1.- OBJETO DE LAS BASES |
Las presentes bases de licitación son formuladas para establecer la regulación del proceso de adquisición de
“EQUIPOS PARA SISTEMA DE SEGURIDAD DEL EX CRS BELLAVISTA DE LA FLORIDA”, y reglamentan entre
otros aspectos las condiciones que deben cumplir las ofertas, las etapas del proceso licitatorio, su forma de
evaluación y adjudicación, las condiciones de los contratos, y todos los aspectos necesarios para el correcto
proceso de adquisición.
Cabe hacer presente que los equipos deben ser nuevos y sin uso, todo lo anterior debe ajustarse a las
especificaciones de estas bases.
Las cantidades de los productos solicitados en la presente licitación son referenciales y estimados, por lo cual,
pueden disminuir o aumentar de acuerdo a las necesidades, contingencia, existencias y recursos financieros
del Hospital la Florida.
Los oferentes deberán ofertar en todas las líneas de productos, en caso contrario su oferta será declarada
inadmisible. Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la totalidad de los antecedentes
contenidos en la oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley N° 19.886.
No podrá el proveedor ofertar complementos, extras, ni accesorios no contemplados en los requerimientos
de estas Bases. Cualquier extra no requerido no será considerado en la evaluación.
Los productos solicitados, así como el monto estimado de gasto, asignado, se encuentra detallado en las bases
Técnicas de licitación.
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2.- DISPOSICIONES PRELIMINARES |
2.1.- De los oferentes
Podrán participar en esta licitación las personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras que realicen sus
ofertas a través del sistema de información www.mercadopublico.cl. Del mismo modo podrán participar en
el presente proceso, las personas naturales y/o jurídicas que decidan asociarse a través de la unión temporal
de proveedores, regulada en el artículo 67 bis del Decreto Nº 250 del 2004 del Ministerio de Hacienda, que
aprueba el reglamento de la Ley Nº 19.886.
Tratándose de personas naturales o jurídicas extranjeras, deberán al momento de contratar contar con
agencia y domicilio en Chile, con un representante con mandato y poder suficiente para contratar a nombre
del mandante, y para responder de las obligaciones que emanen del contrato respectivo, de acuerdo a la
normativa vigente, y sin perjuicio de las normas que sobre el particular establezcan tratados o convenios
internacionales vigentes suscritos por Chile y por el país de origen de dicha persona natural o jurídica.
Para estos efectos, la documentación que deberá exigirse a las empresas extranjeras, se hará conforme a lo
dispuesto en la ley N°20711, en caso de ser ello procedente.
En cuanto a la aplicabilidad de los Tratados Internacionales a los que se hace alusión en este apartado, será
pertinente en la medida que tales instrumentos hayan sido suscritos y ratificados por Chile.
Todo Proponente u Oferente interesado en presentar Oferta deberá estudiar cuidadosamente las Bases
Administrativas y Técnicas, debiendo informarse de todas las condiciones que de alguna manera afecten el
costo de los bienes y/o servicios ofertados, tales como permisos que deben obtenerse, leyes o reglamentos
que puedan ser aplicables, entre otros. Cualquier omisión por parte del Oferente, será a su propio riesgo y
sólo él será responsable de los errores u omisiones en que incurra. El Proponente sufragará todos los costos
relacionados con la preparación y presentación de su oferta. El Hospital no será responsable en caso alguno
de dichos costos, cualquiera sea el resultado de la Licitación.
2.2.- Unión temporal de los proveedores
Se entenderá como unión temporal de proveedores, si dos o más proveedores se unen para el efecto de
participar en un proceso de compra, deberán establecer, en el documento que formaliza la unión, a lo menos,
la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad y el
nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes.
Cuando se trate de adquisiciones inferiores a 1.000 UTM, el representante de la unión temporal de
proveedores deberá adjuntar al momento de ofertar, el documento público o privado que da cuenta del
acuerdo para participar de esta forma.
Para contrataciones iguales o superiores al monto indicado, y sin perjuicio del resto de las disposiciones legales
y reglamentarias que resulten aplicables, el acuerdo en que conste la unión temporal deberá materializarse
por escritura pública, como documento para contratar, sin que sea necesario constituir una sociedad.
Si la Entidad exige la inscripción en el Registro de Proveedores para suscribir el contrato, cada proveedor de
dicha unión temporal deberá inscribirse.
Al momento de la presentación de las ofertas, los integrantes de la Unión determinarán qué antecedentes
presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique
ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes
de la misma.
La vigencia de esta unión temporal de proveedores no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado.
2.3.- Inhabilidades para participar en la Licitación y/o Contratar
No podrán participar como oferentes, ni contratar con el estado, las personas naturales o jurídicas, nacionales
o extranjeras, afectos a alguna de las prohibiciones, inhabilidades o incompatibilidades para contratar con
órganos y organismos de la Administración del Estado, contempladas en los incisos 1º y 6º respectivamente
del artículo 4º de la Ley Nº 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de
Servicios y su normativa complementaria.
Tampoco podrán contratar quienes hayan sido condenados, a esta inhabilidad, por el Tribunal de Defensa de
la Libre Competencia en conformidad con lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 26, letra d), del DFL
N° 1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fijó el texto refundido, coordinado
y sistematizado del DL N° 211, de 1973, que fijó normas para la defensa de la libre competencia
Tratándose de personas jurídicas, además, no deben haber sido condenadas a pena de prohibición de celebrar
actos y contratos con organismos del Estado, de conformidad con la Ley N° 20.393, que establece la
Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas en los Delitos de Lavado de Activos, Financiamiento del
Terrorismo y Delitos de Cohecho que Indica.
Tratándose de la unión temporal de proveedores, cualquiera de las causales de inhabilidad para la
presentación de las ofertas, para la formulación de la propuesta o para la suscripción de la convención,
establecidas en la legislación vigente, afectarán a cada integrante de la Unión individualmente considerado.
En caso de afectar una causal de inhabilidad a algún integrante de la Unión, ésta deberá decidir si continuará
con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o se
desiste de su participación en el respectivo proceso.
Todo lo anterior, aun cuando, cumplan con los requisitos técnicos establecidos en las presentes bases de
Licitación.
2.4.- Aceptación del contenido de las bases
Los oferentes por el sólo hecho de presentarse a la Licitación aceptan y se entenderán en cabal conocimiento
de estas Bases, así como también de las características de la provisión de los bienes que se requieren y de las
Modificaciones de Bases y aclaraciones publicadas en su oportunidad, por el solo hecho de presentar sus
ofertas, por lo que se declaran conformes con ellas y no tienen reservas ni observaciones que formular,
debiendo ajustarse a ellas en todo momento.
2.5.- Presentación de documentos
El idioma español regirá para todo el proceso de Licitación, para todos los documentos asociados y aquellos
que posteriormente origine la materialización de la adjudicación.
Todos los antecedentes y formularios deberán ser anexados a la respectiva oferta presentada en idioma
español, en formatos digitales utilizando para estos efectos Word (como procesador de textos), Excel (planilla
electrónica) e imágenes digitalizadas en formatos PDF.
Para estos efectos, la documentación que deberá exigirse a las empresas extranjeras, se hará conforme a lo
dispuesto en la ley N°20711, en caso de ser ello procedente.
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3.- ANTECEDENTES QUE RIGEN EL PROCESO DE COMPRA |
Junto a la Ley N° 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y al
Decreto N° 250 de fecha 09 de marzo de 2004, del Ministerio de Hacienda y sus modificaciones, forman parte
integrante de los documentos de la presente licitación los que a continuación se señalan, los cuales regirán
de forma obligatoria y complementaria, y en caso de discrepancia prevalecerán en el orden de prelación que
se indica:
• Las presentes Bases Administrativas, Bases Técnicas, Anexos y sus modificaciones
• Las Respuestas y/o Aclaraciones realizadas en esta licitación.
• Los antecedentes económicos, técnicos y administrativos presentados por el oferente adjudicado.
• Ley 20.584, que Regula Los Derechos y Deberes que tienen las Personas en relación con acciones
vinculadas a su atención de salud.
• Normas de Derecho Público
• Normas de Derecho Privado
Lo anterior, es sin perjuicio de la facultad interpretativa de la Contraloría General de la República y del Tribunal
de Contrataciones Públicas.
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4.- DEFINICIÓN DE TÉRMINOS |
Se aplicarán en las presentes Bases Administrativas, Bases Técnicas y en los Anexos, los términos y definiciones
establecidos en la Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de
Servicios y en el Decreto N° 250 de 2004 del Ministerio de Hacienda que aprueba el Reglamento de la Ley
19.886, y sus modificaciones, más los que a continuación se indican:
• Hospital Clínico Metropolitano La Florida Dra. Eloísa Díaz Insunza Hospital La Florida u Hospital o HLF:
Establecimiento asistencial de alta complejidad, RUT 65.075.485-9, ubicado en Av. Froilán Roa Nº 6542,
comuna La Florida, Santiago de Chile.
• Días Hábiles: Son todos los días de la semana, excepto los sábados, domingos y festivos.
• Días Corridos: Son los días de la semana que se computan uno a uno en forma correlativa. Salvo que se
exprese lo contrario, los plazos de días señalados en las presentes bases de licitación podrán ser de días
corridos. En todos los casos, el plazo de cierre para la recepción de ofertas no podrá vencer en días
inhábiles ni en un día lunes o en un día siguiente a un día inhábil, antes de las quince horas. Todos los
plazos de días que se haga mención en las presentes bases se entenderán que han de ser completos y
correrán además hasta la media noche del último día del plazo. Lo anterior, salvo en aquellos casos en que
se indique hora exacta, y siempre y cuando se respeten los plazos mínimos legales establecidos por el
ordenamiento jurídico.
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5.- DISPOSICIONES GENERALES |
5.1-Comunicaciones
Cualquier comunicación que deba realizar el Hospital a los proponentes, la publicará en el portal
www.mercadopublico.cl. Así mismo, cualquier comunicación que los proponentes requieran realizar al
Hospital deberá ser a través de igual medio.
5.2.- Consultas a los Antecedentes de la Licitación.
El oferente que tenga dudas respecto de la licitación debe efectuar sus consultas única y exclusivamente a
través del Foro del Sistema de Información y de acuerdo al plazo del numeral 5.4 de las presentes bases. No
se atenderá ni aceptará ningún tipo de consulta por otro medio.
Las consultas que se reciban pasada esa fecha, no obtendrán respuesta.
En las consultas, se deberá indicar la página y punto de las bases y/o el número del anexo objeto de la consulta.
Se considerará que estas aclaraciones formarán parte integral de las bases y por tanto se presumen conocidas
y su aplicación obligatoria para todos los oferentes.
El conocimiento del contenido de las aclaraciones emanadas del Hospital La Florida, es de exclusiva
responsabilidad de los oferentes.
5.3.- Entrega de Respuestas y Aclaraciones a los Antecedentes de la Licitación
Las respuestas a las consultas se publicarán en www.mercadopublico.cl en un solo documento, a todos los
proponentes que participen en la licitación, en el plazo señalado en el numeral 5.4 de las presentes bases.
