1.- OBJETO DE LAS BASES |
Las presentes bases de licitación son formuladas para establecer la regulación del proceso de adquisición de
ELEMENTOS DE PROTECCION PERSONAL RADIOLOGICO para el Hospital La Florida, y reglamentan entre
otros aspectos las condiciones que deben cumplir las ofertas, las etapas del proceso licitatorio, su forma de
evaluación y adjudicación, las condiciones de los contratos, y todos los aspectos necesarios para el correcto
proceso de adquisición.
Cabe hacer presente que todos los productos suministrados deben ser nuevos y sin uso, todo lo anterior
debe ajustarse a las especificaciones de estas bases.
Las cantidades de los productos solicitados en la presente licitación son referenciales y estimados, por lo
cual, pueden disminuir o aumentar de acuerdo a las necesidades, contingencia, existencias y recursos
financieros del Hospital la Florida.
No podrá el proveedor ofertar complementos, extras, ni accesorios no contemplados en los requerimientos
de estas Bases. Cualquier extra no requerido no será considerado en la evaluación.
Todos los insumos requeridos serán licitados por línea de producto.
Los productos solicitados, así como los montos máximos de gasto, asignados a cada uno, se encuentran
detallados en el último punto de las bases Técnicas de licitación.
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2.- DISPOSICIONES PRELIMINARES |
2.1.- De los oferentes
Podrán participar en esta licitación las personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras que realicen sus
ofertas a través del sistema de información www.mercadopublico.cl. Del mismo modo podrán participar en
el presente proceso, las personas naturales y/o jurídicas que decidan asociarse a través de la unión temporal
de proveedores, regulada en el artículo 67 bis del Decreto Nº 250 del 2004 del Ministerio de Hacienda, que
aprueba el reglamento de la Ley Nº 19.886.
Tratándose de personas naturales o jurídicas extranjeras, deberán al momento de contratar contar con
agencia y domicilio en Chile, con un representante con mandato y poder suficiente para contratar a nombre
del mandante, y para responder de las obligaciones que emanen del contrato respectivo, de acuerdo a la
normativa vigente, y sin perjuicio de las normas que sobre el particular establezcan tratados o convenios
internacionales vigentes suscritos por Chile y por el país de origen de dicha persona natural o jurídica.
Tanto el proponente como el adjudicatario, deberán constituir domicilio en la ciudad de Santiago, para
todos los efectos legales.
Todo Proponente u Oferente interesado en presentar Oferta deberá estudiar cuidadosamente las Bases
Administrativas y Técnicas, debiendo informarse de todas las condiciones que de alguna manera afecten el
costo de los bienes y/o servicios ofertados, tales como permisos que deben obtenerse, leyes o reglamentos
que puedan ser aplicables, entre otros. Cualquier omisión por parte del Oferente, será a su propio riesgo y
sólo él será responsable de los errores u omisiones en que incurra. El Proponente sufragará todos los costos
relacionados con la preparación y presentación de su oferta. El Hospital no será responsable en caso alguno
de dichos costos, cualquiera sea el resultado de la Licitación.
2.2.- Unión temporal de los proveedores
Se entenderá como unión temporal de proveedores, si dos o más proveedores se unen para el efecto de
participar en un proceso de compra, deberán establecer, en el documento que formaliza la unión, a lo
menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad y el
nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes.
Cuando se trate de adquisiciones inferiores a 1.000 UTM, el representante de la unión temporal de
proveedores deberá adjuntar al momento de ofertar, el documento público o privado que da cuenta del
acuerdo para participar de esta forma.
Para contrataciones iguales o superiores al monto indicado, y sin perjuicio del resto de las disposiciones
legales y reglamentarias que resulten aplicables, el acuerdo en que conste la unión temporal deberá
materializarse por escritura pública, como documento para contratar, sin que sea necesario constituir una
sociedad.
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Si la Entidad exige la inscripción en el Registro de Proveedores para suscribir el contrato, cada proveedor de
dicha unión temporal deberá inscribirse.
Al momento de la presentación de las ofertas, los integrantes de la Unión determinarán qué antecedentes
presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique
ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los
integrantes de la misma.
La vigencia de esta unión temporal de proveedores no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado.
2.3.- Inhabilidades para participar en la Licitación y/o Contratar
No podrán participar como oferentes, ni contratar con el estado, las personas naturales o jurídicas,
nacionales o extranjeras, afectos a alguna de las prohibiciones, inhabilidades o incompatibilidades para
contratar con órganos y organismos de la Administración del Estado, contempladas en los incisos 1º y 6º
respectivamente del artículo 4º de la Ley Nº 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro
y Prestación de Servicios y su normativa complementaria.
Tampoco podrán contratar quienes hayan sido condenados, a esta inhabilidad, por el Tribunal de Defensa de
la Libre Competencia en conformidad con lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 26, letra d), del DFL
N° 1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fijó el texto refundido,
coordinado y sistematizado del DL N° 211, de 1973, que fijó normas para la defensa de la libre competencia
Tratándose de personas jurídicas, además, no deben haber sido condenadas a pena de prohibición de
celebrar actos y contratos con organismos del Estado, de conformidad con la Ley N° 20.393, que establece la
Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas en los Delitos de Lavado de Activos, Financiamiento del
Terrorismo y Delitos de Cohecho que Indica.
Tratándose de la unión temporal de proveedores, cualquiera de las causales de inhabilidad para la
presentación de las ofertas, para la formulación de la propuesta o para la suscripción de la convención,
establecidas en la legislación vigente, afectarán a cada integrante de la Unión individualmente considerado.
En caso de afectar una causal de inhabilidad a algún integrante de la Unión, ésta deberá decidir si continuará
con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o se
desiste de su participación en el respectivo proceso.
Todo lo anterior, aun cuando, cumplan con los requisitos técnicos establecidos en las presentes bases de
Licitación.
2.4.- Aceptación del contenido de las bases
Los oferentes por el sólo hecho de presentarse a la Licitación aceptan y se entenderán en cabal
conocimiento de estas Bases, así como también de las características de la provisión de los bienes que se
requieren y de las Modificaciones de Bases y aclaraciones publicadas en su oportunidad, por el solo hecho
de presentar sus ofertas, por lo que se declaran conformes con ellas y no tienen reservas ni observaciones
que formular, debiendo ajustarse a ellas en todo momento.
2.5.- Presentación de documentos
El idioma español regirá para todo el proceso de Licitación, para todos los documentos asociados y aquellos
que posteriormente origine la materialización de la adjudicación.
Todos los antecedentes y formularios deberán ser anexados a la respectiva oferta presentada en idioma
español, en formatos digitales utilizando para estos efectos Word (como procesador de textos), Excel
(planilla electrónica) e imágenes digitalizadas en formatos PDF. Todos los anexos deben venir sin
modificaciones de formato.
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3.- ANTECEDENTES QUE RIGEN EL PROCESO DE COMPRA |
Junto a la Ley N° 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y
al Decreto N° 250 de fecha 09 de marzo de 2004, del Ministerio de Hacienda y sus modificaciones, forman
parte integrante de los documentos de la presente licitación los que a continuación se señalan, los cuales
regirán de forma obligatoria y complementaria, y en caso de discrepancia prevalecerán en el orden de
prelación que se indica:
• Las presentes Bases Administrativas, Bases Técnicas, Anexos y sus modificaciones
• Las Respuestas y/o Aclaraciones realizadas en esta licitación.
• Los antecedentes económicos, técnicos y administrativos presentados por el oferente adjudicado.
• Ley 20.584, que Regula Los Derechos y Deberes que tienen las Personas en relación con acciones
vinculadas a su atención de salud.
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Lo anterior, es sin perjuicio de la facultad interpretativa de la Contraloría General de la República y del
Tribunal de Contrataciones Públicas.
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4.- DEFINICIÓN DE TÉRMINOS |
Se aplicarán en las presentes Bases Administrativas, Bases Técnicas y en los Anexos, los términos y
definiciones establecidos en la Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y
Prestación de Servicios y en el Decreto N° 250 de 2004 del Ministerio de Hacienda que aprueba el
Reglamento de la Ley 19.886, y sus modificaciones, más los que a continuación se indican:
• Hospital Clínico Metropolitano La Florida Dra. Eloísa Díaz Insunza, Hospital La Florida u Hospital o HLF:
Establecimiento asistencial de alta complejidad, RUT 65.075.485-9, ubicado en Av. Froilán Roa Nº 6542,
comuna La Florida, Santiago de Chile.
• Días Hábiles: Son todos los días de la semana, excepto los sábados, domingos y festivos.
• Días Corridos: Son los días de la semana que se computan uno a uno en forma correlativa. Salvo que se
exprese lo contrario, los plazos de días señalados en las presentes bases de licitación podrán ser de días
corridos. En todos los casos, el plazo de cierre para la recepción de ofertas no podrá vencer en días
inhábiles ni en un día lunes o en un día siguiente a un día inhábil, antes de las quince horas. Todos los
plazos de días que se haga mención en las presentes bases se entenderán que han de ser completos y
correrán además hasta la media noche del último día del plazo. Lo anterior, salvo en aquellos casos en
que se indique hora exacta, y siempre y cuando se respeten los plazos mínimos legales establecidos por
el ordenamiento jurídico.
• Insumos o Dispositivo de uso Médico: La Ley Nº 19.497, Art. 101 del Código Sanitario, define como
artículo de uso médico a: “Los instrumentos, aparatos, dispositivos y otros artículos o elementos
destinados al diagnóstico, prevención y tratamiento de enfermedades de seres humanos, así como al
reemplazo o modificación de sus anatomías y que no correspondan a las sustancias descritas en los
artículos 97. 98 y 99 de este código”
La norma ISO 10993-1/1992, define a un artículo de uso médico como: “Cualquier instrumento, aparato,
material u otros artículos, incluyendo software, usados solos o en combinación, definidos por el
fabricante para ser usados en seres humanos solos o con el propósito de: Diagnóstico, prevención,
seguimiento, tratamiento o alivio de una enfermedad daño o discapacidad; Investigación, reemplazo o
modificación de la anatomía o de un proceso fisiológico; Regulación de la concepción y cuya acción
principal prevista en el cuerpo humano, no se alcance por medios farmacológicos, inmunológicos o
metabólicos, aunque puedan concurrir tales medios a su función”.
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5.- DISPOSICIONES GENERALES |
5.1-Comunicaciones
Cualquier comunicación que deba realizar el Hospital a los proponentes, la publicará en el portal
www.mercadopublico.cl. Así mismo, cualquier comunicación que los proponentes requieran realizar al
Hospital deberá ser a través de igual medio.
5.2.- Consultas a los Antecedentes de la Licitación.
El oferente que tenga dudas respecto de la licitación debe efectuar sus consultas única y exclusivamente a
través del Foro del Sistema de Información y de acuerdo al plazo del numeral 5.4 de las presentes bases. No
se atenderá ni aceptará ningún tipo de consulta por otro medio.
Las consultas que se reciban pasada esa fecha, no obtendrán respuesta.
En las consultas, se deberá indicar la página y punto de las bases y/o el número del anexo objeto de la
consulta.
Se considerará que estas aclaraciones formarán parte integral de las bases y por tanto se presumen
conocidas y su aplicación obligatoria para todos los oferentes.
El conocimiento del contenido de las aclaraciones emanadas del Hospital La Florida, es de exclusiva
responsabilidad de los oferentes.
5.3.- Entrega de Respuestas y Aclaraciones a los Antecedentes de la Licitación
Las respuestas a las consultas se publicarán en www.mercadopublico.cl en un solo documento, a todos los
proponentes que participen en la licitación, en el plazo señalado en el numeral 5.4 de las presentes bases.
Se considerará que estas aclaraciones formarán parte integral de las bases y por tanto se presumen
conocidas y su aplicación obligatoria para todos los oferentes.
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El conocimiento del contenido de las aclaraciones emanadas del Hospital La Florida, es de exclusiva
responsabilidad de los oferentes.
5.4.- Cronograma de la Licitación
Para los efectos de esta licitación se establece el siguiente cronograma:
Publicación de Bases
de Licitación
Las Bases se encontrarán publicadas durante 10 (diez) días corridos, desde la
fecha que se suban al portal www.mercadopublico.cl hasta el día de cierre de
las ofertas.
Consultas de las Bases El oferente podrá hacer consultas sobre las Bases de Licitación, hasta las 23:59
horas del tercer día corrido contado desde la publicación de éstas y sólo a
través de www.mercadopublico.cl.
