1.- OBJETO DE LAS BASES |
Las presentes bases de licitación son formuladas para establecer la regulación del proceso de adquisición de
REACTIVOS E INSUMOS CON EQUIPO AUTOMATIZADO EN COMODATO PARA SISTEMA DE AMPLIFICACIÓN
Y DETECCIÓN GENÉTICA MÚLTIPLE PARA LABORATORIO CLÍNICO DE BIOLOGÍA MOLECULAR PARA EL
HOSPITAL LA FLORIDA, y reglamentan entre otros aspectos las condiciones que deben cumplir las ofertas, las
etapas del proceso licitatorio, su forma de evaluación y adjudicación, las condiciones de los contratos, y todos
los aspectos necesarios para el correcto proceso de adquisición.
Cabe hacer presente que todos los reactivos, insumos y equipo en comodato suministrados deben ser
nuevos y sin uso, todo lo anterior debe ajustarse a las especificaciones de estas bases.
Las cantidades de los productos solicitados en la presente licitación son referenciales y estimados, por lo cual,
pueden disminuir o aumentar de acuerdo a las necesidades, contingencia, existencias y recursos financieros
del Hospital la Florida.
No podrá el proveedor ofertar complementos, extras, ni accesorios no contemplados en los requerimientos
de estas Bases. Cualquier extra no requerido no será considerado en la evaluación.
Los productos solicitados, así como los montos estimados de gasto, asignados a cada uno, se encuentran
detallados en las bases Técnicas de licitación
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2.- DISPOSICIONES PRELIMINARES |
2.1.- De los oferentes
Podrán participar en esta licitación las personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras que realicen sus
ofertas a través del sistema de información www.mercadopublico.cl. Del mismo modo podrán participar en
el presente proceso, las personas naturales y/o jurídicas que decidan asociarse a través de la unión temporal
de proveedores, regulada en el artículo 67 bis del Decreto Nº 250 del 2004 del Ministerio de Hacienda, que
aprueba el reglamento de la Ley Nº 19.886.
Tratándose de personas naturales o jurídicas extranjeras, deberán al momento de contratar contar con
agencia y domicilio en Chile, con un representante con mandato y poder suficiente para contratar a nombre
del mandante, y para responder de las obligaciones que emanen del contrato respectivo, de acuerdo a la
normativa vigente, y sin perjuicio de las normas que sobre el particular establezcan tratados o convenios
internacionales vigentes suscritos por Chile y por el país de origen de dicha persona natural o jurídica.
Para estos efectos, la documentación que deberá exigirse a las empresas extranjeras, se hará conforme a lo
dispuesto en la ley N°20711, en caso de ser ello procedente.
En cuanto a la aplicabilidad de los Tratados Internacionales a los que se hace alusión en este apartado, será
pertinente en la medida que tales instrumentos hayan sido suscritos y ratificados por Chile.
Todo Proponente u Oferente interesado en presentar Oferta deberá estudiar cuidadosamente las Bases
Administrativas y Técnicas, debiendo informarse de todas las condiciones que de alguna manera afecten el
costo de los bienes y/o servicios ofertados, tales como permisos que deben obtenerse, leyes o reglamentos
que puedan ser aplicables, entre otros. Cualquier omisión por parte del Oferente, será a su propio riesgo y
sólo él será responsable de los errores u omisiones en que incurra. El Proponente sufragará todos los costos
relacionados con la preparación y presentación de su oferta. El Hospital no será responsable en caso alguno
de dichos costos, cualquiera sea el resultado de la Licitación.
2.2.- Unión temporal de los proveedores
Se entenderá como unión temporal de proveedores, si dos o más proveedores se unen para el efecto de
participar en un proceso de compra, deberán establecer, en el documento que formaliza la unión, a lo menos,
la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad y el
nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes.
Cuando se trate de adquisiciones inferiores a 1.000 UTM, el representante de la unión temporal de
proveedores deberá adjuntar al momento de ofertar, el documento público o privado que da cuenta del
acuerdo para participar de esta forma.
Para contrataciones iguales o superiores al monto indicado, y sin perjuicio del resto de las disposiciones legales
y reglamentarias que resulten aplicables, el acuerdo en que conste la unión temporal deberá materializarse
por escritura pública, como documento para contratar, sin que sea necesario constituir una sociedad.
Si la Entidad exige la inscripción en el Registro de Proveedores para suscribir el contrato, cada proveedor de
dicha unión temporal deberá inscribirse.
Al momento de la presentación de las ofertas, los integrantes de la Unión determinarán qué antecedentes
presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique
ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes
de la misma.
La vigencia de esta unión temporal de proveedores no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado.
2.3.- Inhabilidades para participar en la Licitación y/o Contratar
No podrán participar como oferentes, ni contratar con el estado, las personas naturales o jurídicas, nacionales
o extranjeras, afectos a alguna de las prohibiciones, inhabilidades o incompatibilidades para contratar con
órganos y organismos de la Administración del Estado, contempladas en los incisos 1º y 6º respectivamente
del artículo 4º de la Ley Nº 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de
Servicios y su normativa complementaria.
Tampoco podrán contratar quienes hayan sido condenados, a esta inhabilidad, por el Tribunal de Defensa de
la Libre Competencia en conformidad con lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 26, letra d), del DFL
N° 1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fijó el texto refundido, coordinado
y sistematizado del DL N° 211, de 1973, que fijó normas para la defensa de la libre competencia
Tratándose de personas jurídicas, además, no deben haber sido condenadas a pena de prohibición de celebrar
actos y contratos con organismos del Estado, de conformidad con la Ley N° 20.393, que establece la
Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas en los Delitos de Lavado de Activos, Financiamiento del
Terrorismo y Delitos de Cohecho que Indica.
Tratándose de la unión temporal de proveedores, cualquiera de las causales de inhabilidad para la
presentación de las ofertas, para la formulación de la propuesta o para la suscripción de la convención,
establecidas en la legislación vigente, afectarán a cada integrante de la Unión individualmente considerado.
En caso de afectar una causal de inhabilidad a algún integrante de la Unión, ésta deberá decidir si continuará
con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o se
desiste de su participación en el respectivo proceso.
Todo lo anterior, aun cuando, cumplan con los requisitos técnicos establecidos en las presentes bases de
Licitación.
2.4.- Aceptación del contenido de las bases
Los oferentes por el sólo hecho de presentarse a la Licitación aceptan y se entenderán en cabal conocimiento
de estas Bases, así como también de las características de la provisión de los bienes que se requieren y de las
Modificaciones de Bases y aclaraciones publicadas en su oportunidad, por el solo hecho de presentar sus
ofertas, por lo que se declaran conformes con ellas y no tienen reservas ni observaciones que formular,
debiendo ajustarse a ellas en todo momento.
2.5.- Presentación de documentos
El idioma español regirá para todo el proceso de Licitación, para todos los documentos asociados y aquellos
que posteriormente origine la materialización de la adjudicación.
Todos los antecedentes y formularios deberán ser anexados a la respectiva oferta presentada en idioma
español, en formatos digitales utilizando para estos efectos Word (como procesador de textos), Excel (planilla
electrónica) e imágenes digitalizadas en formatos PDF.
Para estos efectos, la documentación que deberá exigirse a las empresas extranjeras, se hará conforme a lo
dispuesto en la ley N°20711, en caso de ser ello procedente.
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3.- ANTECEDENTES QUE RIGEN EL PROCESO DE COMPRA |
Junto a la Ley N° 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y al
Decreto N° 250 de fecha 09 de marzo de 2004, del Ministerio de Hacienda y sus modificaciones, forman parte
integrante de los documentos de la presente licitación los que a continuación se señalan, los cuales regirán
de forma obligatoria y complementaria, y en caso de discrepancia prevalecerán en el orden de prelación que
se indica:
• Las presentes Bases Administrativas, Bases Técnicas, Anexos y sus modificaciones
• Las Respuestas y/o Aclaraciones realizadas en esta licitación.
• Los antecedentes económicos, técnicos y administrativos presentados por el oferente adjudicado.
• Ley 20.584, que Regula Los Derechos y Deberes que tienen las Personas en relación con acciones
vinculadas a su atención de salud.
• Normas de Derecho Público
• Normas de Derecho Privado
Lo anterior, es sin perjuicio de la facultad interpretativa de la Contraloría General de la República y del Tribunal
de Contrataciones Públicas.
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4.- DEFINICIÓN DE TÉRMINOS |
Se aplicarán en las presentes Bases Administrativas, Bases Técnicas y en los Anexos, los términos y definiciones
establecidos en la Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de
Servicios y en el Decreto N° 250 de 2004 del Ministerio de Hacienda que aprueba el Reglamento de la Ley
19.886, y sus modificaciones, más los que a continuación se indican:
• Hospital Clínico Metropolitano La Florida Dra. Eloísa Díaz Insunza u Hospital La Florida u Hospital o HLF:
Establecimiento asistencial de alta complejidad, RUT 65.075.485-9, ubicado en Av. Froilán Roa Nº 6542,
comuna La Florida, Santiago de Chile.
• Días Hábiles: Son todos los días de la semana, excepto los sábados, domingos y festivos.
• Días Corridos: Son los días de la semana que se computan uno a uno en forma correlativa. Salvo que se
exprese lo contrario, los plazos de días señalados en las presentes bases de licitación podrán ser de días
corridos. En todos los casos, el plazo de cierre para la recepción de ofertas no podrá vencer en días
inhábiles ni en un día lunes o en un día siguiente a un día inhábil, antes de las quince horas. Todos los
plazos de días que se haga mención en las presentes bases se entenderán que han de ser completos y
correrán además hasta la media noche del último día del plazo. Lo anterior, salvo en aquellos casos en que
se indique hora exacta, y siempre y cuando se respeten los plazos mínimos legales establecidos por el
ordenamiento jurídico
• Pruebas de PCR (reacción en cadena de la polimerasa): son una forma rápida y muy precisa de
diagnosticar ciertas enfermedades infecciosas y cambios genéticos. Las pruebas detectan el ADN o el ARN
de un patógeno (el organismo que causa una enfermedad) o células anormales en una muestra.
• Comodato: El art. 2174 del Código Civil chileno define el comodato en los siguientes términos: “El
comodato o préstamo de uso es un contrato en que una de las partes entrega a la otra gratuitamente una
especie, mueble o raíz, para que haga uso de ella, y con cargo de restituir la misma especie después de
terminado el uso.
• Mantención Preventiva: Corresponde a la verificación en terreno del funcionamiento del equipo, por
parte de un técnico especialista de la empresa proveedora, sobre la base de protocolos definidos y cuya
finalidad es adelantarse a posibles desperfectos o fallas que ocasionen mayores costos o mayores tiempos
de detención de funcionamiento del equipo.
• Mantención Correctiva: Corresponde a la verificación en terreno del funcionamiento del equipo, por parte
de un técnico especialista de la empresa proveedora, sobre la base que este se origina a partir de la
detección de una falla del mismo por parte de usuario y que tiene como objetivo la reparación del equipo
de manera de corregir sus desperfectos.
• Programa de Mantención: Corresponde a la programación en calendario y para la ejecución de los
protocolos de mantención preventiva y se expresa en periodos o frecuencia.
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5.- DISPOSICIONES GENERALES |
5.1-Comunicaciones
Cualquier comunicación que deba realizar el Hospital a los proponentes, la publicará en el portal
www.mercadopublico.cl. Así mismo, cualquier comunicación que los proponentes requieran realizar al
Hospital deberá ser a través de igual medio.
5.2.- Consultas a los Antecedentes de la Licitación.
El oferente que tenga dudas respecto de la licitación debe efectuar sus consultas única y exclusivamente a
través del Foro del Sistema de Información y de acuerdo al plazo del numeral 5.4 de las presentes bases. No
se atenderá ni aceptará ningún tipo de consulta por otro medio.
Las consultas que se reciban pasada esa fecha, no obtendrán respuesta.
En las consultas, se deberá indicar la página y punto de las bases y/o el número del anexo objeto de la consulta.
Se considerará que estas aclaraciones formarán parte integral de las bases y por tanto se presumen conocidas
y su aplicación obligatoria para todos los oferentes.
El conocimiento del contenido de las aclaraciones emanadas del Hospital La Florida, es de exclusiva
responsabilidad de los oferentes.
5.3.- Entrega de respuestas y aclaraciones a los antecedentes de la licitación
Las respuestas a las consultas se publicarán en www.mercadopublico.cl en un solo documento, a todos los
proponentes que participen en la licitación, en el plazo señalado en el numeral 5.4 de las presentes bases.
Se considerará que estas aclaraciones formarán parte integral de las bases y por tanto se presumen conocidas
y su aplicación obligatoria para todos los oferentes.
El conocimiento del contenido de las aclaraciones emanadas del Hospital La Florida, es de exclusiva
responsabilidad de los oferentes.
5.4.- Cronograma de la Licitación
Para los efectos de esta licitación se establece el siguiente cronograma:
Publicación de Bases
de Licitación
Las Bases se encontrarán publicadas durante treinta días corridos, desde la
fecha que se suban al portal www.mercadopublico.cl hasta el día de cierre de las
ofertas.
Consultas de las Bases El oferente podrá hacer consultas sobre las Bases de Licitación, hasta las 23:59
horas del décimo día corrido contado desde la publicación de éstas y sólo a
través de www.mercadopublico.cl.
Respuestas y
Aclaraciones
Se dará respuesta a las consultas de las Bases, el vigésimo día corrido contado
desde la publicación de Bases, a través de www.mercadopublico.cl
Si el vigésimo día fuere sábado, domingo o festivo, el plazo se extenderá hasta
el primer día hábil siguiente.
Cierre de recepción de
las ofertas
Los oferentes podrán presentar sus ofertas hasta el trigésimo día corrido
contado desde la publicación de bases hasta las 16 horas, a través de
www.mercadopublico.cl, De acuerdo con lo preceptuado en el inciso penúltimo
del artículo 25 del decreto N° 250, de 2004, no podrá vencer en días inhábiles o
en un día lunes o en un día siguiente a un día inhábil antes de las 15:00 hrs.
Si el trigésimo día fuere sábado, domingo o festivo, el plazo se extenderá hasta
el primer día hábil siguiente.
Apertura de las ofertas El acto de Apertura se efectuará a través de www.mercadopublico.cl. La apertura
se realizará desde las 16:01 hrs de la fecha del cierre de las ofertas y hasta los
dos días hábiles siguientes al cierre.
Evaluación de
admisibilidad
La evaluación de admisibilidad se realizará en la apertura de las ofertas y
consistirá en la revisión de todos los documentos y anexos obligatorios
publicados por los oferentes, exigidos en bases de licitación, junto a la
verificación de la entrega física o electrónica del documento en garantía de la
seriedad de la oferta (si se ha solicitado en el proceso licitatorio). Todo, sin
perjuicio ni limitación a que, con posterioridad, pueda detectarse una causal de
inadmisibilidad en la presentación de algún oferente durante la etapa de
evaluación Administrativa, Técnica y Económica.
Evaluación
Administrativa,
Técnica y Económica
de las Ofertas
La evaluación Administrativa, Técnica y Económica de las ofertas se realizará
desde el día hábil siguiente de la evaluación de admisibilidad y no podrá exceder
de diez días hábiles.
Adjudicación La adjudicación de la Licitación se realizará dentro de los diez días hábiles
contados desde el término de la evaluación.
Suscripción del
contrato
El oferente adjudicado, cuando corresponda, estará obligado a firmar el
contrato, dentro de los cinco días hábiles siguientes al envío del contrato.
5.5.- Modalidad de Propuesta
Las propuestas se presentarán a través de www.mercadopublico.cl en pesos, con valores unitarios sin IVA., y
según las cantidades solicitadas por línea del producto. Además, se deberán presentar todos los anexos
solicitados los cuales deberán tener el producto requerido claramente identificado.
Los valores ofertados deberán incluir todos los gastos en los que incurra el adjudicatario hasta su total
recepción conforme, comprendiéndose entre ellos, por ejemplo, los relativos a capacitación, fletes incluidos,
derechos, patentes, legalización de documentos, etc.
Los oferentes deberán participar en todas las líneas de productos en conjunto.
Si el proveedor no presenta oferta en todas las líneas de insumos licitados, su oferta será declarada
INADMISIBLE. Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la totalidad de los antecedentes
contenidos en la oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley N° 19.886.
Los oferentes podrán presentar una sola oferta o bien una oferta principal y otra alternativa.
5.6.- Ofertas Alternativas
Los proponentes podrán presentar una oferta alternativa, la que será estudiada por el Hospital como una
oferta más. La oferta alternativa deberá ser identificada en el Portal Mercado Público como “Oferta
Alternativa”.
5.7.- Validez de las Ofertas
Las ofertas deberán tener una validez mínima de 180 días corridos, contados desde la fecha de cierre de las
ofertas. La oferta cuyo período de validez sea menor al requerido, dará causa a declararla inadmisible. Lo
anterior, sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la totalidad de los antecedentes contenidos en la
oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley N° 19.886. Si nada señala la oferta, se entenderá que la oferta tiene
una validez de 180 días corridos para todos los efectos.
Vencido este plazo, y si no se hubiere realizado la adjudicación, el Hospital podrá solicitar a los proponentes
la prórroga de sus ofertas y garantías. Los proponentes podrán ratificar sus ofertas o retirarlas, formalizando
su decisión mediante comunicación escrita dirigida al Director del Hospital y la entrega de nueva garantía la
cual deberá hacerse llegar a en oficinas de la Unidad de Licitaciones.
La comunicación se realizará a través de correo electrónico, al correo indicado por el oferente en el ANEXO
N°1. El oferente tendrá el plazo de 5 días hábiles para responder y entregar nueva garantía. De no recibir
respuesta se entenderá que el oferente no tiene interés en continuar.
Desde el día siguiente hábil contado de la comunicación del oferente de no perseverar en la propuesta, o
vencido el plazo de respuesta sin que el oferente se pronuncie al respecto, se pondrá a disposición de los
proponentes para su devolución la garantía a aquellos que no accedan a la prórroga.
5.8.- Garantía de Seriedad de la Oferta
El oferente garantizará la seriedad de su oferta mediante la entrega de una garantía por las propuestas
presentadas, siendo de su exclusiva responsabilidad que dicha garantía sea presentada conforme a las
siguientes especificaciones, en consecuencia, cualquier error u omisión en la mencionada garantía, dará causa
a declarar inadmisible la o las ofertas. Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la totalidad
de los antecedentes contenidos en la oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley N° 19.886.
Tipo de Documento Podrán ser presentados como documentos de caución, boletas de
garantía, vale vistas, certificados de fianza, póliza de garantía o cualquier
otro documento que cumpla con los siguientes requisitos
• Sea pagadero a la vista
• no sujeto a modalidad
• irrevocable
• Emitida a favor de Entidad Pública
Monto Mínimo $200.000 (Doscientos mil pesos)
Beneficiario Hospital Clínico Metropolitano de La Florida Rut 65.075.485-9
Vigencia 180 días corridos a partir del momento del cierre de la recepción de
ofertas.
Glosa PARA GARANTIZAR LA SERIEDAD DE LA OFERTA LICITACION PÚBLICA
“ADQUISICIÓN DE REACTIVOS E INSUMOS CON EQUIPO AUTOMATIZADO EN
COMODATO PARA SISTEMA DE AMPLIFICACIÓN Y DETECCIÓN GENÉTICA
MÚLTIPLE PARA LABORATORIO CLÍNICO DE BIOLOGÍA MOLECULAR PARA EL
HOSPITAL LA FLORIDA”. ID: 777304-XX-LR23.”
(donde se señala XX, se debe reemplazar por el número de la licitación)
Forma y oportunidad
de
Entrega
El oferente o su representante deberá entregar físicamente la garantía a
profesional a cargo Sr. Anat Silva, en la Unidad de Licitaciones, ubicada en
dependencias del Ex CRS (CESFAM Provisorio de La Florida), Avenida Froilán Roa
6420, en horario de lunes a viernes, de 08:30 a 13:00 y de 14:30 a 16:00 horas,
antes del día y hora de cierre del proceso de recepción de ofertas en mercado
público. Las garantías deben entregarse en sobre cerrado dirigido a Sr. Anat silva,
Unidad de Licitaciones del Hospital La Florida, señalando en el sobre lo siguiente:
- GARANTIA SERIEDAD DE LA OFERTA ID: 777304-XX-LR23 (donde se señala XX, se
debe reemplazar por el número de la licitación) - IDENTIFICACION DEL OFERENTE.
El oferente que necesite respaldar la entrega de su garantía deberá acompañar
una fotocopia del sobre que entrega. Esta fotocopia será timbrada por
profesional, indicando la fecha de su recepción y solo si se comprueba que el
documento físico viene en su interior.