Se considerará que estas aclaraciones formarán parte integral de las bases y por tanto se presumen conocidas
y su aplicación obligatoria para todos los oferentes.
El conocimiento del contenido de las aclaraciones emanadas del Hospital La Florida, es de exclusiva
responsabilidad de los oferentes.
5.4.- Cronograma de la Licitación
Para los efectos de esta licitación se establece el siguiente cronograma:
Publicación de Bases
de Licitación
Las Bases se encontrarán publicadas durante 10 (diez) días corridos, desde la
fecha que se suban al portal www.mercadopublico.cl hasta el día de cierre de las
ofertas.
Visita a Terreno Todo oferente que participe en esta licitación deberá asistir a una visita a
terreno de carácter obligatorio, la cual tendrá como punto de partida la unidad
de Licitaciones ubicada en las dependencias del Ex CRS (CESFAM provisorio
Bellavista) emplazada en Avenida Froilán Roa 6420.
Esta visita se realizará en la siguiente fecha y horario:
• El tercer día hábil contado desde la publicación de la licitación, a las
10:00 am en las dependencias del CRS Bellavista.
• Se permitirá solamente un margen de 5 minutos de retraso en la
llegada. Aquel proveedor que se presente posterior a este tiempo, no
podrá participar en la visita a terreno, siendo su oferta declarada
inadmisible.
Sera de exclusiva responsabilidad del oferente estar a la hora, el día y en el lugar
establecido en las presentes bases.
Las ofertas de los proponentes que no participen en esta visita a terreno
obligatoria, SERAN DECLARADAS INADMISIBLES.
La visita se realizará sólo en la fecha y en el horario establecido y solamente con
los participantes que se presenten en tiempo y forma.
Consultas de las Bases El oferente podrá hacer consultas sobre las Bases de Licitación, hasta las 23:59
horas del cuarto día corrido contado desde la publicación de éstas y sólo a través
de www.mercadopublico.cl.
Respuestas y
Aclaraciones
Se dará respuesta a las consultas de las Bases, el quinto día corrido contado
desde la publicación de Bases, a través de www.mercadopublico.cl
Si el quinto día fuere sábado, domingo o festivo, el plazo se extenderá hasta el
primer día hábil siguiente.
Cierre de recepción de
las ofertas
Los oferentes podrán presentar sus ofertas hasta el décimo día corrido contado
desde la publicación de bases hasta las 16 horas, a través de
www.mercadopublico.cl, De acuerdo con lo preceptuado en el inciso penúltimo
del artículo 25 del decreto N° 250, de 2004, no podrá vencer en días inhábiles o
en un día lunes o en un día siguiente a un día inhábil antes de las 15:00 hrs.
Si el décimo día fuere sábado, domingo o festivo, el plazo se extenderá hasta el
primer día hábil siguiente.
Apertura de las ofertas El acto de Apertura se efectuará a través de www.mercadopublico.cl. La apertura
se realizará desde las 16:01 hrs de la fecha del cierre de las ofertas y hasta los 2
(dos) días hábiles siguientes al cierre.
Evaluación de
admisibilidad
La evaluación de admisibilidad se realizará en la apertura de las ofertas y
consistirá en la revisión de todos los documentos y anexos obligatorios
publicados por los oferentes, exigidos en bases de licitación, junto a la
verificación de la entrega física o electrónica del documento en garantía de la
seriedad de la oferta (si se ha solicitado en el proceso licitatorio). Todo, sin
perjuicio ni limitación a que, con posterioridad, pueda detectarse una causal de
inadmisibilidad en la presentación de algún oferente durante la etapa de
evaluación Administrativa, Técnica y Económica.
Evaluación
Administrativa,
Técnica y Económica
de las Ofertas
La evaluación Administrativa, Técnica y Económica de las ofertas se realizará
desde el día hábil siguiente de la evaluación de admisibilidad y no podrá exceder
de 5 (cinco) días hábiles.
Adjudicación La adjudicación de la Licitación se realizará dentro de los 3 (tres) días hábiles
contados desde el término de la evaluación.
Suscripción del
contrato
El oferente adjudicado, cuando corresponda, estará obligado a firmar el
contrato, dentro de los 5 días hábiles siguientes al envío del contrato.
5.4.1- Visita a Terreno Obligatoria
Todo oferente que participe en esta licitación deberá asistir a una visita a terreno de carácter obligatorio, en
dependencias del Hospital.
Esta Visita se realizará en las fechas indicadas en el numeral 5.4 de las presentes bases.
El objeto de la visita obligatoria es que los oferentes conozcan la ubicación y el recinto donde se realizará
instalación de los equipos.
Las ofertas de los proponentes que no participen en esta visita a terreno obligatoria, SERÁN DECLARADAS
INADMISIBLES.
El lugar de encuentro para comenzar la visita a terreno será en oficinas de la Unidad de Licitaciones, ubicada
en las dependencias del Ex CRS (CESFAM Provisorio Bellavista), emplazado en Avenida Froilán Roa 6420.
Durante la visita a terreno no se responderán consultas de ningún tipo sobre el proceso licitatorio ni sobre las
Bases de licitación que lo sustentan. Tampoco se responderán consultas técnicas ni sobre las instalaciones
visitadas. Cualquier comentario o respuesta emitida en dicha visita no será considerada como parte de este
proceso ni de sus bases, ni podrá ser alegada por los oferentes como antecedente para presentar su oferta.
Las consultas derivadas de la visita a terreno deberán formularse por los oferentes solo por escrito en el portal
Mercado Publico y dentro de los plazos establecidos para ello.
Para dejar constancia de su visita el oferente deberá firmar el Acta de Visita a Terreno, documento adjunto
más abajo, dispuesto por Hospital durante el día de la visita. Es obligación del oferente exigir firmar este
documento. El oferente que no firme el Acta de Visita a Terreno, se entenderá que no concurrió al Hospital
en el día y hora señalada, declarándose INADMISIBLE SU OFERTA.
Dada la situación actual del país, por contingencia Covid-19 y tratándose de un recinto hospitalario, se
aceptará solo 1 representante por empresa, el cual deberá acudir con todos sus elementos de protección
personal.
La visita se realizará sólo en la fecha y el horario establecido y sólo con los participantes que se presenten en
tiempo y forma. Sólo se permitirá un margen de 5 minutos de atraso.
5.5.- Modalidad de Propuesta
Las propuestas se presentarán a través de www.mercadopublico.cl en pesos, con valores unitarios sin IVA., y
según la cantidad solicitada por cada línea. Además, se deberán presentar todos los anexos solicitados los
cuales deberán tener el producto requerido claramente identificado.
El valor ofertado deberá incluir todos los gastos en los que incurra el adjudicatario hasta su total recepción
conforme, comprendiéndose entre ellos, por ejemplo, los relativos a capacitación, fletes incluidos, derechos,
patentes, legalización de documentos, etc.
Los oferentes deberán ofertar en todas las líneas de productos, en caso contrario su oferta será declarada
inadmisible. Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la totalidad de los antecedentes
contenidos en la oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley N° 19.886.
En cada una de las líneas los oferentes podrán presentar para esa línea una sola oferta o bien una oferta
principal y otra alternativa.
5.6.- Ofertas Alternativas
Los proponentes podrán presentar una oferta alternativa, la que será estudiada por el Hospital como una
oferta más. La oferta alternativa deberá ser identificada en el Portal Mercado Público como “Oferta
Alternativa”.
5.7.- Validez de las Ofertas
Las ofertas deberán tener una validez mínima de 180 días corridos, contados desde la fecha de cierre de las
ofertas. La oferta cuyo período de validez sea menor al requerido, dará causa a declararla inadmisible. Si nada
señala la oferta, se entenderá que la oferta tiene una validez de 180 días corridos para todos los efectos. Lo
anterior, sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la totalidad de los antecedentes contenidos en la
oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley N° 19.886.
Vencido este plazo, y si no se hubiere realizado la adjudicación o no se haya firmado el contrato, por razones
internas del Hospital, este podrá solicitar a los Proponentes la prórroga de sus ofertas y garantías. Los
Proponentes podrán ratificar sus ofertas o retirarlas, formalizando su decisión mediante comunicación escrita
dirigida al Hospital y la entrega de nueva garantía.
La comunicación se realizará a través de correo electrónico, al correo indicado por el oferente en el ANEXO
N°1. El Oferente tendrá el plazo de cinco (5) días hábiles para responder y entregar nueva garantía. De no
recibir respuesta se entenderá que el Oferente no tiene interés en perseverar con su propuesta.
Desde el día siguiente hábil contado de la comunicación del Oferente de no perseverar en la propuesta, o
vencido el plazo de respuesta sin que el Oferente se pronuncie al respecto, se pondrá a disposición de los
Proponentes para su devolución la garantía a aquellos que no accedan a la prórroga.
5.8.- Garantía de Seriedad de la Oferta
En este proceso no se solicitará Garantía de Seriedad de la oferta.
5.9.- Devolución y Cobro de la Garantía de Seriedad de la Oferta
En este proceso no se solicitará Garantía de Seriedad de la oferta.
5.10.- Modificación de las Bases
En cualquier momento, antes del cierre de recepción de ofertas, el Hospital podrá introducir modificaciones
a los documentos de licitación por medio de un acto administrativo publicado a través del portal electrónico
www.mercadopublico.cl, si estima que ello resulta esencial para los fines y/o correcto desarrollo del proceso
licitatorio.
En caso de que lo anterior ocurra, el Hospital La Florida podrá otorgar un plazo prudencial a los oferentes para
que puedan conocer y adecuar sus ofertas a las modificaciones introducidas, pudiendo, modificar la fecha de
cierre para estos efectos, lo cual será informado por el portal Mercado Público junto con las modificaciones,
una vez que el acto administrativo que las aprueba se encuentre totalmente tramitado.
En el evento de modificarse la fecha de cierre, el plazo para ofertar se ampliará en la cantidad de días que se
señale en www.mercadopublico.cl.
Es exclusiva responsabilidad del Proponente la revisión del Portal, con el objeto de informarse sobre lo
expuesto en este punto y en el punto 5.3. Así mismo, es obligación del oferente, una vez cerrada la
presentación de ofertas, revisar el Foro Inverso y responder las aclaraciones que se le soliciten por esta vía.
5.11.- Pacto De Integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el
presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en
el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos
integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea
considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los
siguientes compromisos:
1. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios,
dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación
con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que
eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que
pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la
posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
2. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que
tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta
o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o
naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas.
3. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para
efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la
veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
4. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas
costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
5. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en
las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
6. El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación,
así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
7. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria,
con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la
posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
8. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones
anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o
asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o
indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose
plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades
individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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6.- DE LAS PROPUESTAS |
Es responsabilidad de los oferentes presentar sus propuestas en tiempo y forma, es decir, en el plazo fijado
en el numeral 5.4 y con toda la información requerida en las presentes bases, de manera tal que permita una
evaluación objetiva, certera, entendible y transparente de todas y cada una de ellas.