Respuestas y
Aclaraciones
Se dará respuesta a las consultas de las Bases, el quinto día corrido contado
desde la publicación de Bases, a través de www.mercadopublico.cl
Cierre de recepción de
las ofertas
Los oferentes podrán presentar sus ofertas hasta el décimo día corrido
contado desde la publicación de bases hasta las 16 horas, a través de
www.mercadopublico.cl, De acuerdo con lo preceptuado en el inciso
penúltimo del artículo 25 del decreto N° 250, de 2004, no podrá vencer en días
inhábiles o en un día lunes o en un día siguiente a un día inhábil antes de las
15:00 hrs.
Si el décimo día fuere sábado, domingo o festivo, el plazo se extenderá hasta el
primer día hábil siguiente.
Apertura de las
ofertas
El acto de Apertura se efectuará a través de www.mercadopublico.cl. La
apertura se realizará desde el cierre de las ofertas y hasta los 5 días hábiles
siguientes al cierre.
Evaluación de
admisibilidad
La evaluación de admisibilidad se realizará en la apertura de las ofertas y
consistirá en la revisión de todos los documentos y anexos obligatorios
publicados por los oferentes, exigidos en bases de licitación, junto a la
verificación de la entrega física o electrónica del documento en garantía de la
seriedad de la oferta, si esta, ha sido requerida en el proceso. Todo, sin
perjuicio ni limitación a que, con posterioridad, pueda detectarse una causal de
inadmisibilidad en la presentación de algún oferente durante la etapa de
evaluación Administrativa, Técnica y Económica.
Evaluación
Administrativa,
Técnica y Económica
de las Ofertas
La evaluación Administrativa, Técnica y Económica de las ofertas se realizará
desde el día hábil siguiente de la evaluación de admisibilidad y no podrá
exceder de 10 (diez) días hábiles.
Adjudicación La adjudicación de la Licitación se realizará dentro de los 5 (cinco) días hábiles
contados desde el término de la evaluación.
Suscripción del
contrato
El oferente adjudicado estará obligado a firmar el contrato, dentro de los cinco
(5) días hábiles siguientes al envío del contrato.
5.5.- Modalidad de Propuesta
Las propuestas se presentarán a través de www.mercadopublico.cl en pesos, con valores unitarios sin IVA.,
y según las cantidades solicitadas por línea del producto. Además, se deberán presentar todos los anexos
solicitados los cuales deberán tener el producto requerido claramente identificado.
Los valores ofertados deberán incluir todos los gastos en los que incurra el adjudicatario hasta su total
recepción conforme, comprendiéndose entre ellos, por ejemplo, los relativos a capacitación, fletes incluidos,
derechos, patentes, legalización de documentos, etc.
Los oferentes podrán participar en una o más líneas de productos.
En cada una de las líneas los oferentes podrán presentar para esa línea una sola oferta o bien una oferta
principal y otra alternativa.
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5.6.- Ofertas Alternativas
Los proponentes podrán presentar una oferta alternativa, la que será estudiada por el Hospital como una
oferta más. La oferta alternativa deberá ser identificada en el Portal Mercado Público como “Oferta
Alternativa”.
5.7.- Validez de las Ofertas
Las ofertas deberán tener una validez mínima de 120 días corridos, contados desde la fecha de cierre de las
ofertas. La oferta cuyo período de validez sea menor al requerido, dará causa a declararla inadmisible.
Vencido este plazo, y si no se hubiere realizado la adjudicación, el Hospital podrá solicitar a los proponentes
la prórroga de sus ofertas y garantías. Los proponentes podrán ratificar sus ofertas o retirarlas, formalizando
su decisión mediante comunicación escrita dirigida al Director del Hospital y la entrega de nueva garantía la
cual deberá hacerse llegar a en oficinas de la Unidad de Licitaciones.
La comunicación se realizará a través de correo electrónico, al correo indicado por el oferente en el ANEXO
N°1. El oferente tendrá el plazo de 5 días hábiles para responder y entregar nueva garantía. De no recibir
respuesta se entenderá que el oferente no tiene interés en continuar.
Desde el día siguiente hábil contado de la comunicación del oferente de no perseverar en la propuesta, o
vencido el plazo de respuesta sin que el oferente se pronuncie al respecto, se pondrá a disposición de los
proponentes para su devolución la garantía a aquellos que no accedan a la prórroga.
5.8.- Garantía de Seriedad de la Oferta
En este proceso no se exigirá Garantía de Seriedad de la Oferta.
5.9.- Modificación de las Bases
En cualquier momento, antes del cierre de recepción de ofertas, el Hospital podrá introducir modificaciones
a los documentos de licitación por medio de un acto administrativo publicado a través del portal electrónico
www.mercadopublico.cl, si estima que ello resulta esencial para los fines y/o correcto desarrollo del proceso
licitatorio. En caso de que lo anterior ocurra, el Hospital La Florida podrá otorgar un plazo prudencial a los
oferentes para que puedan conocer y adecuar sus ofertas a las modificaciones introducidas, pudiendo o no,
modificar la fecha de cierre para estos efectos, lo cual será informado por el portal Mercado Público junto
con las modificaciones, una vez que el acto administrativo que las aprueba se encuentre totalmente
tramitado.
En el evento de modificarse la fecha de cierre, el plazo para ofertar se ampliará en la cantidad de días que se
señale en www.mercadopublico.cl.
Es exclusiva responsabilidad del Proponente la revisión del Portal, con el objeto de informarse sobre lo
expuesto en este punto y en el punto 5.3. Así mismo, es obligación del oferente, una vez cerrada la
presentación de ofertas, revisar el Foro Inverso y responder las aclaraciones que se le soliciten por esta vía.
5.10.- Pacto De Integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el
presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas
en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos
integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea
considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los
siguientes compromisos:
1. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios,
dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación
con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que
eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que
pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la
posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
2. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que
tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta
o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o
naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas.
3. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para
efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la
veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
4. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas
costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
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5. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en
las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
6. El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de
licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
7. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria,
con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la
posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
8. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones
anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes
y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o
indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas,
haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las
responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos
correspondientes.
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6.- DE LAS PROPUESTAS |
Es responsabilidad de los oferentes presentar sus propuestas en tiempo y forma, es decir, en el plazo fijado
en el numeral 5.4 y con toda la información requerida en las presentes bases, de manera tal que permita
una evaluación objetiva, certera, entendible y transparente de todas y cada una de ellas.
Los archivos, documentos y/o anexos, que constituyan la oferta y que deben publicarse en el portal
www.mercadopublico.cl por el oferente, deben ingresarse al portal con el nombre asignado en estas bases,
de modo que sean fácilmente identificables para el evaluador, ejemplo: Anexo Nº 02 Declaración Jurada.
Debe respetarse dicha fórmula de nomenclatura y el formato electrónico de cada anexo, a fin de facilitar la
identificación de los documentos y el proceso de evaluación, es decir deberá incorporarse con la
mencionada formula de nomenclatura y en el formato electrónico en el que originalmente figura el anexo
(Excel, Word u otro).
Los anexos Nº 01 y 02 se deben presentar uno por cada oferente, es decir, si un oferente presenta oferta
alternativa, no es necesario ingresarlos por cada una de las ofertas.
La no presentación de cualquiera de los Anexos señalados como OBLIGATORIOS, hará inadmisibles las
ofertas.
Los antecedentes solicitados en la presente licitación deben subirse a las carpetas disponibles del proceso
en www.mercadopublico.cl, agrupadas según se señala a continuación:
CARPETA ADMINISTRATIVA.
ANEXO
NOMBRE ANEXO
DESCRIPCIÓN ANEXO
01 PRESENTACIÓN DEL OFERENTE
Documento en el cual el oferente indica información básica y
esencial respecto de su identificación. Debe adjuntarse en la
carpeta administrativa con el nombre: Anexo N° 01
Presentación Del Oferente.
02 DECLARACIÓN JURADA
Documento en el cual el oferente declara cumplir con las
disposiciones generales de la Ley de Compras y su respectivo
Reglamento para ofertar y contratar con el Estado. Debe
adjuntarse en la carpeta administrativa con el nombre: Anexo
N° 02 Declaración Jurada Del Oferente.
Por contener este documento la Declaración Jurada exigida
para ofertar, este anexo se considera un ANEXO
OBLIGATORIO, por tanto, su no presentación hará
inadmisible la oferta.
No están obligados a presentar este Anexo N°02 Declaración
Jurada, aquellos oferentes que estén inscritos y en estado
hábil en el portal www.chileproveedores.cl y que posean en
este registro publicado la declaración para ofertar exigida por
Ley a la fecha del cierre de las ofertas.
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Además, los oferentes deben identificarse y acreditar su existencia, para ello deberá acompañar los
siguientes documentos en la Carpeta Administrativa:
• Si es persona natural:
- Imagen digitalizada de la cédula nacional de identidad.
• Si es persona jurídica:
El oferente deberá acreditar la vigencia de la sociedad, y para ello deberá presentar uno de los siguientes
documentos:
▪ Imagen digitalizada del certificado de vigencia de la sociedad oferente de data no superior a tres (3)
meses contados desde la presentación de la oferta, emitido por el Conservador de Bienes Raíces.
▪ Imagen digitalizada de la escritura pública de constitución de la sociedad y de todas sus
modificaciones.
▪ Imagen digitalizada del certificado de vigencia emitido por el Ministerio de Economía, Fomento y
Turismo para aquellas empresas creadas bajo el régimen establecido por la Ley N° 20.659, de data no
superior a tres (3) meses contados desde la presentación de la oferta.
El oferente deberá acreditar la vigencia de poderes del Representante Legal de la Sociedad, y para ello
deberá presentar la imagen digitalizada del RUT del oferente y de la cédula de identidad de su
representante legal y uno de los siguientes documentos:
▪ Imagen digitalizada del certificado de vigencia de poderes del representante legal del oferente, de
data no superior a tres (3) meses contados desde la presentación de la oferta, emitido por el
Conservador de Bienes Raíces.
▪ Imagen digitalizada del certificado de vigencia de la sociedad oferente de data no superior a tres (3)
meses contados desde la presentación de la oferta, emitido por el Conservador de Bienes Raíces, en
que consten los poderes otorgados al representante legal de la empresa.
▪ Imagen digitalizada del certificado de estatuto actualizado emitido por el Ministerio de Economía,
Fomento y Turismo para aquellas empresas creadas bajo el régimen establecido por la Ley N° 20.659,
de data no superior a tres (3) meses contados desde la presentación de la oferta.
No están obligados a acreditar su existencia y vigencia aquellos oferentes que estén inscritos y en estado
hábil en el portal www.chileproveedores.cl a la fecha del cierre de las ofertas cuyos respaldos e información
para acreditar su existencia y vigencia, se encuentren ya publicados en dicho portal.
CARPETA TÉCNICA
ANEXO NOMBRE ANEXO DESCRIPCIÓN ANEXO
03 ESPECIFICACIONES TECNICAS
Documento Excel en el cual el oferente debe indicar si cumple
con la información técnica respecto del bien y/o servicio
ofertado.
Para acreditar si cumple o no el requisito técnico, debe
adjuntar todos los documentos, fotografías y/o certificados
que respalden su información, según los requerimientos de
las presentes bases.
El proponente deberá descargar archivo Excel “Anexo N° 03
Especificaciones Técnicas” publicado en el portal
www.mercadopublico.cl. y completar con la información
señalada según cumpla o no las características solicitadas.
Las propuestas que no cumplan con alguno de los requisitos
técnicos OBLIGATORIOS, serán declaradas inadmisibles y no
serán evaluadas.
Se entenderá que no cumplen los requisitos técnicos
Obligatorios:
• Cuando no señalen en anexo 03 y no acompañe el
documento, fotografía y/o certificado que acredite
los requisitos técnicos
Una vez completada la tabla Excel con la información
requerida, debe adjuntarse en la carpeta técnica con el
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nombre: Anexo N° 03 Especificaciones Técnicas.
ANEXO OBLIGATORIO, por tanto, su no presentación hará
inadmisible la oferta.
04 PLAZO DE ENTREGA
Documento en que se indica el plazo máximo para la entrega
propuesto por el oferente, de acuerdo a las Bases
Administrativas y demás documentos que forman parte de la
licitación.
Se establece que el límite base para el tiempo de entrega es
de 1 día (es decir tiempo mínimo), cualquier otro inferior, se
considerará con igual puntaje a dicho límite de referencia, es
decir se debe ofertar desde 1 día en adelante. En caso de
presentar un rango de entrega, se evaluará basándose en el
mayor periodo de tiempo especificado (a modo de ejemplo: si
oferta señala entrega entre 2 a 5 días, se evaluará como si se
hubiera ofertado 5 días de entrega).
El plazo de entrega se deberá expresar en días corridos. Si el
proveedor señala en su oferta días hábiles, su oferta será
declarada inadmisible.