Sin perjuicio de lo señalado anteriormente, la revisión del documento y requisitos
de admisibilidad solo se realizará en la apertura de las ofertas.
En caso de presentarse una Garantía en Formato Electrónico, deberán ser
presentadas junto a la oferta, antes del cierre de la recepción de las ofertas en
mercado público.
De no presentar la garantía en forma, lugar, día y hora señalados, la(s) oferta(s)
presentada(s) será(n) declarada(s) inadmisible(s). Esto último, sin perjuicio de las
garantías en formato electrónico que deben ajustarse, además, a las
disposiciones de la Ley N°19.799 sobre documentos electrónicos, firma
electrónica y servicios de certificación de dicha firma, que deberán acompañarse
juntamente con la oferta.
La garantía podrá ser tomada por el oferente o por un tercero a nombre de él.
Custodia Las garantías serán custodiadas por la Unidad de Tesorería del Hospital
de La Florida.
Se hace presente que en el edificio ubicado en Avenida Froilán Roa 6420, comuna La Florida, funcionan
distintas unidades del Hospital, por lo que será de exclusiva responsabilidad del proveedor entregar
correctamente la garantía, en caso que se entregue en un lugar distinto del indicado precedentemente, se
tendrá por no presentado el documento.
Si se presenta más de una oferta a concurso por un mismo oferente (oferta principal y oferta alternativa),
este solo deberá presentar una garantía por ambas ofertas publicadas.
5.9.- Devolución y Cobro de la Garantía de Seriedad de la Oferta
Las garantías de seriedad de la oferta se podrán hacer efectivas administrativamente, en los siguientes casos:
• Si el oferente en cualquier instancia desiste de su oferta.
• Si el proponente retira su oferta o se comprueba por el director o por la Comisión de Evaluación, la falsedad
de la información presentada, por cualquier medio que resulte procedente.
• Si una vez aceptada la oferta, el adjudicatario no acompaña el correspondiente documento de garantía de
fiel y oportuno cumplimiento del contrato dentro del plazo establecido en las presentes bases.
• Si el adjudicatario no se inscribe dentro del plazo establecido al efecto, en el Registro Electrónico
Oficial de Contratistas de la Administración “Chileproveedores” en forma previa a la subscripción del contrato.
• Si el adjudicatario no firma el contrato y/o no acompaña la documentación necesaria para la suscripción del
mismo.
Para el cobro de la Garantía de Seriedad de la Oferta, se aplicará el mismo procedimiento utilizado para el
cobro de multas, según lo establecido en estas Bases de Licitación.
La devolución de las garantías de seriedad de la oferta, de aquellos proponentes cuyas ofertas hayan sido
declaradas inadmisibles o desestimadas, se efectuará dentro del plazo de 10 días hábiles, contados desde la
notificación de la Resolución que dé cuenta de la inadmisibilidad o adjudicación, salvo respecto del oferente
que hubiere obtenido el segundo lugar en el ranking de evaluación, ya que para resguardar una posible
readjudicación, su garantía será devuelta una vez suscrito el contrato.
Respecto del oferente adjudicado, su garantía de seriedad de la oferta, será devuelta una vez que éste
entregue la garantía de fiel cumplimiento del contrato.
Para hacer la entrega material del documento, y dado que estos documentos se encuentran en resguardo y
custodia de la Subdirección de Finanzas del HLF, el oferente deberá solicitar la devolución de la Garantía a
través de correo electrónico al responsable de la licitación, indicando tipo de documento e identificación del
proceso.
Una vez liberada la garantía desde la Unidad de Finanzas, el profesional a cargo de la licitación, informará al
oferente, mediante correo electrónico, la fecha y horario disponible para el retiro de la garantía.
La devolución de garantía se hará efectiva poniendo a disposición del proveedor el documento para su retiro
desde las dependencias del HLF.
Para el retiro se deberá cumplir con los siguientes requisitos:
Si retira Representante Legal deberá presentar:
• Representación Legal de la empresa
• Fotocopia de Cédula de Identidad por ambas partes
Si retira otra persona, deberá presentar:
• Poder Notarial Especial (para retiro de garantía, identificando documento que retira)
• Fotocopia de Cédula de identidad por ambas partes del representante legal
• Fotocopia de Cédula de Identidad de la persona que retira
5.10.- Modificación de las Bases
En cualquier momento, antes del cierre de recepción de ofertas, el Hospital podrá introducir modificaciones
a los documentos de licitación por medio de un acto administrativo publicado a través del portal electrónico
www.mercadopublico.cl, si estima que ello resulta esencial para los fines y/o correcto desarrollo del proceso
licitatorio, dicho acto se encuentra sujeto al trámite de toma de razón, conforme con lo dispuesto en el punto
10.4 del artículo 10, de la resolución N°7, de 2019 y N°14 de 2022, de la Contraloría General.
En caso de que lo anterior ocurra, el Hospital La Florida podrá otorgar un plazo prudencial a los oferentes para
que puedan conocer y adecuar sus ofertas a las modificaciones introducidas, pudiendo, modificar la fecha de
cierre para estos efectos, lo cual será informado por el portal Mercado Público junto con las modificaciones,
una vez que el acto administrativo que las aprueba se encuentre totalmente tramitado.
En el evento de modificarse la fecha de cierre, el plazo para ofertar se ampliará en la cantidad de días que se
señale en www.mercadopublico.cl.
Es exclusiva responsabilidad del Proponente la revisión del Portal, con el objeto de informarse sobre lo
expuesto en este punto y en el punto 5.3. Así mismo, es obligación del oferente, una vez cerrada la
presentación de ofertas, revisar el Foro Inverso y responder las aclaraciones que se le soliciten por esta vía.
5.11.- Pacto De Integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el
presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en
el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos
integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea
considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los
siguientes compromisos:
1. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios,
dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación
con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que
eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que
pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la
posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
2. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que
tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta
o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o
naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas.
3. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para
efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la
veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
4. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas
costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
5. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en
las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
6. El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación,
así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
7. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria,
con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la
posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
8. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones
anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o
asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o
indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose
plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades
individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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6.- DE LAS PROPUESTAS |
Es responsabilidad de los oferentes presentar sus propuestas en tiempo y forma, es decir, en el plazo fijado
en el numeral 5.4 y con toda la información requerida en las presentes bases, de manera tal que permita una
evaluación objetiva, certera, entendible y transparente de todas y cada una de ellas.
Los archivos, documentos y/o anexos, que constituyan la oferta y que deben publicarse en el portal
www.mercadopublico.cl por el oferente, deben ingresarse al portal con el nombre asignado en estas bases,
de modo que sean fácilmente identificables para el evaluador, ejemplo: Anexo Nº02 Declaración Jurada.
Debe respetarse dicha fórmula de nomenclatura y el formato electrónico de cada anexo, a fin de facilitar la
identificación de los documentos y el proceso de evaluación, es decir deberá incorporarse con la mencionada
formula de nomenclatura y en el formato electrónico en el que originalmente figura el anexo (Excel, Word u
otro).
Los anexos Nº01 y 02 se deben presentar uno por cada oferente, es decir, si un oferente presenta oferta
alternativa, no es necesario ingresarlos por cada una de las ofertas.
La no presentación de cualquiera de los Anexos señalados como OBLIGATORIOS, hará inadmisible la oferta.
Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la totalidad de los antecedentes contenidos en la
oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley N° 19.886.
Los antecedentes solicitados en la presente licitación deben subirse a las carpetas disponibles del proceso en
www.mercadopublico.cl, agrupadas según se señala a continuación:
CARPETA ADMINISTRATIVA.
ANEXO NOMBRE ANEXO DESCRIPCIÓN ANEXO
01 PRESENTACIÓN DEL
OFERENTE
Documento en el cual el oferente indica información básica y esencial
respecto de su identificación. Debe adjuntarse en la carpeta administrativa
con el nombre: Anexo N°01 Presentación Del Oferente.
02 DECLARACIÓN
JURADA
Documento en el cual el oferente declara cumplir con las disposiciones
generales de la Ley de Compras y su respectivo Reglamento para ofertar y
contratar con el Estado. Debe adjuntarse en la carpeta administrativa con el
nombre: Anexo N°02 Declaración Jurada Del Oferente.
Por contener este documento la Declaración Jurada exigida para ofertar,
este anexo se considera un ANEXO OBLIGATORIO, por tanto, su no
presentación hará inadmisible la oferta. Lo anterior, sin perjuicio de que se
efectuará la revisión de la totalidad de los antecedentes contenidos en la
oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley N° 19.886.
No están obligados a presentar este Anexo N°02 Declaración Jurada,
aquellos oferentes que estén inscritos y en estado hábil en el portal
www.chileproveedores.cl y que posean en este registro publicado la
declaración para ofertar exigida por la normativa vigente y por estas bases,
a la fecha del cierre de las ofertas.
Además, los oferentes deben identificarse y acreditar su existencia, para ello deberá acompañar los siguientes
documentos en la Carpeta Administrativa:
• Si es persona natural:
- Imagen digitalizada de la cédula nacional de identidad.
• Si es persona jurídica:
El oferente deberá acreditar la vigencia de la sociedad, y para ello deberá presentar uno de los siguientes
documentos:
▪ Imagen digitalizada del certificado de vigencia de la sociedad oferente de data no superior a tres (3)
meses contados desde la presentación de la oferta, emitido por el Conservador de Bienes Raíces.
▪ Imagen digitalizada de la escritura pública de constitución de la sociedad y de todas sus modificaciones.
▪ Imagen digitalizada del certificado de vigencia emitido por el Ministerio de Economía, Fomento y
Turismo para aquellas empresas creadas bajo el régimen establecido por la Ley N° 20.659, de data no
superior a tres (3) meses contados desde la presentación de la oferta.
El oferente deberá acreditar la vigencia de poderes del Representante Legal de la Sociedad, y para ello deberá
presentar la imagen digitalizada del RUT del oferente y de la cédula de identidad de su representante legal y
uno de los siguientes documentos:
▪ Imagen digitalizada del certificado de vigencia de poderes del representante legal del oferente, de data
no superior a tres (3) meses contados desde la presentación de la oferta, emitido por el Conservador
de Bienes Raíces.
▪ Imagen digitalizada del certificado de vigencia de la sociedad oferente de data no superior a tres (3)
meses contados desde la presentación de la oferta, emitido por el Conservador de Bienes Raíces, en
que consten los poderes otorgados al representante legal de la empresa.
▪ Imagen digitalizada del certificado de estatuto actualizado emitido por el Ministerio de Economía,
Fomento y Turismo para aquellas empresas creadas bajo el régimen establecido por la Ley N° 20.659,
de data no superior a tres (3) meses contados desde la presentación de la oferta.
No están obligados a acreditar su existencia y vigencia aquellos oferentes que estén inscritos y en estado hábil
en el portal www.chileproveedores.cl a la fecha del cierre de las ofertas cuyos respaldos e información para
acreditar su existencia y vigencia, se encuentren ya publicados en dicho portal.
CARPETA TÉCNICA
ANEXO NOMBRE ANEXO DESCRIPCIÓN ANEXO
03 ESPECIFICACIONES
TÉCNICAS
Documento Excel en el cual el oferente debe indicar si cumple con la
información técnica respecto del bien y/o servicio ofertado.
Para acreditar si cumple o no el requisito técnico, debe adjuntar todos los
documentos, fotografías y/o certificados que respalden su información,
según los requerimientos de las presentes bases.
El proponente deberá descargar archivo Excel “Anexo N°03 Especificaciones
Técnicas” publicado en el portal www.mercadopublico.cl. y completar con la
información señalada según cumpla o no las características solicitadas.
Las propuestas que no cumplan o no logren acreditar alguno de los requisitos
técnicos OBLIGATORIOS, serán declaradas inadmisibles y no serán
evaluadas.
Una vez completada la tabla Excel con la información requerida, debe
adjuntarse en la carpeta técnica con el nombre: Anexo N°03 Especificaciones
Técnicas.
ANEXO OBLIGATORIO, por tanto, su no presentación hará inadmisible la
oferta. Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la
totalidad de los antecedentes contenidos en la oferta, de acuerdo al artículo
9 de la Ley N° 19.886.
04 PLAZO DE ENTREGA
Documento en que se debe indicar por el proveedor el plazo máximo para la
entrega de los insumos, entrega del equipo en comodato y puesta en
marcha, propuesto por el oferente, de acuerdo a las Bases Administrativas y
demás documentos que forman parte de la licitación.
Plazo de entrega de reactivos e insumos:
Se establece que el límite base para el tiempo de entrega de los reactivos e
insumos es de 1 día (es decir tiempo mínimo), cualquier otro inferior, se
considerará con igual puntaje a dicho límite de referencia, es decir se debe
ofertar desde 1 día en adelante. En caso de presentar un rango de entrega,
se evaluará basándose en el mayor periodo de tiempo especificado (a modo
de ejemplo: si oferta señala entrega entre 2 a 5 días, se evaluará como si se
hubiera ofertado 5 días de entrega).
El plazo de entrega de reactivos e insumos deberá ser el mismo para todos
los ítems ofertados. Si el plazo ofertado no es el mismo para todos los ítems,
su oferta será declarada inadmisible.
El plazo de entrega se deberá expresar en días hábiles.
Si el proveedor no señala expresamente el/los plazos, en su oferta o señala
en su oferta un plazo de días corridos, su oferta será declarada inadmisible.
Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la totalidad de los
antecedentes contenidos en la oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley N°
19.886.
Si el proveedor no señala expresamente en su oferta si son días hábiles o
corridos, se entenderán que son días hábiles, para todo efecto.
El plazo ofertado para la entrega de los reactivos e insumos, se entiende
comenzará a correr a partir de la fecha de la aceptación de la Orden de
Compra emitida por el Hospital en el portal www.mercadopublico.cl. (En
www.mercadopublico.cl el proveedor deberá aceptar la Orden de Compra
en el plazo de 24 horas desde su publicación. Vencidas las 24 horas sin
respuesta en el portal, se entenderá que la Orden de compra ha sido
aceptada tácitamente por el proveedor, comenzando a correr los plazos de
entrega). Todo, sin perjuicio, de lo señalado en la cláusula de estas bases,
sobre El Pago.
Plazo de entrega del equipo:
Se establece que el límite base para el tiempo de entrega del equipo en
comodato es de 1 día (es decir tiempo mínimo), cualquier otro inferior, se
considerará con igual puntaje a dicho límite de referencia, es decir se debe
ofertar desde 1 día en adelante. En caso de presentar un rango de entrega,
se evaluará basándose en el mayor periodo de tiempo especificado (a modo
de ejemplo: si oferta señala entrega entre 2 a 5 días, se evaluará como si se
hubiera ofertado 5 días de entrega).
El plazo de entrega del equipo en comodato se deberá expresar en días
hábiles.
Si el proveedor no señala expresamente el/los plazos, en su oferta o señala
en su oferta un plazo de días corridos, su oferta será declarada inadmisible.
Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la totalidad de los
antecedentes contenidos en la oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley N°
19.886.
Si el proveedor no señala expresamente en su oferta si son días hábiles o
corridos, se entenderán que son días hábiles, para todo efecto.
El plazo de entrega del equipo en comodato comenzará a partir de la firma
del contrato, donde se deberá entregar el equipo requerido.
Plazo de puesta en marcha:
Se establece que el límite base para el tiempo de puesta en marcha es de 1
día (es decir tiempo mínimo), cualquier otro inferior, se considerará con igual
puntaje a dicho límite de referencia, es decir se debe ofertar desde 1 día en
adelante. En caso de presentar un rango de entrega, se evaluará basándose
en el mayor periodo de tiempo especificado (a modo de ejemplo: si oferta
señala entrega entre 2 a 5 días, se evaluará como si se hubiera ofertado 5
días de entrega).
El plazo de puesta en marcha contempla instalación del equipo en comodato,
pruebas de funcionamiento y capacitación a funcionarios en uso y
mantención del equipo en comodato.
El plazo de puesta en marcha se deberá expresar en días hábiles.
Si el proveedor no señala expresamente el/los plazos, en su oferta o señala
en su oferta un plazo de días corridos, su oferta será declarada inadmisible.
Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la totalidad de los
antecedentes contenidos en la oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley N°
19.886.
Si el proveedor no señala expresamente en su oferta si son días hábiles o
corridos, se entenderán que son días hábiles, para todo efecto.
El plazo de puesta en marcha comenzará una vez concluido el plazo ofertado
de entrega del equipo.
Una vez completados los datos en este anexo, debe adjuntarse el documento
en la carpeta técnica con el nombre: “Anexo N°04 Plazo de Entrega”
ANEXO OBLIGATORIO, por tanto, su no presentación hará inadmisible la
oferta. Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la
totalidad de los antecedentes contenidos en la oferta, de acuerdo al artículo
9 de la Ley N° 19.886.
05
CERTIFICADO
COMPORTAMIENTO
CONTRACTUAL
ANTERIOR
Documentos que indican la identificación de los clientes con los que tenga o
haya tenido contratos del mismo rubro y envergadura de los bienes
requeridos en la presente licitación y que certifican que el oferente ha
tenido un comportamiento contractual intachable.
Para estos efectos se considerarán del mismo rubro, contratos referidos a la
venta de los mismos insumos requeridos en esta adquisición y las mismas
marcas y modelos ofertados y se considerará de la misma envergadura
cuando los contratos se hayan celebrado con instituciones de salud pública
o privadas. Si no concurren estas dos condiciones en conjunto, el certificado
no será considerado en la Evaluación.
Los Certificados de Comportamiento Contractual Anterior, deberán
presentarse firmados por la persona facultada para ello de la respectiva
empresa o institución, identificándose en el mismo como tal y con el timbre
de la Institución que adquirió los insumos. No serán considerados para la
evaluación los Certificados de Comportamiento Contractual Anterior
emitidos por el propio oferente, por las entidades del grupo empresarial al
que pertenece la empresa o sociedad oferente o por las personas jurídicas
que tengan, respecto de la empresa o sociedad oferente, la calidad de
matriz, coligante, filial o coligada, en conformidad a las definiciones
contenidas en la Ley N° 18.046.
El Hospital se encontrará facultado para confirmar los antecedentes
entregados, contactando a las respectivas Instituciones que hayan otorgado
dichas certificaciones.
En consecuencia, los antecedentes y clientes del oferente, que no puedan
ser acreditados o confirmados a través de la presentación y revisión de
estos certificados, se entenderán como no presentados, para efectos de la
evaluación.
Para la Evaluación se considerará sólo la presentación hasta un máximo de 6
certificados de clientes distintos, que hayan adquirido los bienes en los
últimos 36 meses desde la publicación de esta Licitación.
Si el oferente presenta más de 6 certificados, sólo se considerarán los 6
certificados donde consten las contrataciones de fechas más recientes.
Estos certificados deben adjuntarse en la carpeta técnica con el nombre:
“Anexo N°05 Certificado Comportamiento Contractual Anterior”.
06
ÓRDENES DE
COMPRA
Anexo en el cual el proveedor deberá ingresar las órdenes de compra:
• Para organismos de salud pública, órdenes de compra de Mercado
Publico aceptadas por el oferente y donde conste expresamente su
recepción conforme.
• Para organismos de salud privada, orden de compra y factura
correspondiente.
Se deberá acreditar experiencia en venta del mismo bien y/o servicio
ofertado dentro de los 24 meses anteriores a la presentación de oferta.
Se deberán adjuntar las órdenes de compra en la carpeta técnica con el
nombre Anexo N°06 “Órdenes de compra”
08
CERTIFICADO DE
DISPONIBILIDAD
DEL EQUIPO EN
COMODATO
Documento que se adjunta con la información referente al porcentaje en
tiempo que estará el equipo en comodato disponible para su uso.
Se entiende que esta disponibilidad no incluye el tiempo destinado a
mantención preventiva y a los tiempos que el oferente determine para las
siguientes acciones como visita luego de notificación de error, reparación de
equipo en Mantención Correctiva y realización de Mantención Preventiva.
El valor ofertado no deberá ser menor a 95%.
Si el porcentaje de disponibilidad del equipo en comodato es menor a 95%,
la oferta será declarada inadmisible. Lo anterior, sin perjuicio de que se
efectuará la revisión de la totalidad de los antecedentes contenidos en la
oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley N° 19.886.
Debe adjuntarse en la carpeta técnica con el nombre: “Anexo N°08
Certificado de disponibilidad del equipo en comodato”.
ANEXO OBLIGATORIO, por tanto, su no presentación hará inadmisible la
oferta. Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la
totalidad de los antecedentes contenidos en la oferta, de acuerdo al artículo
9 de la Ley N° 19.886.
09
LISTADO PERSONAL
SERVICIO TÉCNICO
Documento donde se señala la cantidad de trabajadores de la empresa
oferente que cumplirá funciones de servicios técnico para el Hospital en
virtud de esta adquisición.