Los archivos, documentos y/o anexos, que constituyan la oferta y que deben publicarse en el portal
www.mercadopublico.cl por el oferente, deben ingresarse al portal con el nombre asignado en estas bases,
de modo que sean fácilmente identificables para el evaluador, ejemplo: Anexo Nº02 Declaración Jurada.
Debe respetarse dicha fórmula de nomenclatura y el formato electrónico de cada anexo, a fin de facilitar la
identificación de los documentos y el proceso de evaluación, es decir deberá incorporarse con la mencionada
formula de nomenclatura y en el formato electrónico en el que originalmente figura el anexo (Excel, Word u
otro).
Los anexos Nº01 y 02 se deben presentar uno por cada oferente, es decir, si un oferente presenta oferta
alternativa, no es necesario ingresarlos por cada una de las ofertas.
La no presentación de cualquiera de los Anexos señalados como OBLIGATORIOS, hará inadmisible la oferta.
Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la totalidad de los antecedentes contenidos en la
oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley N° 19.886.
Los antecedentes solicitados en la presente licitación deben subirse a las carpetas disponibles del proceso en
www.mercadopublico.cl, agrupadas según se señala a continuación:
CARPETA ADMINISTRATIVA.
ANEXO NOMBRE ANEXO DESCRIPCIÓN ANEXO
01 PRESENTACIÓN DEL
OFERENTE
Documento en el cual el oferente indica información básica y esencial
respecto de su identificación. Debe adjuntarse en la carpeta administrativa
con el nombre: Anexo N°01 Presentación Del Oferente.
02 DECLARACIÓN
JURADA
Documento en el cual el oferente declara cumplir con las disposiciones
generales de la Ley de Compras y su respectivo Reglamento para ofertar y
contratar con el Estado. Debe adjuntarse en la carpeta administrativa con el
nombre: Anexo N°02 Declaración Jurada Del Oferente.
Por contener este documento la Declaración Jurada exigida para ofertar,
este anexo se considera un ANEXO OBLIGATORIO, por tanto, su no
presentación hará inadmisible la oferta. Lo anterior, sin perjuicio de que se
efectuará la revisión de la totalidad de los antecedentes contenidos en la
oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley N° 19.886.
Si el oferente es una UTP (Unión Temporal de Proveedores), cada integrante
de la UTP deberá presentar junto a la oferta la Declaración Jurada como
oferente de forma individual junto a la oferta de la UTP antes del cierre de
la Licitación.
No están obligados a presentar este Anexo N°02 Declaración Jurada,
aquellos oferentes que estén inscritos y en estado hábil en el portal
www.chileproveedores.cl y que posean en este registro publicado la
declaración para ofertar exigida por la normativa vigente y por estas bases,
a la fecha del cierre de las ofertas.
Además, los oferentes deben identificarse y acreditar su existencia, para ello deberá acompañar los siguientes
documentos en la Carpeta Administrativa:
a) Si es persona natural:
- Imagen digitalizada de la cédula nacional de identidad.
b) Si es persona jurídica:
El oferente deberá acreditar la vigencia de la sociedad, y para ello deberá presentar uno de los siguientes
documentos:
▪ Imagen digitalizada del certificado de vigencia de la sociedad oferente de data no superior a tres (3)
meses contados desde la presentación de la oferta, emitido por el Conservador de Bienes Raíces.
▪ Imagen digitalizada de la escritura pública de constitución de la sociedad y de todas sus modificaciones.
▪ Imagen digitalizada del certificado de vigencia emitido por el Ministerio de Economía, Fomento
Turismo para aquellas empresas creadas bajo el régimen establecido por la Ley N° 20.659, de data no
superior a tres (3) meses contados desde la presentación de la oferta.
El oferente deberá acreditar la vigencia de poderes del Representante Legal de la Sociedad, y para ello deberá
presentar la imagen digitalizada del RUT del oferente y de la cédula de identidad de su representante legal y
uno de los siguientes documentos:
▪ Imagen digitalizada del certificado de vigencia de poderes del representante legal del oferente, de data
no superior a tres (3) meses contados desde la presentación de la oferta, emitido por el Conservador
de Bienes Raíces.
▪ Imagen digitalizada del certificado de vigencia de la sociedad oferente de data no superior a tres (3)
meses contados desde la presentación de la oferta, emitido por el Conservador de Bienes Raíces, en
que consten los poderes otorgados al representante legal de la empresa.
▪ Imagen digitalizada del certificado de estatuto actualizado emitido por el Ministerio de Economía,
Fomento y Turismo para aquellas empresas creadas bajo el régimen establecido por la Ley N° 20.659,
de data no superior a tres (3) meses contados desde la presentación de la oferta.
No están obligados a acreditar su existencia y vigencia aquellos oferentes que estén inscritos y en estado hábil
en el portal www.chileproveedores.cl a la fecha del cierre de las ofertas cuyos respaldos e información para
acreditar su existencia y vigencia, se encuentren ya publicados en dicho portal.
CARPETA TÉCNICA
ANEXO NOMBRE ANEXO DESCRIPCIÓN ANEXO
03 ESPECIFICACIONES
TECNICAS
Documento Excel en el cual el oferente debe indicar si cumple con la
información técnica respecto del bien y/o servicio ofertado.
Para acreditar si cumple o no el requisito técnico, debe adjuntar todos los
documentos, fotografías y/o certificados que respalden su información,
según los requerimientos de las presentes bases.
El proponente deberá descargar archivo Excel “Anexo N°03 Especificaciones
Técnicas” publicado en el portal www.mercadopublico.cl. y completar con la
información señalada según cumpla o no las características solicitadas.
Las propuestas que no cumplan o no logren acreditar alguno de los requisitos
técnicos OBLIGATORIOS, serán declaradas inadmisibles y no serán
evaluadas.
Una vez completada la tabla Excel con la información requerida, debe
adjuntarse en la carpeta técnica con el nombre: Anexo N°03 Especificaciones
Técnicas.
ANEXO OBLIGATORIO, por tanto, su no presentación hará inadmisible la
oferta. Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la
totalidad de los antecedentes contenidos en la oferta, de acuerdo al artículo
9 de la Ley N° 19.886.
04
PLAZO DE ENTREGA
Y PUESTA EN
MARCHA
Documento en que se indica el plazo ofertado por el proveedor para la
entrega del equipo, instalación, puesta en marcha y capacitación, de acuerdo
a las Bases Administrativas y demás documentos que forman parte de la
licitación.
El plazo de entrega y puesta en marcha, considera el tiempo ofertado por el
proveedor para realizar la entrega de los equipos al hospital, instalación de
los equipos, pruebas de funcionamiento y capacitación a personal del
hospital para el uso del equipo, con recepción conforme por parte del
Referente Técnico del Hospital
El plazo de entrega y puesta en marcha se deberá expresar en días corridos.
Si el proveedor señala en su oferta días hábiles, su oferta será declarada
inadmisible.
Si el proveedor no señala expresamente en su oferta si son días hábiles o
corridos, se entenderán que son días corridos, para todo efecto.
Se establece que el límite base para el plazo de entrega y puesta en marcha,
es de 1 día (es decir tiempo mínimo), cualquier otro inferior, se considerará
con igual puntaje a dicho límite de referencia, es decir se debe ofertar desde
1 día en adelante. En caso de presentar la oferta un rango de entrega se
evaluará basándose en el mayor periodo de tiempo especificado (por
ejemplo, si se oferta una entrega entre 2 a 5 días, se evaluará como si se
hubiera ofertado 5 días de entrega).
EL PLAZO OFERTADO NO PODRÁ SER SUPERIOR A 30 DÍAS CORRIDOS. SI EL
PROVEEDOR SEÑALA EN SU OFERTA UN PLAZO SUPERIOR A ESTE, SU
OFERTA SERÁ DECLARADA INADMISIBLE. LO ANTERIOR, SIN PERJUICIO DE
QUE SE EFECTUARÁ LA REVISIÓN DE LA TOTALIDAD DE LOS ANTECEDENTES
CONTENIDOS EN LA OFERTA, DE ACUERDO AL ARTÍCULO 9 DE LA LEY N°
19.886.
El horario para realizar la instalación de los equipos, será de lunes a viernes
de 17 pm a 07 am y sábados y domingos las 24 horas del día.
El plazo ofertado se entiende comenzará, a partir de la fecha de la aceptación
de la Orden de Compra emitida por el Hospital en el portal
www.mercadopublico.cl. El proveedor deberá aceptar la Orden de compra
en el plazo de 24 horas desde su publicación. Vencidas las 24 horas sin
respuesta en el portal, se entenderá que la Orden de compra ha sido
aceptada tácitamente por el proveedor, comenzando a correr los plazos de
entrega. Todo, sin perjuicio, de lo señalado en la cláusula de estas bases,
sobre El Pago.
Una vez completados los datos, debe adjuntarse el documento en la carpeta
técnica con el nombre: “Anexo N°04 Plazo de entrega y puesta en marcha”.
ANEXO OBLIGATORIO, por tanto, su no presentación hará inadmisible la
oferta. Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la
totalidad de los antecedentes contenidos en la oferta, de acuerdo al artículo
9 de la Ley N° 19.886.
05
CERTIFICADO
COMPORTAMIENTO
CONTRACTUAL
ANTERIOR
Documentos que indican la identificación de los clientes con los que tenga o
haya tenido contratos del mismo rubro y envergadura de los equipos
requeridos en la presente licitación y que certifican que el oferente ha
tenido un comportamiento contractual intachable.
Para estos efectos se considerarán del mismo rubro, contratos referidos a la
venta de los mismos equipos requeridos en esta adquisición y de la misma
marca ofertada y se considerará de la misma envergadura cuando los
contratos se hayan celebrado con instituciones de salud pública o privada. Si
no concurren estas dos condiciones en conjunto, el certificado no será
considerado en la Evaluación.
Los Certificados de Comportamiento Contractual Anterior, deberán
presentarse firmados por la persona facultada para ello de la respectiva
empresa o institución, identificándose en el mismo como tal y con el timbre
de la Institución que adquirió los equipos. No serán considerados para la
evaluación los Certificados de Comportamiento Contractual Anterior
emitidos por el propio oferente, por las entidades del grupo empresarial al
que pertenece la empresa o sociedad oferente o por las personas jurídicas
que tengan, respecto de la empresa o sociedad oferente, la calidad de
matriz, coligante, filial o coligada, en conformidad a las definiciones
contenidas en la Ley N° 18.046.
El Hospital se encontrará facultado para confirmar los antecedentes
entregados, contactando a las respectivas Instituciones que hayan otorgado
dichas certificaciones.
En consecuencia, los antecedentes y clientes del oferente, que no puedan
ser acreditados o confirmados a través de la presentación y revisión de
estos certificados, se entenderán como no presentados, para efectos de la
evaluación.
Para la Evaluación se considerará sólo la presentación hasta un máximo de 6
certificados de clientes distintos, que hayan adquirido los equipos en los
últimos 24 Meses desde la publicación de esta Licitación.
Si el oferente presenta más de 6 certificados, sólo se considerarán los 6
certificados donde consten las contrataciones de fechas más recientes.
