo
anterior, teniendo en especial consideración lo dispuesto en la Ley Nº19.628 de Protección de Datos de
Carácter Personal.
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BASES TÉCNICAS |
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1. OBJETIVO
El objetivo de las presentes bases técnicas es describir los aspectos técnicos que requiere la adquisición de
“INSUMOS CON BOMBAS DE INFUSIÓN EN COMODATO PARA EL HOSPITAL LA FLORIDA” que se van a
adquirir mediante la presente licitación.
2. ASPECTOS GENERALES
Los productos ofertados deben ajustarse exactamente a las características exigidas en bases. En caso de no
cumplir con los requerimientos obligatorios, se declarará inadmisible el Ítem ofertado, por no cumplir con
los requisitos especificados en las bases.
El oferente adjudicado debe mantener el stock suficiente de los insumos contratados a fin de garantizar la
continuidad del servicio del Hospital, resguardando no caer en quiebres de stock.
De ocurrir tal situación, el oferente deberá adquirir dicho insumo en otra empresa para cumplir con los
plazos ofertados. El producto adquirido en tales circunstancias debe ser de igual o superior calidad,
debiendo solicitar autorización previa al HLF. Lo anterior, tendrá costo cero para el Hospital y el recargo en
el valor de los insumos será de exclusiva responsabilidad del oferente.
La falta de stock no elimina la obligación de entregar los insumos dentro del plazo ofertado, ni exime de la
aplicación de multa por atraso en la entrega de productos. En el caso que el Oferente no pueda solucionar
tal situación de quiebre dentro de 10 días corridos, se aplicará la sanción establecida en bases.
Detalle de cantidades y montos estimados a adquirir:
ítem
Cod SAP
Interno
HLF
Insumo
Cantidad de
unidades total
estimada para 48
meses
Equipo en
Comodato
Cantidad
de bombas
en
comodato
requeridos
Monto por 48
meses de gasto
estimado
VALOR CON IVA
incluido
1 INS000286 bajada flebo 1 canal
fotosen p/ bomba bic 144.000 Bombas de
Infusión
Volumétrica
850
14.575 UTM
2 INS000288 bajada flebo para
bomba bic 384.000 34.272 UTM
3
INS001097
jeringa desech bomba
infusión 20cc 144.000
Bombas de
Jeringa
Perfusor
213
6.890 UTM
4 INS001098 jeringa desech bomba
infusión 50 cc 144.000 11.925 UTM
5 INS001099
jeringa desech bomba
infusión desde 50 cc
opaca
96.000 9.716 UTM
6 INS000135 alargador 200 cm opaco
p/bomba jeringa 96.000 6.536 UTM
7 INS000134
alargador 200 cm
n/opaco p/bomba
jeringa
48.000 3.268 UTM
La cantidad total que se adquirirá por el hospital en esta compra corresponde a un consumo estimado de 48
meses.
Las cantidades solicitadas en la presente licitación son sólo referenciales y estimadas, por lo cual, pueden
disminuir o aumentar de acuerdo con las necesidades, contingencia, existencias y recursos financieros del
Hospital la Florida3. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
Los INSUMOS requeridos en esta adquisición deben cumplir además de la especificación técnica propia del
producto, establecida para cada uno de ellos en el Anexo N°03 publicado en el portal www.mercado
publico.cl, con todos y cada uno de los requerimientos señalados en estas Bases Administrativas y Técnicas.
El formato Excel ANEXO 03, de las especificaciones técnicas no podrá ser modificado y solo se deberán
contestar las preguntas allí expresadas. Si requiere entregar alguna explicación anexa de algún
requerimiento solicitado debe indicarlo en la columna Comentarios del oferente.
4. POLITICAS DE CANJE
El proponente que se adjudique se obliga ante el Hospital Clínico Metropolitano La Florida a cumplir con la
siguiente Política de Canje Obligatoria para los insumos adquiridos:
Se deberá cambiar o canjear los productos, cuando ocurra algunas de las siguientes situaciones:
a. Cuando los productos no cumplan con las especificaciones requeridas en estas bases de licitación.
b. Cuando los productos se entreguen en empaques dañados y/o defectuosos.
c. Cuando se detecten productos adulterados o mal rotulados.
d. Cuando los productos entregados sean de distinta calidad, materiales, procedencia y/o marca a la
adjudicada.
e. Cuando los productos fallen, se deterioren o rompan durante la garantía del producto, siempre y
cuando estas fallan no sean ocasionadas por mal uso del producto.
f. Cuando la temperatura del transporte sea distinta a la indicada por el fabricante.