En dicho documento se especificará la identificación del trabajador, años de
experiencia y capacitaciones realizadas por la empresa fabricante del equipo.
El documento y sus respaldos deben adjuntarse en la carpeta Técnica con el
nombre: “Anexo N°09 Listado Personal Servicio Técnico”
ANEXO OBLIGATORIO, por tanto, su no presentación hará inadmisible la
oferta. Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la
totalidad de los antecedentes contenidos en la oferta, de acuerdo al artículo
9 de la Ley N° 19.886.
10
CERTIFICADO
OFICIAL DE
REPRESENTACIÓN
DE FABRICANTE
Documento donde el oferente declara estar autorizado por la empresa
fabricante para realizar la comercialización de componentes, accesorios,
insumos y repuestos y a brindar soporte técnico para el equipo de la marca
en Chile.
Se deberá adjuntar un documento emitido por la empresa fabricante que
avale esta autorización. Debe adjuntarse en carpeta técnica con el nombre
Anexo N°10 “Certificado oficial de representación de fabricante”
ANEXO OBLIGATORIO, por tanto, su no presentación hará inadmisible la
oferta. Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la
totalidad de los antecedentes contenidos en la oferta, de acuerdo al artículo
9 de la Ley N° 19.886.
CARPETA ECONÓMICA
ANEXO NOMBRE ANEXO DESCRIPCIÓN ANEXO
07 CARTA OFERTA
Documento donde se oferta el valor unitario y total, sin IVA y en pesos
chilenos, por línea de bien ofertado, incluidos todos los gastos en los que
incurra el adjudicatario hasta su total recepción conforme, comprendiéndose
entre ellos por ejemplo los relativos a capacitación, fletes incluidos, derechos,
patentes, etc.
El oferente deberá asegurarse que los valores contenidos en los documentos
que conforman la oferta, sean iguales a los valores ingresados en el campo
correspondiente en el portal www.mercadopublico.cl. En caso de existir
discrepancias entre el valor indicado en el anexo y el valor ingresado en el
portal, prevalecerá la oferta subida en cada línea de producto a
www.mercadopublico.cl. Se establece expresamente que si la oferta del
proveedor es de $1 en Mercado Público, su oferta será declarada inadmisible.
Una vez completado el documento, debe adjuntarse en la carpeta Económica
con el nombre: “Anexo N°07 Carta Oferta”.
ANEXO OBLIGATORIO, por tanto, su no presentación hará inadmisible la
oferta. Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la totalidad
de los antecedentes contenidos en la oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley
N° 19.886.
Si falta alguno de los anexos OBLIGATORIOS o no se logra acreditar su contenido, la oferta será inadmisible.
Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la totalidad de los antecedentes contenidos en la
oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley N° 19.886.
6.1.- Carácter de los documentos
Cada oferta deberá cumplir con todos los requisitos de admisibilidad administrativa, técnica y económica, sin
embargo, es dable señalar que en esta Licitación podrán existir los siguientes documentos:
• DOCUMENTO “ANEXO”: Anexo numerado que se debe completar o no, según corresponda y cuyo
contenido se deberá acreditar cuando así se indique, con los respectivos documentos de respaldo
adjuntos en cada carpeta de su oferta.
• DOCUMENTO “RESPALDO”: Documento que se pide acompañar en la oferta para respaldar
y/o acreditar algún requerimiento solicitado en un anexo o en bases.
Estos documentos de respaldo podrán ser entre otros: fotos, boucher, fichas técnicas, certificados,
declaraciones, contratos, Ordenes de Compras, catálogos, etc. según se solicite en cada caso.
Los documentos Anexos o respaldos podrán tener carácter de obligatorios o no.
Según lo anterior, los documentos, anexos o respaldos, se pueden clasificar en “esencial” o “subsanable”,
según el siguiente detalle:
a.1 Documento Esencial: Son aquellos, que no admiten corrección, enmienda, rectificación o subsanación,
por ende, si alguna de las propuestas no cumple con la presentación conforme y/o el correcto llenado del
documento sea anexo o respaldo, según se solicita en estas bases, la oferta será inadmisible. Lo anterior, sin
perjuicio de que se efectuará la revisión de la totalidad de los antecedentes contenidos en la oferta, de
acuerdo al artículo 9 de la Ley N° 19.886.
Se entenderán Documentos, anexos o respaldos esenciales los siguientes:
▪ Anexo N°02 Declaración Jurada.
▪ Anexo N°04 Plazo de entrega.
▪ Anexo N°07 Carta Oferta.
▪ Garantía de Seriedad de la Oferta señalada en punto 5.8 de Bases Administrativas de Licitación.
a.2 Documento Subsanable: Son aquellos documentos que, presentados, adolecen de defectos de forma o
errores no esenciales o de tipeo, que obedecen a una justa causa de error u omisión o aquellos documentos
que no se hayan adjuntado por omisión a la oferta.
Los oferentes podrán enmendar sus omisiones u errores, dentro de un plazo de 24 o 48 horas según explicite
el Hospital La Florida, contado desde su requerimiento, mediante el foro inverso del proceso licitatorio y a
través de www.mercadopúblico.cl., y según lo señalado en el punto 8.2.1. de estas bases.
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7.- APERTURA DE LAS PROPUESTAS |
La apertura electrónica de las propuestas que se hayan ingresado en el portal www.mercadopublico.cl. Se
efectuará de acuerdo al calendario de plazos del numeral 5.4, debiendo levantarse acta de lo obrado.
Se realizará en ella, la revisión de los requisitos de admisibilidad esencial dejando constancia de los oferentes
que no cumplan con dichos requisitos en la Apertura Electrónica que se publica en www.mercadopublico.cl.
Una vez verificado el cumplimiento de los oferentes, de los requisitos exigidos en las presentes bases de
licitación y confeccionada la correspondiente Acta de Apertura, se procederá a la evaluación administrativa,
técnica y económica de los oferentes y sus ofertas, por parte de la Comisión Evaluadora, designada por el
Hospital en las presentes bases.
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8.- DE LA EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS |
8.1.- Comisión de Evaluación
La Comisión de Evaluación estará integrada por las siguientes personas o sus subrogantes legales
- SDA.
- SD de Área.
- Jefe Abastecimiento.
- Jefe Finanzas.
- Jefe CR.
- Jefe Contratos
- Referente/s Técnico/s.
- Responsable de la licitación.
En el caso de no ser posible la subrogancia, se reemplazará al integrante de la comisión a través de resolución
fundada, por funcionario que, revista las mismas calidades, todo, sin perjuicio de que su composición sea
informada en el portal www.mercadopublico.cl, una vez dictado el acto administrativo, correspondiente
conforme al inciso final del artículo 37 del decreto N°250, de 2004.
En el evento que la comisión este excepcionalmente integrada por personas ajenas a la administración y en
un número inferior a los funcionarios públicos, tal como lo previene el inciso cuarto del artículo 37 del
mencionado reglamento, su designación deberá ser fundada.
Las autoridades y funcionarios, así como los contratados a honorarios o las personas ajenas a la
administración, (en los casos en que excepcionalmente participen en procedimientos de contratación),
deberán abstenerse de participar en la evaluación y distintas etapas de los procedimientos de contratación,
cuando exista cualquier circunstancia que les reste imparcialidad. Para ello, previa evaluación, cada uno de
sus integrantes, firmará una Declaración Jurada de no tener Conflicto de Interés.
En caso de que alguno de los integrantes esté contratado a honorarios o se trate de personas ajenas a la
administración, estos solo tendrán derecho a voz, debiendo siempre la Comisión estar conformada por
mayoría simple de miembros a contrata.
La comisión revisará, las ofertas recepcionadas e inscritas en el Acta de Apertura, la Comisión de Evaluación
dará inicio al proceso de evaluación de las ofertas formuladas.
La Comisión de Evaluación, podrá ser asesorada por una Comisión Técnica compuesta por un máximo de 3
profesionales de las áreas correspondientes al proceso en análisis.
La comisión de Evaluación será presidida según el siguiente orden de prelación:
1. SDA.
2. Jefe Abastecimiento
3. Jefe Contratos
4. Jefe CR.
La comisión podrá sesionar con un mínimo de 3 de sus integrantes en los días y horas citadas para los efectos
de evaluación. Las decisiones se tomarán conforme la metodología de evaluación indicada en el punto 8.3.
8.2.- Examen de Antecedentes
La Comisión de evaluación verificará los Antecedentes presentados por los oferentes e informará al director,
quien en virtud de lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley Nº 19.886, podrá declarar, mediante resolución
fundada, inadmisible aquellas ofertas que no cumplan los requisitos establecidos en las bases.
El Hospital Clínico Metropolitano La Florida se reserva el derecho de declarar inadmisible las ofertas cuando
no cumplieren con los requisitos exigidos en las presentes Bases.
A su vez, el Hospital declarará desierta la licitación cuando no se presenten ofertas, o bien, cuando éstas no
resulten convenientes a sus intereses. En todos los casos, los oferentes no tendrán derecho a indemnización
alguna por estas circunstancias.
La decisión de inadmisibilidad o de declaración de desierta, se efectuará por resolución fundada, que será
publicada en www.mercadopublico.cl.
8.2.1.-Aclaración y complementación de antecedentes en FORO INVERSO de www.mercadopublico.cl
Errores u omisiones en documentos presentados
El Hospital La Florida de conformidad con el artículo 40 inciso 1º del Decreto Nº 250 que aprueba el
reglamento de la Ley Nº 19.886, podrá solicitar a los oferentes aclaraciones o que salven errores u omisiones
formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes
una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios
de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, informándose debidamente dicha solicitud al
resto de los oferentes a través del Portal Mercado Público.
Omisión de documentos
El Hospital La Florida de conformidad con el artículo 40 inciso 2° del Decreto Nº 250, podrá permitir la
presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de
efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con
anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el
vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.
El plazo que tendrán los oferentes, en ambos casos, ya sea para subsanar documentos presentados o adjuntar
documentos omitidos para dar cumplimiento a lo solicitado por el mandante, no podrá ser superior a 24 o 48
horas, según defina el Hospital, contadas desde la fecha de publicación en el FORO INVERSO
de www.mercadopublico.cl, de la solicitud por parte del Hospital.
Si la aclaración solicitada o el documento omitido no se presenta dentro del plazo asignado, se asumirá que
el requisito en duda no se cumple y la oferta recibirá el puntaje correspondiente establecido en el criterio
“cumplimiento de requisitos formales”.
8.3.- Metodología de Evaluación
La evaluación se hará asignando puntuación según los rangos que se indican, a los aspectos que se detallan;
la oferta que logre la puntuación más alta, será propuesta para adjudicación.
La evaluación de las propuestas será realizada por la Comisión de Evaluación conforme a los criterios de
evaluación, analizando los antecedentes admisibles aportados por los oferentes a través del Portal
www.mercadopublico.cl.
Se ponderarán los puntajes obtenidos, estableciéndose un ranking, del cual se seleccionará la oferta que
obtenga el mayor puntaje y que cumpla de mejor forma los intereses del Hospital.
En el caso de tratarse de un proceso cuya adjudicación se realice por la totalidad de líneas o ítems licitados
a un solo proveedor, el resultado final de la evaluación se obtendrá de la sumatoria de puntajes finales de
todos los ítems ofertados en su conjunto, siendo la oferta ganadora la que obtenga el mayor puntaje de
dicha sumatoria.
Se elaborará el Acta de Evaluación según el análisis realizado para cada uno de los criterios evaluados.
8.3.1 Mecanismos de Evaluación:
La obtención de los puntajes de los requerimientos para cada evaluación podrá ser del tipo tabulación,
dicotómico o porcentual.
a) Mecanismo de Tabulación:
Para el caso de evaluación a través de tabulación, se asignará un puntaje por tramo, requisito o característica
indicada según orden de importancia, el resultado será ponderado según el porcentaje asignado al criterio.
b) Mecanismo Dicotómico:
Para el caso del puntaje dicotómico, el cumplimiento del requerimiento significará la obtención del puntaje
máximo y en caso contrario, el puntaje obtenido será cero.
c) Mecanismo Porcentual:
Para el caso del puntaje porcentual, este se obtendrá dependiendo de si se aplica el criterio del mayor valor
o menor valor, donde la fórmula de cálculo para cada caso es la siguiente:
c.1) Criterio Mayor Valor:
𝐶𝑟𝑖𝑡𝑒𝑟𝑖𝑜 𝑀𝑎𝑦𝑜𝑟 𝑉𝑎𝑙𝑜𝑟: (
𝑉𝑎𝑙𝑜𝑟 𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑑𝑜
𝑀𝑎𝑦𝑜𝑟 𝑉𝑎𝑙𝑜𝑟 𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑑𝑜) 𝑥 (𝑃𝑢𝑛𝑡𝑎𝑗𝑒 𝑑𝑒𝑙 𝑅𝑒𝑞𝑢𝑒𝑟𝑖𝑚𝑖𝑒𝑛𝑡𝑜)
El oferente obtendrá el puntaje máximo del requisito evaluado toda vez que su valor ofertado sea igual al
mayor valor ofertado, del conjunto de las ofertas. Cada valor ofertado distinto al mayor valor ofertado, en
consecuencia, generará un puntaje menor para el requerimiento en evaluación.
c.2) Criterio Menor Valor :
𝐶𝑟𝑖𝑡𝑒𝑟𝑖𝑜 𝑀𝑒𝑛𝑜𝑟 𝑉𝑎𝑙𝑜𝑟: (
𝑀𝑒𝑛𝑜𝑟 𝑉𝑎𝑙𝑜𝑟 𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑑𝑜
𝑉𝑎𝑙𝑜𝑟 𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑑𝑜 ) 𝑥 (𝑃𝑢𝑛𝑡𝑎𝑗𝑒 𝑑𝑒𝑙 𝑅𝑒𝑞𝑢𝑒𝑟𝑖𝑚𝑖𝑒𝑛𝑡𝑜)
El oferente obtendrá el puntaje máximo del requerimiento evaluado, toda vez que su valor ofertado sea igual
al menor valor ofertado, del conjunto de las ofertas. Cada valor ofertado distinto al menor valor ofertado, en
consecuencia, generará un puntaje menor para el requerimiento en evaluación.
8.4.- Criterios de Evaluación
Se evaluará conforme a los criterios de evaluación, que a continuación se indican, sin afectar los principios de
igualdad de los mismos y con estricta sujeción a las bases, de acuerdo a las ponderaciones que se señalan:
CRITERIO PONDERACION PUNTAJE MAXIMO
Cumplimiento de requisitos Formales 1% 100
Cumplimiento Especificaciones Técnicas 30% 300
Plazo entrega reactivos e insumos 2% 100
Plazo Entrega equipo en Comodato 2% 100
Plazo Puesta en Marcha 2% 100
Experiencia del Oferente 2% 100
Capacitación personal servicio técnico 3% 100
Experiencia personal servicio técnico 2% 100
Comportamiento Contractual Anterior 4% 100
Disponibilidad del equipo en comodato 2% 100
Precio 50% 100
8.4.1 Criterio Cumplimiento de requisitos formales de las ofertas (1%)
Se evaluará el cumplimiento formal de los requisitos administrativos, técnicos y económicos, a través del
mecanismo de Tabulación, asignándose el siguiente puntaje:
TRAMO, REQUISITO O CARACTERISTICA PUNTAJE
Presenta oferta con todos los documentos requisitos administrativos, técnicos, económicos
y anexos solicitados, en tiempo y forma.
100
Presenta oferta con todos los documentos, requisitos administrativos, técnicos, económicos
y anexos solicitados, pero se debe pedir subsanar o enmendar elementos de tipo
subsanables a través de foro inverso y proveedor corrige y/o subsana en tiempo y forma.
50
Presenta oferta con todos los documentos, requisitos administrativos, técnicos, económicos
y anexos solicitados, pero se debe pedir subsanar o enmendar elementos de tipo
subsanables a través de foro inverso y proveedor NO corrige o subsana en tiempo y forma.
0
8.4.2 Criterio especificaciones técnicas (30%)
Se evaluará a través del mecanismo de tabulación aplicada a la sumatoria del puntaje obtenido por cada oferta
de acuerdo a la siguiente Pauta de Evaluación:
CLASIFICACION DEL
REQUISITO REQUERIMIENTO PUNTAJE FORMA DE ACREDITAR
PANEL MOLECULAR
MENINGITIS/ENCEFALITIS Capacidad de detectar Citomegalovirus en la misma determinación. 30 Catálogo, Documento, Ficha
Técnica
PANEL MOLECULAR
RESPIRATORIO PARA
PACIENTE IRA GRAVE
Capacidad de detectar Bordetella parapertussis en la misma determinación. 30 Catálogo, Documento, Ficha
Técnica
Capacidad de detectar Chlamydia pneumoniae en la misma determinación. 30 Catálogo, Documento, Ficha
Técnica
VERIFICACION DE
METODOS Y CONTROL DE
CALIDAD
Entrega reactivos/insumos y herramientas necesarias para aplicar Protocolo de
Verificación 10 Catálogo, Documento, Ficha
Técnica o carta de compromiso
El proveedor incluye material de control de calidad interno en matriz de trabajo,
equipo y líquidos, según corresponda para todas las técnicas que oferte, de
primera o tercera opinión.
10 Catálogo, Documento, Ficha
Técnica o carta de compromiso
El proveedor proporciona los reactivos, calibradores y controles necesarios para
realizar la verificación de métodos de las distintas técnicas, en el equipo licitado,
tanto para los cuantitativos como cualitativos, los que serán de su costo.
10 Catálogo, Documento, Ficha
Técnica o carta de compromiso
El proveedor proporciona al laboratorio material de Control de Calidad Externo
de forma periódica Dicho Programa entrega informes periódicos y a fin de ciclo. 10 Catálogo, Documento, Ficha
Técnica o carta de compromiso
CERTIFICACIONES DE LOS
REACTIVOS
Los reactivos a utilizar en el equipo cuentan con los correspondientes
certificados de calidad, idealmente FDA y/o la Comunidad Europea. 20 Certificado vigente*
CARACTERISTICAS DEL
EQUIPO Capacidad de procesar simultáneamente más de una muestra 30 Catálogo, Documento, Ficha
Técnica
Tiempo de entrega de resultados menor o igual tres 3 horas 20 Catálogo, Documento, Ficha
Técnica
Cuenta con Módulo de Control de Calidad incorporado en software principal,
con registro de datos. 10 Catálogo, Documento, Ficha
Técnica
Cuenta con capacidad de almacenamiento resultados de pacientes en equipo o
en software asociado 10 Catálogo, Documento, Ficha
Técnica
Cuenta con capacidad almacenamiento, memoria, para datos control de calidad
de al menos 1 año 20 Catálogo, Documento, Ficha
Técnica
FUNCIONAMIENTO DEL
EQUIPO
Cuenta con sistema de vacío que garantice mínimo nivel de ruido y que no
genere daño acústico 10 Catálogo, Documento, Ficha
Técnica
ALIMENTACIÓN DEL
EQUIPO Autonomía de UPS es mayor a 15 minutos. 20 Catálogo, Documento, Ficha
Técnica
MANUALES Cuenta con Manuales de usuario en inglés 10 Manual
CERTIFICACIONES
EXTERNAS DEL EQUIPO
El equipo cuenta con certificaciones de calidad, como FDA y/o la Comunidad
Europea. 20 Certificado Vigente*
TOTAL 300
*El certificado presentado deberá tener como fecha de vigencia mínima, el cierre de recepción de las ofertas
de este proceso licitatorio y deberá adjuntarse en la CARPETA TECNICA junto al Anexo N°03 Especificaciones
técnicas.
8.4.3. Criterio Plazo entrega reactivos e insumos (2%)
El proponente debe informar el plazo en su Anexo N°04.
Se establece que el límite base para el tiempo de entrega de los reactivos e insumos es de 1 día (es decir
tiempo mínimo), cualquier otro inferior, se considerará con igual puntaje a dicho límite de referencia, es decir
se debe ofertar desde 1 día en adelante. En caso de presentar un rango de entrega, se evaluará basándose en
el mayor periodo de tiempo especificado (a modo de ejemplo: si oferta señala como plazo de entrega entre 2
a 5 días, se evaluará como si se hubiera ofertado 5 días de entrega).
El plazo de entrega de reactivos e insumos deberá ser el mismo para todos los ítems ofertados. Si el plazo
ofertado no es el mismo para todos los ítems, su oferta será declarada inadmisible.
El plazo de entrega se deberá expresar en días hábiles.
Si el proveedor señala en su oferta días corridos, su oferta será declarada inadmisible. Lo anterior, sin
perjuicio de que se efectuará la revisión de la totalidad de los antecedentes contenidos en la oferta, de
acuerdo al artículo 9 de la Ley N° 19.886.