Estos certificados deben adjuntarse en la carpeta técnica con el nombre:
“Anexo N°05 Certificado Comportamiento Contractual Anterior”.
06
ORDENES DE
COMPRA
Anexo en el cual el proveedor deberá ingresar las órdenes de compra:
c) Para organismos de salud pública, órdenes de compra de Mercado
Publico aceptadas por el oferente y donde conste expresamente su
recepción conforme.
d) Para organismos de salud privada, orden de compra y factura
correspondiente.
Se deberá acreditar experiencia en venta del mismo bien y/o servicio
ofertado dentro de los 24 meses anteriores a la presentación de oferta.
Se deberán adjuntar las órdenes de compra en la carpeta técnica con el
nombre Anexo N°06 “Órdenes de compra”
08 GARANTÍA TÉCNICA
Documento que debe especificar los meses de garantía técnica ofertado por
el proveedor, los cuales en ningún caso podrá ser menor a 12 meses.
Si el proveedor oferta una garantía técnica menor a 12 meses, su oferta será
declarada inadmisible. Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará la
revisión de la totalidad de los antecedentes contenidos en la oferta, de
acuerdo al artículo 9 de la Ley N° 19.886.
Una vez completados los datos, debe adjuntarse el documento en la carpeta
técnica con el nombre: “Anexo N°08 Garantía técnica”
ANEXO OBLIGATORIO, por tanto, su no presentación hará inadmisible la
oferta. Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la
totalidad de los antecedentes contenidos en la oferta, de acuerdo al artículo
9 de la Ley N° 19.886.
CARPETA ECONÓMICA
ANEXO NOMBRE ANEXO DESCRIPCIÓN ANEXO
07 CARTA OFERTA
Documento donde se oferta el valor unitario y total, sin IVA y en pesos
chilenos, por el bien ofertado, incluidos todos los gastos en los que incurra el
adjudicatario hasta su total recepción conforme, comprendiéndose entre
ellos por ejemplo los relativos a capacitación, fletes incluidos, derechos,
patentes, etc.
Una vez completado el documento, debe adjuntarse en la carpeta Económica
con el nombre: Anexo N°07 Carta Oferta
El oferente deberá asegurarse que el valor contenido en el documento que
conforma la oferta, sea igual al valor ingresado en el campo correspondiente
en el portal www.mercadopublico.cl. En caso de existir discrepancias entre el
valor indicado en el anexo y el valor ingresado en el portal, prevalecerá la
oferta subida en cada línea de producto a www.mercadopublico.cl. Se
establece expresamente que si la oferta del proveedor es de $1 en Mercado
Público, su oferta será declarada inadmisible.
ANEXO OBLIGATORIO, por tanto, su no presentación hará inadmisible la
oferta. Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la totalidad
de los antecedentes contenidos en la oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley
N° 19.886.
Si falta alguno de los anexos OBLIGATORIOS o no se logra acreditar su contenido, la oferta será inadmisible.
Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la totalidad de los antecedentes contenidos en la
oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley N° 19.886.
6.1.-Enmienda de los Documentos presentados
Cada oferta deberá cumplir con todos los requisitos de admisibilidad administrativa, técnica y económica, sin
embargo, es dable señalar que cada uno de los documentos, antecedentes o anexos, por su naturaleza podrá
ser “esencial” o podrá ser “subsanable” (con la posibilidad de enmienda o de subsanar errores u omisiones).
Conforme a lo anterior, los documentos, antecedentes o anexos, se pueden clasificar en “esencial” o
“subsanable”, según el siguiente detalle:
a.1 Documento, antecedente o anexo Esencial: Son aquellos, que no admiten corrección, enmienda,
rectificación o subsanación, por ende, si alguna de las propuestas no cumple con la presentación conforme
y/o el correcto llenado del documento, antecedente o anexo, según se solicita en estas bases, la oferta será
inadmisible. Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la totalidad de los antecedentes
contenidos en la oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley N° 19.886.
Se entenderán Documentos, antecedentes o anexos esenciales los siguientes:
▪ Anexo N°02 Declaración Jurada.
▪ Anexo N°04 Plazo de entrega y puesta en marcha.
▪ Anexo N°07 Carta Oferta.
▪ Anexo N°08 Garantía Técnica.
a.2 Documento, Antecedente o Anexo Subsanable: Son aquellos que adolecen de defectos de forma o errores
no esenciales o de tipeo, que obedecen a una justa causa de error u omisión, siempre que aquello defectuoso,
omitido o erróneo, no se refiera a aspectos esenciales, no altere el tratamiento igualitario de todos los
proponentes y no genere una situación de privilegios respecto de los demás oferentes, a modo de ejemplo,
Anexo N°03 que presente errores pero, cuya información a enmendar, se encuentre acreditada con los
correspondientes documentos , certificados o fotografías.
Los oferentes podrán enmendar sus omisiones u errores, dentro de un plazo de 24 o 48 horas según explicite
el Hospital La Florida, contado desde su requerimiento, mediante el foro inverso del proceso licitatorio y a
través de www.mercadopúblico.cl.
De ser solicitada enmienda, la propuesta será evaluada con una calificación inferior, conforme al numeral
8.4.1 de las presentes bases.
7.- APERTURA DE LAS PROPU
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7.- APERTURA DE LAS PROPUESTA |
La apertura electrónica de las propuestas que se hayan ingresado en el portal www.mercadopublico.cl. Se
efectuará de acuerdo al calendario de plazos del numeral 5.4, debiendo levantarse acta de lo obrado.
Se realizará en ella, la revisión de los requisitos de admisibilidad esencial dejando constancia de los oferentes
que no cumplan con dichos requisitos en la Apertura Electrónica que se publica en www.mercadopublico.cl.
Una vez verificado el cumplimiento de los oferentes, de los requisitos exigidos en las presentes bases de
licitación y confeccionada la correspondiente Acta de Apertura, se procederá a la evaluación administrativa,
técnica y económica de los oferentes y sus ofertas, por parte de la Comisión Evaluadora, designada por el
Hospital en las presentes bas
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8.- DE LA EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS |
La apertura electrónica de las propuestas que se hayan ingresado en el portal www.mercadopublico.cl. Se
efectuará de acuerdo al calendario de plazos del numeral 5.4, debiendo levantarse acta de lo obrado.
Se realizará en ella, la revisión de los requisitos de admisibilidad esencial dejando constancia de los oferentes
que no cumplan con dichos requisitos en la Apertura Electrónica que se publica en www.mercadopublico.cl.
Una vez verificado el cumplimiento de los oferentes, de los requisitos exigidos en las presentes bases de
licitación y confeccionada la correspondiente Acta de Apertura, se procederá a la evaluación administrativa,
técnica y económica de los oferentes y sus ofertas, por parte de la Comisión Evaluadora, designada por el
Hospital en las presentes bas
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9.- DE LA ADJUDICACION DE LA PROPUESTA |
9.1.- Criterios de Adjudicación
La adjudicación se hará por todas las líneas licitadas a un solo proveedor.
Se adjudicará a aquel Proponente cuya oferta haya sido evaluada como la más ventajosa para los intereses de
la institución, considerando los criterios de evaluación establecidos en las presentes Bases y conforme las
facultades y prerrogativas establecidas en la normativa sobre contratos administrativos de suministro y
prestación de servicios.
9.2.- Comunicación de la Adjudicación
El Hospital Clínico Metropolitano La Florida adjudicará la oferta mediante acto administrativo, el cual tendrá
plena vigencia una vez que se encuentre totalmente tramitado y notificado al adjudicatario y al resto de los
oferentes a través de www.mercadopublico.cl. En dicho acto administrativo, se especificarán los criterios de
evaluación aplicados, de acuerdo a lo establecido en las presentes Bases.
Si no se adjudicase en el plazo indicado en el punto 5.4 de estas Bases, se avisará a través del Portal las razones
de ello, indicando un nuevo plazo para la adjudicación o la decisión de declarar desierto.
9.3.- Peticiones o Reclamos del Proponente Adjudicado
Adjudicada la propuesta, no podrá el proponente formular petición o reclamo de ninguna especie fundado en
el desconocimiento de estas Bases Administrativas, de las Bases Técnicas y los anexos y sus modificaciones;
las cuales se entienden plenamente conocidas y aceptadas por el solo hecho de presentación de su oferta.
9.4.- De la Readjudicación
El Hospital Clínico Metropolitano La Florida podrá readjudicar la licitación, dentro de los 60 días corridos
desde la publicación, al oferente que siga en orden de prelación de acuerdo con el puntaje total obtenido,
dejando sin efecto la adjudicación previa, en los siguientes casos:
1.-Si el adjudicatario desiste de su oferta.
2.-Si el adjudicatario se desiste de firmar el contrato o rechaza la orden de compra emitida en el portal
mercadopublico.cl
3.-Si el adjudicatario no entrega garantía de fiel y oportuno cumplimiento o cualquier otro documento
solicitado para la firma del contrato en tiempo y forma.
4.-Si el adjudicatario es inhábil para contratar con el estado en los términos del artículo cuarto, incisos 1° y 6°
de la Ley 19.886, o no proporciona los documentos que sean requeridos para verificar dicha condición o le
sobreviene una inhabilidad.
El Hospital podrá elegir si adjudica a la segunda oferta mejor evaluada o desertar el proceso, para efectuar un
nuevo llamado a licitación, emitiéndose para cada caso la respectiva resolución.
9.5.- Revocación de la Licitación
Si se ha detectado una ilegalidad en y durante el proceso o aconteciere durante su tramitación un hecho
considerado como Imprevisto, Caso Fortuito o Fuerza mayor, que haga imposible e improcedente adjudicar
la Licitación, el Hospital Clínico Metropolitano La Florida, podrá realizar la revocación de esta, previo acto
administrativo que justifique tal situación, sin perjuicio de otras causales específicas de las normas especiales
vigentes, aplicables a los actos del Estado.
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10.- DEL CONTRATO O RELACIÓN CONTRACTUAL |
De acuerdo a lo estipulado en el Artículo 63° del Reglamento de la ley N° 19.886 aprobado por el decreto Nº
250/2004 del Ministerio de Hacienda, por tratarse de bienes de simple y objetiva especificación, en este
proceso no se firmará contrato escrito. El acuerdo de voluntades, a través del cual el oferente adjudicado se
obliga a cumplir con esta adquisición, se formalizará por medio de la aceptación de la orden de compra
respectiva.
Si el monto adjudicado supera las 50 UTM, el proveedor tendrá la obligación de entregar dentro de los 3 días
hábiles siguientes a la adjudicación, la siguiente documentación:
• Garantía o caución para asegurar el fiel y oportuno cumplimiento de contrato según monto y glosa,
de acuerdo a lo establecido en las presentes Bases.
• Acreditación poderes del representante legal: El proveedor adjudicado en el caso que fuera persona
jurídica, deberá acreditar la vigencia de los poderes del representante legal a través de certificado de
vigencia de poderes emitido por el Registro de Comercio o por la institución que corresponda, de
data no superior a 3 meses contados desde la fecha en que deba suscribir el contrato escrito.