Las situaciones descritas podrán ser verificadas y notificadas, tanto por personal de bodega como por el
referente técnico administrador de contrato, haciéndose efectiva obligatoriamente la Política de Canje al
Proveedor.
Para hacer efectiva la política de cambio, personal del Hospital se comunicará con la persona encargada del
contrato por parte del proveedor para solicitar a través de correo electrónico indicado en anexo N°01, el
correspondiente cambio o canje dentro de las 24 hrs. siguientes a la solicitud, so pena de aplicarse la multa
establecida en el numeral sobre multas de las Bases Administrativas.
5. STOCK CONTINUO
El oferente adjudicado debe mantener el stock suficiente de los insumos contratados a fin de garantizar la
continuidad del servicio del Hospital La Florida, resguardando no caer en quiebres de stock.
De ocurrir tal situación, el oferente deberá dar aviso oportunamente y adquirir dicho insumo en otra
empresa para cumplir dentro de los 10 días corridos desde la fecha original de entrega.
El producto adquirido en tales circunstancias debe ser de igual o superior calidad, debiendo solicitar
autorización previa al Hospital la Florida a través de la Unidad de Contratos.
La adquisición a terceros por parte del proveedor tendrá costo cero para el Hospital y el recargo en el valor
de los insumos será de su exclusiva responsabilidad.
La falta de stock no elimina la obligación de entregar los insumos dentro del plazo ofertado, ni exime de la
aplicación de multa por atraso en la entrega de productos.
En el caso que el oferente no pueda solucionar tal situación de quiebre dentro de los 10 días corridos, se
deberá cancelar la orden de compra emitida, aplicándose la multa establecida en bases administrativas.
Asimismo, el Hospital tendrá la facultad de adquirir los insumos a terceros, suspendiendo por este hecho las
recepciones de los insumos al proveedor hasta que se emita una nueva orden de compra en virtud de su
contratación. Ahora bien, en caso de que el Hospital adquiera el insumo con un tercero producto del
quiebre de stock, el proveedor adjudicado deberá hacerse cargo de la diferencia de precio entre el monto
ofertado en la presente licitación y el precio pagado al tercero por el insumo y que esta adquisición pudiese
ocasionar. Dicha diferencia podrá ser cobrada en la forma prevista en el numeral 12.6 de las bases
administrativas. Con todo y sin perjuicio de lo anterior, el gasto en que incurra el Hospital, en este caso, por
la adquisición del insumo a tercero, deberá ser imputado y rebajado del ítem presupuestario asignado a la
adjudicación de esta licitación.6.- DE LAS BOMBAS EN COMODATO
El proveedor adjudicado deberá proveer de las siguientes bombas en comodato, nuevos y sin uso, para el
Hospital La Florida.
EQUIPO EN COMODATO CANTIDAD DE
EQUIPOS
COMPATIBLE CON INSUMO
Bombas Infusión
Volumétrica 850
BAJADA FLEBO PARA BOMBA BIC
BAJADA FLEBO 1 CANAL FOTOSEN P/ BOMBA BIC
Bombas de Jeringa
Perfusor 213
JERINGA DESECH BOMBA INFUSIÓN 20CC
JERINGA DESCH BOMBA INFUSION 50 CC
JERINGA DESECH BOMBA INFUSION 50 CC
OPACA
ALARGADOR 200 CM OPACO P/BOMBA
JERINGA
ALARGADOR 200 CM N/OPACO P/BOMBA
JERINGA
El oferente adjudicado debe entregar las bombas en calidad de comodato con la información de la biblioteca
cargada.
6.1 biblioteca de medicamentos.
El proveedor adjudicado deberá coordinar la entrega de la información para actualizar las bibliotecas de
medicamentos de las bombas, mediante correo electrónico, con las EU de UCI adulto, Milena Hernandez y
UCI pediátrico, Camila Bahamondes.
6.2 Mantención de las bombas
Se requiere servicio de mantención preventiva y correctiva para las bombas en comodato, con el objetivo de
asegurar su correcto funcionamiento de los equipos.
Una vez firmada la resolución que aprueba el contrato, el adjudicado debe hacer entrega de un calendario
de mantenciones preventivas y protocolos (Programa de mantención) y el contacto (e-mail y teléfono) con
quien se deban gestionar estas mantenciones.