Si el proveedor no señala expresamente en su oferta si son días hábiles o corridos, se entenderán que son días
hábiles, para todo efecto.
El plazo ofertado para la entrega de los reactivos e insumos, se entiende comenzará a correr a partir de la
fecha de la aceptación de la Orden de Compra emitida por el Hospital en el portal www.mercadopublico.cl.
(En www.mercadopublico.cl el proveedor deberá aceptar la Orden de Compra en el plazo de 24 horas desde
su publicación. Vencidas las 24 horas sin respuesta en el portal, se entenderá que la Orden de compra ha sido
aceptada tácitamente por el proveedor, comenzando a correr los plazos de entrega). Todo, sin perjuicio, de
lo señalado en la cláusula de estas bases, sobre El Pago.
Mecanismo menor valor plazo de entrega
𝑀𝑒𝑛𝑜𝑟 𝑃𝑙𝑎𝑧𝑜: (
𝑀𝑒𝑛𝑜𝑟 𝑃𝑙𝑎𝑧𝑜 𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑑𝑜
𝑃𝑙𝑎𝑧𝑜 𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑑𝑜 ) 𝑥 𝑃𝑢𝑛𝑡𝑎𝑗𝑒 𝑚á𝑥𝑖𝑚𝑜 𝑑𝑒𝑙 𝑓𝑎𝑐𝑡𝑜𝑟
*Plazo ofertado = plazo entrega reactivos e insumos
8.4.4. Criterio Plazo entrega equipo en comodato (2%)
El proponente debe informar el plazo que tardará en entregar el equipo en comodato en su Anexo Nº04. Se
establece que el límite base para el tiempo de entrega es de 1 día (es decir tiempo mínimo), cualquier otro
inferior, se considerará con igual puntaje a dicho límite de referencia, es decir se debe ofertar desde 1 día en
adelante. En caso de presentar un rango de entrega, se evaluará basándose en el mayor período de tiempo
especificado (a modo de ejemplo: si oferta señala como plazo de entrega entre 2 a 5 días, se evaluará como
si se hubiera ofertado 5 días de entrega).
El plazo de entrega se deberá expresar en días hábiles.
Si el proveedor señala en su oferta días corridos, su oferta será declarada inadmisible. Lo anterior, sin
perjuicio de que se efectuará la revisión de la totalidad de los antecedentes contenidos en la oferta, de
acuerdo al artículo 9 de la Ley N° 19.886.
Si el proveedor no señala expresamente en su oferta si son días hábiles o corridos, se entenderán que son días
hábiles para todo efecto.
El plazo ofertado se entiende comenzará a correr a partir de la fecha de la firma del contrato, donde se deberá
entregar el equipo requerido. Todo, sin perjuicio, de lo señalado en la cláusula de bases, sobre El Pago.
Mecanismo Menor valor plazo de entrega del equipo en comodato
𝑀𝑒𝑛𝑜𝑟 𝑃𝑙𝑎𝑧𝑜: (
𝑀𝑒𝑛𝑜𝑟 𝑃𝑙𝑎𝑧𝑜 𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑑𝑜
𝑃𝑙𝑎𝑧𝑜 𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑑𝑜 ) 𝑥 𝑃𝑢𝑛𝑡𝑎𝑗𝑒 𝑚á𝑥𝑖𝑚𝑜 𝑑𝑒𝑙 𝑓𝑎𝑐𝑡𝑜𝑟
*Plazo ofertado = plazo entrega Equipo
8.4.5. Criterio Plazo puesta en marcha (2%)
El proponente debe informar el plazo en su Anexo N°04.
Se establece que el límite base para el tiempo puesta en marcha del equipo en comodato es de 1 día (es decir
tiempo mínimo), cualquier otro inferior, se considerará con igual puntaje a dicho límite de referencia, es decir
se debe ofertar desde 1 día en adelante. En caso de presentar un rango de entrega, se evaluará basándose en
el mayor periodo de tiempo especificado (a modo de ejemplo: si oferta señala como plazo de entrega entre 2
a 5 días, se evaluará como si se hubiera ofertado 5 días de entrega).
El plazo de Puesta en Marcha, se deberá expresar en días hábiles.
Si el proveedor señala en su oferta días corridos, su oferta será declarada inadmisible. Lo anterior, sin
perjuicio de que se efectuará la revisión de la totalidad de los antecedentes contenidos en la oferta, de
acuerdo al artículo 9 de la Ley N° 19.886.
Si el proveedor no señala expresamente en su oferta si son días hábiles o corridos, se entenderán que son días
hábiles, para todo efecto.
El plazo ofertado para la Puesta en Marcha, comprende instalación del equipo en comodato, pruebas de
funcionamiento y capacitación a funcionarios en uso y mantención del equipo en comodato.
El Plazo de puesta en marcha comenzará a regir una vez concluido el plazo ofertado de entrega del equipo.
Mecanismo menor valor plazo puesta en marcha del equipo en comodato
𝑀𝑒𝑛𝑜𝑟 𝑃𝑙𝑎𝑧𝑜: (
𝑀𝑒𝑛𝑜𝑟 𝑃𝑙𝑎𝑧𝑜 𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑑𝑜
𝑃𝑙𝑎𝑧𝑜 𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑑𝑜 ) 𝑥 𝑃𝑢𝑛𝑡𝑎𝑗𝑒 𝑚á𝑥𝑖𝑚𝑜 𝑑𝑒𝑙 𝑓𝑎𝑐𝑡𝑜𝑟
*Plazo ofertado = plazo de puesta en marcha
8.4.6. Criterio Experiencia del oferente (2%)
Este criterio se evaluará a través del mecanismo de Tabulación, en base a lo siguiente:
Se medirá y acreditará la experiencia del oferente tanto en el sector público como en el privado, con la
evaluación de órdenes de Compra, según lo siguiente:
Experiencia en sector público: con la presentación de “Órdenes de Compra de Mercado Público aceptadas y
con recepción conforme ” que hayan presentado los oferentes, adjuntas en la carpeta Técnica, estos
documentos deben indicar los clientes con los que tenga o haya tenido contratos del mismo rubro y
envergadura de los servicios requeridos en la presente licitación, emitidas en el portal de mercado público,
aceptadas por el oferente y donde conste expresamente su recepción conforme, que acreditan la experiencia
del proveedor en la venta de los bienes y/o servicios requeridos.
Experiencia en Sector Privado: con la presentación de “Órdenes de Compra con su correspondiente factura”
que hayan presentado los oferentes, adjuntas en la carpeta Técnica, estos documentos deben indicar los
clientes con los que tenga o haya tenido contratos del mismo rubro y envergadura de los bienes y/o servicios
requeridos en la presente licitación.
Para ambos tipos de experiencia se considerarán del mismo rubro, las Ordenes de compras de MP y las
Ordenes de compras con sus respectivas facturas, referidas a la venta de los mismos bienes y/o servicios
requeridos en esta adquisición y se considerará de la misma envergadura cuando dichos contratos se hayan
celebrado con organismos de salud públicos o privados.
Si no concurren estas dos condiciones en conjunto, las Orden de Compra de Mercado Público o las Ordenes
de compras con sus facturas, no serán consideradas como antecedente para la Evaluación.
Las órdenes de compra tanto de mercado público como del sector privado, deberán presentarse una por cada
cliente. Si presenta más de una orden de compra emitida por la misma Institución Pública o Privada, solo será
considerada la Orden de Compra de fecha más actual.
El Hospital se encontrará facultado para confirmar los antecedentes entregados revisando el portal mercado
público y SII de ser necesario, contactando a las respectivas Instituciones y empresas que hayan emitido dichas
órdenes.
En consecuencia, los antecedentes y clientes del oferente, que no puedan ser acreditados o confirmados a
través de la presentación y revisión de estas Órdenes de Compra de Mercado Público que no cuenten con
Recepción conforme, o las Órdenes de compra de sector privado que no se presenten junto a su
correspondiente factura, se entenderán como no presentadas, para efectos de la evaluación.
Para la Evaluación se considerará sólo la presentación hasta un máximo de 6 órdenes de compra de clientes
distintos que hayan adquirido los mismos servicios en los últimos 24 meses desde la publicación de esta
Licitación.
Si el oferente presenta más de 6 órdenes de compra, solo se considerarán las 6 órdenes de compra donde
consten las contrataciones de fechas más recientes.
REQUERIMIENTO PUNTAJE
Presenta órdenes de compra de 6 clientes 100
Presenta órdenes de compra de 5 clientes 80
Presenta órdenes de compra de 4 clientes 60
Presenta órdenes de compra de 3 clientes 40
Presenta órdenes de compra de 2 clientes 20
Presenta órdenes de compra de 1 clientes 10
No presenta órdenes de compra 0
8.4.7. Criterio Capacitación personal servicio técnico (3%)
Este criterio se evaluará a través del mecanismo de Tabulación, en base a lo siguiente:
Se medirá la capacitación de los trabajadores del servicio técnico que prestarán los servicios para el oferente
en esta contratación en el mantenimiento de equipamiento para SISTEMA DE AMPLIFICACIÓN Y DETECCIÓN
GENÉTICA MÚLTIPLE, según los antecedentes señalados en el Anexo N°09 “LISTADO PERSONAL SERVICIO
TÉCNICO”. La capacitación de personas que no se encuentren identificadas en el Anexo 09, no será
considerada a evaluación. Las capacitaciones se deberán acreditar con los correspondientes certificados de
capacitación emitidos por entidad capacitadora. Dicho certificado deberá establecer la calidad de aprobado
deberá tener firma y timbre de la entidad.
Si no se presentan los certificados que acrediten la capacitación del trabajador, esta no será considerada
para la Evaluación.
El Hospital se encontrará facultado para confirmar los antecedentes entregados, contactando a las respectivas
Instituciones o empresas que hayan emitido dichos respaldos o certificaciones.
En consecuencia, los antecedentes de capacitación de los trabajadores del oferente, que no puedan ser
acreditados o confirmados a través de la presentación y revisión de los certificados se entenderán como no
presentados, para efectos de la evaluación.
Para este criterio se asignarán los siguientes puntajes de Evaluación:
REQUERIMIENTO MEDICION PUNTAJE
Porcentaje de trabajadores que cuentan con
Certificado de Capacitación emitido por la empresa
fabricante del equipo en comodato para el
mantenimiento de los insumos y equipamiento para
SISTEMA DE AMPLIFICACIÓN Y DETECCIÓN GENÉTICA
MÚLTIPLE (del total del personal informado)
Mayor a 90% del personal presentado 100
Entre 61% y 90% del personal presentado 75
Entre 31% y 60% del personal presentado 50
Entre 0% y 30% del personal presentado 0
La cantidad de personal del servicio técnico, será el que defina el proveedor para cumplir con lo solicitado
en las presentes bases de licitación.
8.4.8. Criterio Experiencia personal servicio técnico (2%)
Se medirá la experiencia laboral de los trabajadores de servicio técnico para el oferente en esta contratación,
según los antecedentes señalados en el Anexo N°09 LISTADO PERSONAL SERVICIO TÉCNICO.
La experiencia laboral de personas que no se encuentren identificadas en el Anexo 09, no será considerada a
evaluación.
La experiencia Laboral deberá ser comprobada a través de la presentación de copia de finiquitos, Relación de
Servicios o Certificados Laborales, que señalen expresamente el Nombre y N° de Cédula de Identidad del
trabajador, años de prestación servicios y labor realizada por el trabajador en el área de MANTENIMIENTO DE
INSUMOS Y EQUIPAMIENTO PARA SISTEMA DE AMPLIFICACIÓN Y DETECCIÓN GENÉTICA MÚLTIPLE, tanto para
el área pública como privada, según correspondan.
Si no se presentan los respaldos y/o antecedentes que acrediten la experiencia laboral del trabajador, esta
no será considerada para la Evaluación.
El Hospital se encontrará facultado para confirmar los antecedentes entregados, contactando a las respectivas
Instituciones o empresas que hayan emitido dichos respaldos o certificaciones.
En consecuencia, los antecedentes de experiencia laboral de los trabajadores del oferente, que no puedan
ser acreditados o confirmados a través de la presentación y revisión de finiquitos, relación de servicios o
certificaciones Laborales, se entenderán como no presentados, para efectos de la evaluación.
Para la Evaluación se considerarán sólo documentos que por sí solos o en conjunto acrediten la experiencia
laboral del trabajador. Si la documentación entregada acredita en varios o un solo documento una experiencia
mayor a 5 años, se le asignará el puntaje máximo en la Evaluación.
EXPERIENCIA EN MANTENIMIENTO DE INSUMOS Y EQUIPAMIENTO PARA SISTEMA DE
AMPLIFICACIÓN Y DETECCIÓN GENÉTICA MÚLTIPLE
se aplica sobre el 100% del personal a prestar servicios y la experiencia se considera por trabajador.
PUNTAJE
Acredita experiencia en Mantenimiento de equipamiento para insumos y equipamiento para sistema
de amplificación y detección genética múltiple de más de 5 años en el 100% del personal a prestar
servicio técnico
100
Acredita experiencia en Mantenimiento de equipamiento para insumos y equipamiento para sistema
de amplificación y detección genética múltiple de más de 2 años a 5 años en el 100% del personal a
prestar servicio técnico
40
Acredita experiencia en Mantenimiento de equipamiento para insumos y equipamiento para sistema
de amplificación y detección genética múltiple de 1 año a 2 años en el 100% del personal a prestar
servicio técnico
20
Acredita experiencia en Mantenimiento de equipamiento para insumos y equipamiento para sistema
de amplificación y detección genética múltiple inferior a 1 año en el 100% del personal a prestar
servicio técnico
10
No acredita experiencia en Mantenimiento de equipamiento para insumos y equipamiento para
sistema de amplificación y detección genética múltiple en el 100% del personal a prestar servicio
técnico
0
La cantidad de personal del servicio técnico, será el que defina el proveedor para cumplir con lo solicitado
en las presentes bases de licitación.
8.4.9. Criterio Comportamiento Contractual Anterior (4%)
Este Factor se evaluará a través del mecanismo de Tabulación, en base a lo siguiente:
Se medirá el comportamiento contractual anterior del oferente con la evaluación del documento Anexo N°05,
“Certificado Comportamiento Contractual Anterior”, suscrito por clientes con los que tenga o haya tenido
contratos del mismo rubro y envergadura de los productos requeridos en la presente licitación que declaren
la conducta intachable del oferente sin multas, sanciones ni término anticipado de contrato.
Para estos efectos se considerarán del mismo rubro, contratos referidos a la venta de los mismos insumos
requeridos en esta adquisición y de la misma marca ofertada y se considerará de la misma envergadura
cuando los contratos se hayan celebrado con instituciones de salud Pública y/o Privad. Si no concurren estas
dos condiciones en conjunto, el certificado no será considerado en la Evaluación.
Los Certificados de Comportamiento Contractual Anterior, deberán presentarse firmados por la persona
facultada para ello de la respectiva empresa o institución, identificándose en el mismo como tal y con el timbre
de la Institución que adquirió el producto. No serán considerados para la evaluación los Certificados de
Comportamiento Contractual Anterior emitidos por el propio oferente, por las entidades del grupo
empresarial al que pertenece la empresa o sociedad oferente o por las personas jurídicas que tengan, respecto
de la empresa o sociedad oferente, la calidad de matriz, coligante, filial o coligada, en conformidad a las
definiciones contenidas en la Ley N° 18.046.
El Hospital se encontrará facultado para confirmar los antecedentes entregados, contactando a las respectivas
Instituciones que hayan otorgado dichas certificaciones.
En consecuencia, los antecedentes y clientes del oferente, que no puedan ser acreditados o confirmados a
través de la presentación y revisión de estos certificados, se entenderán como no presentados, para efectos
de la evaluación.
Para la Evaluación se considerará sólo la presentación hasta un máximo de 6 certificados de clientes distintos,
que hayan adquirido los bienes en los últimos 36 meses desde la publicación de esta Licitación.
Si el oferente presenta más de 6 certificados, sólo se considerarán los 6 certificados donde consten las
contrataciones de fechas más recientes.
Estos certificados deben adjuntarse en la carpeta técnica con el nombre: “Anexo N°05 Certificado
Comportamiento Contractual Anterior”.
REQUERIMIENTO PUNTAJE
Presenta Certificados de 6 clientes 100
Presenta Certificados de 5 clientes 80
Presenta Certificados de 4 clientes 60
Presenta Certificados de 3 clientes 40
Presenta Certificados de 2 clientes 20
Presenta Certificados de 1 clientes 10
No presenta certificados o estos no pueden ser corroborados con la entidad emisora 0
8.4.10. Criterio disponibilidad del equipo en comodato (2%)
El proponente debe informar el plazo en su Anexo N°08 CERTIFICADO DE DISPONIBILIDAD DEL EQUIPO EN
COMODATO
El Proponente debe garantizar al Hospital Clínico Metropolitano La Florida que el equipo ofertado en
Comodato en la presente licitación presente un Up Time máximo para su utilización (porcentaje en tiempo
que estará el equipo en comodato disponible para su uso).
Se entiende que esta disponibilidad no incluye el tiempo (en horas corridas exceptuando sábados, domingos
y feriados nacionales) destinado a mantención preventiva y a tiempos que el oferente determine para
acciones como visita luego de notificación de error, reparación de equipo en Mantención Correctiva y
realización de Mantención Preventiva.
El valor ofertado no podrá ser menor a 95%. Si el porcentaje de disponibilidad del equipo en comodato es
menor a 95%, la oferta será declarada inadmisible. Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará la revisión
de la totalidad de los antecedentes contenidos en la oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley N° 19.886.
Mecanismo de evaluación Menor Valor
𝐶𝑟𝑖𝑡𝑒𝑟𝑖𝑜 𝑀𝑎𝑦𝑜𝑟 𝑉𝑎𝑙𝑜𝑟: (
𝑉𝑎𝑙𝑜𝑟 𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑑𝑜
𝑀𝑎𝑦𝑜𝑟 𝑉𝑎𝑙𝑜𝑟 𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑑𝑜) 𝑥 (𝑃𝑢𝑛𝑡𝑎𝑗𝑒 𝑑𝑒𝑙 𝑅𝑒𝑞𝑢𝑒𝑟𝑖𝑚𝑖𝑒𝑛𝑡𝑜)
8.4.11. Criterio Precio (50%)
La evaluación económica considerará el valor unitario neto para cada insumo solicitado, el cual se debe
ingresar en Anexo Nº07 Carta Oferta:
REQUERIMIENTO PUNTAJE MÁXIMO
Menor Valor Ofertado 100
Se establece que el puntaje que se obtenga en el total de la oferta por cada insumo será el que se someterá
al cálculo según el menor valor ofertado, lo cual permitirá establecer la mejor condición económica para la
adjudicación.
El valor ofertado de cada línea se debe ajustar al monto estimado señalado en bases técnicas.
Se establece expresamente que si la oferta del proveedor es de $1 en Mercado Público, su oferta será
declarada inadmisible.
𝑀𝑒𝑛𝑜𝑟 𝑃𝑟𝑒𝑐𝑖𝑜: (
𝑀𝑒𝑛𝑜𝑟 𝑃𝑟𝑒𝑐𝑖𝑜 𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑑𝑜
𝑃𝑟𝑒𝑐𝑖𝑜 𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑑𝑜 ) 𝑥 100
8.5.- Situación de Empate:
En caso de que dos o más ofertas obtengan igual puntaje total, se resolverá el empate según los siguientes
criterios:
a) Se seleccionará aquella oferta que presente el mejor puntaje en criterio especificaciones técnicas.
b) Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que presente el puntaje más alto en el criterio
económico.
c) Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que presente el mejor puntaje en el criterio
Comportamiento contractual anterior.
d) Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que presente el mejor puntaje en el criterio
Capacitación personal servicio técnico.
e) Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que presente el mejor puntaje en el criterio
experiencia personal servicio técnico
f) Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que presente el mejor puntaje en el criterio
Experiencia del Oferente.
g) Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que presente el mejor puntaje en el criterio Plazo
de entrega reactivos e insumos.
h) Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que presente el mejor puntaje en el criterio Plazo
puesta en marcha.
i) Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que presente el mejor puntaje en el criterio Plazo
de entrega equipo.
j) Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que presente el mejor puntaje en el criterio de
disponibilidad del equipo en comodato.
k) Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que presente el mejor puntaje en el criterio
Cumplimiento requisitos formales.
l) Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que fuese ingresada primero, según la fecha y hora
en el portal Mercado Publico.
8.6.- Acta de Evaluación
La Comisión de Evaluación elaborará el "Informe o Acta Final de Evaluación" el cual contendrá:
• La identificación de los integrantes de la Comisión de Evaluación que asistieron a evaluar.
• La identificación de los asesores expertos invitados a la Evaluación, si es que existieron.