• Anexo N°02 Declaración Jurada Simple: en formato físico firmada por el representante legal de la
empresa o la persona natural, según corresponda, en la cual se consigna que no se encuentra unido
por los vínculos de parentesco descritos en la letra B) del artículo 54 de la ley 18.575, que no se
encuentra afecto a las inhabilidades establecidas en el artículo 4° de la ley Nº19.886, y que tratándose
de personas jurídicas, además, no ha sido condenado a pena de prohibición de celebrar actos y
contratos con Organismos del Estado, de conformidad con la ley Nº20.393.
10.1. - Inscripción en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores Del Estado.
El proveedor al momento de adjudicar y contratar deberá estar inscrito en el registro nacional
www.chileproveedores.cl. Si al momento de adjudicar el proveedor no se encuentra inscrito en este registro,
tendrá un plazo excepcional de 10 días hábiles contados desde la notificación de la adjudicación para
inscribirse, sin perjuicio de lo anterior, deberá hacer entrega de todos los demás antecedentes según lo
dispuesto en párrafo primero del numeral 10.1
La no inscripción en Chileproveedores o la no entrega de cualquiera de los documentos y antecedentes ya
señalados, configurará causal suficiente para dejar sin efecto la resolución de adjudicación respectiva. En tal
caso se procederá al cobro de la garantía de seriedad de la oferta correspondiente (si se ha solicitado en el
proceso licitatorio), pudiendo el Hospital readjudicar al 2º mejor oferente evaluado, el que deberá acreditar
las mismas exigencias de los párrafos anteriores, o bien, declarar desierta la licitación, cuando la 2da mejor
oferta evaluada no resulte conveniente a sus intereses, en conformidad al artículo Nº 9 de la Ley N° 19.886.
Será responsabilidad del adjudicatario cumplir en tiempo y forma, con todas las exigencias antes descritas.
10.2.- Formalización de la adquisición
Esta Adquisición se formalizará a través de la emisión y aceptación de la Orden de compra.
Sin perjuicio de lo anterior, se comprende dentro del objeto de la obligación del adjudicatario, todo lo
señalado en su oferta, incluyéndose las capacitaciones necesarias para el correcto, adecuado y útil uso del
bien, si procede y la entrega de las licencias, de todo tipo, incluyendo las intelectuales e industriales, que del
caso correspondan, para el uso correcto, útil y adecuado del bien.
El incumplimiento de lo ofertado será considerado incumplimiento grave de las obligaciones contraídas en el
contrato y podrá dar origen a su término y al cobro de la respectiva garantía, sin perjuicio de las acciones
legales correspondientes que pueda ejercer el Servicio.
10.3.- Emisión de Orden de compra
Una vez adjudicada la Licitación, se emitirá una única orden de compra, a través del sistema de información
www.mercadopublico.cl.
10.4.- Aceptación de la Orden de compra por el proveedor
El proveedor deberá aceptar la Orden de compra en el plazo de 24 horas desde su publicación en el sistema
de información www.mercadopublico.cl. Vencidas las 24 horas sin respuesta en el portal, se entenderá que la
Orden de compra ha sido aceptada tácitamente por el proveedor, comenzando a correr los plazos de entrega
y cumplimiento de todas las obligaciones del contrato.
Todo, sin perjuicio, de que, para el pago de factura, esta Orden de compra deberá encontrarse aceptada
expresamente en el sistema de información y con recepción Conforme, aceptación y recepción, sin la cual el
pago no se llevará a cabo.
El proveedor no podrá imponer un monto mínimo de despacho para aceptar la Orden de Compra
10.5.- Vigencia y Duración de la relación contractual
Esta adquisición es de ejecución inmediata y el contrato comenzará a regir desde la aceptación de la respectiva
Orden de Compra. Sin perjuicio de lo anterior, la relación contractual se mantendrá vigente durante toda la
Garantía Técnica ofertada por el proveedor, según Anexo N° 8.
10.6.- Renovación del Contrato
No aplica.
10.7.- Modificación Del Contrato
Mediante Resolución fundada, el HLF podrá modificar el contrato en cualquiera de las situaciones que se
señalan a continuación:
a) Mutuo acuerdo entre los contratantes, sin que pueda alterarse la aplicación de los principios de estricta
sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, ni que pueda aumentarse el monto del contrato más allá
del 30% del monto originalmente pactado.
b) Si así lo exigiera el interés público o la seguridad nacional.
c) Las demás causales establecidas en el artículo 77 del reglamento de la Ley 19.886.
10.8.- Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato
Junto a la aceptación de la orden de compra y para cautelar el cumplimiento de la correcta ejecución del
mismo, el adjudicatario deberá entregar una caución o garantía, siendo de su exclusiva responsabilidad que
dicha caución o garantía sea presentada conforme a las especificaciones que a continuación se indican.
Tipo de Documento Podrán ser presentados como documentos de caución, boletas de garantía,
vale vistas, certificados de fianza, póliza de garantía o cualquier otro
documento que cumpla con los siguientes requisitos
• Sea pagadero a la vista
• no sujeto a modalidad
• irrevocable
• Emitida a favor de Entidad Pública
Monto 10% de monto total adjudicado con IVA incluido en pesos chilenos
Beneficiario Hospital Clínico Metropolitano La Florida; Rut: 65.075.485-9
Vigencia La vigencia de la garantía por fiel cumplimiento del contrato, será por la
cantidad de meses ofertados en el Anexo N°08 Garantía Técnica del
proveedor adjudicado más 120 días hábiles, a contar de la adjudicación.
Glosa Garantizar el Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato de la adquisición
de “EQUIPOS PARA SISTEMA DE SEGURIDAD DEL EX CRS BELLAVISTA DE
LA FLORIDA” ID 777304-XX-LE23 (donde se señala XX reemplazar por el
número de la Licitación)
Forma y oportunidad de
Entrega Física
El oferente o su representante deberá entregar físicamente la garantía en
secretaría de Comercialización ubicada en dependencias del Hospital La
Florida (primer piso), Avenida Froilán Roa 6542, en horario de lunes a
viernes, de 08:30 a 13:00 y de 14:30 a 16:00 horas, dentro de los 5 días
hábiles desde la adjudicación.
La garantía debe entregarse en sobre cerrado dirigido a la Unidad de
Contratos del Hospital La Florida, señalando en el sobre lo siguiente:
GARANTIA DE FIEL OPORTUNO CUMPLIMIENTO ID: 777304-XXLE23 (donde se señala XX, se debe reemplazar por el número de la
licitación)
IDENTIFICACION DEL OFERENTE
El oferente que necesite respaldar la entrega de su garantía deberá
acompañar una fotocopia del sobre que entrega. Esta fotocopia será
timbrada por profesional, indicando la fecha de su recepción y solo si se
comprueba que el documento físico viene en su interior.
Sin perjuicio de lo señalado anteriormente, la revisión del documento y
cumplimiento de requisitos formales, solo se verificará por la Unidad de
Contratos
En caso de presentarse una Garantía en Formato Electrónico, deberán ser
enviadas al correo: garantiahlf@redsalud.gov.cl, antes del del vencimiento
del plazo de 5 días hábiles desde la adjudicación, indicando en el asunto del
correo el ID de la Licitación y el nombre del Oferente.
De no presentar dicha garantía en forma, lugar, día y hora señalados, la
oferta adjudicada se entenderá desistida. Esto último, sin perjuicio de las
garantías en formato electrónico que, además, deben ajustarse a las
disposiciones de la Ley N°19.799 sobre documentos electrónicos, firma
electrónica y servicios de certificación de dicha firma, que deberán
acompañarse conjuntamente con la oferta.
En el caso de que la garantía entregada contenga errores, se solicitará
corregir dentro de los 5 días hábiles siguientes, so pena de no firmarse el
contrato respectivo.
La no entrega de esta Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento, dará lugar
al cobro de la Garantía de Seriedad de la Oferta (si se ha solicitado en el
proceso licitatorio) y el Hospital podrá readjudicar la Licitación o declarar
Desierto el proceso.
La garantía podrá ser tomada por el oferente o por un tercero a nombre de
él.
Custodia Las garantías serán custodiadas por la Unidad de Tesorería del Hospital.
Se hace presente que en el Departamento de comercialización ubicado en dependencias del Hospital La
Florida (primer piso), Avenida Froilán Roa 6542, funcionan distintas unidades del Hospital, por lo que será
de exclusiva responsabilidad del proveedor entregar correctamente la garantía, en caso de que se entregue
en un lugar distinto del indicado precedentemente, se tendrá por no presentado el documento.
En caso de que el Hospital determine necesario aumentar el contrato, el adjudicatario deberá renovar la
garantía de fiel y oportuno cumplimiento, conforme al nuevo plazo y monto que se estime para estos efectos.
La garantía original será devuelta una vez que se haya entregado la nueva garantía.
10.9.- Devolución y Cobro de la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato
La garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato se podrá hacer efectiva, en caso de incumplimiento
por parte del proveedor de cualquiera de las obligaciones del Contrato, sin perjuicio de las multas que
corresponda aplicar.
Para el cobro de la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento, se aplicará el mismo procedimiento utilizado
para el cobro de multas, según lo establecido en estas Bases de Licitación.
La devolución de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato se efectuará dentro del plazo de 10
días hábiles contado desde el término de su vigencia, y una vez acreditado que se han cumplido todas las
obligaciones de dicho contrato, mediante Certificación de Conformidad, suscrito por el Jefe de la Unidad de
Contratos o quien lo subrogue, para tal efecto, al término del convenio.
Un representante de la empresa debidamente individualizado con poder especial ante notario podrá solicitar
la devolución ante el Responsable de Contrato de la Unidad de Contratos del Hospital, caso en el que se
comunicará a la Unidad de Tesorería.
En caso que el Hospital determine necesario aumentar el contrato, el adjudicatario deberá entregar una nueva
política de canje para los nuevos equipos, conforme al plazo ofertado.
10.10. Resciliación Del Contrato por Mutuo Acuerdo.
Las partes podrán poner término al contrato de común acuerdo, en forma anticipada, suscribiendo el
documento respectivo.
10.11.- Prohibición De Cesión
El adjudicatario no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente los derechos y obligaciones
establecidos para esta adquisición y contratación. En lo referido a la cesión de los instrumentos y títulos de
crédito que surjan del contrato, se estará a los artículos 74 y 75 del Decreto N°250 de 2004 del Ministerio de
Hacienda que aprueba Reglamento de la ley N°19.886 de Bases de Contratos Administrativos de Suministro y
Prestación de Servicios, particularmente al hecho que se notifique oportunamente dicho contrato o cesión y
no existan obligaciones o multas pendientes.
10.12.- Subcontratación
Queda prohibida la subcontratación de los bienes y/o servicios contratados. Lo anterior salvo en los casos de
transporte y/o distribución.
11.-DE LA ENTREGA Y PUEST
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11.-DE LA ENTREGA Y PUESTA EN MARCHA |
El plazo de entrega y puesta en marcha considera el tiempo ofertado por el proveedor en Anexo 04 para
realizar la entrega de los equipos, la instalación, puesta en marcha y capacitación al personal del hospital en
el uso de los equipos. Todo esto, sujeto a la recepción conforme por parte del Referente Técnico del hospital.