6.3 Mantención Preventiva
Implica realizar periódicamente, según indicaciones de fábrica, las siguientes actividades de inspección del
equipo, efectuar ajustes, calibraciones, limpieza, etc. El adjudicado deberá coordinar con la unidad de
Equipos Médicos del Hospital de La Florida para la realización de las mantenciones preventivas. Luego de
haber efectuadas las respectivas mantenciones y/o reparaciones pertinentes y que cumple con las normas
de seguridad, calidad y otras que regulen su funcionamiento, el oferente debe emitir un INFORME TÉCNICO
o certificado, el cual debe ser entregado a la Unidad de Equipos Médicos, que acredite el estado operacional
en que se encuentre el equipo y detallando las actividades realizadas junto al protocolo de mantención. La
mano de obra como los repuestos serán de costo del proveedor.
El horario para poder realizar las mantenciones será de lunes a jueves de 08:00 hasta 17:00 horas y los
viernes de 08:00 hasta las 16:00 horas.
6.4 SERVICIOS DE MANTENCIÓN PREVENTIVA Y CORRECTIVA DE EQUIPOS DE INSTALADOS EN
DEPENDENCIAS DEL HLF.
6.4.1De los servicios:
Los servicios de Mantención son los siguientes:
• Mantención Preventiva, Mano de Obra, Repuestos y kits de mantenimientos incluidos.• Mantención Correctiva, Mano de Obra y Repuestos incluidos a todo evento.
Todos los trabajos de mantención se deberán coordinar previamente con la Unidad de Equipos Médicos y se
deberán ejecutar en horario administrativo del Hospital para mantener la supervisión y control por parte del
Hospital. En caso de situaciones excepcionales fuera de ese horario deberá existir una coordinación previa
con el referente técnico con anticipación y validado por la Unidad de Equipos Médicos, cada reporte de
mantenimiento debe ser visado únicamente por la Unidad de Equipos Médicos.
Se deberá llevar un inventario y ficha técnica de cada equipo.
Será obligación del proveedor mantener y disponer de dicho equipamiento en óptimas condiciones de tal
forma de brindar un servicio de forma efectiva y segura, que permita garantizar la continuidad operacional
de las Unidades clínicas que mantengas en uso el equipamiento.
El adjudicado será responsable de las buenas prácticas de mantenimiento y procedimientos efectuados.
Además, será de su responsabilidad los daños producidos (en el equipo o en el recinto), durante la ejecución
de los trabajos de mantenimiento y/o reparación.
El servicio técnico, deberá llevar y actualizar una hoja de vida histórica de mantenimiento de los equipos, en
donde se consignarán todas las acciones de mantención preventiva o correctiva realizadas, con indicación
de: identificación del equipo, número de serie, fecha, repuestos cambiados, revisiones y controles
ejecutados, observaciones, etc. Las cuales deben ser entregadas a equipos médicos para actualización de
registros. Esta deberá estar disponible para revisiones mensuales o cuando el mandante lo amerite.
La pauta de inspección por cada equipo deberá contener la firma del técnico a cargo del mantenimiento, el
profesional del Depto. Dicha pauta deberá contar con una lista de chequeo del sistema, una descripción de
los trabajos y pruebas realizadas, fecha de inspección, operatividad, observaciones detalladas; describiendo
en estas, elementos que presentan detalles (con sus especificaciones técnicas), deterioros visibles y
recomendaciones, se deberá contar con hoja de servicio para las mantenciones preventivas y correctivas.
Si el equipo debe ser traslado fuera de las instalaciones del hospital, para su mantención, esta situación,
debe ser autorizada por referente técnico del hospital.
6.4.2 De la Mantención correctiva a todo evento de los equipos:
Cada vez que se reporte una falla no prevista, dado por defectos del equipo, falla usuaria u otras
circunstancias, estas serán de cargo del proveedor y el personal Técnico deberá concurrir a realizar la
Mantención correctiva según lo siguiente:
El Proveedor para reparar la falla antes aludida, deberá contar con stock de repuestos nuevos, usar
elementos nuevos, sin uso y contar con una calidad suficiente para resolver la falla, por lo que proveedor no
podrá utilizar imitaciones o partes que sólo corrijan la falla en un corto plazo. Solo se utilizarán repuestos
originales y/o validados por representante de la marca.
El Adjudicatario deberá entregar un informe técnico detallando los elementos que tuvieron mantención
correctiva a la Unidad de Equipos Médicos, en dicho informe se debe mencionar los tiempos de reparación
estimado.