• La identificación de las ofertas que no cumplieron alguno de los requerimientos obligatorios de bases,
siendo rechazadas sus ofertas en la apertura, quedando por lo tanto fuera de evaluación y aquellas que
fueron evaluadas pero se determinó de igual manera que no cumplieron alguno de los requerimientos
obligatorios de bases, por tanto se deben proponer junto a las rechazadas, para ser declaradas
inadmisibles por la autoridad y la información detallada sobre cuál o cuáles requerimientos no fueron
cumplidos por todas estas ofertas.
• Un cuadro comparativo de las propuestas con las respectivas puntuaciones parciales obtenidas en cada
uno de los criterios de evaluación, así como también un resumen de la Evaluación realizada con
especificación del puntaje final.
• Un análisis final de evaluación y/o las observaciones, si proceden.
• Cuando no se hayan presentado ofertas, la constancia de esta situación para declarar Desierto el proceso.
• Los fundamentos de declarar desierto el proceso en base a ofertas presentadas y evaluadas que no
resulten convenientes para los intereses del establecimiento.
• La recomendación o propuesta final, a la autoridad competente, de adjudicación del oferente mejor
evaluado o de declarar desierto el proceso, según sea el caso, fundada en razones objetivas y no
discriminatorias.
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9.- DE LA ADJUDICACION DE LA PROPUESTA |
9.1.- Criterios de Adjudicación
La Adjudicación se hará por todas las líneas, debiendo un oferente adjudicarse todas las líneas en conjunto.
Se adjudicarán todas las líneas a aquel proponente cuya oferta haya sido evaluada como la más ventajosa
para los intereses de la institución, considerando los criterios de evaluación establecidos en las presentes
Bases y conforme las facultades y prerrogativas establecidas en la normativa sobre contratos administrativos
de suministro y prestación de servicios.
9.2.- Comunicación de la Adjudicación
El Hospital Clínico Metropolitano La Florida adjudicará la oferta mediante acto administrativo, el cual tendrá
plena vigencia una vez que se encuentre totalmente tramitado y notificado al adjudicatario y al resto de los
oferentes a través de www.mercadopublico.cl. En dicho acto administrativo, se especificarán los criterios de
evaluación aplicados, de acuerdo a lo establecido en las presentes Bases.
Si no se adjudicase en el plazo indicado en el punto 5.4 de estas Bases, se avisará a través del Portal las razones
de ello, indicando un nuevo plazo para la adjudicación o la decisión de declarar desierto.
9.3.- Peticiones o Reclamos del Proponente Adjudicado
Adjudicada la propuesta, no podrá el proponente formular petición o reclamo de ninguna especie fundado en
el desconocimiento de estas Bases Administrativas, de las Bases Técnicas y los anexos y sus modificaciones;
las cuales se entienden plenamente conocidas y aceptadas por el solo hecho de presentación de su oferta.
9.4.- De la Readjudicación
El Hospital Clínico Metropolitano La Florida podrá readjudicar la licitación, dentro de los 60 días corridos
desde la publicación, al oferente que siga en orden de prelación de acuerdo con el puntaje total obtenido,
dejando sin efecto la adjudicación previa, en los siguientes casos:
1.-Si el adjudicatario desiste de su oferta.
2.-Si el adjudicatario se desiste de firmar el contrato o rechaza la orden de compra emitida en el portal
mercadopublico.cl
3.-Si el adjudicatario no entrega garantía de fiel y oportuno cumplimiento o cualquier otro documento
solicitado para la firma del contrato en tiempo y forma.
4.-Si el Oferente adjudicado es inhábil para contratar con el estado en los términos del artículo cuarto, incisos
1° y 6° de la Ley 19.886, o según lo establecido en el inciso segundo del artículo 26, letra d), del DFL N° 1, de
2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción sobre condena establecida por el Tribunal de
Defensa de la Libre Competencia, o lo dispuesto en la Ley N° 20.393 Sobre Responsabilidad Penal de Personas
Jurídicas condenadas por delitos de Cohecho , Lavado de Activos y Financiamiento al Terrorismo o no
proporciona los documentos que sean requeridos para verificar dicha condición o le sobreviene una
inhabilidad.
Sin perjuicio de lo anterior, el Hospital podrá elegir si adjudica a la segunda oferta mejor evaluada o desertar
el proceso, para efectuar un nuevo llamado a licitación, emitiéndose para cada caso la respectiva resolución.
9.5.- Revocación de la Licitación
Si se ha detectado una ilegalidad en y durante el proceso o aconteciere durante su tramitación un hecho
considerado como Imprevisto, Caso Fortuito o Fuerza mayor, que haga imposible e improcedente adjudicar
la Licitación, el Hospital Clínico Metropolitano La Florida, podrá realizar la revocación de esta, previo acto
administrativo que justifique tal situación, sin perjuicio de otras causales específicas de las normas especiales
vigentes, aplicables a los actos del Estado.
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10.- DEL CONTRATO |
De acuerdo a lo estipulado en el Artículo 63° del Reglamento de la ley N° 19.886 aprobado por el decreto Nº
250/2004 del Ministerio de Hacienda, la formalización del contrato en este proceso se llevará a cabo según lo
siguiente:
a) La firma de un contrato escrito será obligatoria en esta adquisición para los oferentes que
adjudiquen un monto total igual o mayor a 100 UTM, ya sea por la adjudicación de una o varias
líneas. Además, deberá presentar la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, de acuerdo a lo
estipulado en el punto 10.8 de estas Bases.
b) Para los oferentes que adjudiquen un monto entre 50 y 99 UTM, su contratación se formalizará a
través de la emisión y aceptación de la correspondiente Orden de Compra, más la presentación de
la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, de acuerdo a lo estipulado en el punto 10.8 de estas
Bases.
c) Para los oferentes que adjudiquen montos inferiores a 50 UTM, su contratación se formalizará a
través de la emisión y aceptación de la correspondiente Orden de Compra.
10.1.- Entrega de Documentación y Antecedentes para la formalización del contrato.
El adjudicatario deberá hacer llegar toda la documentación necesaria para la suscripción definitiva de su
contrato y/o la correspondiente emisión de la Orden de Compra, según corresponda, a la Unidad de Contratos
del Departamento de Comercialización del Hospital, dentro de los 5 días hábiles siguientes a la adjudicación y
según el siguiente detalle:
• Garantía de Fiel y oportuno cumplimiento: Solo el proveedor adjudicado cuyo contrato sea igual o
superior a 50 UTM debe presentar garantía o caución para asegurar el fiel y oportuno cumplimiento de
contrato según monto y glosa, de acuerdo a lo establecido en numeral 10 de las presentes Bases.
• Acreditación poderes del representante legal: El proveedor adjudicado en el caso que fuera persona
jurídica, deberá acreditar la vigencia de los poderes del representante legal a través de certificado de
vigencia de poderes emitido por el Registro de Comercio o por la institución que corresponda, de data
no superior a 3 meses contados desde la fecha en que deba suscribir el contrato escrito.
• Declaraciones juradas: El oferente adjudicado, deberá presentar las siguientes declaraciones juradas:
a) Anexo N°02 Declaración Jurada Simple: en formato físico firmada por el representante legal de la
empresa o la persona natural, según corresponda, en la cual se consigna que no se encuentra unido por
los vínculos de parentesco descritos en la letra B) del artículo 54 de la ley 18.575, que no se encuentra
afecto a las inhabilidades establecidas en el artículo 4° de la ley Nº19.886, y que tratándose de personas
jurídicas, además, no ha sido condenado a pena de prohibición de celebrar actos y contratos con
Organismos del Estado, de conformidad con la ley Nº20.393. Si se trata de una Unión Temporal de
Proveedores, cada uno de los integrantes deberá presentar su Declaración Jurada de forma Individual.
b) Si el contrato es igual o superior a 1000 UTM y el adjudicado es una unión temporal de proveedores:
Los oferentes adjudicados que se unan de esta forma, deberán presentar la Escritura Pública que
materialice la unión temporal de proveedores. Dicho documento deberá establecer la solidaridad entre
las miembros de la unión temporal de proveedores y el nombramiento de un representante o apoderado
común con poderes suficientes, además de tener una vigencia que no podrá ser inferior a la vigencia del
contrato que se adjudica mediante el proceso licitatorio, incluyendo las renovaciones del mismo si
existiesen, conforme a lo regulado en el art. 67 bis, del Reglamento de la ley N°19.886 aprobado por el
decreto Nº 250/2004 del Ministerio de Hacienda
• Cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales: El proponente adjudicado deberá presentar
un certificado en que se acredite el cumplimiento de las obligaciones laborales y cotizaciones
previsionales por parte del proveedor adjudicado para con sus trabajadores, éste deberá ser emitido por
la Inspección del Trabajo o por empresas autorizadas para extender este tipo de certificados. En caso de
que el certificado arroje deudas o saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones previsionales, los
primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas
obligaciones, debiendo el oferente adjudicado acreditar que la totalidad de las obligaciones se
encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato. El incumplimiento de
esta obligación, como, asimismo, la falta de presentación de dicho certificado habilitará al Hospital, para
poner término al contrato y podrá llamar a una nueva licitación, sin que el oferente adjudicado pueda
participar en este nuevo proceso.
10.2. - Inscripción en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores Del Estado.
El proveedor al momento de adjudicar y contratar deberá estar inscrito en el registro nacional
www.chileproveedores.cl. Si al momento de adjudicar el proveedor no se encuentra inscrito en este registro,
tendrá un plazo excepcional de 10 días hábiles contados desde la notificación de la adjudicación para
inscribirse, sin perjuicio de lo anterior, deberá hacer entrega de todos los demás antecedentes según lo
dispuesto en párrafo primero del numeral 10.1
La no inscripción en Chileproveedores o la no entrega de cualquiera de los documentos y antecedentes ya
señalados, configurará causal suficiente para dejar sin efecto la resolución de adjudicación respectiva. En tal
caso se procederá al cobro de la garantía de seriedad de la oferta correspondiente (si se ha solicitado en el
proceso licitatorio), pudiendo el Hospital readjudicar al 2º mejor oferente evaluado, el que deberá acreditar
las mismas exigencias de los párrafos anteriores, o bien, declarar desierta la licitación, cuando la 2da mejor
oferta evaluada no resulte conveniente a sus intereses, en conformidad al artículo Nº 9 de la Ley N° 19.886.
Será responsabilidad del adjudicatario cumplir en tiempo y forma, con todas las exigencias antes descritas.
10.3 Suscripción del contrato y aceptación de la orden de compra:
10.3.a Firma de contrato:
Una vez adjudicada la Licitación, cuando proceda, se hará llegar al adjudicatario el documento de contrato vía
correo electrónico, al correo informado por el proveedor en el Anexo N°01 de su oferta. El oferente adjudicado
estará obligado a firmar y devolver contrato firmado en 3 copias en formato físico, en sobre cerrado a nombre
de Unidad de Contratos del Hospital La Florida, indicándose la siguiente referencia “CONTRATO ID 777304-
XX-LR23 (donde XX, se debe reemplazar por el número de la licitación), El sobre deberá ser entregado en
secretaria de Comercialización del Hospital, dentro del plazo estipulado en el numeral 5.4. de las bases.
10.3.b Resolución que aprueba contrato: Una vez firmado y devuelto el contrato por el proveedor, se
procederá a firmar por la autoridad competente del Hospital y se dictará la correspondiente Resolución que
aprueba dicho contrato. Dicho acto estará sujeto al trámite de toma de razón, conforme con lo dispuesto en
el punto 12.1 del artículo 12, de la resolución N°7, de 2019 y N°14 de 2022 de la Contraloría General
10.3.c Emisión de Orden de compra: se emitirá la 1era de varias sucesivas y/o única orden de compra
respectiva, según sea el caso, a través del sistema de información www.mercadopublico.cl.
Sin perjuicio de lo anterior, y por razones de buen servicio, se podrá emitir, excepcionalmente, y en los casos
que proceda la suscripción de contrato escrito, la orden de compra antes de la completa tramitación de la
Resolución que aprueba el Contrato. Sin perjuicio de que esta, debe encontrarse totalmente tramitada al
momento de pagar dicha Orden de compra.
10.3.d Aceptación de la Orden de compra por el proveedor: El proveedor deberá aceptar la Orden de compra
en el plazo de 24 horas desde su publicación en el sistema de información www.mercadopublico.cl. Vencidas
las 24 horas sin respuesta en el portal, se entenderá que la Orden de compra ha sido aceptada tácitamente
por el proveedor, comenzando a correr los plazos de entrega y cumplimiento de todas las obligaciones del
contrato. Todo, sin perjuicio, de que, para el pago de factura, esta Orden de compra deberá encontrarse
aceptada expresamente en el sistema de información y con recepción Conforme, aceptación y recepción, sin
la cual el pago no se llevará a cabo.
El proveedor no podrá imponer un monto mínimo de despacho para aceptar la Orden de Compra.
10.4.- Contenido del Contrato
El contrato escrito, cuando proceda, contendrá todas y cada una de las cláusulas necesarias para su efectivo
cumplimiento, especificará el objeto, precio, plazo de entrega definido por el adjudicatario en su oferta,
además señalará la forma de recepción de los bienes y/o servicios, garantía técnica, modalidad de pago, entre
otras.
Se comprende dentro del objeto de la obligación del adjudicatario, todo lo señalado en su oferta, incluyéndose
las capacitaciones necesarias para el correcto, adecuado y útil uso del bien, si procede y la entrega de las
licencias, de todo tipo, incluyendo las intelectuales e industriales, que del caso correspondan, para el uso
correcto, útil y adecuado del bien.
El incumplimiento de lo ofertado será considerado incumplimiento grave de las obligaciones contraídas en el
contrato y podrá dar origen a su término y al cobro de la respectiva garantía, sin perjuicio de las acciones
legales correspondientes que pueda ejercer el Servicio.
Las cláusulas del respectivo contrato serán aplicables tanto a las obligaciones principales, como las
obligaciones accesorias y complementarias y se cumplirán del modo natural que a ellas correspondieren.
El adjudicatario será empleador único y exclusivo de su personal y por lo tanto, directamente responsable
ante las autoridades administrativas y del trabajo, Tribunales de Justicia, organismos previsionales, y en
general ante cualquier tercero, del cumplimiento fiel y oportuno de todas las obligaciones laborales y
previsionales que le correspondan en dicha calidad y en general de todas y cada una de las obligaciones que
nacen del contrato de trabajo, y de aquellas establecidas por el Código del Trabajo. No existiendo vínculo
laboral alguno entre el Hospital y el adjudicatario ni con sus trabajadores. El Hospital podrá requerir en todo
momento, información relativa al cumplimento de las obligaciones laborales y previsionales que le asisten al
empleador respecto de sus trabajadores, y especialmente respecto de aquellos que estén involucrados directa
o indirectamente en las prestaciones de que trata la presente licitación y el respectivo contrato.
10.5.- Vigencia y Duración del Contrato
El contrato que se celebre comenzará a regir a contar de la total tramitación del acto administrativo que lo
apruebe, o desde la aceptación de la respectiva Orden de Compra, según corresponda, salvo en aquellos
casos en los cuales, por razones de buen servicio, y mediante resolución fundada, las prestaciones contenidas
en el contrato escrito, deban iniciarse desde el momento de su suscripción, sin perjuicio, de que no proceda
pago alguno antes de la total tramitación del acto administrativo que lo aprueba.
La duración del contrato será de 60 meses o hasta que se alcance el monto total máximo adjudicado, lo que
ocurra primero.
Lo anterior según las siguientes causales:
- Disminuir el costo por determinación debido a que la devaluación de los equipos en convenios de
menor tiempo implica un aumento de los costes.
- Optimizar los tiempos de implementación y capacitación.
- Protección al medio ambiente.
- Reducción de costes por concepto de disminución de procesos licitatorios.
10.6.- Renovación del Contrato
De acuerdo a las condiciones establecidas en este proceso licitatorio, no procede la renovación de contrato.
10.7.- Modificación Del Contrato
Mediante Resolución fundada, el HLF podrá modificar el contrato en cualquiera de las situaciones que se
señalan a continuación:
a) Mutuo acuerdo entre los contratantes, sin que pueda alterarse la aplicación de los principios de estricta
sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, ni que pueda aumentarse el monto del contrato más allá
del 30% del monto originalmente pactado.
b) Si así lo exigiera el interés público o la seguridad nacional.
c) Las demás causales establecidas en el artículo 77 del reglamento de la Ley 19.886.
Dicha modificación, deberá aprobarse mediante acto administrativo totalmente tramitado, según lo
dispuesto, entre otros, en el dictamen N° 34.713, del 2015.
10.8.- Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato
Junto a la firma del Contrato y para cautelar el cumplimiento de la correcta ejecución del mismo, el
adjudicatario deberá entregar una caución o garantía, siendo de su exclusiva responsabilidad que dicha caución
o garantía sea presentada conforme a las especificaciones que a continuación se indican.
Tipo de Documento Podrán ser presentados como documentos de caución, boletas de garantía,
vale vistas, certificados de fianza, póliza de garantía o cualquier otro
documento que cumpla con los siguientes requisitos
• Sea pagadero a la vista
• no sujeto a modalidad
• irrevocable
• Emitida a favor de Entidad Pública
Monto 10% de monto total adjudicado con IVA incluido en pesos chilenos
Beneficiario Hospital Clínico Metropolitano La Florida; Rut: 65.075.485-9
Vigencia 60 meses más 120 días hábiles, a contar de la adjudicación.
El proveedor podrá entregar 1 documento de garantía por el total de 60
meses más 120 días hábiles o 3 documentos de forma parcializada, según
lo siguiente:
• Primera garantía con una vigencia de 24 meses desde la fecha de
adjudicación.
• Segunda garantía con una vigencia de 24 meses a contar del día
siguiente al vencimiento de la primera garantía.
• Tercera garantía con una vigencia de 12 meses más 120 días hábiles a
contar del día siguiente al vencimiento de la segunda garantía.
La entrega de los documentos de garantía, deberá hacerse antes de los
60 días hábiles anteriores al vencimiento del documento que se renueva,
salvo el primero que debe entregarse según lo establecido en el numeral
10.1 de las presentes bases. Una vez entregada la garantía renovada, se
hará devolución del documento de garantía anterior en un plazo de 10
días hábiles.
De no renovarse los documentos de garantía correspondientes dentro
del plazo establecido en el párrafo anterior, se dará por terminado el
contrato ejecutándose la garantía vigente.
Glosa Garantizar el Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato y las obligaciones
laborales del “ADQUISICIÓN DE REACTIVOS E INSUMOS CON EQUIPO
AUTOMATIZADO EN COMODATO PARA SISTEMA DE AMPLIFICACIÓN Y
DETECCIÓN GENÉTICA MÚLTIPLE PARA LABORATORIO CLÍNICO DE
BIOLOGÍA MOLECULAR DEL HOSPITAL LA FLORIDA” ID 777304-XX-LR23.
(donde se señala XX reemplazar por el número de la Licitación)
Forma y oportunidad de
Entrega Física
El oferente o su representante deberá entregar físicamente la única
garantía de 60 meses más 120 días hábiles o la primera garantía de 24
meses en la secretaría de Comercialización ubicada en dependencias del
Hospital La Florida (primer piso), Avenida Froilán Roa 6542, en horario de
lunes a viernes, de 08:30 a 13:00 y de 14:30 a 16:00 horas, dentro de los 10
días hábiles desde la adjudicación.
En el caso de la segunda garantía de 24 meses y tercera garantía de 12
meses más 120 días hábiles, estás se deberán presentar en el mismo
horario, lugar y conforme a los plazos señalados en el recuadro anterior.
La garantía debe entregarse en sobre cerrado dirigido a la Unidad de
Contratos del Hospital La Florida, señalando en el sobre lo siguiente:
GARANTIA DE FIEL OPORTUNO CUMPLIMIENTO ID: 777304-XXLR23 (donde se señala XX, se debe reemplazar por el número de la
licitación)
IDENTIFICACION DEL OFERENTE
En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a
la ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y
Servicios de Certificación de dicha firma.
El oferente que necesite respaldar la entrega de su garantía deberá
acompañar una fotocopia del sobre que entrega. Esta fotocopia será
timbrada por profesional, indicando la fecha de su recepción y solo si se
comprueba que el documento físico viene en su interior.
Sin perjuicio de lo señalado anteriormente, la revisión del documento y
cumplimiento de requisitos formales, solo se verificará por la Unidad de
Contratos
En caso de presentarse una Garantía en Formato Electrónico, deberán ser
enviadas al correo: garantiahlf@redsalud.gov.cl, antes del del vencimiento
del plazo de 5 días hábiles desde la adjudicación, indicando en el asunto del
correo el ID de la Licitación y el nombre del Oferente.