Se debe acompañar a la entrega la Orden de compra aceptada y la respectiva Guía de despacho. No se
aceptarán copias de Facturas.
El oferente adjudicado deberá entregar los equipos en las dependencias del EX CRS Bellavista de La florida,
ubicado en Froilán Roa 6420, comuna de La Florida.
La guía de despacho deberá contener los datos de identificación de la Orden de Compra y el número de lote
de los productos.
En caso de que el bien no cumpla con las condiciones mínimas para garantizar que se encuentra en
condiciones de ser utilizado, como por ejemplo producto distinto del solicitado, envases o sellos alterados o
dañados, condiciones de traslado que afecten el equipo, etc. El bien será devuelto total o parcialmente,
debiendo el adjudicatario realizar una nueva entrega dentro de las 48 horas siguientes. Todo, sin perjuicio de
las sanciones y multas que se puedan aplicar por incumplimiento por atraso en la nueva entrega.
El proveedor no podrá imponer un monto ni cantidad mínima de despacho.
11.2.- Ampliación del plazo de entrega
El plazo de entrega, instalación, puesta en marcha y capacitación podrá ser ampliado de oficio por el Hospital.
La solicitud de aumento de plazo que pudiese realizar el Hospital, se realizará mediante comunicación formal
al proponente a través de correo electrónico señalado en el Anexo N°01 por el proveedor, con antelación a la
fecha de entrega ofertada.
Si el plazo comprometido por el oferente no es respetado por una causa imputable a éste, el adjudicatario
deberá asumir, junto a la aplicación de la correspondiente multa, el costo que eventualmente se pueda
producir con ocasión de ello.
Con todo, el adjudicatario podrá a través de Carta dirigida al Director del Hospital enviada por correo
electrónico a la jefatura de la Unidad de Contratos del Hospital antes del vencimiento de la fecha de instalación
y puesta en marcha, solicitar la ampliación de dicho plazo, pudiendo invocar solo como causal la fuerza mayor
o caso fortuito. Dicha solicitud deberá acompañarse de todos los documentos o respaldos que acrediten la
causal invocada.
La autoridad competente, calificará la causal y resolverá sobre su aprobación o rechazo. Con todo, esta
ampliación no deberá irrogar un mayor costo para el Hospital.
La alegación de caso fortuito o fuerza mayor deberá ser probada en los términos de la legislación civil, y En
caso de rechazo se aplicará la multa respectiva.
En caso de aumento de plazo, se emitirá la Resolución respectiva, la que será sometida al procedimiento
administrativo que corresponda.
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12.- MULTAS Y SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO DE CONTRATO |
12.1.- Término Anticipado Del Contrato
El Hospital podrá, previa calificación de las circunstancias y emisión de resolución fundada de su Director,
poner administrativamente término al contrato, en forma anticipada, unilateral e inmediata, en caso de
incumplimiento del contrato celebrado, considerándose como causales de dicho término, las indicadas en el
artículo Nº13 de la Ley Nº19.886, en el artículo Nº77 del Decreto Nº250 de 2004 que contiene el Reglamento
de la Ley N°19.886, además de las siguientes causales específicas:
a) La aplicación de dos o más multas dentro un plazo de tres (3) meses, durante la vigencia de la relación
contractual, cualquiera sea su fuente, de las enumeradas en el punto 12.3, o por la acumulación de
multas cuyo monto total sea igual o superior al 30% del monto del contrato.
b) Evaluación Técnica deficiente del proveedor emitida por el Hospital. Según lo señalado en el número
12.1.1 de las bases administrativas
c) El incumplimiento de la política de canje por causa imputable al proveedor.
d) Cambio o modificación unilateral por parte del Proveedor del precio ofertado, del producto,
condiciones de su oferta, calidad, u otra condición establecida en la oferta adjudicada y aceptada por
la Entidad.
e) Realización de actividades que pongan en riesgo al establecimiento y/o a sus funcionarios.
f) Incurrir en falsedad en la documentación presentada relativa al producto adjudicado.
g) Si el proveedor fuere declarado en quiebra o cayera en estado de notoria insolvencia.
h) Si falleciese el proveedor o se disolviese la empresa o perdiere su personalidad jurídica. En tal evento,
se procederá a efectuar la liquidación del contrato determinando las obligaciones que quedasen.
i) Si el adjudicatario cede o transfiere total o parcialmente los derechos y obligaciones que nacen de la
presente licitación, y en especial los establecidos en el contrato definitivo, salvo que una norma legal
especial permita la cesión de derechos y obligaciones. Lo anterior, es sin perjuicio que los
documentos justificativos de los créditos que emanen de estos contratos podrán transferirse de
acuerdo con las normas del derecho común.
j) Si la persona jurídica ha sido condenada penalmente de conformidad a la Ley Nº20.393.
k) Si el adjudicatario subcontrata total o parcialmente el contrato, salvo lo estipulado en numeral 10.12
l) Si el adjudicatario durante la vigencia del contrato es condenado por prácticas antisindicales o
infracción a los derechos fundamentales del trabajador, ejecutoriada o que cause ejecutoria dicha
condena.
m) Las demás causales que se establezcan en la Ley Nº19.886 y su normativa reglamentaria.
Terminado que sea en forma anticipada el contrato, siempre que se haya debido a responsabilidad del
proveedor, el Hospital queda facultado para hacer efectiva la Boleta de Fiel y oportuno Cumplimiento de
Contrato, sin que el adjudicatario tenga derecho a indemnización alguna.
12.1.1.- Evaluación Técnica
Durante toda la vigencia del contrato, el referente técnico, podrá evaluar los equipos a fin de dar cuenta de
su funcionamiento conforme, según los niveles de servicio exigidos en las Base Técnicas y sus
correspondientes indicadores. En el evento de evaluarse como NO RECOMENDABLE, se podrá dar término al
contrato según lo estipulado en la letra b el numeral 12.1. y servir dicha evaluación, a futuro, como
herramienta en un próximo proceso licitatorio para evaluar al oferente en el Criterio Comportamiento
contractual anterior.
12.2.- Amonestación.
Constituye un documento firmado por las partes, que deja constancia de cualquier falta menor y objetiva,
cometida por el adjudicatario, y que, en atención a su importancia, no está afecta a cobros pecuniarios, salvo
que exista acumulación según se describe más adelante.
12.3.- Multas
El Hospital La Florida podrá, previa calificación de las circunstancias y resolución fundada del Director del
Hospital, aplicar y cobrar multas al adjudicatario por incumplimiento de sus obligaciones contractuales, por el
monto que se indica, y con un tope máximo de un 30% del total del contrato.
a) Plazo de Entrega y puesta en marcha fuera de plazo: Se aplicará una multa de 1 UTM por cada día de
atraso en el plazo de entrega y puesta en marcha ofertado por el proveedor en Anexo N° 04.
b) Garantía Técnica y Política de Canje: El oferente, una vez solicitado el cambio del equipo, estará obligado
a entregar los nuevos productos dentro del plazo de 48 horas, so pena de aplicarse una multa equivalente
a 1 UTM por cada día de atraso que supere dichas 48 horas. Todo lo anterior, sin perjuicio de hacerse
efectivo el cobro de la garantía fiel cumplimiento del contrato.
c) Entrega incompleta: Se aplicará una multa equivalente 1 UTM, por entrega incompleta de los bienes
solicitados, ya sea que no venga la cantidad requerida o bien falte algunos de sus componentes,
accesorios o piezas, considerando la oferta adjudicada y lo solicitado por el Hospital en sus bases para el
uso correcto del bien adquirido.
d) Aplicación de 2 amonestaciones en 2 meses calendario, se aplicará una multa de 0,5 UTM
e) Si alguno de los equipos presenta falla o mal funcionamiento que imposibilite su uso, el adjudicado tendrá
72 horas como plazo máximo para entregar un equipo en Back Up o reestablecer el funcionamiento del
equipo en mal estado. Se aplicará una multa de 2 UTM por cada día de atraso en la sustitución de los
equipos a contar de las 72 horas mencionadas.
f) Se aplicará una multa de 0.5 UTM por cada hora de retraso en la asistencia técnica remota, según plazos
establecidos en el numeral 4 de las Bases Técnicas.
g) Se aplicará una multa de 0.5 UTM por cada hora de retraso en la asistencia técnica en terreno, según
plazos establecidos en el numeral 4 de las Bases Técnicas.
El valor de la UTM será el que corresponde al mes en que se emita la resolución de aplicación de multa.
12.4 Registro de comportamiento
El proveedor que sea sancionado durante la vigencia del contrato, por aplicación de amonestaciones, multa(s),
cobro de garantías o por causal imputable de término anticipado de contrato, será ingresado a los siguientes
registros:
a) Registro Nacional de Incumplimiento de Chileproveedores y
b) Registro interno del Hospital Registro de Proveedores sancionados, que lleva la Unidad de Contratos del
Hospital, para estos efectos.
La información en ellos registrada podrá ser utilizar en la evaluación del proveedor en futuros procesos de
adquisición que lleve a cabo el Hospital y en cuyas bases se incorpore como herramienta para medir el
correspondiente Criterio de Comportamiento Contractual Anterior.
12.5 Procedimiento de Aplicación de sanciones, multas y/o Término Anticipado de Contrato.
La determinación de una situación o condición que diere lugar a la aplicación de una sanción, multa y/o
termino anticipado de contrato, se originará a partir de un informe que emane desde el Referente Técnico
administrador del contrato, dirigido a la Unidad de contratos del Departamento de Comercialización.
Recibido el informe, ésta evaluará si la situación es de aquellas consideradas como causales para la aplicación
de una sanción, multa y/o termino anticipado de contrato según Bases y tratándose de multas calculará los
montos a pagar.
La Unidad de gestión de Contratos notificará al adjudicatario, a través del módulo de sanciones del aplicativo
de gestión de contratos dispuesto en www.mercadopublico.cl , por escrito a través de correo electrónico, al
correo indicado por el proveedor en anexo 01 de su oferta, del informe emanado por el Referente Técnico
Administrador de contrato/ o por ella y la causal que origina la sanción, Multa o el término anticipado de
contrato según corresponda y si se trata de la aplicación de Multa , el monto a pagar, a fin de que el proveedor
manifieste sus descargos acompañando todos los antecedentes que estime pertinente dentro del término de
5 días hábiles desde dicha notificación, a través del módulo gestión de contratos.
Una vez vencido el plazo sin presentar descargos, el Hospital dictará la respectiva resolución aplicando la
medida y detallando las circunstancias fácticas que hicieron procedente dicha sanción.
Si el adjudicatario hubiera presentado descargos en tiempo y forma, el Hospital tendrá un plazo de 30 días
hábiles a contar de la recepción de los mismos para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente. Al respecto,
el rechazo total o parcial de los descargos del proveedor deberá formalizarle a través de una resolución
fundada del Hospital, en el cual deberá detallarse el contenido y las características de la sanción, Multa o el
término anticipado de contrato según corresponda y si se trata de la aplicación de Multa, el monto a
pagar.