Si el proveedor no señala expresamente en su oferta si son
días hábiles o corridos, se entenderán que son días corridos,
para todo efecto.
El plazo ofertado se entiende comenzará, a partir de la fecha
de la aceptación de la Orden de Compra emitida por el
Hospital en el portal www.mercadopublico.cl. El proveedor
deberá aceptar la Orden de compra en el plazo de 24 horas
desde su publicación. Vencidas las 24 horas sin respuesta en
el portal, se entenderá que la Orden de compra ha sido
aceptada tácitamente por el proveedor, comenzando a correr
los plazos de entrega. Todo, sin perjuicio, de lo señalado en la
cláusula de estas bases, sobre El Pago.
Una vez completados los datos, debe adjuntarse el
documento en la carpeta técnica con el nombre: “Anexo N°
04 Plazo de Entrega”
ANEXO OBLIGATORIO, por tanto, su no presentación hará
inadmisible la oferta.
05
CERTIFICADO COMPORTAMIENTO
CONTRACTUAL ANTERIOR
Documentos que indican la identificación de los clientes con
los que tenga o haya tenido contratos del mismo rubro y
envergadura de los bienes requeridos en la presente licitación
y que certifican que el oferente ha tenido un comportamiento
contractual intachable.
Para estos efectos se considerarán del mismo rubro, contratos
referidos a la venta de las mismas fórmulas lácteas,
suplementos e insumos de nutrición requeridos en esta
adquisición y de la misma marca ofertada y se considerará de
la misma envergadura cuando los contratos se hayan
celebrado con instituciones de salud asistencial. Si no
concurren estas dos condiciones en conjunto, el certificado
no será considerado en la Evaluación.
Los Certificados de Acreditación de Buen Comportamiento
Contractual Anterior, deberán presentarse firmados por un
representante de la entidad pública, identificado en el mismo
documento, como tal y con el timbre de la Institución a la cual
pertenece.
El Hospital se encontrará facultado para confirmar los
antecedentes entregados, contactando a las respectivas
Instituciones que hayan otorgado dichas certificaciones.
En consecuencia, los antecedentes y clientes del oferente,
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que no puedan ser acreditados o confirmados a través de la
presentación y revisión de estos certificados, se entenderán
como no presentados, para efectos de la evaluación.
Para la Evaluación se considerará sólo la presentación hasta
un máximo de 6 certificados de clientes que hayan adquirido
los bienes en los últimos 36 Meses desde la publicación de
esta Licitación.
Si el oferente presenta más de 6 certificados, solo se
considerarán los 6 certificados donde consten las
contrataciones de fechas más recientes.
Estos certificados deben adjuntarse en la carpeta técnica con
el nombre: “Anexo N° 06 Certificado Comportamiento
Contractual Anterior”.
06
CERTIFICADO DE VIDA ÚTIL Y
POLITICA DE CANJE
Documento donde el oferente indica el plazo de vida útil y
política de canje ofertado, la cual no podrá ser en ningún caso
inferior a 12 meses.
En el evento de no presentar este anexo, se entenderá que el
proveedor oferta el plazo obligatorio mínimo de 12 meses
requerido en bases, evaluándose con puntaje 0 en este
criterio de evaluación
Debe adjuntarse en la carpeta técnica con el nombre: Anexo
N° 6 Certificado Vida útil y política de canje
ANEXO OBLIGATORIO, su no presentación hará inadmisibles
la oferta
CARPETA ECONÓMICA
ANEXO NOMBRE ANEXO DESCRIPCIÓN ANEXO
07 CARTA OFERTA
Documento donde se oferta el valor unitario y total, sin IVA y
en pesos chilenos, por línea de bien ofertado, incluidos todos
los gastos en los que incurra el adjudicatario hasta su total
recepción conforme, comprendiéndose entre ellos por
ejemplo los relativos a capacitación, fletes incluidos,
derechos, patentes, etc.
Una vez completado el documento, debe adjuntarse en la
carpeta Económica con el nombre: Anexo N° 07 Carta Oferta
El oferente deberá asegurarse que los valores contenidos en
los documentos que conforman la oferta, sean iguales a los
valores ingresados en el campo correspondiente en el portal
www.mercadopublico.cl. En caso de existir discrepancias
entre el valor indicado en el anexo y el valor ingresado en el
portal, prevalecerá la oferta subida en cada línea de producto
a www.mercadopublico.cl.
El valor total de su oferta por línea no podrá exceder del
monto total asignado para esa línea de producto, según lo
señalado en las Bases Técnicas.
ANEXO OBLIGATORIO, por tanto, su no presentación hará
inadmisible la oferta.
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Si falta alguno de los anexos OBLIGATORIOS o no se logra acreditar su contenido, la oferta será declarada
inadmisible.
6.1.-Enmienda de los Documentos presentados
Cada oferta deberá cumplir con todos los requisitos de admisibilidad administrativa, técnica y económica,
sin embargo, es dable señalar que cada uno de los documentos, antecedentes o anexos, por su naturaleza
podrá ser “esencial” o podrá ser “subsanable” (con la posibilidad de enmienda o de subsanar errores u
omisiones).
Conforme a lo anterior, los documentos, antecedentes o anexos, se pueden clasificar en “esencial” o
“subsanable”, según el siguiente detalle:
a.1 Documento, antecedente o anexo Esencial: Son aquellos, que no admiten corrección, enmienda,
rectificación o subsanación, por ende, si alguna de las propuestas no cumple con la presentación conforme
y/o el correcto llenado del documento, antecedente o anexo, según se solicita en estas bases, la oferta será
declarada inadmisible.
Se entenderán Documentos, antecedentes o anexos esenciales los siguientes:
▪ Anexo N°02 Declaración Jurada
▪ Anexo N°04 sobre plazo de entrega de los bienes ofertados.
▪ Anexo N°05 sobre Certificados Comportamiento Contractual Anterior, que presente errores u
omisiones en la identificación del representante de la Institución y cuya información no se haya
podido confirmar con la correspondiente entidad pública emisora, otro tipo de error no podrá ser
subsanado y se entenderá como no acreditado.
▪ Anexo N° 07 Carta Oferta.
▪ Órdenes de Compras, emitidas en el portal de Mercado Público, aceptadas por el oferente y donde
conste expresamente su recepción conforme, que acreditan la experiencia del proveedor en la
venta de los fármacos requeridos en la presente licitación.
a.2 Documento, Antecedente o Anexo Subsanable: Son aquellos que adolecen de defectos de forma o
errores no esenciales o de tipeo, que obedecen a una justa causa de error u omisión, siempre que aquello
defectuoso, omitido o erróneo, no se refiera a aspectos esenciales, no altere el tratamiento igualitario de
todos los proponentes y no genere una situación de privilegios respecto de los demás oferentes, a modo de
ejemplo, Anexo N° 03 que presente errores pero, cuya información a enmendar, se encuentre acreditada
con los correspondientes documentos , certificados o fotografías.
Los oferentes podrán enmendar sus omisiones u errores, dentro de un plazo de 24 o 48 horas según
explicite el Hospital La Florida, contado desde su requerimiento, mediante el foro inverso del proceso
licitatorio y a través de www.mercadopúblico.cl.
De ser solicitada enmienda, la propuesta será evaluada con una calificación inferior, conforme al numeral
8.4.1 de las presentes bases.
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7.- APERTURA DE LAS PROPUESTAS |
La apertura electrónica de las propuestas que se hayan ingresado en el portal www.mercadopublico.cl. Se
efectuará de acuerdo al calendario de plazos del numeral 5.4, debiendo levantarse acta de lo obrado.
Se realizará en ella, la revisión de los requisitos de admisibilidad esencial dejando constancia de los
oferentes que no cumplan con dichos requisitos en la Apertura Electrónica que se publica en
www.mercadopublico.cl.
Una vez verificado el cumplimiento de los oferentes, de los requisitos exigidos en las presentes bases de
licitación y confeccionada la correspondiente Acta de Apertura, se procederá a la evaluación administrativa,
técnica y económica de los oferentes y sus ofertas, por parte de la Comisión Evaluadora, designada por el
Hospital en las presentes bases.
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8.- DE LA EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS |
8.1.- Comisión de Evaluación
La Comisión de Evaluación estará integrada por las siguientes personas o sus subrogantes legales:
1. Jefe Departamento de Abastecimiento.
2. Jefe CR.
3. Jefe Unidad Contratos.
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4. Referente/s Técnico/s.
5. Responsable de la licitación.
Las autoridades y funcionarios, así como los contratados a honorarios o las personas ajenas a la
administración, (en los casos en que excepcionalmente participen en procedimientos de contratación),
deberán abstenerse de participar en la evaluación y distintas etapas de los procedimientos de contratación,
cuando exista cualquier circunstancia que les reste imparcialidad. Para ello, previa evaluación, cada uno de
sus integrantes, firmará una Declaración Jurada de no tener Conflicto de Interés.
En caso de que alguno de los integrantes esté contratado a honorarios o se trate de personas ajenas a la
administración, estos solo tendrán derecho a voz, debiendo siempre la Comisión estar conformada por
mayoría simple de miembros a contrata.
La comisión revisará, las ofertas recepcionadas e inscritas en el Acta de Apertura, la Comisión de Evaluación
dará inicio al proceso de evaluación de las ofertas formuladas.
La Comisión de Evaluación, podrá ser asesorada por una Comisión Técnica compuesta por un máximo de 3
profesionales de las áreas correspondientes al proceso en análisis.
La comisión de Evaluación será presidida según el siguiente orden de prelación:
1. Jefe de Departamento de Abastecimiento del Hospital La Florida.
2. Jefe de unidad Contratos
3. Jefe CR
4. Referente Técnico
5. Responsable de la licitación.
La comisión podrá sesionar con un mínimo de 3 de sus integrantes en los días y horas citadas para los
efectos de evaluación. Las decisiones se tomarán conforme la metodología de evaluación indicada en el
punto 8.3.
8.2.- Examen de Antecedentes
La Comisión de evaluación verificará los Antecedentes presentados por los oferentes e informará al director,
quien en virtud de lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley Nº 19.886, podrá declarar, mediante resolución
fundada, inadmisible aquellas ofertas que no cumplan los requisitos establecidos en las bases.
El Hospital Clínico Metropolitano La Florida se reserva el derecho de declarar inadmisible las ofertas cuando
no cumplieren con los requisitos exigidos en las presentes Bases.
A su vez, el Hospital declarará desierta la licitación cuando no se presenten ofertas, o bien, cuando éstas no
resulten convenientes a sus intereses. En todos los casos, los oferentes no tendrán derecho a indemnización
alguna por estas circunstancias.
La decisión de inadmisibilidad o de declaración de desierta, se efectuará por resolución fundada, que será
publicada en www.mercadopublico.cl.
8.2.1.-Aclaración y complementación de antecedentes en FORO INVERSO de www.mercadopublico.cl
El Hospital La Florida de conformidad con el artículo 40 inciso 1º del Decreto Nº 250 que aprueba el
reglamento de la Ley Nº 19.886, podrá solicitar a los oferentes aclaraciones o que salven errores u
omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos
oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten
los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, informándose debidamente
dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Portal Mercado Público. El plazo que tendrán los
oferentes, en este caso para dar cumplimiento a lo solicitado por el mandante, no podrá ser superior a 24 o
48 horas, según defina el Hospital, contadas desde la fecha de publicación de la solicitud por parte del
Hospital.
Si la aclaración solicitada no se presenta dentro del plazo asignado, se asumirá que el requisito en duda no
se cumple y la oferta recibirá el puntaje correspondiente establecido en el criterio “cumplimiento de
requisitos formales”.
8.3.- Metodología de Evaluación
La evaluación se hará asignando puntuación según los rangos que se indican, a los aspectos que se detallan;
la oferta que logre la puntuación más alta, será propuesta para adjudicación.
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La evaluación de las propuestas será realizada por la Comisión de Evaluación conforme a los criterios de
evaluación, analizando los antecedentes admisibles aportados por los oferentes a través del Portal
www.mercadopublico.cl.
Se ponderarán los puntajes obtenidos, estableciéndose un ranking, del cual se seleccionará la oferta que
obtenga el mayor puntaje y que cumpla de mejor forma los intereses del Hospital.
Se elaborará el Acta de Evaluación según el análisis realizado para cada uno de los criterios evaluados.