De no presentar dicha garantía en forma, lugar, día y hora señalados, la
oferta adjudicada se entenderá desistida.
Esto último, sin perjuicio de las garantías en formato electrónico que,
además, deben ajustarse a las disposiciones de la Ley N°19.799 sobre
documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de
dicha firma, que deberán acompañarse conjuntamente con la oferta.
En el caso de que la garantía entregada contenga errores, se solicitará
corregir dentro de los 5 días hábiles siguientes, so pena de no firmarse el
contrato respectivo.
La no entrega de esta Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento, dará lugar
al cobro de la Garantía de Seriedad de la Oferta (si se ha solicitado en el
proceso licitatorio) y el Hospital podrá readjudicar la Licitación o declarar
Desierto el proceso.
La garantía podrá ser tomada por el oferente o por un tercero a nombre de
él.
Custodia Las garantías serán custodiadas por la Unidad de Tesorería del Hospital.
En caso de que se cobre parte de la garantía de fiel cumplimiento conforme al punto 12.6 de las presentes
bases técnicas, el adjudicatario deberá entregar una nueva garantía de fiel y oportuno cumplimiento, en el
plazo de 10 días hábiles, en los mismos términos de la garantía anterior.
Se hace presente que en el Departamento de comercialización ubicado en dependencias del Hospital La
Florida (primer piso), Avenida Froilán Roa 6542, funcionan distintas unidades del Hospital, por lo que será
de exclusiva responsabilidad del proveedor entregar correctamente la garantía, en caso de que se entregue
en un lugar distinto del indicado precedentemente, se tendrá por no presentado el documento.
En caso de que el Hospital determine necesario aumentar el contrato, el adjudicatario deberá renovar la
garantía de fiel y oportuno cumplimiento, conforme al nuevo plazo y monto que se estime para estos efectos.
La garantía original será devuelta una vez que se haya entregado la nueva garantía.
10.8.1.- Aumento de Garantía
Cuando el precio de la oferta presentada por un Oferente sea menor al 50% del precio presentado por el
Oferente que le sigue, y se verifique por parte de la Entidad Licitante que los costos de dicha oferta son
inconsistentes económicamente, la Entidad Licitante podrá a través de una resolución fundada, adjudicar esa
oferta, solicitándole una ampliación de las garantías de fiel cumplimiento, hasta por la diferencia del precio
con la oferta que le sigue.
10.9.- Devolución y Cobro de la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato
La garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato se podrá hacer efectiva, en caso de incumplimiento
por parte del proveedor de cualquiera de las obligaciones del Contrato, sin perjuicio de las multas que
corresponda aplicar.
Para el cobro de la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento, se aplicará el mismo procedimiento utilizado
para el cobro de multas, según lo establecido en estas Bases de Licitación.
La devolución de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato se efectuará dentro del plazo de 10
días hábiles contado desde el término del contrato, y una vez acreditado que se han cumplido todas las
obligaciones de dicho contrato, mediante Certificación de Conformidad, suscrito por el Jefe de la Unidad de
Contratos o quien lo subrogue, para tal efecto, al término del convenio.
Un representante de la empresa debidamente individualizado con poder especial ante notario podrá solicitar
la devolución ante el Responsable de Contrato de la Unidad de Contratos del Hospital, caso en el que se
comunicará a la Unidad de Tesorería.
10.10. Resciliación Del Contrato por Mutuo Acuerdo.
Las partes podrán poner término al contrato de común acuerdo, en forma anticipada, suscribiendo el
documento respectivo.
10.11.- Prohibición De Cesión
El adjudicatario no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente los derechos y obligaciones
establecidos para esta adquisición y contratación. En lo referido a la cesión de los instrumentos y títulos de
crédito que surjan del contrato, se estará a los artículos 74 y 75 del Decreto N°250 de 2004 del Ministerio de
Hacienda que aprueba Reglamento de la ley N°19.886 de Bases de Contratos Administrativos de Suministro y
Prestación de Servicios, particularmente al hecho que se notifique oportunamente dicho contrato o cesión y
no existan obligaciones o multas pendientes.
10.12.- Subcontratación
Queda prohibida la subcontratación de los bienes y/o servicios contratados. Lo anterior salvo en los casos de
transporte y/o distribución.
10.13.-Reajustabilidad de los Precios
El precio adjudicado no se reajustará durante la vigencia del contrato.
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11.-DE LA ENTREGA |
11.1.- De la entrega de los reactivos e insumos
El plazo de entrega de los bienes será el ofertado por el proponente en Anexo N°04 Plazo de Entrega, dicho
plazo se contabiliza a partir de la aceptación de la orden de compra a través del portal Mercado Publico según
lo establecido en estas bases. El oferente adjudicado deberá entregar los reactivos e insumos por cada orden
de compra emitida, en el Laboratorio del Hospital en forma total.
Se debe acompañar a la entrega, la Orden de compra aceptada y la respectiva Guía de despacho timbrada por
la bodega del Hospital. No se aceptarán copias de Facturas.
La guía de despacho deberá contener los datos de identificación de la Orden de Compra, el número de lote y
fecha de vencimiento de los productos.
Sin perjuicio de la cantidad de consumo total estimado en la presente licitación para cada insumo, los
requerimientos de entrega de los bienes podrán ser realizados a través de la emisión de una sola Orden de
compra por dicho total o a través de la emisión de varias órdenes de compra sucesivas, según la necesidad
del Hospital durante toda la vigencia del contrato.
En caso de que el bien no cumpla con las condiciones mínimas para garantizar que se encuentra en
condiciones de ser utilizado, como por ejemplo producto distinto del solicitado, envases o sellos alterados o
dañados, temperatura inadecuada, material del envase, condiciones de traslado que afecten el insumo, etc.,
el bien será devuelto total o parcialmente, debiendo el adjudicatario realizar una nueva entrega dentro de las
24 horas siguientes, según lo establecido en las Bases Técnicas sobre Política de Canje obligatoria. Todo, sin
perjuicio de las sanciones y multas que se puedan aplicar por incumplimiento por atraso en la nueva entrega.
El proveedor no podrá imponer un monto ni cantidad mínima de despacho.
11.2.- De la entrega del equipo y puesta en marcha del equipo
El plazo de entrega del equipo en comodato será ofertado por el proponente en Anexo N°04 Plazo de entrega,
dicho plazo comenzará a partir desde la fecha de la contratación. Para realizar la entrega se deberá coordinar
con el referente técnico de la Unidad de Equipos Médicos del Hospital y el referente técnico administrador de
contrato de la unidad de Laboratorio para realizar la gestión de la documentación adecuada.
El plazo de puesta en marcha contempla instalación del equipo en comodato, pruebas de funcionamiento y
capacitación a funcionarios en uso y mantención del equipo en comodato. Este plazo comenzará a regir una
vez concluido el plazo ofertado de entrega del equipo.
En caso que el producto no posea las características o no haga cumplimiento de lo requerido, el equipo será
devuelto, debiendo el adjudicatario realizar una nueva entrega, dentro de un plazo máximo de 24 horas. En
caso que no dé cumplimiento a lo antes indicado se aplicará la multa indicada en la cláusula 12.3 Multas de
las Bases administrativas.
11.3.- Ampliación del plazo de entrega
El plazo de entrega podrá ser ampliado de oficio por el Hospital. La solicitud de aumento de plazo que pudiese
realizar el Hospital, se realizará mediante comunicación formal al proponente a través de correo electrónico
señalado en el Anexo N°01 por el proveedor, con antelación a la fecha de entrega ofertada.
Si el plazo de entrega comprometido por el oferente no es respetado por una causa imputable a éste, el
adjudicatario deberá asumir, junto a la aplicación de la correspondiente multa, el costo que eventualmente
se pueda producir con ocasión de ello.
Con todo, el adjudicatario podrá a través de Carta dirigida al Director del Hospital enviada por correo
electrónico a la jefatura de la Unidad de Contratos del Hospital antes del vencimiento de la fecha de entrega,
solicitar la ampliación de dicho plazo, pudiendo invocar solo como causal la fuerza mayor o caso fortuito.
Dicha solicitud deberá acompañarse de todos los documentos o respaldos que acrediten la causal invocada.
La autoridad competente, calificará la causal y resolverá sobre su aprobación o rechazo. Con todo, esta
ampliación no deberá irrogar un mayor costo para el Hospital.
La alegación de caso fortuito o fuerza mayor deberá ser probada en los términos de la legislación civil, y En
caso de rechazo se aplicará la multa respectiva.
En caso de aumento de plazo, se emitirá la Resolución respectiva, la que será sometida al procedimiento
administrativo que corresponda.
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12.- MULTAS Y SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO DE CONTRATO |
12.1.- Término Anticipado Del Contrato
El Hospital podrá, previa calificación de las circunstancias y emisión de resolución fundada de su Director,
poner administrativamente término al contrato, en forma anticipada, unilateral e inmediata, en caso de
incumplimiento del contrato celebrado, considerándose como causales de dicho término, las indicadas en el
artículo Nº13 de la Ley Nº19.886, en el artículo Nº77 del Decreto Nº250 de 2004 que contiene el Reglamento
de la Ley N°19.886, además de las siguientes causales específicas:
a) La aplicación de dos o más multas dentro un plazo de tres (3) meses, durante la vigencia del contrato,
cualquiera sea su fuente, de las enumeradas en el punto 12.3, o por la acumulación de multas cuyo
monto total sea igual o superior al 30% del monto del contrato.
b) Evaluación Técnica deficiente del proveedor emitida por el Hospital. Según lo señalado en el número
12.1.1 de las bases administrativas
c) El incumplimiento de la política de canje por causa imputable al proveedor.
d) Cambio o modificación unilateral por parte del Proveedor del precio ofertado, del producto,
condiciones de su oferta, calidad, u otra condición establecida en la oferta adjudicada y aceptada por
la Entidad.
e) Realización de actividades que pongan en riesgo al establecimiento y/o a sus funcionarios.
f) Si el proveedor cae en quiebre de stock y no soluciona la entrega adquiriendo a tercero el producto
a su costo en un plazo mayor a 30 días hábiles.
g) Incurrir en falsedad en la documentación presentada relativa al producto adjudicado.
h) Si el proveedor fuere declarado en quiebra o cayera en estado de notoria insolvencia.
i) Si falleciese el proveedor o se disolviese la empresa o perdiere su personalidad jurídica. En tal evento,
se procederá a efectuar la liquidación del contrato determinando las obligaciones que quedasen.
j) Si el adjudicatario cede o transfiere total o parcialmente los derechos y obligaciones que nacen de la
presente licitación, y en especial los establecidos en el contrato definitivo, salvo que una norma legal
especial permita la cesión de derechos y obligaciones. Lo anterior, es sin perjuicio que los
documentos justificativos de los créditos que emanen de estos contratos podrán transferirse de
acuerdo con las normas del derecho común.
k) Si la persona jurídica ha sido condenada penalmente de conformidad a la Ley Nº20.393.
l) Si el adjudicatario subcontrata total o parcialmente el contrato, salvo lo estipulado en numeral 10.12
m) Si el adjudicatario durante la vigencia del contrato es condenado por prácticas antisindicales o
infracción a los derechos fundamentales del trabajador, ejecutoriada o que cause ejecutoria dicha
condena.
n) Las demás causales que se establezcan en la Ley Nº19.886 y su normativa reglamentaria.
Terminado que sea en forma anticipada el contrato, siempre que se haya debido a responsabilidad del
proveedor, el Hospital queda facultado para hacer efectiva la Boleta de Fiel y oportuno Cumplimiento de
Contrato, sin que el adjudicatario tenga derecho a indemnización alguna.
12.1.1.- Evaluación Técnica
Durante toda la vigencia del contrato, el referente técnico, podrá evaluar el servicio a fin de dar cuenta de su
ejecución conforme, según los niveles de servicio exigidos en las Base Técnicas y sus correspondientes
indicadores.
En el evento de evaluarse como NO RECOMENDABLE, se podrá dar término al contrato según lo estipulado en
la letra b el numeral 12.1. y servir dicha evaluación, a futuro, como herramienta en un próximo proceso
licitatorio para evaluar al oferente en el Criterio Comportamiento contractual anterior.
12.2.- Amonestación.
Constituye un documento firmado por las partes, que deja constancia de cualquier falta menor y objetiva,
cometida por el adjudicatario, y que, en atención a su importancia, no está afecta a cobros pecuniarios, salvo
que exista acumulación según se describe más adelante.
12.3.- Multas
El Hospital La Florida podrá, previa calificación de las circunstancias y resolución fundada del Director del
Hospital, aplicar y cobrar multas al adjudicatario por incumplimiento de sus obligaciones contractuales, por el
monto que se indica, y con un tope máximo de un 30% del total del contrato.
a) Entrega fuera de plazo: Se aplicará una multa de 1 UTM por cada día de atraso en la entrega efectiva de
los bienes (insumos y reactivos), vencido sea el plazo ofertado por el proveedor.
Se entenderá por fecha de entrega efectiva del bien la fecha anotada en la Guía de Despacho por el
funcionario de bodega del Hospital la Florida.
b) Garantía Técnica y Política de Canje: El oferente, una vez solicitado el cambio del insumo, estará obligado
a entregar los nuevos productos dentro del plazo de 24 horas, so pena de aplicarse una multa equivalente
a 1 UTM por cada día de atraso que supere dichas 24 horas. Todo lo anterior, sin perjuicio de hacerse
efectivo el cobro de la garantía fiel cumplimiento del contrato.
c) Entrega incompleta: Se aplicará una multa equivalente 1 UTM, por entrega incompleta de los bienes
(insumos y reactivos) solicitados, ya sea que no venga la cantidad requerida o bien falte algunos de sus
componentes, accesorios o piezas, considerando la oferta adjudicada y lo solicitado por el Hospital en sus
bases para el uso correcto del bien adquirido.
d) Si producto presenta Quiebre de stock superior a 5 días hábiles se aplicará una multa de 2 UTM
e) Atraso en entrega o instalación y pruebas del equipo en comodato: Se aplicará una multa de 2 UTM por
cada día de atraso en la entrega del equipo ofertado, tomando como base el plazo ofertado en la
propuesta. Se entenderá como entrega efectiva del equipo la fecha de la recepción conforme por parte
de Equipos Médicos y Bodega del Hospital, y dicho plazo comienza a contar desde la fecha de contrato.
f) Continuidad del servicio: Si el equipo presenta falla o mal funcionamiento y se deba realizar el cambio de
este, el adjudicado tendrá 24 horas como plazo máximo para entregar un equipo en Back Up, reestablecer
el funcionamiento del equipo en mal estado o, previa autorización del referente técnico administrador
del contrato, efectuar la derivación de las muestras del HLF para su análisis en un Laboratorio o entidad
certificada. Se aplicará una multa de 2 UTM por cada día de atraso por servicio interrumpido a contar de
las 24 horas mencionadas desde notificado el error.
g) Atraso en el mantenimiento preventivo y/o reposición de repuestos: Se aplicará una multa de 2 UTM por
cada día corrido de atraso en la mantención o reposición repuestos, implementos o accesorios necesarios
para la utilización de los insumos o el equipo, contados desde los 3 días pasados de la fecha coordinada
por el administrador del contrato del Hospital de La Florida hasta la efectiva mantención o reposición
anotada en un acta levantada para tal efecto por el funcionario del servicio designado a recepcionar los
bienes. No se consideran los días de atraso que sean responsabilidad total o compartida con el Hospital
de La Florida.
h) Atraso en respuesta atención Técnica remota: Se aplicará una multa de 1 UTM por cada hora de atraso
en respuesta a contar desde la solicitud de atención realizada por el funcionario designado para tales
efectos.
i) Atraso en respuesta atención presencial: Para la llegada del personal técnico del proveedor al Hospital
con el fin de dar solución a desperfectos, se aplicará una multa de 1 UTM por cada hora de atraso,
contadas desde la hora coordinada entre el Administrador de contrato del Hospital La Florida y el
proveedor.
j) Atraso en la Capacitación: Se aplicará una multa de 1 UTM por cada día de atraso desde la fecha
coordinada para la realización de la capacitación correspondiente.
k) Aplicación de 2 amonestaciones en 2 meses calendario, se aplicará una multa de 0,5 UTM
l) Atraso en la entrega del certificado de capacitación a funcionarios del HLF según clausula 7.5 Capacitación
en uso y mantención de las bases técnicas. Se aplicará una multa de 1 UTM por certificado no entregado.
m) Se aplicará una multa de 1 UTM si el personal del servicio técnico no es el informado por el proveedor al
HLF
n) Se aplicará una multa de 1 UTM por día de atraso en la demora de la conexión del equipo Sistema
Informático de Laboratorio LIS, según el plazo indicado en el punto 7.7.- Conectividad de las bases
técnicas.
o) Se aplicará una multa de 5 UTM si el proveedor no cumple con el punto 8.7.- Upgrade técnico del equipo
de las bases técnicas.
p) Se aplicará una multa de 5 UTM si el proveedor no cumple con el punto 7.- EQUIPO EN COMODATO de
las bases técnicas
El valor de la UTM será el que corresponde al mes en que se emita la resolución de aplicación de multa.
12.4 Registro de comportamiento
El proveedor que sea sancionado durante la vigencia del contrato, por aplicación de amonestaciones, multa(s),
cobro de garantías o por causal imputable de término anticipado de contrato, será ingresado a los siguientes
registros:
• Registro de Chileproveedores y
• Registro interno del Hospital Registro de Proveedores sancionados, que lleva la Unidad de Contratos del
Hospital, para estos efectos.
La información en ellos registrada podrá ser utilizar en la evaluación del proveedor en futuros procesos de
adquisición que lleve a cabo el Hospital y en cuyas bases se incorpore como herramienta para medir el
correspondiente Criterio de Comportamiento Contractual Anterior.
12.5 Procedimiento de Aplicación de sanciones, multas y/o Término Anticipado de Contrato.
La determinación de una situación o condición que diere lugar a la aplicación de una sanción, multa y/o
termino anticipado de contrato, se originará a partir de un informe que emane desde el Referente Técnico
administrador del contrato, dirigido a la Unidad de contratos del Departamento de Comercialización. Recibido
el informe, ésta evaluará si la situación es de aquellas consideradas como causales para la aplicación de una
sanción, multa y/o termino anticipado de contrato según Bases y tratándose de multas calculará los montos
a pagar.
Tratándose de las sanciones o multas, la Unidad de gestión de Contratos notificará al adjudicatario, a través
del módulo de sanciones del aplicativo de gestión de contratos dispuesto en www.mercadopublico.cl , por
escrito a través de correo electrónico, al correo indicado por el proveedor en anexo 01 de su oferta, del
informe emanado por el Referente Técnico Administrador de contrato/ o por ella y la causal que origina la
sanción o Multa y si se trata de la aplicación de Multa , el monto a pagar, a fin de que el proveedor manifieste
sus descargos acompañando todos los antecedentes que estime pertinente dentro del término de 5 días
hábiles desde dicha notificación, a través del módulo gestión de contratos.
En el caso del término anticipado del contrato, la Unidad de gestión de Contratos notificará al adjudicatario,
a través de carta certificada a la dirección indicada por el proveedor en el anexo 01 de su oferta, del informe
emanado por el Referente Técnico Administrador de contrato/ o por ella y la causal que origina el término
anticipado de contrato, a fin de que el proveedor manifieste sus descargos acompañando todos los
antecedentes que estime pertinente dentro del término de 5 días hábiles desde dicha notificación.
Una vez vencido el plazo sin presentar descargos, el Hospital dictará la respectiva resolución aplicando la
medida y detallando las circunstancias fácticas que hicieron procedente dicha sanción.
Si el adjudicatario hubiera presentado descargos en tiempo y forma, el Hospital tendrá un plazo de 30 días
hábiles a contar de la recepción de los mismos para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente. Al respecto,
el rechazo total o parcial de los descargos del proveedor deberá formalizarle a través de una resolución
fundada del Hospital, en el cual deberá detallarse el contenido y las características de la sanción, Multa o el
término anticipado de contrato según corresponda y si se trata de la aplicación de Multa, el monto a pagar.
La indicada resolución deberá notificarse al proveedor adjudicado mediante carta certificada remitida por la
Unidad de Gestión de Contratos al proveedor a la dirección indicada en el Anexo N°1 e informarse en el
módulo de sanciones del portal www.mercadopublico.cl
Las notificaciones por carta certificada se entenderán practicadas a contar del tercer día siguiente a su
recepción en la oficina de correos que corresponda. Contra la resolución que aplique la medida respectiva
procederán los recursos establecidos en la Ley N°19.880, Ley de Bases de Procedimientos Administrativos que
rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
La entidad compradora tendrá la obligación de registrar las medidas indicadas en la presente clausula a través
del módulo de gestión de contratos dispuesto en plataforma www.mercadopublico.cl.