En caso que la reparación de los equipos sea superior a los 20 días corridos, proveedor deberá sustituir
dichos equipos por otros operativos, que sean del mismo modelo con características iguales o superiores, sin
costos para el Hospital. Este reemplazo, deberá ser en un plazo no superior a las 72 horas desde la fecha de
llegada del informe técnico de mantención correctiva
6.4.3 Asistencia Técnica remota:
El oferente debe disponer de asistencia técnica remota, de lunes a Domingo en horario de 8:00 a 17:30 hrs
para las mantenciones correctivas, permitiendo una comunicación expedita vía telefónica o e-mail con el
servicio técnico.
El tiempo de respuesta del servicio técnico remoto no debe ser mayor a 6 horas corridas desde el aviso de
falla.
6.4.4 Asistencia en Terreno:En caso de que el equipo presente falla o mal funcionamiento que requiera mantención en terreno, la
unidad de Equipos Médicos informará mediante correo electrónico al adjudicado sobre el desperfecto.
El adjudicado tendrá 24 horas para asistir a las instalaciones del Hospital a corroborar el estado del equipo.
La reparación no podrá superar las 12 horas desde la llegada al Hospital y se deberá realizar en el horario de
lunes a jueves de 08:00 hasta 17:00 horas y los viernes y sábado de 08:00 hasta las 16:00 horas.
6.5 Upgrade Técnico De Equipos
En caso de que exista un upgrade técnico o de software de los equipos entregados durante la vigencia del
contrato, el adjudicado deberá proveer al hospital de la Florida la actualización de dichos equipos sin costo
alguno para el establecimiento.
7. CAPACITACIÓN
El oferente, una vez adjudicado el contrato, debe capacitar a funcionarios del hospital en el uso y
mantención de las bombas en comodato.
Esta capacitación es de costo del oferente y deberá ser realizada en las instalaciones del Hospital La Florida.
El Plazo de la capacitación estará incluido en el plazo de Puesta en marcha según el anexo 04 Plazos de
Entrega, so pena de aplicación de sanciones indicadas en el punto 12.3.- Multas letra j) de las bases
administrativas.
Esta capacitación debe ser evaluada y certificada formalmente por el proveedor.
Se deberá entregar certificado con el número de horas y nota de aprobación de la capacitación, el cual será
entregado a Jefatura de Equipos Médicos en un plazo no mayor a 15 días corridos transcurridos desde el
término de la capacitación, so pena de aplicación de sanciones indicadas en el punto 12.3.- Multas letra l) de
las bases administrativas.
En caso de que exista recambio de personal o que se requiera de capacitaciones extras por parte del HLF, el
proveedor deberá entregar estas nuevas capacitaciones cumpliendo todos los requisitos ya señalados, estas
nuevas capacitaciones se deberán realizar según coordinación con Referente Técnico y sin costo para el
Hospital las veces que sea necesario y sea requerido.
El proveedor, una vez firmado el contrato, debe hacer entrega del programa de capacitación.
El programa de capacitación deberá incluir al menos lo siguiente:
- Debe contener todos los elementos necesarios para el proceso de capacitación y estos se
encontrarán organizados de manera lógica.
- Debe asegurar el cumplimiento de los objetivos, conteniendo las actividades suficientes y
necesarias.
- Debe facilitar que las y los participantes apliquen en su práctica cotidiana los contenidos
aprendidos.
- Los plazos establecidos en el plan de trabajo y los recursos asociados deben emitir efectivamente el
desarrollo de las actividades propuestas.
- Debe permitir objetivar tanto al Hospital como al proponente, los aprendizajes logrados en el curso
por parte de los y las participantes.
- Las horas profesionales destinadas a la capacitación, por parte del adjudicado, deben otorgar
garantía respecto del cumplimiento de los objetivos y resultados esperados.
8. CATÁLOGOS, MANUALES, FOLLETOS Y FICHA TÉCNICA
De acuerdo a la tecnología de cada equipo en comodato ofertado, el proveedor deberá entregar al
momento de la entrega a lo menos dos manuales de usuarios en versión digital, los cuales deben ser
originales del fabricante.
El manual antes indicado debe ser en idioma inglés y español, a menos que en el listado de especificaciones
técnicas se explicite lo contrario. En caso que los manuales se encuentren en otro idioma con respecto al
solicitado, el proveedor deberá proporcionar dichos manuales traducidos al español. Estos manuales serán
requisito para la Recepción Definitiva Conforme.
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