8.3.1 Mecanismos de Evaluación:
La obtención de los puntajes de los requerimientos para cada evaluación podrá ser del tipo tabulación,
dicotómico o porcentual.
a) Mecanismo de Tabulación:
Para el caso de evaluación a través de tabulación, se asignará un puntaje por tramo, requisito o
característica indicada según orden de importancia, el resultado será ponderado según el porcentaje
asignado al criterio.
b) Mecanismo Dicotómico:
Para el caso del puntaje dicotómico, el cumplimiento del requerimiento significará la obtención del puntaje
máximo y en caso contrario, el puntaje obtenido será cero.
c) Mecanismo Porcentual:
Para el caso del puntaje porcentual, este se obtendrá dependiendo de si se aplica el criterio del mayor valor
o menor valor, donde la fórmula de cálculo para cada caso es la siguiente:
c.1) Criterio Mayor Valor:
El oferente obtendrá el puntaje máximo del requisito evaluado toda vez que su valor ofertado sea igual al
mayor valor ofertado, del conjunto de las ofertas. Cada valor ofertado distinto al mayor valor ofertado, en
consecuencia, generará un puntaje menor para el requerimiento en evaluación.
c.2) Criterio Menor Valor :
El oferente obtendrá el puntaje máximo del requerimiento evaluado, toda vez que su valor ofertado sea
igual al menor valor ofertado, del conjunto de las ofertas. Cada valor ofertado distinto al menor valor
ofertado, en consecuencia, generará un puntaje menor para el requerimiento en evaluación.
8.4.- Criterios de Evaluación
Se evaluará conforme a los criterios de evaluación, que a continuación se indican, sin afectar los principios
de igualdad de los mismos y con estricta sujeción a las bases, de acuerdo a las ponderaciones que se
señalan:
CRITERIOS PONDERACIÓN DEFINICION PUNTAJE MAXIMO
Cumplimiento de
Requisitos Formales
1%
Cumplimiento de los requisitos
formales.
100
Evaluación Técnica 20%
Cumplimiento de
Especificaciones Técnicas
100
Plazo de Entrega 10%
Evaluación tiempo de entrega
desde la aceptación de Orden
de Compra
100
Comportamiento
Contractual Anterior
4%
Evaluación del Comportamiento
intachable en contratos
anteriores
100
Plazo de Vida Útil y
política de canje
5% Evaluación de plazo vida útil y
política de canje de insumo
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superior a 12 meses 100
Precio 60%
Evaluación económica de lo
ofertado
100
8.4.1 Cumplimiento de los Requisitos Formales de las Ofertas (1%)
Se evaluará el cumplimiento formal de los requisitos administrativos, técnicos y económicos, a través del
mecanismo de Tabulación, asignándose el siguiente puntaje:
TRAMO, REQUISITO O CARACTERISTICA PUNTAJE
Presenta oferta con todos los documentos requisitos administrativos, técnicos, económicos
y anexos solicitados, en tiempo y forma.
100
Presenta oferta con todos los documentos, requisitos administrativos, técnicos, económicos
y anexos solicitados, pero se debe pedir subsanar o enmendar elementos de tipo
subsanables a través de foro inverso y proveedor corrige y/o subsana en tiempo y forma.
50
Presenta oferta con todos los documentos, requisitos administrativos, técnicos, económicos
y anexos solicitados, pero se debe pedir subsanar o enmendar elementos de tipo
subsanables a través de foro inverso y proveedor NO corrige o subsana en tiempo y forma.
0
8.4.2 Evaluación Técnica (20%)
Se evaluará el criterio de evaluación técnico a través de la sumatoria de los puntajes obtenidos según el
cumplimiento de los requisitos técnicos deseables señalados en Anexo 03.
REQUERIMIENTO PUNTAJE MÁXIMO
Cumple con los requisitos técnicos deseables, según lo requerido en
Anexo N°3
100
El Anexo N° 03 contendrá los requisitos OBLIGATORIOS y los requisitos DESEABLES de la oferta Técnica de
cada proveedor.
Requisitos Deseables (D): Considera los requisitos que son importantes, pero que, sin embargo, su
incumplimiento no afecta el funcionamiento del Producto.
Se evaluarán en este criterio solo el cumplimiento de los requisitos técnicos DESEABLES especificados en el
Anexo Nº 03.
Se entenderá que no cumple el requisito técnico Deseable:
• Cuando no acompañe el Certificado que acredite el requisito técnico Deseable.
• También se entenderá que no cumple el requisito técnico deseable, si el Certificado que acredite
dicho requisito, contenga elementos de los considerados en estas bases como subsanables y se ha
debido pedir al oferente a través de foro inverso que subsane y/o enmiende y este NO subsanó y/o
enmendó en el tiempo y forma requerido.
Requisitos Obligatorios (O): Corresponden a los requisitos cuyo incumplimiento declaran a la oferta
inadmisible. Bajo esta categoría se incluyen los requisitos técnicos cuyo incumplimiento impide el
funcionamiento requerido, no cumple con lo requerido por el Hospital o producen una falta a las normas de
seguridad vigente.
Las propuestas que no cumplan con alguno de los requisitos técnicos OBLIGATORIOS, serán declaradas
inadmisibles y no serán evaluadas.
Se entenderá que no cumplen los requisitos técnicos Obligatorios:
• Cuando no acompañe el documento, fotografía y/o certificado que acredite los requisitos técnicos
• También se entenderá que no cumple los requisitos técnicos Obligatorios, si el documento,
fotografía y/o certificado que acredite dicho requisito, contenga elementos de los considerados en
estas bases como subsanables y se ha debido pedir al oferente a través de foro inverso que subsane
y/o enmiende y este NO subsanó y/o enmendó en el tiempo y forma requerido.
Pauta de Evaluación
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9
Cumple norma ASTM
F3094-14 o equivalente.
Deseable
Certificado
Vigente
50
10
Cumple Norma IEC
61331-1-2014 o
equivalente.
Deseable
Certificado
Vigente
50
CERT IF ICADOS
PTJE.
ASIGNADO
CRITERIOS TÉCNICOS
TIPO DE
REQUISITO
FORMA DE
ACREDITAR
REQUISITO
(RESPALDO)
CUMPLE
SI/NO
CLASIFICACION DEL
REQUISITO
N°
1.- DELANTAL PROTECCION RADIOLOGICA
9
Cumple Norma IEC
61331-1 o equivalente.
Deseable
Certificado
Vigente
50
10 FDA, CE Deseable
Certificado
Vigente
50
PTJE.
ASIGNADO
2.- GAFAS PLOMADAS
CERT IF ICADOS
CLASIFICACION DEL
REQUISITO
N° CRITERIOS TÉCNICOS
TIPO DE
REQUISITO
FORMA DE
ACREDITAR
REQUISITO
(RESPALDO)
CUMPLE
SI/NO
9
Cumple norma ASTM
F3094-14 o equivalente.
Deseable
Certificado
Vigente
35
10
Cumple Norma IEC
61331-1-2014 o
equivalente.
Deseable
Certificado
Vigente
35
11 FDA, CE Deseable
Certificado
Vigente
30
3.- PROTECTOR TIROÍDEO
CERT IF ICADOS
PTJE.
ASIGNADO
CLASIFICACION DEL
REQUISITO
N° CRITERIOS TÉCNICOS
TIPO DE
REQUISITO
FORMA DE
ACREDITAR
REQUISITO
(RESPALDO)
CUMPLE
SI/NO
6
Cumple Norma ISO
9001
Deseable
Certificado
Vigente
50
7
Cumple Norma ISO
14001
Deseable
Certificado
Vigente
50
CERT IF ICADOS
4.- COLGADOR DE CARRO PARA DELANTAL PROTECCION RADIOLOGICA
PTJE.
ASIGNADO
CLASIFICACION DEL
REQUISITO
N° CRITERIOS TÉCNICOS
TIPO DE
REQUISITO
FORMA DE
ACREDITAR
REQUISITO
(RESPALDO)
CUMPLE
SI/NO
7
Cumple Norma IEC
61331-1 o
equivalente.
Deseable
Certificado
Vigente
50
8 FDA, CE Deseable
Certificado
Vigente
50
CERT IF ICADOS
CUMPLE
SI/NO
PTJE.
ASIGNADO
CLASIFICACION DEL
REQUISITO
N° CRITERIOS TÉCNICOS
TIPO DE
REQUISITO
FORMA DE
ACREDITAR
REQUISITO
(RESPALDO)
5.- COLGADOR DE PARED PARA DELANTAL PROTECCION RADIOLOGICA
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5 Con un aroma cítrico Deseable
Documento, Ficha
Técnica, Catalogo
o Inserto
50
CERT IF ICADOS 6
Cumple Norma ISO
9001
Deseable
Certificado
Vigente
50
PTJE.
ASIGNADO
CLASIFICACION DEL
REQUISITO
N° CRITERIOS TÉCNICOS
TIPO DE
REQUISITO
FORMA DE
ACREDITAR
REQUISITO
(RESPALDO)
CUMPLE
SI/NO
6.- LIQUIDO LIMPIA DELANTALES PROTECCION RADIOLOGICA
8.4.3. Plazo de Entrega (10%)
El criterio de evaluación Plazo de Entrega se evaluará con el mecanismo Porcentual del Menor Valor, según
lo siguiente:
REQUERIMIENTO
PUNTAJE
MÁXIMO
Plazo de Entrega (Anexo N° 04) 100
El proponente debe informar el plazo que tardará en entregar el producto adjudicado en su Anexo Nº 04. Se
establece que el límite base para el tiempo de entrega es de 1 día (es decir tiempo mínimo), cualquier otro
inferior, se considerará con igual puntaje a dicho límite de referencia, es decir se debe ofertar desde 1 día en
adelante. En caso de presentar un rango de entrega, se evaluará basándose en el mayor periodo de tiempo
especificado (a modo de ejemplo: si oferta señala como plazo de entrega entre 2 a 5 días, se evaluará como
si se hubiera ofertado 5 días de entrega).
El plazo de entrega se deberá expresar en días corridos. Si el proveedor señala en su oferta días hábiles, su
oferta será declarada inadmisible. Si el proveedor no señala expresamente en su oferta si son días hábiles o
corridos, se entenderán que son días corridos, para todo efecto.
El plazo ofertado se entiende comenzará a correr a partir de la fecha de la aceptación de la Orden de
Compra emitida por el Hospital en el portal www.mercadopublico.cl. (En www.mercadopublico.cl el
proveedor deberá aceptar la Orden de Compra en el plazo de 24 horas desde su publicación. Vencidas las 24
horas sin respuesta en el portal, se entenderá que la Orden de compra ha sido aceptada tácitamente por el
proveedor, comenzando a correr los plazos de entrega). Todo, sin perjuicio, de lo señalado en la cláusula de
bases, sobre El Pago.
8.4.4. Comportamiento Contractual Anterior (4%)
Este Criterio se evaluará a través del mecanismo de Tabulación, en base a lo siguiente:
Se medirá el comportamiento contractual anterior del oferente con la evaluación del documento Anexo
N°05, “Certificado Comportamiento Contractual Anterior”, suscrito por clientes con los que tenga o haya
tenido contratos del mismo rubro y/o envergadura de los productos requeridos en la presente licitación que
declaren la conducta intachable del oferente sin multas, sanciones ni termino anticipado de contrato.
Para estos efectos se considerarán del mismo rubro, contratos referidos a la venta de los mismos insumos,
requeridos en esta adquisición y de la misma marca ofertada y se considerará de la misma envergadura
cuando los contratos se hayan celebrado con instituciones de salud asistencial. Si no concurren estas dos
condiciones en conjunto, el certificado no será considerado en la Evaluación.
Los Certificados de Comportamiento Contractual Anterior, deberán presentarse firmados por un
representante de la entidad pública, identificado en el mismo como tal y con el timbre de la Institución que
adquirió el producto.
El Hospital se encontrará facultado para confirmar los antecedentes entregados, contactando a las
respectivas Instituciones que hayan otorgado dichas certificaciones.
En consecuencia, los antecedentes y clientes del oferente, que no puedan ser acreditados o confirmados a
través de la presentación y revisión de estos certificados, se entenderán como no presentados, para
efectos de la evaluación.
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Para la Evaluación se considerará sólo la presentación hasta un máximo de 6 certificados de clientes
distintos, que hayan adquirido los bienes en los últimos 36 Meses desde la publicación de esta Licitación.
Si el oferente presenta más de 6 certificados, solo se considerarán los 6 certificados donde consten las
contrataciones de fechas más recientes.
Estos certificados deben adjuntarse en la carpeta técnica con el nombre: “Anexo N° 06 Certificado
Comportamiento Contractual Anterior”.