12.6. El pago de la multa podrá ser cobrado
a) Directamente al adjudicatario quien deberá pagar dentro de los 10 días corridos desde su notificación, o
b) Se podrá retener su monto al momento del pago de las facturas pendientes. En este caso, se descontarán
administrativamente del pago de las facturas que no hayan sido pagadas por el Hospital. Serán descontadas
del pago, no de la factura, es decir, el proveedor deberá facturar por el total sin descontar las multas que se
le aplicasen. Estas serán descontadas al momento de girar el pago respectivo por parte de la Unidad
Financiera, o
c) Con todo, de no hacer pago directo el proveedor o de no existir facturas pendientes por pagar, se podrá
hacer el cobro de las multas haciendo efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento, sin más trámite.
12.7 Procedimiento para interponer recurso
El proveedor dispondrá de un plazo de cinco días hábiles, contados desde la notificación mediante carta
certificada de la resolución fundada, remitida por la Unidad de gestión de Contratos al proveedor a la dirección
indicada en el Anexo N°01, para impugnar dicho acto administrativo, debiendo acompañar todos los
antecedentes que justifiquen eliminar, modificar o reemplazar la respectiva sanción, mediante un escrito o
carta ante la autoridad máxima del servicio por la sanción aplicada. Esta presentación se debe realizar
mediante carta certificada o con entrega presencial en la Oficina de Partes del Hospital. El Hospital tendrá un
plazo no superior a 30 días hábiles para resolver el citado recurso. Mientras se encuentre pendiente la
resolución de recurso de reposición, no se hará efectiva la respectiva sanción.
La resolución que acoja el recurso podrá modificar, reemplazar a dejar sin efecto el acto impugnado. Ahora
bien, en el caso de multas, que sean finalmente cursadas, sea total o parcialmente, ésta se hará efectiva
mediante el cobro directo en un plazo máximo de 20 días, debiendo pagar en un plazo de hasta 10 días una
vez notificado el cobro, o bien, se hará efectivo a través del cobro de la o las garantías de fiel cumplimiento,
según cuál sea el caso.
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13.- DE LA GARANTIA TÉCNICA DE LOS BIENES ADJUDICADOS |
El oferente se obliga a mantener una garantía técnica de los productos, por sobre la garantía obligatoria legal,
según lo establecido en la normativa vigente para esta materia durante toda la vigencia del Contrato más 120
días hábiles.
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14. - DE LA RECEPCION |
14.1 De la recepción de los insumos
El adjudicatario deberá ingresar los reactivos e insumos en la Unidad de Laboratorio del Hospital La Florida
junto a la guía de despacho timbrada por bodega para revisión, en los plazos comprometidos en anexo N°04
Plazo de Entrega.
Los insumos deberán entregarse totalmente individualizados, indicando nombre, lote, fecha de elaboración,
fecha de vencimiento, etc.
El adjudicatario deberá establecer las condiciones de almacenamiento y de climatización que requieren los
bienes durante bodegaje.
Para la Recepción de los bienes en Laboratorio, el oferente deberá adjuntar los siguientes documentos:
• Guía de despacho, identificándose en ella el ID de la licitación correspondiente, el timbre de la bodega y
los reactivos e insumos solicitados por la unidad de Laboratorio.
La guía de despacho deberá contener los datos de los reactivos e insumos, el número de lote y fecha de
vencimiento de los productos.
El Laboratorio del Hospital, solo recibirá junto a la entrega de los productos, la guía de despacho, debiendo el
adjudicatario, solo una vez realizada la recepción conforme, emitir la factura correspondiente.
14.2.- De la recepción del equipo
14.2.1 Recepción de equipo en comodato
El proponente deberá indicar en su oferta las condiciones de almacenamiento y de climatización que requiera
el equipo durante bodegaje del producto, para el caso que éste no pueda ser instalado en su lugar de destino
tan pronto arribe al Hospital.
Desde la contratación, el Hospital La Florida informará al adjudicatario el procedimiento a seguir para la
recepción del ítem, así como los interlocutores válidos (del Hospital y de la Concesionaria) para dichos
procesos, si procede, debiendo tanto el adjudicatario como su personal, adecuarse al procedimiento.
Para la presente licitación, las entregas del equipo en comodato deben ser coordinadas con la Unidad de
Equipos Médicos y Laboratorio del Hospital La Florida, unidad que verificará la recepción provisoria y
definitiva.
14.2.2 Recepción Provisoria
Para la recepción provisoria se acordará fecha y hora, acto en el cual se verificará el cumplimiento de sus
características generales y particulares en relación al estado de entrega. Si todo está conforme, se levantará
un Acta de Recepción Provisoria, que será firmado por un representante del Hospital de La Florida un
representante del proveedor. Cualquier procedimiento diferente de lo expuesto liberará de responsabilidad
al Hospital de La Florida, frente a cualquier daño o pérdida que pueda sufrir el equipo. El adjudicatario deberá
entregar el equipo con guía de despacho, no con factura.
14.2.3 Recepción Definitiva
La recepción definitiva de los bienes se realizará una vez que se hayan realizado de manera conforme la
instalación, capacitación, pruebas de aceptación y puesta en marcha del equipo en el plazo ofertado Anexo
04.
Cabe hacer presente que las pruebas de aceptación (uso y funcionamiento de los equipos para los insumos
adquiridos), deberán realizarse en las dependencias del Hospital La Florida, con el equipo, implementos y
accesorios necesarios para la utilización de cada equipo.
En el caso de las capacitaciones, estas se podrán realizar en las dependencias del Hospital La Florida o del
adjudicatario, a elección del Hospital de La Florida, no obstante, si por causas no imputables al proveedor no
pueden efectuarse las capacitaciones dentro del plazo ofertado en el Anexo 04, el equipo podrá ser
igualmente recepcionado, acordándose un nuevo plazo para las capacitaciones, las que de todas formas
deberán efectuar antes del término del contrato.
El Acta de Recepción Definitiva contendrá una mención expresa de la conformidad total del equipo en
comodato y su individualización, indicando nombre, lote, marca, modelo y n° de serie del equipo,
implementos y realización de las pruebas de aceptación y de la capacitación, o del hecho de dejarse ésta
última pendiente y la nueva fecha de su realización. Cualquier procedimiento diferente de lo expuesto liberará
de responsabilidad al Hospital, frente a cualquier daño o pérdida que pueda sufrir el equipo.
El acta de recepción conforme no se extenderá sino hasta la completa recepción del producto en los términos
y condiciones requeridas
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15.- DE LA FACTURACIÓN |
El oferente por el sólo hecho de presentar su oferta renuncia a sus políticas de facturación y se somete al
requerimiento del Hospital, en consecuencia, no podrá imponer el oferente un monto mínimo de despacho
ni de facturación para ningún efecto.
El oferente solo podrá facturar la Orden de Compra aceptada, una vez que esta se encuentre con su recepción
conforme publicada en el portal mercadopublico.cl
En caso de que la factura presente algún error o no cuente la orden de compra respectiva con la recepción
conforme señalada anteriormente, el Hospital dispondrá de 08 días corridos para hacer las observaciones
correspondientes al adjudicatario o rechazarla. El proveedor dispondrá de 08 días corridos para subsanar si se
tratara de errores subsanables. La nueva factura o Nota de Crédito según sea el caso, sufrirá el mismo trámite
formal que el documento original, salvo que, por tratarse de una segunda tramitación, el plazo para su pago
será de 20 días hábiles desde su recepción conforme por parte del Hospital.
16.- DEL PAGO
La obligación de pago por parte del Hospital se perfecciona a partir de la comunicación que realice la Unidad
de Contratos del Departamento de Comercialización del Hospital al Departamento de Finanzas, previa
confirmación de los siguientes antecedentes:
a) Orden de Compra aceptada por el proveedor en el portal www.mercadopublico.cl
b) La recepción completa, conforme y sin observaciones en bodega de los bienes incluidos en la orden
de compra.
c) El acta de recepción conforme firmada por el Referente Técnico Administrador del contrato.
d) Formulario 30, Solicitud de Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales
e) La eventual aplicación de multas y sanciones.
f) Recepción en plataforma SAP del Hospital
g) Recepción conforme en la plataforma de Mercado Público, siendo esta última recepción en el portal,
la que dará origen a la facturación electrónica.
Para iniciar el proceso pago de manera correcta y oportuna, es fundamental que el adjudicatario haya
aceptado expresamente la orden de compra en la plataforma de mercado público.
El pago de facturas se realizará en 30 días corridos por Tesorería General de La República, desde la fecha de
la aceptación de la correspondiente factura.
La recepción conforme de los bienes y/o los servicios, conlleva la validación y emisión de OC lo cual se realizará
en 10 días hábiles. Lo anterior se funda en los plazos internos existentes, considerando los procesos
administrativos de la institución.
En caso que el adjudicatario registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social
con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, aplicará lo estipulado
en el artículo 4º de la Ley 19.886.
16.1.- Pagos con Trasferencias electrónicas.
La Tesorería General de la República está facultada para realizar pagos a través de transferencia electrónica a
los proveedores que completen de manera correcta la autorización notarial adjunta para pago con
transferencia electrónica.
Una vez completado, este mandato debe ser legalizado ante notario y posteriormente debe ser entregado en
Tesorería o Secretaria de Finanzas del Hospital de La Florida, ubicada en el tercer piso de la institución. Este
mandato una vez entregado, no puede ser modificado por el oferente durante la duración del contrato.
AUTORIZACIÓN NOTARIAL PARA PAGO CON TRANSFERENCIA ELECTRÓNICA
Yo, ____________________________________________, RUN: _________________________, en
calidad de representante legal de la empresa, ________________________________________________
R.U.T. _______________________________ ; autorizo al Hospital Clínico La Florida Dra. Eloísa Díaz
Insunza, para que pague con transferencia electrónica bancaria, documentos por cobrar que existan con
dicha entidad, en la cuenta que detallo a continuación:
Cta.Corriente Cta.Débito Cta.deAhorro Cta.Vista
NºCuenta:
Banco:
R.U.T. empresa:
Nombre empresa:
Mail confirmación de pago:
Firma Representante Legal
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16.- DEL PAGO |
La obligación de pago por parte del Hospital se perfecciona a partir de la comunicación que realice la Unidad
de Contratos del Departamento de Comercialización del Hospital al Departamento de Finanzas, previa
confirmación de los siguientes antecedentes:
a) Orden de Compra aceptada por el proveedor en el portal www.mercadopublico.cl
b) La recepción completa, conforme y sin observaciones en bodega de los bienes incluidos en la orden
de compra.
c) El acta de recepción conforme firmada por el Referente Técnico Administrador del contrato.
d) Formulario 30, Solicitud de Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales
e) La eventual aplicación de multas y sanciones.
f) Recepción en plataforma SAP del Hospital
g) Recepción conforme en la plataforma de Mercado Público, siendo esta última recepción en el portal,
la que dará origen a la facturación electrónica.
Para iniciar el proceso pago de manera correcta y oportuna, es fundamental que el adjudicatario haya
aceptado expresamente la orden de compra en la plataforma de mercado público.
El pago de facturas se realizará en 30 días corridos por Tesorería General de La República, desde la fecha de
la aceptación de la correspondiente factura.
La recepción conforme de los bienes y/o los servicios, conlleva la validación y emisión de OC lo cual se realizará
en 10 días hábiles. Lo anterior se funda en los plazos internos existentes, considerando los procesos
administrativos de la institución.
En caso que el adjudicatario registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social
con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, aplicará lo estipulado
en el artículo 4º de la Ley 19.886.
16.1.- Pagos con Trasferencias electrónicas.
La Tesorería General de la República está facultada para realizar pagos a través de transferencia electrónica a
los proveedores que completen de manera correcta la autorización notarial adjunta para pago con
transferencia electrónica.
Una vez completado, este mandato debe ser legalizado ante notario y posteriormente debe ser entregado en
Tesorería o Secretaria de Finanzas del Hospital de La Florida, ubicada en el tercer piso de la institución. Este
mandato una vez entregado, no puede ser modificado por el oferente durante la duración del contrato.
AUTORIZACIÓN NOTARIAL PARA PAGO CON TRANSFERENCIA ELECTRÓNICA
Yo, ____________________________________________, RUN: _________________________, en
calidad de representante legal de la empresa, ________________________________________________
R.U.T. _______________________________ ; autorizo al Hospital Clínico La Florida Dra. Eloísa Díaz
Insunza, para que pague con transferencia electrónica bancaria, documentos por cobrar que existan con
dicha entidad, en la cuenta que detallo a continuación:
Cta.Corriente Cta.Débito Cta.deAhorro Cta.Vista
NºCuenta:
Banco:
R.U.T. empresa:
Nombre empresa:
Mail confirmación de pago:
Firma Representante Legal
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17.- RESPETO DE LA NORMATIVA DEL HOSPITAL LA FLORIDA Y DEBIDO CUIDADO A SUS BIENES |
Para la ejecución del contrato, el Hospital permitirá la entrada del personal del adjudicatario, debidamente
acreditado, a las dependencias involucradas en la ejecución de éste. En tal caso, el personal del adjudicatario
deberá solicitar acatar las medidas de resguardo y control de los recintos institucionales y el adjudicatario será
responsable, y quedará obligado a la reparación o reposición, de cualquier desperfecto, daño o perdida que
puedan sufrir el inmueble del Hospital La Florida y/o los bienes muebles que lo guarnecen. Cabe hacer
presente, que el ingreso tanto el adjudicatario como su personal al Hospital La Florida, para efectos de ejecutar
su contrato, estarán sujetos a protocolos de seguridad que deberá coordinar con el funcionario designado
para tal efecto y que será oportunamente informado.
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18. ADMINISTRACIÓN Y FISCALIZACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. |
18.1 Administración por parte del Hospital
Con el objeto de coordinar y controlar el correcto cumplimiento del contrato, se designa a la Srta. Natalia
Ormazabal, Jefa de Laboratorio o quien sea titular del mismo cargo al momento de la ejecución del contrato,
o quien lo subrogue, en calidad de Referente Técnico Administrador del Contrato, quien, junto a la Unidad de
Contratos del Departamento de Comercialización del Hospital, tendrán las siguientes responsabilidades:
Referente técnico administrador de contrato:
• Fiscalizar el estricto y oportuno cumplimiento de las obligaciones contractuales, en especial la calidad y
entrega oportuna de los bienes.
• Proponer la aplicación de multas, en caso de verificarse alguna de las infracciones consignadas en las
presentes bases, notificando la infracción o incumplimiento a través de un informe, a la Unidad de
Contratos.
Unidad de Contratos:
• Mantener actualizado un archivo con la totalidad de los antecedentes del contrato.
• Llevar registro de sanciones y multas aplicadas al proveedor.
• Llevar el control del consumo y ejecución del contrato hasta su término en cuanto a su precio total.
• Proveer el estado de recepción conforme e informar los descuentos y/o multas a que hubiere lugar, para
que se verifique el pago por parte de la Unidad de Finanzas.
• Revisar procedencia y autorizar la devolución de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato
o solicitar se haga efectiva, si procede.
En general, ambos deberán desarrollar todas las acciones referidas al control y gestión de las acciones que
faciliten la ejecución del contrato.
Sin perjuicio de lo anterior, se establece que el Hospital podrá modificar la designación del Referente Técnico
Administrador de Contrato, en cualquier momento durante la ejecución del contrato, de lo cual dará aviso
oportuno al proveedor vía correo electrónico.
18.2 Encargado del Contrato por parte del Proveedor
Por su parte, el adjudicatario deberá designar un Encargado de Contrato que se relacionará con el
Administrador del contrato para los efectos señalados y que deberá señalar en su anexo 1.
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19. LEY Nº20.584. |
Tanto el adjudicatario como su personal deberán en todo momento observar estrictamente la normativa que
establece la Ley Nº20.584, que Regula Los Derechos y Deberes que tienen las Personas en relación con
acciones vinculadas a su atención de salud.
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20. DEBER DE CONFIDENCIALIDAD |
Durante el desarrollo del contrato, como al término de éste, el adjudicatario y/o su personal no podrá divulgar
o hacer uso de la información a que haya tenido acceso con ocasión del mismo, constituyendo su infracción,
incumplimiento grave de su obligación de confidencialidad, facultando al Hospital La Florida para ejercer las
acciones judiciales que estime pertinentes para el resarcimiento de todos sus perjuicios. Lo anterior, teniendo
en especial consideración lo dispuesto en la Ley Nº19.928 de Protección de Datos de Carácter Personal.
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II. BASES TÉCNICAS |
El objetivo de las presentes bases técnicas es describir los aspectos técnicos que requiere la adquisición de
“REACTIVOS E INSUMOS CON EQUIPO AUTOMATIZADO EN COMODATO PARA SISTEMA DE AMPLIFICACIÓN
Y DETECCIÓN GENÉTICA MÚLTIPLE PARA LABORATORIO CLÍNICO DE BIOLOGÍA MOLECULAR DEL HOSPITAL
LA FLORIDA” que se van a adquirir mediante la presente licitación.
2.- ASPECTOS GENERALES
Los productos ofertados deben ajustarse exactamente a las características exigidas en bases. En caso de no
cumplir con los requerimientos obligatorios, se declarará inadmisible el Ítem ofertado, por no cumplir con los
requisitos especificados en las bases.
El oferente adjudicado debe mantener el stock suficiente de los insumos contratados a fin de garantizar la
continuidad del servicio del Hospital, resguardando no caer en quiebres de stock.
De ocurrir tal situación, el oferente deberá adquirir dicho insumo en otra empresa para cumplir con los plazos
ofertados. El producto adquirido en tales circunstancias debe ser de igual o superior calidad, debiendo solicitar
autorización previa al HLF. Este caso, tendrá costo cero para el Hospital y el recargo en el valor de los insumos
será de exclusiva responsabilidad del oferente.
La falta de stock no elimina la obligación de entregar los insumos dentro del plazo ofertado, ni exime de la
aplicación de multa por atraso en la entrega de productos. En el caso que el Oferente no pueda solucionar tal
situación de quiebre dentro de 5 días hábiles, se aplicará la sanción establecida en bases.
Detalle de cantidades y montos estimados a adquirir:
ítem Cod SAP
Interno HLF Insumo
Cantidad de
unidades total
estimada para
60 meses
EQUIPAMIENTO UNIDAD
DE
MEDIDA
Monto 60 meses de
gasto estimado en
UTM VALOR CON
IVA incluido
1
INS001151 PCR Panel Gastrointestinal 3600 1 Equipo entregado
en calidad de
comodato
TEST 14305 UTM
2
INS001162 PCR Panel Meningitis/ Encefalitis 1800 TEST 7521 UTM
3
INS001615 PCR Panel Respiratorio para
paciente grave 7200 TEST 26862 UTM
TOTAL 48.688 UTM
La cantidad total de insumos con 1 equipo entregado en calidad de comodato que se adquirirá por el hospital
en esta compra corresponde a un consumo estimado de 60 meses.
El oferente debe indicar, el costo de cada reactivo y/o insumo ofertado.
El proveedor debe abastecer de todo lo necesario para la determinación, para efectuar examen y el
correspondiente control de calidad que asegure la determinación, es decir, para funcionamiento y medición
correcta de los parámetros; incluyendo todos los insumos y reactivos a utilizar, costo del o los insumos
exclusivos del equipo a usar, vale decir, puntas, copas de muestras, microcubetas, papel térmico, tintas de
impresoras, soluciones de lavado o detergentes, atrapa coágulos, etc., costo de Calibradores y costo de
controles.
La oferta adjudicada debe incluir todos los parámetros anteriormente indicados.
3.- DE LOS INSUMOS
• El suministro de reactivos e insumos de laboratorio será en forma parcial y según la necesidad del Hospital
durante toda la vigencia del contrato.
• Todos los insumos, reactivos, equipo en comodato para para las determinaciones o exámenes estipulados
en estas bases, son para su implementación inmediata en laboratorio, salvo que se indique lo contrario.
• Los reactivos e insumos deberán ser compatibles en un 100% con el equipo entregado en comodato
asociado a su uso.
• Todo tipo de insumo debe ser nuevo y sin uso.
• Los Insumos y/o reactivos ofertados deben permitir realizar la determinación en todas las matrices
biológicas declaradas en Bases Técnicas.
• El proveedor debe entregar información del rendimiento de los reactivos junto con su estabilidad y
presentación.
• Los reactivos deben tener códigos de barras para ser reconocidos de forma automática por el equipo.
• Los reactivos e insumos deben tener una vigencia mínima de seis meses contados desde la recepción en
el establecimiento.
• Los reactivos e insumos deben incluir toda la información de todas sus características en ficha técnica,
incluyendo valores de referencia, características analíticas de validación o verificación del método:
precisión, sensibilidad, interferentes y estudios de correlación si amerita.
