Licitación ID: 779249-3-LE21
SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE 15 PERSIANAS
Responsable de esta licitación: Juzgado de Garantía de Puerto Varas, Jdo de Garantía de Puerto Varas
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 23
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Persianas enrollables 15 Unidad
Cod: 52131602
SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE 15 PERSIANAS HORIZONTALES DE ALUMINIO DE 25 MM PARA EL JUZGADO DE GARANTÍA DE PUERTO VARAS, ubicado en calle Estación N° 200, comuna de Puerto Varas  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE 15 PERSIANAS
Estado:
Desierta (o art. 3 ó 9 Ley 19.886)
Descripción:
SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE 15 PERSIANAS HORIZONTALES DE ALUMINIO DE 25 MM, TERMINACIONES METALIZADAS MICROPERFORADAS, TRANSPARENCIA 80% LÁMINAS ABIERTAS 20% LÁMINAS CERRADAS, DE APERTURA MANUAL, INSTALACIÓN DENTRO DEL VANO, COLOR ARENA O SIMILAR.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Unidad Tributaria Mensual
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
El contrato se formalizará con la orden de compra
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
Juzgado de Garantía de Puerto Varas
Unidad de compra:
Jdo de Garantía de Puerto Varas
R.U.T.:
61.969.700-6
Dirección:
Calle Estación 200
Comuna:
Puerto Varas
Región en que se genera la licitación:
Región de los Lagos
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 10-11-2021 15:00:00
Fecha de Publicación: 28-10-2021 14:58:18
Fecha inicio de preguntas: 28-10-2021 16:30:00
Fecha final de preguntas: 02-11-2021 16:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 04-11-2021 13:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 12-11-2021 10:00:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 12-11-2021 10:00:00
Fecha de Adjudicación: 18-11-2021 16:00:00
Fecha de entrega en soporte fisico 08-11-2021
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas 3 Días
Extensión automática del plazo de ofertas:

Se estableció para esta licitación que: "Si a la fecha de recepción de ofertas, se han recibido 2 o menos propuestas, el plazo de cierre se ampliará automáticamente en 2 días hábiles, por una sola vez, bajo las condiciones establecidas en el artículo 25, inciso octavo, del Reglamento de la ley 19.886."
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Carta de identificación del oferente conforme a anexo N° 1. Este requisito no será exigible respecto de los oferentes que estén inscritos en Chileproveedores, Declaraciónes Juradas.
Documentos Técnicos
1.- La Propuesta Técnica deberá ajustarse a los requisitos establecidos en las bases Técnicas.
 