REQUERIMIENTO PUNTAJE
Presenta Certificados de 6 clientes 100
Presenta Certificados de 5 clientes 80
Presenta Certificados de 4 clientes 60
Presenta Certificados de 3 clientes 40
Presenta Certificados de 2 clientes 20
Presenta Certificados de 1 clientes 10
No presenta certificados o
estos no pueden ser corroborados con la entidad
emisora
0
8.4.5 Plazo Vida útil y Política de Canje (5%)
Este Criterio se evaluará a través del mecanismo de Tabulación, en base a lo siguiente:
El proponente debe especificar los meses de Vida Útil y política de canje de los bienes ofertados en Anexo
Nº 06. En caso de ofertar una vida útil y política de canje inferior a los 12 meses mínimos requeridos en
bases, la oferta se considerará como inadmisible. Si el proveedor nada señala sobre los meses de vida útil y
política de canje de los bienes ofertados se entenderá que ha ofertado el mínimo exigido en Bases.
PLAZO VIDA UTIL Y POLITICA DE CANJE OFERTADA PUNTAJE
36 meses 100
24 meses 50
12 meses (plazo vida útil y política de canje obligatorio exigida como
mínimo en bases)
0
Los plazos ofertados deberán ser de 12, 24 o 36 meses. Si por error se oferta un plazo de meses intermedios,
a los solicitados, se aplicará lo siguiente:
Si por error el proveedor señala: Se entenderá que oferta
Oferta de 37 o más 36 meses
Oferta de 25 a 35 meses 24 meses
Oferta de 13 a 23 meses 12 meses
Oferta de 1 a 11 meses Se declara inadmisible su oferta
Si el proveedor nada señala sobre los meses de vida útil y política de
canje de los bienes ofertados
12 meses
8.4.6. Evaluación económica (60%)
La evaluación económica considerará el valor unitario neto para cada insumo solicitado, el cual se debe
ingresar en Anexo Nº 07 Carta Oferta:
REQUERIMIENTO PUNTAJE MÁXIMO
Menor Valor Ofertado 100
Se establece que el puntaje que se obtenga en el total de la oferta por cada insumo será el que se someterá
al cálculo según el menor valor ofertado, lo cual permitirá establecer la mejor condición económica para la
adjudicación.
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El valor ofertado de cada línea en ningún caso podrá superar el monto máximo asignado para esa línea de
producto, según lo señalado en las Bases Técnicas.
Si la oferta presentada por el proveedor, supera el valor máximo asignado para esa línea, su oferta para ese
producto será declarada inadmisible.
8.5.- Situación de Empate:
En caso de que dos o más ofertas obtengan igual puntaje total, se resolverá el empate según los siguientes
criterios:
a) Se seleccionará aquella oferta que presente el mejor puntaje en evaluación técnica.
b) Se seleccionará aquella oferta que presente el puntaje más alto en el criterio económico.
c) Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que presente el mejor puntaje en el criterio plazo
de entrega.
d) Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que presente el mejor puntaje en el criterio plazo
de vida útil y política de canje.
e) Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que presente el mejor puntaje en el criterio
Comportamiento Contractual anterior.
f) Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que presente el mejor puntaje en el criterio de
cumplimiento de requisitos formales.
g) Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que fuese ingresada primero, según la fecha y
hora en el portal Mercado Publico
8.6.- Acta de Evaluación
La Comisión de Evaluación elaborará el "Informe o Acta Final de Evaluación" el cual contendrá:
• La identificación de los integrantes de la Comisión de Evaluación que asistieron a evaluar.
• La identificación de los asesores expertos invitados a la Evaluación, si es que existieron.
• La identificación de las ofertas que no cumplieron alguno de los requerimientos obligatorios de bases,
siendo rechazadas sus ofertas en la apertura, quedando por lo tanto fuera de evaluación y aquellas que
fueron evaluadas pero se determinó de igual manera que no cumplieron alguno de los requerimientos
obligatorios de bases, por tanto se deben proponer junto a las rechazadas, para ser declaradas
inadmisibles por la autoridad y la información detallada sobre cuál o cuáles requerimientos no fueron
cumplidos por todas estas ofertas.
• Un cuadro comparativo de las propuestas con las respectivas puntuaciones parciales obtenidas en cada
uno de los criterios de evaluación, así como también un resumen de la Evaluación realizada con
especificación del puntaje final.
• Un análisis final de evaluación y/o las observaciones, si proceden.
• Cuando no se hayan presentado ofertas, la constancia de esta situación para declarar Desierto el
proceso.
• Los fundamentos de declarar desierto el proceso en base a ofertas presentadas y evaluadas que no
resulten convenientes para los intereses del establecimiento.
• La recomendación o propuesta final, a la autoridad competente, de adjudicación del oferente mejor
evaluado o de declarar desierto el proceso, según sea el caso, fundada en razones objetivas y no
discriminatorias.
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9.- DE LA ADJUDICACION DE LA PROPUESTA |
9.1.- Criterios de Adjudicación
La Adjudicación se hará por línea o ítem de producto, pudiendo un oferente adjudicarse más de una línea a
la vez.
Se adjudicará cada línea a aquel proponente cuya oferta en esa línea de producto haya sido evaluada como
la más ventajosa para los intereses de la institución, considerando los criterios de evaluación establecidos en
las presentes Bases y conforme las facultades y prerrogativas establecidas en la normativa sobre contratos
administrativos de suministro y prestación de servicios.
9.2.- Comunicación de la Adjudicación
El Hospital Clínico Metropolitano La Florida adjudicará la oferta mediante acto administrativo, el cual tendrá
plena vigencia una vez que se encuentre totalmente tramitado y notificado al adjudicatario y al resto de los
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oferentes a través de www.mercadopublico.cl. En dicho acto administrativo, se especificarán los criterios de
evaluación aplicados, de acuerdo a lo establecido en las presentes Bases.
Si no se adjudicase en el plazo indicado en el punto 5.4 de estas Bases, se avisará a través del Portal las
razones de ello, indicando un nuevo plazo para la adjudicación o la decisión de declarar desierto.
9.3.- Peticiones o Reclamos del Proponente Adjudicado
Adjudicada la propuesta, no podrá el proponente formular petición o reclamo de ninguna especie fundado
en el desconocimiento de estas Bases Administrativas, de las Bases Técnicas y los anexos y sus
modificaciones; las cuales se entienden plenamente conocidas y aceptadas por el solo hecho de
presentación de su oferta.
9.4.- De la Readjudicación
El Hospital Clínico Metropolitano La Florida podrá readjudicar la licitación al oferente que siga en orden de
prelación de acuerdo con el puntaje total obtenido, dejando sin efecto la adjudicación previa, en los
siguientes casos:
1.-Si el adjudicatario desiste de su oferta.
2.-Si el adjudicatario se desiste de firmar el contrato o rechaza la orden de compra emitida en el portal
mercadopublico.cl
3.-Si el adjudicatario no entrega garantía de fiel y oportuno cumplimiento o cualquier otro documento
solicitado para la firma del contrato en tiempo y forma.
4.-Si el adjudicatario es inhábil para contratar con el estado en los términos del artículo cuarto, incisos 1° y
6° de la Ley 19.886, o no proporciona los documentos que sean requeridos para verificar dicha condición o
le sobreviene una inhabilidad.
El Hospital podrá elegir si adjudica a la segunda oferta mejor evaluada o deserta el proceso, para efectuar un
nuevo llamado a licitación, emitiéndose para cada caso la respectiva resolución.
9.5.- Revocación de la Licitación
Si se ha detectado una ilegalidad en y durante el proceso o aconteciere durante su tramitación un hecho
considerado como Imprevisto, Caso Fortuito o Fuerza mayor, que haga imposible e improcedente adjudicar
la Licitación, el Hospital Clínico Metropolitano La Florida, podrá realizar la revocación de esta, previo acto
administrativo que justifique tal situación, sin perjuicio de otras causales específicas de las normas
especiales vigentes, aplicables a los actos del Estado.
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10.- DEL CONTRATO |
La firma de un contrato escrito será obligatoria en esta adquisición, para los oferentes que adjudiquen un
monto total igual o mayor a 100 UTM, ya sea por la adjudicación de una o varias líneas.
Para los oferentes que adjudiquen un monto inferior al señalado anteriormente, su contratación se
formalizará a través de la emisión y aceptación de la correspondiente Orden de Compra, sin perjuicio de lo
anterior el oferente debe cumplir íntegramente con lo señalado en el numeral 10.1 y 10.2 de estas bases.
10.1.- Entrega de Documentación y Antecedentes para la formalización del contrato.
El adjudicatario deberá hacer llegar toda la documentación necesaria para la suscripción definitiva de su
contrato, a la Unidad de Contratos de Abastecimiento del Hospital, dentro de los 10 días hábiles siguientes a
la adjudicación y según el siguiente detalle:
• Garantía de Fiel y oportuno cumplimiento: El proveedor adjudicado debe presentar garantía o
caución para asegurar el fiel y oportuno cumplimiento de contrato según monto y glosa, de
acuerdo a lo establecido en numeral 10.8 de las presentes Bases.
• Garantía de Vida Útil y Politica de Canje: El proveedor adjudicado debe presentar garantía o
caución para asegurar el plazo de la vida útil y política de canje ofertada de los insumos de contrato
según monto y glosa, de acuerdo con lo establecido en numeral 10.10 de las presentes Bases.
• Acreditación poderes del representante legal: El proveedor adjudicado en el caso que fuera
persona jurídica, deberá acreditar la vigencia de los poderes del representante legal a través de
certificado de vigencia de poderes emitido por el Registro de Comercio o por la institución que
corresponda, de data no superior a 3 meses contados desde la fecha en que deba suscribir el
contrato.
• Declaraciones juradas: El oferente adjudicado, deberá presentar las siguientes declaraciones
juradas:
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a) Anexo N° 02 Declaración Jurada Simple: en formato físico firmada por el representante legal de la
empresa o la persona natural, según corresponda, en la cual se consigna que no se encuentra unido
por los vínculos de parentesco descritos en la letra B) del artículo 54 de la ley 18.575, que no se
encuentra afecto a las inhabilidades establecidas en el artículo 4° de la ley Nº 19.886, y que
tratándose de personas jurídicas, además, no ha sido condenado a pena de prohibición de
celebrar actos y contratos con Organismos del Estado, de conformidad con la ley Nº 20.393.
b) En el caso de una unión temporal de proveedores: Los oferentes adjudicados que se unan de esta
forma, deberán presentar la Escritura Pública que materialice la unión temporal de proveedores.
Dicho documento deberá establecer la solidaridad entre las miembros de la unión temporal de
proveedores y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes,
además de tener una vigencia que no podrá ser inferior a la vigencia del contrato que se adjudica
mediante el proceso licitatorio, incluyendo las renovaciones del mismo si existiesen, conforme a lo
regulado en el art. 67 bis, del Reglamento de la ley N° 19.886 aprobado por el decreto Nº 250/2004
del Ministerio de Hacienda
• Cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales: El proponente adjudicado deberá
presentar un certificado en que se acredite el cumplimiento de las obligaciones laborales y
cotizaciones previsionales por parte del proveedor adjudicado para con sus trabajadores, éste
deberá ser emitido por la Inspección del Trabajo o por empresas autorizadas para extender este
tipo de certificados. En caso de que el certificado arroje deudas o saldos insolutos de
remuneraciones o cotizaciones previsionales, los primeros estados de pago producto del contrato
licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo el oferente adjudicado
acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del
período de ejecución del contrato. El incumplimiento de esta obligación, como, asimismo, la falta
de presentación de dicho certificado habilitará al Hospital, para poner término al contrato y podrá
llamar a una nueva licitación, sin que el oferente adjudicado pueda participar en este nuevo
proceso.
10.2 . - Inscripción en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores Del Estado.
El proveedor al momento de adjudicar y contratar deberá estar inscrito en el registro nacional
www.chileproveedores.cl. Si al momento de adjudicar el proveedor no se encuentra inscrito en este
registro, tendrá un plazo excepcional de 15 días hábiles contados desde la notificación de la adjudicación
para inscribirse, sin perjuicio de lo anterior, deberá hacer entrega de todos los demás antecedentes en el
plazo dispuesto en párrafo primero del numeral 10.1
La no inscripción en Chileproveedores o la no entrega de cualquiera de los documentos y antecedentes ya
señalados, configurará causal suficiente para dejar sin efecto la resolución de adjudicación respectiva. En tal
caso se procederá al cobro de la garantía de seriedad de la oferta correspondiente pudiendo el Hospital
readjudicar al 2º mejor oferente evaluado, el que deberá acreditar las mismas exigencias de los párrafos
anteriores, o bien, declarar desierta la licitación, cuando la 2da mejor oferta evaluada no resulte
conveniente a sus intereses, en conformidad al artículo Nº 9 de la Ley N° 19.886.
Será responsabilidad del adjudicatario cumplir en tiempo y forma, con todas las exigencias antes descritas.