• Estabilidad de las determinaciones.
3.1 Suministros de las Determinaciones:
Panel Gastrointestinal: Se debe realizar en una presentación del reactivo tipo cassette individual, debe ser
con extracción automatizada y equipo para lectura amplificación PCR. Capaz de detectar los agentes más
frecuentes de gastroenteritis: E. coli enterotoxigenica, E. coli enteropatogenica, E. coli enteroagregativa, E.
coli shiga toxina, E. coli O157, Shigella/E. coli enteroinvasiva, Salmonella, Campylobacter, Vibrio spp, Vibrio
cholerae, Yersinia enterocolitica, Plesiomonas shigelloides, Cryptorporidium, Cyclospora cayetanensis,
Entamoeba hystolitica, Giardia lamblia, Adenovirus, Astrovirus, Norovirus, Rotavirus, Sapovirus, Clostridium
difficile
Panel Meningitis/Encefalitis: Se debe realizar en una presentación del reactivo tipo cassette individual, debe
ser con extracción y amplificación automatizada en mismo equipo, con validación en muestras de LCR y con
detección de los siguientes agentes etiológicos agentes de meningo/encefalitis: Bacterias: E. coli K1; H.
influenzae; L. monocytogenes; N. meningitidis; S. agalactiae y S. pneumoniae. Hongos: Cryptococcus
neoformans/gattii, Virus: Citomegalovirus; Enterovirus; Epstein-Barr virus; Herpes simplex 1; Herpes simplex
2; Herpesvirus 6; Parechovirus y Varicella zoster.
Panel Respiratorio para Pacientes con IRA Grave: Se debe realizar en una presentación del reactivo tipo
cassette individual, debe ser con extracción automatizada y disponer de equipamiento para lectura de
amplificación PCR con validación de diversos tipos de muestras respiratorias y capaz de detectar como mínimo
16 parámetros como son: Bacterias: B. pertussis, B. parapertussis; C. pneumoniae; M. pneumoniae. Virus:
Adenovirus, Coronavirus (HKU1, NL63, 229E, OC43, SARS CoV2), Metapneumovirus, Rhinovirus, Enterovirus,
Virus influenza (A, A/H1, A/H1-2009, A/H3, B), Parainfluenza (1, 2, 3, 4), Virus Respiratorio Sincicial.
Las determinaciones ofertadas comprenderán tanto los reactivos generales como todos los insumos
específicos necesarios para realizar el examen correspondiente.
El suministro de reactivos generales (soluciones de limpieza, dilución, papel térmico, atrapa coágulos, etc) y
específicos (reactivos necesarios para realizar la técnica, así como, los controles y calibradores necesarios para
garantizar su calidad) será mensual.
3.2 Vigencia de los Reactivos.
Es obligatorio que los Insumos ofertados en la licitación cumplan con un mínimo de vigencia de 6 meses desde
su llegada a la Unidad de Laboratorio del Hospital La Florida. En caso contrario los productos quedarán sujetos
a validación, y el oferente estará obligado a cumplir la respectiva POLITICA DE CANJE OBLIGATORIA, exigida
en el punto 4 de estas Bases Técnicas, que permita la reposición del insumo por uno de igual vigencia a la
exigida (6 meses), si éste no se alcanza a utilizar antes de su vencimiento.
3.3 Rotulación del envase de los insumos: El Oferente debe contemplar que el envase de los insumos debe
estar rotulado legible, y dicha rotulación debe contener información sobre:
• Descripción del Producto (nombre, medidas, etc.)
• Nº de Lote
• Fecha de Vencimiento
• Almacenamiento
• Esterilización (si corresponde)
Esta información debe ser señalada en Anexo N°03 Especificaciones Técnicas y debe ser acreditada con el
respectivo documento, foto y/o certificado correspondiente, so pena de ser será causal de inadmisibilidad
de las ofertas.
Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la totalidad de los antecedentes contenidos en
la oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley N° 19.886.
4.- POLÍTICAS DE CANJE
El proponente que se adjudique se obliga ante el Hospital Clínico Metropolitano La Florida a cumplir con la
siguiente Política de Canje Obligatoria para los insumos adquiridos:
Se deberá cambiar o canjear los productos, cuando ocurra algunas de las siguientes situaciones:
a. Cuando los productos no cumplan con las especificaciones requeridas en estas bases de licitación.
b. Cuando los productos se entreguen en empaques dañados y/o defectuosos.
c. Cuando se detecten productos adulterados o mal rotulados.
d. Cuando los productos entregados sean de distinta calidad, materiales, procedencia y/o marca a la
adjudicada.
e. Cuando los productos fallen, se deterioren o rompan durante la garantía del producto, siempre y cuando
estas fallan no sean ocasionadas por mal uso del producto.
f. Cuando la temperatura del transporte sea distinta a la indicada por la empresa fabricante.
Las situaciones descritas podrán ser verificadas y notificadas, tanto por personal de bodega como por el
referente técnico administrador de contrato, haciéndose efectiva obligatoriamente la Política de Canje al
Proveedor.
Para hacer efectiva la política de cambio, personal del Hospital se comunicará con la persona encargada del
contrato por parte del proveedor para solicitar a través de correo electrónico indicado en anexo N°01, el
correspondiente cambio o canje dentro de las 24 hrs. siguientes a la solicitud, so pena de aplicarse la multa
establecida en la cláusula 12.3.- Multas letra d) de las bases administrativas.
5.- STOCK CONTINUO
El oferente adjudicado debe mantener el stock suficiente de los insumos contratados a fin de garantizar la
continuidad del servicio del Hospital La Florida, resguardando no caer en quiebres de stock.
De ocurrir tal situación, el oferente deberá dar aviso oportunamente y adquirir dicho insumo en otra Empresa
para cumplir.
El producto adquirido en tales circunstancias debe ser de igual o superior calidad, debiendo solicitar
autorización previa al Hospital La Florida a través de la Unidad de Contratos.
La adquisición a tercero por parte del proveedor tendrá costo cero para el Hospital, y el recargo en el valor de
los insumos será de su exclusiva responsabilidad.
La falta de stock no elimina la obligación de entregar los insumos dentro del plazo ofertado, ni exime de la
aplicación de multa por atraso en la entrega de productos, según clausula 12.3.- Multas letra d) de las bases
administrativas.
En el caso que el Oferente no pueda solucionar tal situación de quiebre dentro de 5 días hábiles, se aplicará
la sanción establecida en bases.
6.- CONTROL DE CALIDAD
6.1.- Verificación métodos analíticos:
Es deseable que el proveedor incluya los reactivos, calibradores, controles y material calibrado para la
reconstitución y dispensación de los anteriores que sean necesarios para realizar la verificación de métodos
de las distintas técnicas en el equipo los que serán de su costo, de acuerdo a protocolo estandarizado de
Clinical and Laboratory Standards Institute (CLSI)
6.2.- Control de calidad interno:
Es deseable que el proveedor material de control de calidad interno en matriz de sangre, según corresponda.
El oferente debe asegurar que el material control entregado sea de primera o tercera opinión, debe tener al
menos dos niveles, uno de rango de referencia de la técnica y o Negativo y otro asociado a los valores
patológicos o Positivo para el examen, que sea de trazabilidad conocida, Seguro para el personal que lo
manipula de presentación líquido o liofilizado que permita trabajar con el mismo número de lote al menos
durante 6 meses consecutivos.
6.3.- Control de calidad externo:
Es deseable que el proveedor entregue al laboratorio material de control de calidad externo en programa de
frecuencia mensual, dicho programa debe entregar informes mensuales y a fin de ciclo.
7.- EQUIPO EN COMODATO
El proveedor deberá entregar en calidad de préstamo, sin costo para el Hospital La Florida, un equipo, los
implementos y accesorios necesarios para el uso de sus reactivos. Sin embargo, dicho equipamiento debe
cumplir con ciertas condiciones de seguridad y funcionalidad, que permitan su utilización sin riesgo, tanto
para los operadores como para el uso óptimo del reactivo, a saber:
• Se debe disponer de equipamiento con extracción automatizada, en un dispositivo cerrado.
• Se debe disponer de un Sistema de Amplificación incorporado o Termociclador externo.
• Sistema de identificación de muestras automatizado.
• Sistema de aspiración de muestras automático.
• Sistema de alarmas con señales de error transmisibles a software
• Sistema de impresión de resultados incorporados a un printer o impresora
• Puerto serial que permita comunicación bidireccional a LIS.
• Módulo de control de calidad incorporado en software del analizador
• Memoria de almacenamiento de datos de 1 año de control de calidad y 5000 resultados de pacientes.
El oferente adjudicado debe entregar el equipo en calidad de comodato, y acompañar el plan de mantención
preventiva del equipo.
7.1.- Ubicación del Equipo en Comodato
Equipamiento estará dispuesto en Laboratorio Biología Molecular del HLF, y de requerir un mueble especifico
o conexión especial a red, luz, agua potable o alcantarillado, así como todo requerimiento ambiental necesario
para el buen funcionamiento de su equipo, será de costo del oferente.
7.2.- Energía
El equipo debe ser compatible con las fuentes de alimentación energéticas que se dispone en el Hospital de
la Florida, las cuales corresponde a las convencionales, si por alguna razón el equipo consume una mayor
cantidad de energía y producto de ello se deban realizar trabajos de ajustes a la configuración eléctrica para
su óptimo funcionamiento, el costo será de exclusiva responsabilidad del oferente adjudicado, así como
cualquier accesorio que deba ser modificado en el equipo.
El equipo debe ser instalado con UPS y estabilizador de energía, que permita mantener operativo el equipo,
cuando haya corte de suministro eléctrico, por al menos 15 minutos.
7.3.- Agua
El oferente debe indicar los requerimientos de agua del equipo entregado para el uso de los reactivos.
En caso de requerirlo, el proveedor debe implementar un equipo de osmosis reversa cuya mantención será
de costo propio del oferente. En caso de que esta implementación se materialice debe entregar un calendario
que incluya las mantenciones preventivas y cambio de filtros, además de capacitación a Tecnólogos Médicos
(TM) o personal indicado, en el uso y mantenimiento de este equipo.
7.4.- Condiciones ambientales de operación
En caso de que el equipo requiera de condiciones ambientales diferentes a las disponibles en el laboratorio,
el oferente deberá proporcionar y garantizar las condiciones ambientales óptimas para el normal
funcionamiento del equipo, en cuyo caso el costo asociado a ello será de exclusiva responsabilidad del
oferente adjudicado.
7.5.- Capacitación en uso y mantención
El oferente, una vez adjudicado el contrato, debe capacitar al personal del laboratorio en el uso y mantención
del equipo en el que se usarán los reactivos.
Esta capacitación es de costo del oferente y deberá ser realizada en las instalaciones del Laboratorio Clínico.
El Plazo de la capacitación estará incluido en el plazo de Puesta en marcha según el anexo 04 Plazo de Entrega,
so pena de aplicación de sanciones indicadas en el punto 12.3.- Multas letra j) de las bases administrativas.
Esta capacitación debe ser evaluada y certificada formalmente por el proveedor. Se deberá entregar
certificado con el número de horas y nota de aprobación de la capacitación, el cual será entregado al Jefe de
Laboratorio Clínico en un plazo no mayor a 15 días corridos transcurridos desde el término de la capacitación,
so pena de aplicación de sanciones indicadas en el punto 12.3.- Multas letra l) de las bases administrativas.
En caso de que exista recambio de personal o que se requiera de capacitaciones extras por parte del HLF, el
proveedor deberá entregar estas nuevas capacitaciones cumpliendo todos los requisitos ya señalados, estas
nuevas capacitaciones se deberán realizar según coordinación con personal de laboratorio y sin costo para el
Hospital las veces que sea necesario y el Hospital así lo requiera.
El proveedor al momento de ofertar debe hacer entrega de este programa so pena de declarar inadmisible
las ofertas.
Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la totalidad de los antecedentes contenidos en la
oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley N° 19.886.
El Programa de capacitación deberá contemplar por obligación y como mínimo:
ESPECIFICACIÓN DE CAPACITACIÓN
NIVEL USUARIO DATOS
N° de funcionarios participantes 16 funcionarios
Contenido de la capacitación Uso y mantención del equipo en el que se analizarán los
reactivos
Duración mínima de la capacitación
de los usuarios en horas
La duración mínima será establecida por el
proveedor de acuerdo con el plan de capacitación del oferente
y el contenido solicitado en las presentes bases de licitación.
7.6.- Instalación
El traslado e instalación del equipo necesario para el uso de los reactivos, será de costo del oferente, debiendo
hacer entrega tanto de los reactivos, controles, calibradores, insumos y con reactivos para prueba y puesta en
marcha.
Se debe considerar que, de requerir la instalación de modificaciones estructurales, eléctricas o de cualquier
índole, su costo será asumido por el oferente.
7.7.- Conectividad
El equipo debe tener capacidad de comunicación bidireccional con LIS. La interfaz al Sistema Informático de
Laboratorio LIS (actualmente BiosLIS.net) será de costo del oferente y deberá realizarse en un plazo no mayor
a 30 días corridos, contados desde la instalación, en caso de cambios en el LIS instalado en el HLF, el oferente
deberá realizar los trabajos necesarios para continuar con la comunicación del equipo al LIS, todo a su costo.
7.8.- Manuales de procedimiento y solución de problemas
Manual Usuario: oferente debe hacer entrega de 2 (dos) manuales de usuario, uno en español (característica
obligatoria) y otro en inglés (deseable).
Manual Técnico: Las ofertas deben incluir un manual técnico en idioma inglés y/o español (característica
deseable)
8.- MANTENCIÓN DEL EQUIPO
Se requiere servicio de mantención preventiva y correctiva para el equipo en comodato, con el objetivo de
asegurar su correcto funcionamiento del equipo.
En su oferta junto a Anexo N°03, el adjudicado debe hacer entrega de un calendario de mantenciones
preventivas y protocolos (Programa de mantención) y el contacto (e-mail y teléfono) con quien se deban
gestionar estas mantenciones.
8.1.- Mantención Preventiva
Implica realizar periódicamente, según indicaciones de fábrica, las siguientes actividades de inspección del
equipo, efectuar ajustes, calibraciones, limpieza, etc. El adjudicado deberá coordinar con la unidad de Equipos
Médicos del Hospital de La Florida para la realización de las mantenciones preventivas. Luego de haber
efectuadas las respectivas mantenciones y/o reparaciones pertinentes y que cumple con las normas de
seguridad, calidad y otras que regulen su funcionamiento, el oferente debe emitir un INFORME TÉCNICO o
certificado, el cual debe ser entregado a la Unidad de Equipos Médicos, que acredite el estado operacional en
que se encuentre el equipo y detallando las actividades realizadas junto al protocolo de mantención. La mano
de obra como los repuestos serán de costo del proveedor.
El referente técnico administrador del contrato autorizará a realizarla en horario hábil (lunes a viernes 7:00 a
16:00 horas).
En caso que el equipamiento sea libre de mantenimiento preventivo según lo indicado por la empresa
fabricante, se debe certificar esta condición mediante un documento (certificado de fabrica).
8.2.- Mantención Correctiva
El tiempo de respuesta del servicio técnico in situ no debe ser mayor a 4 horas corridas desde el momento del
aviso de falla y solicitud de asistencia presencial.
Los costos de las mantenciones correctivas del equipo, así como de todos los repuestos, son de exclusiva
responsabilidad del oferente.
Esta Mantención debe ser efectuada en horario 24/7, en un lapso de tiempo no mayor a 4 horas una vez la
unidad notifica a proveedor, con el objetivo de interrumpir lo menos posible el servicio.
So pena de la aplicación de multas indicadas en la cláusula 12.3.- Multas letra i) de las bases administrativas.
8.3.- Disponibilidad Servicio Técnico 24/7.
El oferente debe garantizar al Hospital Clínico Metropolitano La Florida Dra. Eloísa Díaz Insunza la continuidad
del servicio, por lo que se compromete a disponer de asistencia técnica 24/7 con tiempo máximo de respuesta
de 30 minutos por vía remota (telefónica o videollamada) y tiempo máximo de 4 horas para visita
presencial, en caso que no se haya solucionado el problema vía remota para las mantenciones preventivas
y correctivas durante todos los días del año. En el caso de requerir mantención correctiva, el proveedor debe
disponer de número telefónico de contacto y de atención en terreno.
8.4.- Disponibilidad de Repuestos
La disponibilidad de repuestos en plaza debe asegurarse por un período no inferior a la vida útil del equipo
en comodato, contados desde la fecha de recepción conforme definitiva del mismo.
Si el adjudicatario tuviese la representación del equipo en comodato y en el transcurso de la vida útil del
mismo perdiese la representación, será su obligación informar de ello al Hospital de La Florida.
En caso que los repuestos, piezas y partes requeridos para una reparación no estén disponibles de modo de
cumplir con el tiempo comprometido, el proveedor deberá informarlo al Hospital, para que éste tome las
medidas paliativas correspondientes.
8.5.- Equipo Back up
En el caso que el equipo presente un desperfecto mayor y por lo tanto no puede ser solucionado en el lapso
de 4 horas corridas a contar del inicio de la intervención técnica en terreno, el oferente debe entregar un
equipo en back up en un máximo de 24 horas con características iguales o superiores al equipo a reemplazar
y con el cual se puedan realizar las mismas prestaciones; el traslado, instalación y puesta en marcha del equipo
nuevo debe ser sin costo para el Hospital. La mano de obra como los repuestos será de costo del proveedor.
8.6.- Vida útil
El equipo, implementos y accesorios proporcionados para el uso de las determinaciones, deben ser nuevos y
tener una vida útil mínima según el periodo del contrato. No obstante, si se produce cambio de tecnología, el
equipamiento debe ser cambiado, a costo del proveedor, previo aviso del oferente adjudicado a la Unidad de
Equipos Médicos y Laboratorio del Hospital de la Florida a fin de revisar el Stock de las determinaciones del
equipo antiguo, si no existiese stock, la puesta en marcha del nuevo equipo deberá ser realizada de inmediato.
El proveedor también asume el costo de retiro de las determinaciones en stock y reposición de los mismos
para el funcionamiento del nuevo equipo sin costo para el Hospital de la Florida.
8.7.- Upgrade Técnico del equipo
En caso de que exista un upgrade técnico de software o hardware del equipo entregado durante la vigencia
del contrato, el adjudicado deberá proveer al hospital de la Florida la actualización de dicho equipo sin costo
alguno para el establecimiento.
En este ítem se incluye el escalamiento del equipo, pudiendo agregar módulos al equipo de base aumentando
el número de posiciones para procesamiento de muestras, según la demanda y situación epidemiológica que
justifique la dotación de módulos para procesar más de dos muestras de forma simultánea.
8.8.- Equipamiento adicional
Si para el correcto funcionamiento del equipo, este requiere, módulos o accesorios adicionales. Estos deben
ser incluidos sin costo adicional por la duración del contrato. Una vez terminado el contrato y en caso de
prolongarse, todo el equipamiento debe ser retirados de las dependencias del laboratorio por la empresa
oferente.
8.9.- Retiro del equipo
Una vez finalizado el contrato y en caso de no prolongarse, el equipo debe ser retirado de las dependencias
del Laboratorio por la empresa oferente, en un plazo no mayor a 30 días corridos desde el término del
contrato.
9.- CONTINUIDAD DEL SERVICIO
El proveedor deberá asegurar la continuidad del servicio. Para ello, si ha vencido el plazo de entrega y el
proveedor no ha realizado la entrega de insumos, el adjudicatario deberá realizar, a su propio costo, la
derivación de las muestras del HLF para su análisis en un Laboratorio o entidad certificada, previa autorización
del Jefe del Laboratorio a través de correo electrónico, quien sea titular del mismo cargo al momento de la
ejecución del contrato, o quien lo subrogue, en calidad de Referente Técnico Administrador del Contrato.
Para acreditar certificación de la entidad externa, el proveedor adjudicado deberá presentar autorización
sanitaria y acreditación de la superintendencia de salud vigente. Esta documentación será verificada por el
referente técnico administrador del contrato.
Esto deberá realizarse bajo las siguientes circunstancias:
Desperfecto del equipo: Si el proveedor adjudicado no puede proveer un equipo en back up según lo indicado
en la cláusula 8.5.- Equipo Back up de las bases técnicas.
Quiebre de stock: Si el proveedor adjudicado no puede entregar los insumos y reactivos dentro del plazo
ofertado en el Anexo N°04 Plazo de entrega y tampoco pueda adquirir dicho los reactivos e insumo en otra
empresa para cumplir.
Lo anterior, so pena de la aplicación de multas indicadas en la cláusula 12.3.- Multas letra f) de las bases
administrativas
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