La indicada resolución deberá notificarse al proveedor adjudicado mediante carta certificada remitida por la
Unidad de Gestión de Contratos al proveedor a la dirección indicada en el Anexo N°1 e informarse en el
módulo de sanciones del portal www.mercadopublico.cl
Las notificaciones por carta certificada se entenderán practicadas a contar del tercer día siguiente a su
recepción en la oficina de correos que corresponda.
Contra la resolución que aplique la medida respectiva procederán los recursos establecidos en la Ley
N°19.880, Ley de Bases de Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la
Administración del Estado.
La entidad compradora tendrá la obligación de registrar las medidas indicadas en la presente clausula a través
del módulo de gestión de contratos dispuesto en plataforma www.mercadopublico.cl.
12.6. El pago de la multa podrá ser cobrado
a) Directamente al adjudicatario quien deberá pagar dentro de los 10 días corridos desde su notificación, o
b) Se podrá retener su monto al momento del pago de las facturas pendientes. En este caso, se descontarán
administrativamente del pago de las facturas que no hayan sido pagadas por el Hospital. Serán descontadas
del pago, no de la factura, es decir, el proveedor deberá facturar por el total sin descontar las multas que se
le aplicasen. Estas serán descontadas al momento de girar el pago respectivo por parte de la Unidad
Financiera, o
c) Con todo, de no hacer pago directo el proveedor o de no existir facturas pendientes por pagar, se podrá
hacer el cobro de las multas haciendo efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento, sin más trámite.
12.7 Procedimiento para interponer recurso:
El proveedor dispondrá de un plazo de cinco días hábiles, contados desde la notificación mediante carta
certificada de la resolución fundada, remitida por la Unidad de gestión de Contratos al proveedor a la dirección
indicada en el Anexo N°01, para impugnar dicho acto administrativo, debiendo acompañar todos los
antecedentes que justifiquen eliminar, modificar o reemplazar la respectiva sanción, mediante un escrito o
carta ante la autoridad máxima del servicio por la sanción aplicada. Esta presentación se debe realizar
mediante carta certificada o con entrega presencial en la Oficina de Partes del Hospital. El Hospital tendrá un
plazo no superior a 30 días hábiles para resolver el citado recurso. Mientras se encuentre pendiente la
resolución de recurso de reposición, no se hará efectiva la respectiva sanción.
La resolución que acoja el recurso podrá modificar, reemplazar a dejar sin efecto el acto impugnado. Ahora
bien, en el caso de multas, que sean finalmente cursadas, sea total o parcialmente, ésta se hará efectiva
mediante el cobro directo en un plazo máximo de 20 días, debiendo pagar en un plazo de hasta 10 días una
vez notificado el cobro, o bien, se hará efectivo a través del cobro de la o las garantías de fiel cumplimiento,
según cuál sea el caso.
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13.- DE LA GARANTIA TÉCNICA DE LOS BIENES ADJUDICADOS |
El oferente se obliga a mantener una garantía técnica de los productos, según lo ofertado en Anexo N°08
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14. - DE LA RECEPCION |
14.1 de la Recepción de los equipos
El proponente deberá indicar en su oferta las condiciones de almacenamiento que requieran los equipos
durante bodegaje del producto, para el caso que éste no pueda ser instalado en su lugar de destino tan pronto
arribe al Hospital.
Para la Recepción del equipo en Bodega, el oferente deberá adjuntar los siguientes documentos:
• Guía de despacho, identificándose en ella la Orden de Compra correspondiente.
• Copia de orden de compra Aceptada en Mercado Público.
Desde la contratación, el Hospital La Florida informará al adjudicatario el procedimiento a seguir para la
recepción del ítem, así como los interlocutores válidos (del Hospital y de la Concesionaria) para dichos
procesos, si procede, debiendo tanto el adjudicatario como su personal, adecuarse al procedimiento.
14.1.1 Recepción Provisoria
Para la recepción provisoria se acordará fecha y hora, acto en el cual se verificará el cumplimiento de sus
características generales y particulares en relación al estado de entrega. Si todo está conforme, se levantará
un Acta de Recepción Provisoria, que será firmado por un representante del Hospital de La Florida un
representante del proveedor. Cualquier procedimiento diferente de lo expuesto liberará de responsabilidad
al Hospital de La Florida, frente a cualquier daño o pérdida que pueda sufrir el equipo. El adjudicatario deberá
entregar los equipos con guía de despacho, no con factura.
14.1.2 Recepción Definitiva
La recepción definitiva del equipo se realizará una vez que se hayan realizado de manera conforme la
instalación, capacitación, pruebas de funcionamiento y puesta en marcha del equipo en el plazo ofertado
Anexo 04.
En el caso de las capacitaciones, estas se podrán realizar en las dependencias del Hospital La Florida o del
adjudicatario, a elección del Hospital de La Florida.
El Acta de Recepción Definitiva contendrá una mención expresa de la conformidad total del equipo y su
individualización, indicando nombre, lote, marca, modelo y n° de serie del equipo, implementos y realización
de las pruebas de funcionamiento y de la capacitación.
El acta de recepción conforme no se extenderá sino hasta la completa recepción del producto en los términos
y condiciones requeridas.
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15.- DE LA FACTURACIÓN |
El oferente por el sólo hecho de presentar su oferta renuncia a sus políticas de facturación y se somete al
requerimiento del Hospital, en consecuencia, no podrá imponer el oferente un monto mínimo de despacho
ni de facturación para ningún efecto.
El oferente solo podrá facturar la Orden de Compra aceptada, una vez que esta se encuentre con su recepción
conforme publicada en el portal mercadopublico.cl
En caso de que la factura presente algún error o no cuente la orden de compra respectiva con la recepción
conforme señalada anteriormente, el Hospital dispondrá de 08 días corridos para hacer las observaciones
correspondientes al adjudicatario o rechazarla. El proveedor dispondrá de 08 días corridos para subsanar si se
tratara de errores subsanables. La nueva factura o Nota de Crédito según sea el caso, sufrirá el mismo trámite
formal que el documento original, salvo que, por tratarse de una segunda tramitación, el plazo para su pago
será de 20 días hábiles desde su recepción conforme por parte del Hospital.
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16.- DEL PAGO |
La obligación de pago por parte del Hospital se perfecciona a partir de la comunicación que realice la Unidad
de Contratos del Departamento de Abastecimiento del Hospital al Departamento de Finanzas, previa
confirmación de los siguientes antecedentes:
a) Orden de Compra aceptada por el proveedor en el portal www.mercadopublico.cl
b) La recepción completa, conforme y sin observaciones en bodega de los bienes incluidos en la orden
de compra.
c) El acta de recepción conforme firmada por el Referente Técnico Administrador del contrato.
d) Formulario 30, Solicitud de Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales
e) La eventual aplicación de multas y sanciones.
f) Recepción en plataforma SAP del Hospital, si procede.
g) Recepción conforme en la plataforma de Mercado Público, siendo esta última recepción en el portal,
la que dará origen a la facturación electrónica.
Para iniciar el proceso pago de manera correcta y oportuna, es fundamental que el adjudicatario haya
aceptado expresamente la orden de compra en la plataforma de mercado público.
El pago de facturas se realizará en 30 días corridos por Tesorería General de La República, desde la fecha de
la aceptación de la correspondiente factura.
La recepción conforme de los bienes y/o los servicios, conlleva la validación y emisión de OC lo cual se realizará
en 10 días hábiles. Lo anterior se funda en los plazos internos existentes, considerando los procesos
administrativos de la institución.
En caso que el adjudicatario registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social
con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, aplicará lo estipulado
en el artículo 4º de la Ley 19.886.
16.1.- Pagos con Trasferencias electrónicas.
La Tesorería General de la República está facultada para realizar pagos a través de transferencia electrónica a
los proveedores que completen de manera correcta la autorización notarial adjunta para pago con
transferencia electrónica.
Una vez completado, este mandato debe ser legalizado ante notario y posteriormente debe ser entregado en
Tesorería o Secretaria de Finanzas del Hospital de La Florida, ubicada en el tercer piso de la institución. Este
mandato una vez entregado, no puede ser modificado por el oferente durante la duración del contrato.
AUTORIZACIÓN NOTARIAL PARA PAGO CON TRANSFERENCIA ELECTRÓNICA
Yo, ____________________________________________, RUN: _________________________, en
calidad de representante legal de la empresa, ________________________________________________
R.U.T. _______________________________ ; autorizo al Hospital Clínico La Florida Dra. Eloísa Díaz
Insunza, para que pague con transferencia electrónica bancaria, documentos por cobrar que existan con
dicha entidad, en la cuenta que detallo a continuación:
Cta.Corriente Cta.Débito Cta.deAhorro Cta.Vista
NºCuenta:
Banco:
R.U.T. empresa:
Nombre empresa:
Mail confirmación de pago:
Firma Representante Legal
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17.- RESPETO DE LA NORMATIVA DEL HOSPITAL LA FLORIDA Y DEBIDO CUIDADO A SUS BIENES |
Para la ejecución del contrato, el Hospital permitirá la entrada del personal del adjudicatario, debidamente
acreditado, a las dependencias involucradas en la ejecución de éste. En tal caso, el personal del adjudicatario
deberá solicitar acatar las medidas de resguardo y control de los recintos institucionales y el adjudicatario será
responsable, y quedará obligado a la reparación o reposición, de cualquier desperfecto, daño o perdida que
puedan sufrir el inmueble del Hospital La Florida y/o los bienes muebles que lo guarnecen. Cabe hacer
presente, que el ingreso tanto el adjudicatario como su personal al Hospital La Florida, para efectos de ejecutar
su contrato, estarán sujetos a protocolos de seguridad que deberá coordinar con el funcionario designado
para tal efecto y que será oportunamente informado.
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18. ADMINISTRACIÓN Y FISCALIZACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO |
18.1 Administración por parte del Hospital
Con el objeto de coordinar y controlar el correcto cumplimiento del contrato, se designa a Sr. Ladem Ravello,
Profesional del Departamento de Operaciones, o quien sea titular del mismo cargo al momento de la ejecución
del contrato, o quien lo subrogue, en calidad de Referente Técnico Administrador del Contrato, quien, junto
a la Unidad de Contratos del Departamento de Comercialización del Hospital, tendrán las siguientes
responsabilidades:
Referente técnico administrador de contrato:
• Fiscalizar el estricto y oportuno cumplimiento de las obligaciones contractuales, en especial la calidad y
entrega oportuna de los bienes.
• Proponer la aplicación de multas, en caso de verificarse alguna de las infracciones consignadas en las
presentes bases, notificando la infracción o incumplimiento a través de un informe, a la Unidad de
Contratos.
Unidad de Contratos:
• Mantener actualizado un archivo con la totalidad de los antecedentes del contrato.
• Llevar registro de sanciones y multas aplicadas al proveedor.
• Llevar el control del consumo y ejecución del contrato hasta su término en cuanto a su precio total.
• Proveer el estado de recepción conforme e informar los descuentos y/o multas a que hubiere lugar, para
que se verifique el pago por parte de la Unidad de Finanzas.