Documentos Económicos
1.- La oferta económica ingresada a la plataforma de www.mercadopublico.cl deberá estar expresada en $ (PESOS) VALORES NETOS, es decir, desglosando al final el impuesto al valor agregado (I.V.A.), y el total de la suma de ambos
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Evaluación de formalidad y cumplimiento Cumple requisitos 10 puntos El proponente cumple con todos los requisitos formales de presentación de la oferta dentro del plazo de presentación de ofertas. No cumple requisitos 0 puntos El proponente NO cumple con todos los requisitos formales informados en las presentes Bases, dentro del plazo de presentación de ofertas 5%
2 Experiencia de los Oferentes Se acreditará con obras similares y facturas referentes. Anexo N° 3.1. 15% A la empresa que tenga 5 a más proyectos similares. 10% A la empresa que tenga entre 3 y 5 proyectos similares 5% A la empresa que tenga entre 1 y 3 proyectos similares. 45%
3 Precio X= Precio mínimo ofertado * 100 /Precio Oferta X 50%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: No hay información
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: ELDA GALLARDO SALDIVIA
e-mail de responsable de pago: elgallardo@pjud.cl
Nombre de responsable de contrato: ELDA GALLARDO SALDIVIA
e-mail de responsable de contrato: elgallardo@pjud.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-65-2204932-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
El oferente no podrá ceder el contrato, ni total ni parcialmente a ninguna persona, natural o jurídica. Los documentos justificativos de los créditos, que emanen del contrato, podrán transferirse de acuerdo a las normas del derecho común.
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: Corporación Administrativa del Poder Judicial
Fecha de vencimiento: 06-02-2022
Monto: 100000 Peso Chileno
Descripción: No hay información
Glosa: Garantía de la seriedad de la oferta licitación SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE PERSIANAS EN JUZGADO DE GARANTÍA DE PUERTO VARAS. ID N° 779249-3-LE121
Forma y oportunidad de restitución: Se recibirá materialmente en el Juzgado de Garantía de Puerto Varas ubicado en calle Estación N° 200 esquina Los Tilos, comuna de Puerto Varas, los días lunes de 09:00 a 14:00 horas, hasta antes de la hora y fecha de cierre de las ofertas indicadas en el portal. En caso que se presente una garantía de seriedad de la oferta electrónica, deberá adjuntarse digitalmente a la carpeta de antecedentes administrativos de la licitación. Respecto de los oferentes no adjudicados, les será devuelta a contar del día lunes siguiente a la fecha de adjudicación. Respecto del oferente adjudicado, le será devuelta contra la presentación de la Boleta de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Corporación Administrativa del Poder Judicial
Fecha de vencimiento: 07-05-2022
Monto: 10 %
Descripción: No hay información
Glosa: GARANTÍA DE FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO LICITACIÓN ID N° 779249-3-LE21 SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE PERSIANAS PARA EL JUZGADO DE GARANTÍA DE PUERTO VARAS
Forma y oportunidad de restitución: La boleta bancaria deberá ser pagadera a la vista, tomada por el adjudicatario a la orden del Juzgado de Garantía de Puerto Varas y tener el carácter de irrevocable. Esta garantía cubrirá especialmente el cabal, íntegro y oportuno cumplimiento de cada una de las actividades comprendidas en la oferta y de las obligaciones estipuladas en el contrato. El Juzgado de Garantía de Puerto Varas estará facultado para hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento, administrativamente y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna, en caso de incumplimiento del adjudicatario de las obligaciones que le impone el contrato. El incumplimiento comprende también el cumplimiento imperfecto o tardío de las obligaciones del adjudicatario. Lo anterior es sin perjuicio de las acciones, que el Juzgado de Garantía de Puerto Varas pueda ejercer, para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos con la correspondiente indemnización de perjuicios el cobro de la boleta será compatible con esta última. La devolución de la boleta de garantía se efectuará una vez vencido el plazo de su vigencia.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el adjudicatario se desistiere de firmar el contrato, o aceptar la orden de compra, o no cumpliese con las demás condiciones y requisitos establecidos en las presentes bases para la suscripción o aceptación de los referidos documentos, la entidad licitante podrá, junto con dejar sin efecto la adjudicación original, adjudicar la licitación al oferente que le seguía en puntaje, o a los que le sigan sucesivamente, dentro del plazo de 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original.
Resolución de Empates

En caso de producirse un empate en el resultado final de la evaluación, el Tribunal resolverá adjudicar el proceso de licitación al proponente que presente mejor ponderación en condiciones de PRECIO. De mantenerse el empate, la licitación se adjudicará en el siguiente orden de preferencia:

1)      Oferta económica

2)      Número de obras similares (Número de contratos similares (Factura)

De mantenerse el empate se declarará desierta la licitación.

Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación
Durante el período de evaluación, El Juzgado de Garantía de Puerto Varas podrá efectuar consultas a uno o más proponentes, para aclarar puntos específicos de las respectivas ofertas. Tales consultas y sus respuestas deberán ser puestas en conocimiento de todos los oferentes a través de la página web www.mercadopúblico.cl
Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social

El adjudicatario, en forma previa al pago de los servicios, deberá acreditar el oportuno y cabal cumplimiento de sus obligaciones laborales y de seguridad social, en relación con el personal que destine a la ejecución del contrato. Para ello deberá presentar un certificado  emitido por la Inspección del Trabajo, o un organismo idóneo, de cumplimiento de obligaciones laborales y de seguridad social, planillas de pago de cotizaciones previsionales y copia de las liquidaciones de sueldos debidamente firmadas por el trabajador. En caso que el adjudicatario no acredite oportunamente el cumplimiento de las obligaciones antedichas, El Juzgado de Garantía de Puerto Varas podrá retener los pagos que tenga a favor de éste y pagar con ellos al trabajador o institución previsional acreedora y/o hacer efectiva la boleta de garantía prevista en las presentes bases.