10.3 Suscripción Del Contrato Y Aceptación De La Orden De Compra:
10.3.a Firma de contrato: Una vez adjudicada la Licitación, se hará llegar al adjudicatario, cuyo monto de
adjudicación sea igual o mayor a 100 UTM, el documento de contrato vía correo electrónico al correo
informado por el proveedor en el Anexo N°01 de su oferta. El oferente adjudicado estará obligado a firmar y
devolver contrato firmado en 3 copias en formato físico en sobre cerrado a nombre de Unidad de Contratos
del Hospital La Florida, indicándose la siguiente referencia “CONTRATO ID 777304-XX-LP21 (donde XX, se
debe reemplazar por el número de la licitación), El sobre deberá ser entregado en secretaria de
abastecimiento del Hospital, dentro del plazo estipulado en el numeral 5.4. de las bases.
10.3.b Resolución que aprueba contrato: Una vez firmado y devuelto el contrato por el proveedor, se
procederá a firmar por la autoridad competente del Hospital y se dictará la correspondiente Resolución que
aprueba dicho contrato.
10.3.c Emisión de Orden de compra: se emitirá la 1era de varias sucesivas y/o única orden de compra
respectiva, según sea el caso, a través del sistema de información www.mercadopublico.cl.
Sin perjuicio de lo anterior, y por razones de buen servicio, se podrá emitir, excepcionalmente, la orden de
compra antes de la completa tramitación de la Resolución que aprueba el Contrato. Sin perjuicio de que esta
debe encontrarse totalmente tramitada al momento de pagar dicha Orden de compra.
10.3.d Aceptación de la Orden de compra por el proveedor: El proveedor deberá aceptar la Orden de
compra en el plazo de 24 horas desde su publicación en el sistema de información www.mercadopublico.cl.
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Vencidas las 24 horas sin respuesta en el portal, se entenderá que la Orden de compra ha sido aceptada
tácitamente por el proveedor, comenzando a correr los plazos de entrega y cumplimiento de todas las
obligaciones del contrato.
Todo, sin perjuicio, de que, para el pago de factura, esta Orden de compra deberá encontrarse aceptada
expresamente en el sistema de información y con recepción Conforme, aceptación y recepción, sin la cual el
pago no se llevará a cabo.
El proveedor no podrá imponer un monto mínimo de despacho para aceptar la Orden de Compra.
10.4.- Contenido del Contrato
El contrato, contendrá todas y cada una de las cláusulas necesarias para su efectivo cumplimiento,
especificará el objeto, precio, plazo de entrega definido por el adjudicatario en su oferta, además señalará la
forma de recepción de los bienes y/o servicios, garantía técnica, modalidad de pago, entre otras.
Se comprende dentro del objeto de la obligación del adjudicatario, todo lo señalado en su oferta,
incluyéndose las capacitaciones necesarias para el correcto, adecuado y útil uso del bien, si procede y la
entrega de las licencias, de todo tipo, incluyendo las intelectuales e industriales, que del caso correspondan,
para el uso correcto, útil y adecuado del bien.
El incumplimiento de lo ofertado será considerado incumplimiento grave de las obligaciones contraídas en el
contrato y podrá dar origen a su término y al cobro de la respectiva garantía, sin perjuicio de las acciones
legales correspondientes que pueda ejercer el Servicio.
Las cláusulas del respectivo contrato serán aplicables tanto a las obligaciones principales, como las
obligaciones accesorias y complementarias y se cumplirán del modo natural que a ellas correspondieren.
El adjudicatario será empleador único y exclusivo de su personal y por lo tanto, directamente responsable
ante las autoridades administrativas y del trabajo, Tribunales de Justicia, organismos previsionales, y en
general ante cualquier tercero, del cumplimiento fiel y oportuno de todas las obligaciones laborales y
previsionales que le correspondan en dicha calidad y en general de todas y cada una de las obligaciones que
nacen del contrato de trabajo, y de aquellas establecidas por el Código del Trabajo. No existiendo vínculo
laboral alguno entre el Hospital y el adjudicatario ni con sus trabajadores. El Hospital podrá requerir en todo
momento, información relativa al cumplimento de las obligaciones laborales y previsionales que le asisten al
empleador respecto de sus trabajadores, y especialmente respecto de aquellos que estén involucrados
directa o indirectamente en las prestaciones de que trata la presente licitación y el respectivo contrato.
10.5.- Vigencia y Duración del Contrato
El Contrato entrará en vigor a contar de la fecha de su suscripción y la resolución que lo aprueba y su
duración será hasta el término de los meses ofertados de Vida útil y política de canje para los bienes
adjudicados. (si se adjudicaron dos o más líneas de productos se considerará el mayor plazo de vida útil y
política de canje ofertado)
No obstante, por razones de buen servicio la prestación podrá iniciarse antes de la total tramitación de la
resolución antes indicada; sin perjuicio que el pago quede sujeto a la total tramitación de dicha Resolución.
10.6.- Renovación del Contrato
No procede renovación para esta adquisición.
10.7.- Modificación Del Contrato
Se podrá modificar el contrato hasta por un 30% de lo contratado, dependiendo de los requerimientos y de
la disponibilidad de recursos del Hospital La Florida a futuro.
10.8.- Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato
Junto a la firma del Contrato y para cautelar el cumplimiento de la correcta ejecución del mismo, el
adjudicatario deberá entregar una caución o garantía, siendo de su exclusiva responsabilidad que dicha caución
o garantía sea presentada conforme a las especificaciones que a continuación se indican.
Tipo de Documento Podrán ser presentados como documentos de caución, boletas de
garantía, vale vistas, certificados de fianza, póliza de garantía o cualquier
otro documento que cumpla con los siguientes requisitos
• Sea pagadero a la vista
• no sujeto a modalidad
• irrevocable
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• Emitida a favor de Entidad Pública
Monto 10% de monto total adjudicado con IVA incluido en pesos chilenos
Beneficiario Hospital Clínico Metropolitano La Florida; Rut: 65.075.485-9
Vigencia 12 meses más 120 días hábiles, a contar de la adjudicación.
Glosa Garantizar el Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato “ELEMENTOS DE
PROTECCION PERSONAL RADIOLOGICO PARA EL HOSPITAL LA FLORIDA”
ID 777304-XX-LE21. (donde se señala XX reemplazar por el número de la
Licitación)
Forma y oportunidad de
Entrega Física
El oferente o su representante deberá entregar físicamente la garantía en
secretaría de Abastecimiento ubicada en dependencias del Ex CRS
(CESFAM Provisorio de La Florida), Avenida Froilán Roa 6420, en horario
de lunes a viernes, de 08:30 a 13:00 y de 14:30 a 16:00 horas, dentro de
los 10 días hábiles desde la adjudicación.
La garantía debe entregarse en sobre cerrado dirigido a la Unidad de
Contratos del Hospital La Florida, señalando en el sobre lo siguiente:
GARANTIA DE FIEL OPORTUNO CUMPLIMIENTO ID: 777304-XXLE21
(donde se señala XX, se debe reemplazar por el número de
la licitación)
IDENTIFICACION DEL OFERENTE
El oferente que necesite respaldar la entrega de su garantía deberá
acompañar una fotocopia del sobre que entrega. Esta fotocopia será
timbrada por secretaría de abastecimiento, indicando la fecha de su
recepción y solo si se comprueba que el documento físico viene en su
interior.
Sin perjuicio de lo señalado anteriormente, la revisión del documento y
cumplimiento de requisitos formales, solo se verificará por la Unidad de
Contratos
En caso de presentarse una Garantía en Formato Electrónico, deberán ser
enviadas al correo: garantiahlf@redsalud.gov.cl, antes del del vencimiento
del plazo de 10 días hábiles desde la adjudicación, indicando en el asunto
del correo el ID de la Licitación y el nombre del Oferente.
De no presentar dicha garantía en forma, lugar, día y hora señalados, la
oferta adjudicada se entenderá desistida. Esto último, sin perjuicio de las
garantías en formato electrónico que, además, deben ajustarse a las
disposiciones de la Ley N° 19.799 sobre documentos electrónicos, firma
electrónica y servicios de certificación de dicha firma, que deberán
acompañarse conjuntamente con la oferta.
En el caso de que la garantía entregada contenga errores, se solicitará
corregir dentro de los 5 días hábiles siguientes, so pena de no firmarse el
contrato respectivo.
La no entrega de esta Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento, dará
lugar al cobro de la Garantía de Seriedad de la Oferta y el Hospital podrá
readjudicar la Licitación o declarar Desierto el proceso.
La garantía podrá ser tomada por el oferente o por un tercero a nombre
de él.
Custodia Las garantías serán custodiadas por la Unidad de Tesorería del Hospital.
Se hace presente que en el edificio ubicado en dependencias del Ex CRS (CESFAM Provisorio de La Florida),
Avenida Froilán Roa 6420, funcionan distintas unidades del Hospital, por lo que será de exclusiva
responsabilidad del proveedor entregar correctamente la garantía, en caso de que se entregue en un lugar
distinto del indicado precedentemente, se tendrá por no presentado el documento.
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En caso de que el Hospital determine necesario aumentar el contrato, el adjudicatario deberá renovar la
garantía de fiel y oportuno cumplimiento, conforme al nuevo plazo y monto que se estime para estos
efectos. La garantía original será devuelta una vez que se haya entregado la nueva garantía.
10.9.- Devolución y Cobro de la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato
La garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato se podrá hacer efectiva sin notificación ni forma de
juicio, en caso de incumplimiento por parte del proveedor de cualquiera de las obligaciones del Contrato, sin
perjuicio de las multas que corresponda aplicar.
La devolución de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato se efectuará dentro del plazo de
10 días hábiles contado desde el término del contrato, y una vez acreditado que se han cumplido todas las
obligaciones de dicho contrato, mediante Certificación de Conformidad, suscrito por el Jefe de la Unidad de
Contratos o quien lo subrogue, para tal efecto, al término del convenio.
Un representante de la empresa debidamente individualizado con poder especial ante notario podrá
solicitar la devolución ante el Responsable de Contrato de la Unidad de Contratos del Hospital, caso en el
que se comunicará a la Unidad de Tesorería.
10.10.- Garantía de Vida útil y política de Canje
Junto a la firma del Contrato y para cautelar la vida útil y política de canje del insumo ofertado, el
adjudicatario deberá entregar una caución o garantía por ítem o línea de producto adjudicado, siendo de su
exclusiva responsabilidad que dicha caución o garantía sea presentada conforme a las especificaciones que a
continuación se indican.
Tipo de Documento Podrán ser presentados como documentos de caución, boletas de
garantía, vale vistas, certificados de fianza, póliza de garantía o cualquier
otro documento que cumpla con los siguientes requisitos
• Sea pagadero a la vista
• no sujeto a modalidad
• irrevocable
• Emitida a favor de Entidad Pública
Monto 10% de monto total adjudicado con IVA incluido en pesos chilenos
Beneficiario Hospital Clínico Metropolitano La Florida; Rut: 65.075.485-9
Vigencia Deberá emitirse por la cantidad de meses de vida útil y política de canje
ofertada (12, 24 o 36 meses), más 120 días hábiles, a contar de la
adjudicación.
Glosa Garantiza Vida útil y política de canje ofertada en proceso “ELEMENTOS
DE PROTECCION PERSONAL RADIOLOGICO PARA EL HOSPITAL LA
FLORIDA” ID 777304-XX-LE21. (donde se señala XX reemplazar por el
número de la Licitación)
Forma y oportunidad de
Entrega Física
El oferente o su representante deberá entregar físicamente la garantía en
secretaría de Abastecimiento ubicada en dependencias del Ex CRS
(CESFAM Provisorio de La Florida), Avenida Froilán Roa 6420, en horario
de lunes a viernes, de 08:30 a 13:00 y de 14:30 a 16:00 horas, dentro de
los 10 días hábiles desde la adjudicación.
La garantía debe entregarse en sobre cerrado dirigido a la Unidad de
Contratos del Hospital La Florida, señalando en el sobre lo siguiente:
GARANTIA DE VIDA ÚTIL Y POLITICA DE CANJE ID: 777304-XXLE21
(donde se señala XX, se debe reemplazar por el número de
la licitación)
IDENTIFICACION DEL OFERENTE
El oferente que necesite respaldar la entrega de su garantía deberá
acompañar una fotocopia del sobre que entrega. Esta fotocopia será
timbrada por secretaría de abastecimiento, indicando la fecha de su
recepción y solo si se comprueba que el documento físico viene en su
interior.