• Revisar procedencia y autorizar la devolución de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato
o solicitar se haga efectiva, si procede.
En general, ambos deberán desarrollar todas las acciones referidas al control y gestión de las acciones que
faciliten la ejecución del contrato.
18.2 Encargado del Contrato por parte del Proveedor
Por su parte, el adjudicatario deberá designar un Encargado de Contrato que se relacionará con el
Administrador del contrato para los efectos señalados y que deberá señalar en su anexo 1.
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19. LEY Nº20.584. |
Tanto el adjudicatario como su personal deberán en todo momento observar estrictamente la normativa que
establece la Ley Nº20.584, que Regula Los Derechos y Deberes que tienen las Personas en relación con
acciones vinculadas a su atención de salud.
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20. DEBER DE CONFIDENCIALIDAD |
Durante el desarrollo del contrato, como al término de éste, el adjudicatario y/o su personal no podrá divulgar
o hacer uso de la información a que haya tenido acceso con ocasión del mismo, constituyendo su infracción,
incumplimiento grave de su obligación de confidencialidad, facultando al Hospital La Florida para ejercer las
acciones judiciales que estime pertinentes para el resarcimiento de todos sus perjuicios. Lo anterior, teniendo
en especial consideración lo dispuesto en la Ley Nº19.928 de Protección de Datos de Carácter Personal.
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II. BASES TÉCNICAS |
1.- OBJETO
El objetivo de las presentes bases técnicas, es describir los aspectos técnicos que requiere la adquisición de
“EQUIPOS PARA SISTEMA DE SEGURIDAD DEL EX CRS BELLAVISTA DE LA FLORIDA”.
La instalación de las cámaras de seguridad será centralizada a través del Hospital La florida, en dependencia
aparte ubicada en calle Callao #1011 Ex CRS bellavista, comuna La Florida.
2.- DE LOS EQUIPOS
Las presentes especificaciones técnicas, describen las características de la instalación, cantidad y ubicación de
estos, de tal forma que los oferentes de la licitación cuenten con todos los antecedentes necesarios para
formular su oferta en igualdad de condiciones y en estricta sujeción a las bases.
Los siguientes equipos son requeridos para conformar el Sistema de vigilancia del Ex CRS Bellavista, por lo
cual, se requerirá la instalación y puesta en marcha por parte del proveedor de los equipos adquiridos.
ÍTEM EQUIPO CANTIDAD
MONTO DE GASTO
ESTIMADO TOTAL
VALOR CON IVA INCLUIDO
EN UTM
1
CÁMARAS DE SEGURIDAD IP 33
NVR 1 230 UTM
UPS 1
2 CPU 2 23 UTM
3 PANTALLAS LED SMART TV 2 6.5 UTM
Se requiere la adquisición de 33 cámaras IP de alta definición; 16 cámaras interiores, 17 cámaras exteriores.
Además, para el correcto funcionamiento de las cámaras de seguridad se requiere de un NVR y un UPS.
Las cámaras exteriores deben ser resistentes al agua.
Se adjunta planos con la distribución de las cámaras solicitadas del recinto.
NVR ofertado por proveedor debe contar con 64 canales y permitir almacenar como mínimo 21 días de
grabación, pudiendo ser estas extraídas de manera remota.
El NVR debe contar con un gabinete independiente con ventiladores y ser instalado en la Sala de rack del
recinto, indicado en los planos adjuntos.
Se deberá instalar circuito independiente para NVR.
Se deberá instalar una UPS online 3Kva 220V para respaldar NVR en caso de corte de energía.
Se requiere de 2 CPU con las siguientes características como mínimo:
- Sistema operativo Core i5 9600K h310 o superior
- 16 gb de ram o superior
- Tarjeta de video Geforce 730 2gb dedicada o superior
Se requiere de 2 pantallas LED SMART TV con las siguientes características como mínimo:
- Pantallas LED SMART TV de 32” full HD
- Sistema Operativo ANDROID
- Aplicaciones Destacadas
- N° mínimo de HDMI 2
- N° mínimo de Puertos USB 2
- Conectividad, Wifi, Bluetooth
- Sintonizador Digital: Sí
- Tasa Refresco como mínimo 60HZ
- Vida Útil mínima 10 Años
3.- REQUERIMIENTOS Y ALCANCES DE LA PROPUESTA TÉCNICA
• El sistema de vigilancia debe permitir ver de forma remota desde el Hospital La Florida.
• El proveedor adjudicado debe asegurar la garantía de los equipos instalados no menor a 12 meses a
contar de la entrega, instalación y puesta en marcha.
• En ningún caso la responsabilidad civil podrá ser bajo la modalidad de límite único y combinado, sino
independiente entre sí.
• Ningún Adaptador o fuente de poder deberá quedar a la vista.
• Se deberá llegar con punto de red independiente a cada CPU en casetas de guardias.
• Las CPU deberán ser aseguradas a escritorios ya existentes en caseta de guardias (con piola y candado
con clave).
• Se deberá instalar o modificar enchufes en caseta de guardias, si amerita.
• Se ocupará distribución de bandejas (ya Existentes) como canalización.
• Las instalaciones de cámaras exteriores que no se encuentren con canalización exasistente cercana,
se deberán instalar cumpliendo normativas vigentes.
• Se deberá retirar cables y cámaras ya existentes fuera de servicio.
4.- DEL MANTENIMIENTO
Se requiere realizar mantención preventiva y correctiva para los equipos durante el tiempo de vigencia de la
Garantía Técnica ofertada, con el objetivo de asegurar su correcto funcionamiento.
a.- Mantención Preventiva
Se deberá realizar mantenimiento preventivo de los equipos 1 vez al mes.
El mantenimiento, es responsabilidad exclusiva del adjudicatario durante toda la vigencia del contrato, el cual
corresponde al periodo de garantía técnica ofertado en el Anexo N°08 GARANTIA TECNICA.
Será su obligación mantener y disponer de dichos equipamientos en óptimas condiciones de tal forma de
ejecutar la atención a usuarios de forma efectiva y segura.
Si los equipos deben ser traslados fuera de las instalaciones del CRS para su mantención, esta situación, debe
ser autorizada por referente técnico del Hospital.
El mantenimiento de los equipos adjudicados, implica realizar periódicamente, según indicaciones de fábrica,
la inspección de los equipos, efectuar ajustes, calibraciones, limpieza, etc. El adjudicado deberá coordinar con
el Referente Técnico del Hospital de La Florida para la realización de las mantenciones preventivas. Luego de
haber efectuadas las respectivas mantenciones y/o reparaciones pertinentes y que cumple con las normas de
seguridad, calidad y otras que regulen su funcionamiento, el oferente debe emitir un INFORME TÉCNICO o
certificado, el cual debe ser entregado al Referente Técnico, que acredite el estado operacional en que se
encuentre el equipo y detallando las actividades realizadas junto al protocolo de mantención. La mano de
obra como los repuestos serán de costo del proveedor.
b.- Mantención Correctiva
Asistencia Técnica remota:
El oferente debe disponer de asistencia técnica remota, de lunes a Domingo en horario de 8:00 a 17:30 hrs
para las mantenciones correctivas, permitiendo una comunicación expedita vía telefónica o e-mail con el
servicio técnico.
El tiempo de respuesta del servicio técnico remoto no debe ser mayor a 6 horas corridas desde el aviso de
falla.
Asistencia en Terreno:
En caso de que el equipo presente falla o mal funcionamiento que requiera mantención en terreno, el
Referente Técnico informará mediante correo electrónico al adjudicado sobre el desperfecto.
El adjudicado tendrá 24 horas para asistir a las instalaciones del Hospital a corroborar el estado de los equipos.
Cada vez que se reporte una falla, el personal Técnico, deberá concurrir a realizar la Mantención correctiva
según lo siguiente:
El Proveedor para reparar la falla antes aludida, deberá usar elementos y repuestos nuevos, sin uso y deben
contar con una calidad suficiente para resolver la falla, por lo que proveedor deberá utilizar los repuestos
asociados a la marca del equipo. No podrá utilizar imitaciones o partes que sólo corrijan la falla en un corto
plazo.
Estas mantenciones corresponderán a aquellos equipos adquiridos, que presenten fallas fuera del
mantenimiento preventivo y que sean necesarios de reparar sin esperar mantenciones preventivas normales.
c.- Back Up:
En caso de que las reparaciones de los equipos incluidos en contrato tarden más de 72 horas corridas, se
deberá entregar un equipo en back up de idénticas condiciones o superiores a los equipos ofertados, mientras
dure la reparación.
4.1.-Cobertura mínima de Garantía Técnica
Los oferentes deberán cumplir con las siguientes coberturas mínimas, durante la garantía técnica:
COBERTURAS MÍNIMAS
Desperfecto en cámaras interiores
Desperfecto en cámaras exteriores
Desperfecto en NVR
Desperfecto en puntos de red
Desperfectos de adaptadores
Desperfectos en UPS
Desperfectos en CPU
Desperfectos en Pantalla led Smart TV
El Hospital durante la vigencia de la garantía técnica, en las fechas y formas que estime conveniente, estará
facultado para efectuar la inspección, supervisión y control de los equipos adquiridos y su correcto
funcionamiento.
El Hospital se reserva el derecho de presenciar en forma aleatoria los procedimientos para llevar a cabo, como
de otros procedimientos derivados de la instalación de los equipos contratados, si a juicio del establecimiento
considera que pudieran existir vicios con los procedimientos realizados o bien por el simple hecho de verificar
que todo se realice conforme lo indicado en la oferta y/o acorde a las normativas legales vigentes.
De igual modo el Hospital se reserva el derecho de evaluar tanto en percepción de calidad por parte del
usuario, como en calidad técnica.
5.-POLITICAS DE CANJE
El proponente que se adjudique se obliga ante el Hospital Clínico Metropolitano La Florida a cumplir con la
siguiente Política de Canje Obligatoria para los equipos adquiridos:
Se deberá cambiar o canjear el o los productos por otro nuevo y sin uso, cuando ocurra algunas de las
siguientes situaciones:
a. Cuando el producto no cumpla con las especificaciones requeridas en estas bases de licitación.
b. Cuando el producto se entregue en empaque dañado y/o defectuoso.
c. Cuando se detecte producto adulterado o mal rotulado.
d. Cuando el producto entregado sea de distinta calidad, materiales, procedencia y/o marca a la ofertada
y adjudicada.
e. Cuando el producto falle, se deteriore o rompa durante la garantía del producto, siempre y cuando estas
fallas no sean ocasionadas por mal uso del producto.
f. Cuando los equipos no sean nuevos
Las situaciones descritas podrán ser verificadas y notificadas, tanto por personal de bodega como por el
referente técnico administrador de contrato, haciéndose efectiva obligatoriamente la Política de Canje al
Proveedor.
Para hacer efectiva la política de cambio, personal del Hospital se comunicará con la persona encargada del
contrato por parte del proveedor para solicitar a través de correo electrónico indicado en anexo N°01, el
correspondiente cambio o canje dentro de las 48 hrs. siguientes a la solicitud, so pena de aplicarse la multa
establecida en el numeral sobre multas de las Bases Administrativas.
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