            El Juzgado de Garantía de Puerto Varas tendrá el mismo derecho señalado en el párrafo anterior respecto de los subcontratistas del adjudicatario.  

            La empresa deberá acompañar al inicio del servicio una planilla (nómina) que indique los nombres de los trabajadores que se desempeñan en virtud del contrato e informar a El Juzgado de Garantía de Puerto Varas ante cualquier modificación que se produzca. 

Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes

El Juzgado de Garantía de Puerto Varas podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.

      Para estos efectos se concederá un plazo de 48 hrs contados desde el requerimiento por parte de la Corporación para la presentación de dichos antecedentes a través del portal www.mercadopublico.cl., asignando menor puntaje a las ofertas que no cumplieron, dentro del plazo para la presentación de ofertas, con todo lo requerido.

Pacto de integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
CONSULTAS, RESPUESTAS Y ACLARACIONES
Los oferentes podrán formular consultas a las bases a través del foro que estará habilitado en el portal www.mercadodopublico.cl , dentro del plazo señalado en el calendario de la licitación. No se aceptarán ni se responderán consultas planteadas por un conducto diferente, o fuera del plazo señalado. Asimismo, a través del foro que estará habilitado en el portal, el Juzgado de Garantía de Puerto Varas podrá efectuar de oficio aclaraciones a las bases, para precisar el alcance, complementar o interpretar algún elemento de su contenido. En ningún caso se podrán formular aclaraciones con posterioridad a la fecha consignada en el calendario de la licitación. Para todos los efectos legales, las respuestas y aclaraciones se entenderán que formarán parte integrante de las Bases Administrativas de esta licitación.
PERSONAL DEL ADJUDICATARIO
El servicio deberá ser brindado por personal capacitado, de cuya selección será exclusivo responsable el adjudicatario, debiendo, en todo caso, informar a el Juzgado de Garantía de Puerto Varas sobre los trabajadores que lo conforman. Sólo el personal debidamente acreditado podrá ingresar a las unidades judiciales en que se prestará el servicio, debiendo respetar siempre las normas de control, resguardo y funcionamiento interno de dichas unidades. El adjudicatario podrá, por caso fortuito o fuerza mayor, reemplazar al personal asignado al servicio, previo aviso por escrito el Juzgado de Garantía de Puerto Varas, indicando el nombre del personal de reemplazo y las razones que originan tal circunstancia. A su turno, el Juzgado de Garantía de Puerto Varas podrá requerir el reemplazo de cualquiera de los trabajadores asignados al contrato, lo que el adjudicatario deberá cumplir de inmediato y asegurando siempre la continuidad del servicio. Este requerimiento deberá presentarse por escrito. La Empresa será la única responsable del cumplimiento de las leyes laborales, previsionales y de seguridad vigentes, debiendo acreditar con la documentación respectiva el oportuno y cabal pago de todas las cotizaciones de salud, previsionales, seguro de cesantía y obligaciones derivadas de la ley sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales respecto del personal de su dependencia. Si la Corporación fuese condenada a pagar deudas por estos conceptos de la Empresa o de subcontratistas suyos, la Empresa se obliga a reembolsar todas esas sumas, con reajustes e intereses legales, y para tal efecto faculta a la Corporación para hacer efectiva la respectiva boleta bancaria de garantía.
SUPERVISOR DEL CONTRATO
El adjudicatario deberá nombrar a un Supervisor del contrato, quien tendrá a su cargo resolver en terreno sobre los asuntos administrativos y operativos propios del servicio, que se presenten durante su ejecución. El Supervisor será, asimismo, quien se relacionará con el juzgado de Garantía para todos los efectos que digan relación con la ejecución práctica del contrato. Los acuerdos que adopten el Supervisor y el Juzgado de Garantía, al respecto, deberán constar en actas firmadas por ambos.
MULTAS