Sin perjuicio de lo señalado anteriormente, la revisión del documento y
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cumplimiento de requisitos formales, solo se verificará por la Unidad de
Contratos
En caso de presentarse una Garantía en Formato Electrónico, deberán ser
enviadas al correo: garantiahlf@redsalud.gov.cl, antes del del vencimiento
del plazo de 10 días hábiles desde la adjudicación, indicando en el asunto
del correo el ID de la Licitación y el nombre del Oferente.
De no presentar dicha garantía en forma, lugar, día y hora señalados, la
oferta adjudicada se entenderá desistida. Esto último, sin perjuicio de las
garantías en formato electrónico que, además, deben ajustarse a las
disposiciones de la Ley N° 19.799 sobre documentos electrónicos, firma
electrónica y servicios de certificación de dicha firma, que deberán
acompañarse conjuntamente con la oferta.
En el caso de que la garantía entregada contenga errores, se solicitará
corregir dentro de los 5 días hábiles siguientes, so pena de no firmarse el
contrato respectivo.
La no entrega de esta Garantía Vida útil y política de Canje ofertada, el
Hospital podrá readjudicar la Licitación o declarar Desierto el proceso.
La garantía podrá ser tomada por el oferente o por un tercero a nombre
de él.
Custodia Las garantías serán custodiadas por la Unidad de Tesorería del Hospital.
Se hace presente que en el edificio ubicado en dependencias del Ex CRS (CESFAM Provisorio de La Florida),
Avenida Froilán Roa 6420, funcionan distintas unidades del Hospital, por lo que será de exclusiva
responsabilidad del proveedor entregar correctamente la garantía, en caso de que se entregue en un lugar
distinto del indicado precedentemente, se tendrá por no presentado el documento.
En caso que el Hospital determine necesario aumentar el contrato, el adjudicatario deberá entregar una
nueva garantía de vida útil y política de canje para los nuevos insumos, conforme al plazo ofertado.
10.11.- Devolución y Cobro de la Garantía de Vida útil y política de Canje ofertada por los insumos
La garantía de Vida útil y política de canje ofertada, se podrá hacer efectiva, sin notificación ni forma de
juicio, en caso de no cumplirse con la política de canje ni la vida útil ofertada, al verificarse el deterioro,
rotura, desperfecto, fractura, rasgadura, grieta, agujero, avería, trizadura, vencimiento, desgaste y/ o
cualquier otro desmedro del bien adquirido o de alguna de sus partes o piezas, que haga inutilizable al
insumo y/o su uso ponga en peligro al usuario del elemento de protección, sin que el proveedor reemplace
el insumo en comento.
De no hacerse efectivo el cobro de esta garantía, la devolución de esta se efectuará dentro del plazo de 10
días hábiles contado desde el término del plazo de vida útil y política de canje ofertado por el proveedor
para los insumos adjudicados y mediante Certificación de Conformidad, suscrito por el Jefe de la Unidad de
Contratos o quien lo subrogue, para tal efecto.
Un representante de la empresa debidamente individualizado con poder especial ante notario podrá
solicitar la devolución ante el Responsable de Contrato de la Unidad de Contratos del Hospital, caso en el
que se comunicará a la Unidad de Tesorería.
10.12. Resciliación Del Contrato por Mutuo Acuerdo.
Las partes podrán poner término al contrato de común acuerdo, en forma anticipada, suscribiendo el
documento respectivo.
10.13.- Prohibición De Cesión
El adjudicatario no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente los derechos y
obligaciones. En lo referido a la cesión de los instrumentos y títulos de crédito que surjan del contrato, se
estará a los artículos 74 y 75 del Decreto N° 250 de 2004 del Ministerio de Hacienda que aprueba
Reglamento de la ley N° 19.886 de Bases de Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de
Servicios, particularmente al hecho que se notifique oportunamente dicho contrato o cesión y no existan
obligaciones o multas pendientes.
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10.14.- Subcontratación
Queda prohibida la subcontratación de los bienes y/o servicios contratados. Lo anterior salvo en los casos de
transporte y/o distribución.
10.15.-Reajustabilidad de los Precios
El precio adjudicado no se reajustará durante la vigencia del contrato.
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11.-DE LA ENTREGA |
11.1.- De la Entrega
El plazo de entrega de los bienes será el ofertado por el proponente en Anexo N° 04 Plazo de Entrega, dicho
plazo se contabiliza a partir de la aceptación de la orden de compra a través del portal Mercado Publico
según lo establecido en el numeral 10.3. letra d, de estas bases. El oferente adjudicado deberá entregar los
insumos por cada orden de compra emitida, en la bodega del Hospital en forma total.
Se debe acompañar a la entrega la Orden de compra aceptada y la respectiva Guía de despacho. No se
aceptarán copias de Facturas.
La guía de despacho deberá contener los datos de identificación de la Orden de Compra.
Sin perjuicio de la cantidad de consumo total estimado en la presente licitación para cada insumo, los
requerimientos de entrega de los bienes y/o servicios podrán ser realizados a través de la emisión de una
sola Orden de compra por dicho total o a través de la emisión de varias órdenes de compra sucesivas, según
la necesidad del Hospital durante toda la vigencia del contrato.
En caso de que el bien no cumpla con las condiciones mínimas para garantizar que se encuentra en
condiciones de ser utilizado, como por ejemplo producto distinto del solicitado, cajas o sellos alterados o
dañados, etc., el bien será devuelto total o parcialmente, debiendo el adjudicatario realizar una nueva
entrega dentro de las 24 horas siguientes, según lo establecido en las Bases Técnicas sobre Política de Canje
obligatoria. Todo, sin perjuicio de las sanciones y multas que se puedan aplicar por incumplimiento por
atraso en la nueva entrega.
El proveedor no podrá imponer un monto mínimo de despacho.
11.2.- Ampliación del plazo de entrega
El plazo de entrega podrá ser ampliado de oficio por el Hospital. La solicitud de aumento de plazo que
pudiese realizar el Hospital, se realizará mediante comunicación formal al proponente a través de correo
electrónico señalado en el Anexo N° 01 por el proveedor, con antelación a la fecha de entrega ofertada.
Si el plazo de entrega comprometido por el oferente no es respetado por una causa imputable a éste, el
adjudicatario deberá asumir, junto a la aplicación de la correspondiente multa, el costo que eventualmente
se pueda producir con ocasión de ello.
Con todo, el adjudicatario podrá a través de Carta dirigida al Director del Hospital enviada por correo
electrónico a la jefatura de la Unidad de Contratos del Hospital antes del vencimiento de la fecha de
entrega, solicitar la ampliación de dicho plazo, pudiendo invocar solo como causal la fuerza mayor o caso
fortuito. Dicha solicitud deberá acompañarse de todos los documentos o respaldos que acrediten la causal
invocada.
La autoridad competente, calificará la causal y resolverá sobre su aprobación o rechazo. Con todo, esta
ampliación no deberá irrogar un mayor costo para el Hospital.
La alegación de caso fortuito o fuerza mayor deberá ser probada en los términos de la legislación civil, y En
caso de rechazo se aplicará la multa respectiva.
En caso de aumento de plazo, se emitirá la Resolución respectiva, la que será sometida al procedimiento
administrativo que corresponda.
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12.- MULTAS Y SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO DE CONTRATO |
12.1.- Término Anticipado Del Contrato
El Hospital podrá, previa calificación de las circunstancias y emisión de resolución fundada de su Director,
poner administrativamente término al contrato, en forma anticipada, unilateral e inmediata, en caso de
incumplimiento del contrato celebrado, considerándose como causales de dicho término, las indicadas en el
artículo Nº 13 de la Ley Nº 19.886, en el artículo Nº 77 del Decreto Nº 250 de 2004 que contiene el
Reglamento de la Ley N° 19.886, además de las siguientes causales específicas:
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a) El incumplimiento reiterado, considerándose como tal, el retardo en más de dos oportunidades en
la entrega o asistencia postventa por causa imputable al proveedor
b) Evaluación Clínica deficiente del proveedor emitida por el Hospital. Según lo señalado en el número
12.1.1 de las bases administrativas
c) El incumplimiento de la política de canje por causa imputable al proveedor.
d) Cambio o modificación unilateral por parte del Proveedor del precio ofertado, del producto,
condiciones de su oferta, calidad, u otra condición establecida en la oferta adjudicada y aceptada
por la Entidad.
e) Realización de actividades que pongan en riesgo al establecimiento y/o a sus funcionarios.
f) Si el proveedor cae en quiebre de stock y no soluciona la entrega adquiriendo a tercero el producto
a su costo.
g) Incurrir en falsedad en la documentación presentada relativa al producto adjudicado.
h) Si el proveedor fuere declarado en quiebra o cayera en estado de notoria insolvencia.
i) Si falleciese el proveedor o se disolviese la empresa o perdiere su personalidad jurídica. En tal
evento, se procederá a efectuar la liquidación del contrato determinando las obligaciones que
quedasen.
j) Si el adjudicatario cede o transfiere total o parcialmente los derechos y obligaciones que nacen de
la presente licitación, y en especial los establecidos en el contrato definitivo, salvo que una norma
legal especial permita la cesión de derechos y obligaciones. Lo anterior, es sin perjuicio que los
documentos justificativos de los créditos que emanen de estos contratos podrán transferirse de
acuerdo con las normas del derecho común.
k) Si la persona jurídica ha sido condenada penalmente de conformidad a la Ley Nº 20.393.
l) Si el adjudicatario subcontrata total o parcialmente el contrato, salvo lo estipulado en numeral
10.14
m) Si el adjudicatario durante la vigencia del contrato es condenado por prácticas antisindicales o
infracción a los derechos fundamentales del trabajador, ejecutoriada o que cause ejecutoria dicha
condena.
n) Las demás causales que se establezcan en la Ley Nº 19.886 y su normativa reglamentaria.
o) El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones establecidas en estas bases y/o contrato dará
derecho al Hospital para dar termino ipso facto a la contratación, sin más trámite.
Terminado que sea en forma anticipada el contrato, siempre que se haya debido a responsabilidad del
proveedor, el Hospital queda facultado para hacer efectiva la Boleta de Fiel y oportuno Cumplimiento de
Contrato, sin que el adjudicatario tenga derecho a indemnización alguna.
12.1.1.- Evaluación Clínica
Durante toda la vigencia del contrato, el referente técnico, podrá evaluar el servicio a fin de dar cuenta de su
ejecución conforme, según los niveles de servicio exigidos en las Base Técnicas y sus correspondientes
indicadores. En el evento de evaluarse como NO RECOMENDABLE, se podrá dar término al contrato según lo
estipulado en la letra b el numeral 12.1. y servir dicha evaluación, a futuro, como herramienta en un
próximo proceso licitatorio para evaluar al oferente en el Criterio Comportamiento contractual anterior.
12.2.- Amonestación.
Constituye un documento firmado por las partes, que deja constancia de cualquier falta menor y objetiva,
cometida por el adjudicatario, y que, en atención a su importancia, no está afecta a cobros pecuniarios,
salvo que exista acumulación según se describe más adelante.
12.3.- Multas
El Hospital La Florida podrá, previa calificación de las circunstancias y resolución fundada del Director del
Hospital, aplicar y cobrar multas al adjudicatario por incumplimiento de sus obligaciones contractuales, por
el monto que se indica, y con un tope máximo de un 30% del total del contrato.
a) Entrega fuera de plazo: Se aplicará una multa de10% del valor total de la orden de compra por cada día
de atraso en la entrega efectiva de los bienes, vencido sea el plazo ofertado por el proveedor.
Se entenderá por fecha de entrega efectiva del bien la fecha anotada en la Guía de Despacho por el
funcionario de bodega de Abastecimiento del Hospital la Florida.
b) Política de Canje:
El oferente, una vez solicitado el cambio del insumo, estará obligado a entregar los nuevos productos
dentro del plazo de 24 horas, so pena de aplicarse una multa equivalente al 30% del valor de la Orden
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de Compra por cada día de atraso que supere dichas 24 horas. Todo lo anterior, sin perjuicio de hacerse
efectivo el cobro de la garantía de vida útil y política de canje.
c) Entrega incompleta: Se aplicará una multa equivalente al 20% del total de la orden de compra, por
entrega incompleta de los bienes solicitados, ya sea que no venga la cantidad requerida o bien falte
algunos de sus componentes, accesorios o piezas, considerando la oferta adjudicada y lo solicitado por
el Hospital en sus bases para el uso correcto del bien adquirido.
12.4 Registro de comportamiento
El proveedor que sea sancionado durante la vigencia del contrato, por aplicación de amonestaciones,
multa(s), cobro de garantías o por causal imputable de término anticipado de contrato, será ingresado a los
siguientes registros:
• Registro Nacional de Incumplimiento de Chileproveedores y
• Registro interno del Hospital Registro de Proveedores sancionados, que lleva la Unidad de
Contratos del Hospital, para estos efectos.
La información en ellos registrada podrá ser utilizar en la evaluación del proveedor en futuros procesos de
adquisición que lleve a cabo el Hospital y en cuyas bases se incorpore como herramienta para medir el
correspondiente Criterio de Comportamiento Contractual Anterior.
12.5 Procedimiento de cobro de multas y/o Término Anticipado de Contrato
La determinación de una situación o condición que diere lugar a la aplicación de una multa se originará a
partir de un informe que emane desde el Referente Técnico administrador del contrato, dirigido a la Unidad
de contratos del Departamento de Abastecimiento. Recibido el informe, ésta evaluará si la situación es de
aquellas consideradas como causales para la aplicación de una multa según Bases y calculará los montos a
pagar.
La Unidad de Contratos, notificará al adjudicatario, a través del módulo de sanciones del aplicativo de
gestión de contratos dispuesto en www.mercadopublico.cl, además se podrá intensificar la notificación
pondrá en conocimiento del proveedor, por escrito a través de correo electrónico, al correo indicado por el
proveedor en anexo 01 de su oferta, del informe emanado por el Referente Técnico Administrador de
contrato/ o por ella y la causal que origina la Multa o el término anticipado de contrato según corresponda y
si se trata de la aplicación de Multa , el monto a pagar, a fin de que el proveedor manifieste sus descargos
acompañando todos los antecedentes que estime pertinente dentro del término de 5 días hábiles desde
dicha notificación, a través del módulo de gestión de contratos.
Una vez vencido el plazo sin presentar descargos, el Hospital dictará la respectiva resolución aplicando la
medida y detallando las circunstancias fácticas que hicieron procedente dicha sanción.
Si el adjudicatario hubiera presentado descargos en tiempo y forma, el Hospital tendrá un plazo de 30 días
hábiles a contar de la recepción de los mismos para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente. Al
respecto, el rechazo total o parcial de los descargos del proveedor deberá formalizarse a través de una
resolución fundada del Hospital, en la cual deberá detallarse el contenido y las características de la sanción a
aplicar. La indicada resolución deberá notificarse al proveedor adjudicado mediante carta certificada
remitida por la Unidad de Contratos al proveedor a la dirección indicada en el Anexo N°01 e informarse en el
módulo de sanciones del portal www.mercadopublico.cl.
Las notificaciones por carta certificada se entenderán practicadas a contar del tercer día siguiente a su
recepción en la oficina de correos que corresponda.
Contra la resolución que aplique la medida respectiva procederán los recursos establecidos en la Ley 19.880,
Ley de Bases de Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del
Estado.
La entidad compradora tendrá la obligación de registrar las medidas indicadas en la presenta cláusula a
través del módulo de gestión de contratos dispuesto en la plataforma www.mercadopublico.cl
12.6. El pago de la multa podrá ser cobrado
a) Directamente al adjudicatario quien deberá pagar dentro de los 10 días corridos desde su notificación, o
b) Se podrá retener su monto al momento del pago de las facturas pendientes. En este caso, se descontarán
administrativamente del pago de las facturas que no hayan sido pagadas por el Hospital. Serán descontadas
del pago, no de la factura, es decir, el proveedor deberá facturar por el total sin descontar las multas que se
le aplicasen. Estas serán descontadas al momento de girar el pago respectivo por parte de la Unidad
Financiera, o
c) Con todo, de no hacer pago directo el proveedor o de no existir facturas pendientes por pagar, se podrá
hacer el cobro de las multas haciendo efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento, sin más trámite.
12.7 Procedimiento para interponer recurso:
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El proveedor dispondrá de un plazo de cinco días hábiles, contados desde la notificación a través del módulo
de sanciones del aplicativo de gestión de contratos, para impugnar dicho acto administrativo, debiendo
acompañar todos los antecedentes que justifiquen eliminar, modificar o reemplazar la respectiva sanción. El
Hospital tendrá un plazo no superior a 30 días hábiles para resolver el citado recurso. Mientras se encuentre
pendiente la resolución del recurso de reposición, no se hará efectiva la respectiva sanción.
La resolución que acoja el recurso podrá modificar, reemplazar o dejar sin efecto el acto impugnado. Ahora
bien, en el evento de que la sanción sea finalmente cursada, sea total o parcialmente, ésta se hará efectiva
mediante el cobro directo en un plazo máximo de 20 días, debiendo pagar en un plazo de hasta 10 días una
vez notificado el cobro, o bien, se hará efectivo a través del cobro de la o las garantías de fiel cumplimiento,
según cuál sea el caso.
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13.- DE LA GARANTIA TÉCNICA DE LOS BIENES ADJUDICADOS |
El oferente se obliga a mantener una garantía técnica de los productos, por sobre la garantía obligatoria
legal, según lo establecido en la normativa vigente para esta materia y durante toda la vigencia del Contrato.
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14.- DE LA RECEPCION |
El adjudicatario deberá entregar en la bodega de adquisiciones los bienes adquiridos, en los plazos
comprometidos en anexo N°04 Plazo de Entrega.
El adjudicatario deberá establecer las condiciones de almacenamiento y de climatización que requieren los
bienes durante bodegaje.
Para la Recepción de los bienes en Bodega, el oferente deberá adjuntar los siguientes documentos:
• Guía de despacho, identificándose en ella la Orden de Compra correspondiente.
• Copia de orden de compra Aceptada en Mercado Público.
La bodega de adquisiciones del Hospital, solo recibirá junto a la entrega de los productos, la guía de
despacho y la Orden de Compra, debiendo el adjudicatario, solo una vez realizada la recepción conforme,
emitir la factura correspondiente.
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15.- DE LA FACTURACIÓN |
El oferente por el sólo hecho de presentar su oferta renuncia a sus políticas de facturación y se somete al
requerimiento del Hospital, en consecuencia, no podrá imponer el oferente un monto mínimo de despacho
ni de facturación para ningún efecto.
El oferente solo podrá facturar la Orden de Compra aceptada, una vez que esta se encuentre con su
recepción conforme publicada en el portal mercadopublico.cl
En caso de que la factura presente algún error o no cuente la orden de compra respectiva con la recepción
conforme señalada anteriormente, el Hospital dispondrá de 08 días corridos para hacer las observaciones
correspondientes al adjudicatario o rechazarla. El proveedor dispondrá de 08 días corridos para subsanar si
se tratara de errores subsanables. La nueva factura o Nota de Crédito según sea el caso, sufrirá el mismo
trámite formal que el documento original, salvo que, por tratarse de una segunda tramitación, el plazo para
su pago será de 20 días hábiles desde su recepción conforme por parte del Hospital.
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16.- DEL PAGO |
La obligación de pago por parte del Hospital se perfecciona a partir de la comunicación que realice la Unidad
de Contratos del Departamento de Abastecimiento del Hospital al Departamento de Finanzas, previa
confirmación de los siguientes antecedentes:
a) Orden de Compra aceptada por el proveedor en el portal www.mercadopublico.cl
b) La recepción completa, conforme y sin observaciones en bodega de los bienes incluidos en la orden
de compra.
c) El acta de recepción conforme firmada por el Referente Técnico Administrador del contrato.
d) La eventual aplicación de multas y sanciones.
e) Recepción en plataforma SAP del Hospital
f) Recepción conforme en la plataforma de Mercado Público, siendo esta última recepción en el
portal, la que dará origen a la facturación electrónica.
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Para iniciar el proceso pago de manera correcta y oportuna, es fundamental que el adjudicatario haya
aceptado expresamente la orden de compra en la plataforma de mercado público.
El pago de facturas se efectuará en un plazo no superior a 45 días hábiles, contados desde la recepción
conforme y emisión de la factura, conforme a lo establecido en la Glosa 02 e) de la Ley de Presupuestos del
Sector Salud. Lo anterior se funda en los plazos internos existentes, considerando los procesos
administrativos de la institución.
En caso de que el adjudicatario registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad
social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, aplicará lo
estipulado en el artículo 4º de la Ley 19.886.
16.1.- Pagos con Trasferencias electrónicas.
La Tesorería General de la República está facultada para realizar pagos a través de transferencia electrónica
a los proveedores que completen de manera correcta la autorización notarial adjunta para pago con
transferencia electrónica.
Una vez completado, este mandato debe ser legalizado ante notario y posteriormente debe ser entregado
en Tesorería o Secretaria de Finanzas del Hospital de La Florida, ubicada en el tercer piso de la institución.
Este mandato una vez entregado, no puede ser modificado por el oferente durante la duración del contrato.
AUTORIZACIÓN NOTARIAL PARA PAGO CON TRANSFERENCIA ELECTRÓNICA
Yo, ____________________________________________ , RUN: _________________________, en
calidad de representante legal de la empresa, ________________________________________________
R.U.T. _______________________________ ; autorizo al Hospital Clínico La Florida Dra. Eloísa Díaz
Insunza, para que pague con transferencia electrónica bancaria, documentos por cobrar que existan con
dicha entidad, en la cuenta que detallo a continuación:
Cta. Corriente Cta. Débito Cta. de Ahorro Cta. Vista
NºCuenta:
Banco:
R.U.T. empresa:
Nombre empresa:
Mail confirmación de pago:
Firma Representante Legal
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17.- RESPETO DE LA NORMATIVA DEL HOSPITAL LA FLORIDA Y DEBIDO CUIDADO A SUS BIENES |
Para la ejecución del contrato, el Hospital permitirá la entrada del personal del adjudicatario, debidamente
acreditado, a las dependencias involucradas en la ejecución de éste. En tal caso, el personal del adjudicatario
deberá solicitar acatar las medidas de resguardo y control de los recintos institucionales y el adjudicatario
será responsable, y quedará obligado a la reparación o reposición, de cualquier desperfecto, daño o perdida
que puedan sufrir el inmueble del Hospital La Florida y/o los bienes muebles que lo guarnecen. Cabe hacer
presente, que el ingreso tanto el adjudicatario como su personal al Hospital La Florida, para efectos de
ejecutar su contrato, estarán sujetos a protocolos de seguridad que deberá coordinar con el funcionario
designado para tal efecto y que será oportunamente informado.
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18. ADMINISTRACIÓN Y FISCALIZACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. |
18.1 Administración por parte del Hospital
Con el objeto de coordinar y controlar el correcto cumplimiento del contrato, se designará a un funcionario
en calidad de Referente Técnico Administrador del Contrato como Titular y un Suplente, quienes, junto a la
Unidad de Contratos del departamento de Abastecimiento del hospital, tendrán las siguientes
responsabilidades:
Referente técnico administrador de contrato:
• Fiscalizar el estricto y oportuno cumplimiento de las obligaciones contractuales, en especial la calidad y
entrega oportuna de los bienes.
• Proponer la aplicación de multas, en caso de verificarse alguna de las infracciones consignadas en las
presentes bases, notificando la infracción o incumplimiento a través de un informe, a la Unidad de
Contratos.
Unidad de Contratos:
• Mantener actualizado un archivo con la totalidad de los antecedentes del contrato.
• Llevar registro de sanciones y multas aplicadas al proveedor.
• Llevar el control del consumo y ejecución del contrato hasta su término en cuanto a su precio total.
• Proveer el estado de recepción conforme e informar los descuentos y/o multas a que hubiere lugar, para
que se verifique el pago por parte de la Unidad de Finanzas.
• Revisar procedencia y autorizar la devolución de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato
o solicitar se haga efectiva, si procede.
En general, ambos deberán desarrollar todas las acciones referidas al control y gestión de las acciones que
faciliten la ejecución del contrato.
18.2 Encargado del Contrato por parte del Proveedor
Por su parte, el adjudicatario deberá designar un Encargado de Contrato que se relacionará con el
Administrador del contrato para los efectos señalados y que deberá señalar en su anexo 1.
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19. LEY Nº 20.584. |
Tanto el adjudicatario como su personal deberán en todo momento observar estrictamente la normativa
que establece la Ley Nº 20.584, que Regula Los Derechos y Deberes que tienen las Personas en relación con
acciones vinculadas a su atención de salud.
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20. DEBER DE CONFIDENCIALIDAD |
Durante el desarrollo del contrato, como al término de éste, el adjudicatario y/o su personal no podrá
divulgar o hacer uso de la información a que haya tenido acceso con ocasión del mismo, constituyendo su
infracción, incumplimiento grave de su obligación de confidencialidad, facultando al Hospital La Florida para
ejercer las acciones judiciales que estime pertinentes para el resarcimiento de todos sus perjuicios. Lo
anterior, teniendo en especial consideración lo dispuesto en la Ley Nº 19.928 de Protección de Datos de
Carácter Personal.
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