Se faculta al tribunal para que administrativamente y sin forma de juicio aplique en su caso, al Contratista las siguientes multas: a) Incumplimiento del plazo para ejecución: 1 UF por cada día de atraso. b) Por incumplimiento de las obligaciones establecidas en el Reglamento de Prevención de Riesgos para empresas Contratistas y Subcontratistas; se aplicará una multa de 1 UF por cada infracción cometida. Estas multas no serán aplicables en situaciones de caso fortuito o fuerza mayor, las cuales deberán fundamentarse por escrito a la Corporación. Estas multas se aplicarán por la Administración Zonal, sobre la base de las observaciones y constancias que efectúen el Secretario o Administrador del Tribunal, Administrador del Contrato de la CAPJ, Administrador Zonal, Coordinador de Seguridad o profesional designado, según corresponda. La aplicación de la multa será notificada al contratista mediante carta certificada dirigida al domicilio que registre en el contrato y se entenderá notificado de ella al 3er día hábil siguiente del despacho de la carta certificada. El contratista podrá pedir reposición de la multa dentro de los cinco días hábiles siguientes al de notificación. Si no se deduce reposición o se desecha total o parcialmente la reposición presentada la Corporación facultada para cobrar la multa. El Tribunal dispondrá de un plazo de sesenta días corridos, contado desde que se produzca el incumplimiento, para aplicar la multa respectiva. Para estos efectos la multa se entenderá aplicada en la fecha de envío de la carta certificada La multa aplicada se deducirá preferentemente del más próximo pago que deba hacerse, de las boletas de garantía del contrato, de cualquier suma que el Tribunal adeude al adjudicatario o pueda adeudarle a futuro, o se cobrarán judicialmente, en su caso. Para estos efectos se considerará el valor de la UF a la fecha del pago. Con todo, la aplicación de las multas, sumadas, no podrá exceder del 20 por ciento del precio anual del contrato dentro de un año calendario; en caso de excederse ese límite, se entenderá que el adjudicatario ha incurrido en incumplimiento grave y el Tribunal podrá poner término al contrato, según lo dispuesto en el numeral siguiente.
TERMINACIÓN DEL CONTRATO
El tribunal podrá modificar o terminar anticipadamente el contrato, por resolución fundada, en virtud de las siguientes causales: 1) Resocialización o mutuo acuerdo de las partes. 2) Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante. 3) Quiebra o estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. 4) Por causa de interés público. 5) Por exigirlo la seguridad nacional. Sin perjuicio de los demás casos previstos en estas bases, se entenderá por incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el adjudicatario las siguientes: A) Retraso de más de tres días en el inicio de la prestación de los servicios. B) Falta de prestación total de servicios en una cualquiera de las unidades judiciales adjudicadas, por 2 o más días consecutivos o dentro de un año calendario. C) Incumplimiento reiterados de sus obligaciones laborales y de seguridad social, en relación con el personal que destine a la ejecución de este contrato. D) Incumplimiento reiterado de instrucciones impartidas por la Corporación Administrativa en relación con la prestación de los servicios. E) Incumplimiento reiterado de las obligaciones que le impone el Reglamento de Prevención de Riesgos para Empresas contratistas y subcontratistas. F) En caso de daños graves a los recintos de las unidades judiciales adjudicadas, o a su equipamiento. G) Incumplimiento de la obligación de confidencialidad. H) Término o liquidación anticipada de la empresa por causa distinta a la quiebra. H. Prohibición de celebrar contratos con el Estado declarada judicialmente, prevista en la Ley N°20.393. I) En general sobrevenir al contratista de alguna causal de inhabilidad para participar en procesos de compras o contratar con el Estado. En cualquiera de los casos anteriores, el Juzgado de Garantía podrá hacer efectiva la boleta de garantía respectiva, subsistiendo la facultad de iniciar las acciones legales que correspondan, a fin de obtener el resarcimiento de los perjuicios ocasionados. El término anticipado del contrato definitivo o su modificación, se realizará mediante resolución fundada, que se publicará en el portal www.mercadopublico.cl